La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La...

11
1 1. Los actos oficiales y sus clases ............................................................................................................. 2 2. Normas generales sobre precedencias ................................................................................................ 2 3. Las presidencias .................................................................................................................................. 5 4. Precedencias....................................................................................................................................... 7 5. Precedencias de autoridades en una Provincia. (D 77/2002 para Andalucía). ....................................... 9 6. Precedencias de autoridades en un municipio. El orden lo establece el propio municipio, pero una regla general puede ser éste: ................................................................................................................ 10 7. La precedencia en los actos sociales .................................................................................................. 10 8. Bibliografía: Manual de protocolo de Francisco López Nieto. ............................................................. 11

Transcript of La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La...

Page 1: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

1

1. Los actos oficiales y sus clases ............................................................................................................. 2

2. Normas generales sobre precedencias ................................................................................................ 2

3. Las presidencias .................................................................................................................................. 5

4. Precedencias. ...................................................................................................................................... 7

5. Precedencias de autoridades en una Provincia. (D 77/2002 para Andalucía). ....................................... 9

6. Precedencias de autoridades en un municipio. El orden lo establece el propio municipio, pero una regla general puede ser éste: ................................................................................................................ 10

7. La precedencia en los actos sociales .................................................................................................. 10

8. Bibliografía: Manual de protocolo de Francisco López Nieto. ............................................................. 11

Page 2: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

2

La precedencia en los actos públicos Oficiales 1. Los actos oficiales y sus clases Muchos y frecuentes han sido los conflictos que, desde antiguo, se vienen suscitando sobre presidencia y precedencia de autoridades y funcionarios públicos, con motivo de la asistencia a los actos que se organizan por el Estado y por otras Entidades o Corporaciones públicas. Y son también muchas las disposiciones que se han ido promulgando, tratando de evitar la repetición de tales conflictos. Pero, por más que se ha procurado establecer reglas terminantes y claras, todas han resultado ser insuficientes, y los conflictos se siguen repitiendo, siendo a veces su causa el olvido de las disposiciones vigentes. De ahí la

importancia de conocerlas. La regulación de las precedencias oficiales está contemplada en el Ordenamiento General de Precedencias del Estado, el RD 2099/83, que no tiene más que ese alcance. Es decir, que no confiere por sí honor o jerarquía, ni implica, fuera de él, modificación del propio rango, competencia o funciones reconocidas o atribuidas por la ley. A tales efectos, los públicos actos oficiales se clasifican en:

Actos de carácter general, que son todos aquellos que se organicen por la Corona, Gobierno o la Administración del Estado, Comunidades Autónomas o Corporaciones locales, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos nacionales, autonómicos, provinciales o locales.

Actos de carácter especial, que son los organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos propios del ámbito específico de sus respectivos servicios, funciones y actividades.

Los actos de carácter general son los que pueden suscitar mayor número de cuestiones. En los actos de carácter especial, el orden de precedencia vendrá determinado, casi de manera automática, por las propias estructuras organizativas de cada una de las instituciones u organismos a los que puede afectar. Al examinar el listado de autoridades que contiene el RD 2099/83, quedan fuera de él un buen número de ellas, pertenecientes a estamentos o grupos sociales (como la Iglesia los miembros de las Reales Academias o Colegios Profesionales) y a los que, en determinadas circunstancias, la autoridad organizadora de un acto puede considerar obligado o conveniente invitar. Lo mismo ocurre cuando el acto es organizado precisamente para entrar en contacto con un sector determinado de la sociedad (empresarios). En estos casos, será la autoridad llamada a presidir el acto la que deba señalar un lugar destacado para la personalidad de que se trate, que puede situarse fuera de la ordenación, o bien disponer que se intercalen los invitados entre las demás autoridades, teniendo en cuenta el rango de unos y otras, y valiéndose de determinados criterios que sirven para la utilización de los anfitriones en el sector privado. 2. Normas generales sobre precedencias

Page 3: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

3

La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de las demás cuando concurren a un acto público determinado. Supone, por tanto, la previa ordenación jerárquica de las distintas personas asistentes al acto. Los primeros puestos en esta ordenación jerárquica, que alcanzan, por lo general, a las primeras personas al frente de cada organización, de cada rama, sector, etc. constituyen la presidencia. Las presidencias y precedencias en la vida oficial se hallan previstas por las distintas normas que el Estado promulga con ese fin, y las dudas o conflictos a que pueden dar motivo son resueltos por los órganos responsables del protocolo en el Estado.

Las normas generales sobre precedencias, pueden distribuirse en cuatro grupos: unas, que resultan de aplicación para cualquier acto, lo celebre quien lo celebre; otras, que son de aplicación tan sólo a los actos de carácter general; otras, que se refieren a los actos de carácter especial; y otras, en fin, que aluden a los actos organizados por las Comunidades Autónomas y otras Administraciones. a) Normas aplicables en cualquier tipo de acto:

Forma de establecer las precedencias. Las precedencias pueden aplicarse a las personas que asisten a un acto atendiendo a tres criterios o rangos de ordenación: el individual o personal, el departamental y el colegiado.

o El individual regula el orden singular de autoridades, titulares de cargos públicos o personalidades, cada persona se ordena en función del rango que posee.

o El departamental regula la ordenación de los Ministerios y cargos que pertenecen a éstos, y

o El colegiado regula la prelación entre las Instituciones y Corporaciones cuando asistan a los actos oficiales con dicha presencia institucional o corporativa, teniendo así carácter colectivo y sin extenderse a sus respectivos miembros en particular.

Regulación de las representaciones. La persona que represente en su cargo a una autoridad superior a la de su propio rango no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa, y ocupará el lugar que le corresponda por su propio rango, salvo que ostente expresamente la representación de Su Majestad el Rey o del Presidente del Gobierno.

No debe confundirse la representación, a que se refiere este precepto, con el ejercicio de autoridad con carácter interino o accidental. Por consiguiente, cuando una autoridad sustituya a otra legalmente y no

NORMAS

GENERALES

DE

PRECEDENCIA

DE APLICACIÓN EN

CUALQUIER ACTO

DE APLICACIÓN A ACTOS

DE CARÁCTER GENERAL

DE APLICACIÓN A ACTOS

DE CARÁCTER ESPECIAL

PARA COMUNIDADES AUTONOMAS

Y OTRAS ADMINISTRACIONES

Page 4: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

4

asista a un acto en virtud de representación ni de delegación, debe ocupar el lugar correspondiente al titular del cargo.

Cuando sean convocadas conjuntamente Autoridades y Colegios de Instituciones o Corporaciones a los actos de carácter general, cada uno de estos últimos se situará a continuación de la autoridad de que dependa.

Si a un acto concurrieran varias personas del mismo rango y orden de precedencia, prevalecerá siempre la de la propia residencia. Es la vieja doble norma que reza que la preeminencia (prioridad) del cargo se pierde fuera del ámbito jurisdiccional y que en la propia residencia se precede a los iguales.

b) Normas aplicables a los actos de carácter general:

La precedencia en los actos oficiales de carácter general organizados por la Corona, el Gobierno o la Administración del Estado se ajustará a las prescripciones del propio Ordenamiento.

La precedencia interna de los altos cargos de la Presidencia del Gobierno se determinará por dicha Presidencia.

La ordenación de los Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores generales, así como de sus asimilados, se hará atendiendo al orden de Ministerios (Departamental).

La ordenación de autoridades dependientes de un mismo Ministerio se hará por el Ministerio respectivo.

La Presidencia del Gobierno tendrá precedencia sobre los Departamentos ministeriales de la Administración Central del Estado.

c) Con relación a los actos de carácter especial:

La precedencia en los actos oficiales de carácter especial se determinará por quien los organice, de acuerdo con su normativa específica, sus costumbres y tradiciones y, en su caso, con los criterios establecidos en el Ordenamiento.

Los actos militares serán organizados por la autoridad de las Fuerzas Armadas que corresponda, y en ellos se aplicará el Reglamento de Honores

d) Y sobre los actos organizados por Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales:

En los actos oficiales de carácter general organizados por las Comunidades Autónomas o por la Administración Local, la precedencia se determinará, de acuerdo con lo dispuesto en el Ordenamiento, por su normativa propia y, en su caso, por la tradición o costumbre inveterada del lugar.

En ningún supuesto podrá alterarse el orden establecido para las Instituciones, Autoridades y Corporaciones del Estado señaladas en el Ordenamiento Estatal.

Page 5: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

5

No obstante, se respetará la tradición inveterada del lugar cuando, en relación con determinados actos oficiales, hubiese asignación o reserva en favor de determinados entes o personalidades.

Los Presidentes de Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas se ordenarán de acuerdo con la antigüedad de la publicación oficial del correspondiente Estatuto de Autonomía. En el caso de coincidencia de la antigüedad de la publicación oficial de dos o más Estatutos, los Presidentes de dichos Consejos se ordenarán de acuerdo a la antigüedad de la fecha oficial de su nombramiento.

Conviene tener presente, para la buena interpretación de normas presuntamente dudosas, la siguiente

reflexión: corresponde mejor posición a las investiduras electivas y de representación que a las definidas por designación, resultando asimismo indeclinable un mayor reconocimiento a las instituciones del mundo de la cultura. 3. Las presidencias La presidencia supone el mayor honor en un acto y poder ejercer la dirección real del mismo, iniciándolo y terminándolo. La presidencia corresponde a una persona, pero comúnmente se denomina así a ésta, junto con las demás personas de categoría que le acompañan. Lo corriente es que haya una presidencia, pero puede haber dos, por distintas razones (por

TIPOS DE

PRESIDENCIA

A PIE

ACTOS DE ESCASA

DURACION

SIMPLES

INTERCALADAS

EN MESA

ACTOS DE MAYOR

DURACION

Page 6: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

6

ejemplo, en un funeral puede haber la oficial y la de los familiares). Las presidencias pueden ser de pie, para actos de escasa duración, y sentadas. Y tanto unas como otras pueden ser simples, si se colocan las personas en fila de mayor a menor grado de jerarquía, e intercaladas, si se van colocando sucesivamente, a la derecha e izquierda de quien preside, las demás personas por orden jerárquico.

En las presidencias intercaladas cabe otra variedad: aquella en que se colocan dos corporaciones; una, las autoridades por orden de prelación, a la derecha de quien preside, y a la izquierda la Corporación o Junta de la entidad organizadora de un acto, es decir, presidencia intercalada doble. Cada acto demanda una presidencia adecuada. Los actos en una iglesia, la recepción de una autoridad en una localidad o de una personalidad en una empresa, por ejemplo, requieren una presidencia simple; en cambio, para un banquete o un acto académico resulta más adecuada una presidencia intercalada. En la presidencia de los actos públicos oficiales sólo se colocan las primeras autoridades o sus representantes. En las presidencias de los actos organizados por empresas privadas o entidades particulares deben colocarse los directivos de aquéllas o el anfitrión. Con bastante frecuencia, si el acto no es oficial y asisten autoridades invitadas, se suele ceder a la de mayor jerarquía la presidencia, pudiendo pasar el invitante a segundo, tercero y hasta cuarto lugar. Esta cesión tiene lugar cuando no daña su propio derecho de preeminencia. La expresión «primeras autoridades», se refiere a que: No todas las personas que ejercen autoridad son primeras autoridades, pues se reserva esta denominación a las de mayor jerarquía dentro de una jurisdicción determinada. A título de ejemplo, las primeras autoridades, referidas a los actos de carácter general pueden ser:

Page 7: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

7

En el ámbito nacional son primeras autoridades el Presidente y Vicepresidente del Gobierno, los Ministros y todos los Presidentes de los altos Cuerpos.

En el ámbito de las Comunidades Autónomas lo son el Presidente de la misma y los Consejeros, así como el Presidente de la Asamblea legislativa. En el mismo ámbito, y dentro de la Administración del Estado, es primera autoridad el Delegado del Gobierno en el territorio indicado.

En el ámbito provincial, y dentro de la Administración del Estado, lo es el Subdelegado del Gobierno, que presidirá en nombre del Gobierno las recepciones públicas y todos los actos de aquella Administración a que concurra en la provincia, salvo las excepciones de precedencia de otras autoridades que establezcan las normas legales.

En el ámbito local, y según el Reglamento de Organización de las Entidades Locales, el Alcalde preside todos los actos públicos que se celebren en el término municipal, y el Presidente de la Diputación, los de carácter provincial.

4. Precedencias. Las precedencias de las autoridades que asisten a un acto dependerán de la normativa que se aplique a dicho acto, esto es:

El RD 2099/83 de precedencias del Estado cuando el acto esté organizado por las autoridades de la nación.

Los Decretos de precedencia de las Autonomías cuando el acto sea organizado dentro del ámbito de estas Autonomías.

Las normativas locales cuando el acto se desarrolle dentro del ámbito local. 4.1. Precedencia de autoridades en la capital de España: Regidas por el artículo 10 del RD 2099/83: Art. 10º. En los actos en la villa de Madrid, en su condición de capital del Estado y sede de las Instituciones

generales, regirá la precedencia siguiente:

1. Rey o Reina.

2. Reina consorte o Consorte de la Reina.

3. Príncipe o Princesa de Asturias.

4. Infantes de España.

5. Presidente del Gobierno.

6. Presidente del Congreso de los Diputados.

7. Presidente del Senado.

8. Presidente del Tribunal Constitucional.

9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

10. Vicepresidentes del Gobierno, según su orden.

11. Ministros del Gobierno, según su orden.

12. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.

13. Ex Presidentes del Gobierno.

14. Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, según su orden. (por sentencia

del Tribunal Supremo -02/12/1986- estos Presidentes precedrán a los expresidentes del Gobierno)

15. Jefe de la Oposición.

16. Alcalde de Madrid.

17. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.

18. Presidente del Consejo de Estado.

19. Presidente del Tribunal de Cuentas.

20. Fiscal general del Estado.

21. Defensor del Pueblo.

Page 8: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

8

22. Secretarios de Estado, según su orden, y Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor y Jefes de

Estado Mayor de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire. (Hoy Jefe de Estado Mayor de la Defensa

JEMAD)

23. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y Senado, según su orden.

24. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.(Hoy suprimido)

25. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Madrid.

26. Capitán General de la Primera Región Militar, Almirante Jefe de la Jurisdición Central de Marina y

Teniente General Jefe de la Primera Región Aérea.(Hoy jefe de la unidad que tenga representación

institucional de las FFAA en Madrid)

27. Jefe del Cuarto Militar y Secretario general de la Casa de Su Majestad el Rey.

28. Subsecretarios y asimilados, según su orden.

29. Secretarios de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.

30. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad de Madrid.

31. Encargados de Negocios Extranjeros acreditados en España.

32. Presidente del Instituto de España.

33. Jefe de Protocolo del Estado.(Hoy Director General de Protocolo de la Presidencia del Gobierno)

34. Directores generales y asimilados, según su orden.

35. Consejeros de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid.

36. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid.

37. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid.

38. Diputados y Senadores por Madrid.

39. Rectores de las Universidades con sede en Madrid, según la antigüedad de la Universidad.

40. Gobernador militar de Madrid. (Hoy suprimido)

41. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid.

4.2. Precedencia de autoridades del Estado en territorio de las Comunidades Autónomas: Regidas por el artículo 12 del RD 2099/83: Art. 12º. En los actos en el territorio propio de una Comunidad Autónoma regirá la precedencia siguiente:

1. Rey o Reina.

2. Reina consorte o consorte de la reina.

3. Príncipe o Princesa de Asturias.

4. Infantes de España.

5. Presidente del Gobierno.

6. Presidente del Congreso de los Diputados.

7. Presidente del Senado.

8. Presidente del Tribunal Constitucional.

9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

10. Presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma.

11. Vicepresidentes del Gobierno según su orden.

12. Ministros del Gobierno, según su orden.

13. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.

14. Ex Presidentes del Gobierno.

15. Presidentes de los Consejos de Gobierno de otras Comunidades Autónomas.(Hoy en el puesto 14)

16. Jefe de la Oposición.

17. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.

18. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma.

19. Alcalde del municipio del lugar.

20. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.

21. Presidente del Consejo de Estado.

22. Presidente del Tribunal de Cuentas.

Page 9: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

9

23. Fiscal general del Estado.

24. Defensor del Pueblo.

25. Secretarios de Estado, según su orden, y Presidente de la Junta de Jefes de Estado Mayor y Jefes de

Estado Mayor, de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire (Hoy JEMAD).

26. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.

27. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar.(Suprimido)

28. Capitán General de la Región Militar, Capitán General y Comandante General de la Zona Marítima, Jefe

de la Región o Zona Aérea y Comandante General de la Flota, según su orden. .(Hoy jefe de la unidad

que tenga representación institucional de las FFAA en Madrid)

29. Jefe del Cuarto Militar y Secretario general de la Casa de Su Majestad el Rey.

30. Consejeros de Gobierno de la Comunidad Autónoma según su orden.

31. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.

32. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.

33. Subsecretarios y asimilados, según su orden.

34. Secretarios de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden.

35. Encargados de Negocios Extranjeros acreditados en España.

36. Presidente del Instituto de España.

37. Jefe de Protocolo del Estado.

38. Gobernador civil de la provincia donde se celebre el acto (Delegado del Gobierno).(Hoy los

Subdelegados del Gobierno, ocupan el lugar inmediatamente anterior a los Rectores)

39. Presidente de la Diputación Provincial, Mancomunidad o Cabildo Insular.

40. Directores generales y asimilados, según su orden.

41. Diputados y Senadores por la provincia donde se celebre el acto.

42. Rectores de Universidad en cuyo distrito tenga lugar el acto, según la antigüedad de la Universidad.

43. Delegado insular del Gobierno, en su territorio.

44. Presidente de la Audiencia Territorial o Provincial.(Hoy inexistentes)

45. Gobernador militar y Jefes de los Sectores Naval y Aéreo.(Cargos suprimidos)

46. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento del lugar.

47. Comandante militar de la plaza, Comandante o Ayudante militar de Marina y Autoridad aérea local.

48. Representantes consulares extranjeros.

5. Precedencias de autoridades en una Provincia. (D 77/2002 para Andalucía). 5.1 En los casos en los que la provincia sea la capital de la Comunidad Autónoma:

1. Presidente del Consejo de Gobierno de la CA 2. Presidente de la Asamblea legislativa. 3. Delegado del Gobierno de la CA 4. Alcalde de la capital. 5. Jefe de la unidad que tenga representación institucional de las FFAA en la ciudad. 6. Consejeros de Gobierno de la CA, por su orden. 7. Miembros de la la Mesa de la Asamblea legislativa de la CA. 8. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la CA. 9. Delegado del Gobierno. 10. Presidente de la Diputación Provincial. 11. Diputados y Senadores por la Provincia. 12. Rectores de la Universidad según antigüedad. 13. Tenientes alcaldes. 14. Representantes consulares

Page 10: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

10

5.2 En los casos en los que la provincia no sea la capital de la Comunidad Autónoma:

1. Alcalde de la capital. 2. Presidente de la Diputación Provincial. 3. Diputados y Senadores por la Provincia. 4. Subdelegado del gobierno 5. Rectores de la Universidad según antigüedad. 6. Presidente y Fiscal de la Audiencia Provincial 7. Militar de mayor empleo y antigüedad. 8. Tenientes alcaldes. 9. Representantes consulares

6. Precedencias de autoridades en un municipio. El orden lo establece el propio municipio, pero una regla general puede ser éste:

1. Alcalde 2. Diputados y Senadores por la Provincia residentes en el municipio. 3. Juez de primera instancia e instrucción. 4. Tenientes de Alcalde. 5. Comandante militar. 6. Representantes consulares extranjeros. 7. Concejales por orden:

a. Portavoces de grupos políticos b. Concejales de la comisión de gobierno por orden de nombramiento. c. Concejales del grupo de gobierno por orden electoral. d. Concejales de los demás grupos por orden electoral.

8. Secretario, interventor y tesorero del Ayuntamiento. 9. Directores y Gerentes de Patronatos y empresas Municipales.

7. La precedencia en los actos sociales

Tanto los actos oficiales como los no oficiales se convierten en actos sociales, abandonando momentáneamente su carácter oficial, empresarial o corporativo, cuando no persiguen una finalidad directa de trabajo, sino la de estrechar lazos entre los asistentes. Se caracterizan estos actos porque a ellos asisten personas de distinto sexo, pero por su condición de cónyuge o acompañante. En los actos sociales, la precedencia se produce utilizando la tradicional alternancia de sexos de los países occidentales, para lo que deben confeccionarse dos listas de asistentes o invitados, una de varones y otra de mujeres, con las personas que componen cada lista previamente relacionada por orden de prelación. En algunos países que tradicionalmente se han caracterizado por una actitud de prepotencia de los varones respecto de las mujeres, actualmente se ha planteado la precedencia que corresponde a los cónyuges o, en su caso, acompañantes de las personas que ostentan cargos que figuren en la relación de un determinado ordenamiento oficial. Por tradición, se prelacionaban, por un lado, las autoridades, todas encarnadas en varones, y por otro, las esposas de las autoridades. Pero hoy el protagonismo de las funciones públicas y las relaciones de pareja han cambiado y existen cónyuges o acompañantes de ambos sexos que es preciso situar en el lugar correspondiente por su cargo y que a veces no resulta fácil determinar.

Page 11: La precedencia en los actos públicos Oficiales personal/TEMAS/05 LA PRECEDEN… · 3 La precedencia es un honor que hace relación al lugar que una persona debe ocupar respecto de

11

La primera cuestión que se plantea es la que se refiere a la expresión alusiva a la asistencia a los actos «con señoras» que, a juicio de muchos profesionales del protocolo, es fórmula ya desfasada, que se sustituye por la de «con consortes o cónyuges» o por la discutida expresión «con acompañante». Fórmula esta última que permite acudir a un acto al lado de cualquier persona, lo que, a veces, no suele corresponder con la voluntad del anfitrión. Ciertos profesionales del protocolo ha señalado que el marido consorte debe tener el mismo nivel protocolario que su mujer que es autoridad, lo que supondrá a veces colocar juntos a varios señores o

varias señoras, aunque el anfitrión se incline por la clásica alternancia de sexos. María Teresa Otero sostiene también que, en los actos sociales a los que se acude acompañado de una pareja, ha de regir la norma de alternancia hombre-mujer. Hasta hace pocos años, mientras la pareja era en muchos países una mujer, no ha habido el menor problema. Pero, ante la aparición de autoridades femeninas, se plantea la autora dos posibles soluciones: 1. Colocar primero a todas las autoridades, por su orden, sean masculinas o femeninas, y a sus parejas a continuación, donde les corresponda. 2. Colocar a todos los hombres, sean autoridad o pareja, y alternando con ellos todas las mujeres, sean o no autoridad. En ambos casos, podría darse que esposos o esposas de autoridades, invitados al acto, se situasen, respectivamente, por delante de autoridades, ya masculinas, ya femeninas. ¿Sería correcto, por ejemplo, que la esposa de un ministro fuera delante de una subsecretaria o de una alcaldesa? Esta es la

cuestión que, en opinión de la profesora Otero, debe resolverse a favor de la ordenación más adecuada, pues, en protocolo, sigue diciendo, no existe el prêt à porter, sino trajes a medida. Mauricio Domínguez añade, al respecto, y refiriéndose a España, que la mujer que es autoridad quiere ser algo distinto a lo que es la mujer consorte, y el marido consorte no está preparado para acompañar a su mujer cuando ella es la autoridad.

8. Bibliografía: Manual de protocolo de Francisco López Nieto.