La mono sucia de Chevron

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Historia del peor crimen medioambiental del Ecuador

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LA MANO SUCIA DE CHEVRON: HISTORIA DEL PEOR CRIMEN

MEDIOAMBIENTAL DEL ECUADOR

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Comunicación Secretaría Ejecutiva Movimiento Alianza PAISMarzo,2014

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CHEVRON Y SUS BESAMANOS

Entre las más gratas amistades que he tenido en mi vida cuento con la del maestro Manuel Medina Castro, y quizá, aparte de su interpretación siempreviva del marxismo, la mayor lección que recibí de él podría sintetizarse en una conducta ética: “no ser jamás en la vida

besamanos de nadie”.

El neocolonialismo, como tantas taras capitalistas, engendró una manera de vivir sometida y lacaya, en la que el capital subordina todo. El ser humano no es tal, es una cosa que produce o consume. Las relaciones humanas, hasta las amorosas, son identificadas desde el poder, no de la pasión. La vida misma es apenas un tránsito en la movilidad social determinada por el oportunismo y el individualismo, y las antiguas virtudes: generosidad, solidaridad y lealtad, son el cándido refugio del ingenuo, porque lo que interesa es el dinero y su voraz entorno, de tal manera que el egoísmo y la avaricia pueden convertirse en valores. Es entonces cuando los besamanos aparecen.

Si esto se traduce a las relaciones políticas, entre Estados o corporaciones, nuevas caracte-rísticas emergen: cinismo, impudicia, viveza y vanidad, y quizá estas premisas nos ubiquen de lleno en la razón de esta publicación: las manos sucias de Chevron-Texaco, manifestación del poder omnímodo del dinero y de las relaciones incestuosas con la justicia falsaria, o mejor, con la injusticia, y, por supuesto, con los vasallos, para quienes la Patria no existe, es apenas un si-mulacro accidental de nacimiento, y, muchas veces, motivo de vergüenza.

En el proceso judicial que ciudadanos libres del Ecuador siguen a la transnacional Chevron, merecen, sin duda, un capítulo aquellos connacionales, jamás “compatriotas” que sirven a los intereses extranjeros. Devotos de la sumisión, a cambio de algunos denarios, han aportado con su testimonio, y lo que es peor, con su firma, para convertirse en cómplices y encubridores del mayor desastre ecológico producido en nuestro tiempo.

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¿Qué hace posible que un ser humano traicione a su Patria?

"¿Qué me queréis dar a cambio de que os lo entregue?", se dice que exclamó Judas Iscariote. Pero ¿es solo el dinero lo que determina la deslealtad? No, de por medio, en el caso particular de Chevron existen otras aristas. La sumisión a cambio del reconocimiento, el servilismo como manifestación de idolatría al poderoso, la humillación voluntaria para ser recompensado con la invitación a la kermesse del imperio, y, por cierto, la pretensión ilusa de formar parte, cual antiguo bufón de palacio, de esa cofradía déspota, rubia y arrogante.

Miraba hace pocos días el film argentino “No sos vos, soy yo”, de Juan Taratuto. El personaje traicionado, interpretado de manera magistral, tras ser víctima de la infidelidad, exclama su auto sanación: “Para volver a vivir, después de esta tragedia personal, caminé un largo trecho, que me condujo del desconcierto a la ira, de la ira a la venganza, de la venganza a la resignación, de la resignación a la indiferencia, de la indiferencia al desprecio, y del desprecio al perdón. Así pude curarme”.

Uno podría estar de acuerdo en todo, salvo el perdón, porque se convierte en impunidad, tara histórica de nuestro país. Por el contrario, debemos mantener en la memoria siempre presentes a quienes atentaron y atentan contra nuestra Patria. Desde el punto de vista legal la traición es el "delito cometido por civil o militar que atenta contra el patrimonio público, la seguridad, la soberanía o contra el honor, y la independencia del Estado". No es posible sanar heridas y cicatrices mientras los traidores: acartonados, invisibles o cínicos, se paseen por el boulevard de los sueños rotos. Nos queda al menos la palabra para señalarlos.

Cabría extrañarse de ciertas ausencias en la lucha contra Chevron, y a la cabeza, por paradó-jico que sea, quienes se han definido por la defensa de la Naturaleza. Si es únicamente el odio a la Revolución Ciudadana y a Rafael Correa Delgado lo que les provoca el desdén o la distancia, podríamos darle la razón a Zizek cuando cataloga de “angelismo de la izquierda posmoderna” esa posición, ahora francamente en contra de los intereses del Ecuador. Quizá lo más grave es que podamos encontrar reunidos, aunque sus razones para tal unidad sean antagónicas, a los in-temperantes con los besamanos.

El Movimiento ALIANZA PAIS presenta este cuaderno de dignidad con la certeza de que los vocablos patriota y compatriota tienen vigencia y son motivo de orgullo, pasión y compromiso.

Galo Mora WittSecretario EjecutivoMovimiento Alianza PAIS

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7Texaco en el Ecuador

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Antecedentes

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11Antecedentes

Algunas versiones históricas refieren que en épocas prehispánicas los pobladores de la península de

Santa Elena conocían un elemento con las características hidrocarburíferas, que brotaba naturalmente en la superficie y era utilizado con fines medicinales. La historiadora Jenny Estrada señala en el libro de su autoría Ancón (2001) que a este recurso natural se lo llamó copey o copé, también baba del diablo, y que fue rudimentariamente explotado durante la Colonia por los representantes de la Corona española.

En 1858, el geógrafo ecuatoriano Manuel Villavicencio en Geografía Sobre el Ecuador, registra la presencia de asfalto y alquitrán en lo que hoy corresponde a la provincia de Orellana, en el río Hollín y en la cordillera oriental del Cututú.

Entre fines del siglo XIX y principios del XX, la naciente actividad petrolera realizada por compañías extranjeras, se asienta principal-mente en la península de Santa Elena, región litoral. En 1878, se otorga la primera concesión en la zona al colombiano M.G. Mier y en 1885 el italiano Salvador Vigniani obtiene varias adjudicaciones. Pero es en 1911, con la perfo-ración del primer pozo: Ancón 1, que se inicia la explotación de petróleo en el Ecuador.

La empresa inglesa Anglo (fundada en 1908 como Anglo-Persian Oil Company hasta 1951 que cambió su nombre a British Petroleum por la fusión con Arco, Amoco, Castrol y Aral) establece su filial Ecuadorian Oilfields Limited en 1919 en Ecuador, con sede en Guayaquil, para realizar trabajos de exploración en la Península. Dos años más tarde, inicia la producción de 3.000 barriles diarios de crudo 32°API (medida de densidad que, en comparación con el agua, precisa cuán pesado o liviano es el petróleo) en el pozo Ancón 4. No obstante, el nivel para la comercialización se alcanza en 1925 y su exportación, en pequeñas cantidades, se efectúa en 1928. Hasta 1971 este rubro no superaba el 6% del total de exportaciones nacionales, según datos del Banco Central. Tanto que entre 1928 y 1957, se exportaron 42 millones de barriles de crudo, volumen igual al correspondiente a 1972, año que inaugura la llamada era del boom petrolero. En 1940, se construye la pequeña refinería La Libertad que procesaba 1.000 barriles diarios; el pico más alto de producción de esta época en la región es de 10.000 barriles diarios en 1955.

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12 Antecedentes

Por el mismo tiempo, los campos de la Península empezaron a declinar (proceso natural por el cual desciende la capacidad de

producción de un yacimiento) pues estaban casi agotados. Por esta razón, en 1965 la Anglo Ecuadorian Oilfields Limited recibe 491.000 hectáreas para exploración en otras zonas del litoral, sin resultados positivos. Así, en 1967 la empresa da un giro hacia la refinación y la distribución de gasolinas de 64 y 80 octanos. Esta situación incidió en una baja en la exportación y en una extracción solo para abastecimiento del consumo interno.

Según documenta el libro Hitos de la Industria Petrolera 1829-2005, publicado por Petroecuador en 2006, si bien durante cerca de 40 años (1928-1959) la explotación se concentró en la península de Santa Elena, varias compañías extranjeras como Shell, Standard Oil, California Oil, Tennessee y la Western Geophysical Co., obtuvieron adjudicaciones por más de 5 millones de hectáreas en el resto del litoral y en la región oriental.

También el autor Byron Galarza en su obra El Petróleo en el Ecuador (2009) destaca los concesionamientos de ese período a un grupo de empresas internacionales privadas, algunas de las cuales posteriormente cedieron su participación a Texaco-Gulf. Este consorcio se conformó por la asociación de dos entidades: Texaco (petrolera estadounidense creada en 1902 como Texas Company, absorbida en 2001 para formar parte de Chevron Corporation), y Gulf Oil Corporation (petrolera estadounidense constituida en 1936 y absorbida en 1984 por Standard Oil de California para formar la Chevron Corporation).

De otro lado, la primera concesión en la Amazonía ecuatoriana fue de 25.000 km2 y se otorgó en 1921 a Leonard Exploration Co. de Nueva York, para exploración y explotación

En la década de los 60 un grupo de 7 compañías conocido como Las Siete Hermanas (llamado por Jaime Galarza Zavala: Los Siete Dinosaurios) dominaba el mercado petrolero internacional:

1. Standard Oil of New Jersey (Esso), fusionada con Mobil: ExxonMobil EE.UU.

2. Standard Oil of New York, fusionada con Mobil: ExxonMobil. EE.UU.

3. Royal Dutch Shell. Países Bajos-Reino Unido

4. Anglo-Iranian Oil Company (AIOC), luego British Petroleum (BP). Reino Unido

5. Gulf Oil Corporation, en 1985 es adquirida en una parte por Chevron, y en otra por BP. EE.UU.

6. Standard Oil of California fusionada con Shell, más tarde realiza otra fusión con Texaco y forma Chevron-Texaco. Hoy, Chevron Corporation EE.UU.

7. Texaco, fusionada con Chevron en 2001. Hoy Chevron Corporation. EE.UU.

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13Antecedentes

por un lapso de cincuenta años. Pero 16 años después, la autorización es cancelada ante la negativa empresarial de pagar al Estado una deuda de 126.000 sucres.

De acuerdo con Jaime Galarza Zavala, en 1937 el dictador Federico Páez había entregado grandes cantidades de tierras amazónicas a la petrolera Shell, ésta luego de la etapa de exploración anunció entusiasmada la existencia de crudo en la región. Extrañamente, tiempo después la empresa niega su primera aseveración y cambia la versión aun cuando los nativos de la zona conocían bien los resultados positivos en cuanto a producción petrolera en las perforaciones. Shell empieza a sellar los pozos y abandona el país en 1948 con una deuda de millones de dólares al Estado y a

los trabajadores.Famosa y coincidente es la frase pronun-

ciada por el entonces presidente de la República, Galo Plaza Lasso, el 23 de febrero de 1950, luego de que la Shell devolviera sus concesiones: ”El Oriente es un mito. Allí no hay petróleo. Tampo-co esas tierras son buenas para la agricultura. Debemos acercarnos a la Costa”.

Galarza Zavala relata también que a fines de los años 50 llegó a Ecuador Howard Steven Strouth, austríaco nacionalizado norteamericano, ligado al negocio petrolero que se dedicó a la obtención de adjudicaciones de tierras para la exploración. De este modo, a través de la empresa Minas y Petróleos S.A. (que en EE.UU. figuraba como propiedad de una multinacional llamada World Adventures),

Primeros pozos de explotación

petroleraen el Oriente ecuatoriano

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14 Antecedentes

logró una concesión de 4’500.000 hectáreas en la región amazónica, a la que subdividió y comerció con los mejores postores.

Seguidamente, Strouth vendió parte de las acciones de Minas y Petróleos S.A. a 8 compa-ñías, y formó empresas fantasmas a las que transfirió otras acciones. Es este baratillo, ne-goció la concesión llamada Coca de 650.000 hectáreas de extensión, en 0.002 sucres la hectárea, a Texaco, sin conocimiento ni auto-rización del Gobierno.

Adicionalmente, la Junta Militar de Gobierno conformada en 1963 por Ramón Castro Jijón, Luis Cabrera Sevilla, Marcos Gándara Enríquez y Guillermo Freile Pozo, firma el 5 de marzo de 1964 con el consorcio Texaco-Gulf un contrato por 40 años, renovables por 10 más, que contempla el otorgamiento de 1’500.000 hectáreas (cantidad que incluye las 650.000 anteriores) de selva habitada por comunidades indígenas. Pero el Decreto Supremo #364 expedido por la misma Junta el 30 de junio de 1965, determina la disminución del área conferida al limitar el máximo de adjudicación de tierras en zonas petroleras a 500.000 hectáreas para exploración y a 250.000 hectáreas para explotación.

En este contexto, para fines de 1967

Texaco-Gulf había perforado los primeros pozos comerciales en el Oriente: Lago Agrio 1, con una producción inicial de 2.640 barriles diarios. “El descubrimiento de hidrocarburos en la Región Amazónica hace que en 1968 se reactive el interés de las compañías extranjeras, otorgando el Estado ecuatoriano más de 4 millones de hectáreas a 7 compañías para la exploración y explotación de petróleo en la zona”, relata el ecuatoriano Víctor Guevara en su tesis El sistema de contratación en las actividades del sector petrolero, de junio del 2001, publicada por el IAEN.

De esta forma, hasta 1971 los sucesivos gobiernos ecuatorianos habían entregado grandes extensiones de tierra a una media docena de petroleras extranjeras, sin esta-blecer regulaciones favorables a los intereses del país. En una maraña de irregularidades e incumplimientos de cancelación de regalías (pago por uso y explotación del petróleo), uti-lidades (ganancias netas después de los costos de producción) e impuestos a la renta, el Ecuador vivió una enrevesada actividad petrolera.

Con el descubrimiento de nuevas reservas y con la puesta en funcionamiento del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE, construido por la Compañía William Brothers

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15Antecedentes

para transportar crudo desde el Oriente hasta el puerto de Balao, en la provincia de Esmeraldas), el Gobierno de José María Velasco Ibarra1 aperturó una política de revisión de concesiones que derivó en la expedición de la Ley de Hidrocarburos del 27 de septiembre de 1971 que determina para el país la propiedad del petróleo: “…al proclamar que la riqueza petrolera pertenece al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado”.

Del 6% en 1969 el Estado pasó a recibir el 16% en 1972 por concepto de regalías en el Golfo de Guayaquil, tras la firma del Decreto Ejecutivo por parte del presidente Velasco Ibarra que otorgaba al Gobierno plena autoridad en materia regulatoria y en la supervisión de las operaciones petroleras en general, incluyendo las del consorcio Texaco-Gulf, y establecía porcentajes como normativa para las futuras operaciones de explotación de crudo en el Ecuador.

La nueva Ley de Hidrocarburos y 2 modificaciones al contrato de Texaco–Gulf, determinaron que el Estado podía retener el 20% de la producción petrolera para el consumo interno de derivados. La dictadura militar del general Guillermo Rodríguez Lara2 instaurada en 1972, creó la Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana (CEPE) el 23 de junio de ese año y en 1973 decidió el ingreso del país a la Organización de Países Exportadores de

1 Presidente Constitucional de la República del Ecuador en los períodos 1934-1935, 1944-1947, 1952-1956, 1960-1961, 1968-1972.

2 Presidente de facto de la República del Ecuador en el período 1972-1976.

Petróleo (OPEP), en calidad de miembro titular. Estos cambios y la infraestructura imple-

mentada permitieron al Ecuador efectuar su primera gran exportación de crudo el 17 de agosto de 1972 (308.283 barriles correspon-dientes a las regalías de Texaco–Gulf que el Gobierno cobraba en especies), cada barril se vendió en $2,34.

La empresa Gulf constante y reiteradamente incumplía e irrespetaba las estipulaciones contractuales relativas a los pagos convenidos, por lo cual en 1977 el Estado decide adquirir su participación (37.5%) en el consorcio CEPE-Texaco-Gulf; en consecuencia, CEPE se convierte en el socio mayoritario con el 62.5% de las acciones pues desde 1974 poseía el 25%. Se terminan definitivamente las relaciones con Gulf, y la operación de los campos petroleros y del oleoducto transecuatoriano sigue en manos de Texaco.

A la sazón, en aproximadamente 30 años Texaco extrajo el 88% del total de la producción nacional de petróleo en 399 pozos y 22 estaciones de perforación y además operó el SOTE.

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16 Texaco en el Ecuador

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Una operación irresponsable

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19Una operación irresponsable

Durante los 28 años (1964-1992) la transnacional Texaco Petroleum Company (comprada en 2001 por

Chevron) única operadora de los yacimien-tos concedidos y transportadora del petróleo a través del SOTE, extrajo 1.500 millones de barriles de petróleo, vertió 19.000 millones de galones de residuos y derramó 17 millones de galones de crudo.

Es decir, se cometieron hechos de absolu-ta irresponsabilidad ambiental y de irrespeto a los derechos humanos, que dejaron como saldo aproximadamente 2 millones de hectá-reas contaminadas por el desparrame directo sobre el suelo de 379’246.200 barriles de agua tóxica de formación (desechos de aguas del proceso de explotación petrolero) y una grave lesión a las formas de vida de la zona.

Este suceso altamente perjudicial y nocivo, aún sigue contaminando las aguas subterrá-neas y la atmósfera. La cantidad vertida es 30 veces mayor a la del histórico desborde de la plataforma Exxon Valdez en 1989, en Alaska; y 85 veces superior a la de British Petroleum en el Golfo de México, en 2010.

Con el propósito de obtener el mayor lucro posible, la empresa no utilizó técnicas que evitaran la contaminación por la eliminación de aguas tóxicas provenientes del proceso de

explotación. Construyó piscinas altamente permeables para el almacenamiento del crudo, prohibidas por la legislación norteamericana para EE.UU. desde la década del 30.

Estas omisiones infectaron las aguas subterráneas de ríos y esteros utilizados para consumo humano como fuentes de agua para beber, cocinar, aseo personal, riego y pesca. Texaco ahorró $4.000 millones con el uso de tecnología obsoleta e inapropiada que hubiera sido objeto de penalizaciones graves en su país de origen en observancia a la Ley de Contaminación por Hidrocarburos y otras relativas, de los EE.UU.

El Código de la Salud del Ecuador vigente para toda materia o acción pública o privada en todo el territorio nacional en 1971 como norma de aplicación obligatoria, en su artí-culo 12 disponía: “Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo, o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los convierta en inofensivos para la salud”. Y el artículo 17 disponía: “Nadie podrá descargar direc-ta, o indirectamente, sustancias nocivas o indeseables en forma tal que puedan conta-minar o afectar la calidad sanitaria del agua y obstruir, total o parcialmente, las vías de suministros”.

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20 Una operación irresponsable

Por tanto, el pleno conocimiento de los riesgos inscritos en la normativa legal de su país, y el incumplimiento de la normativa le-gal ecuatoriana, responden a una concepción y prácticas racistas y neocolonialistas por par-te de la transnacional en el Ecuador.

Es decir, la transnacional conocía todos los peligros y sabía muy bien que su proceder era un verdadero atentado contra la vida. Las al-tas concentraciones de material tóxico en el entorno, especialmente en el agua, fuente de subsistencia de las comunidades colindantes con sus plataformas petroleras, son mortales al contacto humano cotidiano.

» 1939, Estado de Texas, implementa regulación por la cual: “nadie podrá almacenar permanente o temporalmente, petróleo crudo, sus productos o subproductos derivados, en piscinas abiertas o directamente en la tierra”. Texaco en Ecuador depositó lodos de perforación y otros desperdicios en 1.000 piscinas permeables

» 1942, Estado de Louisiana, establece por ley: “no se permite recorrer por canales naturales de drenaje al agua de producción”. Por esta razón Texaco debió usar tecnología de reinyección en sus campos petroleros ubicados en ese Estado

» 1942, Estado de Louisiana, prohibe el uso de piscinas permeables que podrían desbordarse a las aguas superficiales o lixiviar al suelo y agua subterránea”. Texaco en Ecuador usó mecheros horizontales sobre piscinas de agua de formación, que produjeron nubes de humo tóxico

» 1960, Estado de California, el permiso de explotación petrolera a Texaco prohíbe que desperdicios petroleros ocasionen polución de agua subterránea o superficial. Podía verterse sólo agua de formación de baja salinidad y bajos niveles de cloruro y boro. El agua de formación vertida por Texaco en Ecuador excedió en mucho estos estándares

» 1969, Estado de Texas, prohíbe descarga de aguas de formación en esteros secos, esteros corrientes y ríos. Texaco vertió directamente agua de formación en ríos de la Amazonía ecuatoriana

» 1973, Estado de California, de acuerdo con su Código de Salud y Seguridad, permite para la industria petrolera el uso sólo de smokeless flares (mecheros sin humo)

» 1979, Agencia de Protecciones Ambientales de los EE.UU. (EPA) prohíbe la descarga de agua de formación en aguas navegables

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Algunos de las consecuencias de la acción de Texaco, son:

Contaminación por: » 18 billones de galones de desecho líquido » 916 piscinas de desechos tóxicos al aire

libre en el bosque amazónico » 235.000 millones de pies cúbicos de gas,

quemados » 16.800 millones de galones de crudo

Peligros en territorio: » Aguas contaminadas, intoxicaciones por

gas, caídas a piscinas con crudo, quema de productos de petróleo, contacto con químicos, explosiones de pozos, ruptura de oleoductos, consumo de alimentos y animales intoxicados

Problemas de salud: » Cáncer de estómago, leucemia, hígado,

intestino, útero y huesos » Enfermedades gastrointestinales » Problemas de la piel » 147% más de abortos en mujeres cercanas

a los derrames » Anemia en 1 de cada 3 niños, y en 2 de

cada 3 adultos » Problemas respiratorios, neurológicos,

digestivos, micosis, cefaleas, reacciones alér-gicas, dermatitis y problemas renales

Economía y sustento: » Muerte de animales » Cultivos afectados » Animales silvestres afectados

Desaparición de los pueblos ancestrales Tetetes y Sansahuari

Además, alta migración indígena, daño en la biodiversidad, deforestación, extinción de reservas naturales y daño a especies vegetales y animales. Por tales motivos, el Oriente ecuatoriano es actualmente conocido como El Chernobyl de la Amazonía.

En 1996 Texaco se comprometió a remediar la contaminación generada, lo cual implica un tácito reconocimiento del perjuicio provocado, pero la acción efectuada con una inversión de $40 millones fue inapropiada e insuficiente; sin embargo, exigía a cambio la liberación de cualquier responsabilidad en sus actividades pasadas.

Ya en 1994, un estudio del Centro de Derechos Económicos y Sociales de Ecuador alertó al país respecto de los elevados niveles de contaminantes de petróleo presentes en los ríos del área, y un informe del Ministerio de Medio Ambiente confirmó estos efectos al encontrar concentraciones de Hidrocarburos Totales de Petróleo (HTP), superiores a 500 veces el límite permitido para consumo hu-mano, en los ríos de una de las comunidades investigadas.

Por su parte, en el Informe Yana Curi. Im-pacto de la actividad petrolera en poblaciones rurales de la amazonía ecuatoriana (2000), realizado por el Instituto de Epidemiología y Salud Comunitaria Manuel Amunarriz del Coca, Ecuador, se exponen resultados del análisis de 20 ríos de 9 comunidades contami-nadas, y 10 ríos de 10 comunidades elegidas al azar de la zona no contaminada.

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En ninguno de los ríos de la zona no con-taminada se encontraron concentraciones de HTP, mientras en los de la contaminada, 18 ríos pertenecientes a 8 comunidades presen-taron contaminación con HTP, variando su concentración desde 0,02 partes por millón (ppm) en el río Manduro, hasta 2,883 ppm en el río Basura. En algunos incluso, la concen-tración superó en más de 100 veces el límite permitido por la Comunidad Europea.

Al mismo tiempo, dicho informe sostiene:“Los efectos en el hombre ante una exposición aguda al crudo son principalmente transitorios y de corta duración a menos que las concentraciones de los compuestos sean inusualmente

altas. Tales exposiciones irritan la piel, causan comezón o irritación de los ojos ante un contacto accidental o por la exposición a sus vapores, y pueden producir náusea, vértigo, dolores de cabeza o mareos en una exposición prolongada o repetida a bajas concentraciones de sus compuestos volátiles. La inhalación de aceites minerales puede llegar a causar una neumonía lipoidea y la muerte. De particular preocupación es la exposición al benceno, tolueno y xileno. Altas concentraciones de benceno causan síntomas neurotóxicos, y una prolongada exposición a niveles tóxicos puede causar lesión de la médula ósea con pancitopenia persistente. El benceno es también

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una bien conocida causa de leucemia y probablemente de otros tumores hematológicos (…) Numerosos estudios epidemiológicos han reportado evidencia de los efectos carcinogénicos de los HAPs (Hidrocarburo aromático policíclico) en sujetos expuestos ocupacionalmente. Se ha encontrado una fuerte asociación de esos efectos con los cánceres de piel, escroto y vejiga urinaria. Se ha encontrado también un elevado riesgo de presentar cáncer de pulmón en trabajadores de diferentes industrias con exposición a los HAPs”.

En resumen, el análisis del impacto de la explotación petrolera, en las peores

condiciones imaginables, sobre la salud humana muestra que las poblaciones expuestas enfrentan una grave situación de secuelas irreversibles que deviene en un problema de salud pública.

Piscina al aire libre con residuos tóxicos producto de los 28 años de operaciones de Texaco en el Oriente ecuatoriano

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Organización y demanda

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27Organización y demanda

Texaco dejó el país en 1992 sin haber realizado una remediación seria y profunda en las millones de hectáreas

que contaminó. En ese año, el presidente de la República, Rodrigo Borja, encargó a la empresa canadiense HPT-Agra una auditoría ambiental sobre las actividades de Texaco. Lamentablemente, el presidente que lo sucede, Sixto Durán Ballén, no hace público el informe presentado por la canadiense.

Ante este escenario, en 1993, 88 personas, entre colonos e indígenas Cofanes, Secoyas y Kichwas, de las provincias de Orellana y Sucumbíos, encabezados por María Aguinda, deciden acudir a instancias judiciales con el fin de exigir que la petrolera asuma su responsabilidad.

De este modo, el 3 de noviembre de ese año, en representación de las comunidades el abogado Cristóbal Bonifaz de la firma Kohn, Nasta&Graft, presenta la demanda contra Texaco a través de una acción de clase (figu-ra de la justicia norteamericana, referente a casos contra una compañía que ha lesionado a mucha gente) en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, acusándola de contamina-ción ambiental y humana en la Amazonía ecuatoriana. Más tarde se une el abogado norteamericano Steven Dozinger (abogado

del Frente de Defensa de la Amazonía, FDA, quien se defiende de una demanda de la transnacional que podría alcanzar miles de millones de dólares, pues lo señala como pre-sunto autor intelectual de una conspiración para extorsionarla y defraudarla).

Apoyada por el Gobierno de Sixto Durán Ballén a través de su embajador, Edgar Terán Terán, Texaco intenta convencer al juez para que deseche el caso, quien niega este pedido y afirma que de comprobarse la contaminación su Corte aceptaría la jurisdicción. Lamentablemente, este magistrado fallece y su sucesor, Jed Rackoff, descarta el caso en 1997 aduciendo foro no conveniente (no competencia), en concordancia con la solicitud de Texaco. Esta decisión es apelada por los demandantes que piden reconsideración, el expediente es remitido a la Corte de Apelaciones que en 2002 ratifica la decisión de Rackoff, y el caso Texaco pasa a los Tribunales del Ecuador.

Mientras tanto, el asunto fue generando conciencia en el país y en mayo de 1994, se crea el Frente de Defensa de la Amazonia (FDA), organización sin fines de lucro formada por 20 organizaciones y comunidades, activada para la defensa de los derechos humanos y ambien-tales de la región amazónica.

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28 Organización y demanda

TEXAS, NUEVA YORK Y NUEVA LOJA

Desde entonces el desarrollo del proceso ha sufrido innumerables y constantes demoras en virtud de artimañas judiciales de Texaco. No obstante, el 16 el agosto de 2002 se da un cambio radical ya que, por presión de la petrolera, que suponía poder comprar la justicia en Ecuador, la Corte de Apelaciones de Nueva York resuelve que al no tener competencia, el caso debe someterse a la jurisprudencia ecuatoriana.

De forma unánime, los 30.000 afectados demandantes determinan continuar con la querella y el 7 de mayo de 2003, 5 naciona-lidades indígenas del Ecuador (Siona, Secoya, Cofán, Huaorani y Kichwa) representadas por Humberto Piyaguaje, entregan la petitoria en la Corte Superior de Nueva Loja. En esta ciudad el 21 de octubre de ese año, una gran

movilización se dirigió hacia la audiencia que iniciaba un histórico juicio, único en el mundo por tratarse del sometimiento judicial a una poderosísima transnacional por parte de un grupo de personas particulares de un peque-ño país sudamericano.

Ciudadanos de todo el mundo protestando contra la transnacional Chevron en Nueva York, Estados Unidos de América

Se acumularon más de 230.000 páginas de información; se receptaron más de 40 testimonios de personas afectadas; se incorporaron 106 informes periciales; se produjeron más de 80.000 resultados químicos de las muestras tomadas en el suelo, aguas o sedimentos; se entregaron estudios sobre salud elaborados en forma independiente por expertos extranjeros.

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29Organización y demanda

Dentro del proceso, la parte ecuatoriana se preocupó por probar, como en Derecho se requiere, todas sus acusaciones; tanto es así, que en el expediente correspondiente se acumularon más de 230.000 páginas de información; se receptaron más de 40 testimonios de personas afectadas; se incorporaron 106 informes periciales; se produjeron más de 80.000 resultados químicos de pruebas realizadas a las muestras tomadas

en el suelo, aguas o sedimentos; se entregaron estudios sobre salud elaborados en forma independiente por expertos extranjeros. El juez Alberto Guerra (quien más tarde llegó a un acuerdo con Chevron por $326.000 a cambio de su testimonio contra los afectados) inspeccionó y verificó directamente los daños causados en 54 sitios operados por la compañía.

SENTENCIA

De acuerdo con la sentencia de primera instancia emitida por el juez Nicolás Zambrano el 14 de febrero del 2011 en la Corte de Sucumbíos, los daños ambientales “que son atribuibles a las actividades de la demandada (en suelo y agua)”, tienen impactos severos en los ecosistemas donde habitan grupos culturales diversos “pues la degradación ambiental puede llegar a amenazar la existencia misma del grupo”.

El fallo, al analizar los perjuicios establece que uno de los más graves es el concerniente a la salud, derecho humano fundamental cuya violación es considerada un delito contra la vida.

La conceptualidad, sentido y orientación de este derecho están ampliamente desarrollados en varios instrumentos internacionales y, en el caso específico de los pueblos indígenas, está consagrado en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Estos elementos llevaron a la

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30 Organización y demanda

presidencia de la Corte a afirmar que “el derecho a la salud está vinculado de manera especial al derecho a la dignidad humana, a la no discriminación y a la igualdad”.

El dictamen también recalca que las prue-bas presentadas llevan al convencimiento de que se “trata de daños constantes causados por la contaminación, y no de resultados alea-torios”. Advierte sobre la necesidad de reparar el daño causado en flora y fauna, “para res-taurar su fuente de subsistencia y recuperar así su alimentación tradicional, buscando así resarcirse de este impacto”. Y enfatiza que constituye un “detrimento patrimonial”.

De la valoración de la información y de las pruebas presentadas, el presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos concluye que “los impactos sufridos en sus culturas por los pueblos indígenas han sido parcialmente producidos por las actividades de la demandada, pero también por agentes externos, siendo la actividad de la demandada un factor contribuyente importante debido a la cercanía y dependencia entre el ecosistema dañado y las costumbres de los pueblos afectados”.

La sentencia, que contiene los rubros de afectación a las comunidades, del daño ambiental y de reparación de los mismos, condena a la compañía Chevron a pagar una indemnización de $9.500 millones por haber originado uno de los “mayores desastres medioambientales del mundo” entre 1964 y 1990. Estipula que esta suma se duplicaría y alcanzaría los $19.000 millones, en caso de no presentarse excusas a los damnificados en las semanas siguientes a su pronunciamiento.

Empero, el vocero de la transnacional, James Craig, manifestó que “Chevron no se disculpará” y aseguró que todo está “viciado de corrupción”, por lo cual apeló el dictamen mediante un recurso de casación en la Sala Única de la Corte Nacional de Justicia. El 12 de diciembre de 2012, a través del correspon-diente sorteo, el recurso fue remitido a la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte.

Adicionalmente, el proceso se ha mantenido en instancias judiciales y arbitrales de 6 países: Ecuador, Estados Unidos, Holanda, Argentina, Brasil y Canadá; en los 3 últimos, los denunciantes han buscado efectivizar el veredicto. James Craig, además, desvirtuó la validez de cualquier fallo en Canadá, aduciendo que el reclamo es contra Chevron EE.UU. y no contra Chevron Canadá. Al respecto, Pablo Fajardo, abogado del equipo jurídico de los querellantes, afirmó que la matriz es dueña de la subsidiaria, por lo cual cabe el recurso.

La sentencia, que contiene los rubros de perjuicio a las comunidades, daño ambiental y reparación de los mismos, condena a la compañía Chevron a pagar una indemnización de 9.500 millones de dólares por haber causado uno de los “mayores desastres medioambientales del mundo” entre 1964 y 1990

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31Organización y demanda

CASACIÓN Y RATIFICACIÓN

Tras la sentencia de la Corte de Sucumbíos, Chevron solicitó el recurso de casación (revisión de la sentencia en virtud de una probable mala interpretación o aplicación de la ley). El pedido fue ingresado en la Corte Provincial de Sucumbíos, y los magistrados lo trasladaron a la Corte Nacional de Justicia, misma que ratificó la sentencia el 11 de noviembre de 2013. El comunicado afirma que la transnacional causó un daño ambiental en la Amazonía ecuatoriana, por lo que deberá pagar a los afectados $8.646,170 millones más el 10% de esa cifra por reparaciones al Frente de Defensa de la Amazonía.

Es decir, el monto total a pagar llegaría a $8.800 millones pues la Corte Nacional eliminó el castigo por daños punitivos que la Corte Provincial de Sucumbíos determinó en enero del 2012 que elevaba la multa a $19.000 millones por no pedir disculpas a los afectados. La sentencia de la Corte Nacional de Justicia consta de 222 páginas y fue suscrita por los jueces Wilson Andino Reinoso, Patricia

Aguirre Suárez y Eduardo Bermúdez.En octubre de 2013, la parte acusadora ob-

tuvo un gran avance en su lucha: el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI) embargó 50 marcas y sellos de la petrolera estadounidense considerados como bienes intangibles. Las marcas de las que Chevron no podrá continuar lucrando mediante, por ejemplo, el cobro de regalías, son: Chevron, Ursa, Havoline, Doro, Geotex, Meropa, Motex, Multigear, Regal, Taro, Texatherm, Thuban, entre otras.

La acción de embargo se produce por el pedido de la Corte de Justicia de Sucumbíos, y el IEPI procede a marginar cada uno de los títulos de marcas y signos de Chevron-Texaco. Andrés Ycaza Mantilla, Director Ejecutivo del IEPI, confirmó la medida apegado al Decreto Judicial que incluye la constitución legal del IEPI como depositario de los bienes intangi-bles embargados.

LOS QUE PAGARÍAN SERÍAN LOS CIUDADANOS

El canciller ecuatoriano, Ricardo Patiño, en octubre 2013 aseveró que un fallo a favor de Chevron “podría quebrar al Estado ecuatoriano”, pues recordó que el Presupuesto General del Estado está por los $30.000 millones y el Gobierno tendría que pagarle a Chevron $9.500 millones. Afirmó que el

Estado tendría que entregar todos los rubros de exportaciones a futuro, incluido café, petróleo y banano, a la petrolera. Esas cifras constituyen un 10% del Producto Interno Bruto de $80.000 millones y el 30% del Presupuesto General del Estado.

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Los Gobiernos de Sixto Durán

Ballén y Jamil Mahuad en el

caso Texaco Chevron

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JJamil MahuadSixto Durán Ballén

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35Los Gobiernos de Sixto Durán Ballén y Jamil Mahuad en el caso Texaco Chevron

En 1994, se iniciaron las primeras reuniones entre representantes del Gobierno de Sixto Durán Ballén y los

afectados por Texaco, a fin de definir una pro-puesta para un acuerdo amistoso frente a la demanda presentada en Nueva York. Sin em-bargo, las negociaciones se enturbiaron toda vez que el Gobierno fue desplazando paulati-namente de la decisión a los afectados y to-mando parte por la causa de la transnacional.

En consecuencia, en 1995, aún en el Gobierno de Durán Ballén, el Estado ecuatoriano subscribe con Texaco un Convenio de Reparación Ambiental que entró en ejecución el mismo año. Los trabajos realizados por la empresa fueron cuestionados por los afectados y, posteriormente, por la Contraloría General del Estado.

Pero en 1998 durante el Gobierno de Jamil Mahuad, el ex ministro de Energía y Minas, Patricio Ribadeneira; el ex presidente ejecutivo de Petroecuador, Ramiro Gordillo; el ex gerente de Petroproducción, Luis Albán Granizo; el ex vicepresidente de Texaco; Ricardo Reis Veiga; y el representante de Texaco en Ecuador, Rodrigo Pérez Pallares, firman un Acta Final de Cumplimiento del Contrato para la Ejecución de Trabajos de Reparación Medioambiental y Liberación de Obligaciones, Responsabilidades y Demandas de Chevron, que

avalaba la supuesta remediación efectuada en el norte de la Amazonía ecuatoriana. El documento fue firmado pese a que el informe de Contraloría (realizado entre 1997 y 2000) y los estudios sobre la realidad que vivían los afectados, confirmaban que se trató de una remediación antitécnica.

El acta procedió a “liberar, absolver y descargar para siempre a Texpet, Texas Petroleum Company, Compañía Texaco de Petróleos del Ecuador S.A., Texaco INC. y a todos sus agentes, sirvientes, empleados, funcionarios, abogados, indemnizadores, ga-rantes, herederos, administradores, ejecutores, beneficiarios, sucesores, predecesores, prin-cipales y subsidiarias, de cualquier demanda o reclamación del Gobierno del Ecuador, Petroecuador y filiales”.1

Pero si bien este documento absuelve a Texaco y a sus agentes de responsabilidades ante el Estado, no la libera ante reclamos de particulares.

1 Diario El Telégrafo, 26-09-2013. Disponible en: www.telegrafo.com.ec/noticias/informacion-general/item/chevron-maneja-240-mil-millones-en-capital-bursatil.html

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36 Los Gobiernos de Sixto Durán Ballén y Jamil Mahuad en el caso Texaco Chevron

OTROS ECUATORIANOS QUE FAVORECIERON A TEXACO-CHEVRON

Sebastián Pérez Arteta: Ministro de Finanzas (e) en el periodo de Sixto Durán Ballén (1996). Abogado defensor de Chevron por medio del estudio Pérez-Bustamante y Ponce, Abogados.

Carlos Vera: Ministro de Información y Turismo del Gobierno de Sixto Durán Ballén (1996-97), cartera desde la cual organizó la estra-tegia gubernamental para defender la firma del llamado Tratado de Promoción y Protección de Inversiones con los Estados Unidos (1993) dicho tratado es una de las puntas de lanza de la de-fensa de Chevron.

Emilio Palacio: Después de un largo silencio, reapareció públicamente en 2012 para defender a Chevron y desprestigiar las acciones en favor de los hermanos amazónicos. Asevera que las pruebas contra la petrolera son falsas y culpa al Gobierno de Rafael Correa del daño ambiental que ha causado la muerte de varias personas.

Jamil Mahuad: Firmó un Acta de Finiquito (1998) en la que liberaba de responsa-bilidad a la multinacional petrolera de todo el daño ambiental.

Vladimiro Álvarez Grau: En el juicio RICO (2011) que la petrolera emprende contra los afectados, declaró como testigo de Chevron en calidad de especialista, pese a que todas sus referencias eran tomadas de la prensa. Recibió honorarios por $150.000.

Inés Manzano: Funcionaria del Gobierno de Lucio Gutiérrez (2001-02), y más tarde candidata a la Vicepresidencia de la República en binomio con Mauricio Rodas en las elecciones presidenciales de 2013 por el partido SUMA,

ha aparecido en medios de comunicación desprestigiando a la justicia ecuatoriana que condenó a Chevron. Según Manzano, la sentencia es ilegítima.

Hernán Pérez Loose: Conocido como El abogado de las transnacionales pues ha defen-dido a OXY, Perenco y ahora a Chevron, en los juicios que dichas petroleras han emprendido en contra de ecuatorianos.

Lucio Gutiérrez: Durante su Gobierno, firmó un convenio de Cooperación Internacio-nal entre Texaco-Chevron y la Cuarta División del Ejército Amazonas (2004), que incluía la construcción de una “vivienda segura” en Lago Agrio para personal de Chevron, el pago de ser-vicios básicos: agua y luz, y mantenimiento sería asumido por la brigada militar, es decir, por to-dos los ecuatorianos.

Benjamín Ortíz: Ex ministro de Relaciones Exteriores (1999) del Gobierno de Jamil Mahuad. Su empresa BO Asociados Quantum, maneja las relaciones públicas de Texaco-Chevron en el Ecuador. Por dichos servicios, la empresa de Ortíz recibió en 2012 más de $300.000.

Patricio Ribadeneira: Ex ministro de Energía y Minas (1998) del Gobierno de Jamil Mahuad. Firmante del acta final que avaló el supuesto cumplimiento de contrato de remediación a favor de Chevron.

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37Los Gobiernos de Sixto Durán Ballén y Jamil Mahuad en el caso Texaco Chevron

“Consecuencia de eso están muriendo cientos, y ya miles de compañeros campesinos, indígenas, compañeros, y lo que más nos duele en el alma es que inclusive los gobiernos no nos han ayudado a los clamores de nosotros; no queremos plata, no queremos dinero, lo que queremos tener es dos cosas, señores, ¡Agua queremos, porque en la zona no hay como coger agua, está contaminada por más que las autoridades locales quieran darnos agua no lo pueden (hacer), todo está contaminado (…) y queremos justicia, nada más, justicia, porque hoy por hoy, ni la agricultura nos vale! ¿De qué vale que nosotros tengamos las manos encallecidas?”.

“Ellos gobernaban (Texaco). No gobernaban las autoridades, ni siquiera las Fuerzas Armadas, porque ellos determinaban que vayan estos uniformados para que nosotros no diéramos resistencia cuando nos derrocaban los cultivos de café, caña de azúcar, frutales y entre otros y nosotros, inclusive, éramos perseguidos por las mismas autoridades.”

“Nuestras familias se enferman a cada rato y mientras permanezca esta desadaptada práctica de Chevron, antes Texaco, nada será bueno, por más que puedan agrupar a todos los médicos del mundo, tenemos claro en la mente que si no se quita, se hace una remediación ambiental adecuada, desde el corazón humano ningún remedio será bueno, ningún remedio.”

“Y hoy, cuando pedimos justicia, se dice que (el culpable) es el mismo Estado (ecuatoriano), no estamos defendiendo al presidente, pero nosotros nos sentimos Estado, o sea que quiere que nosotros paguemos en la ONU).

Testimonio de una de las victimas(Fragmentos del testimonio de José Shingre, campesino de la Amazonía ecuatoriana, ante la ONU).

José Shingre Campesino de la Amazonía ecuatoriana

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Los pataleos de Chevron

ante los tribunales

internacionales de arbitraje

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40 Texaco en el Ecuador

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41Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

A pesar de los innumerables intentos de Chevron por entorpecer el juicio en la Corte de Nueva Loja, la sentencia fue

finalmente dictada y ratificada y, por tanto, correspondía a la empresa asumir el pago adeudado. Sin embargo, en su empeño por deshacerse de sus obligaciones monetarias, la personería jurídica de la corporación entabló varios procesos judiciales en distintas instancias, de los cuales destacan dos. El primero, un enjuiciamiento en las cortes de Nueva York a los abogados de las comunidades por un supuesto fraude en la sentencia de la Corte de Sucumbíos; y, el segundo, una solicitud de arbitraje en el Tribunal Internacional de Arbitraje en La Haya (Países Bajos) para obligar al Estado ecuatoriano a asumir la deuda.

Además, el 23 de septiembre de 2009, Chevron Corporation presenta una Notificación de Arbitraje contra la República del Ecuador, bajo las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) de conformidad con el artículo VI del Tratado Bilateral de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre Estados Unidos y Ecuador (1993).

Dicha notificación alega principalmente que el Ecuador ha incumplido las disposiciones de dicho Tratado, al permitir que proceda el juicio instaurado en el año 2003 ante la Corte de Lago Agrio.

Según la Contraloría General del Estado, Chevron busca, a través del arbitraje, entre otras cosas: (1) una declaración de no responsabilidad por el impacto ambiental; (2) una orden que obligue a Ecuador a informar la liberación de responsabilidad de todo impacto ambiental a TexPet, su sociedad controlante, filiales y principales, surgido de las actividades del antiguo Consorcio; (3) una declaración por la cual Ecuador indemnice a las comunidades, incluyendo el pago por todos los daños que pueden ser impuestos contra Chevron; y 4) una declaración de que Ecuador y Petroecuador son los exclusivos responsables de toda sentencia dictada en el juicio de Lago Agrio.1

La posición oficial del Estado frente a estas pretensiones, expresada de forma continua por el Procurador General del Estado, Diego García, así como por sus predecesores, sostiene que “el Estado ecuatoriano no se encuentra involucra-do en el juicio de Lago Agrio, éste es un proceso entre litigantes particulares; ni el Estado ni nin-guno de sus organismos es parte en el proceso”.2

1Procuraduría General del Estado, Posición de la República del Ecuador frente a la ofensiva de la Compañía Chevron – Texaco. Disponible en: www.pge.gob.ec/es/boletines/archivo-2010/febrero-2010/1380-posicion-de-la-republica-del-ecuador-frente-a-la-ofensiva-de-las-compania-chevron-texaco.html

2 Ídem

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42 Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

LOS GASTOS DE CHEVRON

En 15 años la transnacional destinó al-rededor de $100 millones a los contratos de empresas especializadas en hacer lobby; y de $400 a $600 millones en abogados para promo-cionar a la compañía, plantear estrategias que creen falsas evidencias sobre el juicio en Lago Agrio y desprestigien al Ecuador. A propósito de los arbitrajes, Cecilia Olivet, en su informe Cuando la injusticia es un negocio, afirma que los

honorarios de los ejecutivos van de $375 a $700 por hora. En las demandas a los gobiernos ante tribunales de arbitraje internacional, éstos ac-túan contra los Estados, desviando dinero de los contribuyentes hacia las corporaciones gracias al inconmensurable poder que mane-jan desde una falsa neutralidad, que incluye gran influencia en la opinión, siempre favora-ble a su causa.

OTRA VEZ A NUEVA YORK

A pedido de Chevron, el 1 de febrero de 2010 el juez Federal de Nueva York, Lewis Kaplan, dio inicio a un proceso contra los afectados ecuatoria-nos y sus abogados, entre ellos Steven Donziger. La causa refiere un supuesto fraude cometido contra Chevron Corporation en Ecuador. En la denuncia, la compañía pretende deslegitimar la sentencia de la Corte de Sucumbíos a través de la aplicación de la Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act, por sus siglas en inglés), establecida para combatir la asociación ilícita dirigida a delinquir y extorsionar. Dicha

ley fue impuesta, según el Gobierno norteame-ricano, a fin de desarticular organizaciones ilícitas como la mafia y los carteles criminales. No obs-tante, desde que comenzó a ser implementada su ámbito de acción ha sido más amplio de lo previsto y es aplicada a cualquier acto o ame-naza que implica el homicidio, el secuestro, las apuestas, blanqueo de dinero, conspiración para traficar con narcóticos, obstrucción de la justi-cia, el incendio, el robo, el soborno, la extorsión, el tráfico de material obsceno o la negociación de una sustancia controlada o química.

GASTO DE CHEVRON EN ABOGADOS

$ 40’135.971,84

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43Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

El caso ha sufrido varias irregularidades entre las que destacan las declaraciones del ex juez ecuatoriano Alberto Guerra (primer juez del caso de la Corte Provincial de Sucumbíos, quien fue presentado por Chevron como testigo clave del caso) que aseguran que la sentencia se redactó en espacio ajeno y que los abogados de los demandantes le ofrecieron una suma de dinero por ayudarles en ello; sin embargo, existen pruebas que confirman que la compañía estipuló un acuerdo con Alberto Guerra por $326.000 a cambio de su testimonio contra los afectados, según el diario El Telégrafo del 4 de febrero de 2013:

“…los afectados afirman que al ex magistrado no le pagaron $500 mil a cambio de redactar una sentencia a favor de ellos, por esa razón, dicen, Guerra aceptó $326 mil de Chevron para que en su testimonio, ante una Corte Federal de Manhattan, asegúrase que la sentencia que

condena a la empresa petrolera a pagar $19.000 millones de indemnización para remediación ambiental, fue redactada fuera de la Corte y por los mismos abogados de los demandantes. Esa suma se distribuiría así: $38.000 de contado para compensar a Guerra por el valor de la evidencia física que presentó para corroborar su testimonio, incluyendo documentos y evidencias guardadas en sus computadoras, celulares, discos duros y registros bancarios; un sueldo de $10.000 mensuales durante 2 años, (la multinacional llama gastos al costo de vida); y $2.000 mensuales por vivienda, seguros de salud y pago de abogados”. 3

3 Diario El Telégrafo, 04-02-2013. Disponible en: www.telegrafo.com.ec/noticias/informacion-gener-al/item/chevron-tiene-mucha-plata-invertida-en-un-ex-juez.html

Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York, Estados Unidos de América

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44 Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

En un nuevo llamado a declarar, Guerra ad-mitió cierta falta de honestidad en su primera intervención; esto y el acuerdo con Chevron, desacreditan su palabra.

A pesar de las flagrantes inconsistencias del proceso, el 5 de Marzo de 2014, Lewis A. Kaplan, juez de la Corte de Nueva York dictó una sentencia en la que los abogados y afectados por la contaminación de Chevron Texaco en la Amazonía ecuatoriana no podrán

ejecutar la sentencia de la corte de Sucumbíos en los Estados Unidos.

En el documento, Kaplan sustenta su sen-tencia en supuestos casos de corrupción que involucran a los abogados así como a los afec-tados. Esta sentencia es una ofensa a la justicia ya que durante el proceso nunca se tomaron en cuenta los testimonios y argumentos de los demandados a pedido expreso de Chevron.

LA HAYA

El 28 de febrero de 2012, la petrolera anunció que un Tribunal Internacional de Arbitraje, convocado bajo la autoridad del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) entre Estados Unidos y Ecuador y administrado por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, dictaminó tener jurisdicción para conocer sus demandas contra la República del Ecuador.

La compañía presentó esta solicitud de ar-bitraje en 2009, alegando que el país violó sus obligaciones bajo el mencionado TBI y tam-bién las leyes internacionales. Todo ello sin tomar en cuenta que éste es un tratado que entró en vigencia en 1997, años después de que la petrolera dejara de operar en nuestro territorio. Sostiene, asimismo, que el Gobierno del Ecuador no respetó un anterior acuerdo de liberación y finiquito firmado con Texaco Petroleum Company, al finalizar el consorcio CEPE-Texaco (1992), y señala al Estado ecuato-riano como responsable por el daño ambiental en la Amazonía. Si bien la Corte de La Haya dic-taminó que el Estado no puede seguir acciones legales contra la petrolera, ello no incluye las acciones legales individuales o privadas que puedan emprender los afectados.

En septiembre de 2013 el Tribunal Arbitral de La Haya emite un laudo parcial, absolutamente sesgado contradiciendo sus principios, pidiendo al Ecuador tomar medidas

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45Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

para suspender la ejecución de la sentencia de la Corte de Sucumbíos, recibiendo como respuesta una negativa, pues “es un Estado de derecho y existe una separación de poderes ejecutivos y jurídicos”.

Adicionalmente, el Procurador General del Estado, Diego García, restó validez a los argu-mentos de la compañía al denunciar que este no es un conflicto que le compete al Estado ecuatoriano, sino a la petrolera y a particulares.

Por decisión de la Corte de Apelaciones del

Décimo Circuito en Denver, Colorado, Estados Unidos en 2013, Ecuador puede hacer uso de miles de documentos (no cubiertos por la Doctrina de Protección del Trabajo del Abogado) que la transnacional pretendía mantener en reserva y que se encuentran en poder de Bjorn Bjorkman, experto ambiental de Chevron. Tales documentos pueden demostrar los intentos de la empresa por ocultar la contaminación causada en la Amazonía ecuatoriana.

CHEVRON III

La demanda internacional de Chevron para que el Estado ecuatoriano asuma el pago por daño ambiental causado en la Amazonía entre 1964 y 1992 imputado a Texaco (absorbida por Chevron en 2001), aduciendo que la responsabilidad de la contaminación le corresponde a la estatal Petroecuador, es conocido como Chevron III.

Para este efecto el Tribunal Arbitral de La Haya que lleva el caso ha establecido 3 fases:

1) 31 de enero 2014-30 de abril 2014, tratará el “supuesto incumplimiento de

los acuerdos de liberación por parte de la República del Ecuador”.

2) 9 de mayo 2014-20 de abril 2015, tratará las “alegaciones de Chevron relacionadas con supuestas violaciones de Ecuador al TBI, en particular la acusación de la trans-nacional sobre una supuesta denegación de justicia”.

3) Sin fecha fijada, tratará “los temas de compensación y daños”.

CANADÁ

La Corte de Apelaciones de Ontario, Canadá, autorizó el 16 de diciembre de 2013 a los demandantes a presentarse ante la justicia canadiense para intentar congelar los bienes

de la petrolera. Para el efecto, esta Corte anuló una decisión previa que desestimaba la demanda del grupo de indígenas y campesinos que reclaman a Chevron por contaminación.

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46 Los pataleos de Chevron ante los tribunales internacionales de arbitraje

Pablo Fajardo, abogado de la Unión de Afectados por las Operaciones de Texaco, considera un triunfo legal el reconocimiento de jurisdicción y competencia para validar la sentencia ecuatoriana y ejecutarla en esa nación, efectuado de forma unánime el 16 de diciembre de 2013 por la Corte de Apelaciones de Ontario. Este es un paso importante para embargar los activos de la transnacional en Canadá y lograr que pague por la sentencia del juicio en Ecuador; además, abre las puer-tas para interponer acciones en países como Australia, donde la compañía tiene más acti-vos. Según Fajardo, la inversión de Chevron en Canadá superaría los $10.000 millones. “Este fallo nos abre las puertas para pronto poder cobrar a la empresa y ejecutar la sentencia de Ecuador en esa jurisdicción”. 4

De los 60 países en que Chevron posee activos, la Unión de Afectados interpuso ac-ciones en 3: Canadá, Brasil y Argentina.

4 Diario El Telégrafo, 17-12-2013. Disponible en: www.telegrafo.com.ec/noticias/informacion-gener-al/item/activos-por-mas-de-10-000-millones-de-chevron-en-canada-podrian-incautarse.html

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47Texaco en el Ecuador

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La mano sucia

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51La mano sucia

Como consecuencia de la campaña de desprestigio por parte de Chevron a través de juicios y propaganda difama-

toria, el Gobierno ecuatoriano decidió dar un paso al frente en defensa no sólo de los afecta-dos, sino también de la dignidad del país.

La campaña La Mano Sucia de Chevron, lanzada el 17 de septiembre de 2013 personalmente por el presidente de la República Rafael Correa, desde las zonas afectadas por la explotación irresponsable de la Texaco-Chevron, se suma a iniciativas ciudadanas que han reclamado justicia durante casi 2 décadas.

Las repercusiones de la campaña han sido muy grandes a nivel mundial, pues se trata de concienciar a la humanidad sobre los devastadores sucesos en el Oriente ecuatoriano, potencialmente repetibles por parte de empresas irresponsables en otros lugares del planeta. A fines de julio de 2013, el presidente Correa hizo un llamado a los bloques regionales ALBA y UNASUR para tratar la aberración legal de la ONU contra Ecuador relativa a la actuación de la UNCITRAL, tribunal de arbitraje de la ONU que ha dispuesto suspender la sentencia, recurriendo al mencionado TBI de 1997 entre EE.UU y Ecuador, sin considerar que los hechos, objeto de la demanda, son anteriores.

“Es necesaria la unión latinoamericana para

evitar los abusos de estas trasnacionales que nos consideran colonias y tienen comprados árbitros y centros de arbitraje para defender a las grandes corporaciones”, sostuvo Rafael Correa. Los países de la ALBA manifestaron su solidaridad y defensa de Ecuador ante la agre-sión de Chevron.

Cabe señalar que las embajadas del servi-cio exterior ecuatoriano se han encargado de difundir el caso a través de diversos foros y campañas informativas. La respuesta ha sido contundente al manifestar el apoyo de perso-nas y organizaciones sensibles al respeto a la vida y a la naturaleza.

Entre los hechos que destacan están las visitas a la zona del desastre ecológico de personalidades como los actores Angelina Jolie, Danny Glover, Daryl Hannah, Mia Farrow; el cantautor Luis Fernando Aute; la activista Antonia Juhasz; el político y ex candidato presidencial francés Jean-Luc Mélenchon; la ambientalista e investigadora Alexandra Costeau; la alcaldesa de Richmmond, Gayle McLauglin; entre otros. Del mismo modo, muchos ciudadanos, ecologistas, jóvenes, estudiantes, intelectuales, periodistas y comunicadores del mundo han salido a las calles en ciudades como Moscú, París, La Habana, Bucarest, Madrid y Nueva York.

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52 La mano sucia

Además, se armaron grupos y redes de solidaridad internacionales con los afectados amazónicos: la conformada por Adolfo Pérez Esquivel, activista argentino por los derechos humanos que recibió en 1980 el Nobel de la Paz; las creadas en Canadá, República Dominicana, Cuba, Francia, Suecia, Venezuela, así como la Red Europea de Solidaridad, que agrupa organizaciones que promueven el conocimiento de este caso y el apoyo para los afectados.

A su vez, los jóvenes que participaron en el XVIII Festival Mundial de la Juventud y los Estudiantes la semana del 9 al 13 de diciembre de 2013 en Quito, Ecuador, llevaron el caso al Tribunal Antiimperialista que condenó la actuación de la multinacional y pidió justicia y reparación por los daños ambientales causados en suelo ecuatoriano.

El diario El Telégrafo de Ecuador informa que el periodista André Scheer publicó en diciembre 2013 un muy importante artículo en el diario alemán Junge Welt, sobre la lucha de los amazónicos contra Chevron en el que analiza el contexto jurídico y político de la demanda en busca de justicia. Scheer enfatizó la renuencia de Chevron a pagar la indemnización.

También en Alemania, el Diplomatisches Magazin, en su edición de diciembre 2013, informó del conversatorio sobre el desastre ambiental de Ecuador, realizado en la Casa de la Democracia y los Derechos Humanos en Berlín, y señaló la falta de sensibilidad de Chevron para pagar la indemnización de $9.500 millones.

Del mismo modo, el martes 10 de diciembre de 2013, se constituyó en Francia el Comité de Apoyo a Ecuador ante la campaña de difamación de Chevron. El acto contó con la concurrencia

de 16 asociaciones francesas, a las que se sumaron representantes de partidos políticos, diputados y senadores franceses, embajadores de países de la ALBA, cineastas, periodistas, intelectuales y miembros de las asociaciones de ecuatorianos residentes en el país europeo.

La embajada de Ecuador en Bruselas in-formó que el vicepresidente y ministro de Desarrollo Sostenible del Gobierno Valón, Jean-Marc Nollet, dirigió una carta a la misión diplomática norteamericana manifestando su rechazo a los daños causados por Chevron. El documento destaca que es “muy lamentable que el desarrollo económico se lo haga en per-juicio de la protección del medio ambiente”.

Conjuntamente, en la Universidad del Caribe (Unicaribe) de Santo Domingo, en República Dominicana, se presentó la campaña que comprendió la difusión de videos, fotografías y la distribución de material de denuncia.

Con motivo de la Jornada por el Día Mundial de los Derechos Humanos en La Habana se ofreció una conferencia sobre la campaña que libra Ecuador contra Chevron. Participaron autoridades cubanas, representantes del Partido Comunista de Cuba, el funcionario de la Cancillería cubana Alejandro Nodarse, estudiantes y directivos de la Escuela Primaria Eloy Alfaro y ecuatorianos residentes en Cuba.1

1 Diario El Telégrafo, 13-12-2013. Disponible en: www.telegrafo.com.ec/politica/item/los-jovenes-unen-voz-de-protesta-contra-chevron.html

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53La mano sucia

Luis Eduardo AuteCantautor Español

Alexandra Cousteau Investigadora norteamericana

Mia Farrow Actriz australiana-estadounidense

Danny GloverActor y director norteamericano; activista político

Testigos del desastre

Jean Luc MélenchonPolítico francés, eurodiputado y co-presidente del Partido de Izquierda.

Daryl Christine HannahActriz Norteamericana

Personalidades reconocidas en todo el mundo se han volcado en apoyo a la campaña de La Mano Sucia de Chevron. Desde personajes de las artes hasta activistas ambientales, todos han puesto en manifiesto su total rechazo a las prácticas irresponsables de la transnacional.

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1964 - 1992La transnacional petrolera Texaco (ahora Chevron) operó de manera irresponsable pozos y estaciones de extracción de petróleo en un área de aproximadamente 1’500.000 hectáreas en la Amazonía ecuatoriana. Su presencia en la zona, ocasionó una contaminación 30 veces mayor a la producida por el histórico derrame de la plataforma Exxon Valdez en el año 1989 en Alaska, y 85 veces superior a la vertida por British Petroleum en el Golfo de México.

199388 personas, entre colonos e indígenas Cofanes, Secoyas y Kichwas, de las provincias de Orellana y Sucumbíos, acuden a instancias judiciales en Nueva York con el fin de que la petrolera asuma su responsabilidad por la contaminación ambiental en la Amazonía ecuatoriana.

19954 de Mayo. Durante el Gobierno de Sixto Durán Ballén, el Estado ecuatoriano subscribe con Texaco un Acuerdo de Conciliación para la reparación de los daños, que entró en ejecución el mismo año.

1998Durante el Gobierno de Jamil Mahuad, se firma el Acta Final de Cumplimiento del Contrato para la Ejecución de Trabajos de Reparación Medioambiental y Liberación de Obligaciones, Responsabilidades y

Demandas de Texaco, que avalaba la supuesta remediación. El acta fue firmada, pese a que el informe de Contraloría (realizado entre 1997 y 2000) y los estudios sobre la realidad que vivían los afectados, confirmaban que se hizo una remediación antitécnica.

200216 de agosto. La Corte de Apelaciones de Nueva York resuelve, al no tener competencia, recomendar que la demanda se someta a la jurisprudencia ecuatoriana. El caso recae en la Corte Superior de Nueva Loja.

20037 de mayo. Los afectados interponen una demanda ante el Tribunal Superior de Nueva Loja, en Lago Agrio, Ecuador

2009Chevron presenta una solicitud de arbitraje, alegando que el Ecuador violó sus obligaciones bajo el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) firmado entre Ecuador y EE.UU en 1997. Sin embargo dicho tratado entró en vigencia años después de que la petrolera dejara de operar en territorio ecuatoriano.

2010Un juez Federal de Nueva York da inicio a un proceso, a pedido de la petrolera, contra los afectados ecuatorianos y sus abogados. La causa refiere un supuesto fraude cometido

HITOS

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contra Chevron Corporation en Ecuador. En la denuncia, la compañía pretende deslegitimar la sentencia de la Corte de Sucumbíos a través de la aplicación de la Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act, por sus siglas en inglés), establecida para combatir la asociación ilícita para delinquir y extorsionar.

201114 de febrero. La Corte de Sucumbíos, sentencia a la compañía Chevron a pagar una indemnización de $9.500 millones por haber causado uno de los “mayores desastres medioambientales del mundo” entre 1964 y 1992.

201228 de febrero. El Tribunal Internacional de Arbitraje de La Haya, convocado bajo la autoridad del Tratado Bilateral de Inversiones entre Estados Unidos y Ecuador (TBI), dictaminó tener jurisdicción para conocer sus demandas contra la República del Ecuador.

201311 de noviembre. La Corte Nacional de Justicia de Ecuador ratifica la sentencia de la Corte de Sucumbíos que obliga a Chevron a hacerse responsable por los daños ambientales en la Amazonía ecuatoriana.

16 de diciembre. La Corte de Apelaciones de Ontario en Canadá, reconoce tener jurisdicción y competencia para validar la sentencia ecuatoriana y ejecutarla en esa nación.

2014 El Tribunal Internacional de Arbitraje determinó que las audiencias del pleito conocido como Chevron III, iniciará en enero de 2014 y se podrían extender hasta 2016.

5 de Marzo. Lewis A. Kaplan, juez de la Corte de Nueva York dictó una sentencia que dejaría sin efecto el cobro de la deuda de Chevron con los afectados en los Estados Unidos.

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