La Legitimación
Click here to load reader
description
Transcript of La Legitimación
![Page 1: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/1.jpg)
Las Partes
…Continuación
![Page 2: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/2.jpg)
De los entes sin personalidad jurídica
El cuarto párrafo del artículo 44 del CPCYM, regula que: “Las uniones, asociaciones o comités, cuando no tengan personalidad jurídica, puede ser demandadas por medio de sus presidentes, directores o personas que públicamente actúen a nombre de ellos”. Motero Aroca expresa: “se asiste al extraño fenómeo jurídico de que un ente sin personalidad pueden ser parte en el proceso”.. Agregando que así como tienen capacidad para ser demandados, tienen capacidad para demandar.
![Page 3: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/3.jpg)
Capacidad procesal en el proceso laboral
Si las personas que actúan en el proceso son individuales, tiee que estarse a la capacidad civil ya relacionada con antelación. Ahora bien, si quie actúa e el proceso es u meor de edad, estamos e presecia de ua capacidad procesal especial, pues la ley de la materia la otorga a los que tengan 14 años o más y a los insolventes y fallidos (art. 31 C de T. y 292 del mismo Código).
![Page 4: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/4.jpg)
Capacidad procesal en el proceso laboral
Lo relacionado presupone que:
2. En el procedimiento laboral pueden actuar como partes personas que no tenga la condición de trabajador o empresario, siempre que la pretensión se funde en una relación de trabajo.
3. No todas las pretensiones que un trabajador formule contra un empresario o viceversa, deberá satisfacerse por medio del proceso laboral, ya que entre ambos puede existir relaciones jurídicas o laborales, como es el caso de un préstamo.
![Page 5: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/5.jpg)
Capacidad procesal en el proceso Contencioso Administrativo Lo expuesto para el proceso civil es
aplicable a lo contencioso administrativo.
Civil = administrativo
![Page 6: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/6.jpg)
Capacidad procesal en el proceso Penal
El Código Penal en el título III al regular las causas que eximen de responsabilidad penal, e su capítulo I regula las causas de inimputabilidad dentro de las cuales el artículo 23 incluye:
![Page 7: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/7.jpg)
La legitimación
![Page 8: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/8.jpg)
Generalidades
Como observamos en el curso anterior, a la “LEGITIMACIÓN”, se le conoce como “LEGITIMACIÓN DE LA CAUSA” o “LEGITIMATIO AD CAUSAM”
De manera general la legitimación se encuentra vinculada a la relación jurídico material (relación sustantiva); y en consecuencia se puede afirmar que los sujetos de la relación jurídica procesal deben ser los sujetos de la relación jurídica material. Pero la práctica demuestra lo contrario: no siempre los sujetos coinciden.
![Page 9: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/9.jpg)
Generalidades
El aspecto planteado por el profesor Leonardo Prieto Castro, en cuanto a que si un sujeto posee capacidad jurídico procesal (capacidad para ser parte) y capacidad para obrar procesal (capacidad procesal), está en condiciones de incoar un proceso o de defenderse en él, haciendo uso de su facultad de promover un proceso y el demandado el de usar la bilateralidad de la acción.
![Page 10: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/10.jpg)
Generalidades
Si embargo, sólo con el empleo de estos dos conceptos (capacidad para ser parte y capacidad procesal), no encontramos solución al problema del litigante que incoa un proceso sin ninguna titularidad de derecho material o al litigante que poseyendo esa titularidad, demanda a otro que no la posee pasivamente o al litigante sin titularidad que demanda al que tampoco la posee en el aspecto pasivo. Frente a la problemática, el autor citado sugiere para determinar a las partes que debe figurar en cada proceso en concreto:
![Page 11: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/11.jpg)
Generalidades
Salirse del proceso y buscar en la relación jurídica material quienes son los sujetos que por su relación con respecto del mismo están facultados a ejercitar la pretensión y a defenderse como parte activa y parte pasiva, respectivamente. Lo anterior obedece a la necesidad de que una cierta demanda sea propuesta por y frente a ciertas personas que sean las legitimadas para actuar como partes en un proceso determinado. (capacidad procesal es genérico –según Arazi-).
![Page 12: La Legitimación](https://reader038.fdocumento.com/reader038/viewer/2022100519/559e2f341a28ab47728b468a/html5/thumbnails/12.jpg)
Generalidades
De esa cuenta la teoría de la legitimación sirve para determinar las personas que jurídicamente deben figurar como sujetos activo y pasivo de la relación jurídica procesal en determinado proceso, con todos los derechos y cargas inherentes a dicha calidad. En conclusión la legitimación está, e principio, directamente vinculada con la titularidad de la relación jurídico material.