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LICITACION PUBLICA Nº 3.015 OBJETO CONTRATACION SERVICIO TOMA ESTADO DE MEDIDORES EN LOCALIDADES DE LA AGENCIA SAN JAVIER, DEPENDIENTES DE LA SUC SANTA FE NORTE. PRESUPUESTO OFICIAL $ 450.453,02 (Pesos, cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y dos con 02/100) IVA INCLUIDO GARANTIA DE LA OFERTA : $ 4.504,53 (Pesos cuatro mil quinientos cuatro con 53/100) APERTURA CONSULTAS DIA 12/06/2015 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA HORA 11 00 DE SANTA FE UNIDAD SERVICIOS LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA Primera Junta 2558 - Piso 1- Of. 7 3000 Santa Fe Primera Junta 2558 – Piso 1- OF. 10 3000 Santa Fe PRECIO DEL LEGAJO $ 372 (Pesos trescientos setenta y dos) + IVA El presente Pliego consta de ........................... fojas útiles.-- EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE AREA ABASTECIMIENTO–Unidad Compras Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) – 4505.856 – 4505.849 – 4505.851 – 4505.854 – 4505.855

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LICITACION PUBLICA Nº 3.015

OBJETO CONTRATACION SERVICIO TOMA ESTADO DE MEDIDORES EN LOCALIDADES DE LA AGENCIA SAN JAVIER, DEPENDIENTES DE LA SUC SANTA FE NORTE.

PRESUPUESTO OFICIAL $ 450.453,02 (Pesos, cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y

dos con 02/100) IVA INCLUIDO

GARANTIA DE LA OFERTA : $ 4.504,53 (Pesos cuatro mil quinientos cuatro con 53/100)

APERTURA CONSULTAS

DIA 12/06/2015 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

HORA 1100 DE SANTA FE

UNIDAD SERVICIOS

LUGAR EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

Primera Junta 2558 - Piso 1- Of. 7 3000 Santa Fe

Primera Junta 2558 – Piso 1- OF. 10

3000 Santa Fe

PRECIO DEL LEGAJO $ 372 (Pesos trescientos setenta y dos) + IVA

El presente Pliego consta de ........................... fojas útiles.--

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE AREA ABASTECIMIENTO–Unidad Compras Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) – 4505.856 – 4505.849 – 4505.851 – 4505.854 – 4505.855

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ALCANCE DE SUMINISTRO

Objeto: Contratar el Servicio de Toma de Estado de Medidores en las localidades de la Agencia San Javier, dependientes de la Sucursal Santa Fe Norte.-

Período de Contratación: 76506 lecturas, 1464 Kilómetros o 12 meses, lo que ocurra primero Con opción a prórroga, por única vez, por igual cantidad o período, con acuerdo de partes.-

RUBRO I Matrícula Descripción Cantidades

anuales

95 66 0003 Contrato de Servicio de Lectura de Medidores Urbanos 72.474

95 66 0040 Contrato de Servicio de Lectura de Medidores Rurales 4.032

95 01 0500 Contrato de Servicio Vehículo por kilómetro para Lectura

Medidores Rurales 1.464

LOCALIDAD Cantidad

bimestrales Lecturas Urbanas

Cantidad bimestrales Lecturas Rurales

SAN JAVIER 5609 214

HELVECIA 2580 90

CAYASTA 1542 7

ALEJANDRA 1304 188

SALADERO CABAL 363

COLONIA MASCIAS 117 37

LA BRAVA 192 21

CAMPO DEL MEDIO 128

COLONIA YATAY 164 84

CACIQUE ARACAIQUIN 80 31

totales BIMESTRALES 12079 672

totales ANUAL 72474 4032

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DETALLE CANTIDAD en kms

ORIGEN SAN JAVIER, DESTINO LA BRAVA 25 ORIGEN LA BRAVA, DESTINO ZONA RURAL NORTE 15

ORIGEN LA BRAVA DESTINO ZONA RURAL SUR (INCLUIDO CACIQUE ARACAIQUIN)

27

ORIGEN SAN JAVIER, DESTINO ALEJANDRA (INCLUYE C.CRIOLLA, C.CALIFORNIA, C.YATAY, C.TERESA, LOS

JACINTOS Y LOS CORRALITOS) 84

ORIGEN ALEJANDRA, DESTINO ZONA RURAL NORTE 18 ORIGEN SAN JAVIER, DESTINO SALADERO CABAL (INCLUYE

MACIAS Y C.SAN JOSE) 35

ORIGEN HELVECIA, DESTINO ZONA RURAL NORTE 25 ORIGEN HELVECIA , DESTINO ZONA RURAL SUR (INCLUYE

CAMPO DEL MEDIO) 15

TOTAL KMS APROX.BIMESTRAL 244 ANUAL 1464

Nota:

Las cantidades indicadas son aproximadas debido a las variaciones por Altas y Bajas que se producen.

La cotización será discriminada por Toma de Lectura Urbano y Rural (unidad) y por Kilómetro Rural a recorrer (km).

La adjudicación será global y por Rubro.

Culminado los tiempos establecidos, con acuerdo de partes, se podrá continuar con la Orden de Compra en vigencia hasta el agotamiento total de la misma.-

CONSULTAS

UNIDAD DE TRABAJO COMERCIAL SUCURSAL CIUDADANA SANTA FE NORTE

E.ZEBALLOS 4654 2DO. PISO

TEL: 0342-4505699 – (3000) SANTA FE

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES

TOMA ESTADO DE MEDIDORES

ARTÍCULO 1° - OBJETO: El presente tiene por objeto contratar el servicio de Toma de Lectura de Medidores en Zona Urbana y Rural en las localidades detalladas en el Alcance de suministros.-

ARTICULO 2º - ANTECEDENTES: El proponente adjuntará con la oferta antecedentes de haber efectuado tareas afines a lo solicitado en el presente llamado. Para el caso de no contar con los citados antecedentes, deberá adjuntar con la propuesta una declaración jurada donde manifieste carecer de los mismos y aceptar ser visitado por personal de esta Empresa con el objeto de ser evaluado como proveedor, poniendo a disposición los elementos necesarios para cumplir con tal fin.

ARTICULO 3º - PEDIDO DE ACLARACIONES (Artículo 4° del PBCGCP): Se deja establecido que toda aclaración y/o información complementaria, sobre la presentación de la oferta, solo podrá ser requerida por el proponente, hasta cuarenta y ocho (48) horas hábiles antes de la fijada para el acto de apertura.

ARTICULO 4º - COTIZACION (Artículo 9° del PBCGCP): El proponente deberá presentar en forma conjunta y obligatoriamente, los “Formularios de Cotización” y la/s “Estructura/s de Costos” del Servicio. La Estructura de Costos, debidamente completa y conformada, deberá avalar el precio final ofertado, para cada Item/s detallado/s en el Alcance de Suministro, debiendo respetar la/s Unidad/es de Medida/s del servicio a contratar y considerando todas las tareas definidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, aclarando, específicamente, el Convenio Colectivo que le corresponde a la actividad que se contrata.

ARTICULO 5°- CONTRATO

La vigencia del contrato es la establecida en el Alcance de Suministro, el cual podrá ser prorrogado por igual cantidad y/o tiempo, con las mismas condiciones pactadas originalmente, previa aceptación por parte de la Contratista.

La adjudicataria deberá encontrarse en condiciones de iniciar el servicio a los cinco (5) días hábiles de notificada su adjudicación.

Ello no implica para la Empresa la obligatoriedad de dar comienzo al servicio en dicho término.

La Contratista no podrá, bajo ningún concepto, suspender total o parcialmente los servicios, salvo en casos de fuerza mayor, los que deberán ser informados fehacientemente, debidamente fundamentados, comprobados y evaluados por la Empresa.

La Empresa se reserva el derecho de ampliar o reducir el alcance de la contratación en un treinta por ciento (30%) sobre el rubro contratado, podrá involucrar otras localidades que se encuentren en la zona de la/s Sucursal/es afectada/s por el/los Rubro/s. El precio unitario del nuevo servicio a incorporar será el mismo que le fuera adjudicado al Rubro o Ítem del presente llamado y esta ampliación tendrá vigencia por el lapso de tiempo que reste hasta la finalización del contrato.

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ARTÍCULO 6°- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR:

La Toma de la Lectura de Medidores, tendrá las siguientes características:

a) Obligaciones de la Empresa.

1- Los listines o captores de datos que contienen las lecturas a tomar, serán entregados

al Contratista, con no menos de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha real de toma de lectura.

2- Deberá informar las novedades del último período: Altas – Bajas – Cambio de Medidor – Actualizaciones – Corrección de estados anteriores por Notas de Créditos.

3- Otorgará la información necesaria al lecturista para que encuentre todos los servicios, sobre todo aquellos en que la dirección es Zona Rural o Suburbana.

4- Informará los distintos Códigos de Tarifa y requisitos que regulan el encuadre del consumidor del servicio de energía.

5- Realizará un control de estados tomados, haciendo una inspección en zonas a elección y verificando lecturas intercaladas.

6- La Empresa podrá disponer, con personal propio, los controles que estime necesarios para asegurar el cumplimiento de las cláusulas contractuales; pudiendo además, hacer ejecutar trabajos de urgencia que modifiquen la rutina normal y la secuencia de los mismos o requerir la ampliación del personal que presta el servicio cuando la ejecución de los trabajos se vea demorada.

b) Obligaciones del Contratista

1- Recepción del paquete de listines y/o captores de datos en la cabecera de Sucursal y

de cada una de las Agencias , para proceder a ordenar y preparar los mismos para la toma de lecturas, previa revisión de errores puntualizados por Centro de Cómputos respecto al bimestre anterior.

2- El período de toma de lectura como así también la entrega del trabajo completo, es decir, todas las lecturas tomadas, deberá ser respetado de acuerdo al cronograma establecido por la EPESF.-

3- Los listines y/o captores de datos deberán ser devueltos a medida que se completen, no debiendo transcurrir más de 48 horas, sin información por parte del lecturista.

4- Cuando la lectura se registre en listines, completará un anexo “Planilla Toma Estado de Medidores” (se adjunta modelo), por ruta, en donde se dejará constancia de la fecha real de lectura y deficiencias encontradas en cada ruta, como ser: dificultad para el ingreso de datos al captor, clientes que no figuren en padrones, fraude, medidores parados, consumos nulos, falta de precinto, falta tapa o contratapa, consumo excesivo, estado menor al anterior y toda irregularidad que pueda observarse. Cuando la lectura se registre en captores de datos, deberá declarar las novedades como un ordenativo de trabajo.

5- Podrá en el mismo anexo solicitar cambios de folio, corrección de número del domicilio y cambio de tarifa.

6- El total de lecturas a tomar de un determinado plan, deberá ser entregado dos (2) día antes de la fecha de vencimiento estipulado por el sector Información para Cómputos.

7- Una vez finalizada la toma de lectura, la Empresa emitirá listados de validación donde la Contratista deberá justificar los consumos nulos o fuera de rango que pudieren observarse, instancia que implica nuevamente la verificación de los estados de medidor afectado.

8- Deberá disponer de las herramientas necesarias (llaves para tapa de medidor, destornilladores, pinza, etc.) para concretar este trabajo.

9- El uso de los elementos de seguridad por el riesgo eléctrico será de carácter obligatorio y provisto por la Contratista.

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10- La Contratista será el único responsable por cualquier rotura, desperfecto o robo que sufrieran los equipos Captores de Datos entregados por la Empresa, debiendo reponer, dentro de los 15 días de sucedido el hecho, el o los equipos dañados o faltantes ( misma marca y modelo).

11- Deberá cumplir estrictamente las fechas de inicio y finalización indicadas en el Plan Anual de Lecturas a suministrar por la Empresa.

12- La contratación del servicio de seguridad que custodie al personal toma estado correrá por cuenta y cargo de la Contratista.

13- La Contratista designara un Supervisor quien será el encargado de recibir diariamente la información y/o requerimiento de la Empresa, siendo el responsable de organizar y controlar la correcta ejecución del servicio.

14- Queda expresamente prohibido a la adjudicataria subcontratar en forma total o parcial, la prestación del servicio contratado.

15- Deberá entregar todo el trabajo completo, es decir el total de lecturas a tomar y las novedades asentadas, en los lugares indicados por la Sucursal o Agencia.-

16- La Empresa no aceptará responsabilidad alguna por la pérdida, sustracción y/o deterioro parcial o total de las máquinas, útiles, materiales, herramientas de trabajo, indumentaria, etc., que la Contratista utilice para el desempeño de su cometido.

La Contratista está obligada a reparar directamente los daños y/o perjuicios que por su culpa, dolo o negligencia, actos y omisiones, delitos propios o de las personas bajo su dependencia o de aquellos que se valgan para la prestación del servicio que establece la contratación y que surjan de las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones Generales Para Concursos de Precios, sus Complementarios y Especificaciones Técnicas Particulares.

El personal que efectúe las tareas, deberá reconocer la zona de peligro. Cualquier accidente, lesión y/o muerte que se produzca en cumplimiento del servicio, queda a exclusivo cargo de la Contratista, quedando la Empresa liberada de toda indemnización y/o cualquier responsabilidad emergente.

ARTÍCULO 7° - RODADOS A UTILIZAR POR EL CONTRATISTA:

Todos los gastos que demanden los rodados que llegaren a utilizar (Ej.: combustibles, lubricantes, seguro de unidad y personal de conducción, daños a terceros o reparación, multas), serán por cuenta del Contratista.

Los rodados en cantidad y calidad suficiente, mas aún en las tomas lecturas rurales, deberán estar en buenas condiciones y su antigüedad no sobrepasará los cinco (5) años, como también respetarán los requisitos que hacen a la titularidad que debe ser coincidente con la persona del contratista, seguros, etc.- Todos los rodados autorizados son aquellos que forman parte de la oferta (adjuntar en el acto de apertura copia de titulo y seguro) y en caso de producirse alguna modificación la misma deberá ser comunicada en forma fehaciente, con 48 horas de antelación, presentando toda la documentación respectiva.

ARTÍCULO 8°- SITUACIÓN DEL PERSONAL A EMPLEAR:

El personal a emplear por la contratista para el cumplimiento del servicio, será contratado por su exclusiva cuenta y cargo, quedando bajo responsabilidad exclusiva de la misma el cumplimiento de las exigencias contenidas en la Ley Nacional N° 19587 y modificatorias, sobre Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo y de todas las obligaciones laborales y previsionales propias de esa relación de empleo: Pago de sueldo, viáticos, seguros

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obligatorios, seguros por accidentes de trabajo, vacaciones, aportes obligatorios, sindicales y demás leyes sociales, creados o a crearse.

La Contratista deberá cumplir con los requisitos impuestos por la Ley 24557 y modificatorias, sobre Riesgo de Trabajo (Riesgo Eléctrico), debiendo presentar los comprobantes pertinentes antes de comenzar efectivamente la ejecución de los trabajos contratados.

Los gastos que originen la contratación de los seguros cuya cobertura satisfagan a las Leyes precedentemente expresadas, serán a cargo de la Contratista, no pudiendo modificarse y/o cancelarse ninguna póliza sin previa autorización escrita de la Empresa, cláusula que deberá incorporarse en la póliza del seguro que se contrate.

El Contratista deberá suministrar, previamente al inicio de los trabajos, los datos de identidad de los empleados encomendados para tal tarea y acreditando su relación de dependencia con los originales y fotocopias de la documentación presentada ante el AFIP, Ministerio de Trabajo, de corresponder, ART. En caso que el Contratista cambie algunos de sus empleados denunciados, deberá comunicarlo en forma fehaciente a la Empresa, con 48 horas de antelación presentado toda la documentación correspondiente.

El contratista sólo empleará personal competente y en suficiente número, para que la ejecución de las actividades sea regular y prospere en la medida necesaria al estricto cumplimiento del plan de tarea. Aún cuando la disciplina del trabajo corresponde a la Contratista, la Empresa podrá ordenar a ésta el retiro de servicio de todo el personal que, por incapacidad, mala fe, insubordinación, mala conducta, impericia o cualquier falta perjudique la buena marcha de los trabajos.

El contratista no podrá utilizar personal en relación de dependencia con la E.P.E.

Con la finalidad de hacer identificable el personal de la Contratista afectado a la prestación de este servicio, se deberá consignar en la oferta una descripción del uniforme que utilizará el personal operativo, como así también cualquier otro medio de identificación que sea utilizado por el resto de la dotación.

La Empresa se reserva el derecho de verificar cuando lo crea conveniente, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales por parte del contratista, pudiendo requerir la documentación necesaria para determinar el cumplimiento de estas obligaciones. La inobservancia de la legislación laboral o previsional facultará a la Empresa a rescindir el contrato por culpa de la contratista.

Con la cotización, los oferentes deberán presentar fotocopia de la inscripción en el A.F.I.P. como empleador.

RESPONSABILIDAD POR EL PERSONAL CONTRATADO

La contratista se obliga a mantener indemne a esta EPE respecto de cualquier demanda, acción o reclamo judicial o extrajudicial proveniente de sus empleados y/o de terceros (incluyendo organismos de seguridad social, fiscales y sindicales) y a reembolsarle de inmediato todo lo relativo a cualquier perjuicio originado en reclamos de tal naturaleza.-

Si la contratista no cumpliera con la carga impuesta en el párrafo anterior o en alguna otra cláusula, o ante la existencia de reclamos judiciales o extrajudiciales, esta EPE podrá legalmente retener el importe de las facturas pendientes de pago hasta tanto cese el incumplimiento y ello sea demostrado de manera fehaciente a la EPE. La retención de las facturas, en estos casos, no generara ningún tipo de interés a favor de la contratista.-

Habiendo acreditado la contratista el cumplimiento de sus obligaciones que justificaron la retención en los términos acordados precedentemente, la EPE deberá pagar el importe retenido a la contratista dentro de los 10 (diez) días hábiles administrativos de recibida la documentación correspondiente.-

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ARTÍCULO 9°- SEGUROS: La Contratista está obligada a contratar con compañías aseguradoras que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Será obligación de la Contratista presentar al inicio de los trabajos una Póliza de Seguro contra Accidentes de Trabajo completa, que cubra la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter de permanente, eventual o temporario; caso contrario, no se podrán iniciar la tareas.

La Contratista deberá contratar a su cargo y mantener vigente durante todo el período de la contratación, un seguro de Responsabilidad Civil que cubra lesiones y/o muerte de terceras personas y/o daños a bienes de terceros, que pudieran producirse con motivo de los servicios contratados.

Importante: NO se admite el AUTOSEGURO.

Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, será a cargo de la Contratista, quien acreditará fehacientemente el cumplimiento de sus obligaciones en este sentido, dentro de los diez (10) días hábiles de la fecha de notificación de la Orden de Compra, debiendo presentar constancia del pago de las respectivas pólizas. Si las pólizas se abonan en cuotas, esto debe ser comunicado formalmente, informando además el Plan de pagos, de la póliza que corresponda, en oportunidad de la presentación de la misma. Se deberán además presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado Plan.

La Contratista deberá tomar a su cargo las franquicias de los seguros que contrate, y deberán ser tomados con una cláusula de ajuste a satisfacción del tomador. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de contratar los seguros que correspondan y que deberá tomar a su cargo la Contratista, autoriza a la Empresa a la contratación directa del seguro en las condiciones requeridas en el presente Pliego. El importe de la contratación será descontado en forma inmediata de cualquier suma que tenga al cobro la Contratista.

La Contratista deberá presentar mensualmente, para el cobro de la certificación del servicio correspondiente, en el caso que el pago de las primas de los seguros contratados se efectúen en cuotas, constancia de la vigencia de los seguros contratados.

No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de seguro sin previa autorización escrita de la Empresa, cláusula que deberá incorporarse en el seguro contratado. Todas las pólizas que correspondan, deberán ser entregadas a la Contaduría Santa Fe, Rafaela o Rosario según corresponda con anterioridad a la iniciación de la tarea objeto del servicio contratado.-

Seguro de Caución Especial: A fin de garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo descriptas en el presente pliego, y sin perjuicio de la Garantía de Contrato establecida por el mismo, la Contratista contratará una Póliza de Caución en beneficio de la Empresa, por un valor correspondiente al 20 % (veinte por ciento) del Monto total adjudicado, en los términos y bajo los mismos recaudos establecidos para la garantía de contrato. Dicha suma será destinada a cubrir riesgos potenciales, ya sea por montos nominales involucrados y sus costas: intereses, honorarios legales, honorarios que surjan de pericias, sellados, tasas, y toda otra suma derivada, a excepción de honorarios de los representantes de la Empresa, incluyendo bajo el concepto de “Obligaciones a su Cargo” todo concepto de indemnizaciones derivadas del contrato de trabajo y/o por accidentes y/o enfermedades, como así también cualquier reclamo originado en la relación laboral mantenida entre la Contratista y el Personal

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afectado al servicio, ya sea con los trabajadores u organismos provisionales, sociales, fiscales, etc., incluyendo todo reclamo judicial o extrajudicial.

El contrato original de Seguro de Caución y sus sucesivas renovaciones, deberá ser entregado a la Empresa dentro de los 10 días hábiles de notificada la Orden de Compra, siendo obligación de la Contratista mantener vigente dicha póliza de seguro de caución, durante la vigencia del contrato y durante los dos años (2) siguientes finalizado el mismo.

En caso que el monto de la misma no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte de la Contratista.

Se establece expresamente que esta póliza se podrá ejecutar ante cualquier intimación por parte de autoridad competente, que intente percibir de la Empresa cualquier suma originada en incumplimientos a obligaciones asumidas por la Contratista, para ser percibida por la EPE con cinco días de anterioridad a la fecha estipulada por requerimiento o intimación girada a esta administración.

El monto caucionado podrá ser aumentado si a juicio de la Empresa resultara insuficiente. Se tendrá en cuenta la conducta desarrollada por la Contratista en relación al cumplimiento de las obligaciones asumidas en este pliego; incrementos de salarios, indemnizaciones, aportes, contribuciones, etc. y toda otra causa que, en definitiva, pudiera alterar negativamente la efectividad de la garantía.

La ejecución de la garantía y/o pago de la Contratista en los términos descriptos, no impide que la Empresa retenga los importes de las facturas aplicando las sanciones correspondientes, conforme a lo establecido en el presente pliego.

ARTÍCULO 10°- OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, PREVISIONALES Y LABORALES: Serán por cuenta exclusiva de la Contratista todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones de cualquier jurisdicción que graven los servicios objeto de este llamado y que se encuentren vigentes a la fecha de apertura del Concurso. Respecto del Impuesto al Valor Agregado, deberá atenderse según las disposiciones legales vigentes.

Queda asimismo establecido que el personal a emplear por la Contratista para la ejecución de los servicios que se citan, será contratado por su exclusiva cuenta y cargo; debiendo cumplimentar con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 11544, las normas de la Ley de Contrato de Trabajo y la Convención Colectiva de la Actividad, en cuanto a la duración de la Jornada de Trabajo y el Descanso Semanal y todas las obligaciones laborales y previsionales propias de esa relación de empleo, que se encuentren vigentes.

La Empresa se reserva el derecho de verificar, cuando lo crea conveniente, además de la presentación mensual de la documentación que le será requerida como condición previa al pago de la factura mensual respectiva, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales por parte de la Contratista, pudiendo requerir la documentación necesaria para determinar el cumplimiento de estos requisitos. La inobservancia de la legislación laboral y/o previsional vigente, facultará a la Empresa a rescindir el contrato por causas imputables a la Contratista.

ARTÍCULO 11º - DOCUMENTACION: La Empresa, como consecuencia de la contratación, exigirá en forma mensual al momento de cancelación de la factura de los servicios prestados y/o cuando lo estime conveniente, la presentación de la siguiente documentación:

1. Comprobación, mediante fotocopia, de las constancias de pago de los aportes y contribuciones correspondientes al SUSS y ART. En el caso que la fotocopia no esté legalizada, deberá presentar conjuntamente los comprobantes originales, los cuales, una vez comparados con la fotocopia entregada serán devueltos al responsable. La

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presente documentación se deberá entregar con el Anexo correspondiente al personal comprendido.-

2. Detalle del personal afectado e incluido en las declaraciones del SUSS y ART, que presentan de acuerdo al inciso anterior.

3. Inscripción ante el Registro de Altas y Bajas de cada trabajador.-

4. Número de cuenta sueldo abierta a favor de cada trabajador, identificando la entidad bancaria y el depósito efectuado (salario).-

5. Constancia de pago de las remuneraciones. En este caso los recibos de sueldo se deberán extender por triplicado, recibiendo la EPE uno de los originales.-

Esta documentación formará parte del legajo personal de la prestadora y tendrá el carácter de Declaración Jurada, debiendo ser firmada la misma por un representante de la Contratista.

La presentación mensual se efectuará de la siguiente forma:

A la Jefatura de Sucursal, una copia de la documentación correspondiente a los objetivos que involucra.-

De resultar necesario y solicitado expresamente, al Área Logística, una copia de la documental solicitada para todos los objetivos.-

Esta documentación y la que se considere necesaria para la evaluación del servicio, podrá ser requerida en cualquier momento, tendrá el carácter de declaración jurada y formará parte del legajo de la prestadora.-

Importante: En el caso de dictarse leyes, decretos, resoluciones y/u otro tipo de norma nacional, provincial y/o municipal, que reglamente, regule y ordene las operaciones de este tipo firmas, deberán adecuarse dentro de los plazos que dicha legislación establezca y presentar ante la Empresa la documentación que avale y justifique tal adecuación y/o registración (mediante notas, resoluciones, decretos y/o constancias que emita la autoridad de aplicación). Ante la falta de cumplimiento en tiempo y forma de las nuevas normativas, la Contratista se hará pasible de las sanciones establecidas en los pliegos que conforman el legajo.

Asimismo la EPE podrá verificar, cuando lo crea conveniente, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales por parte de la contratista, pudiendo requerir la documentación necesaria para determinar la observancia de estos requisitos. En consecuencia podrá auditar la documentación contenida, entre otros, en el libro de sueldos, Libro especial dispuesto por el art.52 de la Ley de Contrato de Trabajo, formularios AFIP, Seguros de vida, ART, etc.-

La inobservancia de la legislación laboral y/o previsional facultará a esta EPE a rescindir el contrato por causas imputables a la contratista.-

ARTICULO 12° – FORMA DE RECEPCIÓN Y PAGO DE LOS SERVICIOS:

La recepción de los trabajos será en forma mensual, por mes calendario, detallando los servicios efectivamente prestados, tarea esta a cargo del Jefe de Sucursal. El pago correspondiente se efectuará a los treinta días corridos de la presentación de la factura o recepción de los trabajos, lo que fuera último.

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ARTÍCULO 13°- INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS:

Los precios contratados se mantendrán fijos e inamovibles durante toda la duración del contrato. No se reconocerán ajustes por aumento de precios a mayores costos de ninguna naturaleza.

ARTICULO 14°- PENALIDADES: 1- Se descontarán en cada recepción las lecturas mal tomadas. 2- Por falta de incumplimiento en la rendición del trabajo en término, se aplicará una

multa del 1% por cada día de mora, sobre el monto del lote correspondiente, importe que se descontará en su facturación mensual.

3- Si a la fecha de encontrarse disponible los listines o captores de datos, no fueren retirados por la Contratista, provocando la no continuidad del servicio, la Empresa a su solo juicio podrá rescindir y/o contratar una prestadora en forma directa. El sobreprecio que resultare de la contratación deberá ser abonado por la Contratista, en un solo pago.

4- El incumplimiento en tiempo y forma de la Ley Nacional 19585 y Ley 24557 y sus modificatorias, autorizará a la EPESF. a rescindir el presente convenio.

Importante: De presentarse la situación planteada en el Artículo 27° - Incumplimiento, del Pliego de Bases y Condiciones Generales para Concursos de Precios, la Empresa intimará a la Contratista al inmediato cumplimiento de lo pactado. Transcurridos dos (2) días hábiles administrativos sin que la Contratista haya dado íntegro cumplimiento a sus obligaciones contractuales, será pasible de las multas establecidas en el presente pliego, o las que se establezcan para cada contrato en particular. El monto de las multas aplicadas no podrá superar el quince por ciento (15 %) del monto del contrato, constituyendo tal supuesto, causa de rescisión contractual.

ARTÍCULO 15° - RESCISION DEL CONTRATO:

Serán causales de rescisión, las siguientes:

1- Si se acumularan cinco (5) días de mora en un período mensual o quince (15) días de

mora durante el tiempo de vigencia de este contrato, la Empresa podrá rescindir el mismo por culpa de la Contratista.

2- Cuando no diese cumplimiento a cualquier intimación que por escrito la Empresa le formulase basada en deficiencias comprobadas en el servicio.

3- Las indicadas en Art. 6 inc. b 14.-

IMPORTANTE:

Previo a la iniciación del contrato, el adjudicatario, deberá presentarse en las Oficinas de la Unidad Higiene y Seguridad de Santa Fe, o sus dependencias en Rosario ó Rafaela, según corresponda, a los efectos de cumplimentar y entregar la siguiente documentación:

- Notificación aviso inicio del contrato por parte de la A.R.T.

- Certificado de aseguramiento nominativo emitido y firmado por su A.R.T., donde constará la nómina del personal asegurado, único que podrá efectuar las tareas, el que deberá ser actualizado en la medida que se produzcan ingresos de personal.

- Certificado de NO ACCIÓN emitido y firmado por su A.R.T., sin perjuicio de los restantes requisitos exigidos por la Ley Nº 24.557.

- Carta Indemne cumplimentada y firmada por la Contratista. Dar cumplimiento a los Anexos I, II, III de la Normativa de Higiene y Seguridad contenida en el Anexo B.

- Programa de Seguridad aprobado por la ART, incluido su plan de capacitación respectivo.

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FRAUDEMEDIDOR ROTO O

DETENIDO

CONSUMO NULO

FALTA PRECINTO

FALTA TAPA O C.TAPA

CONSUMO EXCESIVO

ESTADO MENOR AL ANTERIOR

DIFICULTAD INGRESO DE

DATOS

CLIENTE NO FIGURA EN

PADRONOTROS

FECHA DE LECTURA

Anexo “Planilla Toma Estado de Medidores”

SOLICITO CAMBIOS DE FOLIOS, RUTAS, CORRECCION DE DOMICILIOS Y TARIFAS EN :

RUTA LOCALIDAD

DEFICIENCIAS ENCONTRADAS (MARCAR CON UNA X)

RUTA LOCALIDAD DIRECCION

DIRECCION OTROS

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA CONTRATACION DE SERVICIOS

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1º - OBJETO DEL PLIEGO: El presente pliego establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación y contratos de prestación y/o locación de servicios, cuyas condiciones complementarias y especificaciones técnicas, se indican por separado.

Art. 2º - DENOMINACION: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual se aplicarán las siguientes denominaciones:

EMPRESA: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - ley 10.014.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que presenta ofertas en las licitaciones con vistas a efectuar la provisión de materiales y/o locación de servicios solicitados.

ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga la provisión y/o ejecución total o parcial de lo licitado.

CONTRATISTA: Persona física o jurídica signataria del contrato de provisión y/o locación de servicios.

OFERTA: Conjunto de documentos, requisitos y propuestas, presentados por el proponente.

PROPUESTA: Presupuesto o precio y condiciones de los materiales y/o prestaciones de servicios ofrecidos.

Art. 3º - REGISTRO DE PROVEEDORES: A los efectos de la presentación de las ofertas es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Empresa, cumplimentando la reglamentación establecida a tal efecto. Se aceptarán ofertas de proponentes que no cumplan con esta exigencia, a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación.

Art. 4º - PLAZOS: Salvo que se establezca expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios.

Art. 5º - ORDEN DE PRELACION: En caso de discrepancia entre los documentos del legajo del llamado a Licitación, privará lo dispuesto en ellos en el orden siguiente:

1º) Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales.

2º) Descripciones, Normas, Especificaciones Técnicas.

3º) El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales.

4º) Alcance del Suministro.

5º) Régimen de Contrataciones de la Empresa Provincial de la Energía conforme a la Ley Nº 10.014.

6º) Ley de Contabilidad de la provincia de Santa Fe.

Art. 6° - ADQUISICION DEL PLIEGO LICITATORIO: Todo interesado en concurrir a una Licitación debe adquirir, en el lugar indicado en el aviso, y hasta el segundo día anterior al de fecha de apertura en horario administrativo, un ejemplar completo del PLiego que, en cada caso fije las bases y condiciones de la licitación. En tal caso la Empresa extenderá comprobante en forma, a nombre del adquirente, a efectos que el proponente cumpla con lo requerido en el Artículo 10ª subinciso 1.3 del presente.

Art. 7º - CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de las disposiciones que constituyen el legajo formado con motivo de la Licitación.

A tal efecto, las dudas que pudieran originarse acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general, deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias.

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Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta los cinco (5) días hábiles anteriores al del acto de apertura. Las respuestas de la Empresa serán escritas, y se remitirán al interesado en el domicilio que indique en su presentación. A exclusivo criterio de la Empresa, la misma podrá comunicar esa

ación, en cuanto a la presentación de la oferta, podrá ser requerida hasta una (1) hora a

Con posteriori icación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no venido.

respuesta a los otros posibles proponentes, en la medida que considere de interés o necesario, el dar a conocer a los mismos los términos de dicha respuesta.

Toda informntes de la fijada para la apertura de la presente Licitación en el mismo

domicilio definido como lugar de apertura.

dad a la adjudimplicará bajo ningún concepto prorrogar el plazo de entrega que se haya con

CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS

Art. 8º - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación

nta aquellas ofertas que lleguen por Correo o

en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.

Cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora.

No serán tenidas en cuecualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente.

Art. 9º - PRESENTACION: Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse hasta el día y hora establecidos para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente.

Licitación (Privada o Pública)

la Empresa como parte del pliego que se entrega a los oferentes. Se lo presentará

SOBRE PRESENTACION Y DEL SOBRE PROPUESTA

Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda, la siguiente:

Nº a verificarse el día de 19 , a las hs, en la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle Nº , Santa Fe.

Este Sobre Presentación contendrá además de la documentación que se detalla en el Artículo siguiente, otro sobre identificado como Sobre Propuesta. Este Sobre Propuesta es suministrado por debidamente cerrado y en su interior corresponderá colocar la documentación que se requiere en el próximo Artículo.

Art. 10º - CONTENIDO DEL : Los documentos sentación son los siguientes:

1-

1.1) l 1 % (uno por ciento) del

1.3) o a la Licitación, debidamente hojas, tanto en el anverso como en el reverso, con el es de la Licitación.

1.6) correspondiente al periodo en vigencia del impuesto a

1.7) (Provincia de Santa Fe) y nota con carácter de Declaración Jurada que manifieste la

inexistencia de deudas en concepto de dicha ley o su condición de no ser contribuyente de la misma.

que deben incluirse para la pre

SOBRE PRESENTACION:

Garantía de la propuesta constituida como mínimo, por eimporte del Presupuesto Oficial. Esta garantía deberá ser formalizada mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 17º) de este Pliego.

1.2) Sobre Propuesta debidamente cerrado, con el contenido previsto en el inciso 2 de este mismo artículo.

Un ejemplar completo del legajo que sirvió de base para el llamadfirmado por el proponente en todas sus recibo que acredite haberlo adquirido ant

1.4) Reposición del sellado provincial de ley.

1.5) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Empresa.

Constancia de haber efectuado el pagolos Ingresos Brutos y nota con carácter de declaración jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de este impuesto.

Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia de aportes de la Ley 5110

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1.8) Declaración Jurada a la que refiere la Ley Nacional Nº 17250, en cuento a lo no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de todo otra obligación en materia previsional.

1.9) Antecedentes del proponente como proveedor de los mismos servicios que constituyan el objeto de esta Licitación.

1.10) Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.

1.11) Domicilio Real y Domicilio Legal del Proponente es en este último donde se practicarán todas las notificaciones vinculadas con la Licitación y eventualmente con el contrato de adjudicación. Optativamente podrá constituirse un domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, o en la ciudad donde se lleve a cabo la apertura de la Licitación.

1.12) Constancia de inscripción y otorgamiento del Nº de C.U.I.T. (Clave Unica de Identificación Tributaria) emitida por la Dirección General Impositiva.

1.13) Otras formalidades que se especifiquen en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones y/o en el de Especificaciones Técnicas.

La insuficiencia u omisión de los requisitos exigidos por los subincisos 1.1 y 1.2 de este inciso Nº 1 será causa de rechazo, sin más trámite, de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que lo dirijan, con excepción de la tolerancia por error de monto en la garantía de oferta, contemplada en el Art. 17º -último párrafo- del presente Pliego.

La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, contado desde el momento en que el proponente sea notificado. A tal efecto se le dará valor de formal intimación a la lectura de la constancia que se incorpora en el Acta de Apertura, mencionando la omisión en que hayan incurrido los proponentes. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, la propuesta podrá, o no, ser rechazada, a exclusivo juicio de la Empresa.

2-SOBRE PROPUESTA: En este Sobre se deberá incluir única y exclusivamente, la siguiente documentación:

2.1) Formulario Resumen de Cotización en original y duplicado, el cual constituye parte de la documentación que esta E.P.E. suministra como parte integrante del Pliego. El cambio de este Formulario Resumen de Cotización por fotocopias o por hojas, con o sin membrete, distintos a los oficiales entregados por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

Para la formulación de DESCUENTOS ESPECIALES, se considerarán válidos únicamente aquellos descuentos que ofrezcan los proponentes, que hayan sido formulados al dorso del Formulario Resumen de Cotización. El texto que informe estos descuentos deberá ser rubricado por el o los responsables de la firma oferente.

2.2) Propuesta y/o cotización, en original y duplicado, confeccionada en papel con membrete del oferente y según los requisitos establecidos en el Capítulo III del presente Pliego.

En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados sobre los documentos de este Sobre Propuesta, prevalecerá lo expuesto en el Formulario Resumen de Cotización.

CAPITULO III PROPUESTA

Art. 11º - MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación.

Art. 12º - FORMALIDADES: La propuesta deberá observar el cumplimiento de las siguientes formas:

1º) Se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano, en un solo tipo de escritura que deberá ser realizada únicamente a máquina.

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2º) Deberán estar firmadas todas sus hojas por el proponente o su representante autorizado, con la aclaración de firma pertinente.

3º) Las raspaduras, enmiendas, entrelíneas deberán ser debidamente salvadas al final.

Estará compuesta por la cotización, condiciones técnicas garantizadas del suministro propuesto y condiciones especiales y/o alternativas, si las hubiere.

Art. 13º - COTIZACION: Además del Formulario Resumen de Cotización que suministra la Empresa-, el proponente presentará un presupuesto detallado el que deberá ajustarse a lo siguiente.

1º) La cotización de los precios deberá realizarse en pesos.

2º) En razón a que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-54578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen, con excepción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el I.V.A.

Art. 14º - CONDICIONES DE REAJUSTE: Los precios a cotizar en la presente licitación serán fijos e inamovibles y no estarán sujetos a ninguna cláusula de ajuste por variaciones de costos.

Art. 15º - PLAZO DE ENTREGA: Se entenderá como tal al plazo máximo en el cual el contratista deberá prestar o completar los servicios convenidos, en el lugar pactado, computado a partir de la fecha en que se notifica la adjudicación, o se recepciona la Orden de Compra. No obstante queda dispuesta una cantidad máxima de diez (10) días como posibilidad por parte del proveedor de adelantar la entrega contratada, respecto a la fecha de vencimiento del plazo de entrega o terminación de los trabajos.

La Empresa podrá establecer cronogramas que parcialicen la prestación de los servicios que se licitan, en función de lo cual se indicará, para cada etapa parcial, la cantidad a cumplimentar y el plazo de vencimiento de cada una de las prestaciones programadas.

La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas más adecuado a sus necesidades, al definido en el Pliego licitatorio. No obstante ello los proponentes podrán ofrecer plazos o programas de cumplimientos diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternativa deberá ser formulada en su oferta con indicación de fechas y cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma.

CAPITULO IV DE LAS GARANTIAS

Art. 16º - CLASES E IMPORTES: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los proponentes y adjudicatarios deberán constituir la siguiente garantía:

I - Garantía de la Oferta: el uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial o de los valores de los Rubros en que se divida dicho Presupuesto Oficial, conforme a la metodología prevista en el Artículo 10º subinciso 1.1).

II - Garantía de la Adjudicación y/o Contrato: el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación.

Art. 17º - FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTIAS: Las garantías a que se refiere en el artículo anterior, deberán constituirse en alguna de estas formas, a opción del proponente o del adjudicatario:

a) En dinero efectivo, única y exclusivamente mediante una operación de "Depósito en Garantía" que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para constancia de lo cual dicha institución emitirá el correspondiente certificado.

b) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la Comitente.

c) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en el Reglamento que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Las garantías que se acompañen, conforme a lo previsto en los incisos a), b), y c) de este artículo, deberán ser presentadas en original.

Las Garantías de Oferta presentadas según las formas previstas en los incisos a), b), y c) de este artículo, deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán mantener su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato.

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No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el cero coma cinco por ciento (0,5%) del importe correcto. Se intimará en ese caso, según los términos establecidos en el Artículo 10º, último párrafo, al proponente a cubrir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles; no cumplimentando esa intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la oferta.

Art. 18º - PLAZO PARA CONSTITUIR LA GARANTIA DEL CONTRATO: Dentro de los (20) días de la notificación de la adjudicación o de recepcionada la Orden de Compra, el adjudicatario deberá constituir una Garantía equivalente al cinco por ciento ( 5% ) del monto adjudicado. El no cumplimiento de este requisito habilitará la suspensión de los pagos de las facturas por servicios que pudieren haberse ya concretado, hasta tanto se satisfaga el cumplimiento de esta garantía. A efectos de su constitución deberán observarse las modalidades indicadas en el artículo anterior.

Art. 19º - INTERESES: Las garantías constituídas para la propuesta o para el contrato, no devengarán intereses por ningún concepto.

Art. 20º - DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS: serán devueltas de oficio:

I - Las garantías de oferta a los proponentes que no resultaren adjudicatarios, una vez decidida la adjudicación y/o producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, con sus prórrogas, si correspondieren.

II - Las garantías de adjudicación: una vez cumplida la contratación mediante la recepción de conformidad de la totalidad de los servicios adjudicados.

CAPITULO V ACTO DE LICITACION

Art. 21º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijados al efecto, bajo la presidencia del funcionario designado por la Empresa y en presencia de los interesados que concurran al acto se dará por finalizada la recepción de ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas.

A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas. Inmediatamente se procederá a abrir los Sobres de Presentación mencionando los documentos, que se acompañan en cada uno. Quedarán de hecho incluídas en la Licitación aquellas propuestas cuyas garantías de oferta -Artículo 10º (subinciso 1.1) de este Pliego- hayan sido aceptadas, y las que hayan incluído dentro del Sobre Presentación el Sobre Propuesta debidamente cerrado. Posteriormente se procederá a la apertura de los Sobres Propuesta correspondientes, dándose lectura a aquellas propuestas que hayan cumplimentado estos dos requisitos.

Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos vinculados con el acto de apertura. No se admitirá discusión alguna sobre ellas.

Art. 22º - ACTA: De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen.

Todos los presentes podrán impugnar cualquiera de las propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2%o (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.-

El depósito será reintegrado al oferente impugnante, dentro de los 30 (treinta) días de dictado el Acto Administrativo que lo resuelva, solo en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación.-

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CAPITULO VI SELECCION DE OFERTAS

Art. 23º - ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La empresa se reserva el derecho de efectuar los estudios comparativos que estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la que podrá no ser necesariamente la de menor precio.

La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes.

Art. 24º - ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Salvo que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales establezca lo contrario, la adjudicación se hará por Rubro completo, si es que en la planilla de Alcance de Suministro no se ha previsto la desagregación de los rubros en ítems. Si en dicha planilla se establece que el pedido de cotización se compone de rubros que, a su vez se dividen en Items, la adjudicación podrá parcializarse a nivel de Item.

Art. 25º - MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta..

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.

CAPITULO VII CONTRATO

Art. 26º - PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes a la Empresa y comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato.

El contrato así perfeccionado obligará además a las partes a proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días siguientes al de la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimiento a la obligación referida, se procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro de Proveedores, sin perjuicio del derecho de la Empresa para promover contra el adjudicatario las acciones que jurídicamente correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél.

Art. 27º - ELEMENTOS DE CONTRATO: Forman parte integrante de todo contrato, los siguientes elementos:

1 - Las disposiciones de este PLiego y sus Cláusulas Complementarias.

2 - La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

3 - La Orden de Compra.

4 - Las Normas Técnicas, especificaciones y/o demás elementos ilustrativos integrantes del legajo de licitación.

5 - Las aclaraciones o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Empresa hubiere hecho conocer a los interesados adquirentes de pliego, antes de la fecha de apertura.

Art. 28º - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato, según las disposiciones del artículo anterior, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acción previa alguna para exigir el cumplimiento del contrato por parte del contratista.

Art. 29º - AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales no se prevea lo contrario, la E.P.E. podrá, ampliar el importe total contratado hasta en un veinte por ciento (20%) sobre dicho monto. Esta ampliación podrá aplicarse a incrementar las

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cantidades a suministrar convenidas originalmente o a extender, los plazos del convenio, manteniendo los mismos precios y condiciones pactadas en la adjudicación original.

Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de noventa (90) días a la fecha de finalización del contrato y/o Orden de Compra Original.-

Art. 30º - INHIBICIONES: No serán admitidos a contratar los que se hallen procesados, los que estén en estado de interdicción judicial, los deudores del Fisco y los que hubieren faltado al cumplimiento de contratos anteriores con la Provincia y/o la Empresa, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

CAPITULO VIII CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Art. 31º - REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los remitos o "certificados de ejecución de servicios" que se firmen en el momento de entrega, lo serán en condiciones de "a revisar", operándose la recepción definitiva una vez concluídos los procedimientos de control de calidad que decida concretar la Empresa, a fin de verificar que los servicios realizados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones convenidas. Esta etapa podrá realizarla la Empresa en sus propias dependencias o en el lugar que sea razonable, según sea el tipo de servicio que se contrate.

Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunicación formal al proveedor, dentro de los treinta (30) días de "certificados provisoriamente" los servicios en trámite de recepción.

La recepción definitiva de lo adjudicado y la devolución de los depósitos en garantía al contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establece el artículo nº 1.646 y concordantes del Código Civil.

Art. 32º - INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a cumplir los servicios ofrecidos en la Licitación, ni pretender reemplazarlos por otros de calidad inferior o distintos a lo convenido. La falta, incumplimiento o negativa de realizar los servicios en las condiciones ofrecidas, facultará a la Empresa a adquirir de terceros esos elementos por cuenta del proponente y cargarle las diferencias de precios si las hubiere, reservándose al mismo tiempo el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan.

Para que sea justificada la causal que origina el incumplimiento, ésta deberá deberá encuadrarse en las figuras de "caso fortuito" o "fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá el contratista, bajo pretexto de falta o atraso en los pagos por parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas.

CAPITULO IX PAGOS

Art. 33º - FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficinas de la Empresa que se indiquen en las respectivas Ordenes de Compra, contrato específico o Pliego Complementario, en los plazos y formas establecidos especialmente en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales o en la oferta aceptada. Cuando nada se estipulare sobre el particular, o cuando se estableciera la cláusula de "plazo corriente administrativo", el plazo para realizar el pago se entenderá dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de cumplimiento del objeto contractual o certificación del servicio, y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última.-

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS MODIFICATORIOS.

Art. 34º - PLAZOS: Todos los plazos a los efectos de la aplicación de la forma de pago, se empezarán a contar a partir de la fecha de presentación de la respectiva factura en el lugar de pago definido en la

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Orden de Compra o en el convenio específico, y/o a partir de la fecha de certificado de ejecución de los servicios, la que fuere posterior.

Los términos convenidos se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor.

Art. 35º - IMPUESTO DE SELLOS: Será condición indispensable para habilitar el trámite de pago de las facturas, presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponda al proveedor.

Art. 36º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

Interés Moratorio = 365

** 1 d

n

T

M

n

ii

Donde:

M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual

para el día “i”. n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó

en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

CAPITULO X MULTAS

Art. 37º - SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego, y sin perjuicio de las demás acciones que correspondieren por derecho, el incumplimiento de las obligaciones convenidas hará pasible a los proponentes o contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa.

Art. 38º - MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constituido en mora y obligado al pago de la multa correspondiente, por el mero vencimiento del o los plazos acordados para la ejecución de los servicios sin necesidad de requerimiento o intimación previa alguna.

Art. 39º - IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en mora el contratista, aplicarle una multa equivalente al 2 %o (dos por mil) del importe del servicio no cumplido en término por cada día de mora. Si el total de las multas aplicadas alcanzare el 15 % del importe del contrato, la Empresa podrá rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual deberá calcularse el porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora.

Art. 40º - PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situación de mora del contratista en los términos del Art. 38º del presente, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor. De ser estos insuficientes, la Empresa procederá a intimar su cancelación por el saldo en un plazo máximo de noventa días.

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Fecha de impresión 10/01/2014

Pliego de Bases para Contratación de Servicios vigente con ley 12105 y Res. 328.doc

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El hecho administrativo consistente en el descuento de la multa que corresponda será suficiente para que el contratista pueda interponer contra el mismo los recursos administrativos correspondientes en la forma y modo establecidos por las reglamentaciones en vigencia.

CAPITULO XI EL CONTRATISTA Y SU PERSONAL

Art. 41° - PERSONAL EMPLEADO: Será obligación del contratista, previo a la iniciación del Servicio, presentar la nómina del personal empleado, discriminando en dicha nómina el personal estable y el transitorio. Será su obligación además comunicar a la EPE toda alta y/o baja de personal que se produzca. El personal empleado en el Servicio deberá reunir condiciones de idoneidad y competencia. Los sueldos abonados por la contratista a su personal en el presente Servicio, no podrán ser inferiores a los establecidos por el Convenio Laboral de aplicación. Corresponderá comunicar a la EPE con la suficiente antelación, la fecha de pago de los sueldos. Será asimismo obligación del contratista presentar a la EPE una copia de las planillas de pago del personal empleado en el Servicio, debidamente conformadas por dicho personal. Se entregarán mensualmente. Art. 42° - SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescripto por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo No.19587/72, su Decreto Reglamentario No. 351/79 y de lo prescripto por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.- El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96. El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudieran ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc, durante la prestación del Servicio, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados. La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leida a una distancia de 3 metros. Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguineo y detalle de remedios y/o elementos que originan alergias al portador.- No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.- Art. 43° - SEGUROS: El Contratista estará obligado a contratar con compañías aseguradoras que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación. Se deberá asegurar la totalidad del personal empleado en el Servicio, inclusive el de los subcontratistas, contra todo riesgo que corresponda a siniestros por accidentes de trabajo, incluyendo cobertura total para asistencia médica y farmacéutica. Será obligación del contratista presentar dentro de los treinta (30) días de iniciado el Servicio, una Póliza de Seguro contra accidentes de Trabajo completa, que cubra la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter de permanente, eventual o temporario.

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El Contratista deberá tener asegurados durante todo el tiempo que dure la prestación del Servicio, la totalidad de los rodados afectados al mismo, con póliza específica del automotor que contemple como mínimo, responsabilidad civil sin límites por daños a terceros con sus bienes y/o en las personas o pasajeros transportados. Por todos los riesgos específicos que genere la obra, la contratista tomará un seguro contra todo riesgo en forma tal que la E.P.E. tenga absoluta indemnidad respecto a cualquier siniestro que pudiera ocurrir como consecuencia de la prestación del servicio.- Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, será a cargo del Contratista, quien acreditará fehacientemente el cumplimiento de sus obligaciones en este sentido, dentro de los diez (10) días de la fecha de suscripción del Contrato, debiendo presentar constancia del pago de las respectivas pólizas. Si las pólizas se abonan en cuotas, esto debe ser comunicado formalmente, informando además el Plan de pagos, de la póliza que corresponda, en oportunidad de la presentación de la misma. Se deberán además presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado Plan. No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de segurin previa autorización escrita del licitante, cláusula que deberá incorporarse en el seguro contratado. Todas las pólizas que correspondan, deberán ser entregadas a la Inspección con anterioridad a la iniciación de la tarea objeto del servicio contratado.- El Contratista deberá tomar a su cargo las franquicias de los seguros que contrate, y deberán ser tomados con una cláusula de ajuste a satisfacción del tomador. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de contratar los seguros que correspondan y que deberá tomar a su cargo el Contratista, autoriza al licitante a la contratación directa del seguro en las condiciones requeridas en el presente Pliego. El importe de la contratación será descontado en forma inmediata de cualquier suma que tenga al cobro el Contratista.

IMPORTANTE

Serán causales de rechazo de las ofertas en el mismo acto de apertura cuando se presenten las siguientes circunstancias:

a) La omisión o deficiencia del Depósito de Garantía Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 1.1) y Cap. IV, Art. 16º y 17º.

b) La omisión, dentro del "Sobre Presentación" del "SOBRE PROPUESTA" debidamente cerrado, conteniendo la propuesta Cap. II, Art. 10º (Sub.Inc. 1.2) y "Formulario Resumen de Cotización", únicamente.

c) El cambio del Formulario Resumen de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E., conforme a lo previsto en el Cap. II, Art. 10º (Sub-Inc. 2.1).

SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Cap. II, Art. 10º, Sub-Inc. 1.4)

Lic. Publica: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 108,00.

Lic. Privada: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 50,00.

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ANEXO A

UNIDAD MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD GERENCIA RECURSOS HUMANOS Documentación

1. EMPRESAS SIN PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA Y VEHICULOS AFECTADOS AL SERVICIO

CON 5 DIAS DE ANTELACION A LA INICIACION DE LOS TRABAJOS Y CADA VEZ QUE SE PRODUZCA ALGUNA MODIFICACION

Listado con carácter de Declaración Jurada de no poseer empleados afectados a la EPE y el número de

CUIL del contratista. Original y fotocopia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros, de $

50.000,00 como mínimo. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales, deberán entregarse los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Detalle de los vehículos afectados a la contratación indicando marca, modelo, tipo, Nº de patente, Nº de chasis, Nº de motor, fotocopia de la documentación respaldatoria de la titularidad a favor de la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro para vehículos, con póliza especificada de cada uno de ellos que contemple, como mínimo, responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

2. EMPRESAS CON PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA Y VEHICULOS AFECTADOS AL SERVICIO

CON 5 DIAS DE ANTELACION A LA INICIACION DE LOS TRABAJOS Y CADA VEZ QUE SE PRODUZCA ALGUNA MODIFICACION

Listado con carácter de Declaración Jurada de los empleados afectados a la EPE, con los datos

personales completos y Nº de CUIL, anexando al mismo certificado de buena conducta de cada uno de ellos.

Fotocopia autenticada por la Secretaría de Trabajo de la Planilla de Horarios y Descansos (Art. 197º, Ley 20.744) donde consten los empleados afectados a la EPE.

Original y fotocopia de las Inscripciones pertinentes ante la DGI y demás Reparticiones correspondientes. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Libreta de Trabajo de cada empleado incluido en la nómina. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

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Original y fotocopia del Contrato con la ART. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura de la ART emitido por la misma con la nómina de los empleados incluidos en el mismo, donde deberán constar los empleados afectados a la EPE. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros, de $50.000,00 como mínimo. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a media que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Detalle de los vehículos afectados a la contratación, indicando marca, modelo, tipo, Nº de patente, Nº de chasis, Nº de motor, fotocopia de la documentación respaldatoria de la titularidad a favor de la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro para vehículos, con póliza especificada de cada uno de ellos que contemple como mínimo responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura del seguro de vida obligatorio.

3. EMPRESAS CON LAS CONDICIONES 1 y 2

CON 5 DIAS DE ANTELACION AL INICIO DE LA CONTRATACION Y EN FORMA MENSUAL

Recibos de sueldos de los agentes afectados a prestar servicios en la EPE, debidamente firmados por los beneficiarios.

F.900, 901 ó 902 del mes inmediato anterior, si el empleador se encuentra incluido en el SIJP, nómina del personal (Opción listado del empleador), o los comprobantes que la reglamentación oportunamente determine para avalar el pago de aportes y contribuciones patronales para el SIJP.

Talón de pago (ticket) de la contribuciones Seguridad Social, Aportes seguridad social y contribución Obra Social; o F.107 por cada concepto del mes inmediato anterior, o los comprobantes que oportunamente determine la legislación en vigencia.

Talón de pago (ticket) o F.107, según corresponda, del mes inmediato anterior de la ART, o los comprobantes que oportunamente determine la legislación en vigencia.

Si el contratista dejare de cumplir con lo estipulado en los puntos

anteriores, la Empresa se reserva la potestad de rescindir el contrato por causa imputable

al mismo y procederá a realizar los trámites tendientes a aplicar las sanciones previstas en

el Registro Único de Proveedores de la EPE. y de la Provincia, y a cargarle los costos que

resultaren por causa del incumplimiento.

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ANEXO B UNIDAD MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD

GERENCIA RECURSOS HUMANOS

NORMAS REGLAMENTARIAS MINIMAS DE MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA LAS EMPRESAS QUE COMO CONTRATISTAS O SUB-CONTRATISTAS REALICEN OBRAS O PRESTEN

SERVICIOS EN EL AMBITO DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

A. OBJETIVOS Y ALCANCES DE ESTA NORMA

La presente Norma tiene como objetivo establecer pautas generales para que las distintas etapas de realización de nuevas obras, ampliaciones, refacciones o mantenimientos tanto civiles como electromecánicas, se ejecuten con la máxima seguridad en un medio ambiente propicio, de manera tal de prevenir accidentes y enfermedades profesionales al personal de obra. Su cumplimiento es de carácter obligatorio para todas las empresas y su personal que se encuentren realizando tareas en obras de la EPE

B. LEGISLACION APLICABLE

Legislación de aplicación

Con fines informativos, señalamos que la legislación de aplicación de la presente norma, la cual es de cumplimiento obligatorio para las empresas comprendidas en la misma, es la siguiente:

-Ley Nacional de Riesgos del Trabajo (L.R.T.) Nº 24557/95 – Dcto. 170/96 -Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19587/72 – Dcto. 351/79 -Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo Nº 231/96, 51/97, 35/98 y 319/99 -Decreto 911/96 Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la construcción. -Reglamento para trabajos y maniobras sobre instalaciones eléctricas -Toda reglamentación vigente en el momento de realizarse los trabajos contratados.

C. NORMAS GENERALES

1. Toda empresa contratista o sub-contratista, deberá estar afiliada a una ART (Aseguradora de riesgos del trabajo) o, en su caso de la existencia de autoseguro, que deberá comunicar a la EPE. Además deberá informar: a)el listado nominativo del personal que estará afectado a la obra o prestación del servicio, como así también las altas y bajas que se produzcan durante su ejecución a la Unidad Medio Ambiente, Higiene y Seguridad “la jefatura que corresponda” de la EPE; b) los sanatorios o clínicas en las cercanías de la localidad en donde se desarrollan las obras, que tiene la ART contratados, y su correspondiente Nº de teléfono, al Responsable de la conducción de la obra de la EPE, antes de comenzar los trabajos.

2. Toda empresa contratista o sub-contratista que opere con su personal, o personal contratado, en las instalaciones de la EPE realizando obras, prestando servicios o cualquier tarea o actividad encomendada o no, será responsable directo de todo accidente, inclusive incendios o siniestros provocados por errores o incumplimiento de las normas, y que serán causa de lesiones, enfermedades y/o daños materiales dentro del área de la obra, contaminación del medio ambiente y su eventual extensión, que pudiera inclusive perjudicar a terceros.

3. La Empresa contratista o sub-contratista deberá denunciar dentro de las 24 horas, o el primer día hábil siguiente, a la Unidad Medio Ambiente, Higiene y Seguridad de la EPE, todo accidente o incidente ocurrido durante el desarrollo del trabajo, o enfermedad ocupacional sufrida por su personal o por el contratado, indicando por escrito datos personales, motivos del mismo, tipo de lesión, primeros auxilios, tratamiento medico y toda otra información que le será requerida por el personal de la EPE (daños a personas, equipos, contaminación, etc.). Este requisito deberá cumplimentarse indefectiblemente en toda ocasión se trate o no de casos con tiempo perdido.

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Todo accidente o incidente será investigado por la EPE, con la colaboración del Responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa.

4. La Empresa contratista o sub-contratista deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad de la obra, y tiene la obligación de conocer estas normas y los procedimientos de trabajo que se le especifiquen así como de comprometerse a capacitar en forma permanente a su personal.

Además, el Responsable de Higiene y Seguridad; deberá hacerse presente en la obra con la carga horaria según lo reglamentado en la Resolución Nº 231/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que se detalla:

Nº de Operarios Horas Profesionales Semanales 1-15 de 3 a 5

16-50 de 5 a 10 51-100 de 10 a 15

101-150 de 15 a 20 151 o más 30 o más

La Empresa contratista o sub-contratista entregara a la EPE, la planilla que como anexo I, forma parte de la presente norma, en donde consta los datos del Responsable de Higiene y Seguridad quien deberá presentarse, antes del inicio de la contratación, personalmente en la Unidad Higiene y Seguridad Gerencia Recursos Humanos a fin de coordinar con esta las acciones a realizar.

Además, el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa, deberá asentar en una planilla que estará habilitada en la obra, sus visitas periódicas a la obra, con la fecha y hora de entrada y salida, según anexo II

Nota: Se amplia el requerimiento de horas en la obra del Responsable de Higiene y Seguridad, en anexo III, además de lo solicitado en el Anexo IV donde se aclara toda la documentación a presentar

5. En todo momento, el personal de la empresa contratista o sub-contratista estará a cargo de un Director de obra, quien será declarado ante el Responsable de conducir la obra de la EPE, antes del comienzo de la misma.

6. Queda terminantemente prohibido, la circulación y permanencia del personal de las empresas contratistas o sub-contratistas fuera del radio de la obra en el ámbito de la EPE.

El no cumplimiento de esta condición, será sancionada con el retiro de dicho personal en forma definitiva de la obra.

7. La empresa contratista o sub-contratista conservara y respetara las indicaciones de seguridad, referente a prevención de accidentes, uso de elementos de protección personal y normas sanitarias particulares de cada sector.

8. La empresa contratista o sub-contratista usara su instalación eléctrica, incluso elementos o herramientas eléctricas fijas o portátiles, siempre que posea llaves o interceptores, fusibles, puesta a tierra, etc. necesario para evitar electrocución, chispas, cortocircuitos, recalentamientos, etc. Utilizara una tensión de 220V, o 380 V con su correspondiente disyuntor diferencial.

Además los conductores, caja de contactos etc., deberán estar fijadas fuera de posibles tropiezos o manoseo indebidos.

9. Todas las herramientas manuales de obra, maquinas herramientas etc., deberán contar con sus protecciones (barreras, resguardos, etc.) para evitar riesgo mecánico y tener conexión de puesta a tierra.

10. No se realizaran trabajos en artefactos de iluminación o instalaciones eléctricas de fuerza electro motriz en general, sin haber efectuado antes el corte de corriente mediante el accionamiento del interruptor, el retiro de todos los fusibles del ramal afectado, y haber colocado la señalización correspondiente, para evitar que se vuelva a conectar por error el circuito y provocar accidentes.

Si es necesario efectuar tareas con tensión, antes deberá existir una autorización del Responsable de supervisar la obra de la EPE. La persona que lo realice deberá estar fehacientemente capacitada y

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habilitada por el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa, utilizara métodos de trabajos específicos y respectivas normas técnicas, usara materiales, herramientas y elementos de protección personal adecuados al trabajo. Este tipo de trabajo de alto riesgo, será supervisado permanentemente por el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa.

11. El orden y la limpieza en la zona de realización de los trabajos son imprescindibles para limitar la posibilidad de accidentes.

12. La zona de trabajos deberá cercarse convenientemente, con vallas, cintas, conos y todo otro tipo de elemento que sirva para tal fin.

13. En todo momento se cuidara de no afectar el medio ambiente, evitando la generación de contaminantes nocivos, no utilización de los sistemas de desagües industriales o pluviales para eliminar los residuos de la obra.

14. Todos los materiales necesarios para la obra deberán disponerse ordenadamente, tratando de no perturbar la circulación vehicular o de peatones.

Las empresas contratistas o sub-contratista deberán proveer a los trabajadores a su cargo, con la correspondiente capacitación y compromiso de uso, de los siguientes elementos de protección personal:

Ropa adecuada para el trabajo, consistente en pantalón y camisas, preferentemente del mismo color, debiendo ser este uniforme para todo el personal de la empresa.

Será aconsejable llevar identificación con el nombre de la empresa.

Para trabajos en altura, más de 2 m. cota de altura plano de trabajo, se deberán usar, según corresponda, los siguientes elementos:

Arneses anticaída de seguridad Cinturones de sujeción Elementos de amarre de sujeción y anticaídas Salva caídas Dispositivos retractiles Líneas de vida Silletas Descensores

Además la empresa contratista o sub-contratista deberá tomar todas las previsiones de seguridad para los trabajos en altura, mediante escaleras, andamios, pasarelas, redes, protección de huecos y vanos, etc., construidos con materiales de buena calidad, y con condiciones de máxima seguridad.

Protección ocular y facial, para los trabajadores expuestos a proyección de partículas o radiaciones (infrarrojas o ultravioletas)

Cascos de seguridad tipo 1, clase B, con sello de calidad IRAM

Calzado de seguridad

Guantes de seguridad de acuerdo a las tareas.

Para trabajos en la vía publica o cercanías a la misma todo el personal involucrado deberá usar chalecos reflectivos.

15. Cuando la tarea a realizar implique riesgo potencial de incendio, la empresa deberá disponer en cada frente de obra de extintores de polvo químico seco, aptos para fuegos clase ABC, de 10 kg., además el personal deberá estar capacitado para su uso.

16. Además de lo solicitado en el anexo A se deberá presentar la siguiente documentación tanto del personal como de los vehículos:

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DNI

Licencia de conductor, acorde al tipo de vehículo.

Cedula verde en vigencia o tarjeta azul.

RTO “Revisión Técnica obligatoria en vigencia, acorde al tipo de vehículo,”

Habilitación Técnica para el tipo de tarea por Ej: Conductor de equipos pesados, etc. Emitido por autoridad competente.

Original y Fotocopia de la capacitación recibida.

Todo el personal que ingresa a la obra deberá contar con:

Cobertura de ART, en caso de no contar con la misma deberá contar con seguro de accidentes personales por una cifra de $ 250.000. En ambos casos se deberá agregar la cláusula de no repetición a favor de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. Cuit 3054578816-7, actualizada.

Seguro de Vida obligatorio. Por el periodo de la prestación del servicio

Para aquellos casos que la Empresa adjudicada en la orden de compra deba por alguna razón sub contratar los trabajos a realizar deberá exigir toda la documentación descripta tanto en los anexos A y B, siendo la primera la responsable de presentar junto a la suya.

ADEMAS DEBERÁN PRESENTAR:

1. Estadísticas de accidentes del último año confeccionado y aprobado por la ART.

2. Listado de personal designado que realiza tareas en altura. (Nombre, Apellido, Categoría y el Certificado de aptitud para tareas en altura s/Res SRT 043/1997, Anexo I. Conformación de cada cuadrilla de tareas de montajes en altura en la que se incluirá un puntero o capataz de la misma. Contar con instructivo de tarea segura para todos los trabajos críticos (con riesgo inminente o en proximidades de instalaciones eléctricas) de montajes en altura.

3. Constancia de la capacitación específica del referido instructivo, con la participación del responsable, Jefe de obra, Supervisor, Capataz, Puntero y Personal de cuadrilla operativa.

4. Plan de Contingencia para Trabajos en Altura. (Ej: equipos de comunicación, equipo de izajes de apoyo: grúa / hidrogrúa - guindola / barquilla / plataforma elevadora, personal entrenado en emergencias, roles definidos, entre otros).

5. Elaboración de DDS (dialogo diario de seguridad) por parte de cada cuadrilla.

6. Elaboración de ATS (análisis de tarea segura), descomponiendo las tareas a desarrollar por pasos, elaborado por cada cuadrilla.

7. Indicación y provisión de los EPP específicos para los trabajos en altura (arnés de seguridad, con: alternativa 1° línea de vida vertical individual, alternativa 2° con doble cola de amarre elastizada con amortiguador de caída- alternativa 3° equipo anticaída retráctil, incluir casco de seguridad con mentonera de sujeción). Mas los normales acordes a la tarea que correspondan.

8. Habilitación de equipos de izajes: grúa / hidrogrúa, guindola o canasto de elevación de personas por un ente independiente (TUV, IRAM y BUREAU VERITAS). O autoridad competente

9. Certificación de calidad de auxiliares de izajes (grilletes, fajas, eslingas y otros).

10. Habilitación de operador de grúa / hidrogrúa por un ente independiente (TUV, IRAM y BUREAU VERITAS).

17. La EPE se reserva el derecho de suspender la obra, ordenar el retiro del personal, o aplicar sanciones consistentes en multas, cuando observe anormalidades durante la obra que a su juicio puedan ser causas de accidentes, riesgos potenciales, daños materiales, contaminación del ambiente y ocultamiento de información referente a accidente, incidentes o enfermedad ocupacional, por no aplicar las normas de MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO establecidas, no mantener el

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personal una actividad que demuestre concientización en la materia, para lo que la Empresa deberá observar una clara y especifica política de seguridad.

18. La EPE se reserva el derecho de rechazar aquellos programas de seguridad que:

No contemplen a criterio de esta Unidad las medidas preventivas antes del inicio de las actividades. Aquellos donde el profesional que los confecciona y firma delega su responsabilidad en personal operativo u otro que no posea matricula habilitante para ser Responsable de H y S. Aquellos confeccionados por profesionales con causas pendientes en cuanto a su accionar dentro de la profesión. Aquellos programas que no se encuentren visados por el colegio de ingenieros respectivos y aprobados por la ART.

Protocolo de presentación:

Toda documentación deberá ser presentada en original y

copia; debidamente anillada u ordenada, con carátula que indique Empresa; Tipo de

Obra, localidad, Responsable de Higiene y Seguridad, auxiliares técnicos habilitados

y fotocopia certificada, constancia de pago de matricula al día y cobertura de ART o

seguro de accidentes personales por un monto de $ 250.000 como mínimo.

Nota: la documentación a presentar (certificado de no acción y otros) debe constar expresamente sin abreviaturas “Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe cuit 30545788167. El Programa de seguridad en obra y/o servicio aprobado por la ART.

Para aquellos casos donde la tarea no conlleve riesgos (proximidades de líneas con tensión, trabajos en altura, manipulación de productos químicos, etc) o se eroguen montos menores (por fondos fijos)el jefe de sector donde se llevara a cabo la tarea elevara una nota a esta Unidad en donde se detalle las tareas a realizar y previa coordinación y autorización (requisito indispensable para el pago del servicio o trabajo) de esta Unidad, la cual determinara si con la presentación de las siguientes constancias, además de lo indicado en el anexo A, se podrá dar inicio a las tareas mencionadas: Cobertura de ART y certificado de no acción (actualizada mensualmente) Seguro de vida Obligatorio Constancia de Entrega de EPP Constancia de Capacitación especifica.

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ANEXO I

------------------------,-----/-----/----------- De: A: Unidad Higiene y Seguridad ____________________________________

Ref.: Servicio de Higiene y Seguridad Por la presente me dirijo a Uds., para informarles que el Profesional Responsable de Higiene y Seguridad contratado por mi empresa, es el:………………………………………………………… ………………………………., el cual actuara de acuerdo con el Decreto 351/79 Reglamentario de la ley 19.587, Decreto 911/96, y Resoluciones de la Superintendencia de Riesgo del Trabajo, para la obra: ………………………………………………………………………………….., a ejecutarse en: …………………………………………………………………………………………., de la localidad de: ……………………………………………………………………..- El profesional llevara un registro, en el se asentara las novedades de sus visitas, y todo lo realizado por el Servicio. Este registro quedara en la obra, a vuestra disposición. Sin otro particular, saludamos atentamente. ---------------------------------------------- ---------------------------------------------- Firma del Representante Firma del Profesional de la Empresa de Higiene y Seguridad

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ANEXO II

CONSTANCIA DE VISITA DEL RESPONSABLE DE

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

EMPRESA:

OBRA:

Nº De

Visita

Fecha

Hora Entrada en

Obra

Hora Salida en

Obra

Firma

Aclaración

11

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ANEXO III

RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LA EMPRESA

- SITUACIONES ESPECIALES –

Toda obra, que por su riesgo y duración sea de una semana o más, deberá ajustarse a lo requerido por Resolución Nº 231/96 de la SRT.-

En aquellos casos, en que la duración de la obra, sea menor a una semana, será condición, la presencia del Responsable de Higie- ne y Seguridad en la misma, para ordenar todo lo requerido sobre, empleo de E.P.P., capacitación, y formulación de recomendaciones al personal de la Empresa , por lo menos una vez.

Para aquellos trabajos de corta duración, pero repetitivos (Ejemplo: Trabajos en plomería, Gasista, Colocación de vidrios, etc.), se deberán ajustar a Resolución Nº 319/99 de la SRT.; vale decir, deberá el Responsable de Higiene y Seguridad, elaborar un “Plan de Seguridad”, que tendrá un periodo de validez semestral y renovable.

En toda otra situación no contemplada, en los casos anteriores, las horas de permanencia en obra del Responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa, lo determinara la Unidad de Higiene y Seguridad de la EPE.-

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ANEXO IV Documentación a presentar: Estadísticas de accidentes del último año confeccionado y aprobado por la ART. Programa de seguridad aprobado por la ART. Certificado de no acción actualizado en forma mensual por la ART Aviso e inicio de obra Listado con carácter de declaración jurada de no poseer empleados afectados a la EPE y el número de CUIL del contratista. Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros. Detalle de los vehículos afectados al a contratación Póliza de seguros para vehículos, que contemple como mínimo, responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados. DNI y Licencia de conductor vigente; acorde al tipo de vehículo. Certificados de póliza de accidentes Personales o cobertura de ART con cláusula de no repetición. Seguro de vida obligatorio. Carta indemne (se solicitará en Medio Ambiente, Higiene y Seguridad EPE) Exámenes médicos (de acuerdo a la actividad con una antigüedad no mayor a un año) Cédula verde, en vigencia o cedula azul. RTO “Revisión Técnica Obligatoria”. Copia de los certificados de los elementos utilizados para el izado (eslingas). Listado de personal designado que realiza tareas en altura. Constancia de la capacitación específica Plan de Contingencia para Trabajos en Altura. Constancia de entrega de los EPP y EPC Habilitación de equipos de izajes: grúa / hidrogrúa, guindola o canasto de elevación de personas por un ente independiente (TUV, IRAM y BUREAU VERITAS). O autoridad competente Certificación de calidad de auxiliares de izajes (grilletes, fajas, eslingas y otros). Habilitación de operador de grúa / hidrogrúa por autoridad competente

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12/03/14

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO

ANEXO

1. Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de

la Resolución General n° 19/2011, de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el Sobre Presentación - Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Por consultas o aclaraciones el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a impuestos - Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

2. En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.-

3. Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006, como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Pública y Privadas, Concursos de Precios y contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.-

4. Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

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EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Area Abastecimiento – Unidad Compras Tel / Fax: .(0342) 4505849 / 4505854

PLANILLA DE REQUISITOS LEGALES

• Nombre y Apellido o denominación del proponente : .................................................................

.......................................................................................................................................................

• Domicilio real ...............................................................................................................................

• Localidad ......................................................................................................................................

• Domicilio legal en la ciudad de Santa Fe ....................................................................................

• Garantía de la propuesta : (1% del Presupuesto Oficial)............................................................

.......................................................................................................................................................

• Forma : .........................................................................................................................................

• Institución que la otorgó ..............................................................................................................

• Sellado Provincial de Ley Art. 10º ( Inc. 1.4) ..............................................................................

• Inscripción Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. Art. 10º ( Inc. 1.5.) Nº ........................

• Certificado de libre deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos y Ley 5110 Art. 10º (Inc. 1.7), extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe.

• Se acompaña antecedentes como proveedores de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación, de organismos oficiales, cooperativas y/o particulares Art. 10º (Inc. 1.9).

• Conforme a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, esta firma declara que para cualquier cuestión Judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe Art. 10º (Inc. 1.10), y además de que esta oferta se mantiene por el término establecido, a contar desde la fecha de apertura.

.................................................................................... Firma y Sello Aclaratorio

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ESTRUCTURA DE COSTO SERVICIO – Toma Lectura medidores Urbanos

A - MANO DE OBRA A-1 Sueldo básico más adicionales (presentismo, antigüedad) A-2 Sueldo anual complementario A-3 Indemnizaciones A-4 Vacaciones anuales A-5 Asignaciones No Remunerativas A-6 Ropa de Trabajo A-7 Cargas Sociales Patronales sobre Remuneraciones: ∑ (A-7-a…. A-7-d)

a- Jubilación b- Obra Social c- A.R.T. (porcentual y suma fija) d- Otras Cargas Sociales

A-8 Otros Detallar A-9 Seguros Obligatorios

Sub Total A-Mano de Obra ∑ (A-1…. A-9)

B - GASTOS B-1 Administrativos (papelería, útiles de escritorio) B-2 Financieros y Bancarios (Impuesto al Cheque, intereses) B-3 Fiscales (Ing. Brutos, Der. de Reg. e Inspección, otros) B-4 Mantenimiento B-5 Amortizaciones de Máquinas y Equipos

Sub Total B-Gastos ∑ (B-1…. B-5)

C - MATERIALES C-1 Materiales Varios (Insumos) C-2 Combustibles

Sub Total C-Materiales ∑ (C-1…. C-2)

D – SUB TOTAL (A + B + C)

E - UTILIDAD % % sobre D

F – SUB TOTAL (D + E)

G - IVA % % sobre F TOTAL (F + G)

COSTO POR LECTURA MEDIDOR

Convenio Colectivo Nº H - Mínimo EPE

Cantidad de Personal a Emplear

Cantidad de Horas - Hombre a emplear por día

Cantidad de Horas - Hombre a emplear por mes Instrucciones al dorso

Firma y Aclaración …………………………………

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE ESTRUCTURA DE COSTOS POR SERVICIOS MENSUALES A - MANO DE OBRA

A-1: Corresponde al sueldo del Convenio Colectivo de Trabajo homologado para la actividad de que se trate con inclusión de los adicionales por presentismo y antigüedad que pueda establecer el CCT(debiendo obligatoriamente indicar el N° de Convenio Colectivo de Trabajo en el que v/empleados se encuentran comprendidos, así como su denominación.

A-2: Es el proporcional mensual del SAC, entendiéndose a éste como la mitad de la mejor remuneración del semestre.

A-3: En caso de producirse preavisos o despidos en el período. A-4: Son las normales del año usufructuadas de acuerdo con las antigüedades o las no gozadas por bajas. A-5: Asignación no remunerativa, de corresponder o incrementos salariales futuros. A-6: En caso de establecerlo el Convenio de la actividad. A-7: Son las contribuciones calculadas sobre sueldos e ingresados a los Organismos Recaudadores por la patronal. A-8: Otros costos asociados a la mano de obra, los que deberán ser detallados. A-9: Son los seguros de ley que debe contratar la patronal con exclusión de la A.R.T.

B - GASTOS B-1: Son los originados en la administración de la firma en concepto de papelería, útiles de escritorio, etc. B-2: Intereses por toma de préstamos, por adelantos en cuenta corriente o por aplicación del Impuesto al cheque

vigente. B-3: Surgen por la aplicación del 3,5% (IB) y del 0,6% (DRI) sobre los montos netos facturados, o los porcentajes que se

defina a futuro. B-4: Son los aplicados para obtener, mantener y conservar los elementos a aplicar en los trabajos. B-5: Es la aplicación de la alícuota anual en concepto de depreciación de los Bienes de Uso a utilizar en los servicios.

C - MATERIALES C-1: Son todos los insumos necesarios para dar cumplimiento a los servicios. C-2: Igualmente son los necesarios para movilizar los bienes de uso a utilizar en los servicios

E - UTILIDAD E: Es el porcentual de ganancia determinado por el oferente.

G - IVA G: Es el porcentual que actualmente rige para el servicio a cotizar.

H - MÍNIMO EPE H: Cantidad mínima de Personal y Horas Hombre por día y mes definidas por la EPE.

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ESTRUCTURA DE COSTO SERVICIO – Toma Lectura medidores Rurales A - MANO DE OBRA

A-1 Sueldo básico más adicionales (presentismo, antigüedad) A-2 Sueldo anual complementario A-3 Indemnizaciones A-4 Vacaciones anuales A-5 Asignaciones No Remunerativas A-6 Ropa de Trabajo A-7 Cargas Sociales Patronales sobre Remuneraciones: ∑ (A-7-a…. A-7-d)

a- Jubilación b- Obra Social c- A.R.T. (porcentual y suma fija) d- Otras Cargas Sociales

A-8 Otros Detallar A-9 Seguros Obligatorios

Sub Total A-Mano de Obra ∑ (A-1…. A-9)

B - GASTOS B-1 Administrativos (papelería, útiles de escritorio) B-2 Financieros y Bancarios (Impuesto al Cheque, intereses) B-3 Fiscales (Ing. Brutos, Der. de Reg. e Inspección, otros) B-4 Mantenimiento B-5 Amortizaciones de Máquinas y Equipos

Sub Total B-Gastos ∑ (B-1…. B-5)

C - MATERIALES C-1 Materiales Varios (Insumos) C-2 Combustibles

Sub Total C-Materiales ∑ (C-1…. C-2)

D – SUB TOTAL (A + B + C)

E - UTILIDAD % % sobre D

F – SUB TOTAL (D + E)

G - IVA % % sobre F TOTAL (F + G)

COSTO POR LECTURA MEDIDOR

Convenio Colectivo Nº H - Mínimo EPE

Cantidad de Personal a Emplear

Cantidad de Horas - Hombre a emplear por día

Cantidad de Horas - Hombre a emplear por mes Instrucciones al dorso

Firma y Aclaración …………………………………

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE ESTRUCTURA DE COSTOS POR SERVICIOS MENSUALES A - MANO DE OBRA

A-1: Corresponde al sueldo del Convenio Colectivo de Trabajo homologado para la actividad de que se trate con inclusión de los adicionales por presentismo y antigüedad que pueda establecer el CCT(debiendo obligatoriamente indicar el N° de Convenio Colectivo de Trabajo en el que v/empleados se encuentran comprendidos, así como su denominación.

A-2: Es el proporcional mensual del SAC, entendiéndose a éste como la mitad de la mejor remuneración del semestre.

A-3: En caso de producirse preavisos o despidos en el período. A-4: Son las normales del año usufructuadas de acuerdo con las antigüedades o las no gozadas por bajas. A-5: Asignación no remunerativa, de corresponder o incrementos salariales futuros. A-6: En caso de establecerlo el Convenio de la actividad. A-7: Son las contribuciones calculadas sobre sueldos e ingresados a los Organismos Recaudadores por la patronal. A-8: Otros costos asociados a la mano de obra, los que deberán ser detallados. A-9: Son los seguros de ley que debe contratar la patronal con exclusión de la A.R.T.

B - GASTOS B-1: Son los originados en la administración de la firma en concepto de papelería, útiles de escritorio, etc. B-2: Intereses por toma de préstamos, por adelantos en cuenta corriente o por aplicación del Impuesto al cheque

vigente. B-3: Surgen por la aplicación del 3,5% (IB) y del 0,6% (DRI) sobre los montos netos facturados, o los porcentajes que se

defina a futuro. B-4: Son los aplicados para obtener, mantener y conservar los elementos a aplicar en los trabajos. B-5: Es la aplicación de la alícuota anual en concepto de depreciación de los Bienes de Uso a utilizar en los servicios.

C - MATERIALES C-1: Son todos los insumos necesarios para dar cumplimiento a los servicios. C-2: Igualmente son los necesarios para movilizar los bienes de uso a utilizar en los servicios

E - UTILIDAD E: Es el porcentual de ganancia determinado por el oferente.

G - IVA G: Es el porcentual que actualmente rige para el servicio a cotizar.

H - MÍNIMO EPE H: Cantidad mínima de Personal y Horas Hombre por día y mes definidas por la EPE.

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F:\LICITACIONES PDF\Lectura de Medidores\3015\ALCANCE DE SUMINISTRO.doc

ESTRUCTURA DE COSTO MOVILIDAD A - MANO DE OBRA

A-1 Sueldo básico más adicionales (presentismo, antigüedad) A-2 Sueldo anual complementario A-3 Indemnizaciones A-4 Vacaciones anuales A-5 Asignaciones No Remunerativas A-6 Ropa de Trabajo A-7 Cargas Sociales Patronales sobre Remuneraciones: ∑ (A-7-a…. A-7-d)

a- Jubilación b- Obra Social c- A.R.T. (porcentual y suma fija) d- Otras Cargas Sociales

A-8 Otros Detallar A-9 Seguros Obligatorios

Sub Total A-Mano de Obra ∑ (A-1…. A-9)

B - GASTOS B-1 Administrativos (papelería, útiles de escritorio) B-2 Financieros y Bancarios (Impuesto al Cheque, intereses) B-3 Fiscales (Ing. Brutos, Der. de Reg. e Inspección, otros) B-4 Mantenimiento B-5 Amortizaciones de Máquinas y Equipos

Sub Total B-Gastos ∑ (B-1…. B-5)

C – MATERIALES C-1 Materiales Varios (Insumos) C-2 Combustibles

Sub Total C-Materiales ∑ (C-1…. C-2)

D – SUB TOTAL (A + B + C)

E - UTILIDAD % % sobre D

F – SUB TOTAL (D + E)

G - IVA % % sobre F TOTAL (F + G)

COSTO POR KILOMETRO

Convenio Colectivo Nº H - Mínimo EPE

Cantidad de Personal a Emplear Instrucciones al dorso

Firma y Aclaración ……………………………………

Gustavo Alberdi
EJEMPLAR SIN VALOR
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INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DE ESTRUCTURA DE COSTOS POR SERVICIOS MENSUALES A - MANO DE OBRA

A-1: Corresponde al sueldo del Convenio Colectivo de Trabajo homologado para la actividad de que se trate con inclusión de los adicionales por presentismo y antigüedad que pueda establecer el CCT(debiendo obligatoriamente indicar el N° de Convenio Colectivo de Trabajo en el que v/empleados se encuentran comprendidos, así como su denominación.

A-2: Es el proporcional mensual del SAC, entendiéndose a éste como la mitad de la mejor remuneración del semestre.

A-3: En caso de producirse preavisos o despidos en el período. A-4: Son las normales del año usufructuadas de acuerdo con las antigüedades o las no gozadas por bajas. A-5: Asignación no remunerativa, de corresponder o incrementos salariales futuros. A-6: En caso de establecerlo el Convenio de la actividad. A-7: Son las contribuciones calculadas sobre sueldos e ingresados a los Organismos Recaudadores por la patronal. A-8: Otros costos asociados a la mano de obra, los que deberán ser detallados. A-9: Son los seguros de ley que debe contratar la patronal con exclusión de la A.R.T.

B - GASTOS B-1: Son los originados en la administración de la firma en concepto de papelería, útiles de escritorio, etc. B-2: Intereses por toma de préstamos, por adelantos en cuenta corriente o por aplicación del Impuesto al cheque

vigente. B-3: Surgen por la aplicación del 3,5% (IB) y del 0,6% (DRI) sobre los montos netos facturados, o los porcentajes que se

defina a futuro. B-4: Son los aplicados para obtener, mantener y conservar los elementos a aplicar en los trabajos. B-5: Es la aplicación de la alícuota anual en concepto de depreciación de los Bienes de Uso a utilizar en los servicios.

C - MATERIALES C-1: Son todos los insumos necesarios para dar cumplimiento a los servicios. C-2: Igualmente son los necesarios para movilizar los bienes de uso a utilizar en los servicios

E - UTILIDAD E: Es el porcentual de ganancia determinado por el oferente.

G - IVA G: Es el porcentual que actualmente rige para el servicio a cotizar.

H - MÍNIMO EPE H: Cantidad mínima de Personal y Horas Hombre por día y mes definidas por la EPE.