LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA (II Bimestre Abril Agosto 2011)
-
Upload
videoconferencias-utpl -
Category
Education
-
view
191 -
download
0
description
Transcript of LEGISLACIÓN MERCANTIL Y SOCIETARIA (II Bimestre Abril Agosto 2011)
LEGISLACION MERCANTIL Y SOCIETARIA.
ESCUELA:
NOMBRES:
Escuela de Contabilidad y Auditoría.
Dr. Iván Patricio Montalván B.
BIMESTRE: Segundo bimestre.
Abril Agosto 2011
Aspectos generales de las compañías
DEFINICION.- Art. 1 L.C“Contrato mediante el cual dos o más personas unen sus capitales o industrias para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades”.
CLASES: Según Art. 2 Ley de Compañías: Compañía en nombre colectivo, Compañía en comandita simple y dividida por acciones, de responsabilidad limitada, anónima y la compañía de economía mixta.
Estas 5 especies de compañías constituyen PERSONAS JURÍDICAS.
Existen principios y normas que rigen a cada clase de compañía, porque es su sistema de convocatoria, quórum, mayoría para resoluciones, votaciones, derechos y obligaciones de los socios o accionistas, tienen diferencias entre las capitalistas y personalistas.
CONSTITUCIÓN Y CONTROL:
SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS: Compañías comandita dividida por acciones, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta.
JUEZ DE LO CIVIL: Compañía en nombre colectivo y Compañía en comandita simple.
En el Ecuador, el órgano que por mandato Constitucional y legal está encargado del control y vigilancia de la Compañías, es la Superintendencia de Compañías.
La Compañía en Nombre Colectivo
• Definición.- Esta compañía se contrata entre dos o más personas naturales que hacen del comercio bajo una razón social, añadiendo las palabras « y compañía».
• Forma de constitución: - Se celebrará por escritura pública. - Se demanda constitución ante un Juez de lo
Civil. - Se inscribirá en el Registro Mercantil.
En esta compañía rige el principio de conocimiento y confianza entre los socios. No admite suscripción pública de capital.
Compañía en comandita simple
•Definición: Existe bajo una razón social y se contrae entre uno o varios socios solidaria e ilimitadamente responsables.•Solamente las personas naturales podrán ser socios comanditados.
Si fallece un socio comanditario no se produce la liquidación de la compañía y la designación de administradores se hará por mayoría de votos.
La Compañía de Responsabilidad Limitada
Definición: Es la que se contrae entre dos o más personas que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales. A su razón social se añadirá «Compañía Limitada» o su correspondiente abreviatura.
CARACTERÍSTICAS:
• El mínimo de socios para constituirse es de 2 y un máximo de 15.
• Por las obligaciones sociales los socios responden hasta por el monto individual de sus aportes, (responsabilidad limitada).
• El mínimo de capital social para constituirla actualmente es de USD 400,00.
• El capital estará dividido en PARTICIPACIONES de un dólar, o múltiplos de dólar.
• El capital estará íntegramente suscrito y pagado por lo menos en el cincuenta por ciento de cada participación.
• El capital no podrá estar representado por títulos negociables, a cada socio se entrega un certificado de aportación, no negociable.
• La transferencia de participaciones requiere el consentimiento unánime del capital social y que la cesión se haga por escritura pública;
• Las participaciones no son susceptibles de embargo;
• La escritura pública de formación será aprobada por la Superintendencia de Compañías e inscrita en el Registro Mercantil;
• Están sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías. La vigilancia y control puede ser total o parcial.
Compañía Anónima
Definición.- Es una sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones.
CARACTERISTICAS:
• Requiere un mínimo de 2 accionistas y el máximo es ilimitado.
• Por las obligaciones sociales los accionistas responden únicamente por el monto de sus acciones.
• El capital está dividido en ACCIONES, las que están representadas por títulos absoluta y libremente negociables. El valor de las acciones es de un dólar o múltiplos de dólar.
• La compañía tendrá un capital suscrito mínimo de USD $ 800 dólares y pagado en su cuarta parte, por lo menos.
• Están sujetas al control total o parcial de la Superintendencia de Compañías.
• Se distinguen mercantilmente por las iniciales C.A., por no tener la designación del nombre de ninguno de los socios, Vg. "Finca del Ecuador C.A" Compañía Anónima (C.A.) o Sociedad Anónima (S.A.) indistintamente empleado.
• La escritura pública de formación será aprobada por la Superintendencia de Compañías e inscrita en el Registro Mercantil;
Compañía en Comandita por Acciones
- El capital de esta compañía se dividirá en acciones nominativas de un valor nominal igual, existirá bajo una razón social que se formará con los nombres de uno o más socios seguido de las palabras «compañía en comandita» o su abreviatura.- La exclusión o separación no es causa de disolución.
Compañía de Economía Mixta
-El Estado, las municipalidades, los consejos provinciales y las entidades del sector público, podrán participar conjuntamente con el capital privado, en el capital y en la gestión social de está compañía.
- Exonerada de toda clase de impuestos y derechos fiscales, municipales o especiales.
Compañías Extranjeras
- Comprobar que está legalmente constituida,- Comprobar que puede acordar la creación
de sucursales y tienen la facultad para negociar en el exterior,
- Tener en el Ecuador un representante,- Constituir en el Ecuador un capital destinado
a la actividad que vaya a desarrollar.
La Asociación o Cuentas en Participación
• Es aquella en la que un comerciante da a una o más personas, participación en las utilidades o pérdidas de una o más operaciones o de todo su comercio.
• La administración de la misma le corresponde al socio gestor.
Compañía Holding o Tenedora de Acciones.
Es la que tiene por objeto la compra de acciones o participaciones de otras compañías con la finalidad de vincularlas y conformar un grupo empresarial.
De la disolución, liquidación, reactivación y cancelación de las compañías.
LEGISLACIÓN MERCANTIL, Y LEGISLACIÓN MERCANTIL, Y SOCIETARIASOCIETARIA
G R A C I A SDr. Iván Patricio Montalván B.
(07) 2 570 275 ext. 2585 y 2245 Tutorías: Lunes y Martes de 18H00 -
20H00
PROGRAMA: Tutoría (Legislación Mercantil y Societaria) Carrera: Contabilidad Y Auditoría
Fecha:Docente: Dr. Iván Patricio Montalván B.Hora Inicio : 19H45 Hora Final: 20H45
GUIÓN DE PRESENTACIÓN 23 de Junio de 2011.
Puntos de la Presentación
Intervienen Duración Aprox. en minutos
Material de Apoyo
- Presentación- Objetivos
Dr. Iván Patricio Montalván B
• 2 minutos• 3 minutos
Sin material.Sin material.
-Desarrollo de contenidos II Bimestre: Capítulo IX al Capítulo XVII
Dr. Iván Patricio Montalván B
• 35 minutos Diapositivas (cambios cada 5 seg.), anexo
- Preguntas
- Despedida (Contactos, Sugerencias)
Dr. Iván Patricio Montalván B
•15 minutos (Si no existen, proponer y dar solución)• 5 minutos
Correo: [email protected]. Teléf: 2570275, ext: 2245-2585. Horario de tutorías: Lunes y Martes de 18H00-20H00.