LA RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR SOCIETARIO EN EL AMBITO DEL CONCURSO DE ACREEDORES
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LA RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR SOCIETARIO EN EL
AMBITO DEL CONCURSO DE ACREEDORES
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ÁMBITO DEL ANALISIS DE RESPONSABILIDAD• análisis en relación con la situación de INSOLVENCIA que ha llevado a
la empresa al CONCURSO DE ACREEDORES• conductas relacionadas con GENERACION O AGRAVACION de la
insolvencia (administradores, liquidadores, apoderados generales)• procedimiento concursal: fase de “CALIFICACION” : concurso fortuito
o culpable• análisis inicial: ADMINISTRADOR CONCURSAL y FISCAL• no se hace análisis de responsabilidad si se aprueba un “CONVENIO
NO GRAVOSO”
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CALIFICACION CUPABLE DEL CONCURSO
• para declarar una responsabilidad del administrador en este ámbito debe calificarse el concurso como CULPABLE
• principio general: el concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave
• presunciones de culpabilidad
• Presunciones que DERIVAN en culpabilidad (iuris et de iure)• Presunciones que PUEDEN DERIVAR en culpabilidad (iuris tantum)
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PRESUNCIONES DE CULPABILIDAD• Presunciones que DERIVAN en culpabilidad (iuris et de iure)
• Contabilidad: no llevar contabilidad, incumplimiento sustancial, doble contabilidad o irregularidad relevante
• Documentación: inexactitud grave o documentos falsos
• Incumplimiento del convenio: por causa imputable al concursado
• Alzamiento de bienes o actos que dificulten o retrasen un embargo
• Salida fraudulenta de bienes (2 años anteriores)
• Simulación situación patrimonial ficticia
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PRESUNCIONES DE CULPABILIDAD• Presunciones que PUEDEN DERIVAR en culpabilidad (iuris tantum)
• Incumplimiento obligación de solicitar el concurso
• Incumplimiento deber de colaboración (juez y AC)
• Incumplimiento obligaciones CCAA (formulación, auditoría o depósito tres ejercicios anteriores)
• (socios que se nieguen a capitalizar créditos y eviten refinanciación)
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CONSECUENCIAS DE LA CULPABILIDAD
• inhabilitación para administrar bienes ajenos/ representar a cualquier persona durante dos a quince años (posible excepción en caso de convenio)
• pérdida de cualquier derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la masa• condena a devolver los bienes o derechos que hubieran obtenido
indebidamente del patrimonio del deudor o hubiesen recibido de la masa activa• indemnizar los daños y perjuicios causados• cobertura, total o parcial, del déficit (influencia de la conducta en la
generación o agravación de la insolvencia)
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