Leyes educativas: de la LOE a la LOMCE

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ÍNDICE

Introducción

1. Antecedentes

2. L.O.E y L.O.M.C.E

2.1 Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006)

2.2 Ley Orgánica de Mejora en la Calidad Educativa (LOMCE, 2012)

3. Diferencias principales entre LOE y LOMCE

4. Conclusiones

5. Bibliografía

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Introducción

En la presente exposición hablaremos brevemente de la evolución legislativa del

sistema educativo español, haciendo especial hincapié en las dos últimas leyes que se han aprobado como han sido la LOE (aprobada en 2006) y la LOMCE (aprobada en 2014), señalando cuáles son sus principales características y objetivos que persiguen, así

como las semejanzas y diferencias entre ambas.

1. Antecedentes

Desde la creación de los primeros sistemas educativos nacionales que surgieron

en Europa a principios del siglo XIX a raíz de la Revolución Francesa hasta nuevos días, la historia del sistema educativo en nuestro país ha ido evolucionando dando lugar

a diferentes hitos normativos que han establecido sus líneas definitorias ligados a los sucesivos acontecimientos políticos que los acompañaron.

Desde la creación de la conocida Ley Moyano de 1857, pasando por la Segunda

República y la dictadura franquista, llegamos al año 1970 donde tiene lugar la aprobación de la Ley General de Educación por el ministro Villar Palasí,

reestructurando por primera vez en todo este siglo el sistema educativo español en cuatro niveles: Preescolar, Educación General Básica (E.G.B desde los 6 a los 14 años), Enseñanzas Medias y Enseñanzas Universitarias.

Tras la muerte de Franco y con la consiguiente aprobación de la Constitución de

1978, se establecerán en el artículo número 27 de la misma, los principios básicos que rigen la legislación educativa como son:

La educación como derecho de todos los ciudadanos.

Libertades individuales en materia educativa. Distribución de las competencias educativas entre la Administración Central y

las Comunidades Autónomas. LOECE (Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares, 1980)

En 1980 se crea esta ley que intentará dar un paso adelante en el proceso de

democratización y participación de la sociedad en el sistema educativo. Por esta ley se regula el Estatuto de Centros Escolares.

Libertad de Enseñanza y de cátedra por parte de los profesores y libertad de

elección de los padres de poder elegir el centro y la enseñanza de sus hijos. Participación de los padres, profesores y alumnos en el control y gestión de los

centros (fundamentalmente privados). LODE (Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación, 1985)

El día 3 de julio de 1985 se aprueba la LODE o Ley Orgánica Reguladora del

Derecho a la Educación que garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la educación, promoviendo una enseñanza básica obligatoria y gratuita, sin ningún tipo de discriminaciones. Mantuvo la estructura de la LGE introduciendo ciertos matices como:

Cambiar las subvenciones a los colegios privados por un sistema de conciertos.

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LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1990)

Creada en 1990 por Javier Solana, la LOGSE sustituyó a la Ley General de

Educación de 1970, considerándose como el mayor proyecto de escuela inclusiva dentro del Sistema Educativo Español, ofreciendo a todos los ciudadanos las mismas oportunidades de formación sin distinción de clases sociales. La LOGSE se encargó de

regular el sistema educativo en sus niveles no universitarios, quedando establecida de la siguiente manera:

Educación Infantil (gratuita pero no obligatoria 0-6 años), Educación Primaria (Obligatoria 6-12 años), Educación Secundaria Obligatoria (12-16 años),

Formación Profesional o Bachillerato (2 años más). El alumno podía seguir ampliando sus estudios accediendo a la Universidad a través de la PAU. Además

se incluyen las enseñanzas artísticas en el sistema general. Consagró un nuevo modelo de Educación Especial basado en la atención

especializada (adaptaciones curriculares).

LOPEG (Ley Orgánica de la Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros

Docentes, 1995)

Esta ley creada en 1995 profundiza lo dispuesto en la LODE, y completa la

organización y funciones de los órganos de gobierno de los centros financiados con fondos públicos para ajustarlos a lo establecido en la LOGSE (sería como una ampliación de la LOGSE). Además propone:

Una mayor autonomía en la gestión de los centros docentes.

Se garantiza la escolarización de alumnos con N.E.E y minorías. Queda estipulada la jubilación de los docentes a los 60 años de edad.

LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación, 2002)

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE), propone una serie de medidas

con el objetivo fundamental de lograr una educación de mejor calidad para todos y modificando tanto la LODE, como la LOGSE y la LOPEG. Esta ley no llegó a

aplicarse. Propone:

Gratuidad de la Educación Infantil.

Establecimiento de una Prueba General de Bachillerato para obtener dicho título (aunque esta prueba no exime de realizar la selectividad para acceder a la universidad).

La asignatura de Religión será una asignatura evaluable.

Hasta abril del año 2006, la Ley que va a primar dentro del Sistema Educativo Español será la LOGSE, sin embargo, en mayo de ese mismo año el Gobierno decidió

crear una nueva ley educativa (LOE) que derogará a todas las anteriores LOGSE, LOPEG y LOCE.

2. L.O.E y L.O.M.C.E

2.1 Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006)

La Ley Orgánica de Educación (LOE) aprobada en mayo de 2006, regula la

estructura y organización del sistema educativo en sus niveles no universitarios. En ella

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se reiteran los principios y derechos reconocidos en la Constitución defendiendo una

nueva ley de calidad con equidad para todos. Se insiste en el carácter inclusivo de la educación, en igualdad de trato y no discriminación de las personas bajo ninguna

circunstancia. La LOE reafirma el carácter de servicio público de la educación, y sus

principales objetivos son: mejorar la educación y los resultados escolares, conseguir el

éxito de todos en la educación obligatoria, aumentar la escolarización en infantil, en bachillerato y en ciclos formativos, aumentar las titulaciones en bachillerato y en

formación profesional, educar para la ciudadanía democrática, fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida, reforzar la equidad del sistema educativo y converger con los países de la UE.

Además establece que la enseñanza básica comprende diez años de escolaridad que se desarrollan de forma regular entre los seis y los dieciséis años de edad,

organizándose en educación primaria y educación secundaria obligatoria. La Ley organiza la educación infantil, la educación secundaria postobligatoria,

las enseñanzas artísticas, las enseñanzas deportivas, las enseñanzas de idiomas y la

educación de adultos y a distancia, dentro del marco de un aprendizaje a lo largo de la vida. Asimismo recoge el planteamiento participativo y los aspectos referentes a la

organización y funcionamiento de los centros, impulsando sus competencias y autonomía organizativa, e incentiva la colaboración entre familia y escuela, fomentando una mayor participación y responsabilidad de los alumnos y de los padres.

En cuanto al profesorado, la Ley le presta especial atención como figura indispensable del sistema educativo, impulsa la formación permanente y adecúa la

formación inicial al sistema de grados y posgrados del Espacio Europeo de Educación Superior. Para ser profesor de Educación Secundaria se exigirá, a partir del curso 2009/2010, además de ser graduado universitario, estudiar un máster oficial con la

formación pedagógica y didáctica adecuada.

2.2 Ley Orgánica de Mejora en la Calidad Educativa (LOMCE, 2012)

El Congreso de los Diputados aprobó el 28 de noviembre la Ley Orgánica de

Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del 10 de diciembre como Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

Se trata de una modificación de la LOE (Ley Orgánica de Educación), mediante un conjunto de medidas que pretende mejorar las condiciones para que todos los alumnos puedan adquirir y expresar sus talentos y alcanzar su pleno desarrollo personal y

profesional, como soporte de la igualdad de oportunidades. La LOMCE supone un abordaje de los principales problemas detectados en el

sistema educativo español, con el fin de converger hacia los objetivos europeos en educación de la Estrategia Europa 2020.

PUNTO DE PARTIDA (datos: Panorama de la Educación 2012: Indicadores de la OCDE)

España destina de gasto público al año por cada alumno en la educación pública, un 21% más que la OCDE y la UE.

El número de alumnos por profesor es más bajo que en la OCDE (10,1 en España frente a 13,7 en la OCDE).

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DEBILIDADES DEL SISTEMA: BAJA TASA TITULADOS EN SECUNDARIA (Panorama de la Educación 2012:

Indicadores de la OCDE).

Tasa de titulados en educación secundaria entre los 25-34 años: 65%, frente al

promedio OCDE 82% ABANDONO EDUCATIVO TEMPRANO

Eurostat 2011: la tasa duplicaba la de la UE (España 26,5%, UE 13,5%); sólo la supera Malta (33,5%).

PARO JUVENIL Y EDUCACIÓN

Según EUROSTAT la tasa de paro de jóvenes en España es una de las más altas de Europa, y desde 2008, se ha incrementado en 11,4 puntos entre las personas con estudios de la ESO o inferiores por los 4,6 puntos en los que ha aumentado en el

caso de las personas con educación superior.

ESCASA ELECCIÓN DE CICLOS DE FP

La tasa de graduación en los programas de Formación Profesional (40,8%) se

encuentra a casi quince puntos de distancia de la media europea (53,5%) (Education at a Glance, OCDE, 2011).

RESULTADOS EN PRUEBAS INTERNACIONALES Resultados PISA 2012 (15 años):

Los alumnos españoles de 15 años obtuvieron en el estudio PISA 2012 resultados por debajo de la media de la OCDE:

En comprensión lectora 488 puntos, 8 por debajo de la OCDE.

En Matemáticas 484, 10 por debajo de la media.

En Ciencias 496 mientras que la media de la OCDE alcanzaba los 501 puntos. Resultados PIACC 2012 (personas adultas):

También la población de 16 a 65 años obtuvo en el estudio PIACC 2012 resultados por debajo de la media de la OCDE:

En comprensión lectora 252 puntos, 21 por debajo de la media de la OCDE y 19 por debajo de la media UE.

En Matemáticas 246, 23 por debajo de la media de la OCDE y22 por debajo de la media UE, el último puesto entre los países analizados.

ESCASA AUTONOMÍA DE LOS CENTROS DOCENTES

Informe PISA 2009: la autonomía de los centros españoles es inferior a los

promedios de la OCDE (la OCDE señala que una mayor autonomía se corresponde con mejores resultados educativos).

Los centros educativos en España toman menos decisiones que en la OCDE y en la UE-21. Esta diferencia es aún más grande en el caso de la gestión de personal,

planificación y estructuras: los centro educativos españoles prácticamente no tienen ninguna competencia (Panorama de la Educación 2012: Indicadores de la OCDE).

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BAJO NIVEL DE LENGUAS EXTRANJERAS

De 14 países europeos, en el primer idioma extranjero España se sitúa en el puesto

nº 10 en el Estudio Europeo de Competencia Lingüística (2012). España no obtiene los resultados esperados en inglés si se tiene en cuenta que la enseñanza de esta

lengua comienza a una edad más temprana que en la mayoría de países. Los peores resultados se obtienen en comprensión oral.

OBJETIVOS GENERALES · Disminuir la dispersión de requisitos y exigencias del sistema educativo en todo el

territorio · Disminuir tasas de abandono educativo temprano · Aumentar tasas de titulación en secundaria

· Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias · Establecer un sistema de señalización claro de los objetivos

· Promover la autonomía de los centros docentes · Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la · Comunicación

· Impulsar y modernizar la Formación Profesional · Mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras

· Racionalizar la oferta educativa 3. Diferencias principales entre LOE y LOMCE

A continuación trataremos de explicar las diferencias existentes entre la L.O.E y

la L.O.M.C.E. Para ello vamos a englobarlo en aspectos que introducen de una forma general y global y por otro lado por etapas, es decir, primaria, secundaria y bachillerato.

Lo primero que llama la atención es que no existe una nueva Ley como tal, sino que la técnica utilizada es simplemente la modificación de determinados artículos de la LOE, sesenta y cinco en total, en un artículo único que incluye modificaciones y la

incorporación a la LOE de articulado nuevo, que se formulan como artículos Bis o nuevas disposiciones. Junto al artículo único aparecen 2 disposiciones adicionales, 2

transitorias y 3 finales que son específicas del nuevo texto.

Denominada popularmente como Ley Wert, y abreviada como LOMCE— es

una ley del ordenamiento jurídico español con carácter de Ley Orgánica que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE),

En primer lugar destacamos las diferencias generales que son:

Mayor protagonismo del director El consejo escolar tiene función evaluadora Mayor protagonismo a los niveles

Creación de los equipos de nivel Se suben los niveles de contenidos

Cambia la duración de las sesiones Se potencia el plurilingüismo, TICE y trabajo colaborativo Se centra en las competencias básicas pero no nombra los objetivos.

Los alumnos deberán realizar las pruebas finales en el centro pero corregidas por especialistas externos al centro.

En la LOMCE las subvenciones pasan a ser de carácter general, para FP básica.

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En la LOMCE los centros deberán incluir aspectos propios del centro, que

definan la particularidad del centro.

Secundaria:

Se añaden los cursos de FP básica como parte de la educación básica.

Aparecen dos ramas en 4º ESO, enseñanzas aplicadas y enseñanzas académicas. Se efectúa una evaluación final donde las dos ramas de 4º de la ESO optan a

bachillerato o a FP. Es imprescindible aprobar la prueba de 5 sobre 10.

La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos los aprendizajes de

la expresión y la comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una

educación integral que contribuya al desarrollo de la personalidad de los alumnos y prepararlos para cursar con aprovechamiento la E.S.O.

Organización de la etapa. La ESO se organizará en dos ciclos, el primer ciclo de la ESO, comprende los cursos 1º, 2º y 3º y el segundo ciclo formado por 4º.

Repetición. Con las modificaciones de la LOMCE, durante el primer ciclo de la

ESO, 1º, 2º y 3º solo se podrá repetir el mismo curso una vez, y en todo el ciclo solo se puede repetir un máximo de dos veces. Los alumnos de 4º solo pueden repetir una vez, pero si nunca se ha repetido en los cursos anteriores de la ESO, se le permite repetir 4º

dos veces. No se podrá pasar de curso con Lengua y matemáticas suspensas, esto es motivo de repetición. Se podrá pasar de curso con dos asignaturas suspensas (siempre

que no sean dos troncales).

Nuevas Competencias. Las competencias básicas fueron añadidas a los elementos

del currículo con la LOE. La LOMCE incluye modificaciones en este sentido, las competencias dejan de ser 8 para ser 7 (de 9 a 7 en CLM). Ya no se denominan competencias básicas, son solo competencias o competencias clave. Hay de dos tipos:

Dos básicas: lingüísticas y matemáticas, ciencia y tecnología.

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Cinco transversales: digital, aprender a aprender, sociales y cívicas, iniciativa y

emprendimiento y conciencia y expresión cultural.

En la LOE se imparte el área de Educación Artística y en la LOMCE esta área no aparece.

Otro aspecto diferenciador es que en la Loe en tercer ciclo de a etapa se añade la asignatura de “Educación para la ciudadanía y los derechos humanos”, mientras que en

la LOMCE se imparte como específica Educación Física y Religión, o Valores Culturales y Sociales, según elijan los padres.

Es importante destacar también que en la LOE en la tercera etapa se puede añadir una segunda lengua extranjera y en la LOMCE se puede añadir Educación artística o segunda lengua extranjera.

Además, en la LOMCE, los centros docentes realizarán una evaluación

individualizada a todos los alumnos al finalizar el segundo o tercer curso de Educación Primaria y en la LOE el alumno que no supere las competencias básicas podrá realizar el mismo curso un año más.

Algunos de los cambios que introduce la LOMCE en el sistema educativo

español:

Los estándares de aprendizajes, el elemento nuevo incluido por la LOMCE a los

elementos del currículo. Son concreciones de los criterios de evaluación, que hacen posible especificar los objetivos que el alumno debe conseguir al final de cada etapa (lo que debe saber y saber hacer al final de cada curso en cada asignatura).

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Asignaturas: Aparecen los tres tipos de asignaturas mencionados (troncales,

específicas y de libre configuración autonómica).

Las asignaturas troncales son: Lengua y Literatura, Primera Lengua Extranjera, Matemáticas, Geografía e Historia, Biología y Geología, Física y Química.

Desaparece Educación para la Ciudadanía.

Los alumnos podrán escoger entre religión y Valores Éticos.

Evaluaciones externas.

En la etapa de la ESO, al finalizar 4º curso, los alumnos serán evaluados mediante pruebas externas diseñadas por el Ministerio de Educación cultura y Deporte,

la superación de estas pruebas es imprescindible para obtener la titulación y poder cursar Bachillerato. Se pueden presentar a estar pruebas los alumnos que aprueben todo

o con un máximo de dos suspensas (que no sean a la vez Lengua y Matemáticas). Para titular es necesario superar la prueba y una media de la etapa igual o superior a 5. En la calificación final se seguirá la siguiente ponderación (70% media de la ESO, 30% nota

de la prueba). Los alumnos que no titulen recibirán certificación oficial con el número de años cursados y el grado de objetivos y competencias alcanzados. Habrá dos

convocatorias para la prueba externa, y se evaluaran 8 materias:

Todas las troncales (4 materias)

Dos de las asignaturas troncales de la opción.

Una de las asignaturas específicas.

Lengua cooficial, en las comunidades pertinentes.

Los Antiguos programas de Diversificación Curricular (PDC) de 3º y 4º, son

sustituidos por los Programas de Mejora del Aprendizaje y Rendimiento (PMAR), en el primer ciclo en los cursos de 2º y 3º. El objetivo de estos programas es que los alumnos puedan cursar 4º por la vía ordinaria.

Los Programas de Cualificación Inicial (PCPI), serán sustituidos por los ciclos iniciales de Formación Profesional (FP Básica). Los alumnos que cursen FP Básica, al

finalizar podrán presentarse a las pruebas externas para obtener el graduado en la ESO o pasar directamente a FP de Grado Medio.

En cuarto de la ESO, los alumnos tendrán dos opciones, podrán escoger entre: el itinerario que conduce a Bachillerato (llamada Opción de enseñanzas Académicas para

la iniciación al Bachillerato”) o el que conduce a Formación Profesional de Grado Medio (Opción de las enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación

Profesional

Pruebas de evaluación final para obtener el título de Graduado en ESO y el título

de Bachiller:

Con los objetivos, entre otros, de «garantizar que todos los alumnos y alumnas

alcancen los niveles de aprendizaje adecuados... conforme el título pretendido» y de normalizar «los estándares de titulación en toda España» (según se afirma en el

Preámbulo de la ley), al finalizar cada etapa educativa los alumnos serán evaluados

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mediante unas pruebas externas diseñadas por el Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte, cuya superación en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato será imprescindible para la obtención del título correspondiente —de ahí que los

sectores sociales y partidos políticos opuestos a la ley las hayan denominado "reválidas"—.4 Las pruebas de evaluación final de cada etapa —que en la Educación Primaria tendrá un carácter orientativo— serán corregidas por profesores externos al

centro, que podrán ser tanto de la enseñanza pública como de la enseñanza privada (Art. 1.89, que modifica el artículo 144 de la LOE). Para acceder a los estudios universitarios,

los alumnos que hayan aprobado todas las materias de Bachillerato, además de haber aprobado la prueba final de esa etapa, tendrán que superar también una segunda prueba elaborada por cada Universidad, si ésta así lo decide. El alumno que suspenda la prueba

final del Bachillerato sólo tendrá la opción de acceder a la Formación Profesional de Grado Medio o Superior, y el que no apruebe la del final de la ESO, a la nueva

Formación Profesional Básica, que sólo da acceso a la Formación Profesional de Grado Medio (a diferencia de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, establecidos en la LOE, una de cuyas modalidades permitía conseguir el título de Graduado en

ESO), aunque podrán presentarse a la prueba de evaluación final de la ESO para obtener el título.

Dos opciones en cuarto curso de ESO:

Los alumnos de 4º de la ESO —curso que constituye el segundo ciclo de la ESO, mientras que los tres cursos anteriores forman el primer ciclo— tendrán que escoger

entre dos opciones: la que conduce al Bachillerato, llamada «Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato»; o la que conduce a la Formación Profesional de Grado Medio, llamada «Opción de las enseñanzas aplicadas para la

iniciación a la Formación Profesional». Previamente en 3º de ESO habrán tenido que elegir entre las Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas y las Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas.

Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en la ESO

Los Programas de Diversificación Curricular establecidos para la ESO en la LOE, son sustituidos por los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento,

cuyo inicio se adelanta a 2º curso de la ESO y que existirán en ese curso y en 3º de ESO, pero no en 4º como sucedía en los Programas de Diversificación Curricular. El

objetivo es que los alumnos incorporados a este programa puedan cursar 4º curso por la vía ordinaria, para lo que se les da la oportunidad de repetir el Programa en 3º de ESO. Si finalmente no consiguen aprobarlo se incorporarán a la Formación Profesional

Básica. En el Preámbulo de la ley se afirma, que la implantación de «dos trayectorias bien diferenciadas» en 4º de ESO es uno de los medios que propone la ley para superar

las «rigideces del sistema [que] conducen a la exclusión de los alumnos y alumnas cuyas expectativas no se adecuan al marco establecido».

Mayor importancia de las «asignaturas troncales», diseñadas por el Gobierno:

La LOMCE distingue entre «asignaturas troncales», «asignaturas específicas» y

«asignaturas de libre configuración autonómica» —en esta última categoría es donde se incluye la asignatura Lengua Cooficial y Literatura en aquellas Comunidades

Autónomas que la posean—. El artículo 1.5, que añade el artículo 6 bis a la LOE, establece que corresponde al Gobierno determinar los contenidos de las asignaturas troncales mientras las Administraciones educativas podrán «complementar los

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contenidos de las asignaturas troncales» y «establecer los contenidos de los bloques de

asignaturas específicas y de libre configuración autonómica». Según se dice en el Preámbulo el refuerzo en todas las etapas del aprendizaje de las materias troncales

pretende la «racionalización de la oferta educativa» mediante la «simplificación del desarrollo curricular», que «debe proporcionar un conocimiento sólido de los contenidos que garantice la efectividad en la adquisición de las competencias básicas».

Educación plurilingüe

En el Preámbulo se dice que el dominio de una segunda lengua extranjera «se muestra como de las principales carencias de nuestro sistema educativo», por lo que «la

Ley apoya decididamente el plurilingüismo, redoblando esfuerzos para conseguir que los estudiantes se desenvuelvan con fluidez al menos en una primera lengua extranjera».

El artículo 1.109, que añade la disposición final séptima bis a la LOE, dice:

El Gobierno establecerá las bases de la educación plurilingüe desde segundo

ciclo de Educación Infantil hasta Bachillerato, previa consulta a las Comunidades Autónomas.

Para suplir la falta de «personal docente con competencias lingüísticas suficientes» las Administraciones educativas «podrán excepcionalmente» «incorporar

expertos con dominio de lenguas extranjeras, nacionales o extranjeros, como profesorado en programas bilingües o plurilingües» (Artículo 1.98, que añade la disposición adicional trigésima séptima a la LOE).

Asignatura de religión:

Se vuelve a dar plena validez académica a la asignatura de religión —contará en el expediente académico por lo que se contabilizará para pedir una beca, por

ejemplo— y se establece una materia alternativa que se llama Valores Sociales y Cívicos en Primaria y Valores Éticos en ESO, desapareciendo definitivamente la materia Educación para la ciudadanía. En Bachillerato la Religión forma parte de las

asignaturas específicas optativas, tanto en 1º como en 2º.

Nuevas modalidades de Formación Profesional: la Formación Profesional Básica y

la Formación Profesional dual

La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de

enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo

Ampliación de las competencias del director en detrimento del Consejo Escolar:

Institutos de Educación Secundaria con especialización curricular:

Libertad de enseñanza

El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.

La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los

principios constitucionales.

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Posibilidad de construir y gestionar colegios privados concertados sobre suelo

público

El artículo 1.61, que modifica el artículo 116 de la LOE que se ocupa de los Conciertos educativos, establece en su punto 8:

Las Administraciones educativas podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional.

4. Conclusiones

Partimos de la base de que la educación es un tema muy complejo LOE, LOMCE, LOGSE, LOCE, etc. son siglas que además de resumir el nombre concreto de cada ley, nos dan la pista de cómo funciona el sistema educativo español. Éstas son una

sucesión de reformas sujetas a la legislatura del momento, siendo cada ley educativa el resultado de una forma de gobierno de distinto color.

No es la proyección política lo que debe mover la educación de un país. Ésta no debe ser entendida como una herramienta política, sino como un instrumento social. La educación no defiende ideologías, define valores. No perfila regímenes totalitarios,

construye sociedades. La educación no tiene que servir para adoctrinar, sino que debe fomentar el espíritu crítico. Solo así construiremos una sociedad estable, libre y justa.

¿Cuales son los problemas de estas leyes?

En primer lugar, el problema que se nos ocurre es que, éstas están sujetas al poder político, ya que en nuestro país no ha habido gobierno que se precie que no hay

elaborado su propia ley o reforma de la misma durante sus legislaturas. Esto encierra otro problema, la vigencia de ésta ley y la convivencia con otras existentes o “recién nacidas”. Y es un problema, verdaderamente porque con vigencias cortas suponemos

que es más difícil obtener y comparar resultados.

¿Quienes elaboran las leyes? La elaboración de las mismas también entraña disputas. Sociólogos, pedagogos,

psicólogos forman parte, en pequeñas cantidades, de los profesionales que elaboran las

leyes educativas pero ¿dónde quedan los docentes? Ellos son los más interesados en estas reformas ya que la opinión general de las mismas es que “distan mucho de la

realidad”. Lo que se propone en un papel, como siempre, no tiene nada que ver con lo que pasa en un aula. Ciertamente, las leyes, dicen, no se ajustan a las necesidades y las capacidades de los docentes. ¿Qué porcentaje de docentes de verdad están presentes en

la elaboración de las mismas? ¿Están sujetos a los colores del partido que gobierna? Probablemente.

o Para reflexionar:

¿Qué creéis que han supuesto las reformas educativas a la educación española?

¿Qué opinión os merece la LOMCE como futuros docentes?

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5. Bibliografía

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,

reguladora del Derecho a la Educación. Gobierno de España, Ministerio de la

Presidencia. Recuperado de: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-

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Educativo Español, El Sistema Educativo español, Recuperado de:

http://uom.uib.cat/digitalAssets/202/202199_6.pdf

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Recuperado de:

http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/sistema-

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Ministerio de la Presidencia. Boletín oficial del Estado. Recuperado de:

http://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-7899-consolidado.pdf