Ley Universitaria
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1. Estoy a la mitad de mi carrera, ¿perderé mi bachillerato automático?No, los requisitos para la obtención de grados y títulos solo aplican para los
alumnos que hayan ingresado a la universidad después de promulgada la
nueva Ley Universitaria.
2. ¿Ahora tengo que saber un idioma extranjero para graduarme?Si acabas de ingresar a la universidad, para graduarte deberás conocer un
idioma extranjero, de preferencia inglés, o una lengua nativa. Para ello, la Ley
Universitaria también contempla que dentro del diseño curricular se incluya la
enseñanza de un idioma extranjero o lengua nativa de manera obligatoria en
los estudios de pregrado.
3. ¿Va a cambiar el currículo de todas las facultades y programas en las universidades?La Ley Universitaria respeta la autonomía académica con la que cuentan las
universidades. Sin embargo, se han establecido algunas precisiones que
tendrían que ser recogidas en los estatutos e incorporadas en los currículos.
Por ejemplo, es obligatorio el dictado de un idioma extranjero como parte de los
estudios de pregrado. Asimismo, se ha establecido la obligatoriedad de los
estudios generales, con un mínimo 35 créditos, y se señala que los estudios de
especialidad deben contar con un mínimo 165 créditos. Es decir, toda la carrera
de pregrado debe tener al menos 200 créditos, teniendo en cuenta que un
crédito es definido como 16 horas teóricas o 32 horas prácticas.
4. Si soy estudiante de pregrado y jalo tres veces un curso ¿qué pasa con esta nueva Ley?La Ley Universitaria señala que si un alumno reprueba 3 veces el mismo curso
será separado por un año de la universidad. Cumplido ese lapso de tiempo, el
estudiante solo se podrá matricular en la materia que desaprobó. Si vuelve a
reprobar, será separado definitivamente de la universidad. Cabe destacar que
esta condición no impide que las universidades puedan establecer en sus
estatutos que aquellos alumnos que reprueben un mismo curso tres veces
puedan ser separados definitivamente.
5. ¿El título profesional emitido por las universidades durante el proceso de liquidación de la ANR tendrá validez o debo esperar?El título profesional tiene validez. La marcha de la universidad no se afecta por
la aplicación de las disposiciones de la Ley Universitaria o por su
implementación en las universidades públicas o privadas. La universidad emite
títulos a nombre de la Nación, conforme las facultades con la que cuenta por su
autorización definitiva o provisional.
6. ¿La nueva Ley Universitaria anula la educación a distancia?No. La Ley Universitaria señala que las universidades sí pueden desarrollar
programas de educación a distancia. Dichos programas deben tener los
mismos estándares de calidad de las modalidades presenciales. La Ley
también señala que los estudios de pregrado no pueden superar el 50% de
créditos del total de la carrera bajo esta modalidad. Cada universidad, dentro
de sus estatutos, deberá establecer el modelo a seguir para completar la
totalidad de créditos.
7. ¿Qué pasa con los alumnos que están llevando un diplomado? ¿Cuántas horas estipula la ley que debe tener un diplomado?Ley Universitaria señala que los diplomados de posgrado deben completar un
mínimo de 24 créditos y que cada crédito equivale a 16 horas lectivas de teoría,
con lo que un diplomado debería durar 384 horas. En este sentido, las
universidades deberán adecuar sus estatutos y reglamentos para cumplir esta
disposición. Sin embargo, los alumnos que están matriculados en un diplomado
cuya oferta y resoluciones pertinentes se dieron antes de la vigencia de la
nueva Ley Universitaria se rigen por las normas con que iniciaron y terminarán
y se certificarán conforme las disposiciones con las que fueron ofertadas (ley
anterior).
8. ¿Qué pasa con los docentes universitarios que no tienen grado de maestro en la actualidad?La Ley Universitaria otorga un plazo de cinco años para que los docentes
puedan adecuarse a las nuevas condiciones. Es importante mencionar que
para obtener el grado de magister se requiere haber aprobado los estudios
conducentes a este grado (los cuales deben haber tenido una duración mínima
de dos semestres, con un contenido mínimo de 48 créditos), elaborar una tesis
y dominar un idioma extranjero o lengua nativa.
9. ¿Es cierto que los docentes que enseñan en universidades públicas y que tienen más de 70 años ya no podrán dar clases?No. El docente puede seguir dictando cátedra, como docente extraordinario, en
cualquier universidad pública. La ley solo señala que no podría ocupar un cargo
administrativo.
10. ¿Los docentes de las universidades podrán seguir trabajando por horas?La Ley Universitaria establece que el 25% de los docentes debe trabajar a
tiempo completo. El 75% restante pude entrar en otros regímenes o
modalidades, como a tiempo parcial o contratados.
11. ¿Qué requisitos debe cumplir una universidad para que la SUNEDU le otorgue una licencia para funcionar?Una vez que la SUNEDU entre en funciones, su Consejo Directivo se
encargará de determinar los estándares básicos para otorgar el licenciamiento.
Hasta el momento, la Ley establece que el licenciamiento considerará,
mínimamente, los siguientes aspectos:
La existencia de objetivos académicos (grados y títulos, así como planes de estudios).
Previsión económica y financiera. Infraestructura y equipamiento. Líneas de investigación. Contar con al menos 25% de los docentes contratados a tiempo
completo. Contar con servicios educacionales complementarios. Contar con mecanismos de mediación e inserción laboral.
12. ¿Qué pasará si una universidad no cumple los estándares básicos que establezca la SUNEDU? ¿La cerrarían inmediatamente?La idea no es cerrar universidades, lo que se busca que todas cumplan con
criterios básicos que aseguren una educación de calidad. Si alguna universidad
no cumpliera con los estándares que establezca la SUNEDU, se le dará un
plazo razonable para adecuarse a esta ley.
13. ¿La SUNEDU puede controlar las universidades?No. La SUNEDU tiene sus funciones claramente determinadas y estas incluyen
la autoridad para otorgar una licencia a aquellas universidades, filiales,
facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a un grado
académico que cumplan con las condiciones básicas de funcionamiento.
Asimismo, supervisa que estas se mantengan y fiscaliza que el uso de los
recursos y beneficios que otorga la Ley sean para fines educativos.
14. ¿Esta Ley garantiza la autonomía universitaria?Sí, la reconoce y se refiere a ella de manera explícita en el artículo 8, donde
señala que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de
gobierno, académico, administrativo y económico, sobre los que tiene plena
capacidad de autodeterminación.
Normativamente: para la creación de normas internas. De gobierno: para estructurar, organizar y conducir la institución. Académicamente: para fijar el marco del proceso de enseñanza –
aprendizaje, lo cual se traduce en planes de estudios, programas de investigación y otros.
Administrativamente: para establecer principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, incluyendo el escalafón de su personal docente y administrativo.
Económicamente: para administrar y disponer del patrimonio institucional y fijar criterios para la generación y aplicación de los recursos.