Manifiesto de la Unión de Bici-Usuarios de Riobamba
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MANIFIESTO DE LA UNIÓN DE BICIUSUARIOS DE RIOBAMBA
La Unión de bici-‐usuarios de Riobamba, adheridos a Biciunión Ecuador.
CONSIDERANDO:
1. Que los colectivos de ciclistas de la ciudad de Riobamba se han reunido, el día 18 de Marzo de 2015, para analizar la problemática de la movilidad sustentable en la ciudad y propender al desarrollo y fortalecimiento del uso de la bicicleta en toda la provincia.
2. Que llevamos más de 10 años realizando actividades ciudadanas para la promoción del uso masivo de bicicletas en distintos lugares de la provincia y que, éstas, han sido iniciativas con finalidad social y profunda vocación de servicio.
3. Que como resultado de ello, cada vez hay más personas que incorporan el hábito de utilizar bicicleta con fines de movilidad, recreación, deporte y salud.
4. Que distintas instancias públicas gubernamentales han incorporado, parcialmente, nuestras justas demandas y se expresan en distintos cuerpos legales.
5. Que la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR en el Art. 415, dispone que "los gobiernos autónomos descentralizados incentivarán y facilitarán el transporte terrestre no motorizado, en especial, mediante el establecimiento de ciclo vías."
6. Que el PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR entre uno de sus objetivos, en el numeral 3, establece que "...se debe avanzar en la elaboración de normativas para el adecuado uso del espacio público, privilegiando el transporte público y los sistemas alternativos de movilidad no motorizados. "
7. Que la LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL señala:
a. Art. 2.-‐[Principios generales].-‐ (..) En cuanto al transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, se fundamenta en: la equidad y solidaridad social, derecho a la movilidad de personas y bienes, respeto y obediencia a !as normas y
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regulaciones de circulación, atención a! colectivo de personas vulnerables, recuperación del espacio público en beneficio de los peatones y transportes no motorizados y la concepción de áreas urbanas o ciudades amigables.
b. Art. 204.-‐ Los ciclistas tienen derecho a: (a) Transitar por todas las vías públicas
del país, con respeto y seguridad, excepto en aquellos en la que !a infraestructura actual ponga en riesgo su seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin carril para ciclistas, en los que se deberá adecuar espacios para hacerlo, (b) Disponer de vías de circulación privilegiada dentro de las ciudades y en las carreteras, como ciclo vías y espacios similares (.. ) (c) Disponer de espacios con adecuaciones para el parqueo de bicicletas en terminales terrestres, estaciones de Metrovía y similares... (d) Derecho preferente de vía o circulación en los desvíos de avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclo vías... (e) Transportar las bicicletas en vehículos de transporte público sin costo... los transportistas dotarán a sus unidades de estructuras portabicicletas..." (f) Derecho a tener días de circulación preferente de las bicicletas en el área urbana, condeterminación de recorridos, favoreciéndose e impulsándose el desarrollo de ciclopaseos ciudadanos
c. Art. 209. -‐ Toda vía a ser construida, rehabilitada o mantenida deberá contar en los proyectos con un estudio técnico de seguridad y señalización vial, previamente al inicio de las obras. Los Municipios, Consejos Provinciales y Ministerio de Obras Públicas, deberán exigir como requisito obligatorio en todo nuevo proyecto de construcción de vías de circulación vehicular, la incorporación de senderos asfaltados o de hormigón para el uso de bicicletas. (..) Las entidades municipales deberán hacer estudios para incorporar en el casco urbano vías nuevas de circulación y lugares destinados para estacionamiento de bicicletas para facilitar la masificación de este medio de transporte. "
8. Que el REGLAMENTO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL establece:
a. Art. 105. -‐ [Exigibilidad de zonas de circulación y parqueo de bicicletas]. Los GAD 's deberán exigir en proyectos de edificaciones y áreas de acceso público, zonas exteriores destinadas para circulación y parqueo de
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bicicletas, dando la correspondiente facilidad a las personas que utilizan este tipo de transportación en viajes pendulares.
b. Art. 106. -‐ [Exigibilidad de áreas de estacionamiento de bicicletas y aseo de usuarios] Los GAD "s deberán exigir a las entidades públicas que cuenten con áreas de estacionamientos para bicicletas y áreas de aseo para sus usuarios.
c. Art. 107.-‐ [Construcción de vías recreativas].-‐ Los GAD "s metropolitanos y municipales incentivarán la realización de ciclo vías recreativas (ciclopaseos), en los que se destinarán vías para la circulación exclusiva de bicicletas. "
d. Art. 302.-‐ [Derechos y obligaciones de los ciclistas]. -‐ Sin perjuicio de los derechos establecidos en el artículo 204 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial los ciclistas tendrán los siguientes derechos: 1.-‐ A ser atendidos inmediatamente por los agentes de tránsito sobre sus denuncias por la obstaculización a su circulación por parte de los vehículos automotores y el irrespeto a sus derechos de preferencia de vía y transportación pública.
9. Que pese a los reiterados anuncios públicos efectuados desde hace algunos años por parte de autoridades locales y nacionales de que se construirán ciclovías y otras facilidades para el uso cotidiano y masivo de bicicletas, no se ha avanzado en dicho objetivo.
10. Que si bien son plausibles los distintos esfuerzos públicos por apuntalar un proceso de masificación del uso de la bicicleta en el país, las distintas iniciativas públicas resultan insuficientes, a veces ineficaces y, muchas veces, contraproducentes al no contar con una adecuada participación y acompañamiento de las organizaciones involucradas en el tema.
11. Que muchos de los errores en la planificación, diseño e implementación de proyectos a favor del uso de la bicicleta en nuestra ciudad, se deben a la dispersión de funciones y liderazgos.
12. Que cada vez se hace más notoria la necesidad de establecer un mecanismo de diálogo, coordinación, representación e interlocución
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entre las distintas organizaciones y de éstas con el gobierno y otros actores.
13. Que las competencias del tránsito, transporte terrestre y seguridad vial están siendo asumidas por los GAD's municipales en el país y que por lo tanto su responsabilidad en el desarrollo de la cultura del uso de la bicicleta y las soluciones de movilidad es mayor.
RESUELVE:
Nosotros, ciudadanos y ciudadanas, usuarios y promotores del uso de la bicicleta como medio de transporte, recreación, deporte y salud en la Ciudad, reunidos en el marco del Primer Encuentro de Colectivos de Bici-‐usuarios de Riobamba, manifestamos a las autoridades competentes, especialmente, a los Alcaldes y Prefectos, a la Ministra de Transporte y Obras Públicas, a las autoridades de planificación, regulación y control del tránsito del Ecuador y a la ciudadanía en general, que hemos resuelto lo siguiente:
1. Reconocer y felicitar el trabajo desinteresado de todas las organizaciones e individuos que promueven el uso de la bicicleta en el país, con fines de movilidad, recreación, deporte y salud, sobre todo a aquellas que lo vienen haciendo desde hace varios años.
2. Invitar a la ciudadanía en general y a las instituciones públicas y privadas a incorporar en sus hábitos cotidianos el uso de la bicicleta sea con fines de movilidad, recreación, deporte y salud.
3. Incentivar la creación de nuevas organizaciones y actividades para la promoción masiva del uso de la bicicleta en la Provincia.
4. Exhortar a los conductores de vehículos motorizados, el respeto y protección, en todo momento, del derecho preferente de circulación de los usuarios de bicicletas a nivel nacional.
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5. Saludar el trabajo de aquellas autoridades locales que han apoyado e implementado distintos proyectos para la promoción del uso de la bicicleta tales como Ciclopaseos ciudadanos, Ciclovías Recreativas, Ciclovías permanentes, sistemas de bicicletas públicas, encuentros, reuniones, talleres, facilidades ciclísticas, asesorías, campañas, etc.
6. Conformar la Unión de Bici-‐Usuarios de Riobamba con el fin de aglutinar a todos los usuarios de bicicletas de la ciudad y representar con mayor fuerza y unidad de criterios el desarrollo del ciclismo.
7. Solicitar al gobierno central, el establecimiento de una instancia única de coordinación de todas las iniciativas públicas nacionales que promueven el uso masivo de bicicletas en el Ecuador, en estrecha y permanente colaboración con la Unión de Bici-‐Usuarios de Riobamba.
8. Solicitar a las distintas instancias seccionales cantonales y provinciales que, en estricto cumplimiento de la Constitución, leyes y reglamentos pertinentes, se desarrollen e implementen políticas, planes, programas y proyectos para la masificación del uso de la bicicleta en la ciudad, en estrecha y permanente coordinación con los miembros de las distintas organizaciones ciclísticas del país.
9. Solicitar a los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, la difusión de este manifiesto, así como la creación de espacios permanentes para la difusión y promoción del uso masivo de la bicicleta en Riobamba.
10. Realizar el "Segundo Encuentro de Colectivos de Ciclistas de Riobamba" en el mes de junio de 2015, para lo cual solicitamos el apoyo de todos los niveles de gobierno.
11. Remitir el presente manifiesto a todas las autoridades gubernamentales, provinciales, municipales y administrativas, para su conocimiento y decisión, a los medios de comunicación, para su
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difusión; así como a la ciudadanía en general y otras organizaciones para su adhesión.
Con ocasión del "Primer Encuentro de Colectivos de Ciclistas de Riobamba ", en la ciudad de Riobamba, Provincia del Chimborazo, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil quince.
1. Rio en Bici
2. Martes de Pedal
3. Bici-‐Tour
4. Jueves de Pedal
5. Ciclo Aventura Calderón
6. Ciclo paseos Pato Cabezas
7. Club de Ecociclismo Chimborazo
8. PurikchakiBike Chimborazo
9. Machica Bike
10. Ciclismo Chimborazo