Ley de Fusiones

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Christian Ninahuanca A. El experto Santiago Roca señala que mientras otros países del mundo fortalecen sus sistemas de control para evitar las prácticas monopólicas, en el Perú no existe un marco legal que regule las fusiones y adquisiciones empresariales que puedan perjudicar la libre competencia, a los consumidores y al mercado. ¿Cómo se controlan o regulan las prácticas monopólicas que se puedan estar generando en el mercado? Mira, en la mayoría de países del mundo, la legislación que fomenta la competencia consta de tres grandes capítulos o rubros. El primero es la prohibición de acuerdos, o sea, se prohíbe que las empresas formen un cartel o se dividan el mercado, con lo cual restringen la competencia. Luego hay otro capítulo sobre el abuso de una empresa cuando tiene posición de dominio, que es sancionada y llevada a los tribunales por conductas inapropiadas. Y el tercer capítulo que trata sobre el control de fusiones y adquisiciones, para evitar concentraciones empresariales, que se da en Estados Unidos, Europa, China y la mayoría de países del mundo con el fin de regular sobre una posible fusión que pueda monopolizar el mercado y constituirse en una empresa ineficiente y anticompetitiva; por eso se obliga a las empresas que se fusionan, y que sobrepasan cierta dimensión, a someterse a la opinión de la autoridad de competencia (Indecopi en el caso peruano). ¿En el Perú hay legislación sobre los tres aspectos que menciona? El Perú tiene el marco legal para las dos primeras, pero no tiene una regulación que controle las fusiones y adquisiciones anticompetitivas, o sea, no hay ninguna regulación que diga, que si dos empresas se fusionan y adquieren un dominio del mercado muy amplio, estas empresas, antes de fusionarse, deben someterse a la autoridad de

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Christian Ninahuanca A. El experto Santiago Roca seala que mientras otros pases del mundo fortalecen sus sistemas de control para evitar las prcticas monoplicas, en el Per no existe un marco legal que regule las fusiones y adquisiciones empresariales que puedan perjudicar la libre competencia, a los consumidores y al mercado.Cmo se controlan o regulan las prcticas monoplicas que se puedan estar generando en el mercado?Mira, en la mayora de pases del mundo, la legislacin que fomenta la competencia consta de tres grandes captulos o rubros. El primero es la prohibicin de acuerdos, o sea, se prohbe que las empresas formen un cartel o se dividan el mercado, con lo cual restringen la competencia. Luego hay otro captulo sobre el abuso de una empresa cuando tiene posicin de dominio, que es sancionada y llevada a los tribunales por conductas inapropiadas. Y el tercer captulo que trata sobre el control de fusiones y adquisiciones, para evitar concentraciones empresariales, que se da en Estados Unidos, Europa, China y la mayora de pases del mundo con el fin de regular sobre una posible fusin que pueda monopolizar el mercado y constituirse en una empresa ineficiente y anticompetitiva; por eso se obliga a las empresas que se fusionan, y que sobrepasan cierta dimensin, a someterse a la opinin de la autoridad de competencia (Indecopi en el caso peruano).En el Per hay legislacin sobre los tres aspectos que menciona?El Per tiene el marco legal para las dos primeras, pero no tiene una regulacin que controle las fusiones y adquisiciones anticompetitivas, o sea, no hay ninguna regulacin que diga, que si dos empresas se fusionan y adquieren un dominio del mercado muy amplio, estas empresas, antes de fusionarse, deben someterse a la autoridad de competencia para que emita una opinin sobre la operacin. Esa legislacin no existe en el Per.Pero deben haber propuestas para cubrir ese vaco legal?Hay distintos proyectos que se han presentado en el Congreso desde hace ms de 15 aos (como el proyecto de Ley de promocin de la libre competencia y la eficiencia en los mercados para la proteccin de los consumidores, del parlamentario Jaime Delgado), pero nunca ha sido posible aprobar una legislacin en ese sentido, porque hay oposicin de los grupos empresariales a obtener la opinin de la autoridad de competencia como el Indecopi. Aunque hay una excepcin en el sector elctrico.Por qu se da la excepcin?El sector elctrico es el nico sector de la actividad econmica en el Per que est obligado a este sistema de control de fusiones y adquisiciones. Si una empresa elctrica se quiere fusionar con otra empresa y sobrepasa cierta dimensin, se debe solicitar la opinin del Indecopi. Esto ya ha sucedido, varias empresas han presentado su solicitud de fusin y pedido de opinin al Indecopi, y se los ha aprobado. Generalmente la experiencia en el mundo es que la autoridad aprueba la fusin sujeta a ciertas condiciones que buscan evitar las prcticas anticompetitivas, para que la empresa no vaya a abusar de su posicin de dominio.Pareciera que el Indecopi estuviera debilitada o "atada de manos" ante la carencia de legislacin en este tema?Ante esta situacin el Indecopi no puede hacer nada. En el Per suceden cosas que no ocurren en otra parte; por ejemplo, se fusionaron Sodimac con Maestro, dos gigantes con cuyo poder de mercado debilitan la competencia, porque antes de la fusin competan favoreciendo al mercado y a los consumidores. Ahora, no hay una autoridad que pueda poner condiciones para que estas empresas fusionadas no hagan prcticas anticompetitivas. Otro caso posible sera la fusin de MiBanco con el Banco de Crdito, y ya se ven algunas repercusiones, porque cuando MiBanco era una entidad no fusionada las tasas de inters pasivas (ahorros) eran mayores y las tasas activas (prstamos) eran menores.Cul es la situacin en otros pases de la regin?En Chile, por ejemplo, cuando Telefnica se fusion con BellSouth, la autoridad de competencia estudi el caso para ver si la fusin comprometa el mercado de telefiona en ese pas, vieron los riesgos y aprobaron la fusin, con condiciones. Lo mismo pas en Argentina cuando se fusionaron ambas compaas, la autoridad de competencia opin sobre el tema.Y en Europa o Asia?Ah se dio el caso de la fusin de los gigantes Glencore y Xstrata en el sector minero, que operan en todo el mundo, por lo cual la autoridad de competencia europea analiz la fusin y encontr que poda afectar el mercado europeo, por lo que le puso condiciones para que funcione, adems la autoridad china de competencia tambin observ esta fusin, porque el gigante asitico demanda mucho cobre y poda verse afectado por el poder de mercado de esa fusin y tener que pagar precios sumamente altos por ese mineral, entonces los chinos dijeron, vamos a aprobar esa fusin siempre y cuando nos venda la mina Las Bambas (ubicada en Apurmac), porque queran tener algn activo que les permita defenderse frente a una posible concentracin de poder y control de precios por parte de la fusin de Glencore y Xstrata.Pero no todas las fusiones podran tener efectos negativos?Mire, todas las fusiones que le he mencionado han sido aprobadas, pero con ciertas condiciones, incluso, muchas veces se aprueban sin ninguna condicin, porque pueden favorecer al mercado. En muy pocos casos en el mundo se prohben, porque puede generar ineficiencia y afectar al consumidor, por eso est la autoridad de competencia para emitir opinin de forma preventiva, como en Estados Unidos y Europa que se analizan decenas de casos de fusiones.Sin embargo, actualmente s se sancionan algunas prcticas anticompetitivas...S, pero justamente por eso algunos dicen que esta legislacin de las fusiones no es necesaria, porque si una empresa ya fusionada se comporta monoplicamente y hace abuso de su poder de mercado puede ser sancionada despus. Pero el dao ya est hecho, ya los consumidores reciben menos tasas de inters por sus ahorros o pagan ms tasas de inters por sus prstamos, o tienen que pagar precios ms altos. Entonces no es un mecanismo eficiente, mientras que el control de fusiones de alguna manera s previene para que las empresas no hagan prcticas anticompetitivas.