La Doble Nacionalidad

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Opinión, Lectura “Doble Nacionalidad” Ana Madalid Apaza Mamani La doble nacionalidad es una realidad amparada por nuestra legislación desde hace muchos años, según la Ley de Nacionalidad Ley 26574 “la nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana”, lo que hace perfectamente posible que un peruano obtenga una segunda nacionalidad sin perder por ello su nacionalidad original y ni que este acto sea considerado una traición a la patria por así decirlo. las personas no deciden obtener otra nacionalidades más como una forma de demostrar su desprecio por su país, al contrario tiene motivos por los que se asume una segunda nacionalidad; ya sea por una simple conveniencia de poder y beneficios de ciertos derechos (facilidad de entrada a otros países, beneficios tributarios, etc.) o por una afinidad familiar con dicho país (persona que ha vivido gran parte de su vida en otro país), podemos decir que las personas no demuestran falta de patriotismo por asumir una segunda nacionalidad. también es posible que exista un peruano de nacimiento que por ejemplo haya vivido la mayor parte de su vida en otro país y que no sienta ningún aprecio ni patriotismo por el Perú y sí, más bien, por el país de su segunda nacionalidad. También puede existir un doble nacional que sienta un profundo afecto y se sienta muy identificado con su segunda nacionalidad y al mismo tiempo, sea un convencido y decidido patriota peruano. Como sabemos cada Estado tienen plena libertad para regular a quiénes y en qué condiciones otorgan su nacionalidad, también es cierto que, en principio, debería respetarse el derecho de las personas a poder tomar decisiones sobre participar en la vida política del país donde realizan la mayor cantidad de actos y desarrollan la mayor parte de sus vidas. Creo que por lo menos la restricción que muchos proponen sobre la no postulación a la presidencia no es prudente y que, en mi opinión, no sólo viola el espíritu de nuestra Constitución, que prohíbe la distinción por razón de origen, sino que resulta improcedente en el marco de nuestra Ley de Nacionalidad, que expresamente señala que “los peruanos por nacimiento que gozan

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Opinión, Lectura “Doble Nacionalidad”

Ana Madalid Apaza Mamani

La doble nacionalidad es una realidad amparada por nuestra legislación desde hace muchos años, según la Ley de Nacionalidad Ley 26574 “la nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana”, lo que hace perfectamente posible que un peruano obtenga una segunda nacionalidad sin perder por ello su nacionalidad original y ni que este acto sea considerado una traición a la patria por así decirlo.

las personas no deciden obtener otra nacionalidades más como una forma de demostrar su desprecio por su país, al contrario tiene motivos por los que se asume una segunda nacionalidad; ya sea por una simple conveniencia de poder y beneficios de ciertos derechos (facilidad de entrada a otros países, beneficios tributarios, etc.) o por una afinidad familiar con dicho país (persona que ha vivido gran parte de su vida en otro país), podemos decir que las personas no demuestran falta de patriotismo por asumir una segunda nacionalidad.

también es posible que exista un peruano de nacimiento que por ejemplo haya vivido la mayor parte de su vida en otro país y que no sienta ningún aprecio ni patriotismo por el Perú y sí, más bien, por el país de su segunda nacionalidad. También puede existir un doble nacional que sienta un profundo afecto y se sienta muy identificado con su segunda nacionalidad y al mismo tiempo, sea un convencido y decidido patriota peruano.

Como sabemos cada Estado tienen plena libertad para regular a quiénes y en qué condiciones otorgan su nacionalidad, también es cierto que, en principio, debería respetarse el derecho de las personas a poder tomar decisiones sobre participar en la vida política del país donde realizan la mayor cantidad de actos y desarrollan la mayor parte de sus vidas.

Creo que por lo menos la restricción que muchos proponen sobre la no postulación a la presidencia no es prudente y que, en mi opinión, no sólo viola el espíritu de nuestra Constitución, que prohíbe la distinción por razón de origen, sino que resulta improcedente en el marco de nuestra Ley de Nacionalidad, que expresamente señala que “los peruanos por nacimiento que gozan de doble nacionalidad, no pierden los derechos privativos que les concede la Constitución”, nuestra Constitución Política faculta a PPK y a cualquier otro candidato a la Presidencia de la República a postular aunque tenga doble o triple nacionalidad, no es un impedimento y por si hiciera falta, el Tribunal Constitucional alzó su voz para confirmarlo. El único requisito es ser peruano de nacimiento, y Kuczynski lo es, hijo de inmigrantes europeos con apellido no común en nuestro país, pero peruano al fin y cuentas.