Las 8 partes de un pagaré

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Las 8 partes de un pagaré El pagaré es un documento comercial que permite el pago y cobro de las ventas a plazo que realizan las empresas y los autónomos y sirve para aumentar la seguridad en las transacciones. Un pagaré supone una promesa de pago irrevocable por parte del emisor y es un clásico de la economía española. Sin embargo, el pagaré sigue siendo para muchos un auténtico desconocido, pese a que una mala configuración o redacción de

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Las 8 partes de un pagaré

El pagaré es un documento comercial que permite el pago y cobro de las ventas a plazo que realizan las empresas y los autónomos y sirve para aumentar la seguridad en las transacciones. Un pagaré supone una promesa de pago irrevocable por parte del emisor y es un clásico de la economía española.

Sin embargo, el pagaré sigue siendo para muchos un auténtico desconocido, pese a que una mala configuración o redacción de este papel comercial puede crear graves problemas al receptor a la hora de asegurarse el cobro.

Es importante respetar las partes imprescindibles de todo efecto comercial y cumplimentar correctamente todo el documento. Por ello, a continuación te detallamos cuáles son las principales partes en que se descompone un pagaré:

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1. Denominación de Pagaré. Debe aparecer expresamente para dar carácter ejecutivo al documento.

2. Fecha de vencimiento. Es el día a partir del cual puede procederse al cobro del pagaré.

3. Razón Social a la que se debe realizar el pago. Es la persona física o jurídica que inicialmente deberá cobrar el pagaré.

4. Importe. La cifra económica del efecto comercial se explicitará en dos lugares del documento, una vez escrito en letras y otro en números, de las cuales prevalece la letra.

5. Lugar y fecha de emisión. Es necesario consignar el momento en que se ha emitido el pagaré, así como el lugar. Sólo es necesario consignar el municipio, ya que no es obligatorio recoger una dirección completa.

6. CCC y Código IBAN de la cuenta del emisor. Es el número de cuenta en que se cargará la operación, por lo que deberá estar bien consignado para que el pago se realice sin problemas.

7. Firma y antefirma del emisor del pagaré. Dará validez a la orden de pago.

8. Identificador de la barra de truncabilidad. Este número permite tratar informáticamente el pagaré, previa inmovilización del original, para ser gestionado dentro de los sistemas de compensación bancaria. Esto facilita la correcta ejecución de la operación comercial por vía telemática sin necesidad de transportar físicamente el pagaré.