Los Orígenes de La Noción de Sujeto de Derecho

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LOS ORÍGENES DE LA NOCIÓN DE SUJETO DE DERECHO * Alejandro Guzmán Brito Universidad Católica de Valparaíso. Chile Academia Chilena de la Historia I. INTRODUCCIÓN 1. La expresión "sujeto del (o de) derecho" es técnica de la ciencia jurídica de nuestros días para designar supremamente a los entes solo a los cuales es posible imputar derechos y obligaciones, o relaciones jurídicas en terminología también de nuestra época 1 . Dicha expresión incluso ha comenzado a penetrar en la legislación del último tercio del siglo XX. Así, el artículo 67 del Código Civil de Portugal (1966) dice que "As pessoas podem ser sujeitos de quaisquer relaçôes jurídicas". El artículo 1 del Código Civil del Perú (1984) expresa en su artículo 1:"La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento". Y el artículo 23 del Código Civil de Cuba (1987) manifiesta: "Los elementos de la relación jurídica son: a) los sujetos que intervienen en ella", cuyo título II se rubrica, por lo demás: "Sujetos de la relación jurídica". La generalidad de los códigos civiles inclusos algunos de más reciente data, como el de Quebec (1991) o el de Holanda (1992), sin embargo, optan por el término tradicional de "persona" en sus especies de persona natural y jurídica 2 (lo que también, por lo demás, terminan por hacer preferentemente en el interior de su articulado los códigos en que aparece la expresión "sujeto"). En ello siguen la tradición de los juristas romanos, en especial del sistema que llamamos gayano-justinianeo o institucional, cuyo punto de partida es la división de todo el ius en personae, res, actiones. Ahora bien, ¿cuándo y cómo se originaron la noción de "sujeto de derecho" y esta expresión misma? Sabemos que ambas son usuales en el lenguaje de la pandectística alemana del siglo XIX. De hecho, desde ahí comenzaron a expandirse hacia la ciencia jurídica de otros países europeos y americanos. Pero si retrocedemos solo un poco más atrás, el asunto comienza a adquirir caracteres borrosos y de pronto nos encontramos sin saber cómo y cuándo fue introducida la noción y su expresión. A dilucidar este problema de origen, al cual únicamente le han sido concedidas unas pocas páginas 3 , que se sepa, dedicamos el presente trabajo. 2. Estrictamente, parece haber sido el filósofo y teólogo alemán, Konrad Summenhart (1450/1460 - 1502), quien por la primera vez conectó subiectum con ius. Comentando la definición de este último concepto que había ofrecido el teólogo francés Jean de Gerson (1363 - 1429), como "potestas vel facultas propinqua conveniens alicui secundum dictamen rectae rationis " 4 , acerca de su cláusula "conveniens alicui" ("que conviene a alguien"), dice que eso "se pone para denotar el sujeto del definido mismo" 5 , o sea, el "sujeto" de "derecho". Pero la expresión directa y completa subiectum iuris la encontramos, también parece que por la primera vez, en los escritos de algunos teólogos juristas españoles del siglo XVI, pertenecientes a esa corriente que solemos denominar "neoescolástica" o "segunda escolástica".

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Sujeto de Derecho- Origenes

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LOS ORGENES DE LA NOCIN DE SUJETO DE DERECHO*Alejandro Guzmn BritoUniversidad Catlica de Valparaso. ChileAcademia Chilena de la Historia

I. INTRODUCCIN1. La expresin "sujeto del (o de) derecho" es tcnica de la ciencia jurdica de nuestros das para designar supremamente a los entes solo a los cuales es posible imputar derechos y obligaciones, o relaciones jurdicas en terminologa tambin de nuestra poca1. Dicha expresin incluso ha comenzado a penetrar en la legislacin del ltimo tercio del siglo XX. As, el artculo 67 del Cdigo Civil de Portugal (1966) dice que"As pessoas podem ser sujeitos de quaisquer relaes jurdicas".El artculo 1 del Cdigo Civil del Per (1984) expresa en su artculo 1:"La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento".Y el artculo 23 del Cdigo Civil de Cuba (1987) manifiesta:"Los elementos de la relacin jurdica son:a)los sujetos que intervienen en ella",cuyo ttulo II se rubrica, por lo dems:"Sujetos de la relacin jurdica".La generalidad de los cdigos civiles inclusos algunos de ms reciente data, como el de Quebec (1991) o el de Holanda (1992), sin embargo, optan por el trmino tradicional de "persona" en sus especies de persona natural y jurdica2(lo que tambin, por lo dems, terminan por hacer preferentemente en el interior de su articulado los cdigos en que aparece la expresin "sujeto"). En ello siguen la tradicin de los juristas romanos, en especial del sistema que llamamos gayano-justinianeo o institucional, cuyo punto de partida es la divisin de todo eliusenpersonae, res, actiones.Ahora bien, cundo y cmo se originaron la nocin de "sujeto de derecho" y esta expresin misma? Sabemos que ambas son usuales en el lenguaje de la pandectstica alemana del siglo XIX. De hecho, desde ah comenzaron a expandirse hacia la ciencia jurdica de otros pases europeos y americanos. Pero si retrocedemos solo un poco ms atrs, el asunto comienza a adquirir caracteres borrosos y de pronto nos encontramos sin saber cmo y cundo fue introducida la nocin y su expresin. A dilucidar este problema de origen, al cual nicamente le han sido concedidas unas pocas pginas3, que se sepa, dedicamos el presente trabajo.2. Estrictamente, parece haber sido el filsofo y telogo alemn, Konrad Summenhart (1450/1460 - 1502), quien por la primera vez conectsubiectumconius.Comentando la definicin de este ltimo concepto que haba ofrecido el telogo francs Jean de Gerson (1363 - 1429), como"potestas vel facultas propinqua conveniens alicui secundum dictamen rectae rationis"4, acerca de su clusula"conveniens alicui"("que conviene a alguien"), dice que eso "se pone para denotar el sujeto del definido mismo"5, o sea, el "sujeto" de "derecho".Pero la expresin directa y completasubiectum iurisla encontramos, tambin parece que por la primera vez, en los escritos de algunos telogos juristas espaoles del siglo XVI, pertenecientes a esa corriente que solemos denominar "neoescolstica" o "segunda escolstica".Leemos, as, en la releccinDe dominio(1534 - 1535, pero indita) del jesuita Luis de Molina (1535 - 1600), las siguientes palabras:"...quattuor intendimus disputare quibus totum negotium de rerum dominio opinamur comprehendi. Primum est circa quidditatem dominii: quid sit dominium et quot genera dominiorum. Secundum circa ejus subiectum, nempe quibus conveniat habere dominium. Tertium circa eius obiectum, videlicet quarum rerum possit quis habere dominium. Quartum denique circa eius traslationem, quomodo scilicet transferantur rerum dominia"6.Y poco ms adelante:"Secundum punctumprincipale est de subiecto dominii, nempe quibus conveniat habere dominium"7.Lo mismo que en el volumen I de su tratadoDe justitia et jure(1597):"Explicato integre dominio in genere, de illius et de juris subjecto est dicendum"8.Asimismo en elDe justitia et jure(1553 - 1554) del dominico Domingo de Soto (1495 - 1560), al iniciarse el tratamiento de la cuestin concerniente al dominio en general:"Quaestio praesens in duos articulos secari se postulat: quorum alter definitionem dominii, alter vero subjectum nobis constituat"9. Una vez examinado el concepto de dominio en el artculo 1, Soto entra en el siguiente anunciado, as:"Praefixa ergo dominii definitione subsequitur articulo secundo eius subiectum explorare, videlicet inquirere quibus proprie competat rerum dominium: an scilicet solis post Deum angelis etque hominibus. Arguit enim quia brutis animalibus suo ordine congruat dominium, ut puta herbarum, quae, ut legiturGenes. I,concessa illis sunt in pabulum"10.En el artculo 3, para introducirlo, escribe de Soto:"Post constitutum tam subiectum quam obiectum dominiorum, ordo postulat ut tertio loco de eorum divisione disseramus"11.Algo parecido encontramos en el tratadoDe justitia et jure(1590) de Pedro de Aragn (1539 - 1592), tambin a propsito del dominio:"De qua re a nobis quinque sunt tractanda. Primum est, quid sit dominium. Secundum de subiecto dominii, quis, scilicet habeat dominium. Tertium de objecto dominii, is est, quae res possint cadere sub dominio, an vita, an forma, etc."12. Al llegar al segundo punto, dice:"Explicato iam quid sit dominium, operae pretium est, ut agamus de subiecto dominii, de illis, scilicet, qui possint habere dominium"13. Para concluir:"Ex his, quae diximus de subiecto dominii, satis clare convincitur ex omnibus creaturis, solos homines et angelos posse habere dominium"14.En fin, cabe citar a Miguel Bartolom Saln (1539 - 1621) y susCommentaria in disputationem de justitia et jure quam habet divus Thomae(1591):"Continebit autem haec disputatio quinque potissime capita seu quaestiones. Prima erit de essentia et natura dominii. Secunda, de subjecto, idest quid sit capax dominii. Tertia de objecto dominii, idest quae res dominio hominum possint subjacere..."15.3. Inmediatamente fuera de la escolstica, volvemos a encontrar expresiones semejantes en elDe iure belli ac pacis(1625) de Hugo Grotius (1583 - 1645). Hablando l delius puniendi,dice: "[1]Sed huius iuris subiectum id est cui ius debetur, per naturam ipsam determinatum non est Dictat enim ratio maleficum posse puniri, non autem quis punire debea"16.De modo que para Grotius hay unsubiectum iuris puniendi.Para Grotius, tambin eldominiumy elimperiumtienen un sujeto. A propsito de los modos de extinguir ambos poderes, dice:"Est et alius desinendi modus, sublato subiecto in quo est imperium vel dominium, ante alienationem sicilicet vel expressam, vel tacitam, qualis est in successionibus ab intestato"17.En este autor tambin descubrimos una indagacin sobre elsubiectumde lasumma potestas. Se lee, asimismo, en la obra antes citada:"[1]Haec ergo summapotestas, quod subiectum habeat videamus. Subiectum aliud est commune, aliud proprium: ut visus subiectum commune est corpus, proprium oculos. Ita summae potestatis subiectum commune est civitas... [3]Subiectum proprium est persona una pluresve pro cuiusque gentis legibus ac moribus"18.Para formular la cuestin acerca de quin detenta la suma potestad, Grotius recurre al concepto desubiectum dividido encommuneyproprium, y se responde:subiectum communede esa potestad es lacivitas,subiectum proprium, la persona o grupo de personas a quienes el ordenamiento de cada lugar les otorga tal potestad.3. As, pues, en estos autores nos encontramos consubiectum iuris,subiectum dominii,subiectum summae potestatis,como tambin a veces con el opuestoobiectum.La tentacin de ver en tales expresiones al "sujeto de (del) derecho" y al "sujeto del dominio" es muy grande. Y como es casi seguro que semejantes expresiones no las hallaremos en el vocabulario de los juristas romanos ni medievales _hasta ahora nadie, entre tantos quienes han estudiado a estos juristas, ha observado ni de pasada su existencia ah19_, resultara fcil concluir que los escolsticos espaoles fueron quienes inventaron la expresin y la introdujeron en la terminologa moderna. Faltara solo por investigar cmo y cundo pas al lenguaje general de la jurisprudencia europea.Pero las cosas no son as. En los escolsticos,subiectum juris - dominiino significa lo que la expresin tcnica de la pandectstica decimonnica y de la jurisprudencia y la legislacin posteriores significa. Lo cual no quiere implicar que no se trate de un punto de partida para el derecho.II. "SUJETO" COMO TRMINO TCNICOEN LA ONTOLOGA Y LA LGICA DE LA ANTIGUEDADEl cual punto de partida, a su vez, se sumerge en la filosofa y la lgica antiguas.1. La palabra castellana "sujeto" (fr.sujet,it.soggeto,port.sujeito, al.Subjekt,ingl.subjet)deriva de la latina subiectum,el participio de pretrito pasivo del verbosubicio(subicere),formado sobre la base del verboiacio(iacere)= "arrojar, lanzar", y el prefijo preposicionalsub-= "debajo de", de donde el significado primordial de "arrojar, lanzar debajo de" en sentido fsico, y despus tambin moral, como "someter"20. Segn siempre ocurre, la palabra termin por adquirir adems otros sentidos, que no nos interesan. En su significado original, fsico y moral, el participiosubiectum,pues, significa "arrojado, lanzado, puesto debajo de, sometido", y as aparece como usual en los escritores latinos, sea bajo forma verbal (por ej.:subiectum est= "fue sometido"), adjetival (como enhomo subiectum= "esclavo sometido") o sustantivada (as ensubiectum= "el sometido"), de tal guisa de poder decirse que en la poca clsica este trmino carece, en principio, de todo sentido tcnico.2. Si ahora nosotros damos un gran salto hacia fines del siglo XIII, encontramos la siguiente noticia en la obra tituladaCatholicondel gramtico Johannes Januensis (o sea, de Gnova)21:"Suppositum est illud de quo loquimur, et dicitur in dialectica subiectum. Appositum est illud de quod altero dicitur, et appellatur in dialectica praedicatum. Et scias quod quidquid praecedeit verbum principale vel intellegitur praecedere est suppositum. Verbum vero principale cum toto illud quod sequitur est appositum"22.De este texto aprendemos dos cosas importantes para nuestro tema. Primeramente, quesubiectumequivale asuppositum(as comopraedicatumaappositum).En seguida, que en tantosubiectum(lo mismo quepraedicatum)era trmino de la dialctica,suppositum(yappositum)lo era de la gramtica23. Parte de esta noticia, aquella referente asubiectumypraedicatumcomo trminos de la dialctica o lgica, que es la que nos interesa,resulta confirmada, no mucho despus, por Johannes Duns Scotus (1266 - 1308), en su tratadoDe modis significandi sive grammatica speculativa,en donde leemos lo siguiente:"Terminus vero dicit rationem terminandi resolutiones syllogismi, quia dialecticus resolvit syllogismum in propositiones, et propositiones in subiectum et praedicatum; quae dicuntur termini secundum logicu"24.Es claro, pues, que JohannesJanuensis, confirmado despus por Duns, daba cuenta de dos parejas de trminos tcnicos de cada una de aquellas disciplinas. En general, se trata de lo que ahora designamos como "sujeto" y "predicado", tanto de un juicio o proposicin en lgica25, como de una oracin en gramtica.3. Cmo fue quesubiectum,de designar lo "puesto debajo de" o "sometido" en el lenguaje latino ms clsico, pas a significar al "sujeto" de un juicio o proposicin lgicos en la Edad Media?a) Ciertamente, como ya se hizo notar, este ltimo sentido desubiectumno se encuentra en absoluto en el vocabulario latino clsico. Pero en una obra que bajo el ttulo deper e2rmeneaviene atribuida a Lucius Apuleius (c. 125 - c. 180 d. C.)26, y trasmitida como libro III delDe dogmate PlatonisoDePlatone et eius dogmate27,encontramos el adjetivo femeninosubiectiva,derivado del participiosubiecta,y tambin esta misma ltima forma como adjetivo, para designar a una parte de la proposicin lgica (no de la oracin gramatical).El autor dice, siguiendo a Platn, que una proposicin predicativa o simple28, como "Apuleyo diserta", consta de dos partes: nombre y verbo(nomen - verbum)29.Aade que de estas dos partes, una se denominasubiectivay la otradeclarativa30. As, en "Apuleyo diserta (o no diserta)", "Apuleyo" es laparsque se llamasubiectiva;en tanto "diserta" o "no diserta" es la que se llamadeclarativa.Y explica que lapars subiectivase llama as "a modo de sbdita"(velut subdita);mientras que lapars declarativa"declara qu cosa haga Apuleyo"31. En la exposicin siguiente, se emplea indistintamente las expresionessubiectivaysubdita32.b) Siglos despus encontramos con alguna frecuencia la misma terminologa de Apuleius en la parte sobre dialctica delDe nuptiis Philologiae et Mercuriide Martianus Capella, compuesto probablemente durante el ltimo cuarto del siglo V d. C.Tambin M. Capella trata de las partes de la proposicin lgica, no de la oracin gramatical. Solo que aquello denominado por Apuleius proposicin predicativa simple, M. Capella lo llamaproloquium33; y ste, como aqul, tambin distingue unnomeny unverbum,que esta vez aparecen definidos, en un modo que en algo recuerda a Aristteles, como "el que significa una cosa y puede ser declinado segn casos" el nombre; y "el que significa algo y puede ser flexionado (conjugado) por tiempos" el verbo34, como en "Cicern disputa". Tambin para M. Capella elproloquiumtiene dos partes. En principio identifica alnomencon la partesubiectivay alverbumcon ladeclarativa.A propsito de la primera, explica su denominacin porque: "se pone debajo lo que sea"; y con respecto a la segunda, porque "se declara qu puede entenderse acerca de ello"35. Pero ms adelante aclara M. Capella que no siempre se produce la identificacinnomen - pars subiectivayverbum - pars declarativa.As, en el proloquio: "El que disputa es Cicern", lapars subiectivaest representada por "el que disputa", que contiene al verbo, en tanto "es Cicern" constituye lapars declarativa,que contiene al nombre36.c) Entre elper ermenea,perteneciente al siglo II, y elDe nuptiis, escrito hacia fines del siglo V, nos encontramos con un opsculo tituladoCategoriae decem,trasmitido a la Edad Media bajo la paternidad de Agustn de Hipona (354 - 430), pero que probablemente no fue sino que la traduccin al latn de un trabajo del filsofo griego Temistios (317 - 388), autor de varios comentarios a obras de Aristteles, en este caso, de susCategoriae. En esta obra, de todos modos anterior alDe nuptiis,s que aparece la expresinsubiectum,con cierta frecuencia. Pero el punto de partida de la obra es la comprobacin de la distincin denomenyverbum,que atribuye a Aristteles, como las nicas de todas las partes de la oracin que resultan necesarias, y que propiamente pueden llamarse as, vale decir, partes de la oracin, pues las dems son ms "junturas"(compages)de aqullas que verdaderas partes. Delnomense dice, muy restrictivamente, que "indica a la persona"(personam demonstrat),y delverbum,"lo que alguno haga o padezca"(quid quisque faciat patiaturve)37. En la explicacin que sigue, empero, queda claro que elnomentambin puede indicar animales y cosas. Esa explicacin est destinada a verificar que la inmensidad de personas, animales y cosas, cada cual con su nombre, puede ser paulatinamente reducida a cada vez menos nombres que los comprenden universalmente, hasta que finalmente todo lo que "es" se lo puede reducir a uno solo: ou1sa (as, en alfabeto griego), que es una de las diez categoras, fuera de la cual, nada se puede hallar ni pensar38.En seguida, el texto muestra por qu las figuras de que se trata se llaman "categoras":"Appellatas vero categorias constat, propterea quod non possint nisi ex subjectis agnosci Quis enim quid sit homo possit agnoscere, nisi aliquem sibi hominem ponat ante oculos, quasi subjectum homini?"39.A continuacin se presenta una gradacin de posibilidades de predicacin que tienen por centro asubiectum. Se comienza diciendo:"Et quoniam in permanente usia[sic]ea quae accidunt, inesse noscuntur, ipsam usiamu1pokemenon, id est, subiacens, et non in subiecto appellari voluerunt; illa vero quae accidunte1u u1pokeime'nw,id est in subiacenti, dixerunt"40.Sucesivamente se afirma que de todas las cosas que significan algo, unas significan "acerca de un sujeto"(de subiecto),aunque no estn "en un sujeto"(in subiecto);otras no estnin subiectoni significande subiecto;tambin las hay que estnin subiectoy significande subiecto;y, en fin, comparecen aquellas que estnin subiecto,pero no significande subiecto41. Conviene hacer notar que, con todo, en esta obra la expresinsubiectivano figura.Este texto, y desde luego su pertenencia a un tratado acerca de las categoras, en el que Aristteles aparece citado a cada momento, nos da la pista que de ahora en adelante debemos seguir. Evidentemente, se trata aqu de nociones y terminologa aristotlicas de su tratadoCategoriae,traducidas al latn. Por lo dems, las traducciones aparecen declaradas en el texto mismo. Ah se dice, en efecto, que lausia(sic,con referencia a laou1sa=essentia,de Aristteles) es unu2pokemenon, y se vierte este trmino porsubiacens("subyacente"42). Se agrega que de los accidentes se dicee1u u2pokeime'nw, vale decir,in subiacente(= en el subyacente"). Entremedio se desliza que de lausiano se dicein subiecto("en el sujeto").Continuaremos ms adelante con Aristteles.d) En Martianus Capella, en quien, como dijimos,subiectiva(-declarativa)comparece con frecuencia43, tambin encontramossubiectum.El texto principal, siempre en tema de dialctica o lgica, es el siguiente:"Omne quicquid dicimus aut subiectum est aut de subiecto aut in subiectum est. Subiectum est prima substantia, quod ipsum nulli accidit alii inseparabiliter, ei tamen alia accidunt, ut Cicero est non nomen, sed quod eo nomine significatur"44. Despus de esta explicacin sobresubiectum,M. Capella contina con las dems nociones:de subiecto,in subiectoy con la combinacin de ambas(de subiecto et in subiecto)45.e) La terminologasubiectum, de subiecto, in subiecto, que observamos en lasCategoriae decemy en M. Capella, la volvemos a encontrar profusamente despus en Severinus Boetius (480 - 524). As, por ejemplo, en su obra sobre elDe interpretationede Aristteles. Como esta obra es al mismo tiempo una traduccin latina del original griego, y un comentario, en la cual se alternan aquella y ste, la terminologa comparece, en realidad, primeramente en el texto aristotlico traducido al latn, que reza as:"Eorum quae sunt alia de subiecto quodam dicuntur, in subjecto vero nullo sunt Alia in subjecto quidem sunt, de subiecto autem nullo dicuntur Alia et de subjecto quodam dicuntur et in subiecto sunt Alia neque in subiecto sunt neque de subiecto dicuntur"46. Por cierto, el comentario de Boetius, que sigue, explica las ideas del original y emplea detalladamente su terminologa47. Expresamente se pone Boetius el problema de la relacin existente entre la distincin denomenyverbumy las categoras; pero a ello nos referiremos despus.Nuestra nomenclatura aparece tambin en Aurelius Cassiodorus (490 - c. 585), lo que no es extrao, porque entre sus fuentes habituales se cuenta Boetius. En el captulo sobre la dialctica de suDe artibus ac disciplinis liberalium litterarumoInstitutiones saecularium litterarum,leemos, en efecto:"Substantia est, quaeproprie et principaliter et maxime dicitur, quae neque de subiecto praedicatur neque in subiecto est, ut aliquid homo vel aliqui equus"48.Asimismo la hallamos en Isidorus Hispalensis (c. 562 - 636), de quien recordamos los siguientes pasajes extrados de la parte sobre dialctica de susEtymologiae:"Substantia est, quae proprie et principaliter dicitur, quae neque de subiecto praedicatur, neque in subiecto est, ut aliquid homo vel aliqui equus"49, que evidentemente depende de Cassiodorus, como en tantas otras oportunidades. Tambin: "12.Illa vero accidentia, quae in subsistente atque subiecto sunt, substantiae non sunt, quia non subsistunt, sed mutantur, sicut color vel forma.13.De subiecto autem et in subiecto quasi de ipso et in ipso. Ubi enim dicitur de subiecto, substantia est, quasi dicatur de substantia. Ubi autem dicitur in subiecto, accidentia sunt, id est, quae accidunt in substantia, ut quantitas, qualitas vel figura. De subiecto igitur genera et species; in subiecto accidentia sunt...14.Appellatas autem categorias constat, quia non possunt nisi ex subiectis agnosci. Quis enim quid sit homo possit agnoscere, nisi aliquem hominem sibi ponat ante oculos, quasi subiectum nominis?"50. Ahora es de lasCategoriae decemque depende el ltimo prrafo de este texto51.Tanto en Cassiodorus como en Isidorus no hay ningn intento de relacionar la distincin denomenyverbumcon las categoras.4. Antes verificamos que en lasCategoriae decemse muestra expresa la traduccin de cierta terminologa griega de Aristteles al latn. El trmino importante ah esu2pokemenon.a) Este vocablo es un participio medio o deponente sustantivado del verbou2pkeimai= "yacer, estar debajo de, servir de base, estar sometido", por lo que aquel sustantivo significa "lo que yace, est debajo de", etctera. El verbo se integra con el verbokemai="estar colocado, estar acostado" y el prefijo preposicionalu2p-="debajo de".Ahora bien,aunque el verbosubicio(de donde derivasubiectum)indique la accin de "arrojar, lanzar debajo de" como vimos, pudo servir para verter semntica, si bien no gramaticalmente, al verbou2pkeimai,que es forma media o deponente y denota el estado de "yacer o estar debajo de". El adjetivo verbal sustantivadosubiectum= "lo arrojado, lanzado o puesto debajo de" corresponde tambin semnticamente, por ser un participio pasivo, al participio medio sustantivadou2pokei'menon= "lo que yace o est debajo de".b) Aristteles haba empleado el sustantivou2pokemenoncon dos significaciones, por lo dems relacionadas.En primer lugar, lo us en clave ontolgica para designar uno de los sentidos en que se toma la categora que denominou1sia(esencia52), la primera de las diez que l aceptaba, antes de la cantidad, cualidad, relacin, lugar, tiempo, situacin, posesin, accin y pasin. Dice Aristteles: "De la esencia(ou1sa)se habla, al menos, en cuatro sentidos principales. En efecto, lo que "es", el universal y el gnero parecen ser esencia de cada cosa; y el cuarto de ellos es el sujeto(u2pokei'menon)"53.En seguida define este ltimo concepto: "Y el sujeto(u2pokei'menon)es aquello de lo que se dicen las dems cosas, sin que l, por su parte, se diga de otra"54. Aristteles, pues, hablando de laou1sa(esencia), dice que sta, entre otras, tambin significa el sujeto(u2pokei'menon). No es, por cierto, que laou1say elu2pokei'menonconstituyan cosas realmente distintas entre s. Elu2pokei'menones laou1samisma en cuanto de sta se dicen las cosas. Como las cosas que pueden decirse de algo quedan finalmente reconducidas a las 10 categoras, de las cuales la primera es laou1sa, entonces ese algo de lo que se diceou1saes elu2pokei'menon,del cual, con mayor razn, se predican las 9 categoras restantes. As, por ejemplo, en: "Scrates es mortal", tenemos que "mortal" (una cualidad) se dice de "Scrates", pero no la inversa, que "mortal es Scrates". "Scrates" es, pues, unu2pokei'menony vale comoou1sa,del cual se dice una cualidad en el ejemplo. En este sentido, elu2pokei'menones aquello que sustenta las categoras, incluida laou1samisma, como si se dijera que "est debajo" de ellas, lo cual es, como hemos visto, el significado etimolgico del trmino55.En segundo lugar, Aristteles acudi a nuestro sustantivo para designar al substrato lgico de todos los predicados posibles, vale decir, de las categoras en suma. Esta vez nos ilustra su tratado as titulado, en donde leemos: "De las cosas que son, unas se dicen de un cierto sujeto, pero no son en ningn sujeto... Otras son en un sujeto, pero no se dicen de ningn sujeto... Otras tanto se dicen de un sujeto como son en un sujeto... Otras ni son en un sujeto ni se dicen de un cierto sujeto"56. Si tomamos "hombre" se dice de un sujeto concreto, cualquiera que lo sea, pero no es en ningn sujeto, porque de nadie puede decirse ser "el hombre". Si ahora tomamos "gramtica", se dice ser en cualquier sujeto que posea el conocimiento de una cierta gramtica, pero de nadie puede decirse ser la gramtica. Cuanto consideramos la "ciencia", ella se dice de un sujeto, como la gramtica, porque es ciencia, y es en un sujeto, vale decir en cualquiera que la posea. Pero si ahora tomamos un hombre concreto y singular o un caballo as, ni son en un sujeto ni se dicen de un sujeto, pues son el sujeto mismo. Ms adelante, Aristteles identifica estas cosas que no son en un sujeto ni se dicen de un sujeto con laousa:"Y la que ms propia y primera y mximamente se dice esencia es la que ni se dice de un cierto sujeto ni es en un cierto sujeto"57.El punto de unin entre los dos sentidos deu2pokei'menonlo ofrece Aristteles en esta frase: "De modo que todas las otras cosas o se dicen de las entidades primeras como de sujetos, o son en los sujetos mismos"58. En efecto, lo que se predica es porque se atribuye a un sujeto (sentido lgico), o porque adhiere a l como accidente (sentido ontolgico)59.5. Ahora bien, la terminologasubiectum, de subiecto, ex subiecto,que en su momento hicimos comparecer en cada autor latino tardo, no es sino versin latina de la empleada por Aristteles en susCategoriae,en un texto antes transcrito60:u2pokei'menon(subiectum),kaq 1 u2pokeime'nou(de subiecto),e1n u2pokeime'nv(in subiecto).La traduccin es un hecho consumado en lasCategoriae decem61,y pasa a Martianus Capella, a quien siguen Boetius, Cassiodorus e Isidorus Hispalensis, segn vimos precedentemente.En consecuencia, no fue Martianus Capella, como se ha dicho, ni menos Boetius, el primer traductor deu2pokemenonporsubiectum62. Pero todava podemos dar un paso ms.Acerca del origen de la expresin, ciertamente tcnica,pars subiectiva (- pars declarativa),que por vez primera aparece, como vimos, en Apuleius y despus recoge M. Capella, tenemos una laguna en nuestras fuentes. Esa expresin implica al sustantivosubiectum,pues es claro que el adjetivosubiectivadenota algo que pertenece o atae asubiectum. Pero, con cul significado? Apuleius dice que lapars subiectivase denomina as"velut subdita",y este ltimo adjetivo femenino deriva del participio de pasadosubditumdel verbosubdo,que tiene un sentido muy parecido al desubiacio_de dondesubiectum_pues significa "poner, meter, colocar por debajo". Por su parte, M. Capella, explica la denominacin desubiectivaporque"subicitur quid sit",vale decir, con recurso al verbosubiacio. As quesubiectivatiene que ver con algn concepto bsico que no se denomina bien con el solo recurso a un adjetivo, y supone un sustantivo manifestador de aquello "que est debajo de". Ello nos lleva asubiectumy ste au1pokemenon63.Por lo tanto, tenemos que suponer que el autor delpere2rmenearecogi de fuentes anteriores la expresinpars subiectiva (- pars declarativa),en las que tambin deba aparecer el uso tcnico desubiectum,aunque no sepamos cules fueron esas fuentes anteriores ni las poseamos. Si es as, el uso desubiectumqueda remontado al siglo II d. C. Lo cual nada tiene de sorprendente. Lo realmente sorprendente es que se haya aceptado que la traduccin deu2pokemenonporsubiectumsolo habra aparecido tan tardamente como en la poca de M. Capella o de Boetius; e incluso aun el siglo II nos parece demasiado tardo para un vocabulario aristotlico, proveniente del siglo III a. C.6. A Boetius hay que reconocerle una operacin terminolgica distinta: la introduccin desubiectumypraedicatumcomo partes de la proposicin lgica simple.En la tradicin gramtico-dialctica griega exista la distincin deo5nomayr2hr ei3nai to> u2pokei'menon, i7 e1kei'nv ti sumb=76. Boetius traduce:"Oportet enim ante esse subiectum, ut illi aliquid accidat"77.Interesante es el comentario de Boetius a Porfirio,Isag. 21, 5, en donde, empero, no compareceu2pokei'menon. Dice Boetius: "...diversum est, id quod accidit et cui accidit. Cui enim accidit subiectum est atque suppositum. Quod vero accidit superpositum est, atque advenientis naturae. Itam quod supponitur substantia est, quod vero velut accidens praedicatur, extrinsecus venit"78.Lo interesante aqu es el empleo desuppositumcomo sinnimo desubiectum. Ambos trminos, semnticamente, estn ciertamente conectados, pero nosotros sabemos quesuppositumtermin por quedar reservado a la gramtica para designar al sujeto gramatical. Aunque ello no nos importe ahora, vale advertir que esta reserva quiz tambin tuvo su punto de partida en Boetius.7. De esta manera, el trminosubiectumqued incorporado en la dialctica tarda, ya no con el original significado del "sometido", sino como "sujeto", solo que en el sentido lgico-ontolgico que haba impreso Aristteles au2pokei'menon.Aadamos que el correlativo desubiectumen el sentido indicado, vale decirpraedicatus,fue la voz con que Boetius tradujo el trminokategorou'menon,el participio del verbokategore pleonacw to> kaqo'lou kai> to> ge>no ou1si'adokei< ei3nai e2ka'stou, kai> te'tarton tou'twn to> u2pokei'menon*54Arist.,metaph. (Garca-Yebra) VII, 3 - 1028b ln. 36 - 37:To> d 1 u1pokei'menon e1sti kaq 1 ou3 ta> a5lla le'getai, e1kei au1to> mhke'ti kat 1 a5llou*Para la definicin deu2pokei'menon,ver tambin: Arist.,metaph. V, 8 - 1017b ln. 13 - 14 (Garca-Yebra).55Ya en Platn,Prot. 349b, aparece la misma idea, expresada, empero, con recurso al verbo(u2po'keimai)no al sustantivo(u2pokei'menon).Qu cosa sea, a su vez, el u2pokei'menon en s, lo discute Aristteles enmetaph. VII, 3 - 1029a ss.: puede tratarse de la materia (el bronce), o bien, la forma (el diseo de la estatua), o quiz el compuesto de ambas (la estatua de bronce). Pero este tema ya no nos interesa.56Arist.,cat. (Giannini - Flisfisch ) 2 - 1a, ln. 20 - 24 (ed. Giannini - Flisfisch, Santiago de Chile, Ed. Universitaria, 1998):Tw< [Links]n o5ntwn ta> me>n kaq 1 u2pokei'menou tino> le'getai, e>n u2pokeime'nv de> o1deni' e1sin... ta> de' e1n u1pokeime'nv me'n 1esi, kaq 1 u1pokeime'no de> 2odeno> l'egetai... ta> de' kaq 1 u1pokeim'eno te le'getai kai> u2pokei'me'nv e1si'n... ta> de' o5t 1 e1n u1pokeim'eno e1si'n o3te kaq 1 u1pokeim'eno tino> le'getai...57Arist.,cat. (Giannini - Flisfisch ) 5 - 2a, ln. 11 _ 13:Ou1si1a de' 1estin h' kuriwtata' te kai> prw'tw kai> ma'lista legome'nh, h7 mh'te kaq 1 u2pokeime'nou tino> le'getai mh't 1 e1un u1pokeime'nv tini' e1stin...58Arist.,cat. (Giannini - Flisfisch ) 5 - 2b ln. 4 - 5:w7e ta> a6lla pa'nta h6toi kaq 1 u1pokeimenwn le'getai tw