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LA CORRUPCIÓN

QUÉ

CÓMOCUÁNDO

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Transparencia Internacional define la corrupción como el mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados en detrimento de intereses colectivos. 

1. Un poder encomendado.

2. Un beneficio privado.

3. Detrimento de intereses colectivos

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PRINCIPIO DE MORALIDAD

Normas por las que se rige la conducta de un ser humano. Esta conducta a lo largo de toda su vida, dará una contribución, en su grupo social, que determinará el comportamiento correcto o incorrecto de acuerdo a sus creencias, normas y circunstancias.

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PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCION: EFICACIA DE LAS MEDIDAS 82/100

BAROMETRO DE LAS AMERICAS. Latin American Public Opinion Project (LAPOP).

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CONSECUENCIAS - INTERDEPENDIENT

ES-

POLITICA: Deslegitima las

instituciones democráticas

SOCIAL : Pérdida de bienestar,

equidad por sus manos

ECONOMICA:Desacelera el desarrollo y desequilibrio

en la distribución de

la riqueza

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NORMATIVA

CONVENCIÓN INTERAMERICANA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN“ – LEY 412 DE 1997

CONVENCION DE LA ONU CONTRA LA CORRUPCION.- LEY 970 DE 2005.

CONSTITUCION POLITICA

LEY 87 DE 1993: MECI. En donde define la auditoría interna como un examen sistemático, objetivo e independiente de los procesos, actividades, operaciones y resultados de una Entidad Pública.

ESTATUTO ANTICORRUPCION 1474-2011 –

CONPES 167  - 2013 ESTRATEGIA NACIONAL DE LA POLÍTICA PÚBLICA INTEGRAL ANTICORRUPCIÓN,

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ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN12-07-2011

"POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS ORIENTADAS A FORTALECER LOS MECANISMOS DE

PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓN Y LA EFECTIVIDAD DEL CONTROL DE

LA GESTIÓN PÚBLICA"

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POR QUÉ SURGE LA LEY 1474 DE 2011.

LAS MOTIVACIONES, ARGUMENTOS, ANÁLISIS Y TEXTOS DE ESTA LEY NACIERON EN LA MESA TÉCNICA CONFORMADA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, EL DNP, EL PROGRAMA PRESIDENCIAL DE MODERNIZACIÓN, EFICIENCIA Y DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, LA PGN, CGR, LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ADEMÁS SE CONTÓ CON EL ACOMPAÑAMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL A TRAVÉS DE TRANSPARENCIA POR COLOMBIA QUIENES OBSERVARON QUE LA CORRUPCIÓN ES UN FENÓMENO DINÁMICO CUYAS MANIFESTACIONES VARÍAN CON EL TIEMPO, HACIÉNDOSE CADA VEZ MÁS SOFISTICADAS Y DIFÍCILES DE DESCUBRIR.

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ESTRUCTURAESTA

TU

TO

A

NTIC

OR

RU

PC

ION

ANTECEDENTES

OBJETIVOS

RESPONSABILIDAD POR HECHOS DE CORRUPCIÓN

DISCIPLINARIAS

FISCALES

PENALES

MEDIDAS EN LA CONTRATACION

MEDIDAS EN LA SALUD

POLITICAS INSTITUCIONALES

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OBJETIVOS DE LA LEY 1474 DE 2011

Establecer medidas preventivas y educativas para cerrar el espacio a aquellos que pretendan actuar de forma corruptaDefinir medidas correctivas de índole

disciplinario, penal y fiscal principalmente en temas como la contratación estatal

Empoderar a la sociedad civil de herramientas mas eficientes para enfrentar el accionar corrupto de los diferentes sectores de la

sociedadMejorar los niveles de transparencia en las gestiones de la administración pública en

general

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PROPÓSITOS DEL E.A.

OPORTUNO EFECTIVO

ARTICULADO:

Externo e interno

EFICAZ

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FINALIDADBuen Gobierno:

Que los servidores públicos

orienten su actual al

cumplimiento de los

fines misionales

y del estado

Promoción de la

transparencia:

Mapa de riesgos,

racionalizacion de

trámites, fortalecimie

nto del control

administrativo, penal,

disciplinario y fiscal

Ejercicio del control social:

Rendición de cuentas y

plan de atención al ciudadano

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ALGUNOS CASOS IDENTIFICADOS

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FORTALECIMIENTO DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS

- EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

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QUÉ ES LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

La compra y la contratación pública es un asunto estratégico para el funcionamiento del Estado.

Busca que a través de esta herramienta se satisfagan los fines del estado. Está dirigido a facilitar la satisfacción de necesidades bajo los principios de eficacia, eficiencia, promoción de la competencia, manejo del riesgo, rendición de cuentas, publicidad y transparencia.

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IMPORTANCIA DE LA CONTRATACION

PARA LA ENTIDAD: Contratar todos los bienes y servicios que requiera con el fin de satisfacer las necesidades misionales que le asisten.

PARA EL CONTRATISTA: Cumplir una función social

PARA LOS ADMINISTRADOS: Garantizar la efectividad de sus derechos e intereses.

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Se permiten entre entidades públicas. Sin embargo, se restringe para las Universidades la ejecución bajo esta modalidad de contratos de obra, suministro, encargo fiduciario o fiducia publica. Art. 4 ley 1150 de 2007

Se incluye restricción de C.Int. para Sociedades de Economía Mixta o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas o las federaciones de entidades territoriales sean las ejecutoras. Art. 92

LEY 80 DE 1993 Y LEY 1150 DE 2007

LEY 1474 DE 2011

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO

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Procedimiento considerado como la causal de la modalidad de selección abreviada.

Le da el carácter de verdadera modalidad de selección.

Exige la publicidad del procedimiento en el portal SECOP.Art. 94

LEY 80 DE 1993 Y LEY 1150 DE 2007

LEY 1474 DE 2011

CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA

ADENDAS EN LA LICITACIÓN PÚBLICA

Se pueden expedir adendas hasta el día anterior al cierre.

No podrán expedirse adendas dentro de los 3 días anteriores al cierre del proceso, ni siquiera para extender el término del mismo. Art. 89

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Se puede pactar en cualquier tipo de contrato, Art. 40 ley 80 de 1993.

La entrega de anticipo en los contratos de: -Obra -Concesión -Salud o Contratos derivados o aquellos contratados a través de licitación pública, deberán constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable. Art. 91

LEY 80 DE 1993 Y LEY 1150 DE 2007

LEY 1474 DE 2011

ANTICIPO

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PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS, SANCIONES Y DECLARATORIAS DE INCUMPLIMIENTO ART. 86.

POSIBLE INCUMPLIMIEN

TO

CITACION DE LA ENTIDAD

1. Hechos2. Informe interventor o

supervisor3. Normas violadas4. Consecuencias5. Citación a garante si es

aseguradoraAUDIENCIA

• DESCARGOS Y PRUEBAS DEL CONTRATISTA

• VALORACION PROBATORIA

• MULTA• SANCION

• INCUMPLIMIENTO

REPOSICION se sustenta y decide en la

misma audiencia

PRUEBAS DE CONTRATISTA PROCEDENTES

. TERMINA PROCEDIMIEN

TO

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Por 5 o más multas

durante la ejecución de

1 o más contratos;

Por Declaratorias

de incumplimiento en por lo

menos 2 contratos;

Por Imposición de 2 multas

y un 1 incumplimien

to

Inhabilidad por incumplimiento reiterado: Art. 90

En la misma vigencia fiscal. Hasta por 3 años en el RUP

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Inhabilidad para contratar a personas naturales, las sociedades en las que sean socias tales personas, a sus matrices y a sus subordinadas, Art. 1:

.

Aquellos que hayan sido declarados responsables

judicialmente por la comisión de delitos

Contra la Administración Pública cuya

pena sea privativa de la

libertad

Estará inhabilitado

para contratar con el estado por 20 años

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Inhabilidad para financiar campañas políticas. Art. 2

.

Aquellos que hayan financiado hasta

2.5% presupuesto de cmapaña según

circunscripción

no podrán celebrar contratos con las entidades

del respectivo nivel

administrativo para el cual fue

elegido el candidato.

La inhabilidad se extenderá por todo el

período para el cual el

candidato fue elegido. No

CPSP

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Inhabilidad para que ex empleado público contrate con el Estado. Art. 4

.

Esta incompatibilidad también operará para las personas que

se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad,

primero de afinidad, o primero civil del ex empleado público.

Aquellos que directa o indirectamente hayan ejercido

cargos en el nivel directivo en

entidades del Estado y las sociedades en

las cuales estos hagan parte o estén

vinculados a cualquier título NO

S.A.

durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto que desarrollen

tenga relación con el sector al cual prestaron sus

servicios.

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Inhabilidad para celebrar contratos de interventoría con la misma entidad Art. 5

Quien haya celebrado contrato de

Aplica para

Plazo

• 1. Obra pública• 2. Concesión• 3. Suministro de

medicamentos • 4. Suministro de

alimentos• Conyuge o compañer@• Pariente hasta segundo

grado de consanguinidad (P-H)

• Segundo de afinidad (Cuñ)• civil (Adop)• Lo socios del contratista

• La inhabilidad para celebrar contratos durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del mismo no podrán celebrar contratos de interventoría con la misma entidad.

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Cuando el ordenador del gasto sea informado oportunamente de los posibles incumplimientos de un contratista y no lo conmine al cumplimiento de lo pactado o adopte las medidas necesarias para salvaguardar el interés general y los recursos públicos involucrados, será responsable solidariamente con este, de los perjuicios que se ocasionen. Paragr. 3 Art. 84.

En relación con actos de corrupción no procederá el secreto profesional.

Art. 7 Exequible mediante la sentencia de la Corte Constitucional C-200/12

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ALGUNAS MEDIDAS ADOPTADAS

La adopción del Modelo Estándar de Control Interno (MECI);

Formato de declaración de bienes y rentas; El Estatuto de contratación; El traslado de pruebas del ámbito fiscal y

disciplinario al sistema penal acusatorio; La adopción del Protocolo de Ética Superior y

Buen Gobierno (Urna de Cristal); el Decreto Ley Anti trámites; elaboración del Documento CONPES sobre

rendición de cuentas de la rama ejecutiva a los ciudadanos, entre otros.

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FORTALECIMIENTO DE MEDIDAS

DISCIPLINARIAS

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LA ACCION DISCIPLINARIA

Se produce en virtud de la relación de subordinación que existe entre el funcionario y la administración en el ámbito de la función pública, y se origina en el incumplimiento de un deber o de una prohibición, la omisión o extralimitación en el ejercicio de las funciones

ESTADO

SERVIDOR PUBLICO

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MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Nuevas faltas disciplinarias graves y gravísimas

Presupuesto de publicidad. Art. 10 netamente misional, ≤ 30% presupuesto inicial

Nuevos sujetos disciplinables

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FALTA DISCIPLINARIA POR: a) ACCIÓN

b) OMISIÓN

Prohibiciones Inhabilidades

Incompatibilidades

Impedimentos

Conflicto de

Intereses

Incumplim

iento de

Deberes

Extralimitación de funciones

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FALTA GRAVISIMA NO 64. ART. 43

Cometer, directa o indirectamente, con ocasión de sus funciones o excediéndose en el ejercicio de ellas, acto arbitrario e injustificado contra otro servidor público que haya denunciado hechos de corrupción”.

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SUJETOS

La Procuraduría General de la Nación,

Las Personerías, Las Oficinas de Control

Interno disciplinario. La Superintendencia

de Notariado y Registro Comisión de

AcusacionesComisión de

aforados

Los servidores públicos Los particulares que

ejerzan funciones públicas

Interventoría o supervisión, administren recursos públicos

Los indígenas que administren

recursos del Estado. Los gerentes de

cooperativas, fundaciones, corporaciones y asociaciones que se creen y organicen por el Estado o con su participación mayoritaria

QUIENES EJERCEN CONTROL DISCIPLINARIO

SUJETOS DEL CONTROL DISCIPLINARIO

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GENERALIDADES DE LA ACCION DISCIPLINARIA

disciplinaria. La acción disciplinaria se extingue por: la muerte del investigado o por la prescripción de la acción disciplinaria.

Si los hechos materia de la investigación disciplinaria pudieren constituir delitos de oficio, deberán ser puestos en conocimiento de la autoridad competente, enviándole las pruebas de la posible conducta delictiva.

La acción disciplinaria

es procedente aunque el servidor

público se encuentre

retirado del servicio,

siempre y cuando la

conducta se haya

cometido al momento de

estar vinculado a

la administració

n. El desistimiento del quejoso no es una causal de extinción de la acción

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MEDIDAS DISCIPLINARIAS ADICIONALES

Extiende la aplicación de la Ley 734 de 2002 a los particulares que sean supervisores de contratos, además de los interventores, a los que ejerzan funciones públicas y a los que administren recursos públicos u oficiales.

Extiende la aplicación del Código disciplinario a contratistas que realicen funciones administrativas. Ej. Ejercer de coordinador cuando este es un cargo de planta

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FORTALECIMIENTO DE MEDIDAS FISCALES

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QUÉ ES EL CONTROL FISCAL

Es una función pública, la cual vigila, de manera posterior y selectiva, la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles.

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planeaciónadquisición

conservación

administración explotación

custodia

enajenación

consumo Gasto -

inversiónadjudicación

LA GESTION FISCAL ES: EL CONJUNTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y TECNOLÓGICAS, QUE REALIZAN LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y LAS PERSONAS DE DERECHO PRIVADO QUE MANEJEN O ADMINISTREN RECURSOS O FONDOS PÚBLICOS TENDIENTES A LA ADECUADA Y CORRECTA:

DE SUS RENTAS, EN ORDEN A CUMPLIR LOS FINES ESENCIALES DEL ESTADO, CON SUJECIÓN A LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EFICIENCIA, ECONOMÍA, EFICACIA, EQUIDAD, IMPARCIALIDAD, MORALIDAD, TRANSPARENCIA, PUBLICIDAD Y

VALORACIÓN DE LOS COSTOS AMBIENTALES.

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ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL

CONDUCTA DOLOSA O

CULPOSA DE UNA

PERSONA QUE EJERZA

GESTION FISCAL

DAÑO PATRIMONIAL

NEXO CAUSAL

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PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL VERBAL. ART. 97

Cuando del análisis del dictamen del

proceso auditor, de una denuncia o de la

aplicación de cualquiera de los

sistemas de control, se determine que están dados los elementos para proferir auto de

apertura e imputación.

• CUÁLES SON LOS SISTEMAS DE

CONTROL?• financiero,

• de legalidad, • de gestión,

• de resultados, • la revisión de

cuentas y• la evaluación del control interno. Ley

42/1993

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GRUPO DE REACCIÓN INMEDIATA- GRI. 115

Los Organismos de Vigilancia y Control Fiscal están facultados para crear GRI´S con las facultades de policía judicial, el cual actuará dentro de cualquier proceso misional. Estas potestades deben observar las garantías constitucionales previstas en el artículo 29 de la Constitución Política.

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OTRAS MEDIDAS Los informes de auditoría definitivos producidos

por las contralorías se remiten a las Corporaciones de elección popular que ejerzan el control político sobre las entidades vigiladas. 123

Se creó en la CGR una Unidad Anticorrupción, USATI entre otras.128

Se crearon Gerencias departamentales colegiadas (recursos públicos de la Nación administrados en forma desconcentrada en el nivel territorial o transferidos a las entidad)es territoriales. 128

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POLITICAS INSTITUCIONALES

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Plan anticorrupción y de atención al ciudadano. Art.

73

Plan de acción de las entidades públicas. Art. 74

Oficina de PQR´S. Art. 76

Publicación de Proyectos de Inversión. Art.

77Divulgación de

campañas institucionales de prevención

de la corrupción. Art.

80

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DEMOCRATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Art. 32 de la Ley 489 de 1998: 78

Todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de

realizar las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control

y evaluación de la gestión pública. Entre otras podrán realizar las siguientes acciones:

a) Convocar a audiencias públicas; b) Incorporar a sus planes de desarrollo y de

gestión las políticas y programas encaminados a fortalecer la participación ciudadana;

c) Difundir y promover los derechos de los ciudadanos respecto del correcto funcionamiento

de la Administración Pública;

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LA CORRUPCION ES UN ESTILO DE VIDA LESIVO… ASI QUE, CUÁLES SON TUS

IDEAS INNOVADORAS

PARA COMBATIRLA

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Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción;

Facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos;

Promover la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos

¿ QUÉ HACER ?

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CONCLUSIÓN

La lucha contra la corrupción es una herramienta política ciudadana a partir de la cual se incrementan los niveles de control social sobre la función pública, sobre las personas que cumplen funciones públicas y sobre toda relación entre los particulares y el Estado!!

Gracias!!