La Creencia

download La Creencia

of 14

description

inv

Transcript of La Creencia

Humberto Reyes Santos3ero. BachilleratoLA CREENCIA, VERDAD Y PRUEBALa creenciaUna creencia es aquello en lo que creemos fielmente o tambin puede ser la opinin que alguien dispone en relacin algo o alguien. Estos son los dos usos que le atribuimos a este concepto en nuestra lengua.

Lo que creemos acerca de las cosas normalmente nos surge de la experiencia adquirida en la vida y que entonces hace que creamos que tal cosa se produce por esto o por aquello, o que es el resultado de tal accionar. Pero tambin lo que elegimos creer sobre algo o alguien puede estar determinado por la influencia que hayamos recibido de un modelo cercano. Es, decir, si nuestra madre nos dice todo el tiempo cuando somos chicos que la pelea nunca conduce a nada y que por el contrario debemos inclinarnos por el dilogo para resolver las cosas, entonces, tenderemos a creer que los problemas solamente se resuelven a travs de la charla, convirtindose en una frrea creencia. As muchas veces surgen las creencias que se vuelven indestructibles a lo largo de la vida.

Por otro lado, tambin resulta ser habitual que creamos en aquellas cosas que nos suenan coherentes o que siguen una lgica, y por el contrario no lo hacemos en aquellas que nos parecen disparatadas o carentes de sentido comn. O sea, que si alguien, por ms confianza que tengamos en l nos dice que ha cado una vaca del cielo, seguramente, no le creamos porque no nos est diciendo algo lgico, una vaca no puede caer porque s, de pronto del cielo, jams.

Entonces, en trminos generales, una creencia refiere a la certeza que un individuo tiene acerca de una determinada cuestin. Pero tambin, una creencia ser aquello en lo cual se cree fervientemente, una ideologa, una doctrina religiosa, una personalidad, entre otros.

La creencia es algo as como un modelo, generalmente basado en la fe, creado por nuestra mente, el cual luego por la interpretacin deviene en un contenido cognoscitivo de un hecho concreto o abstracto, el cual no presentar una demostracin absoluta y ni siquiera tampoco se le exigir un fundamento de tipo racional que lo explique, pero que an ante esta situacin de carencia de comprobacin, tiene serias y ciertas chances de remitir a una verdad.

Ejemplos: La vida es bella. La vida es dura. La gente es amable. Los perros son peligrosos. Las mujeres, los hombres son un desastre...VERDAD Verdad. Reflejo fiel, acertado, de la realidad en el pensamiento, reflejo comprobado, en ltima instancia, mediante el criterio de la prctica. Lo caracterstico de la verdad es el pertenecer precisamente a los pensamientos y no a las cosas mismas ni a los recursos de su expresin por medio del lenguaje. El marxismo ha sido el primero en proporcionar una fundamentacin consecuentemente materialista del concepto de verdad, ha sealado nuevos aspectos dialcticos de su estudio. Se dice que algo es verdadero cuando coincide con lo real. Segn esto, verdad es adecuacin con la realidad. El significado de la palabra verdad abarca desde la honestidad, la buena fe y la sinceridad humana en general, hasta el acuerdo de los conocimientos con las cosas que se afirman como realidades: los hechos o las cosas en particular; as como la relacin de los hechos o las cosas en su totalidad en la constitucin del TODO, el Universo. La Verdad suele definirse como la conformidad existente entre lo que se expresa y la situacin real de algo o el concepto real que se tiene acerca de un tema. La verdad se hace evidente mediante un sistema de falsacin que, llevado a sus ltimas consecuencias, demuestra como las proposiciones que hemos tomado en cuenta y que nos motivaron en origen, son esenciales y necesarias para conocer si la firme conviccin torna en verdad o no, dependiendo si el objetivo inicial se cumple en el acto final. Mientras las proposiciones no sean falsables, quedan dentro del mbito de la lgica y la razn. Esta pregunta es objeto de debate entre telogos, filsofos y lgicos. Cuando la definicin se cumple como verdadera, se suele decir que se ha cumplido de forma satisfactoria, colmando las expectativas del individuo, a tal grado que, al poner en prctica dicho conocimiento, produce cierto grado de felicidad o sensacin de plenitud al ser consciente de los efectos prcticos de su trabajo. El hombre busca la verdad mediante el ejercicio de las facultades racionales, en un grado ms o menos acertado. En lgica, una proposicin es toda aquella afirmacin o negacin a la que se le puede asignar un grado de certeza. Al ser procesada por las facultades racionales, ejecutadas por las facultades fsicas y puestas a prueba segn al criterio de la persona, esta puede tomar un valor verdadero o falso (vase valor de verdad). As podremos tener proposiciones certeramente falsas y/o certeramente verdaderas, dependiendo de las conclusiones a las cuales nos encaminen las facultades racionales de nuestra mente y/o las herramientas fabricadas para tal fin, tales como ordenadores, bacos o cualquier otro instrumento afn al modelo lgico/racional aceptado. Segn la teora de la adecuacin, la verdad es la adecuacin (no la identificacin) entre las cosas y el entendimiento. Y tanto ms verdadera ser mi comprensin, cuanto ms semejante sea a las cosas. Es una teora de origen aristotlico-tomista. Cuando alguien est de acuerdo sinceramente con una afirmacin, puede o no puede reivindicar que es la verdad. Mientras que uno puede tener un buen sentido intuitivo de lo que tiene que ser verdad, dar una definicin que consiga una amplia aceptacin es difcil. Una razn es que a menudo la verdad es primero indicada como un objetivo y slo despus de que la gente empiece a razonar qu verdad es realmente. La verdad es buscada en la religin, la filosofa, las matemticas, la abogaca y la ciencia; estos campos usan diferentes mtodos e intentan llegar a la verdad para servir a diferentes objetivos. No con sorpresa, el uso compartido de una sola palabra en todos estos campos provoca con facilidad confusin y conflicto. Incluso la verdad, como la bondad y la belleza, es un tema perenne para la humanidad. Las verdades, por ltimo, son expresiones claras con que se reprende o corrige a alguien: Te voy a decir una gran verdad: nadie con tu actitud puede llegar demasiado lejos en la vida.Prueba: es el puente que me permite verificar si la creencia coincide con la realidad. No alcanza la creencia y la verdad para que pueda hablarse legtimamente.Otro problema que nos enfrentamos es el de la prueba .Segn el filsofo Karl Popp el objetivo de la ciencia es la obtencin de teoras cada vez ms verosmiles, cada vez ms cercanas de la verdad .Para este filosofo la verdad o la falsedad no se obtiene de los hechos. As no es posible llegar a la verdad de una teora sino nicamente la falsedad. De tal manera que lo que se espera de una teora cientfica es la prueba de no falsedad en cada una de sus premisas que argumentan la teora. En este sentido Popper es lo que se llama un Falsacionista ingenuo, que utiliza uno de los modos lgicos de comprobacin que ya hemos revisado en pginas anteriores por medio del tipo de argumentacin modus tollers. Popper trata de buscar consecuencias falsas para decir que su antecente es falso y poder determinar que una teora es falsa lo contrario no es decir que una teora es verdadera sino decir que una teora no es falsa.Ejemplo: Se cree estar preparado para todo lo que uno planea, se cree que se sabe qu va a pasar una vez que uno elige, una vez que uno decide simplemente se cree, se cree que se siente, se cree que se sabe se cree que se est seguro.

EL DERECHO A LA VIDA

El derecho a la vida es el primer derecho fundamental del ser humano, todos los dems derechos se ejercen a partir de este siendo este un prerrequisito.En la Constitucin del Ecuador creada en Montecristi y aprobada en 2008 se garantiza el derecho a la vida y a la integridad fsica en su Artculo 66:Art. 66.- Se reconoce y garantizar a las personas: 1. El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habr pena de muerte.3. El derecho a la integridad personal, que incluye:a) La integridad fsica, psquica, moral y sexual.b) Una vida libre de violencia en el mbito pblico y privado. El Estado adoptar las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, nias, nios y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situacin de desventaja o vulnerabilidad; idnticas medidas se tomarn contrala violencia, la esclavitud y la explotacin sexual.c) La prohibicin de la tortura, la desaparicin forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes..La declaracin Universal de los derechos humanos, de la que Ecuador es suscrito, expresa en sus artculos 3, 5 y 9.Art. 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.Art. 5.- Nadie ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.Art. 9.- Nadie podr ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.Sin embargo el Estado ecuatoriano ha vulnerado estos derechos consagrados en la Constitucin, bajo diversas circunstancias en forma directa, indirecta, y en varios casos en forma sistematizada y deliberada.DERECHO A LA VIDA Los derechos a la inviolabilidad de la vida, a una vida digna, a la integridad personal (fsica, psquica, moral, sexual y libre de violencia), estn reconocidos en la Constitucin, pero tambin lo estn, el derecho a tomar decisiones libres, informadas y responsables sobre su sexualidad, su salud y vida reproductiva, y a decidir cundo y cuntos hijos tener. La vida humana no es una realidad simplemente fsica, biolgica e instintiva, tiene tambin dimensiones afectivas, volitivas e intelectivas, participa del mundo de la necesidad natural y de la libertad, y tiene como condicin para su realizacin integral la dignidad del ser humano, de manera que al atentar a la misma, se vulnera el ejercicio del derecho a la vida, al igual que si se viola la integridad sexual, psquica, moral y fsica. Ahora bien, para ser titular de un derecho entre los seres humanos se precisa ser persona, y segn el Cdigo Civil son personas todos los individuos de la especie humana, siendo el nacimiento el que fija el principio de su existencia legal, desde que se separa completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que, perece antes de estar completamente separada de su madre, se reputa no haber existido jams, pero se presume que nace con vida y quien alegue lo contrario, debe probarlo. El problema que se plantea es el de la titularidad del derecho antes de ser persona, antes de nacer, en el sentido de que si el nasciturus tambin puede ser considerado titular del derecho a la vida, y que implica resolver si la vida humana en gestacin es jurdicamente vida en el mismo sentido que lo es la vida autnoma desde cuando se nace?. Pero si bien el nasciturus no es titular de derechos, sin embargo la Constitucin y la ley protege la vida del que est por nacer, surgiendo entonces el problema de la constitucionalidad o no de la interrupcin voluntaria del embarazo. Para unos debe establecerse la prohibicin absoluta y por lo tanto el aborto debe ser considerado delito; para otros el aborto debe ser considerado un derecho constitucional de la mujer embarazada de conformidad con sus derechos de libertad, igualdad e intimidad con lmites legales; y, finalmente unos terceros, consideran que, debe despenalizarse el aborto en ciertas circunstancias, como en caso de grave riesgo para la vida de la embarazada o para su salud, o cuando el embarazo sea consecuencia de una violacin y siempre que se lo practique dentro de determinado perodo de tiempo. Este es un tema que debe resolverse con el mayor debate democrtico, plural, respetando el criterio ajeno y las convicciones ntimas, comenzando por respetar el criterio ntimo de la mujer embarazada, ms an si el embarazo es producto de una violacin. Resulta por lo menos contradictorio despenalizar el aborto de una mujer que padeciendo discapacidad mental ha sido embarazada por violacin, y penalizar el aborto de una mujer que gozando de sus facultades mentales ha resultado embarazada por violacin, y que, al haberse violado su integridad vital, decide que se le practique el aborto. Este no es un problema terico, es de convicciones ntimas, personalsimas, que nadie, ajeno a la mujer violada puede dar decidiendo, ni siquiera una mayora, porque no es problema de partidos, de fidelidades a tal o cual lder poltico o religioso; la decisin es de ella, de la vctima, de la que puede ser una madre, hermana, cnyuge, hija, nieta, amiga, su enamorada o novia.

CASO RESTREPO

La maana del 8 de enero de 1988, Carlos Santiago y Pedro Andrs Restrepo Arismedi, hermanos de 17 y 14 aos respectivamente, fueron detenidos, torturados, asesinados y desaparecidos por miembros del Servicio de Investigacin Ciminal de Pichincha (SIC-P).Los hermanos salieron de su casa ubicada en Miravalle, barrio nororiental de Quito, en un Jeep Tropper, color almedra, de placas PHD-355 hacia las calles Ro Coca y Av. De los Shyris, para recoger a un amigo suyo para llevarlo al Aeropuerto, pero nunca llegaron a su destino.Familiares y amigos iniciaron inmediatamente la bsqueda, en principio informaron que los jvenes se encontraban en le Centro de Detencin Provisional, pero al visitar el lugar tal informacin fue negada. La subteniente de Polica Doris Morn fue la encargada de hacer las investigaciones, solicit recursos a la familia, junto con ellos realiz viajes hacia Santo Domingo y al norte del pas en Ipiales, de acuerdo a las pistas que le daba un supuesto informante. Entabl lazos afectivos con los padres de los menores desaparecidos, a quienes les garantizaba hallarlos con vida. Al mismo tiempo, elev informes difamando a los jvenesEl 13 de febrero de 1988 se encontraron los restos del vehculo en el que viajaban Carlos y Andrs al fondo de la quebrada Pacha, la Polica arm un operativo de rescate, se hallaron partes retorcidas del automotor, pero ningn rastro de sus ocupantes. En agosto de ese ao la familia decidi romper el silencio e hizo una denuncia pblica, desde marzo de 1989 semanalmente realizaron una protesta pacfica al pie del Palacio de Carondelet reclamando verdad y justicia. Entonces se unieron a la lucha otras personas, vctimas y familiares de vctimas de violaciones de derechos humanos, otras desapariciones como las de Jaime Otavalo, Consuelo Benavides y Gustavo Garzn salieron a la luz pblica, las organizaciones sociales tambin se unieron al reclamo.En el ao 1990 el gobierno de Rodrigo Borja cre en una comisin nacional para que investigue el caso y permiti que el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) de Colombia, dada la nacionalidad de los padres de los jvenes desaparecidos, tambin indague al respecto. Mientras tanto la Polica Nacional conclua en junio de 1990, que los jvenes murieron en un accidente de trnsito. Finalmente el informe del DAS inculp a la Polica Nacional.El gobierno tom la decisin de establecer una comisin internacional conformada por Toine van Dongen, experto designado por el Secretario General de las Naciones Unidas; Gustavo Medina Lpez, Procurador General del Estado; Apolinar Daz Callejas, ex Gobernador del Departamento de Sucre, ex Viceministro de Agricultura, Senador de la Repblica de Colombia, y fundador del Comit Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos; Juan de Dios Parra, Secretario General de la Asociacin Latinoamericana para los Derechos Humanos (ALDHU); Isabel Robalino, en representacin de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana; y Guillermo Arismendy Daz, to de los menores desaparecidos, en representacin de la familia. Con el encargo de "realizar toda clase de indagaciones y anlisis en torno a la desaparicin de los hermanos Restrepo Arismendy"La Comisin realiz una investigacin exhaustiva en la que cotej informes elaborados por la polica, anlisis tcnicos y recibi testimonios, entre ellos el de Hugo Espaa. La investigacin concluy que el da 8 de enero en el sector conocido como el Partidero a Tumbaco, se desarrollaba un operativo de control vehcular por miembros de la Polica Nacional. Al no poseer licencia de conducir, el mayor de los hermanos, Carlos Santiago, habra intentado huir, despus de la persecucin, se presume que fueron detenidos y llevados al Centro de Detencin Provisonal.La misma noche del 8 de enero, habran sido trasladados al SIC-P, donde el Sargento Guillermo Llerena encarg los detenidos al clases de llaves Hugo Espaa. En ese lugar los jvenes fueron torturados y asesinados, en los das siguientes el teniente coronel Trajano Barrionuvo habra convocado a una reunin a varios miembros de la Polica Nacional y solicitado que se mantenga reserva en el caso. El cabo segundo Camilo Badillo, el polica apodado "El Chocolate", el sargento Guillermo Llerena y Hugo Espaa se encargaran durante la noche del 11 de enero de llevar los cuerpos de los jvenes hacia la laguna de Yambo para desaparecerlos definitivamente.Este crimen fue perpetrado durante el gobierno de Len Febres Cordero (1984 - 1988) en un contexto de represin generalizada y sistemtica cometiendo delitos contra la vida y le integridad personal que lesionan la humanidad en su conjunto. El SIC era considerado un centro de tortura por lo que en 1991 fue desmantelado y se cre la Oficina de Investigacin del Delito (OID) que posteriormente fue sustituida por la Polica Judicial (PJJuan de Dios Parra y Guillermo Arismendy Daz, como miembros de la Comisin Especial Internacional, presentaron la denuncia por los hechos concluyentes de la investigacin, se instaur causa penal para el establecimiento de los hechos y determinacin de responsabilidades en la desaparicin de los hermanos Restrepo. El 17 de agosto de 1991, buzos de la Marina Nacional, iniciaron la bsqueda de los cadveres en la laguna de Yambo. Slo encontraron armas de fuego y abandonaron la exploracin luego de pocos das. El 2 de septiembre, la Comisin Especial Internacional Investigadora del caso Restrepo entreg su informe titulado: "Arrancados del Hogar".De los documentos reservados que examin la Comisin de la Verdad se conoce que el 12 de octubre de 1992 miembros de la Polica Nacional decidieron conformar una Comisin de Defensa Institucional ante el caso Restrepo. dgar Vaca Vinueza, teniente coronel de Estado Mayor y Jefe de la Unidad de Investigaciones Especiales (UIES) de la Polica Nacional, solicit mediante oficio al Comandante General de la Polica Nacional que:"Se adopten las medidas ms adecuadas para evitar un problema de carcter institucional, que resquebraje la unidad de nuestra polica". "Que se tomen las medidas correspondientes a fin de evitar las injurias, calumnias y agresiones verbales vertidas por parte del ingeniero Pedro Restrepo y Luz Helena Arismendy, en contra de la Institucin y de sus miembros; injurias que atropellan los Derechos Humanos de los miembros de la Polica Nacional y de sus familiares. Se debe adems solicitar el enjuiciamiento de los Restrepo por las injurias e infamias que en forma constante estn profiriendo en contra de los policas enjuiciados, y ms an, en contra de personas inocentes completamente ajenas a este conflicto como son sus familiares. Solicitar se alcance del gobierno la prohibicin de este tipo de manifestaciones que violan todo precepto legal, como es la toma de la Plaza de la Independencia para agredir verbalmente a la Polica Nacional".En enero de 1993, el entonces Presidente de la Repblica, Sixto Durn Balln, neg el permiso para que se contine con la protesta pacfica de los das mircoles. Cercos policiales con tanques antimotines impidieron el paso a la Plaza. Durante esta temporada, se apres a activistas de derechos humanos y al cantautor Jaime Guevara. En el ao 1994, Luz Helena Arismendy, madre de los menores desaparecidos, muri en un accidente de trnsito.El 15 de noviembre de 1994, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Francisco Acosta, dict sentencia condenatoria contra: Guillermo Llerena y Camilo Badillo a los cuales se les impuso la pena de diecisis aos de reclusin mayor extraordinaria como autores de detencin arbitraria e ilegal, torturas y asesinato de los menores Carlos Santiago y Pedro Andrs Restrepo y de destruccin de jeep Trooper; a Trajano Barrionuevo, Juan Sosa y Doris Morn, a ochos aos de reclusin mayor ordinaria como cmplices; y a Gilberto Molina y Hugo Espaa a dos aos como encubridores" Cumplieron la mitad de las condenas beneficiados con el sistema de reduccin de penas.La familia Restrepo, el 6 de agosto de 1997 present una demanda ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en contra del Estado por violacin de derechos protegidos por la Convencin Americana. El gobierno de Fabin Alarcn, por medio de la Procuradura General del Estado, el 24 de febrero de 1998, reconoci que en este caso, se cometi un crimen de Estado y manifest que aceptaba su culpabilidad y responsabilidad internacional sobre los hechos ejecutados por sus agentes de polica en la detencin, tortura, muerte y desaparicin de los jvenes Restrepo.Los peticionarios y el Estado ecuatoriano arribaron a un acuerdo amistoso en el que el Estado ecuatoriano se comprometi a indemnizarlos, con cargo al Presupuesto General del Estado, de acuerdo al dao emergente, el lucro cesante y el dao moral irrogado a la familia Restrepo Arismendy. Adems, se comprometi a ejecutar una completa, total y definitiva bsqueda en la laguna de Yambo y a recuperar los cuerpos de los menoresDurante todo este tiempo, la familia Restrepo y miembros de organizaciones de defensa de los derechos humanos mantuvieron su protesta en la Plaza de la Independencia, pese a las intimidaciones, los maltratos, bombas lacrimgenas y los cercos policiales. El lugar -poco a poco- se fue convirtiendo en el sitio de concentracin, denuncia y reclamo de familiares de otras personas desaparecidas, asesinadas o torturadas, lo cual dio lugar a la conformacin del Comit de Familiares de Vctimas de la Represin. El caso Restrepo se convirti en un smbolo de la defensa de los derechos humanos en el pas.El Estado ecuatoriano cumpli con la indemnizacin pactada en el acuerdo amistoso firmado en 1998, sin embargo no se continu con la bsqueda ofrecida. En diciembre de 2008, diez aos despus del acuerdo y 20 aos de la desaparicin la Procuradura General del Estado, contrat a la empresa Darwinvest para que haga una nueva bsqueda en la laguna.Las labores en Yambo se iniciaron entre el 25 y 30 de enero de 2009. Los buzos buscaron y sacaron cada resto u objeto encontrado en la laguna. El 26 de agosto, la Procuradura entreg el informe de la bsqueda realizada en la laguna de Yambo por la mencionada empresa, en el que se concluye, de forma clara y contundente, que en Yambo no se encuentran los cuerpos de los hermanos Restrepo.Mara Fernanda Restrepo Arismendy, hermana menor de Carlos Santiago y Pedro Andrs, estren a finales del ao 2011 el documental "Con mi corazn en Yambo" donde realiza un viaje personal por la tragedia que marc la vida de su familia y permite a los espectadores recorrer una tragedia histrica que se pretende olvidar.En la investigacin llevada a cabo por la Comisin de la Verdad se recept una nueva versin del caso que est siendo investigado por el Fiscal Jorge Cano, de la Unidad de la Fiscala para los casos de la Comisin de la Verdad. El funcionario ha ordenado la exhumacin de la fosa comn del cementerio del Batn, donde se han encontrado restos humanos que estn sometidos a anlisis que confirmen o descarten que pertenezcan a los hermanos Restrepo.A los 24 aos de la desaparicin de los hermanos Santiago y Andrs Restrepo Arismendi, el amor y la lucha infatigable de su familia junto con la solidaridad ciudadana sigue demandando DONDE ESTN?

ACTIVOS FIJOSDEFINICIN:Los activos fijos son bienes de la empresa que tienen una vida relativamente larga y no estn para la venta dentro de las actividades normales de la empresa, y solo estn para su servicio. CLASIFICACIN GENERAL: Los activos fijos de una empresa se clasifican en dos grandes grupos principales. Bienes inmuebles:Los activos fijos de una empresa se clasifican como bienes inmuebles cuando no son trasladables, es decir, que no se pueden mover de un sitio a otro. Bienes muebles:Los activos fijos de una empresa se clasifican como bienes muebles cuando son trasladables, es decir, que se pueden mover de un sitio a otro.La inmensa mayora de los activos fijos de una empresa son bienes muebles, esto es, que se pueden trasladar o mover de un lugar a otro.De los activos fijos muebles de una empresa se destacan:1. Los muebles y enseres1. La maquinaria y equipo1. Los vehculos CLASIFICACIN CONTABLEPara efectos contables los activos fijos, tanto muebles como inmuebles, se clasifican particularmente en dos grupos: activos no depreciables y activos depreciables. Activos no depreciables:Los activos no depreciables son aquellos que no sufren desgaste o demrito por el uso a que son sometidos y que por tanto no pierde un precio, al menos contablemente. Entre los activos no depreciables tenemos algunos ejemplos como son:1. Terrenos:Se estima que los terrenos no sufren desgaste por el uso a que son sometidos, ni por el trascurso del tiempo, y por esta razn se consideran no depreciables. Esta es una teora contablemente aceptada en todo el mundo.1. Construcciones en proceso:Todo activo comienza su proceso de desgaste, de prdida de valor contable, a partir de la fecha en que la empresa comienza a usarlo para los fines del negocio, y no desde la fecha de la compra, fabricacin o construccin como a veces se cree.1. Maquinaria en montaje:Cuando la maquinaria que compra o fabrica la empresa para su propio uso a un no ha entrado en el proceso productivo porque apenas est montando, o instalando, o armando, etc. no es depreciable, pues se considera que si la compaa no comienza a utilizarla, tal maquinaria no sufre desgaste ni deterioro.1. Muebles y enseres en fabricacin:A igual que la maquinaria la empresa puede producir sus propios muebles o adquirirlos de otras fuentes, pero solo entran en la cuenta depreciable a partir de la fecha de la cual la empresa empieza hacer uso productivo de ellos, no antes. Activos depreciables:La inmensa mayora de los activos fijos de una empresa son depreciables.Los activos fijos de la empresa que sufren desgasto o deterioro por el uso a que son sometidos o por el simple transcurso del tiempo, hacen parte de los activos depreciables. Clasificacin especial:Existen algunos fijos que exigen alguna clasificacin especial para su tratamiento contable. Consideremos tres de esos activos.1. Edificios: Los edificios fsicamente conforman una sola unidad con el terreno sobre el cual estn construidos. Sin embargo para efectos contables es necesario separar el uno del otro, al menos tericamente.Dentro de la contabilidad de la empresa tanto el terreno como el edificio deben llevarse en cuentas separadas.Cmo lograr esta separacin? Es fcil, basta con determinar por cualquier medio contable aceptable el costo del terreno y el costo del edificio en forma separada.1. Redes de distribucin:Otros activos fijos de la empresa son las redes de distribucin de agua, energa, vapor, gas, etc. que generalmente van incorporadas o adheridas a los terrenos o edificios. Es conveniente independizar contablemente el costo de estos activos.1. Mejoras al terreno:Los terrenos en su natural concepcin no son depreciables, sin embargo es comn que a esos terrenos se le hagan mejoras tales como recubrimiento con cemento, asfalto u otro material que los proteja o los engalane. Dichas mejoras son contablemente depreciables y conviene entonces en estos casos independizarlas del costo del terreno, incluyndolas en una cuenta auxiliar tal como mejoras al terreno.ACTIVO DIFERIDODefinicin: Representan costos y gastos que no se cargan en el perodo en el cual se efecta el desembolso sino que se pospone para cargarse en perodos futuros, los cuales se beneficiaran con los ingresos producidos por estos desembolsos; aplicando el principio contable de la asociacin de ingresos y gastos. Son gastos que no ocurren de manera recurrente. Los Activos Diferidos son aquellos gastos pagados por anticipado y que no son susceptibles de ser recuperados, por la empresa, en ningn momento. Se deben amortizar durante el perodo en que se reciben los servicios o se causen los costos o gastos. Tienen, pues, a diferencia de los gastos pagados por anticipado, propiamente dichos, naturaleza de partidas no monetarias siendo, en consecuencia, susceptibles de ser ajustados por inflacin, inclusive en lo que se refiere a su amortizacin. En este grupo, se clasifican los siguientes conceptos, entre otros:- Los costos y gastos en que se incurre, durante las etapas de organizacin, exploracin, construccin, instalacin, montaje y puesta en marcha.- Los costos y gastos ocasionados en la investigacin y desarrollo de estudios y proyectos.- Las mejoras a propiedades tomadas en arrendamiento. Los tiles y papelera.- El impuesto de renta diferido, ocasionado por las diferencias temporales entre la utilidad comercial y la renta lquida fiscal, en virtud de la no deducibilidad de algunos gastos contables, tales como provisiones por cartera en exceso de los limites establecidos por la legislacin fiscal, proteccin de inversiones, bienes recibidos en pago, causacin del impuesto de industria y comercio y gastos estimados para atender contingencias. Sobre este punto, tal parece que -en la prctica- no debera existir impuesto de renta diferido de naturaleza activa, por cuanto los ejemplos sealados en el Plan nico de Cuentas, y transcritos aqu literalmente, son diferencias de carcter permanente y no temporal pues, de una parte, si un gasto es no deducible en un ao, mal podra solicitarse en perodos posteriores como ocurre en los excesos de provisiones o en los gastos estimados para posibles contingencias.- Publicidad, propaganda y promocin.- Contribuciones y afiliaciones, diferentes a suscripciones en publicaciones peridicas pues estas ltimas debern clasificarse como gastos pagados por anticipado, es decir, como partidas monetarias no ajustables por inflacin. La amortizacin de los cargos diferidos se efecta de acuerdo a las instrucciones contenidas en el Plan nico de Cuentas:- Por concepto de organizacin y preoperativos y programas para computador (software) en un perodo no mayor a cinco y a tres aos, respectivamente.- Por concepto de organizacin y preoperativos, en funcin directa con el consumo.- Las mejoras a propiedades tomadas en arrendamiento, en el perodo menor entre la vigencia del respectivo contrato, sin incluir sus prrrogas, y su vida til probable.- El impuesto de renta diferido, de naturaleza dbito por diferencias temporales, en el momento mismo que se cumplan los requisitos de ley, segn la ndole de la deduccin o cuando desaparezcan las causas que la originaron.- Publicidad y propaganda, durante un perodo de tiempo igual al establecido para el ejercicio contable.- Contribuciones y afiliaciones, durante el perodo prepagado pertinente.DEPRECIACIONESLa depreciacin es la prdida de valor contable que sufren los activos fijos por el uso a que se les somete y su funcin productora de renta. En la medida en que avance el tiempo de servicio, decrece el valor contable de dichos activos. La depreciacin es el mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de el. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida til que el final lo lleva a ser inutilizable. El ingreso generado por el activo usado, se le debe incorporar el gasto correspondiente desgaste que ese activo a sufrido para poder generar el ingreso, puesto que como segn seala un elemental principio econmico, no puede haber ingreso sin haber incurrido en un gasto, y el desgaste de un activo por su uso, es uno de los gastos que al final permiten generar un determinado ingreso.DEPRECIACIN POR EL METODO DE LINEA RECTA

Una maquina cuesta $160000.00, tiene una vida til de 10 aos y puede venderse en$15000.00 al final de esta vida til. Se piensa que se gastarn $5000.00 para desmantelarla y quitarla al venderla.

Determnese el programa de depreciacin en lnea recta para esta mquina.

precio $ 160.000,00

vida util10aosen este caso el costo ajustado es:

vta final $ 15.000,00 $ 150.000,00

gsto. Desm. $ 5.000,00 la depreciacion anual es

tasa depre.10% $ 15.000,00

AO jCARGOS POR DEPRECIACION (10%) PARA EL AOS LRDEPRECIACION ACUMULADA LRAjVALOR DE LIBROS AL FINAL DEL AO LRVj

1 $ 15.000,00 $ 15.000,00 $ 145.000,00

2 $ 15.000,00 $ 30.000,00 $ 130.000,00

3 $ 15.000,00 $ 45.000,00 $ 115.000,00

4 $ 15.000,00 $ 60.000,00 $ 100.000,00

5 $ 15.000,00 $ 75.000,00 $ 85.000,00

6 $ 15.000,00 $ 90.000,00 $ 70.000,00

7 $ 15.000,00 $ 105.000,00 $ 55.000,00

8 $ 15.000,00 $ 120.000,00 $ 40.000,00

9 $ 15.000,00 $ 135.000,00 $ 25.000,00

10 $ 15.000,00 $ 150.000,00 $ 10.000,00

Al final del decimo ao, la venga del activo en $15000.00 menos los $5000.00 de gastos, harn desaparecer el valor en libros de los registros contables de la compaa

Amortizacin

La amortizacin es un trmino econmico y contable, referido al proceso de distribucin en el tiempo de un valor duradero. Adicionalmente se utiliza como sinnimo de depreciacin en cualquiera de sus mtodos.Se emplea referido a dos mbitos diferentes casi opuestos: la amortizacin de un activo y la amortizacin de un pasivo. En ambos casos se trata de un valor, con una duracin que se extiende a varios periodos o ejercicios, para cada uno de los cuales se calcula una amortizacin, de modo que se reparte ese valor entre todos los periodos en los que permanece.Amortizar es el proceso financiero mediante el cual se extingue, gradualmente, una deuda por medio de pagos peridicos, que pueden ser iguales o diferentes.En las amortizaciones de una deuda, cada pago o cuota que se entrega sirve para pagar los intereses y reducir el importe de la deuda.

EJEMPLOS DE AMORTIZACIONEJEMPLO1Pensemos en un prstamo de 10.000 euros, con un tipo de inters nominal anual del 12%, amortizable a 12 aos y pagadero a travs de un trmino amortizativo mensual y constante, que incluya intereses y amortizacin del principal.En primer lugar, debemos hallar el tipo de inters efectivo mensual:12%/12 = 1%De este modo las caractersticas de amortizacin se asemejan a un mtodo francs de amortizacin durante 144 perodos mensuales (12 aos x 12 meses/ao) a un tipo de inters mensual del 1%. De esta forma obtenemos el trmino amortizativo constante:C0/a1441%=a=10.000/((1-(1+0,01)^-144)/0,01)=131,34 euros/mesDurante 144 meses se realizarn pagos de 131,34 euros, en los que irn incluidos la parte correspondiente a los intereses devengados y a la amortizacin de capital. A continuacin aparece la tabla de amortizacin para los primeros doce meses:AoTrm. Amort.Cuota Amort.InteresesCap. Amortiz.Cap. Pendiente

010.000

1131,3431,34100,0031,349.968,66

2131,3431,6599,6962,999.937,01

3131,3431,9799,3794,969.905,04

4131,3432,2999,05127,259.872,75

5131,3432,6198,73159,879.840,13

6131,3432,9498,40192,809.807,20

7131,3433,2798,07226,079.773,93

8131,3433,6097,74259,679.740,33

9131,3433,9497,40293,619.706,39

10131,3434,2897,06327,899.672,11

11131,3434,6296,72362,509.637,50

12131,3434,9796,37397,479.602,53