La Propiedad Intelectual

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UNIDAD 4 INNOVACION TECNOLOGICA, ITQ

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La Propiedad Intelectual

Propiedad Industrial

Invenciones

Derechos de Autor

Obras Autorales

PatenteModelo de UtilidadDiseño Industrial:

Circuitos Integrados

Secretos Industriales

Dibujo Industrial

Modelo Industrial

Signos Distintivos

Marca, Nombre y Aviso ComercialDenominación de Origen

LiterariasMusicalesPlásticas y GráficasAudiovisualesCinematográficasProgramas de Computación y Basesde Datos

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Es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones. .

Qué es la Propiedad Industrial?

¿ Esto será un monopolio?

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Artículo 28 (CPEUM)

En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.…..Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora

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Articulo 21 del Código Civil federal

La ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento; pero los jueces teniendo en cuenta el notorio atraso intelectual de algunos individuos, su apartamiento de las vías de comunicación o su miserable situación económica, podrán, si está desacuerdo el Ministerio Público, eximirlos de las sanciones en que hubiera incurrido por falta de cumplimiento de la ley que ignoraban, o de ser posible, concederles un plazo para que cumplan; siempre que no se trate de leyes que afecten directamente al interés público.

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Como Proteger un Desarrollo Tecnológico

Publicaciones científicasInforman sobre resultados o avances de la investigación fundamental; su importancia es considerable, pero sus consecuencias económicas sólo son indirectas.

Patente.- El objeto de una patente consiste en brindar protección a los adelantos tecnológicos; la protección de patente recompensa no sólo la creación de una invención sino también el perfeccionamiento de la misma, para hacerla tecnológicamente factible y comercial. $$$ (exclusividad) VS Competencia Mercado libre

Secreto Industrial.- Toda Información, de aplicación Industrial o comercial, que guarde una persona física o moral con carácter confidencial y que significa una ventaja competitiva o económica

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¿Qué Figura Jurídica Seleccionar?

• Hay que realizar un análisis previo de la tecnología.

• Un análisis del estado de la técnica

• Un planteamiento de la transferencia de tecnología

• Un análisis de los mercados potenciales.

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Casi todas las legislaciones nacionales de las patentes exigen una estructura muy similar a la hora de confeccionar la memoria

La estructura de la memoria contendrá: Titulo Sector de la Técnica Estado de la Técnica Descripción de la invención -Breve de la descripción de la invención -Descripción de tallada de la invención Descripción detallada de los dibujos Ejemplo de la realización de la invención Una o varias reivindicaciones Resumen Dibujos o figuras

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Artículo 16 (LPI)Serán patentables las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptibles de aplicación industrial, en los términos de esta Ley,

PATENTELOS REQUISITOS PARA LA PATENTABILIDAD

NOVEDAD ACTIVIDAD INVENTIVA APLICACION INDUSTRIAL

LO QUE NO SE ENCUENTRA EN EL ESTADO DE LA TECNICA

CUANDO NO SE DERIVE DEL ESTADODE LA TECNICA DE MANERA EVIDENTE

POR UN TECNICO EN LAMATERIA

POSIBILIDAD DE QUE UN INVENTOPUEDA SER PRODUCIDO O

UTILIZADO EN CUALQUIER RAMA DELA ACTIVIDAD ECONOMICA

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Artículo 18 (LPI)La divulgación de una invención no afectará que siga considerándose nueva, cuando dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad reconocida, el inventor o su causahabiente hayan dado a conocer la invención, por cualquier medio de comunicación, por la puesta en práctica de la invención o porque la hayan exhibido en una exposición nacional o internacional. Al presentarse la solicitud correspondiente deberá incluirse la documentación comprobatoria en las condiciones que establezca el reglamento de esta Ley.La publicación de una invención contenida en una solicitud de patente o en una patente concedida por una oficina extranjera, no se considerará incluida dentro de los supuestos a que se refiere este artículo.

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Artículo 16 (LPI)Serán patentables las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptibles de aplicación industrial, en los términos de esta Ley, excepto:I.- Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales;II.- El material biológico y genético tal como se encuentran en la naturaleza;III.- Las razas animales;IV.- El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen, yV.- Las variedades vegetales.

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Artículo 19 (LPI)No se considerarán invenciones para los efectos de esta Ley:I.- Los principios teóricos o científicos;II.- Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aún cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre;III.- Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos;IV.- Los programas de computación;V.- Las formas de presentación de información; VI.- Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias;VII.- Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales, y

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VIII.- La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de uso, de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinación o fusión de tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia.

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IMPORTANCIA DEL EXAMEN DE FONDO DE PATENTES.

• Asegurar que la invención este bien delimitada y claramente definida cuando es patentable.

• Asegurar que la solicitud no contenga materia no patentable.

• Negar la solicitud de patente cuando no contenga ningún elemento patentable.

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EVALUACIÓN DE ACTIVIDAD INVENTIVA.

Ubicar el problema técnico que resuelve la invención.

Ver la solución propuesta por el inventor.

Establecer las diferencias con el estado de la técnica.

Medir la aportación no obvia para un técnico con conocimientos medios en el área derivado del estado de la técnica.

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Claridad

• Descripción“...lo suficientemente clara...para permitir una

comprensión cabal de la misma...”

• Reivindicaciones“...ser claras y concisas...”

• Dibujos“...presentarse en tal forma que la invención se

entienda perfectamente...”

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Artículo 23 (LPI)La patente tendrá una vigencia de 20 años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeta al pago de la tarifa correspondiente.

Artículo 24 (LPI)El titular de la patente después de otorgada ésta, podrá demandar daños y perjuicios a terceros que antes del otorgamiento hubieren explotado sin su consentimiento el proceso o producto patentado, cuando dicha explotación se haya realizado después de la fecha en que surta efectos la publicación de la solicitud en la Gaceta.

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CAPITULO IIIDe los modelos de utilidadArtículo 27Serán registrables los modelos de utilidad que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.

Artículo 28Se consideran modelos de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad.

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Artículo 29El registro de los modelos de utilidad tendrá una vigencia de diez años improrrogables, contada a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de la tarifa correspondiente….

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Artículo 31 (LPI)Serán registrables los diseños industriales que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.Se consideran nuevos los diseños que sean de creación independiente y difieran en grado significativo, de diseños conocidos o de combinaciones de características conocidas de diseños.

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Artículo 32 (LPI)Los diseños industriales comprenden a:I.- Los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, yII.- Los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos.

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Artículo 36 (LPI)El registro de los diseños industriales tendrá una vigencia de quince años improrrogables a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeto al pago de la tarifa correspondiente.

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REQUISITOSMINIMOS

FECHA DEPRESENTACION

EXAMEN DE FORMAPATENTES. M.U. Y D.I.

REQUISITOS ABANDONO

FAVORABLE

PUBLICACIÓN

EXAMEN DE FONDO

TÍTULO

MODELOS DE UTILIDAD DISEÑOS INDUSTRIALES

MODELOS DE UTILIDAD

DISEÑOS INDUSTRIALES

PATENTES

PATENTES

REQUISITOSABANDONO

CONSECIÓN

SOLICITUD

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SISTEMA PCThttp://www.wipo.int/ipstats/es/statistics/pct/

• El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Con arreglo al PCT se puede solicitar protección por patente para una invención en un gran número de países a la vez y cursando una única solicitud "internacional".

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Errores comunes en la presentación de solicitudes

Memoria técnicaTituloDibujosGeneralidad en la descripciónReivindicaciones mal estructuradasResumen no técnico SolicitudTitulo no coincideFirmasCausahabiente e Inventor

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Antes de comenzar cualquier tramite es recomendable el verificar el Estado de la Técnica correspondiente, para ello buscaremos lo correspondiente.

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