Maestría en Derecho Civil Sesión Nº 1 Arbitraje en el Derecho Privado Abog. Juan Peña Acevedo.
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Maestría en Derecho Civil
Sesión Nº 1
Arbitraje en el Derecho Privado
Abog. Juan Peña Acevedo
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Aspectos administrativos: Evaluación
1. Evaluación permanente: 20%
Intervención, controles de lectura, trabajos aplicativos, etc.
2. Evaluación parcial: 40%
Presentación de un trabajo y
sustentación en clase.
3. Evaluación final: 40%
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Aspectos administrativos:Exposición y entrega de trabajos
1. Exposición de análisis de jurisprudencia encargada*:
a) Detallando instituciones o conceptos arbitrales.
b) Precisión sobre la ubicación en el iter arbitral de la
pretensión anulatoria.
c) En caso se trate de una sentencia con la Ley General de
Arbitraje (derogada) hacer la comparación con las
normas equivalentes de la Ley de Arbitraje (D.Leg. N°
1071).
d) Comentario crítico del alumno.
2. Trabajo: Análisis escrito de la jurisprudencia encargada
revisando los comentarios que surjan en la exposición.
* En coordinación con el profesor podrá cambiarse con otra jurisprudencia
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Aspectos administrativos:Controles de lectura
1. Sentencia del Tribunal Constitucional
Expediente N° 6167-2005-PHC/TC. Habeas
Corpus iniciado a favor de Fernando
Cantuarias Salaverry.
2. Sentencia del Tribunal Constitucional
Expediente Nº 142-2011-PA/TC. Proceso de
Amparo iniciado por Sociedad Minera de
Responsabilidad Limitada María Julia contra
la Tercera Sala Civil de Lima.
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Aspectos administrativos: Materiales
a) Ley de arbitraje (aprobado por D.Leg.
1071).
b) Ley General de arbitraje (aprobada por
Ley Nº 26572).
c) Jurisprudencia.
d) Lecturas sugeridas.
e) Lecturas para controles.
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Aspectos administrativos: Sugerencias
1. Libros de consulta :
a) Comentarios a la Ley Peruana de Arbitraje. Soto, Carlos y
Bullard, Alfredo (coordinadores). Instituto Peruano de
Arbitraje. Lima, 2011. 2 Tomos.
b) Arbitraje Comercial y de las Inversiones: Fernando Cantuarias
Salaverry , UPC, Lima 2007.
2. Páginas web:
c) Dirección de Arbitraje Administrativo:
http://portal.osce.gob.pe/arbitraje/
d) Carlos Matheus
http://lex-arbitri.blogspot.com/
c) Mario Castillo Freyre
http://www.castillofreyre.com/index.php?option=com_content
&view=category&layout=blog&id=13&Itemid=129
d) Lima arbitration:
http://www.limaarbitration.net/
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El procedimiento arbitral
Clase Introductoria
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Principios esenciales Libertad de las partes para regular de las actuaciones
Contradicción
Trato igualitario para las partes
Celeridad
Inmediación
Privacidad
Concentración
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Etapas
Implementación Petición Absolución
Postulatoria Demanda Contestación Reconvención
Probatoria
Laudatoria o resolutiva
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AUDIENCIA DE INSTALACIÓN
CONVENIO ARBITRAL
CONTROVERSIA
PETICIÓN DE
ARBITRAJE
CONTESTACIÓN PETICIÓN DE
ARBITRAJE
El procedimiento arbitral*
DEMANDA ARBITRAL
CONTESTACIÓN DEMANDA
RECONVENCIÓN
EXCEPCIONES
CONTESTACIÓN RECONVENCIÓN
AUDIENCIA FIJACIÓN PUNTOS
CONTROVETTIDOS
AUDIENCIA DE
PRUEBAS
AUDIENCIA DE ILUSTRACIÓN
ALEGATOS ESCRITOS
AUDIENCIA DE INFORMES
ORALES
LAUDO ARBITRAL
ANULACIÓN
EJECUCIÓN
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Convenio arbitral
Acuerdo por el que partes deciden someter sus
controversias a arbitraje (Efecto positivo).
Significa una renuncia a la jurisdicción natural del
Poder Judicial (Efecto negativo).
Fija las controversias que pueden ser materia de
arbitraje y las partes a las que involucra.
Se celebra por escrito, bajo sanción de nulidad.
Puede adoptar la forma de una cláusula incluida en un
contrato o la forma de un acuerdo independiente.
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Petición de arbitraje
Inicio del arbitraje Fecha de recepción de la solicitud de
arbitraje (petición) Admite pacto en contrario
Petición de arbitraje contiene: Datos de identificación del demandante Resumen de la controversia Designación de árbitro.
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Absolución de la petición de arbitraje
Contiene: Datos de identificación del
demandado Posición respecto a la controversia Indicación de nuevas pretensiones Designación de árbitro.
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Audiencia de Instalación
Se fijan las reglas procedimentales del arbitraje
Establece el plazo de presentación de la
demanda, la contestación de la demanda y una
eventual reconvención.
Procedimientos de recusación.
Fija honorarios del Tribunal Arbitral.
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Demanda y contestación
Demanda arbitral: Señala pretensiones Alega los hechos en que se funda Aporta pruebas
La demanda arbitral puede ser ampliada y/o
modificada.
Contestación de demanda: Posición respecto de los hechos demandados Aporta pruebas.
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Audiencia de conciliación y fijación de puntos controvertidos
Las partes pueden adoptar fórmulas conciliatorias
dentro del arbitraje.
Los árbitros pueden proponer fórmulas
conciliatorias
Fijación de puntos controvertidos: Establece los
extremos del debate y circunscribe el
pronunciamiento arbitral
Admisión de medios probatorios.
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Audiencia de pruebas
La prueba
Facultad exclusiva de los árbitros:
admisibilidad, pertinencia y valoración
de las pruebas.
Prescindencia de las pruebas.
Nombramiento de peritos de oficio o a
pedido de parte.
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Audiencia de pruebas
Principios rectores: Medios de prueba: Sin límites.
Más comunes: prueba documental, testimonial,
pericial, inspección ocular.
Poderes del Tribunal: Amplios poderes del Tribunal en la producción y
admisión de los medios ofrecidos.
Requerir a las partes en cualquier momento la
aportación de pruebas adicionales.
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Audiencia de informes orales
El informe oral puede ser determinante en el
resultado de un arbitraje. Aclara hechos y pretensiones de las partes. Aclara interpretación de normas aplicables. Puede definir principios que sustentan la
argumentación de la defensa. Puede evaluar el impacto práctico del laudo.
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Laudo
Las decisiones se toman en mayoría.
En un arbitraje pueden emitirse uno o más laudos
Debe constar por escrito y ser firmado por los árbitros.
Puede haber votos discrepantes.
Debe ser motivado, salvo pacto en contrario
Es definitivo, inapelable y de cumplimiento obligatorio.
Efectos de cosa juzgada.
Puede ser materia de rectificación, integración,
interpretación y exclusión.
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Anulación de laudo
Única vía de impugnación del laudo.
Revisión de validez del laudo por las causales fijadas
en la Ley de Arbitraje.
Causales: legalidad del acuerdo, arbitrabilidad y
regularidad del procedimiento.
Se inicia ante la Corte Superior.
Recurso de casación, ante la Sala Civil de la Corte
Suprema, solo si el laudo fuese anulado total o
parcialmente.
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Ejecución de laudo
Puede ser arbitral o judicial.
Se puede suspender la ejecución con la
presentación de una carta fianza.
En la ejecución judicial solo cabe la oposición
si se acredita el cumplimiento o la
suspensión de la ejecución.
Prohibido admitir recursos que entorpezcan
la ejecución del laudo.
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Gracias