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7. Los abusos del uso 349 comunicativa del hablante: la fuerza ilocucionaria. Es cierto que la fuerza depende, al me.nos en parte, de.l de la no ordenar a alguien que CIerre la puerta dlclendo «La puerta esta cerrada», nI mformar- le de que la puerta está cerrada diciéndole «Cierra la puerta». Pero es claro que para la determinación de la fuerza específica de una oración es funda- mental, aparte de otras características del contexto extralingüistico, la intención del hablante, pues es ésta la que hace que sus palabras consti- tuyen una advertencia o una simple información, un consejo o un ruego. (No hace falta advertir que la fuerza se confunde con el significado gra- matical cuando se trata de una oración explícitamente realizativa.) De aquí que se haya separado, dentro de la teoría del significado, la teoría del sentido y la teoría de la fuerza, para mati zar que, mientras que la teoría de Grice no es en absoluto aplicable a la primera, en cambio resulta fecunda aplicada a la segunda (Platts, op. cit., p. 93). Searle mismo, que como he- mos comprobado tiene sus objeciones a la doctrina de Grice, ha llegado incluso a reformularla de manera que resulte particularmente apta para una teoría del lenguaje basada en la fuerza ilocucionaria (Actos de habla, 2.6, ad finem). Lo que mantengo es, pues, que no basta el uso que hacemos de las palabras, la intención con la que las pronunciamos, para explicar' su sig- nificado. Más bien, las usamos como las usamos, y podemos poner en su utilización las intenciones que ponemos porque ignifican lo que signjfi- can. Esto no implica negar que el significado de lo que decimos depende en parte de nuestra intención ; en un sentido amplio, el término «signifi- cado» aplicado a una expresión lingüística en cuanto usada por alguien en una o asión determinada, incluye tanto el ignificado gramatical de la expresión como lo que añade el contexto extralingüístico y la intención del hablante. Pero lo primero y primario es el ionificado gramatical. En la sección siguiente e tudiaremos ciertos aspectos en lo que el contexto coopera al significado total de la oración, y consideraremos otros requi- sitos de la comunicación lingüística que son parte importante e una teoría pragmática del lenguaje. 7.10 La. implicación pragmática y la implicación con textual La atención concedida por Grice a la intenciones comunicativa del hablante es asimismo responsable de una categoría introducida por él en el análisis de las relaciones entre oraciones: la categoría de implicatura conversacional. Para entender mejor el hueco que esta noción viene a llenar conviene que recordemos cuáles son las formas usuales de relacio- narse entre sí ias proposiciones a efectos de su tratamiento lógico y se- mántico. Cuando tenemos dos oraciones p y q, tales que la oración compleja compuesta de ambas en ese orden es falsa solamente en el caso de que p sea verdadera y q falsa, la composición de p y q constituye una función

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7. Los abusos del uso 349

comunicativa del hablante: la fuerza ilocucionaria. Es cierto que la fuerza depende, al me.nos en parte, de.l ~ignificado de la ora~ión: no pue?~ ordenar a alguien que CIerre la puerta dlclendo «La puerta esta cerrada», nI mformar­le de que la puerta está cerrada diciéndole «Cierra la puerta». Pero es claro que para la determinación de la fuerza específica de una oración es funda­mental, aparte de otras características del contexto extralingüistico, la intención del hablante, pues es ésta la que hace que sus palabras consti­tuyen una advertencia o una simple información, un consejo o un ruego. (No hace falta advertir que la fuerza se confunde con el significado gra­matical cuando se trata de una oración explícitamente realizativa.) De aquí que se haya separado, dentro de la teoría del significado, la teoría del sentido y la teoría de la fuerza, para matizar que, mientras que la teoría de Grice no es en absoluto aplicable a la primera, en cambio resulta fecunda aplicada a la segunda (Platts, op. cit., p. 93). Searle mismo, que como he­mos comprobado tiene sus objeciones a la doctrina de Grice, ha llegado incluso a reformularla de manera que resulte particularmente apta para una teoría del lenguaje basada en la fuerza ilocucionaria (Actos de habla, 2.6, ad finem).

Lo que mantengo es, pues, que no basta el uso que hacemos de las palabras, la intención con la que las pronunciamos, para explicar' su sig­nificado. Más bien, las usamos como las usamos, y podemos poner en su utilización las intenciones que ponemos porque ignifican lo que signjfi­can. Esto no implica negar que el significado de lo que decimos depende en parte de nuestra intención ; en un sentido amplio, el término «signifi­cado» aplicado a una expresión lingüística en cuanto usada por alguien en una o asión determinada, incluye tanto el ignificado gramatical de la expresión como lo que añade el contexto extralingüístico y la intención del hablante. Pero lo primero y primario es el ionificado gramatical. En la sección siguiente e tudiaremos ciertos aspectos en lo que el contexto coopera al significado total de la oración, y consideraremos otros requi­sitos de la comunicación lingüística que son parte importante e una teoría pragmática del lenguaje.

7.10 La. implicación pragmática y la implicación con textual

La atención concedida por Grice a la intenciones comunicativa del hablante es asimismo responsable de una categoría introducida por él en el análisis de las relaciones entre oraciones: la categoría de implicatura conversacional. Para entender mejor el hueco que esta noción viene a llenar conviene que recordemos cuáles son las formas usuales de relacio­narse entre sí ias proposiciones a efectos de su tratamiento lógico y se­mántico.

Cuando tenemos dos oraciones p y q, tales que la oración compleja compuesta de ambas en ese orden es falsa solamente en el caso de que p sea verdadera y q falsa, la composición de p y q constituye una función

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veritati va diádica que la lógica de proposiciones reconoce bajo el nombre ­de « ondicional veritativo-funcional», y que se lee usualmente: si p enton­ces q. Es frecuente, desde Ru seU y Whitehead, llamar a este condicional «implicación material», y leerlo así: p implica materialmente q. Quine ha objetado, con toda razón, que esto no es exacto, pues mientras que el condicional veritativo-funcional es una forma de unir oraciones para for­mar una oración más compleja, la implicación es una relación entre oracio­nes, y como tal sólo puede afirmarse utilizando nombres de esas oraciones por ejemplo así: «p» implica materialmen'te «q» (Lógica matemática' secc. 5) . Puesto que en estas definiciones que estamos recordando no ha; peligro, para nosotros, de confusión ni error en este punto, podemos pasar por alto la recomendación de Quine, que, desde luego, es aplicable tanto en el presente caso como en los que vamos a repasar sucesivamente. En conclusión: podemos decir que p implica materialmente q siempre que la composición veritativo-funcional de p y q (en este orden) es un condicio­nal verdadero.

Cuando dos oraciones p y q son tales que su condicional es lógicamente verdadero , decimos que p implica lógicamente q. Un condicional es lógica­mente verdadero cuando no deja de ser verdadero para cualquier sustitu­ción uniforme de sus términos no lógicos. Así, es lógicamente verdadero .el condicional :

(1 ) Si todos los filósofos son neuróticos, entonces todos los filósofos analíticos son neuróticos

pues el condicional sigue siendo verdadero de cualquier forma en que se sustituyan sus términos no lógicos, biempre que la sustitución sea uni­forme; por ejemplo, así:

(2) Si todas las mujeres son adorables, entonc.es todas las mujeres rubias son adorables

Con ello se da a entender que, en este ejemplo, son términos lógicos «todos» y «si . . . entonces». De conformidad con lo anterior, podremos afirmar que la oración «Todos los filósofos son neuróticos» implica lógi­camente la oración «Todos los filósofos anaJíticos son neuróticos»' y de modo análogo para el ejemplo (2).

Cuando dos ora~iones p y q son tales que la afirm2ción «p- y no q» es contradictoria , se dice, en inglés , que P 'lntails q. Esta expresión se ha traducido a veces como «P entraña q» , y por lo mismo, el sustantivo entailment se ha traducido como «entrañamiento» . Yo, por mi parte, ante la dificultad de encontrar un término exacto e idiomático al mismo tiempo, le he dado la vuelta a la relación y he traducido en otras ocasiones «p en­tails q» como «q se deduce de P» o «q es deducible de p». Así definida, e bvio que esta relación va estrechamente unida a la de implicación

. lógica, aunque hay una larga discusión sobre si coinciden exactamente o no.

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provisionalment;.e,. y para nuestros efectos, podemos ace~tar que siempre ue p implica 10gIcamente q) q se deduce de p) pero no VIceversa; esto es,

que hay casoS en los que q se deduce de p) pero no está lógicamente impli­~da por ella. Est? .ocurre cuando la deducibilidad s,e ~as~ en el sig.nificado de términos no loglcos que aparecen en p y q . ASl, deClf de alguIen que es un adulto y negar que ha pasado la pubertad es contradictorio, en virtud de lo que significan los términos (no lógicos) «adulto,> y «pubertad». En este sentido, de la afirmación de que alguien es adulto se deduce que ha pasado la pubertad, aunque lo primero no implica lógicamente lo segundo, podríamos tal vez decir que· lo implica analíticamente, y reservar en con­secuencia la expresión «implicación analítica» para estos casos, aunque sin olvidar que, en rigor, toda implicación lógica es una subespecie de la implicación analítica. Así como al concepto de implicación lógica corres­ponde el concepto de verdad lógica, al concepto de implicación analítica corresponde el de verdad analítica. En el capítulo próximo estudiaremos una importante discusión de este punto por parte de Quine.

Cuando dos oraciones p y q son tales que si q es falsa, p no es ver­dadera ni falsa, se dice que p presupone q. Como se recordará, esta rela­ción fue introducida por Strawson como medio de dar cuenta de las ora­ciones cuyo sujeto carece de referencia, sin tener que recurrir a una expli­cación tan artificiosa como la teoría de las descripciones definidas. ASÍ, la oración «El asesino de Aristóteles era de Siracusa» presupone la oración «Aristóteles murió asesinado», ya que la verdad de esta última oración es condición necesaria tanto para la verdad como para la falsedad de la primera, y siendo esa última oración falsa (como creemos que es), la pri .. mera no puede decirse que sea ni lo uno ni lo otro.

Con esto hemos revisado la implicación material, la implicación lógica, la implicación analítica y la presuposición. A estas relaciones se añade la implicatura conversacional de Grice, que tiene, por cierto, semejanzas con lo que, por los mismos años, otros venían llamando implicación pragmática o implicación con textual.

Así, Nowell-Smith, en su Etica (1954, cap. 6, secc. 2) habla de la im­plicación contextua! definiéndola del siguiente modo: un enunciado (state­ment) p implica contextualmente otro enunciado q si cualquiera que co­nozca las convenciones normales del lenguaje está autorizado a inferir q a partir de p en el contexto en que ambos aparecen. Y ofrece las tres reglas siguientes sobre este concepto: primera, hacer un enunciado implica que el que lo hace cree lo que dice; segunda, todo hablante implica contex­tualmente que tiene lo que, en su opinión, son buenas razones en favor de su enwlciado; y tercera, todo cuanto uno dice puede asumirse que es relevante para los intereses de su auditorio. Estas tres reglas pueden, y suelen, quebrantarse en el habla cotidiana, pero parece que 'deben ser con­venciones que, en principio, rijan el uso normal del lenguaje.

La imprecisión de la formulación anterior es algo que salta a la vista. En primer lu.gar, no está el.aro si las convenc~ones norI?ales a las que '1jse "'0 A""f';¡-":"., hace referencla son convenClOnes de un lenguaje deterrnmado o convenCl ~~ ( (~,

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nes propias de todo lenguaje por el hecho de serlo. A juzgar por las tres reglas , habría que concluir que se trata de las convenciones del lenguaje en generaL Siendo esto así, es del todo l1amativo que se llame «contextual» a una implicación que no depende para nada del contexto. Pues, en efecto, las reglas citadas no toman en cuenta el contexto, el cual sólo sería rele. vante para excluir la aplicación de alguna de ellas. Por ejemplo, si se ve claro .por el contexto que. estoy hablando en broma, nadie tendría por qué asumIr que creo lo que digo o que tengo buenas razones para decirlo. Fi .. nalmente, no está claro qué es lo que produce la implicación, pues si bien se atribuye ésta, en la definición, al enunciado, esto es, a la afirmación que se hace al usar la oración, la regla primeta más bien hace que la impli. cación derive del acto de hacer el enunciado, mientras que la regla segunda claramente atribuye la implicación al propio hablante .

Todos estos puntos oscuros han sido elucidados por Nowell·Smith en un trabajo posterior (<<Contextua! Implication and Ethical Theory», 1962) . AqUÍ, la implicación contextual ya no se llama así, sino implicación pragmá. tica, que evidentemente as más exacto; ·las reglas de las que esta implica­ción se deriva son reglas necesarias para que todo lenguaje cumpla sus propósitos, y el sujeto de la implicación es el propio hablante, pues es éste quien, al hacer un enunciado, implica pragmáticamente que cree lo que dice, que posee sus buenas razones para creerlo así y que juzga de interés para su auditorio el decirlo.

Freme a la implicación pragmática, así definida, la implicación contex· tu al resulta ser una subespecie de aquélla. La implicación con textual es también propiamente pragmática, puesto que es una forma de implicación que involucra al hablante; se trata de lo que el hablante puede dar a en' tender por medio de sus palabras a causa de haberlas proferido en un determinado contexto extralingüístico. Un excelente ejemplo es el sumi­nistrado por Grice (<<The Causal Theory 01 Perception», 1961): en un tribunal de exámenes uno de los miembros, comentando el ejercicio escrito de un alumno, se limita a decir con laconismo : «Tiene buena letra y no comete faltas de ortografía.» En ese contexto, el hablante da a entender, sin duda, que el contenido del examen es tan pobre que no vale la pena hablar de ello. Lo característico del caso presente es que la implicación no se produce a no ser que se utilicen esas palabras en tal contexto o en uno semejante. La oración, por si sola y en razón de 10 que significa, carece de esa implicación, y la adquiere tan s610 al ser usada en un tipo de contexto muy determinado . De aquí que la implicación pueda ser can· celada --en término de Grite- si el hablante añade algún comentario en este sentido, por ejemplo: «Pero no quiero decir con ello que el ejercicio sea malo.»

Grice da otro ejemplo más, de carácter muy distinto, como caso tam­bién de este modo de implicación. Se trata del caso en el que alguien afirma <~Mi mujer está en la alcoba o en el comedor», implicando por ello que ignora en cuál de ambas habitaciones se encuentra. Es patente que "esta forma de implicación puede igualmente ser cancelada añadiendo las pa-

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-- ----labras oportunas, pero, en contra de lo que sugiere Grice, es muy ?i~ere?~e

la ante rior, 10 bastante para que pueda ponerse en duda la aSlmIlaClOn de ambas. En el caso .prec~der:~e , en el ~ue. irónicamente se descali~icaba

n examen escrito, la ImpltcaclOn se debla Sin duda al contexto particular ~n el que se usaban l.as palabras. Era una forma ~e implicación co?te~t~a l. En el último caso,. SIn. ,embargo, el c?nte~to e.s, Irrelevante para Justlft~ar que se dé la impltc~clOn. En cualq~le,r Slt~ aC1C~n ~ormal en que algUien haga la afirmació~ ~ltada, se pr,:ducua l~ Imphcaclón Y, el oyente ~Sp??­táneamente atribUlra al hablante Ignorancia respecto a cual es la habItaclOn donde se halla la persona referida. En mi opinión) éste es un caso más bien de implicación pragmática en el sentido que hemos visto. Son más bien las convenciones generales del lenguaje las que justifican es ta implicación, pues es una convención general del uso del lenguaje que el hablante diga lo que cree y, por consiguiente, que solamen.te utilice una expresión de duda o desconocimientO cuando éste es su estado mental.

Grice compara con los casos anteriores un tercer ejemplo digno de mención , el de quien afirma «Es pobre pero honrada», implicando, según parece, que existe algún contraste entre la pobreza y la honradez, acaso porque resulte especialmente meritOrio ser honrado cuando se es pobre. Los comentarios de Grice en torno a este ejemplo me parecen parucularmente confusos y no vale la pena discutirlos en detalle, pero mencionaré que parece inclinado a aceptar que es ta implicación sea cancelable; esto es, defiende que sería inteligible afirmar: «Es pobre pero honrada, aunque no quiero decir que haya nada llamativo en que sea ambas cosas a la vez.» En mi opinión, una afirmación como esta última encierra un uso erróneo del término «perm» ) y solamente es inteligible en la medida· en que pense­mos que el hablante, por descuido o por ignorancia, ha empleado ese término para decir lo que podría haber expresado simplemente con la . conjunción «y». La única razón por la que he ci tado este tercer caso de los que Grice comenta es porque pienso que se trata de otro ejemplo de lo que anteriormente hemos considerado implicación analítica, ya que la implicación viene dada exclusivamente por lo que significan nuestras pa­labras, en este ejemplo y, en particular, la palabra «pero».

Los tres ejemplos de Grice que hemos considerado pueden, pues, cate­gorizarse, respectivamente, como casos de lo que hemos venido llamando implicación contexrual, implicación pragmática e implicación analítica. Pos­teriormente) Gríce ha desarrollado y sistematizado su tra tamiento de este tema en la siguiente forma («Logic and Conversation», 1975). Distingue ahora entre lo que llama, respectivamente) implicatura (implicature) con­vencional e implicatura conversacional. La primera es una relación que obedece exclusivamente a los rasgos convencionales de las expresiones usa­das. El último de los tres ejemplos anteriores, el que involucraba la con­junción «pero», sería un caso de implicatura convencional. La implica tura c~:)flversacional, a su vez, puede ser de dos tipos, particularizada y genera­l~zada . La primera se debe a los rasgos propios del contexto extralingüís­tico particular en el que se usan las palabras. El primero de los tres ejem-

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plos comentados, en el que se condenaba implícitamente un examen enco­miando su buena letra y orrografía, constituye un c<!so de este Lipo. Final­mente, la implica tuca conversacional generalizada se produce por el uso normal de cierras expresiones, y a menos que se den determinadas circuns­tancias que la excluyan. Tal vez sea ejemplo de ésta el caso en el que la afirmación de que alguien está en tal sit io o en tal otro implica que el hablante no conoce en cuál de ambos sitios está. Grice da ahora (op. cit ., p. 56) este ejemplo: la afirmación acerca de alguien, de que va a ver a una mujer esta tarde, implica conversacionalmente de forma generalizada que esa mujer no es su esposa, ni su madre, ni ningún pariente cercano. Según esto, parece que las categorías de Grice corresponden a los tres con­ceptOs que ya habíamos vistO. Su implicatura convencional es lo que ha­bíamos considerado implicación analítica, y tiene, por consiguiente, carác­ter semántico (aunque Grice, desde su teoría pragmática del significado, que ya conocemos, podría defender el carácter igualmente pragmático de ese tipo de implicación). La implica cura conversacional generalizada equi­valdrá a la implicación pragmática general, y la particularizada correspon­derá a una implicación pragmática relativa al contexto extralingüístico, o sea, lo que hemos llamado implicación contextua!.

Según Grice, las implicaturas conversacionales están esencialmente co­nectadas con cierros rasgos generales del discurso que derivan de que la comunicación lingüística es una forma de conducta cooperativa, que sirve a un propósito común a los hablames (op. cit., p. 45). EstO es lo que re­coge el principio de cooperación, como lo llama Grice, y que formula así: haz que tu contribución a la conversación sea la requerida, en el momemo en que tiene lugar, por el propósito o dirección aceptados del intercambio lingüístico en el que tomas parte (loc. cit.) . Este principio se particulariza en cuatro tipos de máximas, que son los siguientes:

1. Por 10 4ut: se cdiere a la cantidad de información a summlstrar: haz que tu contribución sea tan informativa como se requiera para los propósitos normales de la comunicación , pero no más de lo que se requiera.

2. Por lo que hace a la c(¡[idad de la comunicación: intenta que tu contribución sea verdadera. Que se descompone en no decir lo que uno cree que es falso y en no decir aquello para lo que se carece de pruebas ade­cuadas.

3. Por lo que toca a la relación entre las palabras y el tema de la comunicación: sé relevante.

4. Y, finalmente, por lo que respecta al modo de la comunicación: sé claro . Lo cual se descompone en evitar expresiones oscuras, evitar la ambigüedad, ser breve y ser ordenado.

¿Cuál es la condición de estas máximas, así como del principio general de cooperación, del cual derivan? Para Grice (op. cit. , pp. 47 Y ss.). se

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7. Los abusos del uso 355

trata, por lo pronto, del supuesto, que todos aceptamos en principio, de que los hablantes proceden, en general y mientras no se demuestre lo contrario, de acuerdo con tales máximas. Y la base de esta suposición es, por una parte, el simple hecho de que los hablantes se suelen comportar así, y tienen el hábito de hacerlo. Pero no es sólo eso. Es que, además, es razonable seguir dichos pr incipios si la conducta lingüística ha de ser ra­cional y teleológica, y sin ellos no parece que pueda concebirse el uso del h::nguaje en general. Estaríamos en presencia, por tanto, de una especie de principios a priori de la racionalidad lingüística comunicativa. Ello no deja de ser llamativo si se repara en el aire tan híbrido que tienen dichas máximas, pues mientras que algunas, en efecto, suenan a mandamientos de un decálogo (<<no dirás lo que es falso»L otras más bien parecen máxi­mas de calendar io (<<sé breve y ordenado»). La importancia relativa de unas y otras es, desde luego, muy ' distinta. Mientras que el principio de decir Jo que uno cree cierto y relevante es sin duda un principio sin cuyo cum­plimiento general no parece que se pueda explicar el uso normal del len­guaje, en cambio el principio de ser breve, claro y ordenado no se ve que pueda constituir sino una aspiración de just ificación muy relativa. Supon­gamos que una comunidad fuera tan consciente de la estética del habla, y de la re'lórica, que prefiriera, en general, usar expresiones largas, y aun oscu­ras y desordenadas, con tal de que fueran bellas, novedosas y elegantemente construidas. No encuentro razones para considerar su actitud más irracional que la contraria. Esto no es más que una hipótesis que me parece verosímil , pero, ya en el terreno de los hechos, hay que añadir que parece haber una comunidad lingüística que no cumple con algunos de los principios de Grice. Si es cierto 10 que cuenta E. O. Keenan (<<On the Universality of Conversational Implicatures», cit. en Gazdar, Pragmatics, p. 54), los ha­blantes del malgache, esto es, la generalidad de los habitantes de la antigua Madagascar, hoy República Malgache, procuran que sus expresiones sean lo menos informativas posible, empleando disyunciones en lugar de aser­ciones simples y categóricas, recurriendo a formas verbales sin su jeto y prefiriendo pronombres indefinidos o nombres comunes 3 nombres pnr pios y descripciones definidas. ¿Es irracional la conducta de estos hablan­tes? ¿O más bien deberíamos pensar que la rac ionalidad lingüística defi­nida por los principios de Grice es relativa a una cultura y a una forma de vida?

De conformidad con lo anterior, Grice caracteriza la noción de impli­catura conversacional así: al decir que p, un hablante implica conversa­cion2.Jmente que q, con tal que, primero, haya que presumir que está observando las máximas conversacionales mencionadas, o, al menos, el principio de cooperación; segundo, que para que su proferencia de p sea consistente con la presunción anterior, se requiera el supuesto de que el hablante se da cuenta de que q; y tercero, que el hablante piense que está al alcance de la competencia del oyente darse cuenta de que se requiere el supuesto que se acaba de mencionar (loe. cit., pp, 49 Y ss.),

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Las máximas de Grice, así como sus tipos de implicatu ra , dan origen a gran variedad de cues tiones y han sido obje to de discusión detallada a propósito de ejemplos concretos (v. Gazdar, Pragmatics, cap. 3, y Kasher, Conversational Maxims and Rationality). Por 10 que a nosotros respecta, baste señalar la conexión que esas máximas tienen con lo que antes hemos Llamado implicación pragmática. Esta forma de implicación deriva, como vimos, de aquellas reglas que podríamos considerar necesarias para que todo lél1guaje cumpla su propósito al ser usado . Y esto es lo que expresan Jos principios de G rice, luego parece que, básicamente al menos, la noción es la misma. Como se habrá apreciado, las reglas de implicación pragmática enunciadas por Nowell-Smith, a saber: que el hablante crea en la verdad de lo que dice , tenga buenas razones para creerlo y lo juzgue de interés para su auditorio, se encuemran recogidas en los principios 2 y 3 de Grice, que son precisamente los que resultan menos discutibles. ¿Por qué hablar de implicación pragmática mejor que de ·implicatura conversacional? Por un lado, el término «conversacionah> me parece indebidamente restrictivo, y parecería limitar el alcance de este tipo de relación entre oraciones al caso de ciertas formas de comunicación oral , siendo así que estas implica­ciones, y los principios en que se apoyan, se aplican igualmente a todo uso del lenguaje, sea o no una conversación y sea o no oral. En cuanto al término «implicatura», la elección de este neologismo puede jus tificarse en base a las diferencias que separan es ta relación de la implicación semán­tica y, en especial, de su caso paradigmático, la implicación lógica. Pero teniendo en cuenta que también usamos el término «implicación» para un caso tan alejado de la implicación semántica como el condicional veritativo­funcional (implicación material ), no veo grave inconveniente en usarlo para esta relación pragmática y sí, en cambio, la ventaja de mantener la uniformidad en la terminología.

Teníamos, pues, definidas con cier ta claridad y exactitud , suficientes al menos para nues tros propósitos, la implicacióll material o condicional ve­ritativo-funcional , y tres tipos de implicación semántica, la presuposición, la implicación analítica y la implicación lógica. Hemos de considerar a estos tres tipos de implicación como semánticos, puesto que la implicación deriva de 10 que significan los términos y expresiones de la oración implicante, bien sean los términos y expresiones de carácter no lógico (en la presu­posición y en la implicación analítica), bien sean los que tienen carácter lógico (en la implicación lógica). Lo que está en juego en es tas relaciones es la verdad o fa lsedad de las oraciones relacionadas. Así, si p presupone q, la fal sedad de q hace que p no sea ni verdadera ni falsa; si, en cambio, p implica analítica o lógicamente q, la falsedad de q hace a p fa lsa.

A estas relaciones tenemos ahora que añadir dos relaciones, no semán­ticas, sino pragmáticas: la implicación pragmática general y la implicación contextual (a las que pueden reducirse , por las razones que hemos visto, las implica turas conversacionales de Grice). Se trata de relaciones en las que, como era de esperar siendo pragmáticas, no es la verdad o fa lsedad de las oraciones lo que está en juego. Si la oración «Está lloviendo ahora

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ahí fuera)), en cuanto pronunciada por mí en una ocaSlon determinada, implica pragmáticamente la oración «Creo que está lloviendo ahora ahí fuera», enronces la fal sedad de es ta última oración, en el caso, por ejem­plo, de que yo creyera en ese momento que hace sol, no tiene consecuen­cia alguna para la verdad o la falsedad de la primera; en definitiva, que esté o no lloviendo no depende de lo que yo crea. La razón última es que no es propiamente· una oración-tipo p la que implica pragmáticamente otra oración q, sino que es el uso o proferencia de p que hace un hablante el que implica pragmáticamente que el hablante se encuentra en talo cual es tado psicológico o actitud mental. Teniendo en cuenta esta últ ima pre­cisión , podemos intentar una def inición aproximada en estos términos: p implica pragmáticamente q si y sólo si la afirmación «p y no q) es contraria a los propósiros generales del uso del lenguaje. Es el caso de quien afirmara «Está lloviendo, aunque creo que no 10 está», «Márchate, pero no deseo que te marches), etc.

Los propósi tos generales del uso del lenguaje que justifica'n la impli­cación pragmática pueden ser aquellos en los que coinciden todos los len­guajes por el hecho de serlo, podríamos decir : los propios del lenguaje en cuanto tal , o bien los propios de una lengua en particular e incluso de algun subgrupo lingüístico. Quiero insinuar con ello que, por muy pecu­liares características que pueda tener el uso de una lengua, como en el supuesto del malgache, tales características darán lugar, por su parte, a peculiares implicaciones pragmáticas.

La implicación contextual tiene igualmente carácter pragmático, pues resulta producida por el uso que se hace del lenguaje y no meramente por lo que significan los términos y expresiones. Por lo mismo, no afecta tam­poco al va lor de verdad de las oraciones relacionadas. Como en el caso anterior, no es propiamente una oración-tipo p la que implica contextua1: mente q, sino el uso de p en una ocasión determinada el que implica coo­textualmente q. ¿Cómo definir es ta relación? Aun cuando se trate de una relación pragmát ica, la definición de la implicación pragmática general no es estrictamente aplicable . Lo que está aquí en juego no son los propósi tos generales del lenguaje que justifican el que se digan las cosas de cier to modo o se emplee la lengua de detreminada manera. Lo que está aquÍ en juego es la posibilidad de dar a entender, por medio de unas palabras , algo totalmente distinto de lo que sign ifican esas palabras, y de hacerlo en la medida en que el contexto ex tralingüístico completa lo que ellas significan por sí solas. Se trata , en definitiva , de 10 que llamamos el doble sent ido, como se aprecia bien en el ejemplo de Grice acerca del examinador que descalifica irónicamente un examen haciendo un elogio de su ortografía . Podríamos intentar una definición del modo siguiente: p implica contex­tualmente q en un cierto tipo de contexto e si y sólo si es usual atribuir al hablante la intención de dar a entender q cuando profiere p en ese tipo de contexto c. Esta definición, como la precedente para la implicación prag­mática general, adolece de enorme vaguedad, especialmente en cuanto a términos como <<usual», pero recoge en todo caso el sentido de nuestras

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conclusiones, por provisionales que éstas puedan ser. No está de más recordar que la definición rigurosa de ímplicalura conversacional es muy problemá tica (como puede verse en Gazdar, Pragmatics, pp. 41 -43).

Con esto podemos poner fin a nuestra breve exploración de la teoría pragmática, un tratamiento de los problemas del significado que, a través de Austin, se relaciona, en última instancia, con el giro impuesto por el segundo Wittgenstein a la filosofía del lenguaje. Hemos estudiado los problemas principales planteados por este último, algunas aportaciones d~ sus herederos más distinguidos, el desarrollo de la teoría de los actos de habla en Austin y Searle y, finalmente, la teoria pragmática de la comu­nicación lingüís tica en Grice. Junto a descubrimien tos e iluminaciones de

f, indudable valor, hemos tropezado también con dificultades y confusiones. Que puedan éstas resolverse dentro de este enfoque, o que se requiera completado, enriquecerlo o S'Ustituirlo, es algo sobre lo que aún no pode­mos decidir. Debemos, antes, considerar otra línea de L.,vestigación que discurre paralela y coetánea con la que hemos explorado en este capítulo y que, como ella, procede también originariamente del atomismo lógico, y en particular del Tractatus de Wittgenstein.

Lecturas

Hay que empezar por hacer una remisión a las obras generales de filo­sofía analítica recomendadas para el capítulo anterior, pues en todas ellas se trata algunos de los temas considerados en el presente capítulo. ~a remisión ha de incluir, naturalmente, los libros de conjunto sobre Witt­genstein que allí se recomendaron, pues en todos ellos se estudia su se­gunda etapa filosófica, e incluso, por lo que respecta al libro de Kenny, también sus etapas intermedias. Con esto podemos pasar a la bibliografía que se refiere, en particular, al segundo Wittgenstein.

La obra fundamental, más elaborada y definitiva, del segundo Witt­genstein, las Philosophische Untersuchungen (Investigaciones filosóficas) no ha aparecido aún, ,que yo sepa, en castellano, si bien tengo oído desde hace tiempo que la Universidad Nacional Autónoma de México preparaba la traducción. Hay, desde luego, una traducción inglesa de toda confianza que acompañaba a la edición original del texto alemán (Blackwell, Ox­ford, 1953), y que ha sido publicada después separadamente (Philosophical 1 nvestigations, Blackwell, Oxford, 1963). Existe asimismo traducción fran­cesa (Gallimard, París, 1961) e italiana (Einaudi, Turín, 1967), pero no puedo responder de ellas porque no las he manejado nunca. Puestos a limitarse a una obra en castellano, no hay más remedio que recurrir a Los cuadernos azul y marrón (Tecnos, Madrid, 1968), que, aunque no tienen el interés de las Investigaciones, presentan con bastante aproxima­ción todos los temas característicos de estas últimas.

EI?tre las obras dedicadas a la segunda filosofía de Wittgenstein, hay que empezar por citar Lengua;e, filosofía y conocimiento, de José Luis

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7. Los abusos del uso 359 -~-_. ".

Blasco (Afiel , Barcelona, 1973), que hace muy accesible la introduC'ción a la teoría del lenguaje del segundo Wittgenstein, la cual examina en cone­xión tanto con sus precedentes lógico-atomü:tas como con sus continuado­fes en la filosofía del lengllaje ordinario. Carác ter más monográfico tiene la excelente invescigación de Alfonso García Suárez, La lógica de la expe­riencia: Wittgenstein y el problema del Lenguaje privado (Tecnos, Ma­drid, 1976), que, aunque contiene un interesante capítulo sobre el soli p­sismo en el TractatuJ, está dedicado al problema que enuncia en su título, del que ofrece un tratamiento riguroso y exhaust ivo. Hahlando de este tema , recordaré que el libro de Hacker, Insighl {lnd lllusion, tiene un interesante tratamiento de estos problemas en el segundo Wittgenstein. y puesto que la bibliografía casteLlana específica sobre el segundo Witt­genstein es tan escasa, me: permitiré aiíadir un par de tÍtulos no traducidos. De un lado, una obra clásica de conjunto, The FOlllldatiol1S 01 \,(!ittgen5~ tein's Late Philosophy, de Specht (Manchester Un iversity Press, 1969; el original es alemán y de 1963, pero asumo que el leclOr rendrá más facili­dad para leerlo en inglés). De otra parte, una excelente y completa recopi­lación de artículos sobre las In vestigaciones filosóficas, la realizada por Pitcher bajo el título Wittgenstein: The Phiiosophical InvestigatiollS (Dou­bleday, Nueva York, 1966).

Sobre la filosofía del lenguaje ordinario, aparte de lo que pueda en­contrarse en los libros y recopilaciones generales ya mencionados, y en particular en la recopilación de Muguerza. La concepción analítica de la filosofía, debe verse la de Chapell , titulada El lengllaie común (Tecnos, Madrid, 1971), que contiene ensayos muy representativos. También hay trabajos de interés en la recopilación de Parkinson, La teoría deL signili­cado (Fondo de Cultura Económica, México).

La obra fundamental de Austin, que es también la más importante dentro del análisis postwittgensteiniano del lenguaje ordinario, está tradu­cida con el título de Palabras y acciones (Paidós, Buenos Aires, 1971; 2.a

edición titulada Cómo bacer cosas con palabras). Se han traducido también sus artículos, algunos muy import.antes, bajo el título Ensayos filosóficos (Revista de Occidente, Madrid, 1975). Finalmente , es de reciente traduc­ción la obra de Searle que sistematiza, en su versión propia, la teoría de los actos ilocucionarios: Actos de habla (Cátedra , Madrid, 19&0).