Ley De Servicios De La Sociedad De La INFORMACION Y Del Comercio ELECTRÓNICO

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Ley De Servicios De La Sociedad De La INFORMACION Y Del Comercio ELECTRÓNICO. INDICE. 1. Introducción. 2. Ámbito de aplicación. 3. Derechos y obligaciones. 4. Comunicaciones comerciales vía electrónica. 5. Contratación por vía electrónica. 6. Solución de conflictos. - PowerPoint PPT Presentation

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  • Ley De Servicios De La Sociedad De La INFORMACION Y Del Comercio ELECTRNICO

  • INDICE1. Introduccin.2. mbito de aplicacin.3. Derechos y obligaciones.4. Comunicaciones comerciales va electrnica.5. Contratacin por va electrnica.6. Solucin de conflictos. 7. Infracciones y sanciones.8. Pros y Contras: conclusiones.

  • 1. Introduccin Incorporacin al O.J.E la Directiva 2000/31/CE. El objetivo de la LSSI es crear un marco jurdico adecuado que genere la confianza del usuario.La UE considera esta norma necesaria para que los Estados miembros legislacin armonizada en la sociedad de la informacin. Sociedad de informacin: Transmisin e intercambio de informacin redes de comunicacin.

  • 2. mbito de aplicacinAplicacin:

    A los prestadores de servicios de la sociedad de la informacin en la UE.Prestadores no comunitarios cuyo destinatario de los servicios este en Espaa.

  • 2.1. Concepto de servicios de la sociedad de la informacinConcepto que engloba:Contratacin de bienes y servicios por va electrnica.Alojamiento y suministro de informacin por va electrnica.Intermediacin relativas a la provisin de acceso a la Red.La transmisin de datos.Copia temporal de las pginas de Internet solicitadas por los usuarios.Aplicaciones o servicios en los servidores de informacin.Instrumentos de bsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet.

  • 2.2 Proveedores de los servicios de la sociedad de la informacin

  • 3.Derechos y obligacionesAfn: Proteger los intereses de los destinatarios.Obligaciones de los prestadores con los usuarios:Mostrar sus datos de identificacin (nombre, NIF,correo electrnico etc.).Informar sobre los precios de los servicios.Visualizar, imprimir y archivar las condiciones generales a que se someta su contrato.

  • Otras obligaciones:Comunicar a los Registros Pblicos el nombre de dominio de Internet.Persecucin de los delitos cometidos a travs de Internet.Responsabilidades:Exencin de responsabilidad respecto de loscontenidos ajenosdesconocimiento contenidos ilcitos.

  • 4. Comunicaciones comerciales va electrnica

  • Fin: erradicar envo indiscriminado de mensajespublicitarios.

    Prohibicin: Envo de comunicaciones publicitarias no autorizadas por el usuario.

    Si son autorizadasPublicidad.

    Derechos de los destinatarios: Revocar en el consentimiento prestado a la recepcin de comunicaciones comerciales.

  • 5. Contratacin por va electrnicaC.CContratos por va electrnicaC.Co

    Contratos en papel=Contratos va electrnica

  • La ley fija el momento y el lugar de la celebracin del contrato.Consumidorsu residencia.- Lugarempresariosprestador de servicios.- Momentoaceptacin del destinatariode la oferta.

  • 6. Solucin de conflictos.

  • Se potencia igualmente un sistema de solucin de conflictos tanto judicial como extrajudicial.Se regulan las denominadas acciones de cesacin.Los rganos jurisdiccionales podrn adoptar medidas cautelares para proteger los derechos o intereses afectados, de acuerdo con las Leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal y las dems normas procesales.En funcin del dao producido y de la capacidad econmica,la sentencia de una accin de cesacin podr podr imponer una multa entre seiscientos y sesenta mil euros, por da de retraso en la ejecucin de la resolucin judicial en el plazo sealado en la sentencia.La administracin promueve unos cdigos de conducta sobre las materias reguladas en la ley.En la elaboracin de dichos cdigos participarn asociaciones de consumidores y asociaciones de discapacitados, cuando afecten a sus respectivos intereses.Se potencia igualmente los mecanismos de arbitraje previstos en la legislacin de arbitraje y de defensa de los consumidores, y los procedimientos de resolucin de conflictos por medio de cdigos de conducta.

  • 7. Infracciones y sanciones.

  • Los prestadores de servicios de la sociedad estn sujetos al rgimen sancionador.Las infracciones que contempla la Ley son:Muy graves: Las relativas al incumplimiento de alguna orden dictada por una autoridad administrativa.Graves: Las relativas al incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley respecto a los usuarios.Leves: Las relativas a la no comunicacin de informacin relacionada con los prestadores de servicios a la administracin, as como los incumplimientos de sus obligaciones cuando no representen faltas graves.Sanciones:Infraccin muy grave De 300.001 a 600.000 euros.Infraccin grave De 90.001 a 300.000 euros.Infraccin leve De 3.000 a 90.000 euros.La imposicin de sanciones corresponder:Infracciones muy graves Ministro de ciencia y tecnologia.Infracciones graves y leves Secretario de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la informacin.

  • 8. Conclusiones.Es la primera Ley que se expone en Internet a los ciudadanos antes de ser aprobada.Es importante la regulacin comunitaria para que haya una Ley armonizada, con el fin de evitar posibles conflictos.En relacin al comercio electrnico:La regulacin puede acabar frenando el incipiente comercio electrnico, ya que obligaria a los prestadores de servicios a conocer las leyes sobre comercio electrnico, proteccin de datos... etc.que rigen en cada uno de los paises con los que contratan.Podra implicar un retroceso en el desarrollo de Internet en Espaa, condenando al cierre a numerosas iniciativas sin suficientes recursos financieros para atender con garanta los requerimientos que impone la Ley.La proteccin que se pretende crear entorno al consumidor, acabar fomentando la contratacin electrnica, dandonos la confianza necesaria para utilizar este medio.