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Los derechos de los niños Los derechos de los niños Fernández Moreno asociados Los derechos de los niños Presentan : Presentan : Presentan : Fernández Moreno asociados

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Los derechos de los niñosLos derechos de los niños

Fernández Moreno asociados

Los derechos de los niños

Presentan:Presentan:Presentan:

Fernández Morenoasociados

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Principio 1• El niño disfrutara de todos

los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

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Principio 2• El niño gozará de una

protección especial y dispondrá de oportunidades y

servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda

desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de

libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental

a que se atenderá será el interés superior  del niño.

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Principio 3• El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre

y a una nacionalidad.

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Principio 4

• El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda,

recreo y servicios médicos adecuados.

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Principio 5• El niño física o

mentalmente impedido o que sufra

algún impedimento social debe

recibir el tratamiento, la educación y el

cuidado especiales que

requiere su caso

particular.

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Principio 6• El niño, para el pleno y armonioso

desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.

Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la

responsabilidad de sus padres y en todo caso, en un ambiente de afecto

y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta

edad de su madre. La sociedad y autoridades públicas tendrán la

obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan

de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas

conviene conceder subsidios estatales o de otro índole.

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Principio 7• El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y

obligatoria por lo menos en las etapas elementales.  Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le

permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus incumbe en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se

esforzarán por promover el goce de este aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, llegar a ser un  miembro útil de la sociedad.  El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación;

dicha responsabilidad derecho.

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Principio 8Principio 8

• El niño debe, en todas las

circunstancias, figurar entre los

primeros que reciban

protección y socorro.

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• El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad

mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitiría que se dedique a

ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su

educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 9

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• El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

Principio 10