Ley de tierras (2)

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TIERRAS Y TERRITORIOS Propuesta del Asambleísta Fernando Cáceres Cortez

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TIERRAS Y

TERRITORIOS

Propuesta del Asambleísta Fernando Cáceres Cortez

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ANTECEDENTES

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ANTECEDENTESDe conformidad con lo que dispone el Art. 134, numeral 1 de la Constitución de la República en concordancia con el Art. 54, numeral 1 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presenté mediante Oficio No. 063-FC-AC-12 de 19 de marzo de 2012 ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica de Tierras y Territorios, el mismo que tiene el respaldo de doce señores Asambleístas.

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ANTECEDENTESEste proyecto de ley ha sido elaborado y analizado conjuntamente con la Cámara de Agricultura de la Primera Zona, en colaboración con productores de las diversas provincias de la jurisdicción y acogido por la Federación Nacional de Cámaras de Agricultura, así como por pequeñas, medianas y grandes asociaciones de productores que se dieron cita en la Asamblea Nacional Agropecuaria, realizada el pasado 8 de diciembre del 2011

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ANTECEDENTES

El Objetivo Central del proyecto es sostener e incrementar la producción agrícola para mejorar la calidad de vida de la población urbana y rural del país.

Así mismo se establecen los mecanismos adecuados de redistribución de las tierras incultas, de propiedad del Estado.

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MARCO CONSTITUCIONALArt. 282.- “El Estado normará el uso y acceso a la tierra que deberá cumplir la función social y ambiental. Un fondo nacional de tierra, establecido por ley, regulará el acceso equitativo de campesinos y campesinas a la tierra.

Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra, así como el acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes.

El Estado regulará el uso y manejo del agua de riego para la producción de alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y sostenibilidad ambiental.”

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MARCO CONSTITUCIONALTransitoria Primera.- El órgano legislativo, en el plazo máximo de ciento veinte días contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución aprobará la ley que desarrolle el régimen de soberanía alimentaria, la ley electoral, la ley reguladora de la Función Judicial, del Consejo de la Judicatura y la que regula el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

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LEY ORGÁNICA DEL RÉGIMEN DE SOBERANÍA ALIMENTARIA (LORSA)Art. 3.- Deberes del Estado.- Para el ejercicio de la soberanía alimentaria, además de las responsabilidades establecidas en el Art. 281 de la Constitución el Estado deberá:b) Establecer incentivos a la utilización productiva de la tierra, desincentivos para la falta de aprovechamiento o acaparamiento de tierras productivas y otros mecanismos de redistribución de la tierra;

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LORSAArt. 6.- Acceso a la tierra.- El uso y acceso a la tierra deberá cumplir con la función social y ambiental.La función social de la tierra implica la generación de empleo, la redistribución equitativa de ingresos, la utilización productiva y sustentable de la tierra.La función ambiental de la tierra implica que ésta debe procurar la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas; que permita la conservación y manejo integral de cuencas hidrográficas, áreas forestales, bosques, ecosistemas frágiles como humedales, páramos y manglares, que respete los derechos de la naturaleza y del buen vivir; y que contribuya al mantenimiento del entorno y del paisaje.

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LORSALa ley que regule el régimen de propiedad de la tierra permitirá el acceso equitativo a ésta, privilegiando a los pequeños productores y a las mujeres productoras jefas de familia; constituirá el fondo nacional de tierra; definirá el latifundio, su extensión, el acaparamiento y concentración de tierras, establecerá los procedimientos para su eliminación y determinará los mecanismos para el cumplimiento de su función social y ambiental. Así mismo, establecerá los mecanismos para fomentar la asociatividad e integración de las pequeñas propiedades. Además, limitará la expansión de áreas urbanas en tierras de uso o vocación agropecuaria o forestal, así como el avance de la frontera agrícola en ecosistemas frágiles o en zonas de patrimonio natural, cultural y arqueológico, de conformidad con lo que establece el Art. 409 de la Constitución de la República.

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Estructura del Proyecto de Ley NÚMERO DE ARTÍCULOS: 63 Disposiciones Generales: 3 Disposiciones Transitorias: 3 Disposiciones Derogatorias: 1

ÍNDICE RESUMIDOPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE TIERRAS Y

TERRITORIOS Título I

Capítulo I Principios Generales

Titulo IIDel Cumplimiento de los Objetivos

Capítulo II Políticas Estatales en Materia de Tierras

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Titulo II (continuación)Del Cumplimiento de los ObjetivosCapítulo II De la Administración de la Política de Tierras

Capitulo III Régimen de Regularización y Control de la Tenencia y Uso de la Tierra

Capitulo IV Procedimientos en Materia Agraria

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Titulo II (continuación)

Capitulo V Afectación

Del Cumplimiento de los ObjetivosCapitulo VI De los Territorios Ancestrales de Pueblos y Territorios

Capitulo VII Jurisdicción y Controversias

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LO QUE EL ECUADOR POSEE

País megadiverso, con ubicación geográfica privilegiada, permitiendo una producción agrícola diversificada.País con una cantidad de pisos climáticos fuera de lo común que viabiliza gran variedad de productos.

El sector Agropecuario históricamente ha subsidiado los alimentos baratos para las ciudades, manteniendo y consolidando la pobreza en las zonas rurales productoras. Esta es una deuda generacional del Estado frente a los productores del campo.

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LO QUE EL ECUADOR REQUIERELA PROMULGACIÓN DE LEYES NO PUNITIVAS, SINO QUE INCENTIVEN Y FOMENTEN LA AGROPRODUCCION Y GARANTICEN ASÍ ALIMENTOS SANOS, OPORTUNOS Y SUFICIENTES PARA LOS ECUATORIANOS.El Ecuador es un país pequeño, con alta densidad demográfica que requiere de un sector agropecuario fuerte como garantía de la soberanía alimentaria.Posee características productivas únicas y requiere sistemas de producción que aprovechen tales características.El país tiene extensiones enormes de tierra improductiva, que requiere de incentivos, inversión y capacitación para ponerla a producir.La función social natural de la tierra APTA es la de producir, tanto alimentos para los ecuatorianos, como bienes de exportación generadores de divisas para una economía dolarizada.Muchas tierras comunitarias se encuentran en una evidente necesidad que se las intervenga con impulso productivo.

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TEMAS COINCIDENTESTodos los proyectos de ley presentados proponen la reagrupación del minifundio, teniendo claridad que este no es una unidad productiva viable.De igual manera, se propone la elaboración del Catastro Nacional de Tierras, dejando claro que no existe uno en este momento.Se requiere una definición TECNICA, SOSTENIBLE y SUSTENTABLE, sobre lo que es latifundio.LA ADJUDICACIÓN DE TIERRAS DEL ESTADO DEBE SER A TRAVÉS DE CONCURSO DE PROYECTOS SUSTENTABLES.

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TEMAS QUE PREOCUPAN EN OTROS PROYECTOSSe habla de “democratizar el acceso a la tierra”, cuando se debe hablar del “derecho de acceso a la tierra”

Debe establecerse, que el término tierra, para efectos de esta ley, se refiere a aquellos espacios con APTITUDES Y CONDICIONES para la producción agropecuaria.

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TEMAS QUE PREOCUPAN

Limitación del tamaño de los predios agropecuarios: 500has para la Costa y la Amazonía, puede ser

absolutamente insuficiente (ejemplo: inundaciones, bananeras, etc.).

100 a 200has para la Sierra (accidentes geográficos) Distinción entre “latifundios” productivos e improductivos. Latifundios productivos pueden subsistir mediante

socialización de paquetes accionarios 40% esto ahuyentará la inversión.

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TEMAS QUE PREOCUPAN

Multa anual de 3 veces el avalúo catastral del predio para aquellos latifundios que permanezcan como tales luego de un año. Si persiste tal situación, viene la expropiación. Debe darse opción a la venta.Para la determinación del cumplimiento o no de las funciones social y ambiental, hay parámetros como: empleados por hectárea, pago PUNTUAL de impuestos, generación de valor agregado (el producto agropecuario nunca tiene valor agregado), incumplimiento de ley laboral, etc.. La carga de la prueba se invierte, es decir, el que cumple debe probar que lo ha hecho, lo que va en contra de todo principio procesal.

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TEMAS QUE PREOCUPAN

Multas por incumplimiento de funciones social y ambiental: de 1 a 3 SBU por hectárea. Si no se soluciona el cumplimiento luego de un plazo, viene la expropiación.Causales de expropiación tremendamente subjetivas: altos niveles de pobreza o alto nivel de emigración  o altas tasas de densidad demográfica en un cantón. Se debería demostrar relación entre el predio y esas situaciones.

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TEMAS QUE PREOCUPAN

Pagos por expropiación de acuerdo a avalúos catastrales. Debería establecerse la posibilidad de pago a precio real para no afectar injustamente patrimonios.IMPUESTO SOBRE LA TIERRA: Se establece un nuevo impuesto a la tierra, adicional a los existentes. El impuesto está destinado a desincentivar el acaparamiento y va progresivamente desde las 75has en adelante, de acuerdo a la siguiente tabla:

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TEMAS QUE PREOCUPAN

El excedente de 1 a 100 has tendrá que pagar una tasa por hectárea equivalente a 3% del salario básico unificado;El excedente de 101 a 250 has tendrá que pagar una tasa por hectárea equivalente a 5% del salario básico unificado;El excedente de 251 a 500 has tendrá que pagar una tasa por hectárea equivalente a 7% del salario básico unificado; y, El excedente de 501 has tendrá que pagar una tasa por hectárea equivalente a 10% del salario básico unificado.

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EN CONTRASTE, PROPONEMOSProteger la PRODUCCIÓN de alimentos para garantizar la soberanía alimentaria, y de bienes de EXPORTACIÓN, pues somos país dolarizado.

El término LATIFUNDIO debería ser calificado desde la perspectiva de la producción, no del tamaño de la tierra.  Si la tierra está en producción, no importa su tamaño, no debe ser intervenida. En el caso de ganadería es posible considerar el número de unidades bovinas (reses) antes que el área solamente.

No se debe dejar este tema tampoco a un reglamento por razones de seguridad jurídica.

El MINIFUNDIO debe ser revisado (incentivar sistemas asociativos a través de crédito, fomento, transferencia de tecnología, asistencia técnica, etc.)

Proteger a PEQUEÑOS  productores familiares y a MUJERES jefas de familia.

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EN CONTRASTE, PROPONEMOS

• Establecer claramente los casos de incumplimiento de la FUNCION social y ambiental de la tierra, no dejándolo a la subjetividad.

• CAUSALES de expropiación, deben ser claras, expresas y objetivas. 

• Definir de manera objetiva los casos de intervención de la tierra / expropiación.  Pagar valor real de la tierra para evitar afectación de PATRIMONIO. 

• NO MAS IMPUESTOS A LA TIERRA. El productor agropecuario requiere medidas de fomento, no de castigo a su actividad. 

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EN CONTRASTE, PROPONEMOSEstablecer una INSTITUCIONALIDAD clara que garantice la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra

Sistemas objetivos de calificación a los beneficiarios de adjudicaciones de tierras del Estado.

Un Sistema Nacional de Catastro, que comprendería las propiedades rurales y urbanas del país. Con la participación directa del SRI, DINAC, Sistema Nacional de Datos Públicos y Gobiernos Autónomos Descentralizados. La información catastral deberá ser georeferenciada y geográficamente codificada; demás contendrá los soportes documentales y cartográficos correspondientes, tanto en versión impresa, como digital. La información catastral será pública y será accesible a través de un portal virtual que será habilitado para el efecto.

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EN CONTRASTE, PROPONEMOS

Se debe preservar las tierras aledañas a puertos, aeropuertos e instalaciones estratégicas para su futuro crecimiento y expansión. Estas tierras deben estar libres de ocupación urbana y de cualquier otra índole.

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CONCLUSIÓN

En vista de que existen varios proyectos de Ley de Tierras y Territorios calificados por el CAL, reconozco la importancia del trabajo que estos han representado, y recomiendo la unificación en un Proyecto, que recoja todos los planteamientos positivos y que responda a las caras aspiraciones del pueblo ecuatoriano, en el marco de los principios de la revolución ciudadana.

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ES UN TEMA EXTREMADAMENTE SENSIBLE QUE BIEN

MERECE OCUPAR TODO EL TIEMPO QUE SEA

NECESARIO