La tendencia a la propietarización de la investigación universitaria en el contexto de los cambios...
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Universidad de Buenos AiresFacultad de Derecho
Postgrado de Propiedad Industrial
La tendencia a la propietarización de la investigación universitaria en el contexto de los cambios del derecho de propiedad intelectual (DPI)
Claudio Rama
Buenos Aires, agosto 2007
La bibliografía muestra una amplia y variada discusión que ha buscado correlacionar las
incidencias entre los niveles de protección de los derechos de propiedad intelectual y los
flujos de comercio entre los países.i Sin embargo, poca ha sido la reflexión sobre la
correlación entre esos crecientes niveles de protección intelectuales y su incidencia en
las estructuras y dinámicas de la producción científica en las universidades de los países
en desarrollo. El presente ensayo apunta a introducir algunas líneas de reflexión entre
los nuevos escenarios de la protección intelectual a escala global y las tendencias al
interior de la investigación en las universidades de la región y como está contribuyendo
a su diferenciación y mercantilización.
a. Las distintas modalidades universidades de relación entre docencia e
investigación
Históricamente se han desarrollado tres modelos de relación entre la investigación y la
docencia al interior de las Universidades. Bajo el esquema republicano de orientación
napoleónico, las Universidades se conformaron históricamente como centros de
formación de profesionales que separaron la docencia de la investigación. Esta
organización institucional derivo de la Revolución Francesa que impuso un nuevo rol
del Estado que reguló las profesiones, centralizó la facultad de certificar conocimientos
y promovió la formación de cuadros profesionales para su propia gestión. Las
universidades asumieron el rol de la formación de las elites de funcionarios para el
Estado, el cual supervisaba todos los aspectos administrativos de los centros educativos
e inclusive decidía la creación de cátedras o el nombramiento de autoridades y
profesores. Tal modelo separó radicalmente la docencia de la investigación la cual se
desarrolló en institutos separados creados para tal fin en el seno de las propias
universidades y cuya adscripción fundamental se daba con el gobierno central y no con
la actividad docente.
En Alemania, a diferencia, en el marco de la creación de la Universidad de Berlín, se
creó un nuevo modelo de Universidad que tuvo por centro la investigación y la
creación de saberes. Este modelo universitario, no tendrá como eje las facultades
docentes, sino los departamentos en función de áreas disciplinarias en los cuales se
desarrollaron las investigaciones. La universidad se concibe como la reunión de
profesores, expertos en las diferentes ciencias, concentrados en departamentos por
disciplinas. Las Facultades acogen a los estudiantes y los departamentos a los
profesores. Todo profesor que ingresa como miembro de un Departamento,
automáticamente pasa a ser también miembro de la Academia correspondiente y es la
facultad quien solicita a los departamentos los profesores que necesite para cubrir los
requerimientos académicos de la docencia, pero el Departamento se focaliza en las
investigaciones que requiere directamente la sociedad y las empresas.
En América Latina a diferencia el modelo académico si bien tuvo sus líneas generales
basadas en el modelo francés, puso a la investigación dependiendo de la docencia. El eje
dominante era la formación de profesionales y la investigación, de tipo catedrática, tenía
como finalidad contribuir ha mejorar la actualización y profundización de la propia
docencia. El tipo de investigación era individual y sus orientaciones estaban marcadas
por las demandas de la docencia de los cuerpos académicos de la institución. Las líneas
dominantes se articulan fuertemente con el currículo, son de tipo disciplinarias y
fuertemente teóricas. Si bien existieron unos pocos institutos derivados de las
estructuras de cátedras, estos siempre fueron muy débiles, mantuvieron las
investigaciones individuales de tipo catedráticas y fueron permanentemente fagocitados
por las demandas docentes de pregrado o terminaron siendo centros de formación de
postgrado. Este modelo de investigación es altamente dominante en toda la región, con
la excepción de algunas Universidades Federales o estaduales de Brasil, que desde la
reforma del 68 han tendido hacia una dinámica focalizada en la investigación y la
formación de postgrado, asociadas a fondos públicos orientados a promover y articular
la investigación con las demandas del mercado.
En este contexto, la investigación en nuestras universidades no se basó en marcos
normativos que regularan los derechos intelectuales, ya que más allá de que la relación
de dependencia que establecía la titularidad de los derechos en cabeza de la institución,
los conocimientos estaban orientados a la docencia y no tenían en su casi totalidad
significados económicos. Ellos correspondían fundamentalmente a creaciones
científicas protegidas por el derecho de autor. La desarticulación entre la investigación
y el mercado era reforzada por la tradicional complejidad en las relaciones con el sector
privado, el peso de las burocracias internas, la alta utilización de tecnologías y procesos
importados por el sector privado, y por un crecimiento en general de los gastos al
interior de las instituciones asociados a la docencia por la masificación de la matrícula
que redujo los financiamientos universitarios a la investigación.
b. Cambios en la propiedad intelectual con la sociedad del conocimiento
El conocimiento ha sido considerado históricamente como un bien público y ha recibido
la protección del Estado que otorgó a sus creadores un monopolio de su explotación
durante un tiempo y bajo determinadas características con la finalidad de reconocer los
beneficios privados y públicos que se derivan de la creación. La sustentación de este
derecho descansaba en un equilibrio de intereses y su objetivo es facilitar la
recuperación de la inversión, contribuir a promoverlas dadas sus externalidades,
incentivar a nuevas creaciones, no generar indefinidamente costos adicionales por
situaciones de monopolios y promover el acceso al conocimiento como base de la
creación de nuevos saberes que siempre se basan en la utilización de los conocimientos
previos.
Aunque este derecho siempre tuvo una base internacional desde los acuerdos de Berna y
de Paris a fines del siglo XIX, sin embargo, su eje central descansaba en lógicas
nacionales, dada la alta flexibilidad que los Tratados permitían, y en tal sentido, la
intensidad y el uso de estos institutos varió históricamente en cada país según sus
propios intereses nacionales en cada momento histórico. En las primeras etapas de sus
desarrollos todos los países han sido proteccionistas en esta materia, tendiendo a que la
balanza entre producción local y producción extranjera, entre costos superiores y
capacidad de innovación, entre libertad de competencia y monopolios externos, se
inclinara hacia la formación de competencias locales. Solo en tanto consolidaron sus
capacidades endógenas y sus niveles de eficiencia productiva, pasaron a promover
políticas aperturistas y de desregulación, como se observó históricamente en forma
sucesiva en Inglaterra frente a las Provincias Unidas, en Alemania frente a Inglaterra o
en Europa frente a Estados Unidos.
Sin embargo, en las últimas décadas, la importancia de la investigación ha sufrido un
cambio drástico y definitivo con la formación de la sociedad basada en el uso intensivo
de conocimientos en la acumulación de capitales. El rol de la investigación, la
innovación y la generación de tecnologías han pasado a constituirse como el motor
central del crecimiento y de la dinámica económica de las sociedades modernas. Ya no
es simplemente la generación de innovaciones para aumentar la productividad de los
procesos productivos tradicionales, sino que estamos frente a un sistema económico
basado en la generación permanente de nuevas tecnologías y nuevos procesos. La
acumulación de capitales sigue las lógicas de Shumpeter y los ciclos de Friedman y
Pérez y se basa en la generación de nuevos productos como resultados de inversiones en
innovación.ii
El centro de gravedad se ha desplazado hacia la producción de bienes y servicios con
contenidos de información, a la innovación tecnológica y a la creación y utilización
acelerada de los nuevos conocimientos, con lo cual la investigación y la generación de
nuevas tecnologías y productos se han transformado en el área de mayor importancia y
rentabilidad. La economía del conocimiento ha cambiado los marcos de la competencia
mundial y ha impuesto una competencia entre las empresas esté determinada por la
generación de nuevos saberes y tecnologías que permitan la generación de nuevos
productos o que incrementen sustancialmente los niveles de productividad. Esta
competencia internacional basada en innovaciones impone que los activos
fundamentales de las empresas sean los bienes inmateriales - protegidos por los
derechos de propiedad intelectual dada las facilidades de copia, reproducción y de
competencia desleal - en tanto el crecimiento económico es más un proceso de
acumulación de conocimiento que de acumulación de factores tradicionales. Así la
función de producción incrementa el aporte de conocimientos para intensificar la
productividad de los factores tradicionales. El propio Banco Mundial ha repetidamente
expresado que la disponibilidad y el uso del conocimiento establecen la diferencia entre
las naciones pobres y las naciones ricas en tanto la densidad tecnológica es el eje de la
productividad y de los flujos de comercio más rentables.
En los nuevos escenarios, en tanto la dinámica económica es crecientemente
internacional, el conocimiento se ha ido transformando también en un bien global, en
términos de su generación, pertinencia y utilización, reduciendo las autonomías
nacionales de regulación y transformando a la investigación en un área de trabajo
internacional como parte de una nueva economía en la cual “compramos y vendemos
conocimiento congelado: un gran contenido intelectual en un envase diminuto”.iii
c. La privatización del conocimiento
La globalización, asociada al nuevo modelo económico basado en el uso intensivo de
conocimiento en los procesos productivos, ha impuesto que éste se halla transformado
en una mercancía privada. Es esta una tendencia de largo plazo que se ha manifestado
en que el acceso a los conocimientos se ha ido extendiendo a la esfera del control
privado a expensas del dominio público. iv Ello ha derivado en los países centrales en
el pasaje de la investigación desde el sector público universitario al sector privado
empresarial. Algunos autores han considerado además la creación de un nuevo tipo de
capital a escala mundial asociado a la valorización vinculada a la creación de saberesv.
Concomitantemente con ese proceso, los derechos de propiedad intelectual reafirman su
carácter como derechos privados, más allá de que el Estado asume un rol preponderante
en la observancia y el cumplimiento de esos derechos tal como se establece en el
preámbulo de los acuerdos del TRIPS. vi
Las grandes unidades de Investigación y Desarrollo de las empresas transnacionales se
han transformado en los centros de producción de nuevas tecnologías y constituyen una
variable de primera importancia para explicar el fuerte incremento de la innovación
tecnológica. El volumen de recursos económicos que implica la investigación por la
competencia y los elevados riesgos de esas inversiones, colocan crecientemente a esas
actividades en la esfera privada pero al tiempo con fuertes apoyos públicos. En sector
empresarial es el nuevo agente en la labor de investigación a escala global y comandan
la generación de nuevos conocimientos como mecanismo de generación y conservación
de ganancias extraordinarias. vii
Bajo estos nuevos escenarios se ha ido ampliando el campo del derecho de la propiedad
intelectual y se han ido creando nuevos institutos jurídicos de protección. Se ha creado -
y se han ampliado - una amplia batería de protecciones como las patentes, el derecho de
autor, los derechos conexos, el secreto industrial, las marcas, los diseños, el secreto
industrial o la topografía de los circuitos, los cuales se transforman en campos de la
competencia económica en tanto promueven monopolios tecnológicos. El sistema se
estructura así como espacio de competencia entre innovaciones, inventos u otros bienes
intelectuales que son los que generan los monopolios tecnológicos que permiten las
condiciones de las ganancias extraordinarias.
En tanto la investigación se transforma en el mecanismo central de la competencia, las
empresas compiten por lograr nuevos bienes y servicios que respondan a potenciales
demandas en un marco económico que se caracteriza en que el primero que alcanza
determinada invención a través de la patente excluye a los otros competidores
empresarios-investigadores. Mientras que para el obtentor de la patente existe la
posibilidad de la rentabilidad de la inversión, para los otros, tales gastos son pérdidas
dada la protección del DPI en el nuevo escenario. Esta nueva lógica de la competencia
coloca a la investigación, garantizada y protegida en motor significativo de la
acumulación de capitales y de la propia dinámica económica.
El derecho de propiedad intelectual, su alcance, duración e rigidez, es en este sentido el
regulador del incentivo a la inversión en actividades de investigación que por sus
propias características es de alto riesgo. La protección es el eje determinante de
rentabilidad y por ende de la propia inversión en investigación básica y aplicada.
Restringe el ingreso de nuevos competidores por la vía de la exclusión del uso de esos
saberes y facilita que la rentabilidad de la inversión en I+D sea tradicionalmente elevada
dados los altos requerimientos de las inversiones, el alto riesgo existente dada la
incapacidad de prever el futuro y por ende la alta incertidumbre de esas inversiones, así
como la facilidad de copia de estas producciones inmateriales. Tradicionalmente el
capital de riesgo, en tanto actúa en mercados imperfectos, en condiciones de mercados
volátiles y escenarios de incertidumbre, permiten la generación de altas rentabilidades.
El DPI garantiza potenciales rendimientos, reduciendo parte de sus propios riesgos
inherentes. El incremento en los últimos años de los niveles de inversión privados en
investigación está asociado a esos derechos y a un mercado de consumo con fuertes
renovaciones asociadas a la obsolescencia económica y la aparición de nuevos
productos y procesos, los cuales anidan en la construcción de modelos socio-
económicos basados en la creación, comercialización y utilización intensiva de
conocimientos.
Sin embargo en tanto los procesos de privatización del conocimiento actúan sobre las
fronteras del propio conocimiento establecen áreas de saber básico de difícil acceso no
pagante, por lo que la actividad científica en los países se verá marginada de los avances
en la ciencia, reafirmándose una comunidad científica retrasada en términos del acceso
al estado de los saberes vigentes.
Desde Aristóteles se han diferenciado dos tipos de conocimientos. Uno práctico y otro
intelectual. Mientras que el primero está orientado hacia la producción de innovaciones
o hacia la formulación de acciones prácticas, el segundo tipo de conocimiento es un
saber por sí mismo. En las sociedades mercantiles, tal diferenciación le asignaba a la
investigación vinculada a la búsqueda de conocimientos prácticos, una lógica
económica que tendía a ser absorbida por las empresas privadas, al tiempo que el
conocimiento básico en tanto se asociaba a rentabilidades sociales, tendía a localizarse
en las universidades con aporte financiero público. En esa línea de reflexión Mario
Albornoz registra que la investigación básica tiene como criterio el valor científico y
como actor la comunidad científica, en tanto que la investigación aplicada y el
desarrollo experimental tienen como criterio el valor económico y la utilidad social, lo
cual orienta a que sus actores fundamentales sean las empresas y el capital de riesgo con
apoyo público.viii
El nuevo rol del saber en la competencia económica siguiendo los modelos de
Shumpeter no sólo esta produciendo la mercantilización de parte de la investigación y
de los conocimientos generados, sino también cambiar las lógicas tradicionales de la
investigación al producir una mayor integración entre la investigación y su aplicación.
Tal creciente unidad entre la I y el D que permiten pensar no en I+D sino en I&D es
resultado del incremento de la competencia en los procesos innovativos, en que los
elevados montos de las inversiones presionan por rápidas recuperaciones, por la propia
lógica de las patentes ya que al día siguiente que estas se registran, los diversos
competidores empiezan organizan sus propias investigaciones para superar esa
invención y crear la propia, así como por los marcos normativos que están permitiendo
patentar infinitas innovaciones y también descubrimientos de la naturaleza y desarrollos
investigativos soportados en investigaciones básicas.
Adicionalmente se ha comenzado a develar la existencia de nuevas formas de
organización de los procesos de creación de conocimiento que tienden a facilitar el
pasaje de la investigación hacia dinámicas no reducidas a los ámbitos exclusivamente
académicos. Michael Gibbons ha formulado el nacimiento de una nueva forma de
producción del conocimiento que llamó el modo 2 que se produce a través del análisis
de problemas teóricos y prácticos y con enfoques interdisciplinarios, distinguiéndola de
la producción tradicional de conocimientos que refiere a una creación disciplinaria. ix.
El abordaje sistémico y transdisciplinario deriva además en una organización
universitaria basada en unidades temáticas de estudios de problemas, de trabajo en redes
colaborativas, de equipos multidisciplinarios, superando así las organizaciones
disciplinarias tradicionales de las facultades y los departamentos. Este proceso de
transformación de la dinámica del proceso de creación de saberes, tiende a promover
una reconfiguración de la investigación y de las propias instituciones universitarias, las
cuales comienzan a tener en su seno una amplia variedad de centros de investigación y
de difusión de conocimientos, así como una organización institucional y un panorama
organizativo en el cual destacan múltiples conexiones con los diversos mercados. Bajo
este nuevo esquema de creación de conocimientos, las diversas unidades asociadas al
Modo 2 se distribuyen en las estructuras universitarias o empresariales, imponiendo una
dinámica institucional, disciplinaria, organizativa, política y financiera altamente
compleja y que incentiva la propia mercantilización de las universidades y de la
investigación como requisito para su instrumentación. Ello no solo genera amplias
relaciones con el sector privado, sino que la propia universidad debe alocar recursos
selectivamente en nichos específicos y promoviendo un rango específico de
competencias y especializaciones disciplinarias e investigativas, que solo son posibles
en fuertes y permanentes alianzas y asociaciones con los aparato productivos y las
dinámicas económicas que son las que generan las específicas demandas de invenciones
patentables, sea éstas radicales o incrementales. El propio motor de este proceso es la
expansión del mercado de conocimientos que conduce a diversas modalidades de
alianzas entre los saberes y el mercado, los cuales a su vez crearán nuevas
configuraciones institucionales, no solo disciplinarias, sino crecientemente inter y
multidisciplinarias en contextos teóricos y de aplicación práctica.
d. Globalización y armonización del derecho de propiedad intelectual
El derecho de propiedad intelectual tradicionalmente tenía una lógica internacional,
pero con la aprobación del TRIPS, al establecerse estándares globales, se ha ido
reafirmando el carácter supranacional del derecho de propiedad intelectual,
contribuyendo a la internacionalización de la investigación y de las economías. El
TRIPS es el instrumento que da coherencia, unidad, observancia, ampliación y
cobertura a la lógica de la propiedad intelectual en la sociedad del conocimiento y
propende a un cambio en los parámetros de la investigación al facilitar su rentabilidad
internacional y la libre movilidad. Sin embargo, en tanto el derecho intelectual tiene un
contenido negativo en términos de que es un derecho a impedir, contiene en su propio
seno un modelo de organización de la investigación que afecta la investigación
autónoma, la orienta hacia una mercantilización, elitiza su producción la presencia de
productores por los altos requerimientos financieros y las altas exigencias técnicas y
legales, estrecha su relación con los mercados o directamente contribuye a la inserción
de la investigación al interior de las propias unidades empresariales. Los derechos de
propiedad intelectual más allá de que actúan desplazando a los potenciales concurrentes,
inciden sobre potenciales competidores futuros al restringir a la propia investigación al
encarecer los costos de investigación de los otros competidores o de las propias
universidades que tendrán gastos superiores asociados a los riesgos de estar
investigando áreas protegidas y por ende deberán dotarse de oficinas de verificación
sobre las propias investigaciones en términos de uso de patentes, derechos y otras
inhibiciones con potenciales riesgos económicos, así como por el propio pago de
patentes que pudiera tener que hacerse.
La expansión de los derechos de propiedad intelectual se ha dado en todas las
direcciones, no sólo en el marco de los acuerdos internacionales que han establecido
estándares mínimos de protección y armonización de los criterios, sino también en los
diversos acuerdos bilaterales de comercio, que incentivan la matriz fuertemente
asimétrica del comercio y del desarrollo mundial al disponer aperturas de mercados de
bienes primarios contra mayores protecciones a los derechos de propiedad intelectual. x
En América Latina inclusive los acuerdos de libre comercio han incorporado niveles de
protección superiores a los establecidos en los acuerdos de ADPIC: a cambio de un
mayor acceso a para la exportación de bienes primarios de la región se han aceptado los
altos niveles de protección y de observancia a la propiedad intelectual existentes en
Estados Unidos que en general son más rígidos que los de los Tratados Internacionales.
El derecho de protección excesivo sobre la propiedad intelectual, no sólo actúa sobre la
defensa de las inversiones pasadas en términos de garantizar las rentas de los capitales
intelectuales, sino que puede generar fácilmente monopolios futuros al restringir la
investigación competitiva. Tal hecho se está viendo con profundidad en el otorgamiento
de patentes en el área de biotecnología cuyos derechos monopólicos, en tanto responden
directamente a aportes de las ciencias básicas, afectan a la investigación futura que no
provenga de los laboratorios o centros asociados a los detentores de las patentes,
restringiendo el “derecho a la investigación” como derecho de las sociedades a su
acceso a los saberes. El propio incremento del número de patentes por los bajos
estándares de exigencias así como la expedición de patentes en una fase temprana de de
la investigación son también elementos que reducen la capacidad investigativa.
e. Impacto sobre las universidades de América Latina de los nuevos escenarios de
creación de conocimientos
El ingreso de grandes centros productores de conocimiento privados como públicos o de
universidades en alianza con las empresas están contribuyendo a la propia
diferenciación entre sociedades creadoras de saber y sociedades importadoras de
conocimientos. Sin embargo, el ingreso de las empresas privadas a la investigación
básica y aplicada no se ha dado en América Latina por el perfil importador del aparato
de ciencia y tecnología, por las bajas rentabilidades de esas inversiones y por el escaso
financiamiento público y privado a la investigación.
Mientras que en las sociedades desarrolladas se expande el rol de las empresas como
creadoras de saber como el “locus innovativo” en tanto los requerimientos de inversión
son muy elevados y a que la actividad innovativa en general se da al interior de los
procesos de producción, en la región, la ausencia de inversiones privadas, los altos
riesgos de la inversión, la ausencia de mano de obra altamente capacitada para estas
tareas, inhibe el ingreso de las empresas a esta actividad. A escala mundial se manifiesta
una absoluta asimetría en términos de la procedencia de la investigación ya que
mientras que en los países centrales en general la investigación se realiza en las
empresas, a diferencia en la región, ella se localiza en las universidades.
La baja incidencia del sector privado en la investigación también a contribuido ha que el
Estado en los países subdesarrollados deba asumir un rol más destacado en el
financiamiento de la investigación científica y en la generación de condiciones para el
desarrollo de esas capacidades. Sin embargo, los niveles de financiamiento público han
demostrado una alta volatilidad y variabilidad, de acuerdo con los propios ciclos
económicos de los países, por ser un nivel de gasto con altísima elasticidad, ya que se
coloca no a nivel de los gastos corrientes de los estados que tienen poca flexibilidad, o
de los gastos de capital que se asocian a los ciclos económicos, sino que ellos entran
casi en la categoría de gastos superfluos, y por ende “la posición de cada país (en
relación a la I&D) puede variar relativamente rápido según su situación económica”.xi
La investigación contribuyen a la internacionalización de las universidades, al tener a
constituirse en un ámbito del trabajo académico que escapa a las fronteras nacionales, y
que está cada vez más integrada a través de redes a escenarios globales o regionales de
mercados empresariales en términos de los temas, los protocolos de investigación, las
metodologías o los enfoques. Además, el incremento de los costos, la amplitud de los
campos de investigación, la ampliación y globalidad de los derechos de protección y la
propia mercantilización de los saberes contribuye a la conformación de la investigación
como un ámbito de actividad global que articula la división internacional del trabajo de
investigación académica. Derivado de ello muchas de las investigaciones locales
tienden a focalizarse en parcelas de las investigaciones globales, en el marco de las
cuales se promueve una amplia movilidad de docentes y estudiantes, el establecimiento
de redes de postgrados compartidos, las publicaciones integradas, etc., bajo acuerdos
previos con grandes empresas que financian Lara su patentamiento posterior.
Algunas universidades de la región están inmersas en estrategias orientadas a
reconfigurarse para afincarse en la investigación y que están introduciendo una amplia
complejización de la investigación universitaria y lentas reingenierías institucionales. La
investigación ha dejado de ser una actividad solitaria de investigadores para insertarse
en sistemas universitarios de investigación con múltiples actores y cometidos, con
sistemas de incentivos internos y externos, inserción de redes de investigación
internacionales y asociados a los beneficios económicos para los investigadores y las
instituciones. Una complejización epistemológica, de las modalidades de la
organización de la investigación, de los recursos y de los riesgos económicos, de la
relación con los mercados, de los problemas del patentamiento y de su aplicación
posterior, y que expresan una nueva relación entre la creación de saberes y su
aplicación, entre la academia y la empresa.
Cuadro Nº 1
Componentes de complejización de la actividad investigativa en las universidadesGrupo de Investigación
Unidad básica de generación de conocimiento científico y desarrollo tecnológico
Centros de Investigación
Unidades de fomento, de apoyo o de adscripción de los Grupos
Áreas de Investigación
Conjunto de unidades académicas que investigan temas afines y complementarios y cuyo propósito es fomentar el desarrollo de líneas y proyectos interdisciplinarios
Comités de Investigación
Unidad que asesora a las máximas instancias administrativas en asuntos relacionados con las políticas de investigación y administra los recursos destinados para investigación. Tiene a su cargo el apoyo a los proyectos de menor y mediana cuantía y la administración de los fondos para el apoyo a las actividades de investigación
Incubadoras tecnológicas
Ambiente administrado profesionalmente que apoya la selección de una ida a incubar con alta participación de universidades que ofrece ofrecerán los servicios de asistencia en la preparación de un plan de negocios, en la investigación de mercados y aspectos de comercialización, desarrollo de habilidades gerenciales y financieras, asesoría sobre propiedad intelectual, establecimiento de vínculos con inversionistas de capital de riesgo, proveedores y socios estratégicos potenciales, facilidades físicas y servicios de oficina, acceso a equipo especializado y a asesoría profesional de alta calidad (administración financiera, asuntos jurídicos, mercadotecnia, hacienda, producción, selecciones tecnológicas, etc.
Parques tecnológicos
Los parques tecnológicos son un modelo de desarrollo en el que se conjugan los aportes del Estado, las empresas privadas y las instituciones educativas para focalizarse en la producción de alota tecnología
Fuente: A partir de Universidad de Antioquia (Colombia), Centro Morelense de innovación y transferencia tecnológica (México), Universidad Austral (Argentina)
Las nuevas modalidades de creación de conocimientos bajo modalidades
multidisciplinarias están transformando la tradicional relación entre la universidad y sus
equipos académicos. La estructura de remuneración homogénea basada en las normas
de la carrera docente y en el cual además se establecía la carga docente de trabajo, están
siendo modificadas, en referencia a la investigación, en función de una alta
diferenciación de modalidades contractuales en función de las expectativas de creación
de beneficios respecto a los nuevos conocimientos generados. En tan sentido se están
sentando las bases de la generalización de carreras académicas de investigación al
interior de las universidades o de los sistemas nacionales de ciencia y tecnología con
diversos sistemas de evaluación e incentivos, en una orientación que destruye la lógica
anterior de igual remuneración por antigüedad y carga docente en las Universidades al ir
incorporando modalidades contractualizadas individuales de relación laboral.
La región dado su perfil productivo tiene una propensión hacia una alta dependencia de
las importaciones de bienes de capital y procesos tecnológicos. Más allá de que la
relación varía según las áreas disciplinarias que se consideren, así como de país en país,
en general se manifiesta en una baja interacción entre las universidades y las empresas.
Históricamente el aparato productivo latinoamericano no ha requerido de elevados
niveles de investigación, sino que su determinante para la orientación de sus políticas de
innovación descansa en la compra de paquetes tecnológicos o en la importación de
procesos, lo cual repercute en una baja demanda de investigación de las empresas.
Sin embargo, al quedar la investigación sólo en el sector público fatalmente el
continente tiene un bajo peso en investigación y desarrollo (I+D). El gasto relativo en
I+D de la región esta cayendo ya que habiendo representado el 1,6% a la escala
mundial en 1994, en el 2003 había caído al 1,3% de la I+D mundial.xii Ello como
derivación un gasto en I+D estable como porcentaje del PIB en el orden del 0,05% entre
1994 y el 2004. xiii Sin embargo en tanto algunos países han tenido tasas de crecimiento
del PIB superiores a los de América Latina durante este período así como aumentos
porcentuales de su gasto en I&D con tasas de incrementos de la población menores, se
i Temas de Derecho Industrial y de la Competencia 7. “Propiedad intelectual y políticas de desarrollo”, Ciudad Argentina, Buenos Aires, 2005. El informe de la Comisión de Propiedad Intelectual o Informe Barton, se focaliza en los temas de relación entre propiedad intelectual y comercio internacional ii Vilaseca i Requena, Jordi, y Torrent i Sennes, Joan, “Principios de economía del conocimiento. Hacia una economía global de conocimiento”, Pirámide, Barcelona, 2005iii Stewart, Thomas, “La nueva riqueza de las organizaciones” el capital intelectual”, Granica, Buenos Aires, 1998iv Melendez, Ronal, “El valor del conocimiento y su protección en el contexto de las economías globalizadas”, http://www.conicit.go.cr/propiedad_intelectual/prot_conocimiento.htm
v Palloix, Christian, “La internacionalización del capital, Blume, México, 1978. Palloix propone la conformación de un capital “ingenieril” que estaría pasando a conformarse como un tipo de capital localizado jerárquicamente en la pirámide del proceso de acumulación a escala global en tanto estaría articulando los restantes procesos de valorización vi El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC o, en inglés, TRIPS) firmado en 1994 y por el cual se crea la Organización Mundial del Comercio, establecen una serie de principios básicos sobre la propiedad industrial y la propiedad intelectual tendientes a armonizar estos sistemas entre los países firmantes y en relación al comercio mundial. El ADPIC incorpora como principios fundamentales los propios del Convenio de la Unión de París, del Convenio de Berna, del Convenio de Roma sobre derechos conexos y del Tratado de Washington sobre Semiconductores, a los cuales les añade el principio de nación más favorecida propio de la OMC. En el se establecen una serie de requisitos que habrá de cumplir la protección de todas las modalidades cubiertas en él, en cuanto a requisitos básicos de protección, duración mínima y cobertura de la misma. En cuanto a las reglas sobre la observancia de los derechos de propiedad intelectual (en este tratado la propiedad industrial se considera parte de la propiedad intelectual), establece la obligatoriedad de permitir en todo caso la revisión por parte de un juez de las decisiones administrativas en contra de un titular de un derecho, o de aquella persona que pueda haberlo infringido. http://es.wikipedia.org
vii El concepto de ganancias extraordinarias asociadas a la aceleración de la innovación tecnológica ha sido analizado ampliamente por Ernest Mandel “El capitalismo tardía”, ERA, México, 1972, afinando los aportes desarrollados por Krondratieff sobre las ondas largas viii Albornos, Mario, “Política científica”, www.oei.es/cstsiima/albornoz.pdfix Gibbons, Michael, “The new production of knowledge”, Sage, London, 1996x Roffe, Pedro, “América Latina y la nueva arquitectura internacional de la propiedad intelectual”, La Ley, Buenos Aires, 2007xi Lemasson, Jean Pierre y Chiappe, Marta, “La investigación universitaria en América Latina”, IESALC, Caracas, 1999
comprueba que en términos del gasto de inversión en I+D por habitante en la región ha
tenido una caída absoluta.
Todo indicaría una estrecha relación entre gastos de I+D, producción científica y
patentes. Sin embargo, en el cuadro anexo se visualiza claramente la poca relación
existente entre la producción científica y la cantidad de patentes, lo cual abona a que no
es condición suficiente la producción intelectual, sino que el proceso de creación de
patentes exige además sistemas de innovación, políticas de patentamiento y un claro
pasaje desde conocimientos focalizados en la investigación básica a una atención
equilibrada a la investigación y al desarrollo.
Cuadro N°
Indicadores de relación de patentes por producción científica
País Producción Científica
Patentes nacionalesconcedidas
Producción científica por patente
Argentina 5499 108 51Bolivia 124 5 24.8Brasil 17785 4066 4.37Chile 2991 52 57.51Colombia 910 11 82.72Costa Rica 307 2 153.5Cuba 660 49 13.46Jamaica 171 11 15.54México 7148 162 44.12Nicaragua 34 1 34Panamá 178 10 17.8Paraguay 45 1 45Perú 331 13 25.46Uruguay 468 3 156Venezuela 1120 7 160América Latina 36745 4482 8.19
Fuente: RICYT. Los datos de los subtotales de América Latina y el Caribe, Ibero América y Total son estimados. Panamá: Incluye el Gasto del Instituto Smithsonian de Investigaciones Tropicales (STRI) el cual representa un 16 % del gasto total en ACT, y un 29 % del gasto total en I+D para 1999. El STRI representa un 27,46% del Gasto en I+D para 2004. Cuba: Se utilizó el Tipo de Cambio Oficial: 1 Peso Cubano = 1 Dólar. Los patos de patentes son para el 2004 para todos los países. Las publicaciones científicas corresponden a las publicaciones del Science Citation Index.
Más allá de estar aumentando lentamente la producción científica en la región, no se
manifiesta esa misma correlación con el incremento de las patentesxiv Las patentes
otorgadas a los residentes en la región no expresan al aparato científico que es una
condición necesaria pero no suficiente, sino que demuestran las bajas interrelaciones
xii RICYT, “El Estado de la ciencia, Informe 2004”, www.ricyt.centoredes.mine.nu/cicyt/elc2004/1.pdf xiii www.ricyt.edu.arxiv Roffe, Pedro, ob cit, Al respecto para ver las patentes solicitadas y otorgadas en la región tanto a residentes como no residentes, ver www.wipo.int/ipstats/en/statistics/patents/index.html
entre el aparato científico, el gobierno y la estructura productiva cuya articulación es el
eje de los sistemas de innovación eficientes. Los datos claramente muestran que en la
región la única estrecha relación entre la producción científica y las patentes se da en
Brasil, asociado a un activo rol del Estado en ese país en el financiamiento a la
investigación científica, a una orientación de las Universidades Federales y algunas
estaduales y privadas a la investigación, al desarrollo de postgrados de alta calidad
fuertemente fiscalizados, acreditados y subsidiados, a estándares elevados de calidad en
el acceso y permanencia de estudiantes y docentes, a profesores de tiempo completo
con grados de doctor con salarios elevados y fuertes primas de incentivos asociados a
los resultados a de sus cuerpos docentes.
Sin duda, además de la eficiencia institucional y académica, ha sido determinante el
gasto en investigación y desarrollo, tanto público como privado que es el más alto de la
región como porcentaje del PIB.
Cuadro N°
Gasto en Investigación y desarrollo
País % del PIB Argentina 0,44%Bolivia (2002) 0,26%Brasil 0,91%Chile 0,68%Colombia (2001) 0,17%Costa Rica 0,38%Cuba 0,49%Honduras (2003) 0,06%Jamaica (2002) 0,08%México 0,41%Nicaragua (2002) 0,09%Panamá 0,24%Paraguay 0,08%Perú 0,16%Trinidad 0,12%Uruguay (2002) 2,20%Venezuela 0,25%América Latina 0,53%
Fuente: RICYT
La masificación, la expansión de la educación privada y los escasos presupuestos
públicos en general en la región han reforzado la reducida investigación y la tradicional
desarticulación entre docencia e investigación, y entre investigación y mercado. El
crecimiento de postgrados por ejemplo que ha sido tan fuerte en las últimas décadas ha
sido sin embargo de tipo profesionalizantes sin relación con líneas de investigación, de
tipo pagante y de estudiantes de tipo parcial, reafirmando los paradigmas tradicionales
de las universidades de la región.
Cabe referir además que las universidades de la región han tenido una muy escasa
protección sobre los derechos de propiedad intelectual, en tanto su dinámica
fundamental era sobre la base de la transferencia de saberes y no sobre la creación de
nuevos conocimientos patentables. Más aún, aún cuando las universidades son una
marca, la protección que ellos realizan es muy reducida, dada que su dinámica de
mercado se basaba tradicionalmente en situación de monopolios y su financiamiento
descansaba en un presupuesto público inercial que determinó históricamente que no
compitieran por la generación de recursos externos.
Este entramado está cambiando lentamente en algunas pocas universidades de la región,
aún a pesar algunas veces de sus cuerpos académicos. En las últimas décadas se
constata una cada vez mayor diferenciación de las instituciones públicas
fundamentalmente en atención a sus niveles de investigación, en las exigencias de
accesos del personal académico, de la mayor relación con las demandas de las
empresas, con una menor atención a los pregratos y a mayores exigencias de evaluación
y acreditación externa. Asociado a ello algunas Universidades han comenzado a aprobar
marcos regulatorios internos incentivando la creación de conocimientos protegibles y
comercializables, e incentivando diferenciadamente a los docentes. Se produce una
tendencia a la diferenciación de las universidades, fundamentalmente públicas, y hacia
el desarrollo de algunas como universidades de investigación, las cuales llevan adelante
políticas más radicales de expansión de las áreas vinculadas a la creación de saber a
través de una nueva periferia universitaria caracterizada por laboratorios, oficinas de
patentes, oficinas de relación con las empresas, empresas mixtas, sistemas de
incentivos, conformación de grupos de investigación, facilitación de conexiones
multidisciplinarias, establecimiento de redes internacionales, etc. No todas las
instituciones han podido avanzar en esa dirección, ya que más allá de las resistencias
internas, la tradicional dinámica de la investigación que caracteriza a América Latina
altamente parcelada, disciplinaria, individual y que tiende hacia la alta difusión de sus
avances y resultados comienza además a ser confrontada y limitada por la complejidad
de las investigaciones en términos disciplinarios, los requerimientos financieros y de
laboratorios, las carencias de personal académico, la no aceptación de incentivos
especiales a los investigadores, o la dificultar de incorporar las flexibilidades
administrativas que se requieren, las lógicas del secreto del secreto a la investigación y
la protección de los resultados, el decrecimiento relativo del peso del grado en la
matrícula o la aceptación de evaluaciones externas.
Además, la revisión de dichas normas relativas a la propiedad intelectual en las
Universidades muestran amplias diferencias, vacíos legales así como también
divergencias de las normativas vigentes en las Universidades respecto a las leyes de
propiedad intelectual y de patentes en sus respectivos países. xv Un estudio sobre las
universidades públicas argentinas analizando las normas de propiedad intelectual
aprobadas en ese país a partir de los noventa por parte de los Consejos Superior de las
universidades mostraba que de 39 universidades, no poseían reglamentación el 41%,
que 23 % poseían normativas y otras 23% incluían normas dentro de las
reglamentaciones de servicios a terceros o en sus cláusulas contractuales. La mayoría
dejaba en cabeza de la universidad la titularidad de las creaciones, aun cuando algunas
legislaciones avanzaban sobre las disposiciones legales concediendo mayores ventajas a
los docentes e investigadores. La mayoría de las normas incluyen tanto el derecho de
propiedad industrial como de la propiedad del derecho de autor, e imponen la obligación
de informar la obligación de informar la obtención de resultados susceptibles de
protección a través de derechos intelectuales. Como es tradicional en muchas
instituciones las diferencias entre las diversas normas permiten afirmar la existencia de
xv Asociación de Universidades del Grupo de Montevideo (AUGM), acta de la VI Reunión del Comité Académico de Desarrollo Tecnológico, Universidad Nacional de La Plata (UNLP), mimeografiado, 15-16 de noviembre de 2001.
una urdimbre normativa y un cierto caos jurídico que parece requerir establecer
normativas nacionales.
En el caso del derecho de autor, mientras que algunas le otorgan la titularidad al autor,
otras lo excluyen de la normativa sobre los resultados de la creación. En otras se otorga
el mismo tratamiento a toda la propiedad intelectual. Igualmente las diferencias se
manifiestan cuando existen creaciones con la presencia de terceros. Mientras que
algunas normas retienen la titularidad, otras sólo conceden la explotación, algunas
establecen titularidades compartidas y unas últimas dejan a los contratos específicos la
cuestión de la titularidad de las creaciones. También en relación a la distribución de los
beneficios las normas tienen una alta variabilidad.xvi Tales políticas de las
Universidades, más allá de ser en pocas de ellas y fundamentalmente en las públicas en
el marco de su autonomía, son diferentes entre sí y respecto a las propias normas a nivel
de los países, tornándose en un escenario altamente complejo. Tales diferenciaciones
parecen que responden a las propias variables de las instituciones, de hecho están
abonando en el nacimiento de una lógica competitiva entre las universidades con
mejores condiciones para atraer capitales humanos y económicos hacia la investigación
básica y aplicada
El cambio en los marcos normativos tiene por finalidad permitir a estas acceder a los
recursos externos resultados de la creación de saberes, así como también a establecer
mecanismos específicos de incentivos a sus investigadores en función de sus propias
creaciones intelectuales. En Brasil se han expandido las Fundaciones de las
universidades Federales como instrumento de facturación para que los fondos se
mantengan en la Universidad y se pueda remunerar diferenciadamente al interior de los
proyecto. Los casos son muy amplios y variados: en Panamá se ha modificado la norma
que establecía que las universidades debían volcar al erario público sus ingresos. Por su
parte en la Universidad de los Andes en Venezuela también se aprobaron normas
específicas dado que “la ausencia de políticas de protección y gestión de los derechos de
Propiedad Intelectual (PI), resultantes de la actividad creadora y de investigación de
profesores, investigadores y estudiantes, han provocado entre otros problemas, la
negociación en desventaja de los resultados de I & D y la gestión de manera individual e
xvi Lima, Maria Clara, Escudero, Marcela, “Encuesta de relevamiento de normativas de propiedad intelectual en el ámbito de las Universidades Nacionales, Red de Vinculación Tecnológicas de las Universidades Nacionales, Universidad Nacional de La Plata, mimeo, La Plata, 2003
inconsulta de los derechos intelectuales” xvii Esta tendencia al desarrollo general de
reglamentos propios de la carrera de investigador y incentivos específicos de
remuneración para la creación, sólo tienen efectividad en una pocas instituciones, en
tanto no es esta la única condición, ya que al interior de las universidades se deben
transformar los sistemas de poder burocrático y las configuraciones internas
universitarias para privilegiar la investigación, los postgrados y la articulación con la
estructura productiva y los mercados.
En el nuevo marco global de la propiedad intelectual definido por el Acuerdo de TRIPS,
las Universidades están teniendo un escenario restrictivo en su capacidad investigativa.
Si bien es posible investigar sobre las patentes y sobre esas crear nuevas invenciones y
por ende nuevas patentes, en tanto lógica de investigación de ingeniería inversa y de
generación de innovaciones incrementales, ese proceso sin embargo puede tener
implicancias y riesgos jurídicos que encaren y desalientan las investigaciones. El nuevo
escenario impone la existencia de oficinas de patentes, no sólo para patentar y
mercantilizar las invenciones o innovaciones creadas, sino también para supervisar la
legalidad y los riesgos de los procesos investigativos al interior de las instituciones. En
tanto existe la utilización comercial con protección, desde el comienzo de la actividad
investigativa se crea la necesidad de resguardar el secreto investigativo así como la
definición de los temas de la propiedad intelectual y los mecanismos y modalidades
para la distribución de los beneficios, lo cual reafirma la creciente dinámica
universitaria asociada a la propietarización de los conocimientos. xviii
La innovación tecnológica se ha acelerado en las últimas dos décadas en el mundo, al
tiempo que la educación superior en América Latina y el Caribe ha tenido una gran
transformación estructural dada por la multiplicación y diferenciación de las
instituciones, la creciente participación del sector privado, la ampliación y
diversificación del cuerpo docente, el aumento del número y variedad de los graduados
y la expansión de la educación permanente. Sin embargo la sobresaturación de las
instituciones terciarias del sector público y la caída asociada de sus niveles de calidad
académica, ha limitado negativamente los recursos y la propia labor de la investigación
xvii Mendez Andrade Raizabel y De Jesús González, “La protección de los derechos de propiedad intelectual en la Universidad de los Andes: pautas para establecer un modelo de gestión, protección y observancia”, en Fermentum Revista Venezolana de Sociología y Antropología. Ambiente y Sociedad; Juventud; Propiedad Intelectual y Educación Superior Año 15 - Nº 43 mayo - agosto 2005xviii Kors, Jorge, “Los secretos industriales y el Know How”, La Ley, Buenos Aires, 2007
en la mayor parte de las instituciones. En la región sólo las universidades públicas y
fundamentalmente las macro universidades de manera sistemática tienen como objetivo
promover la investigación, y más de la mitad de I+D del continente se concentra en
ellas. Tales dinámicas se han profundizado en los últimos años asociadas también a
niveles de selectividad de los ingresos, a la mayor orientación hacia los postgrados y a
los propios DPI, así como al incremento de los mecanismos de relación con las
empresas a través de centros de vinculación.
e. El papel del Estado en la promoción de la investigación
La responsabilidad del desarrollo tecnológico no descansa exclusivamente en las
universidades, más allá de que ellas deben incorporar profundas reformas que les
permitan potenciarse como generadoras de tecnologías, sino en la existencia de sistemas
nacionales de ciencia y tecnología en el cual se inserten las universidades, la
investigación y los postgrados. Ello sólo será posible si se produce una integración de
objetivos entre los organismos de ciencia y tecnología de los gobiernos, las empresas y
las universidades con todos sus diversos actores, en tanto la investigación es resultado
de esa alianza entre el mercado, conocimiento y Estado que fija una articulación que
incentiva un nuevo modelo de dinámica económica asociada a la sociedad del
conocimiento.xix
Hoy, mayormente, la investigación en la región está asociada a las universidades
públicas, y crecientemente a fondos concursables por parte de los organismos
nacionales de ciencia y tecnología, a los cuales las universidades y los centros de
investigación, tanto públicos como lentamente también privados, acceden en
competencia en igualdad de oportunidades y en función de calidad. Es parte de un
proceso en curso en el cual aunque la investigación se mantiene en las universidades y
sus líneas de trabajo, sus determinaciones, la evaluación y los fondos se localizan en el
exterior de las universidades, a través del incremento del papel regulador del Estado en
la dinámica de la investigación, a través de múltiples políticas y el desarrollo de fondos
concursables públicos para el financiamiento a la investigación. Tal proceso además se
correlaciona con la desautonomización de las universidades en tanto se incrementan las
xix Pérez Lindo, Augusto, “Universidad, conocimiento y reconstrucción nacional”, Editorial Biblio, Buenos Aires, 2003
variables decisorias y las propias regulaciones externas sobre la dinámica de las
instituciones universitarias. La contribución estatal a la investigación y desarrollo,
creciente en todos los países de la región, sigue sin embargo siendo reducida por la baja
demanda y aporte a la investigación y desarrollo por parte de un sector privado que
tiende a importar las tecnologías. Ello más allá de que también se constata en los
contextos globales competitivos una tendencia al incremento del presupuesto de las
empresas privadas locales, destinado al desarrollo de departamento de investigación y
desarrollo, tanto a través propia, en el marco de acuerdos con universidades o a través
de empresas de consultoría e investigación privadas.
El crecimiento de las universidades privadas ha sido significativo en la región con la
masificación, pero estas instituciones no están en capacidad de investigar por su
estructura de financiamiento a partir de la matrícula, la debilidad de sus equipos
académicos de tiempo parcial de orientación profesionalizante y por la muy baja
incidencia de los fondos concursables públicos o privados para financiar la
investigación. Son instituciones de docencia donde la oferta de cursos es resultado de
nichos de demandas y no de la existencia de procesos internos de creación de
conocimientos especializados e innovativos que finalmente se expresan ofertas de
postgrado. Además, en el sector privado, los docentes son mayoritariamente de tiempo
parcial, y más asociados al ejercicio profesional que a la investigación. Apenas unas
muy pocas universidades privadas en toda la región, generalmente algunas muy pocas
de elite o de inspiración religiosa, tienen programas continuos de investigación, en
general con apoyos externos públicos. Sin la existencia de políticas específicas de
promoción de la investigación no será posible que estas instituciones desarrollen
procesos de investigación significativos y continuarán reforzando sus especialización en
la docencia.
El rol final del Estado en este sentido en el marco de la sociedad del conocimiento, es
promover el ejercicio del derecho a la investigación, en tanto derecho preferente de las
sociedades. Este derecho no sólo está asociado al derecho del inventor y del innovador a
patentar, sino el derecho de la sociedad a la investigación que requiere el más amplio y
abierto acceso a la información para producir nuevas saberes. La creación científica se
da sobre conocimientos previos, en base al intercambio y el debate. La ciencia avanza
por experimentación y cotejamiento, por intercambio y difusión. No sólo no existe la
novedad absoluta sino que tampoco el secreto permite producir nuevos saberes. Si bien
han diversos marcos que han pretendido resguardar los accesos a la comunidad
científica en los diversos marcos normativos de la protección del derecho intelectual, sin
embargo, es claro que la comunidad académica latinoamericana tiene superiores
restricciones a las existentes en otras regiones que tornan aún más difícil la generación
de nuevos conocimientos patentables.xx
El Estado no sólo debe incentivar la investigación libre y proteger el DPI sino que al
tiempo debe facilitar el amplio acceso a la información, en un contexto donde su propia
soberanía se está restringiendo severamente en esta materia como derivación de la
globalización y de los Tratados firmados para lograr aumentar los mercados para los
tradicionales rubros de exportación de la región, lo cual afecta las propias posibilidades
de insertarse en la nueva división internacional del trabajo a partir de producciones con
significativos niveles de valor agregado.
xx Entre esas excepciones se puede considerar la que establece que el conocimiento difundido hasta un año antes no afecta el principio de la novedad absoluta para poder patentar que existe en Estados Unidos. Tal norma sin embargo no tiene existencia en Europa.