La jornada laboral Ampliación y reducción de jornada Periodo de descanso Jornada nocturna Trabajo...
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1. JORNADA LABORAL
El tiempo que un trabajador dedica a la ejecución de su actividad laboral.Artículo 34, E.T. La duración
de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de
trabajo, sin que pueda exceder las cuarenta horas semanales de promedio en cómputo de
trabajo.
Las 40 horas semanales se pueden distribuir desigualmente entre los distintos días o distintas semanas del año, siempre que en un cómputo anual no se sobrepasen los límites máximos fijados semanalmente.
El trabajador tiene derecho a adaptar la duración y distribución para hacer efectivo su DERECHO A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL.
1.1. AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL
1.2. PERIODOS DE DESCANSO
1.3. JORNADA NOCTURNA
Jornada nocturna: La que se realiza entre las 10 noche y las 6 de la
mañana.
Trabajador nocturno: Aquel que trabaja al menos 3 horas en horario de
noche o un tercio del año.
Duración: No se pueden superar las 8 horas diarias de promedio, en un
periodo referencia de 15 días. No se permite realizar horas extraordinarias.
Retribución: Se determinará en el convenio colectivo.
1.4. TRABAJO A TURNOS
Organización de tareas en equipo en la que los
trabajadores prestan sus servicios en los mismos
puestos en horas diferentes, siguiendo un ritmo de
rotación que se repite cada ciertos días o semanas.
Ningún trabajador permanecerá en el turno de
noche más de 2 semanas consecutivas, salvo que
así lo desee.
Los trabajadores que estudien para obtener título
académico o profesional, tienen preferencia para
elegir turno.
1.5. HORAS EXTRAORDINARIAS
Son voluntarias. No más de 80, excepto las realizadas para
reparar o prevenir un siniestro u otros daños urgentes o extras.
Retribuido: cuantía se fija en convenio colectivo o se puede compensar con periodos de descanso. (4 meses)
Prohibida a los menores de 18 años y durante la noche.
Control de las horas extras.
1.6. PERMISOS RETRIBUIDOS
1.7. LAS VACACIONES
CALENDARIO LABORAL Y FIESTAS LABORALES.
12 de octubre (Fiesta Nacional)6 de diciembre (Día de la
Constitución)
1 de enero(Año nuevo)1 de mayo (Fiesta del
trabajo)25 de diciembre
(Natividad)
6 de enero (Epifanía del Señor).19 de marzo (San José) o 25 de
julio (Santiago).15 de agosto (Asunción de la
Virgen).1 de noviembre (Todos los
Santos).8 de diciembre (Inmaculada
Concepción).Jueves Santo.Viernes Santo.
2. EL SALARIO
Según el Estatuto de los Trabajadores se considera SALARIO a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación de servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo o los periodos de descanso computables como trabajo. El salario en especie no podrá superar en ningún caso el 30% de las percepciones salariales del trabajador.
El SALARIO BASE es la cantidad fija que se cobra, para una determinada categoría o grupo profesional, sólo por el hecho de trabajar.Se fija en el convenio colectivo.
2.1. SMIEs la cantidad mínima que puede percibir un trabajador por una jornada de 40 horas semanales, puede ser mejorado por los convenios colectivos y los contratos de trabajo. Cuando se trabaje menos de 40 horas semanales el salario será proporcional al tiempo trabajado.
ES INEMBARGABLE
Su cuantía en 2013 es:SMI diario: 21,51 euros/día.SMI mensual: 645,30 euros/mes.SMI en cómputo anual: 9.034,20 euros/año
2.2. INDICADOR PÚBLICO DE RENTA DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)
Es el indicador o referencia de nivel de rentas para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos, o para calcular la cuantía de algunas prestaciones, ayudas y subvenciones públicas, como la protección por desempleo, las becas de estudio o de comedor, el acceso a una vivienda protegida, etc.
IPREM diario: 17,75 euros/día.IPREM mensual: 532,51
euros/mes.IPREM anual: 6.390,13
euros/año.
2.3. FOGASA
Organismo autónomo adscrito al Ministerio
de Trabajo
FUNCIÓNes garantizar
parcialmente a los trabajadores los
salarios y las indemnizaciones por
despido o extinción de la relación laboral
pendientes de cobro.
TEST DE REPASO
1. ¿En dónde se establece la jornada real de un trabajador?
a) Convenios colectivos y/o contratos de trabajo
b) Estatuto de los Trabajadores
c) Ley Orgánica de Libertad Sindical
2. ¿De cuánto debe exceder la duración de la jornada diaria continuada para que se establezca un período de descanso durante la misma?
a) 8 horas
b) 6 horas
c) 4 horas y 30 minutos
3. ¿A qué numero asciende el límite de fiestas laborales anuales de carácter retribuido y no recuperable? a) 12 días b) 14 días c) No existe límite
4. Se entiende por salario: a) La totalidad de las retribuciones económicas que perciben los trabajadores, en dinero o en especie b) Solo las retribuciones recibidas en metálico c) Todas las retribuciones que perciben los trabajadores, incluidos los gastos que haya tenido debidos al trabajo
5. El Salario Mínimo Interprofesional: a) Es una cantidad fijada anualmente por el gobierno b) Es la cantidad mínima que recibirá un trabajador contratado a tiempo completo c) a y b con correctas
6. El Fogasa abona a los trabajadores los salarios adeudados:
a) En casos de insolvencia del empresario, suspensión de pagos o quiebra b) En caso de que la empresa no pague puntualmente el salario c) En caso de que la empresa tenga pérdidas