La expropiacion

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1 Universidad Fermín Toro Vicerrectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela Derecho LA EXPROPIACION

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Universidad Fermín ToroVicerrectorado Académico

Facultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela Derecho

LA EXPROPIACION

Participante:Luis Rodríguez

CI 23.811.794Barquisimeto, Septiembre de 2015

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Índice

Conceptualización de Expropiación…………………………………….………..3

Expropiación según la Ley de Expropiación………….………….…………..…4

Requisitos para la Expropiación……………………………………………….…4

Elementos de la Expropiación……..……………..……………………………….4

Procedimiento Expropiatorio según la Ley de Expropiación…………..………6

Conclusiones……………………………………………………….…………….…7

Referencias Bibliográficas……………………………………………….………..8

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La Expropiación

En términos generales, la expropiación consiste en la transferencia

coactiva de la propiedad privada desde su titular al Estado, concretamente, a

un ente de la Administración Pública dotado de patrimonio propio. Puede

expropiarse un bien para que éste sea explotado por el Estado o por un

tercero, con la finalidad de propiciar beneficios bien sea a la población o a un

grupo determinado de personas. En términos de Lares (2001), la

expropiación es:

La expropiación es una Institución de Derecho Público en virtud de  la cual  la administración,  con fines de utilidad pública o social,  adquiere  coactivamente bienes  pertenecientes  a los  administrados,  conforme  al  procedimiento determinado en las  leyes  y mediante  el  pago de una justa indemnización…

El Estado venezolano en los últimos años y sus legisladores actuales

se han concentrado en adquirir de forma forzosa los bienes de propiedades

privadas, específicamente aquellas destinadas a la producción en

Venezuela, todo ello con la finalidad de consolidar proyectos políticos y

económicos en beneficio del pueblo Venezolano, sin embargo, con el tiempo

la duda sobre el correcto uso de la expropiación la cual ha perdido su

condición por el manejo inadecuado del termino y su aplicación. De allí la

necesidad de indagar como debe llevarse a cabo este proceso, cuáles son

sus requisitos y de qué manera la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad

Pública o Social aborda la expropiación.

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Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social

La presente Ley se encarga de regular la expropiación forzosa por

causa de utilidad pública o de interés social, tomando en consideración los

derechos del propietario y los bienes que han de ser expropiados para

obtener un bien en común. Así pues, primeramente es importante establecer

de qué manera contempla la expropiación dicha ley, en su Artículo 2:

La expropiación es una institución de Derecho Público, mediante la cual el Estado actúa en beneficio de una causa de utilidad pública o de interés social, con la finalidad de obtener la transferencia forzosa del derecho de propiedad o algún otro derecho de los particulares, a su patrimonio, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización.

Igualmente, esta ley trata única y exclusivamente la expropiación

forzosa por causa de utilidad pública o social, recordando que para que la

expropiación tenga lugar es necesario que cumpla con ciertos parámetros

que la misma Ley establece, para ello el Artículo 7 establece que:

Solamente podrá llevarse a efecto la expropiación de bienes de cualquier naturaleza mediante el cumplimiento de los requisitos siguientes:1. Disposición formal que declare la utilidad pública.2. Declaración de que su ejecución exige indispensablemente la transferencia total o parcial de la propiedad o derecho.3. Justiprecio del bien objeto de la expropiación.4. Pago oportuno y en dinero efectivo de justa indemnización.

Elementos de la Expropiación

1) Elemento final: Utilidad Publica

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2) Elemento objetivo: Es el bien expropiable, pueden ser objeto de

expropiación todos los bienes necesarios para la satisfacción de la

utilidad pública. Quedan excluidos los bienes o valores innatos del ser

humano y los llamados derechos de la personalidad.

3) Son las partes intervinientes:

*Sujeto activo pueden ser:

Poder Ejecutivo

Ejecutivo Federal

*Sujeto pasivo puede ser: Los Titulares, Dueños de los Bienes.

4) Elemento material: Es la indemnización económica debida al

expropiado, en virtud del sacrificio impuesto, en función del interés

público. Ésta debes ser previa, justa, única y en dinero efectivo.

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Procedimiento Expropiatorio

Relación 60dias, Informes 2dias siguientes, Sentencia 30dias después del informe. (Art.

32)

Derechos del Poseedor a participar y solicitar el precio del bien expropiado

(Art. 31)

Lapsos de Apelación. El término para apelar será de cinco (5) días (Art. 33)

Fundamentos a la oposición de la solicitud (Art. 30)

Lapsos de Comparecencia. 10 días siguientes. (Art. 27)

Acto de Contestación a la Solicitud. Próximos 3 días del Art. 27 (Art. 28)

Oposición a la solicitud. Contará con 15 días (Art. 29)

Emplazamiento a los interesados. Publicación del Edicto (Art. 26)

Certificación de Gravámenes. Petición en los próximos 3 días (Art. 25)

Requisitos de la Solicitud de Expropiación. (Art. 24)

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Conclusiones

A lo largo de la investigación, se concluye que la legislación

Venezolana contempla la expropiación como una institución de Derecho

Público, la cual el Estado de la manera particular, limita la propiedad privada

con fines de utilidad pública e interés social, a través de un procedimiento

justo y una indemnización fundamental. Por lo tanto, para llevar a cabo un

procedimiento justo es necesaria la presencia de la figura jurídica de la

Expropiación en Venezuela debido a que ella interfiere diferentes entes del

poder público.

En conclusión, la expropiación se inicia una vez que cumple con los

requisitos previos, se tomara en cuenta la voluntad de las partes en realizar

un arreglo amigable, de lo contrario será realizada de manera forzosa,

mediante una sentencia firme y una indemnización, dando prioridad a las

personas que habiten en el inmueble al momento de la expropiación.

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Referencias Bibliográficas

Lares, E. (2001). Manual de Derecho Administrativo”, décima segunda

edición,  pp. 607608. Caracas, Venezuela.

Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social. Gaceta

oficial de la República Bolivariana de Venezuela Caracas, 1° de julio

de 2002 n° 37.475. Venezuela

Sosa, A. (2004). La expropiación como institución del Derecho Público

con fines de utilidad Pública o Social. Universidad Católica Andrés

Bello. Caracas, Venezuela.