La culpa médica como criterio de imputación de la responsabilidad del profesional.

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Pamplona, 6 de febrero de 20 LA CULPA MÉDICA LA CULPA MÉDICA COMO CRITERIO DE IMPUTACIÓN DE COMO CRITERIO DE IMPUTACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL DEL PROFESIONAL Autor: Autor: José Ignacio González Rodríguez. José Ignacio González Rodríguez. D.E.A en Derecho Sanitario 2008-09 D.E.A en Derecho Sanitario 2008-09 Derechos de los pacientes y responsabilidad civil sanitaria” Derechos de los pacientes y responsabilidad civil sanitaria”

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Trabajo realizado para la asignatura Derechos de los pacientes y responsabilidad civil sanitaria, del DEA en Derecho Sanitario de la Universidad Publica de Navarra. Asignatura impartida por los profesores Enrique Rubio Torrano y Maria Luisa Arcos Vieira.

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LA CULPA MÉDICA LA CULPA MÉDICA COMO CRITERIO DE IMPUTACIÓN COMO CRITERIO DE IMPUTACIÓN

DE LA RESPONSABILIDAD DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONALDEL PROFESIONAL

Autor: Autor:

José Ignacio González Rodríguez.José Ignacio González Rodríguez.

D.E.A en Derecho Sanitario 2008-09D.E.A en Derecho Sanitario 2008-09““Derechos de los pacientes y responsabilidad civil Derechos de los pacientes y responsabilidad civil

sanitaria”sanitaria”

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INDICEINDICE Introducción.Introducción. Responsabilidad civil médica.Responsabilidad civil médica. Daño desproporcionado.Daño desproporcionado. Relación de causalidad con el acto médico.Relación de causalidad con el acto médico. Criterio de la culpa o negligencia del facultativo.Criterio de la culpa o negligencia del facultativo. Lex artis.Lex artis. Obtención de resultados Vs. Obligación de Obtención de resultados Vs. Obligación de

medios.medios. Inversión de la carga de la prueba.Inversión de la carga de la prueba. Conclusiones.Conclusiones. Bibliografía.Bibliografía.

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Introducción.Introducción. Juan A. Xiol Ríos, presidente de la Sala Civil del T. S.: Juan A. Xiol Ríos, presidente de la Sala Civil del T. S.:

“cambio doctrinal por el que se recupera “cambio doctrinal por el que se recupera la culpa la culpa médica como criterio de imputación de la médica como criterio de imputación de la responsabilidad del profesional"responsabilidad del profesional". .

Evolución hacia la Evolución hacia la subjetivización de la subjetivización de la responsabilidad del médicoresponsabilidad del médico, abandonando , abandonando progresivamente criterios de imputación objetiva progresivamente criterios de imputación objetiva como el como el daño desproporcionadodaño desproporcionado . .

La obligación del facultativo La obligación del facultativo no es la de la no es la de la obtención de resultados, sino una obligación obtención de resultados, sino una obligación de mediosde medios y descarta la y descarta la inversión de la carga de inversión de la carga de la prueba.la prueba.

Conclusión: esta jurisdicción siempre se ha inspirado Conclusión: esta jurisdicción siempre se ha inspirado en la en la existencia de culpa o negligenciaexistencia de culpa o negligencia para para apreciar la responsabilidad del médico. apreciar la responsabilidad del médico.

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Responsabilidad civil médica.Responsabilidad civil médica. Situaciones nacidas de nuevas tecnologías y Situaciones nacidas de nuevas tecnologías y

nuevas concepciones de la enfermedad: problemas nuevas concepciones de la enfermedad: problemas éticos, filosóficos, políticos, profesionales y legales.éticos, filosóficos, políticos, profesionales y legales.

Responsabilidad civil:Responsabilidad civil: Contractual: se origina en el incumplimiento de Contractual: se origina en el incumplimiento de

obligaciones nacidas a través de un contrato. obligaciones nacidas a través de un contrato.

Extracontractual: se origina en el daño al patrimonio de Extracontractual: se origina en el daño al patrimonio de otra persona con quien no existe un vínculo contractual y otra persona con quien no existe un vínculo contractual y tiene como fuente una conducta que rompe el deber de tiene como fuente una conducta que rompe el deber de diligencia, cuidado y prudencia de las personas en diligencia, cuidado y prudencia de las personas en sociedad.sociedad.

Culpa: Culpa: omisión de cálculo, falta de previsión de un omisión de cálculo, falta de previsión de un resultado desastroso. resultado desastroso.

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Daño desproporcionado.Daño desproporcionado. Un resultado desproporcionado no determina Un resultado desproporcionado no determina

por sí solo la existencia de responsabilidad por sí solo la existencia de responsabilidad del médico, sino la exigencia de una del médico, sino la exigencia de una explicación coherente acerca del por qué.explicación coherente acerca del por qué.

No se trata de establecer una No se trata de establecer una responsabilidad objetiva, ni siquiera, de responsabilidad objetiva, ni siquiera, de operar una total operar una total inversión en la carga de inversión en la carga de la pruebala prueba. .

Quien reclama ha de probar el daño, su Quien reclama ha de probar el daño, su carácter desproporcionado y, lógicamente, la carácter desproporcionado y, lógicamente, la relación de relación de causalidadcausalidad física o material en física o material en relación con la intervención médica relación con la intervención médica

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Relación de causalidad con el acto Relación de causalidad con el acto médico.médico.

Factores: Factores: pluralidad de causas; pluralidad de causas; despersonalización de la asistencia médica; despersonalización de la asistencia médica; incorporación de sofisticada tecnología; incorporación de sofisticada tecnología; dificultad probatoria para el damnificado; dificultad probatoria para el damnificado; peritajes: “peritajes: “podría haber sido la causapodría haber sido la causa”. ”.

Herramientas lógicas que permiten indagar Herramientas lógicas que permiten indagar la existencia del nexo o relación de la existencia del nexo o relación de causalidadcausalidad. .

¿¿Cómo Cómo o o por quépor qué ocurrió el daño? ocurrió el daño?

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Criterio de la culpa o negligencia del Criterio de la culpa o negligencia del facultativo.facultativo.

Incumplimiento de un deber, falta de Incumplimiento de un deber, falta de precaución, omisión de la atención y de la precaución, omisión de la atención y de la diligencia debida.diligencia debida.

Negligencia Negligencia (desprecio del cuidado) vs. (desprecio del cuidado) vs. imprudencia (falta de previsión). imprudencia (falta de previsión).

Requisitos necesarios: Requisitos necesarios: Que se trate de acción u omisión imprudente o Que se trate de acción u omisión imprudente o

negligente.negligente. Que se origine un daño o lesión en el Que se origine un daño o lesión en el

reclamante, ya sea físico o moral.reclamante, ya sea físico o moral. Que exista un nexo causal entre la acción u Que exista un nexo causal entre la acción u

omisión y el daño originado.omisión y el daño originado.

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Lex artisLex artis.. Lex artis: Lex artis: conjunto de normas o reglas de conjunto de normas o reglas de

comportamiento exigibles al caso concreto. comportamiento exigibles al caso concreto.

Lex artis ad hoc: Lex artis ad hoc: criterio valorativo de la criterio valorativo de la corrección del concreto acto médico ejecutado por corrección del concreto acto médico ejecutado por el profesional de la medicina que tiene en cuenta el profesional de la medicina que tiene en cuenta las especiales características de su autor, de la las especiales características de su autor, de la profesión, de la complejidad y trascendencia vital profesión, de la complejidad y trascendencia vital del acto, y en su caso, de la influencia de otros del acto, y en su caso, de la influencia de otros factores endógenos , como el estado e intervención factores endógenos , como el estado e intervención del enfermo, de sus familiares o de la misma del enfermo, de sus familiares o de la misma organización sanitaria, para calificar dicho acto de organización sanitaria, para calificar dicho acto de conforme o no con la técnica normal requerida.conforme o no con la técnica normal requerida.

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Obtención de resultados Vs. Obtención de resultados Vs. Obligación de medios.Obligación de medios.

El El incumplimientoincumplimiento, requisito básico para , requisito básico para que la responsabilidad se produzca, que la responsabilidad se produzca, dependerá de la clase de obligación. dependerá de la clase de obligación.

De resultados:De resultados: Cuando una norma o un Cuando una norma o un contrato obligan a una persona a alguna contrato obligan a una persona a alguna cosa determinada, sea una acción o una cosa determinada, sea una acción o una abstención, hacer o no hacer algo. abstención, hacer o no hacer algo.

De medios: De medios: en aquellos casos en que una en aquellos casos en que una norma o un contrato sólo obligan al deudor norma o un contrato sólo obligan al deudor a actuar con prudencia y diligencia.a actuar con prudencia y diligencia.

Diligencia del buen padre de familia.Diligencia del buen padre de familia.

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Inversión de la carga de la prueba.Inversión de la carga de la prueba. Carga de la prueba:Carga de la prueba: para poder adoptar una para poder adoptar una

decisión fundada el tribunal ha de adquirir un cierto decisión fundada el tribunal ha de adquirir un cierto grado de convicción acerca del acaecimiento de grado de convicción acerca del acaecimiento de aquella circunstancia, pero para ello es necesario aquella circunstancia, pero para ello es necesario que alguna de las partes le proporcione los que alguna de las partes le proporcione los elementos probatorios que le permitan alcanzarlo. elementos probatorios que le permitan alcanzarlo.

Se impone la jurisprudencia sobre la inversión de la Se impone la jurisprudencia sobre la inversión de la carga de la pruebacarga de la prueba..

En caso de daño anómalo, el médico y el centro En caso de daño anómalo, el médico y el centro sanitario implicado, por sanitario implicado, por inversión de la carga de inversión de la carga de la prueba,la prueba, deben probar su inocencia. deben probar su inocencia.

Objetivación de la culpa extracontractual, por Objetivación de la culpa extracontractual, por aplicación de la teoría del riesgo, que apareja una aplicación de la teoría del riesgo, que apareja una inversión de la carga de la prueba.inversión de la carga de la prueba.

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Conclusiones: Conclusiones: Posibilidades de eximir a un profesional de Posibilidades de eximir a un profesional de

responsabilidad: responsabilidad: 1.1. Prueba de un Prueba de un error excusableerror excusable..2.2. Caso Caso fortuitofortuito..3.3. Conducta del pacienteConducta del paciente que no sigue las que no sigue las

instrucciones del médico o que abandona por instrucciones del médico o que abandona por completo el tratamiento.completo el tratamiento.

4.4. Fracaso del tratamientoFracaso del tratamiento por circunstancias por circunstancias intrínsecas del mismo enfermo.intrínsecas del mismo enfermo.

Jurisdicción siempre se ha inspirado en la Jurisdicción siempre se ha inspirado en la existencia de existencia de culpa o negligenciaculpa o negligencia para para apreciar la apreciar la responsabilidad del médico.responsabilidad del médico.

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