Manual De Convivencia Para Combinar[1]

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REFLEXIÓN Caminante, son tus huellas el camino, Y nada más; - Caminante, no hay camino, se hace camino al andar. Al andar se hace camino, y al volver la vista atrás se ve la senda que nunca se ha de volver a pisar. Caminante, no hay camino sino estelas en la mar Autor: Antonio Machado

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REFLEXIÓN

Caminante, son tus huellas el camino, Y nada más; -

Caminante, no hay camino, se hace camino al andar.

Al andar se hace camino, y al volver la vista atrás se ve la senda que nunca se ha de volver a pisar.

Caminante, no hay camino sino estelas en la mar

Autor: Antonio Machado

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ORACIÓN DEL COLEGIO. MADRE ADMIRABLE

CONSAGRACIÓN A LA SANTISIMA VIRGEN

¡Oh María, Madre mía amabilísima! Yo hija tuya me ofrezco hoy a ti y te consagro para siempre todo lo que me resta de vida.

Mi cuerpo con todas sus miserias, mi alma con todas sus flaquezas, mi corazón con todos sus afectos y deseos; todas mis oraciones trabajos, amores,

sufrimientos y combates, en especial mi muerte con todo lo que la acompañe, mis últimos dolores y mi última agonía.

Y todo esto, Madre mía, lo uno para siempre a tu amor, a tus lágrimas y a tus sufrimientos...

Madre mía dulcísima, acuérdate de esta hija tuya y de la consagración que de sí misma te hace. Y si yo, vencida por el desaliento y la tristeza, por la

perturbación o el desvaría, llegare alguna vez a alejarme de ti... Oh! Entonces, Madre mía, te pido y te suplico insistentemente por el amor que tienes a Jesús,

por sus llagas y por su sangre, que me protejas como a hija tuya. Y no me abandones hasta que esté contigo en la gloria. Así sea.

Con licencia eclesiástica

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ACUERDOS DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZDE LA FUNDACIÒN LAS GOLONDRINAS

INTRODUCCIÓN

El hombre es un ser social por naturaleza, por lo tanto dispuesto a vivir en sociedad y para la sociedad, a aceptar a los demás como son, a conocerse a si mismo y aprender a conocer a los demás. Es un ser imperfecto, inacabado. El hombre necesita un espacio donde pueda crecer y enriquecerse en los campos afectivo, cognoscitivo, físico social, ético y estético, y esto lo logra con una formación basada en la autonomía, la responsabilidad y el espíritu crítico.

Es necesario reconocer, como lo expresa Estanislao Zuleta que “El conflicto y la hostilidad son fenómenos constitutivos del vinculo social”. De ahí se desprende la necesidad de construir las normas con la participación de todas las personas que constituyen un núcleo.

Para la construcción de la norma se debe realizar un proceso educativo en donde la educación sea permanente, personal, cultural y social, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, de su dignidad, de sus derechos y deberes y un proceso formativo relacionado con el respeto a los Derechos Humanos, a la paz, a los principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como el ejercicio de la tolerancia y la libertad.

La escuela, como cualquier otra entidad esta conformada por diversidad de culturas, cada una con sus costumbres y limitaciones, sus aspiraciones, temores y esperanzas, diferentes formas de ver la vida y afrontar los problemas.

De esta rica pluralidad surge la necesidad de unificar nuestros criterios, tanto individuales como los grupales en beneficio de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa.

Por esto, la Institución Educativa Colegio Básico Camino de Paz, mediante la participación de todos sus estamentos, han construido un instrumento que sirve de guía en los procesos formativos y académicos, que se convierte en el manual de convivencia, para ser compartido, vivido e interiorizado en el que hacer diario de la institución. Así mismo, como ha sido producto de la

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construcción colectiva, del debate y de la discusión, del análisis profundo y razonado, ha podido ser conocido por todos y concertado de la misma manera.

Esto garantiza el compromiso de toda la comunidad educativa, para hacerlo realidad en su ejecución.

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RESEÑA HISTÒRICA

La ONG Fundación Las Golondrinas nació en 1981, en el barrio Santo

Domingo, las señoras Clara Echavarría de Mejía, Luz Vieira de Arcila y Julia

Olarte de Cárdenas, unieron sus esfuerzos con el ánimo de ofrecer a las

comunidades marginadas del sector los servicios de alimentación y un almacén

para la venta de artículos nuevos y usados. Tras dos años de trabajo y ante la

imposibilidad de conseguir un local para el adecuado funcionamiento de su

almacén en Santo Domingo, las tres damas acudieron al padre José

Azpilicueta, sacerdote español que hacía las veces de párroco en el barrio

Llanaditas, quien les ofreció un local en la parte baja de la iglesia parroquial.

Con la participación de otras damas voluntarias, se abrió el ropero y con el

producto de sus ventas se dio al servicio un restaurante y se comenzaron a

dictar clases de formación humana. Esa fue la semilla que originó la Fundación

Golondrinas.

En 1986 se construyó la nueva sede de la fundación, en un lote que les fue

donado en el barrio Llanaditas y allí se instalaron las oficinas, el almacén y el

comedor que hasta entonces seguían funcionando en los bajos de la iglesia.

Como resultado de tener una sede más amplia y adecuada, se ampliaron los

servicios ofrecidos a la comunidad, abriendo un centro de formación familiar,

iniciando un programa de adjudicación de viviendas prefabricadas y ofreciendo

la asistencia de una trabajadora social.

En 1987 se logra consolidar legalmente la Fundación Golondrinas, como

entidad sin ánimo de lucro, a través de la adjudicación de su personería

jurídica. Desde entonces a la fecha, la fundación se ha proyectado a la

comunidad, enfocando sus esfuerzos hacia la educación Inicial y educación

formal y no formal de los habitantes, la atención en salud y el restaurante

escolar, entre otros.

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Con el propósito de generar mayores recursos para la atención de sus

programas de servicio a la comunidad, la Fundación abre en 1988 un taller de

trabajo para madres cabeza de familia.

También desde el año 1991, la Fundación ofrece a la comunidad el servicio

de consultorio médico, que se ocupa de la atención de consultas externas de

nivel primario. En el mismo se cuenta con la participación de dos especialistas:

un médico general, pagado por la Fundación, y una médica voluntaria

especializada en familia.

En la segunda mitad de la década del 90, la fundación entra de lleno en uno de

sus mayores programas de ayuda a la comunidad, la educación. En primer

lugar, y gracias a una alianza con la Fundación Carla Cristina, se abre un

jardín infantil con capacidad para atender a 80 niños y niñas del sector de

Golondrinas en el barrio Llanaditas. Conscientes de las necesidades que en

educación básica tenían las familias de Llanaditas, en especial las del sector de

Golondrinas, y de los altos índices de falta de cupos escolares que se

presentaban; la Fundación Golondrinas se empeñó en la construcción de un

nuevo centro educativo, tomando como base para el mismo, el centro de

alfabetización de niños y niñas desplazados por la violencia, que venía

trabajando desde 1996 y desde la fecha su eje central es la educación.

En el año 2004 el 17 de diciembre se obtiene la licencia de funcionamiento por

parte de la Secretaria de Educación de Medellín en los grados de Preescolar,

Básica Primaria y Básica Secundaria.

A partir de la obtención de la licencia se inicia el proceso de construcción del

Proyecto Pedagógico Institucional buscando de esta forma consolidar cada uno

de los procesos, dentro de estos se encuentra el perfilar cada una de las

funciones del personal.

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1. PLANTEAMIENTO ESTRATÈGICO INSTITUCIONAL

1.1. FILOSOFÌA DE LA INSTITUCIÒN

El principio rector de la Fundación las Golondrinas es LA SOLIDARIDAD, al ser UNA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO, que solo busca coayudar a una comunidad excluida por situaciones de desplazamiento y vulnerabilidad social.

Otro principio es LA CORRESPONSABILIDAD, al ser una ENTIDAD NO GOBERNAMENTAL por el origen de su propia constitución, pero que a través de su labor aspira con el estado realizar un trabajo de responsabilidad frente a las problemáticas que aquejan a las comunidades en las cuales hace presencia.

1.2. CONCEPCIÒN DE LA EDUCACIÒN

La educación es un proceso de formación permanente, personal cultural y social que se fundamenta en la dignidad de la persona y en el respeto y la tolerancia ante la diferencia la educación es un derecho y un deber del cual son responsables: El estudiante, su familia, la escuela, el estado y la sociedad toda; quienes corresponsablemente propenderán por la formación integral de la persona.

En Colegio Bàsico Camino de Paz la educación esta concebida como un proceso de construcción de conocimiento y de formación personal, participativa, donde el consenso y la tolerancia se constituyen en el eje del aprendizaje. Por las características particulares de la zona centro en la cual nos encontramos, hacemos énfasis en la resolución pacifica de conflictos.

En este orden de ideas, la concepción formativa del Colegio Básico Camino de Paz llevarà a que la comunidad educativa comprenda que nos debemos educar para:

Lograr el pleno desarrollo de nuestra personalidad sin mas limitaciones que las que nos imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integra, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

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Respetar el derecho a la vida y los demás derechos humanos a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

La participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida en la económica, política, administrativa y cultural de la nación.

El respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

Adquirir y generar los conocimientos científicos y técnicos mas avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.

El estudio y la comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país como fundamento de la unidad nacional y de su identidad

Acceder al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura; para fomentar la investigación y para estimular la creación artística en sus diferentes manifestaciones.

Crear y fomentar una conciencia de soberanía nacional y la practica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe

Desarrollar la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de vida de la población; a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.

Adquirir una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastre, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la nación.

Para trabajar aplicando nuestros conocimientos técnicos y nuestras

habilidades; así como también nos educamos para valorar el trabajo fundamento del desarrollo individual y social.

Promover y preservar la salud y la higiene; para prevenir de manera integral los problemas socialmente relevantes; para la cultura física y la recreación, el deporte y la utilización apropiada del tiempo libre.

Promover en las personas y en la sociedad, la capacidad para crear, investigar y adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y nos permita ingresar al sector productivo.

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1.3 PERFIL DEL ESTUDIANTE

COMO PERSONA

Que sea feliz, que reconozca y respete la idea de un ser supremo, que tenga capacidad de amar, adecuada autoestima, capacidad de construir su propio proyecto de vida, capacidad de escucha y dialogo. Que viva en armonía consigo mismo, con los demás y con la naturaleza, que se esfuerce por ser cada día mejor. Que desarrolle plenamente sus talentos y posibilidades.

COMO CIUDADANO

Honesto, trabajador, solidario. Con sentido de pertenencia a su país, región y familia. Con respeto por la diversidad cultural, que obre conforme a los principios democráticos. Con capacidad de autogestión para que puedan mejorar su calidad de vida y transformar su entorno.

COMO ESTUDIANTE DEL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ

Con deseo de aprender, receptivo y abierto al cambio y al conocimiento. Con sentido de pertenencia a la institución, que vive cie los principios democráticos. Con capacidad de autogestión para que pueda mejorar su calidad de vida

1.4 PERFIL DIRECTIVOS DOCENTES

COMO PERSONA

Una persona que practique y vivencie los valores de forma integral. Con un alto sentido de pertenencia y respeto por la diversidad y la diferencia, con equilibrio emocional.Que sea feliz, autónomo, abierto al cambio y reflexivo, que permita aprender, crecer y ser identificado como un modelo a seguir. Coherente con su sentir, pensar y hacer, que permita evidenciar un proyecto e vida claro.

COMO CIUDADANO

Generador de paz, con liderazgo, con sensibilidad y compromiso social. Con sentido de pertenencia a su país, región, comunidad y familia; con respeto por la diversidad cultural y diferencia individual. Que obre conforme a los principios democráticos.

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COMO DOCENTE DEL COLEGIO BÀSCIO CAMINO DE PAZ

Que sea feliz, que fomente los valores y principios institucionales, que tenga disposición para el trabajo, escuchar, dialogar en beneficio de la institución.Que se muestre como un conciliador entre cada uno de los miembros de la comunidad educativa; comprometido (a) y dinamizador (a) en el que hacer pedagógico, con espíritu de liderazgo e investigación.

Consciente de los programas que el colegio ofrece, velando por el buen desarrollo del mismo, demostrando preparación profesional e idónea para pertenecer a ellos.

1.5 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA

COMO PERSONA

Una persona que practique y vivencie los valores de una forma integral. Que se esfuerce por ser cada día mejor, que viva en armonía consigo mismo, con los demás y la naturaleza. Que sea guía de sus hijos y les dé buen ejemplo.

COMO CIUDADANO

Generador de paz, con liderazgo, con sensibilidad y compromiso social. Con sentido de pertenencia a su país, región, comunidad y familia; con respeto por la diversidad cultural y diferencia individual. Que obre conforme a los principios democráticos.

COMO PADRE DE FAMILIA DEL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ

Que demuestre sentido de pertenencia por la institución, que este comprometido con la formación de sus hijos y con el proyecto educativo del colegio. Que lleve a cabo el conducto regular establecido por la institución.Con buenas relaciones en la institución y resto con toda la comunidad educativa, participativo y activo de todos los procesos institucionales, aprovechando los programas de capacitación que lo lleven a la superación personal.

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1.6 MISIÓN

La Misión del Colegio Básico Camino de Paz de la Fundación las Golondrinas, institución de carácter no oficial, adscrita a la Secretaria de Educación del Municipio de Medellín, prioriza la formación de los niños, niñas y jóvenes en situación de vulnerabilidad social, brindando un servicio educativo integral "desde la vida y para la vida” a través del desarrollo de habilidades de pensamiento fundamentando la formación en valores desde las dimensiones yoico, asociativa y cognoscitivo; la conciencia social, propendiendo por la transformación de si mismo y de la sociedad, desde la perspectiva humana, reflexiva, ética, critica y participativa, con un grupo interdisciplinario de profesionales idóneos y una comunidad educativa comprometida con el proceso de formación y transformación de la sociedad.

1.7 VISIÓN

El Colegio Básico Camino de Paz de la Fundación las Golondrinas, para el año 2012, será una institución líder en el ámbito local y regional en programas de formación integral de niños, niñas y jóvenes en situación de vulnerabilidad social fortaleciendo los procesos de inclusión con equidad, el desarrollo sostenible de la comunidad, enfatizando la elaboración del proyecto de vida de sus egresados”.

1.8 LEMAEl Colegio Camino de Paz tiene como Lema: “La formación integral, fomentando los valores y favoreciendo verdaderos espacios que motiven para la búsqueda investigativa”.

1.9 VALORES INSTITUCIONALES

Los valores institucionales del colegio básico camino de paz de la fundación las golondrinas, son el resultado de una construcción colectiva donde se dio la participación de la comunidad educativa; que llevo a la reflexión, análisis y unificación de conceptos y criterios frente a la definición de los valores adoptados a nivel institucional, promoviendo el respeto por la diferencia y la multiculturalidad, tomados como eje transversal que garantiza verdaderos procesos de convivencia social.

El desarrollo del proyecto aquí propuesto se basa en los aportes del doctor en psicología DAVID AUSUBEL mas conocido por su teoría del APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO. La propuesta gira en torno a tres grandes factores actitudinales y valorativos que son:

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1) EL FACTOR ASOCIATIVO: que tienen que ver con características o con valores particulares como la solidaridad, la interacción, la empatía y en general con la DISPOSICIÓN DE SERVIR Y AYUDAR A OTRAS PERSONAS con las cuales se convive.

Comentario: Ni siquiera se puede pensar, algo tan aparentemente subjetivo como pensar sin los otros, pues el pensamiento es un producto social, que nos fue integrado en un acto de amor. Todos los conceptos e ideas fueron diseñados por millares de hombres que nos precedieron. En un sentido mas profundo se puede afirmar que SER ES PERTENECER y como individuo pertenezco a muchos grupos (familiar, escolar, social, político, etc.) tanto como conocer, los seres humanos, a la manera de los peces que requieren agua, requerimos de los otros, procedemos de los otros y nos debemos a los otros, de ellos recibimos el amor y la inteligencia que nos impulsan a crecer sanos y fuertes.

2) EL FACTOR YOICO: que tiene que ver con la competitividad, el auto concepto, la necesidad de lograr metas altas, status y poder, empleando la figura según la cual describimos el anterior factor, este consistiría en la DISPOSICIÓN DE SERVIR Y AYUDARSE A SÍ MISMO.

Comentario: “El desarrollo del concepto de si mismo es un suceso continuo, obviamente importarte lo que un niño sabe y piensa sobre si mismo afectara sus interacciones con las demás personas, y al influir en las clases de cosas que ensayará posteriormente, el concepto de si mismo puede tener efectos generales en su desarrollo de nuevas habilidades” H. Bee (1.9789)

3) EL FACTOR COGNOSCITIVO: indica el significado que para un individuo en particular tiene el conocer, EL INDAGAR LOS FENÓMENOS, tanto naturales como sociales, humanos o tecnológicos.

Comentario: El interés cognoscitivo es un potentísimo estimulo para que el niño se convierta de objeto de la educación en sujeto de la misma: es decir, en persona interesada en su propia educación. En este sentido el ser humano esta obligado a AUTODISEÑARSE y debe aprehender todo el conocimiento ya que llega sin el. Además de esto todas las culturas VALORAN el conocer por tanto es de vital importancia desarrollar estrategias en donde el conocimiento tenga un reconocimiento y que mejor que la escuela

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En conclusión para satisfacer sus necesidades biológicas el SER HUMANO esta obligado por naturaleza psicosocial a:

A) CONOCER (FACTOR COGNOSCITIVO)

B) PERTENECER (FACTOR ASOCIATIVO)

C) COMPARAR – SE (FACTOR YOICO

1.9.1 FACTOR YOICO:

Autoestima: “Percepción del propio valor que lleva a creer en si mismo, a aceptarse a sí mismo y que los demás nos acepten, respeten por nuestra identidad.

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Honestidad: “Comportamiento transparente consigo mismo que posibilita un coraje para decir siempre la verdad y permite una coherencia personal entre lo que piensa y se vive”

Obediencia: “Comportamiento que se ajusta a cumplir lo que esta regulado por principios y leyes. Subordinación inteligente en la cual la persona no pierde su libertad”.

Responsabilidad: “Conciencia de las consecuencias que tiene todo lo que hacemos o dejamos de hacer, sobre nosotros mismos o los demás. Responde por si ante si, como fruto de una expectativa propia o ajena”.

1.9.2 FACTOR ASOCIATIVOAmor: “Es un sentimiento que busca dar a los otros tranquilidad, alegría, paz y seguridad. El amor es una riqueza interior que engrandece a las personas que la poseen, porque le ayuda a ver la vida de una manera diferente”.

Tolerancia: “Es la expresión mas clara por el respeto a los demás. Tiene que ver con la capacidad para convivir y participar por encima de las diferencias ideológicas”.

Solidaridad: “Modo de ser y de actuar, que lleva a apoyar y servir a los demás en todo tipo de necesidades buscando que logren sus objetivos y que se alcance el bien común de la sociedad”.

Respeto por el otro: “Es aceptar las costumbres, creencias, hábitos, opiniones y gustos de los demás, conservando los derechos a la vida, a disfrutar de la libertad de disponer de sus pertenencias o proteger su intimidad”.

1.9.3 FACTOR COGNOSCITIVO:

Participación en clase y actividades: “La Comunidad Educativa considera valioso, cuando sus integrantes toman parte activa en sus clases, y en las actividades del contexto formativo, respondiendo a los objetivos propuestos”.

Compromiso con el conocimiento:”La Comunidad Educativa considera valioso, cuando sus integrantes se responsabilizan de sus deberes académicos (tareas, trabajos extra clase e investigaciones), que ayuden a fortalecer los procesos formativos”.

Persistencia: “La Comunidad Educativa considera valioso cuando sus integrantes se responsabilizan de sus deberes académicos demostrando esfuerzo e interés haciendo ver en el Error la posibilidad de aprendizaje”.

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2. ENFOQUE INSTITUCIONAL

2.1. LA FORMACIÓN PARA LA AUTONOMÍA

Una de las tareas de los educadores, es enseñar a los niños, niñas y jóvenes a pensar y actuar en forma autónoma, a cultivar su propia singularidad y especificidad. Esta se constituye en una labor necesaria para establecer en los seres humanos compromisos claros y modos de comportamiento y expresión, que les permitan ser individuos que puedan actuar dentro de un marco de respeto y convivencia pacífica en la sociedad.

El fundamento de la convivencia está en la autonomía, con la cual el sujeto reconoce y asume responsablemente sus fallas y las consecuencias de estas, procurando corregirse y superarse. Los fundamentos de la disciplina no se encuentran tanto en las sanciones, como en el diálogo y el reconocimiento de la persona. Es muy difícil para un individuo aprender a comportarse adecuadamente, sino se le respeta y no se le reconoce su dignidad.

Aprender la autonomía es un proceso largo como el de aprender cualquier cosa. Se necesita indiscutiblemente tiempo y paciencia para hacer de un niño, niña o joven una persona sanamente independiente. La disciplina y las normas ayudan a consolidar la personalidad, estas normas deben ser claras, precisas y acompañadas por personas significativas.

En este orden de ideas, es claro que la construcción de autonomía, pasa por los procesos de ser sujetos de desarrollo, con capacidad crítica y propositiva, buscando empoderamiento de los diferentes actores, para que de esta manera construya criterios para disciplinar sus vidas, que les permitan asumir en cualquier situación, problema o necesidad, salidas inteligentes y oportunas.

2.2. LA FORMACIÓN PARA LA CONVIVENCIA Y LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

La convivencia escolar se construye al interior de la comunidad educativa. Se aprende y se enseña. Se construye social y culturalmente con la participación activa de todos los estamentos de la comunidad educativa.

Los fundamentos para una sana convivencia son:

Aprender a valorar al otro: consiste en reencontrarse con el otro, entenderse en la diferencia. Aprender a valorar la diferencia: permite ver y compartir otros modos de pensar, de ser y de actuar.

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Aprender a comunicarse: es la base de la vida en sociedad. Implica aprender a expresarse en múltiple formas e interpretar acertadamente, las diferentes formas de expresión de los demás. Aprender a interactuar: supone aprender acercarse a los otros, comunicarse y vivir en comunidad, establecer relaciones de vecindad y cooperación. Aprender a decidir en grupo: Es la base de la política y la economía, supone aprender a convivir y concertar con los otros, asumiendo decisiones concertadas y democráticas. Aprender a cuidarse: es la base de los modelos de salud y seguridad social, implica proteger la salud propia y la de todos como un bien social. Aprender a cuidar el entorno: es el fundamento de la supervivencia, es reconocer el planeta como un lugar del cual formamos parte.Aprender a cuidar el entorno, también significa querer y cuidar las diferentes sedes de la institución y los demás espacios en los que nos desenvolvemos y convivimos.Aprender a valorar el saber social: es la base de la evolución de la sociedad y la cultura. Implica el conocimiento de un conjunto de prácticas, destrezas, valores, ritos y sentimientos para convivir y proyectarse.

Aprender a negociar los conflictos: la negociación es un paso para la transformación y la construcción de nuevas formas de vida social y ciudadana. Es la capacidad de concertar con el otro.

Los conflictos son inherentes a la convivencia humana y para poder resolverlos se hace necesario tener en cuenta los siguientes elementos:

Identificación del conflicto. Aspecto del conflicto. Respuestas frente al conflicto. Causas del conflicto. Tipos de conflictos. Negociación y posibles acuerdos teniendo en cuenta el conducto regular.

2.3. CRITERIOS PARA CONSTRUIR LA RELACIÓN MAESTRO-ALUMNO

1. Debe ser una relación adulto orientador-estudiante en un proceso de formación, basada en la tolerancia y la comprensión.

2. Debe estar en función del respeto mutuo, entendiendo las diferencias de cada uno y obrando en consecuencia.

3. Debe ser una relación amable, cordial, constante y positiva, para fortalecer la convivencia armónica.

4. Debe ser una relación horizontal sin perder el respeto y la prudencia, debe llevar al estudiante a confiar en su maestro y esta confianza debe ser recíproca.

5. Las relaciones estarán basadas en el trato digno y en el pleno reconocimiento de los derechos de cada uno, para favorecer la sana convivencia institucional.

6. Se requiere respetar además las ideas y los criterios de los otros, independientemente del rol y el papel que estén cumpliendo, sea el de docente o el de estudiante.

3. SÍMBOLOS E IDENTIDAD DE LA INSTITUCIÓN

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En el Colegio Básico Camino de paz, son tres los símbolos fundamentales: el escudo, la bandera y el himno. Estos hacen parte de la identidad de todas las sedes. Los cuales fueron elaborados por la Fundación, apoyados por los principios filosóficos.

3.1. EL ESCUDO:

En la parte superior tiene tres GOLONDRINAS que hacen alusión a aquella frase popular “Una sola golondrina no hace verano”, representando en ellas no solo el nombre que se le dio a la organización, sino además la idea que originó la misma a través de la unión de un grupo de mujeres voluntarias que se solidarizan por la situación de vulnerabilidad social; que afecta la ciudad. Esta unión contribuye a que los habitantes de nuestras comunidades recobren el espíritu de “volar” y creer que las metas con unión y amor pueden ser posibles.

3.2. LA BANDERA:

Con su franja blanca en la parte superior refleja el cielo en su inmensa pureza y sus golondrinas con su gran vuelo nos enseñan la importancia de alcanzar los sueños. El azul en la parte inferior nos muestra la inmensidad del mar, las grandes oportunidades y el poder de la esperanza.

3.3. EL HIMNO:

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En el coro retoma la frase:

“Es camino de Paz nuestra escuelaQuien nos brinda un futuro mejor Por senderos de amor marcharemos Para ser ciudadanos de honor”Y es precisamente eso lo que siempre ha pretendido la Fundación las Golondrinas a través de la consolidación del programa de educación que se ofrece en el Colegio Camino de Paz, ser una escuela de formación “Para la vida, desde la vida misma”, haciendo ver a través de la educación un horizonte lleno de oportunidades, buscando así aportarle al proyecto de mejor país, basándose en los principios axiológicos construidos por la institución. Se plantea además otras frases en el himno que hacen alusión al respeto por la diferencia y a los principios católicos. ”Somos todos hermanos no importaSea cual sea la raza o el color, es la misma Colombia la patria, todos hijos de un solo creador”

Coro:

Es Camino de Paz nuestra escuelaQuien nos brinda un futuro mejor

Por senderos de amor marcharemosPara ser ciudadanos de honor.

Estrofa I

Somos todos hermanos no importa

Sea cual sea la raza o el colorEs la misma Colombia la patriaTodos hijos de un solo creador

Estrofa II

El deporte y la ciencia nos llama

La cultura y la sana diversiónDemos gracias al Dios que nos ama

Aceptando tan bella ocasión.

Estrofa III

Acudamos ansiosos al aula

Ella es nuestro segundo hogarUn oasis de los y de esperanzaQue debemos siempre respetar

Coro

Es Camino de Paz nuestra escuela...AUTOR: CHIA LONDOÑO

4. FUNDAMENTACION LEGAL

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Este manual de convivencia esta fundamentado legalmente en:

4.1. LA CONSTITUCION POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991

Que contempla que Colombia es un Estado Social de Derecho.

Artículo 1. Las normas Colombianas se fundamentan en el respeto por dignidad humana, por el trabajo y por la solidaridad entre las personas.

Artículo 2. El estado debe asegurar la convivencia pacifica y la vigilancia de un orden justo.

Artículo 16. Derecho al desarrollo de la personalidad, con las limitaciones que plantean los derechos de los demás y el orden jurídico

Artículo 18. Derecho a la libertad de de conciencia.

Artículo 27. El estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.

Artículo 29. Que garantiza el debido proceso en actuación administrativa o disciplinaria.

Artículo 67. La educación como derecho de todo individuo, como función social, rescatando valores como la paz y la democracia.

Artículo 68. Plantea la libertad de elección del tipo de educación por parte de los padres de familia para los hijos menores, y garantiza la idoneidad ética y pedagógica de los profesores que imparten la enseñanza.

4.2. LEY GENERAL DE LA EDUCACION (LEY 115 DE 1994).

Artículo 5. Apoyada en la constitución, articulo 67, presenta con claridad los 13 fines de la educación, centrados en el desarrollo pleno de la personalidad del alumno y en su proceso de formación integral.

Artículo 6. Se apoya en el artículo 68 de la constitución y presenta con claridad la identidad de la comunidad educativa, su tarea y su responsabilidad en la buena marcha de la institución.

Artículo 7. Presenta el rol definitivo de la familia en la tarea educativa como la primera responsable de la educación de los hijos y directa colaboración con la institución en la formación integral.

Artículo 24. Garantiza el derecho a recibir educación religiosa, presenta también la libertad de cultos y el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para sus hijos.

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Artículo 25. Habla de la necesidad de promover en la institución educativa la formación ética y moral a través del currículo.

Artículo 91. Presenta al educando como centro de todo el proceso educativo y señala la necesidad de su participación activa en la formación integral que recibe.

Artículo 92. Señala la forma como se ha de realizar el proceso formativo del educando para que no solo reciba formación integral, sino que sea crítico, participativo y comprometido con su propia formación.

Artículo 93. Presenta los mecanismos de representación y participación de

los estudiantes en el consejo directivo de la institución educativa.

Artículo 94. Presenta las funciones, los derechos y las responsabilidades del personero de los estudiantes.

Artículo 95. Habla sobre la validez de la matricula como acto de vinculación del educando con determinada institución educativa.

Artículo 96. Hace referencia a las condiciones de permanencia en el establecimiento educativo, aspecto este que ha de ser considerado con precisión en el Manual de Convivencia.

Articulo 97.Presenta la obligatoriedad del servicio social del estudiantado.

4.3. LEY 1098

Artículo 1. Finalidad. Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.

Artículo 2. Objeto. El presente código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de los derechos humanos, en la constitución política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el estado.

Artículo 3. Sujetos titulares de los derechos. Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años..Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del código civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y 12 años, y por adolescentes las personas entre los 12 años y 18 años de edad.

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Parágrafo 1. En caso de duda sobre la mayoría o minoría de edad, se presumirá esta, En caso de duda sobre la edad del niño, niña o adolescente se presumirá la edad inferior. Las autoridades judiciales y administrativas, ordenaran la práctica de las pruebas para la determinación de la edad, y una vez establecida, confirmaran o revocaran las medidas y ordenaran los correctivos necesarios para la ley.

Parágrafo 2. En el caso de los pueblos indígenas, la capacidad para el ejercicio de derechos, se regirá por sus propios sistemas normativos, los cuales deben guardar plena armonía con la constitución política.

Artículo 28. Derecho a la educación. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo a los términos establecidos en la constitución política. Incurrirá en multa de hasta veinte salarios mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de educación.

Articulo 29. Derecho al desarrollo integral en la primera infancia. La primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va desde los cero (0) a los seis (6) años de edad. Desde la primera infancia los niños y las niñas son sujetos titulares de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la constitución política y en este código. Son derechos impostergables de la primera infancia, la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial. En el primer mes de vida deberá garantizarse el registro civil de todos los niños y niñas.

Artículo 30. Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y en las artes.Igualmente tiene derecho a que se les reconozca, respete y fomente el conocimiento y la vivencia de la cultura a la que pertenezcan.

Articulo 42. Obligaciones especiales de las instituciones educativas. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones:

1. facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.

2. brindar una educación pertinente y de calidad.

3. respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.

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4. facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. abrir espacios de comunicación con la familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.

6. organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presentan dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.

7. respetar permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.

8. estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9. garantizar la utilización de los medios tecnológicos y de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

10. organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación de patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11. fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguas especiales.

12. evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

Articulo 43. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, publicas y privadas tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto deberán:

4. formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.

5. proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.

Page 23: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

6. establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

Artículo 44. Obligaciones complementarias de las instituciones educativas. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán marcha mecanismos para:

1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.

2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.

3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.

4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda la forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.

6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

7. Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el trafico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad.

9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.

10.Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

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Artículo 45. Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.

4.4. CÓDIGO DEL MENOR (DECRETO LEY 2737 DE 1989)

Artículo 311. Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta el noveno grado de la educación básica y gratuita cuando sea prestada por el Estado.

Artículo 312. Libre elección de la familia para la educación religiosa de sus hijos menores y sanción para aquellas que no lo brinden.

Artículo 313. Los directivos de los centros educativos velaran por la asistencia permanente del alumno y procurarán evitar la deserción escolar, investigarán la causa de dicha deserción o inasistencia cuando se presente.

Artículo 314. Para el cumplimiento del artículo anterior, el rector del establecimiento educativo, citará a los padres del menor, cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes.

Artículo 317. Los directivos de los centros educativos organizarán programas institucionales de asesoría psicológica, recreativa y cultural así como deportiva.

Artículo 319. Los directivos no podrán imponer sanciones que afecten la dignidad del educando. La expulsión del alumno de un centro de educación, solo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente establecida en su reglamento y con autorización de la Asociación de Padres de Familia del plantel.

4.5. DECRETO 1423 DE 1993

Artículo 1. Establece la participación de los distintos estamentos de la comunidad educativa en la elaboración del manual de convivencia.

Artículo 2. Señala que el manual de convivencia o reglamento se constituye en la base para formar, orientar, evaluar, estimular o corregir los comportamientos de los alumnos.

Artículo 4. Exige la continuidad de la evaluación y la participación en ésta, de educadores, padres de familia y alumnos.

Page 25: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

Artículo 5. Por el cual los actos considerados como faltas de disciplina o conducta deben incluirse en el manual de convivencia después de haber sido establecidas como resultado de un análisis participativo y de un consenso entre directivas, educadores, padres de familia y alumnos.

Artículo 6. Señala los comportamientos catalogados como indisciplina.

Artículo 7. Establece las faltas de conducta que deben ser censuradas por la comunidad educativa.

Artículo 8. Establece las edades de la educación obligatoria.

Otras normas que reglamentan la vida escolar y que fundamentan este manual de convivencia son: Decreto 2277 de septiembre 14 de 1979 (Estatuto docente), Ley 715 de 2001, Ley 734 de 2002 (Código disciplinario único) y el Decreto 1286 de abril 25 de 2005.

OTROS: Todas aquellas disposiciones administrativas, jurídicas y legales emanadas de los distintos organismos encargados de orientar la educación y de administrar las ramas del poder publico del país.

DECRETO 1290 FALTA

4.6. PIA INSTITUCIONALES

POLITICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

DE LA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS

Desde el año 1983 la ONG. Fundación las Golondrinas viene haciendo

presencia en el barrio Llanaditas y sus asentamientos con programas sociales;

enfocados a la protección de niños, niñas, adolescentes y familias; muestra de

esto ha sido el programa de restaurante, programas de alfabetización,

nivelación, Aceleración del Aprendizaje, Procesos Básicos, educación formal e

informal, talleres de capacitación para las madres y comunidad en general,

grupo juvenil, programas de salud nutrición, psicología y trabajo social entre

otros. Es así como a través de los años la experiencia y huellas significativas

que se ha sembrado en la comunidad son el reflejo de un programa de

protección al menor y la familia, y de ahí que sea tan importante la

estructuración de las presentes políticas.

Page 26: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

Las políticas de intervención a la infancia y la adolescencia son un conjunto de

lineamientos que fundamentan y atraviesan la estructura organizacional de la

fundación las Golondrinas, dándole unas coordenadas y sentido a los servicios

que presta, al personal que los ejecuta y a la población beneficiaria; dichas

políticas buscan ser referentes que garanticen una atención integral a los niños,

niñas y adolescentes, donde sean tratados como sujetos de derechos y se les

brinde una atención que tenga en cuenta factores biológicos, psicológicos,

educativos, culturales y sociales.

Son el resultado de un análisis de la Convención Internacional sobre los

Derechos de los Niños aprobada por el Congreso de la Republica

mediante la Ley 12 del 22 de enero de 1991, y de la Constitución Política

de la República de Colombia, que en su articulo 44 afirma:

“Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud

y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad,

tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y el amor, la educación y

la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos

contra cualquier forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta,

abuso sexual, explotación laboral o económica, y trabajos riesgosos.

Gozaran también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en

las leyes y los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el estado tienen la obligación de asistir y proteger al

niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus

derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su

cumplimiento y la sanción de los infractores.

Los derechos de los niños prevalecen, sobre los derechos de los demás.”

En la ley general de educación, ley 115 de febrero 8 de 1994 en sus

artículos:

ARTICULO 1. “Objeto de la ley. La educación es un proceso de formación

permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción

Page 27: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus

deberes.

La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público

de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e

intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los

principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene

toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y

cátedra y en su carácter de servicio público. De conformidad con el artículo 67

de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de

la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y

media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a

adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas,

sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que

requieran rehabilitación social”

ARTICULO 5. Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la

Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes

fines:

“1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le

imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso

de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social,

afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la

paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia,

solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los

afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura

nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más

avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos,

mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo

del saber.

Page 28: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad

étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su

identidad.

7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de

la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en

sus diferentes manifestaciones.

8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la

práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con

Latinoamérica y el Caribe.

9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el

avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al

mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la

participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al

progreso social y económico del país.

10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y

mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de

los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura

ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos

técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento

del desarrollo individual y social.

12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la

prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la

recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y

13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear,

investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo

del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.”

ARTICULO 7. La familia. “A la familia como núcleo fundamental de la sociedad

y primer responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o

hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de emancipación, le

corresponde:

Page 29: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

a) Matricular a sus hijos en instituciones educativas que respondan a sus

expectativas, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos

establecidos en la Constitución, la ley y el proyecto educativo institucional;

b) Participar en las asociaciones de padres de familia;

c) Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus

hijos, y sobre la marcha de la institución educativa, y en ambos casos,

participar en las acciones de mejoramiento;

d) Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos;

e) Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o comités, para velar por la

adecuada prestación del servicio educativo;

f) Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de

sus hijos, y

g) Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para

su desarrollo integral.

ARTICULO 8. La sociedad. “La sociedad es responsable de la educación con

la familia y el Estado. Colaborará con éste en la vigilancia de la prestación del

servicio educativo y en el cumplimiento de su función social.

La sociedad participará con el fin de:

a) Fomentar, proteger y defender la educación como patrimonio social y cultural

de toda la Nación;

b) Exigir a las autoridades el cumplimiento de sus responsabilidades con la

educación;

c) Verificar la buena marcha de la educación, especialmente con las

autoridades e instituciones responsables de su prestación;

d) Apoyar y contribuir al fortalecimiento de las instituciones educativas;

e) Fomentar instituciones de apoyo a la educación, y

f) Hacer efectivo el principio constitucional según el cual los derechos de los

niños prevalecen sobre los derechos de los demás.”

Del estudio riguroso de la ley 1098 de 2006 que expidió el código de la

infancia y la adolescencia; “tendiendo en cuenta como factor esencial los

principios que contempla el articulo 203 que plantea:

Page 30: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

1. El interés superior del niño, niña y adolescente.

2. La prevalecía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

3. La protección integral.

4. La equidad.

5. La integridad y la articulación de las políticas.

6. La solidaridad.

7. La participación social.

8. La prioridad de las políticas sobre niñez y adolescencia.

9. la complementariedad.

10. La prioridad en la intervención social dirigida a la niñez y la

adolescencia.

11. La financiación, gestión y eficiencia del gasto y la intervención publica.

12. La perspectiva de género.”

Las políticas de la Fundación las Golondrinas buscan cualificar todos sus

programas, estableciendo unos adecuados procedimientos que permitan la

proyección de la filosofía institucional, soportada desde los principios

fundamentales que garantizan la dignidad e integridad humana; las cuales

serán de conocimiento y cumplimiento por cada uno de los integrantes de la

Fundación.

POLITICAS DE INTERVENCIÓN CON LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

DE LA FUNDACIÓN LAS GOLONDRINAS

1. La misión y la visión de la Fundación las Golondrinas estará encaminada a la

protección del menor y su familia. La Fundación encaminará todas sus

acciones, proyectos y programas, al fortalecimiento y protección de la

estructura familiar, buscando que el niño conserve su espacio y entorno

familiar. Y ninguno de sus miembros podrá tomar determinaciones, sin

autorización de los padres frente a la intervención legal de los entes

reguladores.

Articulo 42 del capitulo II de la Constitución Política de Colombia (CN), y

articulo 1 ley de Infancia y Adolescencia (LIA).

Page 31: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

2. Todo el personal que labore o intervenga directa o indirectamente en los

procesos de la Fundación como: empleados, voluntarios, proveedores y otros,

deberá conocer los derechos de los niños, niñas y adolescentes así como las

políticas propias aquí establecidas. Para ello serán formados frente al

fenómeno del maltrato y factores de riesgo que atenten contra el pleno

desarrollo e integridad del niño, niña y adolescente. Y cada área velará porque

su personal le de cumplimiento a las políticas.

Parágrafo 1 Selección de personal:

En la Fundación se realizaran acciones preventivas en cuanto al ingreso de

personal, verificando previamente sus referencias laborales y realizando visitas

domiciliarias a las personas que se vinculen laboralmente con la Fundación.

3. La Fundación contará con el Comité de Protección a la Infancia y a la

Adolescencia, el cual tiene como objetivo velar porque se cumpla la política de

protección y será el ente encargado de conocer y adoptar las decisiones

respectivas, este mismo comité se encargará de hacer el análisis de casos…

integran el comité: Directora de la Fundación, Rectora del Colegio,

Coordinadora, del Colegio, Área de Psicología y Área de Trabajo Social.

4. Las acciones que realice la Fundación partirán del reconocimiento y respeto

por la familia, la sociedad y el Estado como responsables de la protección

integral del niño. Articulo 10. (LIA).

5. La Fundación reconoce como titulares de derechos a niños, niñas y

adolescentes: para efectos de aplicación de las políticas de intervención con la

infancia y la adolescencia se tendrán en cuenta los rangos que dicta la ley: niño

y niñas 0 y 12 años, y se considera adolescentes entre 12 y 18 años. Articulo 3.

(LIA).

6. La Fundación respetará los principios propios de las diferentes culturas,

siempre y cuando no atente la salud y seguridad de los niños, niñas y

Page 32: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

adolescentes. Realizando proyectos encaminados a respetar la identidad y

costumbres. Articulo 3. Parágrafo 2. (LIA).

7. La Propuesta Educativa de La Fundación las Golondrinas se basará y

articulará en la ley de Protección Integral, brindando una educación de calidad

en los niveles de preescolar, básica y media, sin ningún tipo de discriminación;

a través de los programas que tienen y contando con profesionales idóneos

para laborar en la institución y con el perfil requerido. Articulo 7 y 28. (LIA).

Parágrafo 1 Centrará todos sus esfuerzos en el fortalecimiento de los procesos

educativos, desde una lógica de promoción y prevención donde los niños, niñas

y adolescentes estructuren su proyecto de vida hacia el desarrollo de

competencias ciudadanas.

8. La Fundación dinamizará la consecución de recursos físicos, económicos y

humanos, en aras de la protección de las necesidades básicas de niños, niñas

y adolescentes, buscando una atención integral. Articulo 7. (LIA).

9. La fundación formará a padres, niños, niñas y adolescentes, en los

derechos, deberes y políticas de protección, desarrollando acciones

encaminadas al fortalecimiento de las familias, y brindándoles herramientas

que les permitan adquirir competencias para la resolución de conflictos y

mejorar la dinámica familiar. Articulo 15. (LIA).

10. En caso de presentarse una situación crítica que no pueda ser asumida por

La Fundación Las Golondrinas, ésta realizará la remisión a las autoridades

competentes o los sitios delegados por la Ley. Capitulo 1, Articulo 15. Capitulo

3, Artículos 79, 83, 88 y 95. (LIA).

11. La fundación velará porque se cumpla el Derechos a la integridad personal:

“Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas

las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual

o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y

los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes

legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su

Page 33: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este código, se

entiende maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso

físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o

explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en

general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el

adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra

persona. ” Articulo 18. (LIA).

12. En caso de presentarse una situación disciplinaria con un niño, niña o

adolescente de la institución se procederá a aplicar los correctivos estipulados

en el manual de convivencia y se velará porque ésta vaya acompañada de una

intención pedagógica (En caso de que lo requiera). Articulo 21. (LIA)

13. Todo proceso que se lleve a cabo en la Fundación velará por el respeto a la

identidad sexual, la religión, la conservación de la lengua de origen, cultura e

idiosincrasia. Articulo 25. (LIA).

14. Todo profesional y persona que este vinculado con la Fundación será un

referente para los niños, niñas y adolescentes y la comunidad educativa , en

cuanto a su forma de expresarse, comportamiento, actitud y presentación

personal, lo cual se articulará a la misión de la Fundación y a las políticas de

convivencia.

15. Todo personal de la Fundación sólo podrá establecer contactos e intervenir

con la población dentro de espacios laborales y ambientes externos que avale

la Fundación, los cuales se respaldan por un estudio y análisis que garanticen

el bienestar del caso.

16. La información a la que tienen acceso los profesionales y personal de la

fundación se regirá bajo el principio de la confidencialidad y de la ética

profesional; buscando salvaguardar y proteger a su población de

señalamientos y discriminaciones. El comité de protección a la infancia y a la

adolescencia se encargará de analizar y decidir en que casos es necesario

Page 34: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

canalizar dicha información; lo cual se realizará con la única intención de

garantizar los derechos de los sujetos y protegerlos frente a factores de riesgo.

17. La Fundación canalizará a través del área social las ayudas y servicios,

siempre y cuando los padres de familia velen por los derechos y formación

educativa de sus hijos.

18. La Fundación brindará orientación y propenderá de manera muy especial

porque los niños en la etapa de la primera infancia se le garanticen los

derechos al desarrollo integral como: educación, salud, vacunación, nutrición,

registro civil y protección contra los peligros físicos. Articulo 29. (LIA).

19. La Fundación las Golondrinas promoverá actividades que lleven a un

adecuado aprovechamiento del tiempo libre, a través de actividades lúdicas,

recreativas y formativas, evitando que los niños, niñas y adolescentes incurran

en ambientes que los ubiquen en posición de alto riesgo. Articulo 30. (LIA).

20. La Fundación tendrá como eje transversal el reconocimiento del niño como

un sujeto de derechos, donde se le garantice la participación y la libre

expresión. Artículos 31 y 32 (LIA).

21. La Fundación respetará el derecho de todo niño, niña y adolescente a la

intimidad personal y/o familiar; estableciendo mecanismos como el Comité de

Protección a la Infancia y la Adolescencia, como único canal para analizar y

hacer remisiones ante las autoridades competentes. Articulo 33 y 113. (LIA).

22. La Fundación velará porque la información que reciban los niños, niñas y

adolescentes dentro de la institución, tenga una intencionalidad pedagógica

educativa. Articulo 34. (LIA).

23. La Fundación enfocará sus esfuerzos a transmitir ante la población infantil y

comunidad, la normatividad actual sobre la protección al menor trabajador,

evitando cualquier medio o forma de explotación laboral; ofreciendo a través de

su propuesta educativa una alternativa de formación de competencias laborales

Page 35: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

que les permitirán a futuro acceder al sector laboral. Nuestras acciones estarán

encaminadas para que los niños, niñas y adolescentes y sus familias, opten por

culminar su proceso formativo. Articulo 35. (LIA).

24. La Fundación se comprometerá a garantizar el proceso de inclusión de

estudiantes con discapacidad, desde ofrecerles cupo, hasta realizar las

adaptaciones necesarias al currículo (Planes de estudio); y aquella población

que la institución no este en condiciones de atender, será remitida a otras

instituciones especializadas. Articulo 36.

25. Los avances, resultados e informes discutidos, son exclusivos para los

miembros del comité, y solo este órgano es quien deberá conocer esta

información.

26. La Dirección de la Fundación las Golondrinas (Junta Directiva) acompañará

y respaldará las decisiones del comité de Protección a la Infancia y a la

Adolescencia y pondrá a su disposición los recursos necesarios para la

protección de sus miembros, siempre y cuando el Comité haya actuado basada

en los lineamientos establecidos por la Fundación.

27. Las políticas constituidas por le Comité de Protección a la Infancia y la

Adolescencia, deberán aparecer en el Manual de Convivencia, del Colegio

Camino de Paz y dadas a conocer a través de los proyectos y programas de la

Fundación las Golondrinas a toda la Comunidad Educativa.

28. La Fundación se ceñirá al procedimiento establecido, en cuanto a las

medidas de restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes, como son: Amonestación, incumplimiento de la medida,

ubicación en la familia de origen o familia extensa, ubicación en hogar de paso,

red de hogares de paso, ubicación en hogar sustituto, Vinculación a programas

de atención especializada para el restablecimiento de derechos vulnerados y

adopción. Y se generará dentro de la Fundación espacios de escucha desde el

área de trabajo social y psicología, en caso que se presente un suceso judicial

con un niño, niña o adolescente.

Page 36: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

29. La Fundación las Golondrinas no intervendrá en procesos de adopción, así

mismo ningún funcionario de ésta podrá recibir aportes económicos, por apoyar

dichos procesos y no podrá ser el adulto protector designado (por instituciones

externas) para la protección de ningún niño, niña y adolescente dentro del

campo o lugar de acción o intervención de la Fundación las Golondrinas.

Articulo 74..

30. En caso de presentarse una situación donde se atente contra la integridad

física de cualquier miembro de la comunidad educativa dentro de la Fundación,

se realizará la remisión ante las autoridades competentes; dicha remisión la

hará un miembro del Comité de Protección a la Infancia y la Adolescencia o

persona autorizada por el Comité.

5. GOBIERNO ESCOLAR

5.1. DEFINICIÒN

El gobierno Escolar es el conjunto de individuaos y organismos encargados de la orientación, dirección y administración de las instituciones educativas. Estos órganos de gobierno se constituyen posibilitando la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 de 1994.

5.2. CONFORMACIÒN DEL GOBIERNO ESCOLAR

Según lo establecido en el artículo 20 del decreto 1860 de 1994, el gobierno escolar del Colegio Básico Camino de Paz, estará conformado por:

1. El Consejo Directivo, como Instancia Directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

2. EL Consejo Académico, como instancia para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

3. El Rector, como representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor delas decisiones del gobierno escolar.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para períodos a anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean remplazados.

Page 37: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

5.3 INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO

Según lo establecen los artículos 142 y 143 de la ley 115, el art. 21 del decreto 1860 de 1994 y el Decreto 1286 de 2005, el consejo directivo del Colegio Básico camino de Paz estará integrado por los siguientes miembros:

El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez al mes y

extraordinariamente cuando lo considere conveniente. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los

votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia que sean miembros del

Consejo de Padres. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de

Estudiantes entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de la institución.

Un representante de los ex-.alumnos, elegidos por el Consejo Directivo, quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior, el cargo de representante de los estudiantes.

Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o de las entidades que auspicien y apoyen el funcionamiento del establecimiento. Este representante será elegido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones

5.3.1 CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DE CONSEJO DIRECTIVO

Cualquier miembro de la comunidad educativa, puede invitar a diferentes organizaciones y establecimientos a participar en la elección de representante de los sectores productivos y/o entidades de apoyo de la institución.

Los miembros de consejo directivo, diferentes al rector, serán elegidos para periodos de un año y en casos de gestión muy eficiente, podrán ser reelegidos cuantas veces consideren conveniente los respectivos electores.

Del mismo modo, si un porcentaje superior al 50% de los electores del representante de un estamento( lo cual se verifica mediante actas de escrutinio donde figuran los votos obtenidos para acceder al cargo), solicitan en forma oral o escrita durante las sesiones del consejo directivo su destitución o revocatoria del mandato, señalando los argumentos que sostienen su petición y pruebas pertinentes que justifiquen la solicitud, este deberá ser removido del cargo, el cual será ocupado por quien obtuvo la segunda votación más alta.

Los representantes de los diferentes estamentos ante el consejo directivo, podrán enviar suplentes o delegados en caso de inasistencia eventual o alguna reunión, para efectos de mantener siempre quórum al momento de tomar decisiones.

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Para tomar decisiones dentro del consejo directivo será necesaria la presencia de la mitad mas uno de sus integrantes(los delegados se cuentan como integrantes).

Los delegados que se menciona en los numerales anteriores, deberán ser del mismo estamento que representa el miembro del consejo directivo que no estará presente. Para nombrar este delegado, se recurrirá en primera instancia a los candidatos al cargo que obtuvieron mayor votación después de él, en orden descendente. Si mediante este mecanismo no se logra conseguir un delegado, se buscara entre los miembros del estamento, alguno que quiera y pueda prestar este servicio eventual, ya que finalmente el gobierno escolar es una responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa y “todos ellos son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación” (Art. 18, decreto 1860/94).

5.3.2 FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

De acuerdo con el artículo 144 de la ley 115 de 1994 y el artículo 23 del decreto 1860 de 1994, son las siguientes:

a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de la autoridad.

b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.

c) Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;

d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;

e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;

f) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector;

g) Participar en la plantación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaria de educación respetiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;

h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;

i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno, que han de incorporarse al

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reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;

j) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;

k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas, y recreativas;

l) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

m) Promover las relaciones de tipo académico deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

n) Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia de estudiantes.

ñ) Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decretoo) Aprobar el presupuesta de ingresos de gasto de los

recursos propios y provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de textos y similares y complementarios.

p) Darse su propio reglamento. Además de acuerdo con la ley 715 de 2001 y su decreto reglamentario 992 de 2002, el consejo directivo tiene otras responsabilidades en relación con el fondo de servicios educativos:

5.3.3 DECISIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

En el Colegio Básico Camino de Paz, las decisiones que por mayoría se tomen dentro del Consejo Directivo deben ser respetadas y ejecutadas oportuna y eficientemente por el Rector de la institución, excepto en el caso en que vayan en contra de la legislación y las normas vigentes, evento en el cual deberán ser impugnadas.

Las dudas que surjan al interior de este organismo, en relación con la legalidad o no de una decisión, deberán ser consultadas con organismos calificados como: el Núcleo, las Secretarías de Educación municipal y departamental y el MEN.

Cuando el Rector de la institución, como responsable de la ejecución de las decisiones del gobierno escolar, desconozca o no ejecute oportuna y eficientemente las decisiones emanadas del Consejo Directivo, o falte constantemente a las reuniones del mismo, los demás miembros de este organismo, tienen la responsabilidad de señalarle si falta en forma oral inicialmente, dejando constancia en el acta. En caso de persistir la negligencia, deberán notificar a la comunidad educativa y a los

Page 40: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

organismos administrativos y de control competentes dicha irregularidad.

Es responsabilidad de los coordinadores de cada sede, colocar en la cartelera de informes del gobierno escolar, las síntesis de las decisiones que se toman en cada reunión del Consejo Directivo.

En cuestiones de mucha trascendencia a nivel institucional, el Consejo Directivo antes de tomar decisiones podrá promover el debate público con capacidad decisoria y/o la consulta popular, como mecanismos de participación de la comunidad educativa, para conocer la voluntad mayoritaria de esta. En este tipo de eventos se integrarán la comunidad educativa en tres grandes asambleas: la primera de alumnos y ex – alumnos, la segunda de docentes y directivas, y la tercera de padres de familia y/o acudientes. Las propuestas que sean aprobadas mayoritariamente en dos de estas tres asambleas donde están representados todos los estamentos de la institución, serán de obligatorio cumplimiento y por tanto deberán ser las que apruebe el consejo directivo.

Los procedimientos y condiciones para la realización de consultas populares y debates públicos con capacidad decisoria, las definirá el Consejo Directivo y las socializará oportunamente.

Cuando el Consejo Directivo recurra a los mecanismos de participación de la comunidad educativa, anteriormente señalados, deberá presentar propuestas concretas y bien formuladas. Además deberá promover un proceso previo de sensibilización y concientización frente a este tipo de eventos, para que haya una participación responsable y significativa en los mismos y no terminen decidiendo unos pocos.

5.4 INTEGRACIÒN DEL CONSEJO ACADÈMICO

Siguiendo los lineamientos del artículo 145 de la ley 115 del artículo 24 del

decreto 1860 de 1994, el Consejo Académico de el Colegio Básico Camino De

Paz, como máxima instancia en la orientación pedagógica del establecimiento,

está integrado por el(a) Rector (a) quien lo preside, la Coordinadora

académica, las coordinadoras de las otras sedes, un representante de cada

uno de los grados desde preescolar hasta quinto y en secundaria un

representante de cada área quienes conforman equipos de trabajo en aspectos

tales como: evaluación, promoción y capacitación.

Page 41: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

5.4.1. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

Según lo establecido el artículo 24 del decreto 1860 de 1994; el Consejo

Académico del Colegio Básico Camino De Paz, cumplirá las siguientes

funciones:

Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de la

propuesta del Proyecto Educativo Institucional (PEI)

Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo

las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto

en el presente decreto (Consultar capítulo V del Decreto 1860 de

1.991.)

Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica de

rendimiento de los educandos y para la promoción asignarles sus

funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

Participar en la evaluación institucional anual.

Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación

educativa y las demás funciones afines o complementarias con las

anteriores que le atribuye el Proyecto Educativo Institucional.

Hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para

estudiantes que presenten dificultades.

Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas

en el Proyecto Educativo Institucional, o las que sean delegadas por

otras instancias competentes.

Page 42: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

5.4.2. CRITERIOS DE FUNCIONAMIETO DEL CONSEJO ACADEMICO DEL

COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ.

El Consejo Directivo le dará autonomía al Consejo Académico para

resolver todo tipo de problemas académicos de los estudiantes y para

aprobar, organizar y fijar fechas correspondientes a eventos

académicos, incluyendo los procesos de evaluación y promoción de los

estudiantes.

Será función de las coordinadoras de cada sede , mantener informados

a los docentes de las decisiones y cronogramas que se establezcan en

el Consejo Académico.

5.5. FUNCIONES DEL RECTOR

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del D 1860 de1994, le

corresponde al rector.

a. Orientación de la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar

las decisiones del gobierno escolar.

b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno

aprovechamiento de los recuro necesarios.

c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la

educación del establecimiento.

d. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas,

voluntarios comunidad y otros, para el continuo progreso académico de

la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.

e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de

la comunidad educativa.

Page 43: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

f. Orientar el proceso educativo con la asistencia Consejo Académico.

g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, lo reglamentos

y el manual de convivencia.

h. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado a la

prestación el servicio educativo.

i. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le

atribuyan el proyecto educativo institucional.

5.6. OTROS ORGANISMOS Y CARGOS DE PARTICIPACIÒN EN EL

GOBIERNO SCOLAR.

Al interior del Colegio Básico camino de paz, se constituyen como agentes con

una significativa capacidad de participar en los procesos propios de la vida y

del gobierno escolar y los siguientes organismos y cargos.

La asamblea de profesores de toda la institución.

La asamblea general de padres de familia.

La asamblea de estudiantes de toda la institución

La asociación de padres de familia.

El consejo de estudiantes.

El personero de los estudiantes.

5.6.1 LA ASOCIACIÒN DE PADRES DE FAMILIA

ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

La Asociación de Padres de Familia del Colegio Básico Camino de Paz, es una

organización privada sin animo de lucro, constituida voluntariamente por un

grupo de padres y/o acudientes de los estudiantes matriculados en la

Page 44: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

institución, cuyo objetivo es apoyar el establecimiento en el desarrollo del

Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Conforme al Decreto 1286 de abril 25 de 2005, en sus artículos 9, 12, 14, 15;

reglamenta así el funcionamiento de la Asociación de Padres de Familia.

ARTICULO 9. Asociaciones de padres familia. Para todos los efectos legales,

la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado,

sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los

padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento

educativo.

Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo

y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del

Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus

propios estatutos

Parágrafo 1. La asamblea general de la asociación de padres es diferente de

la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida

por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento

educativo, pertenecientes o no a la asociación.

Parágrafo 2. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance

la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del

establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos

representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el

consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del

consejo directivo.

Parágrafo 3. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia

de los estatutos de la asociación

ARTICULO 10. Finalidades de la asociación de padres de familia. Las

principales finalidades de la asociación de padres de familia son las siguientes:

a. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de

mejoramiento del establecimiento educativo.

b. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto

entre todos los miembros de la comunidad educativa.

c. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.

Page 45: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

d. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones

necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

e. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución

pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad.

f. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores

y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de

conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

ARTICULO 11. Manejo de los recursos de la asociación de padres.

El patrimonio de la asociación de padres de familia y su gestión deben estar

claramente separados de los del establecimiento educativo. Será administrado

únicamente por la junta directiva de la asociación de acuerdo con los estatutos.

Esta designará al responsable del recaudo de los ingresos que por distintos

conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso, podrá ser un directivo,

administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta directiva

deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su gestión

académica, administrativa y financiera.

La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos

que por distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación

financiera establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros

de la asociación deberá tener póliza de manejo.

Los bienes de la asociación de padres de familia que favorezcan a la formación

de los educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los

términos del acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del

establecimiento, en el cual se definan los mecanismos que permitan su uso,

sostenimiento y mantenimiento.

Parágrafo. Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo

podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los

asistentes a la asamblea general de asociados, convocada con la debida

anticipación. En ningún caso, la asociación podrá establecer cuotas que no

estén sustentadas en un plan de desarrollo y plan anual de caja.

ARTICULO 12. Prohibiciones para las asociaciones de padres de familia. Les

está prohibido a las asociaciones de padres de familia:

Page 46: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

a. Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de éstos, con destino al

establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas,

formularios, o cualquier forma de aporte en dinero o en especie, o imponer la

obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la

adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la

sentencia T-161 de 1994.

b. Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales,

adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios

propios de la asociación o de miembros de ésta, o en aquellos con los que

establezcan convenios.

c. Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás

organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los

organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del

sector educativo.

d. Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o

se practiquen juegos de azar.

Parágrafo. Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de

familia no podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán

hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro

del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

ARTICULO 14. Prohibiciones para los establecimientos educativos. Les está

prohibido a los directivos, docentes, administrativos y propietarios de los

establecimientos educativos:

a. Exigir a los padres de familia o estudiantes constancias de afiliación o paz y

salvo con la asociación de padres de familia.

b. Imponer a los padres la obligación de afiliación a la asociación de padres de

familia como requisito para adelantar cualquier trámite ante el establecimiento

educativo.

c. Recaudar dineros o especies con destino a la asociación de padres de

familia o cuyo cobro corresponda a ésta.

d. Imponer a los padres o estudiantes la obligación de participar en eventos o

actividades propias de la asociación de padres de familia o actividades que no

estén permitidas en los estatutos.

Page 47: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

e. Limitar o impedir por cualquier medio y bajo ningún pretexto, el ejercicio del

derecho de asociación que tienen los padres de familia.

f. Imponer costos diferentes de los legalmente establecidos por las respectivas

autoridades educativas, o exigir algún pago a través de ésta, para el

establecimiento.

g. Solicitar a las asociaciones contribuciones financieras con destino al

establecimiento educativo o para sufragar gastos de viaje de directivos,

docentes o administrativos del establecimiento.

ARTICULO 15. Inspección y vigilancia. Las secretarias de educación de los

departamentos, distritos y municipios certificados ejercerán la inspección y

vigilancia sobre las asociaciones de padres de familia de su jurisdicción, con el

fin de que cumplan la Constitución, la Ley y sus propios estatutos, y con tal fin

deberán mantener información actualizada sobre la existencia de estas

organizaciones.

La Cámara de Comercio deberá entregar a la secretaría de educación del

departamento, distrito o municipio certificado, copia del certificado de existencia

y representación legal de las asociaciones, ligas, federaciones o

confederaciones de padres de familia en cada oportunidad en la que se

produzcan registros o modificaciones.

FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA

Integrar e impulsar la educación familiar y escolar.

Colaborar con los docentes en lo que corresponda a las seguridad,

moralidad, higiene y bienestar de los estudiantes.

Procurar una coordinación entre padres y educadores, a fin de descubrir

y conocer las inclinaciones y capacidades del educando y orientarlo

hacia su propio desarrollo.

Promover conferencias y demás acciones que redunden el mayor

conocimiento de la comunidad educativa y de la sociedad en general.

Recibir informes personales y directivos sobre las asistencia, conducta y

aprovechamiento de sus hijos e hijas.

Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia,

como apoyo a la función pedagógica que les compete.

Page 48: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su

continua evaluación.

La Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia existente

elegirá dos representantes ante el Consejo Directivo. Uno deberá ser

miembro de la Junta Directiva y el otro miembro del Consejo de Padres

de Familia.

5.6.2. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

De acuerdo al Decreto 1286 de abril 25 de 2005, el Consejo de Padres de

Familia del Colegio Básico Camino de Paz, se regirá de la siguiente manera:

ARTÍCULO 5. Consejo de padres de familia.

El consejo de padres de familia es un órgano de participación de los padres de

familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua

participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del

servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia

por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de

conformidad con lo que establezca el proyecto educativo institucional - PEI.

Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha

de iniciación de las actividades académicas, el rector o director del

establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a

sus representantes en el consejo de padres de familia.

La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año

lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al

menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes

después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

La conformación del consejo de padres es obligatoria y así deberá registrarse

en el manual de convivencia.

Page 49: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

ARTICULO 6. Estructura y funcionamiento del consejo de padres de

familia.

El consejo de padres de familia deberá conformarse en todos los

establecimientos educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que

guarden afinidad con el proyecto educativo institucional y el plan de

mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de

trabajo que acuerde con el rector o director. Los comités podrán contar con la

participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado

por el rector o director para tal fin.

El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no requiere

registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer

cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá

como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por

derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un

padre de familia, elegido por ellos mismos.

Las secretarías de educación apoyarán a los establecimientos educativos para

que se conformen los consejos de padres de familia y solicitarán informes

periódicos sobre su funcionamiento.

ARTICULO 7. Funciones del consejo de padres de familia.

Corresponde al consejo de padres de familia:

a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los

resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de

Estado.

b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las

pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano

para el Fomento de la Educación Superior ICFES.

c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que

organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias

de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de

la cultura de la legalidad.

d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los

objetivos planteados.

Page 50: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a

desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el

afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio

extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y

especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y

concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el

marco de la Constitución y la Ley.

h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y

mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la

detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio

ambiente.

i. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y

promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.

j. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional

que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los

artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.

k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo

del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2

del artículo 9 del presente decreto.

Parágrafo 1. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará

toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus

funciones.

Parágrafo 2. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá

estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y

requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que

comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

Page 51: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

ARTICULO 8. Elección de los representantes de los padres familia en el

Consejo Directivo.

El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el

rector o director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros

treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en

el consejo directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los

padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional.

En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben

ser padres de alumnos del establecimiento educativo.

Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no

podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del

mismo establecimiento en que laboran.

El Consejo de Padres de Familia, como órgano de la Asociación de Padres de

Familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y/o

acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.

El Consejo de padres está integrado por los voceros de los padres de familia

de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la

institución.

ELECCIÓN

La junta directiva de la Asociación de Padres de Familia, de acuerdo con la

rectora, convocara a asambleas de los padres de familia de los estudiantes de

cada grado, en las cuales elegirán para el correspondiente año lectivo a uno de

ellos como vocero. La elección se efectuara por mayoría de votos de los

miembros presentes

Page 52: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

5.6.3 CONSEJO DE ESTUDIANTES

CONSEJO DE ESTUDIANTES

Según el articulo 29 del decreto 1860 de 1994 el Consejo de Estudiantes es el

máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la

participación por parte de los educandos del Colegio Básico Camino de Paz. Si

bien es un organismo dirigido y orientado por los estudiantes y con total

autonomía para tomar decisiones, para organizarse internamente y para

gestionar, deberá presentar ante el Consejo Directivo sus propuestas de

trabajo y planes de acción, para que allí sean conocidos, aprobados y

apoyados, ya que ningún organismo de participación de la institución puede

funcionar desarticulado del Consejo Directivo, que es el máximo organismo de

participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y de

dirección de la institución.

El Consejo de Estudiantes está integrado por un representante de cada uno de

los grados ofrecidos en la institución.

Los estudiantes del nivel de educación inicial, transición y primero serán

representados por un vocero del grado tercero.

FUNCIONES CONSEJO DE ESTUDIANTES

Son funciones del Consejo de Estudiantes del Colegio Básico Camino de Paz:

Darse su propia organización interna. (reglamento, distribución de

cargos, entre otros)

Elegir el representante de las estudiantes ante el Consejo Directivo de la

institución, asesorarlo y vigilarlo en el desarrollo de su función como

representante de los intereses y necesidades de los estudiantes (no de

sus propios intereses).

Impulsar en el estudiantado, la apropiación y práctica del manual de

convivencia.

Invitar a sus reuniones a los estudiantes y demás miembros de la

comunidad educativa que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la

vida estudiantil.

Page 53: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

Identificar con el apoyo permanente de los representantes del grupo, los

problemas o necesidades académicas, de convivencia, de capacitación,

de asistencia, etc., de los estudiantes, luego diseñar proyectos de

trabajo de intervención, orientados a la solución de dichos problemas y

finalmente presentarlos ante los estudiantes, ante organismos del sector

y de la ciudad y especialmente ante los órganos de gobierno escolar

pertinentes ( Consejo Directivo, Consejo Académico y Rector (a), para

que sean autorizados y apoyados en diferentes formas (recursos,

capacitación, asistencia, asesoría).

Darse a conocer ante los estudiantes de las diferentes sedes.

Dar a conocer a la comunidad educativa en forma oral o escrita, las

actividades y proyectos que han desarrollado o planean desarrollar en

beneficio de los estudiantes, por lo menos cada tres meses en el

periódico mural.

Promover la integración entre los diferentes representantes de grupo, la

socialización de las dificultades y fortalezas de los diferentes grupos,

intercambio de iniciativas de acción, entre otras.

Intercambiar frecuentemente con la personera y con el representante al

Consejo Directivo sobre aspectos relativos al bienestar estudiantil en el

Colegio Básico Camino de Paz.

Presentar ante el Consejo Directivo su plan de trabajo para el año con

un cronograma que establezca claramente las fechas y horarios de

actividades, de reuniones ordinarias, de encuentros con representantes

de grupo, etc. para que desde este organismo sean autorizadas desde el

comienzo del año escolar.

Gestionar y buscar talleres y actividades de formación en liderazgo,

gestión de proyectos resolución de conflictos; por intermedio de

organismos del gobierno escolar y otras organizaciones dentro y fuera

de institución. Para fortalecer el equipo de líderes estudiantiles.

En caso de requerir reuniones extraordinarias solicitar autorización

firmada por los coordinadores respectivos, presentando por escrito la

programación de la reunión.

Participar activamente en los procesos de evaluación y veeduría de los

aspectos académicos y disciplinarios y otras que el mismo consejo

Page 54: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

estipule o que les asignen los organismos del gobierno escolar y el

manual de convivencia.

Los miembros del consejo de estudiantes no se les asignaran faltas de

asistencia cuando se encuentren reunidos desarrollando las funciones propias

de su cargo, ya que han sido autorizados por el consejo directivo o por la

coordinación según el caso; esto también aplica para los representantes de

grupo cuando sean citados a estas reuniones.

5.6.4. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Y LAS FUNCIONES

DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Como lo planteado en el artículo del decreto 860 de 1994, el personero de los

estudiantes, es un alumno del último grado, encargado de promover el ejercicio

de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución,

las leyes y el manual de convivencia.

Deberá ser un estudiante del último grado de la institución y será elegido por el

sistema de mayoría simple y mediante votación secreta entre todos los

estudiantes del establecimiento para un periodo de un año. L a fecha de esta

elección, la propone la Secretara de Educación, en caso de no poderse realizar

en la fecha propuesta, el rector de la institución con el Comité de Democracia

Escolar acordarán la fecha conveniente para la realización del evento electoral.

FUNCIONES DEL PERSONERO

Page 55: Manual De Convivencia   Para Combinar[1]

De acuerdo con lo planteado en el artículo 28 del decreto 1860 de 1994 son

funciones del personero de los estudiantes:

Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes

para lo cual podrán utilizar los medios de comunicación interna del

establecimiento,, pedir colaboración del consejo de estudiantes,

organizar foros u otras formas de deliberación.

Recibir y evaluar quejas y reclamos que presenten los educandos sobre

lesiones a sus derechos y a los que formule cualquier persona de la

comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

Presentar en forma respetuosa, ante el rector, las solicitudes de oficio o

a petición de pate que considere necesarias para proteger los derechos

e los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

Cuando lo considere conveniente, apelar ante el Consejo directivo, las

decisiones del rector respecto las peticiones presentadas por su

intermedio.

En el Colegio Básico Camino de paz el personero de los estudiantes en equipo con los representantes de los estudiantes ante el consejo directivo, tendrán también entre sus funciones:Siempre respaldando el conducto regular y el debido proceso que a continuación se señala

Darse a conocer entre los estudiantes de las otras dos sedes. Mantener contacto permanente con los representantes de grupo. Diseñar mecanismos eficientes de comunicación directa con los

estudiantes de todas las sedes, vía buzón de sugerencias, visitas periódicas, entre otros

Liderar las propuestas de planeación, ejecución y evaluación de los proyectos del consejo de los estudiantes.

5.6.5. LA REVOCATORIA DEL MANDATO Y- O DE LA REPRESENTACIÒN.

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En el Colegio Básico Camino de Paz todos los nombramientos que se conceden a estudiantes, profesores, padres de familia y ex alumnos, para participar en el gobierno escolar contemplados en el numeral 5.6 de este manual de convivencia, son susceptibles de revocatoria.

Se consideran causales de revocatoria del mandato o de la representación del cargo los siguientes:

Incumplimiento de las funciones propias del cargo y establecidas en este manual de convivencia.

Incumplimiento del programa de trabajo promesas que presentó por escrito y en forma oral durante el proceso electoral, siendo candidato al cargo.

La falta de asistencia a sin excusa y sin mandar delegado a tres reuniones seguidas o no, del organismo del cual forma parte, o la inasistencia a cinco reuniones seguidas o no, con o sin excusa, o con y sin delegado. Los delegados deberán ser candidatos a los diferentes cargos, que obtuvieron votaciones inferiores a la suya, en el orden descendente. En efecto deberán ser miembros del mismo estamento, grado o grupo al cual representa.

Incurrir e una falta grave o gravísima contemplada en este manual.

El procedimiento para la revocatoria del mandato de una representación o de un cargo será el siguiente:

Solicitud escrita de uno o varios miembros de la comunidad ante el comité de Democracia Escolar del Colegio Básico Camino de Paz.

Análisis del caso en dicho comité, el cual definirá si la solicitud amerita llamado de atención o revocatoria del cargo.

En caso del que el comité considere que hay meritos para proceder a una revocatoria, se procederá a recoger firmas o a convocar al organismo que eligió a dicho representante, para poner en consideración la propuesta, la cual deberá ser aprobada por una cantidad de votos o de firmas, de la mayoría la mitad más uno, de los electores que votaron por el representante en cuestión

6. ESTIMULOS, DERECHOS Y DEBERES

6.1 ESTIMULOS

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6.1.1 DEFINICIÒN

Acción por la cual se valora y motiva a los integrantes de la comunidad educativa (Directivos, docentes, padres de familia, personal de apoyo logístico y estudiantes), a seguir actuando en forma positiva.

El Colegio Básico Camino de Paz, propende por la formación integral de los estudiantes y resalta en la comunidad educativa: el esfuerzo, la constancia, el excelente comportamiento, el buen desempeño académico, administrativo, deportivo, cultural y comunitario.

6.1.2. 1. COMPORTAMIENTOS DIGNOS DE VALORAR EN LOS ESTUDIANTES

La adecuada presentación personal, la puntualidad y la participación correcta en actos dentro y fuera de la institución.

El respeto, el diálogo, la solidaridad, el civismo, el compañerismo y la participación.

La excelencia académica y disciplinaria.

El esfuerzo y el deseo de superación.

La sensibilidad ecológica expresada en el cuidado de la naturaleza, en los enseres y planta física de la institución.

La participación responsable en eventos o proyectos deportivos, académicos, culturales, artísticos y comunitarios dentro y fuera de la institución, mejorando la imagen y el buen nombre del Colegio Básico Camino de Paz.

La capacidad de iniciativa, la creatividad e innovación en los distintos campos del saber de la vida social.

La capacidad de liderazgo estudiantil positivo.

6.1.2.2 COMPORTAMIENTOS DIGNOS DE VALORAR EN LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES.

Puntualidad y responsabilidad en el desempeño de las actividades laborales.

Sentido de pertenencia y colaboración por la institución.

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Capacidad de gestión, creatividad e innovación en el desempeño pedagógico y directivo.

Liderazgo y crítica constructiva que conlleve al mejoramiento de la institución.

La participación responsable en eventos o proyectos deportivos, académicos, culturales, artísticos y comunitarios dentro y fuera de la institución mejorando la imagen y el buen nombre del Colegio Básico Camino de Paz

La capacidad de generar y ser participe de una adecuada interacción dentro de la comunidad educativa.

Cartas alusivas al buen desempeño, integraciones en espacios no académicos entre docentes y directivos, cuadro de honor en el que resalte el docente del mes.

6.1.2.3 COMPORTAMIENTOS DIGNOS DE VALORAR EN LOS PADRES DE FAMILIA

Acompañamiento activo y constante en el proceso formativo de los hijos.

Participación en los eventos formativos planeados por la institución.

El respeto y el trato amable con los integrantes de la comunidad educativa.

El liderazgo positivo propendiendo al mejoramiento institucional.

El respeto por las normas institucionales, el conducto regular y el debido proceso.

La participación activa en los procesos de organización y desarrollo institucional.

6.1.2.4 COMPORTAMIENTOS DIGNOS DE VALORAR EN EL PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATIVO Y LOGÌSTICO

Buen desempeño y cumplimiento en sus labores.

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Trato amable con los miembros de la comunidad educativa.

Sentido de pertenencia hacia la institución.

La participación activa en los procesos de organización y desarrollo institucional.

La capacidad de gestión en beneficio de la comunidad educativa desde el área de intervención en la fundación.

6.1.3 TIPOS DE ESTIMULOS

6.1.3.1 ESTIMULOS A ESTUDIANTES

Izada de bandera como reconocimiento al espíritu de superación además del esfuerzo académico y disciplinario.

Diplomas, placas o menciones de honor como reconocimiento al esfuerzo y aprovechamiento académico, disciplinario, valores, liderazgo entre otros.

Informe a los padres de familia sobre la práctica positiva consignada en el observador del estudiante (En aspectos académicos y disciplinarios

Ser destacado en actos comunitarios y sociales con la posibilidad de representar al Colegio Básico Camino de Paz, en actividades deportivas, recreativas y culturales.

Ser respaldado por la institución en forma parcial, para asistir a eventos de índole académico, cultural, deportivo y/o recreativo.

Trofeo o medallas como reconocimiento por su participación deportiva, cultural o en cualquier otro espacio.

Dar el cargo de monitor de área al estudiante cuyo desempeño sea excelente.

Consignar en el observador los aciertos y cualidades.

Otros estímulos que establezcan los directivos, docentes padres de familia de los estudiantes tales como: El mejor compañero, el mejor deportista, el mayor sentido de colaboración, el cumplimiento de los deberes.

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Dotación del paquete estudiantil si hubiere disponibilidad presupuestada.

6.1.3.2 ESTIMULOS A DIRECTIVOS Y DOCENTES

Oportunidad de capacitación en temas de interés.

Mención de honor y/o placas de reconocimiento por diferentes méritos.

Ser postulados para cargos de directivos y hacer carrera administrativa..

Ser nominados para premios y reconocimientos otorgados por otros organismos.

6.1.3.3 ESTIMULOS A PADRES DE FAMILIA

Capacitación a los padres de familia del Colegio Básico Camino de Paz.

Reconocimiento en público y menciones de honor por diferentes meritos.

6.1.3.4 ESTIMULOS A PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATIVO Y LOGÌSTICO

Se entiende como personal de apoyo logístico: aseadoras y vigilantes.El personal de apoyo administrativo son: las secretarias, tesorero, contador, etc.Si bien según la ley no son integrantes de la comunidad educativa, si son personas que están al servicio de la institución y como parte activa del proceso de construcción colectiva que es la institución, podrán ser estimulados mediante:

Mención de honor y publicación en los medios masivos de información con que cuente la institución.

6.2 DERECHOS

6.2.1 DEFINICIÒN

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Se entiende por derecho el conjunto de acuerdos y criterios que le permiten a la comunidad educativa el pleno desarrollo de sus potencialidades individuales y sociales y su crecimiento personal a través de las relaciones establecidas a lo largo de su vida. Todo derecho implica un deber con el otro y con la comunidad educativa.

6.2.2 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación y la cultura, el descanso y la recreación, la libre y respetuosa expresión de la opinión y la integridad moral.

Recibir información oportuna en todo momento, sobre la filosofía, el proyecto educativo institucional, la visión, la misión, los objetivos, el manual de convivencia y demás normas de la institución, así como a participar en su modificación, de acuerdo con sus competencias y facultades.

Conocer y analizar los compromisos que asumen con la institución así como las normas que deben acatar, respetar y difundir por su calidad de estudiantes.

Recibir orientación y asignación de tareas cuando se requieran para la superación de las insuficiencias académicas y/o de comportamiento.

Tener un debido proceso ante las faltas de disciplina siendo conocedor y partícipe del mismo, su acudiente.

Recibir un trato respetuoso y digno por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

Encontrar en el personal docente un verdadero testimonio de vida, competencia profesional, responsabilidad pedagógica, actitud ética, presentación de actividades significativas y evaluación de procesos.

Contar con la asesoría formativa, psicológica, disciplinaria y académica en el momento que lo requiera, recibiendo en igualdad de condiciones las orientaciones necesarias para su formación integral.

Formular sus propios proyectos tanto personales como grupales, que beneficien a la comunidad educativa.

Elegir y ser elegidos para los cargos en los que puedan representar al estudiantado en el gobierno escolar. De igual manera los postulados tendrán derecho a buscar la capacitación necesaria para el desempeño eficiente de sus funciones y proyectos y a ser apoyados por la institución en estos procesos.

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A revocar el mandato, en caso de que las personas elegidas no ostenten una representación digna, de acuerdo con los compromisos adquiridos con sus electores, como el personero o personera y los representantes al consejo estudiantil y al consejo directivo.

Expresar en forma libre y responsable sus inquietudes y manifestaciones personales, sin contravención de las normas y usos de la sana convivencia.

Poder hablar, ser escuchados y atendidos en el momento oportuno y adecuado sin ninguna discriminación. (Por el ente institucional correspondiente, los reclamos que consideren oportunos, en forma coherente y justificada cuando se presenten situaciones conflictivas).

Tener una programación racional de actividades tanto académicas como culturales y de tiempo libre.

Disponer de los medios básicos que favorezcan el logro de los objetivos académicos como son: tiempo, método, materiales y demás recursos curriculares y extracurriculares.

Disfrutar de un ambiente de tranquilidad, sano y agradable que les permita ser felices.

Participar en diferentes grupos institucionales que promuevan el desarrollo personal y la proyección comunitaria.

Recibir una formación e información íntegra e imparcial en todas las asignaturas, de tal manera que estimulen la creatividad y la originalidad.

A que se le tengan en cuenta las excusas por ausencias y retardos, justificadas por el acudiente.

Los estudiantes tendrán la posibilidad de recuperar los logros evaluados durante sus incapacidades médicas.

A que analicen las excusas que justifiquen impedimentos para la no realización de determinadas tareas pedagógicas, tratando de hallar las alternativas correspondientes.

A que sus inquietudes orales y escritas sean atendidas y resueltas por los docentes, directivos docentes y organismo del gobierno escolar, en un horario o plazo claramente establecido

Destacar sus valores intelectuales, morales y méritos de cualquier índole, en actos cívicos y culturales.

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A ser motivados cuando tienen talentos especiales.

Recibir orientación y apoyo por parte de los servicios de psicología y trabajo social cuando lo amerite.

Conocer las anotaciones que acerca de su comportamiento hagan: docentes, directores de grupo, coordinación, rectoría y el consejo directivo, en el observador del estudiante, para hacer los descargos sobre las observaciones respectivas.

A la promoción anticipada de acuerdo con la ley y la reglamentación establecida por la Comisión de Evaluación y Promoción.

Al reingreso al mismo grado ante la insuficiencia de logros cuando existan las siguientes condiciones:

1. Disponibilidad de cupos. 2. Que sea primer reingreso al mismo grado. 3. Que haya asimilado y cumplido las normas establecidas en este manual de convivencia y el contrato firmado en el momento de renovar su matrícula, aceptando la educación como derecho-deber. 4. Que haya presentado solicitud de reingreso en los plazos establecidos

por la institución para la adjudicación de cupos.

7.2.3 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

No ser discriminados por aspectos políticos, sociales, religiosos y raciales.

Ser escuchados y atendidos comedidamente por directivos, docentes y equipo interdisciplinario en los horarios establecidos por la institución y dados a conocer a los padres de familia con anterioridad.

Participar en los diferentes comités, consejos, comisiones, asociaciones, entre otros, de acuerdo con la legislación vigente.

Recibir orientación y apoyo de directivos y profesores, tendientes a la formación de sus hijos.

Ser informados oportunamente sobre los progresos y/o dificultades académicas o disciplinarias de sus hijos.

Tenerles en cuenta y respetarles sus sugerencias y opiniones en las diversas actividades realizadas en la institución.

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Participar en la solución de los problemas que se presenten con sus hijos de conformidad con las leyes y el manual de convivencia.

Obtener información oportuna sobre las diferentes normas que tienen que ver con la formación de sus hijos.

Participar en la elaboración de planes, programas, proyectos, reglamentos, reconstrucción del manual de convivencia, PEI, entre otros, de la institución.

Reclamar para sus hijos una formación que este de acuerdo con sus principios.

Exigir una alta calidad académica en la formación de los estudiantes, de conformidad con lo establecido en el PEI.

7.2.4 DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES

El colegio Básico Camino de Paz, mediante este manual de convivencia se declara profundamente respetuoso de los derechos que los docente disfrutan en virtud de su doble condición de ciudadanos y educadores; por lo tanto, se acogen aquí los derechos fundamentales consagrados en capitulo I, del titulo II de la constitución política de Colombia y los derechos establecidos en la sección primera del capitulo V del decreto 2277 de 1979. De tales normas se hacen las siguientes alusiones:

Derecho a la libertad de consciencia y de creencias (articulo 18. Constitución política).

Derecho a su intimidad personal y familiar (articulo 15. Constitución política)

Derecho al libre desarrollo de su personalidad( articulo 16 . constitución política)

Derecho a la libertad de expresión y difusión de sus opiniones y forma de pensar (articulo 20 constitución política).

El colegio garantiza además de los anteriores ítems legales, otros de tipo institucional que velan por el buen desarrollo del docente como ser individual institucional y social, tales como:

Recibir oportunamente la remuneración correspondiente a su cargo.

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Recibir capacitación y actualización profesional para mejorar el proceso educativo.

No ser discriminado por razón de sus creencias políticas y religiosas.

Solicitar y obtener permisos y licencias de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y el reglamento interno del colegio.

Recibir oportunamente los implementos necesarios para el desempeño de su cargo.

Ser respetado como persona, disfrutando de los servicios y beneficios que la comunidad le brinda.

Reclamar, cuando se atente contra sus derechos fundamentales, contemplados en la constitución Nacional.

Recibir información en forma oportuna de todo lo relacionado con el que hacer pedagógico y el código sustantivo del trabajo.

Disfrutar de un ambiente adecuado dentro de la institución.

Representar y ser representado ante el consejo directivo, consejo académico, asociación de padres de familia y comité de protección de infancia y adolescencia.

A ser ubicadas en su respectiva área o especialidad al asignar la carga académico, según la disponibilidad y necedades de la institución.

A ser respetados en su intimidad personal y familiar, a tener un buen nombre dentro y fuera de la institución; a ser respetados en su integridad física y moral y a que se le llame por su nombre.

A equivocarse y enmendarse, sin ser censurado por parte de los miembros de la comunidad educativa, disfrutando de un dialogo formativo y de la posibilidad de acudir a instancias superiores, siguiendo los conductos regulares cuando sea necesario.

Que se llame la atención en privado, en caso necesario, y a conocer el resultado su evaluación personal en forma oportuna.

A no ser desautorizado públicamente delante de los estudiantes, padres de familia o compañeros.

A intervenir en los asuntos que afectan la institución.

A recibir un salario justo y estímulos apropiados a su capacitación y desempeño profesional.

A tener espacios, lugar y tiempo para reflexionar e interiorizar y planear

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de acuerdo su labor pedagógica y profesional.

Tener acceso a permisos para ausentarse de la institución cuando la situación lo amerite.

Dispones de recursos didácticos y físicos que se requieran para un mejor desempeño de su labor.

Recibir el debido proceso en caso de seguimiento disciplinario y/o administrativa.

A conocer las funciones especificas que tiene como directivo y docente.

A que se respeten los planes de trabajo estipulados inicialmente, sin cambios improvisados o a última hora.

A que el personal nuevo que ingrese a la institución, sea capacitado oportunamente en sus deberes, derechos y funciones. Es decir, que tenga un proceso de inducción.

Recibir por parte de las directivas espacios y actividades que lleven al docente a la integración y al descanso físico y mental.

Recibir un acompañamiento permanente y una corrección fraterna en forma directa, privada y oportuna en los momentos de dificultad, atendiendo al proceso del conducto regular.

7.2.5 DERECHOS DEL PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATIVO Y LOGÌSTICO

A ser respetados y al buen trato.

Derecho al buen nombre.

A participar de las actividades lúdicas y sociales de la institución.

A que se le respete el horario de trabajo.

A los estímulos por parte de la institución.

A los permisos pertinentes.

A ser escuchados.

Al debido proceso en toda actuación.

7.3 DEBERES

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7.3.1 DEFINICIÒN

Se entiende por deberes el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades que todo individuo debe cumplir en el ámbito familiar, comunitario y social, para una continua búsqueda de la sana convivencia con las diferentes personas que lo rodean.

7.3.2 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

Cumplir con los principios y normas del manual de convivencia escolar, puesto que este tiene el carácter de disposición legal que regula el contrato de matrícula.

Dar justificación oportuna y veraz a la impuntualidad y/o inasistencia, respaldando el procedimiento con la firma de padres o acudientes, o bien anexar certificado médico en caso de enfermedad (Artículo 313 y 314 del código del menor).

Abstenerse de ingresar a la sala de profesores, oficinas y a las demás dependencias sin la debida autorización.

Utilizar el diálogo como primer instrumento básico para solucionar cualquier inconveniente académico y seguir el debido proceso en dichos eventos.

Presentar en la portería la autorización para salir de la institución, firmada por la Rectora o Coordinadora Académica, el cual la concederá solo en caso de fuerza mayor.

Hacer descargos y firmar las observaciones que se realicen en la carpeta de seguimiento disciplinario y de valoración.

Hacer buen uso del restaurante, dar buen trato a los empleados y encargados, organizarse en filas, respetando el turno y utilizando las canecas de basura.

Cumplir oportunamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que se le asignen, evitando la copia, el plagio y alteraciones en documentos institucionales.

Portar con dignidad, responsabilidad y orden el uniforme de la institución camisa por dentro del bluyín para los hombres y yomber encima de la rodilla para las niñas , demostrando sentido de pertenencia en todos los momentos y actos que lo requieran

Mantener el orden durante los descansos, evitando juegos bruscos y otros actos que vayan en contra de las normas establecidas y de un ambiente tranquilo y agradable.

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Estar representado por un acudiente mayor de edad que pueda cumplir y responder con los compromisos que le corresponden como responsable directo del estudiante frente a la institución.

Comprometerse, al igual que sus padres y/o acudientes y demás miembros de la comunidad educativa, a cumplir con las disposiciones de la Secretaría de Educación Municipal, el MEN, con el manual de convivencia, el Código del Menor, la Ley General de Educación, la Constitución Nacional, La ley de infancia y adolescencia y todas las disposiciones legales que estén vigentes en materia educativa

Conocer y respetar las distintas expresiones culturales, los símbolos patrios, institucionales, religiosos y culturales.

Concentrarse durante las clases, fomentando un ambiente tranquilo que favorezca la escucha y el aprendizaje.

Dar el trato adecuado a los muebles, enseres, instalaciones, libros y todo elemento de la institución, de los compañeros y personales.

Manifestar respeto por la comunidad educativa y la institución, apartando toda conducta dañina. (Como insultar, poner apodos, ofender, buscar o consumir dentro de la institución, cigarrillos, drogas, estupefacientes o licor, no portar o utilizar armas, ni material pornográfico). (Artículo 235 y 335 del Código del Menor).

Conservar siempre una presentación personal basada en la limpieza.

Permanecer dentro del aula ordenadamente en las horas de clase cuando por algún motivo falte el profesor, colaborando y acatando las observaciones e indicaciones del representante de grupo y/o monitor de la asignatura.

Llevar oportunamente a padres o acudientes la información que se le envía por intermedio de citaciones y boletines académicos.

Contribuir al aseo, mejoramiento y embellecimiento de la planta física, canchas, patios y demás espacios institucionales, para disponer de unos lugares sanos, agradables y estéticos en todo momento.

Evitar cualquiera agresión física y/o verbal contra otros, dentro y fuera de la institución.

Excluir como elementos apropiados para utilizar en clase: radios, celulares, grabadoras, radiocasete portátil y otros elementos que no estén de acuerdo con el carácter educativo de las actividades dentro del aula.

Respetar y hacer respetar la institución, descartando la utilización de las mallas o puertas de la institución hacia la calle para recibir visitas de

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parientes o amigos o sostener charlas ocasionales por esos mismos sitios.

Ser leal con la Institución y su filosofía, proyectando la mejor imagen de ella y evitando participar en todo tipo de comentarios que vayan en detrimento suyo o de alguna de las personas que lo conforman y manejando prudentemente relaciones de noviazgo dentro de la institución.

Evaluar la idoneidad y la competencia de los educadores, de una manera seria, responsable y efectiva.

Abstenerse de portar dentro de la institución asesorios no acordes con el uniforme: Pirsin, para ambos sexos y aretes en el caso de los hombres entre otros.

Utilizar un maquillaje suave y moderado tanto para el rostro como para las uñas de las manos en el caso de las niñas, y un corte moderado para los hombres, además no llevar tonos fuertes en el color del cabello para ambos sexos.

7.3.2 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Cumplir oportunamente con el pago de costos educativos del estudiante, el restaurante y demás responsabilidades económicas que le corresponden.

Ser respetuosos en el trato con todos los miembros de la comunidad educativa.

Estar pendiente de que sus hijos (as) no lleven a sus casas elementos que no sean de su pertenencia como: mochilas, buzos, bolígrafos, libros, juguetes, entre otros, si se presenta el caso devolverlos al docente encargado.

Asistir con una adecuada presentación personal a los llamados que haga la institución, propendiendo así a la sana convivencia.

Evitar comentarios que atenten contra la integridad del docente y el buen nombre del colegio.

Suministrar a los hijos e hijas o acudidos las experiencias y medios que garanticen su educación integral, así como su buen desempeño académico.

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Matricular a sus hijos en forma oportuna y presentando toda la documentación y registros necesarios.

Solicitar previamente por escrito las citas para dialogar con las directivas y docentes según el horario estipulado.

Asistir puntualmente a las reuniones y citaciones ordinarias y extraordinarias que se programen en la institución.

Responder por los daños que el hijo y/o el estudiante a cargo haga en la institución.

Seguir el conducto regular cuando se presente alguna dificultad académica y/o comportamental con sus hijos(as) y/o estudiantes a cargo, mostrando en todo momento, una actitud de respeto, tolerancia y dialogo reflexivo.

Informar oportunamente sobre las limitaciones y/o dificultades que tengan sus hijos(as) y/o estudiantes a cargo que puedan interferir en el proceso académico.

Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos(as) a clase y a los actos programados por la institución, justificando por escrito de manera clara y oportuna las ausencias o retardos.

En caso de retiro, cancelar la matricula o contrato en forma oportuna, informando sobre las causas que lo motivan.

Comunicar al director de grupo y secretaria en forma oportuna cualquier cambio de residencia, número telefónico, o datos de interés para la institución.

NOTA: Los padres de familia o acudientes, al firmar la matricula están aceptando los contenidos del presente manual de convivencia.

6.3.4. DEBERES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES

Cumplir con los requerimientos laborales acatando las normas expedidas por las autoridades competentes, el Estatuto Docentes, la Ley general de educación y la Constitución Política de Colombia.

Permanecer en el aula durante la clase en el caso de los docentes.

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Ser tolerante y democrático con todos los miembros de la comunidad, sin discriminación por razones de raza, credo, sexo, posición social, política o filosófica.

Aplicar los correctivos a que den lugar los análisis y evaluaciones de los procesos educativos.

Cumplir a cabalidad con la jornada laboral, solicitando en forma escrita permisos para ausentarse del establecimiento con causa justa. Justificar la inasistencia y los retrasos para cumplir con sus labores, presentar descargos y reclamaciones siguiendo siempre el conducto regular.

Informar de manera oportuna a los padres de familia o acudientes sobre los logros y dificultades de los estudiantes en cuanto a su desempeño académico y comportamental.

Velar por la conservación de los documentos, útiles, muebles y bienes que le sea confiados.

Acompañar al alumno en su proceso de formación integral en todo momento.

Trabajar en equipo y con sentido comunitario.

Fortalecer su sentido de pertenencia.

Respetar el conducto regular y privilegiar el diálogo y la escucha en la solución de conflictos.

6.3.5. DEBERES DEL PERSONAL DE APOYO ADMINISTRATIVO Y LOGÌSTICO.

Cumplir con eficiencia sus funciones de acuerdo a las indicaciones de sus jefes inmediatos.

Notificar cualquier irregularidad que se presente en la institución. Mantener las instalaciones en buenas condiciones de higiene y

mantenimiento. Dar buen trato a los miembros de la comunidad educativa y en

especial a lo alumnos. Exigir permiso firmado por la Rectora o Coordinadores a los

estudiantes que se vayan a retirar de la institución. Colaborar y controlar el ingreso de los estudiantes a la institución y

cualquier situación de emergencia que se presente. Informar de cualquier anormalidad a los coordinadores de la

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institución.

7. COMPORTAMIENTOSCONSIDREADOS COMO FALTAS QUE AFECTEN LA CONVIVENCIA

ESCOLAR

Se consideran como faltas que afecten la convivencia escolar y por lo tanto dan lugar a la aplicación de correctivos pedagógicos y/o a la imposición de sanciones disciplinarias: 1. La omisión o incumplimiento de los deberes.2. El abuso o extralimitación de los derechos, funciones y poderes.3. La incursión en las prohibiciones, impedimentos, inhabilidades y

conflictos de intereses; causando daño a personas y elementos de la institución, que puedan ser leves, graves o gravísimas, y perturban la tranquilidad, deterioran la confianza, destruyan el tejido social estropean el ambiente escolar e impidan una relaciones armónicas, que son el fundamento de la convivencia dentro de la comunidad educativa. En el Colegio Básico Camino de paz, las faltas que afectan la convivencia escolar se han clasificado en leves, graves y gravísimas. Según el tipo de faltas que se cometa, habrá un correctivo pedagógico y/o un procedimiento sancionatorio diferente.

7.1 FALTAS LEVES QUE AFECTAN LA DISCIPLINA Y/O CONVIVENCIA ESCOLAR

Son consideradas faltas leves todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Se denominan así, por que son practicas que no ayudan al mantenimiento del orden colectivo y dificultan la creación de hábitos de estudio, organización y de respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa y del entorno.

No asistir a las clases y demás actos comunitarios sin excusa escrita del padre de familia o médico.

La impuntualidad a los actos donde se requiera su asistencia. Ocasionar cualquier tipo de interferencia en el desarrollo de las

actividades académicas o actos comunitarios. Dirigirse o responder a cualquier miembro de la comunidad educativa

con palabras, gestos altaneros, agresivos e irrespetuosos. Faltas de cuidado con la higiene personal, el aseo y limpieza de la

Institución.

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Realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos y académicos asuntos diferentes a los que corresponden.

Presentarse al establecimiento sin el uniforme, llevarlo de forma inadecuada sin excusa justificada.

Escribir o rayar las paredes, baños, sillas y demás enseres del colegio. Portar, distribuir o mostrar material pornográfico que afectan la

convivencia Iniciar el desorden y el desaseo en la Institución Educativa arrojando

basuras al piso o a cualquier lugar diferente a los recipientes para tal efecto.

Irrespetar la personalidad de los miembros de la comunidad educativa y a la individualidad mediante apodos, burlas, comentaros ofensivos o de cualquier otra forma.

Crear falsas alarmas logrando pánico colectivo. Dedicarse a juegos de azar dentro del establecimiento educativo. Irrespetar, ultrajar o menospreciar intencionalmente los símbolos patrios

o de la Institución Educativa como (Himno, bandera, escudo.) Expresar el afecto y sensualidad de manera exagerada dentro de la

Institución. Generar desorden e irrespetar el turno en espacios de uso comunitario,

(restaurante, salones, baños) Ingresar sin autorización a las dependencias como , rectoría, secretaria,

sala de profesores, restaurante, coordinación ) Permanecer por fuera del aula o ausentarse sin autorización del

docente. Generar indisciplina dentro del aula o institución educativa lanzando

agua y/o objetos como papeles, frutas, borradores, entre otros.

Faltas leves cometidas reiteradamente (5) se convierten en faltas graves.

7.2. FALTAS GRAVES QUE AFECTAN LA DISCIPLINA Y/O CONVIVENCIA ESCOLAR.

Son consideradas faltas graves aquellas que atentan contra los principios institucionales. Así mismo, cinco (5) residencia en las faltas leves.Son conductas que merecen ser censuradas y sancionadas:

Acumular cinco amonestaciones escritas en el observador, en el transcurso del año lectivo, por reincidir en la misma falta leve o en faltas leves diferentes. (2 días de suspensión).

Agredir de hecho o de palabra o realizar cualquier acto de intimidación a cualquier miembro de la institución dentro o fuera de la institución. (2 días de suspensión)

El fraude o intento del mismo en cualquier circunstancia o evento que comprometa la institución. ( 2 días de suspensión)

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Alterar o falsificar documentos, calificaciones o certificados de estudios. (3 días de suspensión)

Atentar contra equipos, muebles, enseres y planta física del establecimiento. (1 día de suspensión, reparación y/o pago del daño).

La apropiación de bienes ajenos con o sin violencia. A si mismo el encubrimiento y complicidad en este comportamiento. (3 días de suspensión).

Realizar cualquier acto que atente contra el derecho a la convivencia pacifica. (1 día de suspensión).

Consumir alguna sustancia psicoactiva fuera de la Institución portando el uniforme. (1 día de suspensión).

Realizar y organizar excursiones, bailes, rifas, bingos y otras actividades en nombre de la institución sin previo aviso. (3 días de suspensión).

Agredir y/o maltratar verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. (2 días de suspensión).

Hacerse suplantar por un compañero, o cualquier persona o suplantar a los acudientes con el fin de evadir responsabilidades académicas y/o disciplinarias. ( 3 días de suspensión).

Presentarse a la Institución bajo los efectos del alcohol o sustancias alucinógenas. (1 día de suspensión) .

Tener relaciones sexuales dentro de la Institución. (3 días de suspensión).

Inducir, manipular u obligar a otra persona a realizar actos indebidos de cualquier tipo. (3 días de suspensión).

Dejar de asistir a la Institución sin autorización de su acudiente o ausentarse del establecimiento sin autorización. (1 día de suspensión).

Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas deteriorando el buen nombre de la Institución. (3 días de suspensión).

Las faltas graves cometidas reiteradamente tres (3) se convierten en gravísimas

7.3. FALTAS GRAVÍSIMAS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA Y/O LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Son consideradas faltas gravísimas todas aquellas actitudes personales que causan daño gravísimo a los valores individuales y colectivos además todos aquellos delitos contemplados en la ley penal colombiana

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Cometer por tercera vez una falta grave igual o diferente a la primera.

Consumir o traficar, dentro o fuera de la institución con cigarrillos, marihuana, bazuco. Cocaína, LDS, poper, sacol o cualquier otra sustancia dañina para la vida, o inducir al vicio a cualquier miembro de la comunidad.

Guardar, portar y traficar con armas(navajas, cuchillos, o demás armas corto punzantes), explosivos o cualquier otro elemento peligroso.

Formar o hacer parte de bandas o pandillas con fines morales o destructivos, de soborno, chantaje o extorsión.

Amenazar de hecho o de palabra a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo y / o asonada al interior de la Institución pretendiendo conseguir en forma tumultuosa y violenta, cualquier fin.

Incumplir( un contrato pedagógico –disciplinario) previamente firmado con acudiente y Rector.

Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad educativa Fomentar y o participar dentro de la institución en actividades que

afecten la integridad física y o psicológica de los estudiantes. Cualquier acto que de una u otra forma atente contra el derecho a

la vida. Incurrir en delitos sancionados por la ley penal colombiana

7.4. ENFOQUE DE LOS PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS

Sanción es el proceso correctivo que se establece para los miembros del Colegio Básico Camino de Paz que inflijan las normas, establecidas entre todos en el Manual de Convivencia. Las sanciones se aplican de acuerdo con la gravedad de la falta cometida. El espíritu del manual de convivencia es motivar inicialmente al estudiante para que sepa regularse a sí mismo y pueda convivir pacífica, solidaria y constructivamente con las otras personas. Cuando este objetivo no se logra mediante el proceso formativo y el diálogo, se hace necesario implementar unos correctivos pedagógicos y unos procedimientos sancionatorios, para asegurar la convivencia escolar y el cumplimiento de los objetivos sociales y académicos de la institución, puesto que los intereses colectivos; el derecho de los ciudadanos a la educación y a un ambiente escolar tranquilo, están por encima de las limitaciones y dificultades personales que le impidan a un individuo respetar las normas mínimas de convivencia.

En todo caso, se le garantiza a todo miembro de la comunidad educativa, un debido proceso y el derecho a la defensa. Nadie podrá ser sancionado en el Colegio Básico camino de paz, sin que se le haya brindado la posibilidad de una defensa y las garantías del debido proceso

7.5. GARANTÍA DE DEFENSA Y DEBIDO PROCESO

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Para asegurar la justicia en los procedimientos sancionatorios, se deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

1. Presumir la inocencia

2. La duda debe resolverse a favor del investigado

3. Debe ser tratado con el respeto debido

4. Calificación de la falta (leve, grave, gravísima)

5. Derecho a la igualdad en el proceso

6. Notificación de cargos al investigado

7. Derecho a hacer los descargos correspondientes

8. Comunicación del proceso a todas las instancias

9. Respeto de los conductos regular

7.5.1. CONDUCTO REGULAR:

El estudiante, padre de familia o acudiente, para sus reclamos por cualquier tipo determinación que considere injusta, debe tener en cuenta el siguiente conducto regular:

Diálogo con el profesor que conoció y manejo la situación. Cuando se agote esta instancia y no hubiese solución adecuada o aceptada por las partes, se pasa al Director de Grupo.

Diálogo con el Director de Grupo. Si en esta instancia no se ha dado solución, se pasa al Coordinador Académico si el problema es de orden académico o si es de orden Disciplinario al Rector.

Diálogo con el coordinador. Habiéndose agotado esta instancia sin solución del problema, se pasa a Rectoría.

Diálogo con el Rector. Si el problema continúa sin solucionarse o el interesado no ha sido escuchado, se acude al Comité de Evaluación.

Comité de Evaluación. Si en esta instancia no se ha resuelto el problema, se acude al Consejo Directivo.

Consejo Directivo. Si el problema no ha sido solucionado en el plantel, se acude a las autoridades educativas (Núcleo Educativo, Secretaria de Educación), civiles o penales según el caso.

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7.6. CORRECTIVOS PEDAGÒGICOS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS Y ACADÈMICAS EN EL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ

A continuación se expondrán los criterios, las competencias, los términos o tiempos para presentar cargos, hacer los descargos y el debido proceso; al momento de aplicar los correctivos pedagógicos y sanciones disciplinarios, cuando se cometan las faltas leves, graves o gravísimas que se han establecido en este manual de convivencia.

7.6.1. CRITERIOS INSTITUCIONALES FRENTE A LOS CORRECTIVOS

Al realizar los procesos correctivos pedagógicos y/o las sanciones disciplinarias se deben tener en cuenta los siguientes criterios:

Cometer errores y faltas no es ejercicio exclusivo de los estudiantes, es un rasgo de la condición humana en todas las edades y nuestra tarea como comunidad educativa, ayudarnos y corregirnos mutuamente, para que podamos mejorar como individuos, como familias, como institución y como sociedad. Las faltas leves, graves y gravísimas consideradas en este manual, están referidas y aplican a todos los miembros de la comunidad educativa.

Como Institución educativa, tenemos la responsabilidad social de enfrentar en forma más inteligente que otras instituciones sociales, de modo más respetuosa, solidario, crítico y creativo; las problemáticas y los procedimientos correctivos y/ o sanciones disciplinarias, para lograr que los errores y las fallas que los miembros de la comunidad educativa cometamos, se constituyan en oportunidades para todos reflexionar, cultivarnos como mejores seres humanos, desaprender las violencias, reivindicarnos y crecer, y no en motivos de discriminación, señalamiento y exclusión del proceso educativo y comunitario. La exclusión y la marginación, no construyen, ni al individuo, ni a la familia, ni a la comunidad del sector, ni a la ciudad, ni al país

Es importante diferenciar faltas y procesos disciplinarios, de las faltas y sanciones académicas, para no mezclar estos dos asuntos, afectando lo académico cuando se trata de sancionar problemas disciplinarios o viceversa, cayendo en el error de castigar doblemente. Las faltas disciplinarias son aquellas que atentan contra el ambiente escolar, deterioran las condiciones de tranquilidad y orden que se requieren para llevar a cabo una actividad académica. Entre tanto las faltas académicas, producto de dificultades en el aprendizaje o en la motivación frente este, entorpecen el proceso de desarrollo intelectual del estudiante, sin afectar el trabajo colectivo, ni el ambiente escolar.

Deben respetarse las competencias, los términos y el debido proceso establecidos en este manual, al momento de aplicar correctivos pedagógicos y/o sanciones disciplinarias.

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Todos los correctivos pedagógicos y sanciones disciplinarias que se apliquen a un estudiante en forma escrita, deben estar consignadas en la hoja del observador del grupo que le corresponde al estudiante. Estos observadores de cada grupo, como evidencia que son de los procesos escolares individuales, y como parte de la memoria colectiva

7.6.2. COMPETENCIAS, TÈRMINOS Y PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS PARA CORREGIR Y SANCIONA FALTAS COMETIDAS POR ESTUDIANTES

7.6.2.1. FALTAS LEVES: COMPETENCIAS, TÈRMINOS Y PROCEDIMIENTOS DE SANCIÒN

1. Sanciones aplicables: Amonestación oral, acciones de reivindicación y reparación de falta, correctivos pedagógicos, amonestación escrita en el observador.

2. Competencias: Atender este tipo de situaciones es tarea de quienes reciben la denuncia, hecha por algún miembro de la comunidad educativa o son testigos de la falta, sean docentes, directivos de grupo y o directivos.

3. Términos o períodos de tiempo estipulados para atender estos casos: debe intervenirse el mismo día o al día lectivo siguiente al que se cometió la falta.

4. Procedimiento a seguir:a) Dialogo con el alumno, amonestación verbal e invitación a modificar el

comportamiento.b) Si el intercambio en forma oral no surte efecto, se procede a una acción

pedagógica o de servicio social, acorde con la falta cometida. No se podrán hacer amonestaciones por escrito en el observador por faltas leves, sin haber hecho un proceso de negociación o correctivo pedagógico. En el observador debe quedar constancia escrita de la sanción pedagógica que se aplico al estudiante.

c) Si el alumno incumple el convenio anteriormente señalado, para el cual se da un tiempo prudencial de días, semanas, según el caso y si reincide en la falta se procede a realizar una amonestación escrita en el observador hasta por cuatro ocasiones. El alumno tiene el deber y el derecho de escribir sus descargos si lo considera necesario antes de firmar. De este modo habrán evidencias escritas de lo ocurrido, al momento de un proceso disciplinario más delicado.

d) La existencia de tres anotaciones en el observador, hechas en el mismo período, por faltas leves iguales o diferentes, se constituyen en causa de hacer una descripción cualitativa de estas faltas en el informe que se le entrega a las padres en la terminación del periodo

e) Una quinta (5) amonestación escrita por la misma falta leve, o por faltas diferentes, sean del mismo período o acumuladas en periodos

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diferentes, se constituyen en falta grave y amerita el procedimiento estipulado para aquellas

7.6.2.2. FALTAS GRAVES: COMPETENCIAS TÈRMINOS Y PROCEDIMIENTOS DE SANCIÒN

1. Sanciones aplicables: Suspensión de las actividades académicas entre uno y tres días, según lo establece el numeral 7.2 de este manual, y considerando los atenuantes y agravantes), además de acta de suspensión con compromiso de cambio incluida en el observador; acciones de reivindicación y reparación de la falta: informe descriptivo de la falta en el informe al finalizar el periodo.

2. Competencias: atender este tipo de procesos disciplinarios es competencia del Rector o Coordinador de la jornada o en su defecto, de un delegado que puede ser docente o director de grupo. Este delegado debe ser autorizado en forma escrita en el observador; en el Colegio Básico Camino de Paz los docentes y directores de grupo no tienen competencia para suspender o devolver estudiantes para la casa a no ser que se les encomiende por escrito desde Rectoria o Coordinación esta función. Los coordinadores pueden hacer suspensiones máximo por 3 días lectivos a los estudiantes. Para suspensiones mayores, deberán ser autorizados por escrito desde Rectoría.

3. Términos o período de tiempo estipulados para atender estos casos. Deberán ser atendidos en los tres días lectivos siguientes a la fecha en que se produzca la falta. Solo se podrá prorrogar este plazo por causas justificadas de algunas de las partes que deben intervenir en el proceso. En todos los casos, el estudiante que cometió la falta grave, permanecerá des-escolarizado durante un día, (el día siguiente en que se cometió la falta) y después de este regresará para que se realice el proceso disciplinario con el acudiente y el Rector o su delegado. El día que el estudiante permaneció des-escolarizado, se contará como parte de la sanción.

4. Procedimiento a seguir:

a) Dialogo con cada uno de los estudiantes involucrados y sus respetivos acudientes, además de los testigos e invitados que se considere pertinente reunir para reconstruir los hechos, presentar descargos y establecer circunstancias atenuantes y agravantes en forma conjunta. De las conclusiones de este encuentro, debe quedar constancia por escrita en un acta de suspensión, la cual debe señalar los hechos que llevaron a la sanción impuesta, debe incluir un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante, debe estar firmada por todos los asistentes, especialmente el estudiante, el acudiente y el Rector o delegado y debe archivarse en el observador.

b) Los días de suspensión para cada una de las faltas graves, están en le numeral 7.2 de este manual. Estas sanciones pueden ser modificadas por el Rector o su delegado, en caso de que los factores y-o

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agravantes así lo ameriten, pero nunca podrán superar el límite de tres días de suspensión, que es el establecido por faltas graves

c) La existencia de un acta de suspensión en el observador de un alumno, se constituye en casusa de descripción de estas faltas en el informe del periodo

d) Durante los días que el estudiante este suspendido, debe indagar con los compañeros sobre las actividades que se vayan realizando en cada área, para regresar con su trabajo académico.

7.6.2.3. FALTAS GRAVÌSIMAS: COMPETENCIAS, TÈRMINOS Y PROCEDIMIENTOS DE SANCIÒN

1. Sanciones aplicables: a) suspensión de las actividades académicas entre cuatro (4) y treinta (30) días, notificada en forma escrita mediante resolución rectoral. b) Contrato pedagógico- Disciplinario, diligenciado y firmado por el Rector y firmado además por el estudiante y acudiente. c) Des-escolarización para el año en curso y pérdida de cupo para el año siguiente, si ha transcurrido más dl 50% del año lectivo. d) Cancelación de matricula. e) informe descriptivo de la falta en el informe final del periodo.

2. Competencias: atender este tipo de procesos disciplinarios es competencia del Rector de la Institución o en su defecto, de su delegado, que puede ser docente, director de grupo o coordinador quien debe estar autorizado en forma escrita en el observador el Rector tiene competencia de suspender entre cuatro (4) y ocho (8) días lectivos únicamente. Si el Rector lo considera necesario podrá remitir al estudiante al Consejo Directivo donde se llevara a cabo el procedimiento que aparece a continuación. En todo caso las sanciones c y d del numeral anterior y las suspensiones de mas de ocho (8) días lectivos, son competencia exclusiva y no delegable, del Consejo Directivo, el cual las define mediante acuerdo y debe notificarlas al estudiante y a su acudiente mediante resolución rectoral.

3. Términos o período de tiempo estipulados para atender estos casos. Deberán ser atendidos en los ocho días lectivos siguientes a la fecha en que se produzca la falta. Solo se podrá prorrogar este plazo por causas justificadas de algunas de las partes que deben intervenir en el proceso. En todos los casos, el estudiante que cometió la falta grave, permanecerá des-escolarizado durante un día, el día siguiente en que se cometió la falta) y después de este regresará para que se realice el proceso disciplinario. El día que el estudiante permaneció des-escolarizado, se contará como parte de la sanción. Si el alumno tarda varios días en presentarse con el acudiente, estos se tomarán como parte de la sanción. En todo caso el alumno que cometió la alta gravísima, no puede regresar a clase hasta que no se realice el proceso disciplinario.

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4. Procedimiento a seguir: bien sea que el proceso disciplinario lo realice el Rector o se remita al Consejo Directivo, se deberán realizar los siguientes pasos:

a) Diálogo con cada uno de los estudiantes involucrados y sus respectivos acudientes, además de los testigos e invitados que se considere pertinente citar a testificar o reunir para: Reconstruir los hechos, presentar descargos y establecer circunstancias atenuantes y agravantes en forma conjunto o particular según lo defina quien realiza el procedimiento. Una vez realizado este primer paso, el Rector (o su delegado) y/o el Consejo directivo, deciden cuantos días de suspensión se impondrán como sanción, dentro del rango establecido para estas faltas (de 4 a 30 días). De este proceso debe quedar constancia escrita en resolución rectoral de suspensión, la cual debe señalar los hechos que llevaron a la sanción, los atenuantes y agravantes, debe presentar la sanción impuesta, además debe estar firmada por todos los asistentes, especialmente el estudiante, el acudiente, el Rector y los miembros del Consejo Directivo, si atendieron el caso. Este documento debe archivarse en el observador y en la hoja de vida del estudiante.

b) Además de la suspensión, se firmara entre el estudiante, el acudiente y el Rector, un contrato pedagógico- disciplinario, donde el estudiante y su acudiente se comprometen a: 1) Buscar ayuda psicológica dentro de la institución; “) cancelar matricula en la institución, en el evento de que el alumno reincida en la misma o en otra falta grave o gravísima. La copia de este contrato deberá anexarse a la hoja del observador del alumno y el original deberá reposar en la Rectoría y/o en la secretaría ( en la hoja de vida del estudiante).

c) Si el caso es remitido al Consejo Directivo y este decide: Descolarizaciòn para el año en curso y pérdida del cupo para el año siguiente o cancelación de matricula, no será necesario firmar contrato pedagógico.

d) La existencia de un contrato pedagógico –disciplinario en la hoja de vida de un alumno, se constituye en causa de descripción dd estas faltas en el informe final del periodo

e) Durante los días que el estudiante esta suspendido, debe indagar con los compañeros sobre las actividades que se vayan realizando en cada área, para regresar con su trabajo académico al día. Las evaluaciones orales o escritas en las que obtuvo Insuficiente (I) por no estar presente, deberán ser aplazadas para las fechas de refuerzo al final del período y/o al final del año escolar. En todos los casos las notas obtenidas por el alumno durante estos períodos de nivelación, no se consideran refuerzos sino notas de actividades aplazadas, ya que se presentan durante el período de refuerzo por una deficiencia académica, sino por problemas disciplinarios.

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f) En caso des-escolarización definitiva hasta terminar el año (por motivos de fuerza mayor previa aprobación del Consejo Directivo o como sanción impuesta por este órgano del gobierno escolar ante una falta gravísima), el acudiente deberá representar al estudiante ante los docentes de cada área , para recibir y devolver información semanal, quincenal o mensualmente, según lo determine cada docente, las actividades extraescolares que le asignarán al alumno des-escolarizado, para no afectar su proceso académico. El docente deberá dejar constancia escrita y firmada por el acudiente que representa al alumno sancionado, de que entregó oportuna y periódicamente las instrucciones, actividades, talleres, entre otros anteriormente señalados. Del mismo modo, si el estudiante autorizado o sancionado, no responde por las tareas que le asignen periódicamente, deberá quedar constancia escrita y firmada por el profesor y su acudiente.

7.6.3. FALTAS Y SANCIONES ACADÈMICAS DEL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ.

Son Faltas que ameritan sanción académica, más no disciplinarias, las siguientes: 1) No trabajar durante la clase por falta de motivación o por no llevar los materiales necesarios para el trabajo en clase, siempre y cuando no se genere indisciplina. 2) Hacer otras tareas o actividades durante la clase sin generar ningún tipo de desorden en el aula. 3) Realizar en forma inadecuada las actividades propuestas, por deficiencias de atención, de capacidad intelectual o de interés durante las explicaciones. 4) La inasistencia a clase, debido a inasistencia a la institución.

Estas faltas por ser de orden académico, deberán sancionarse a nivel académico con notas de Insufientes (I), o con la falta de asistencia correspondiente, según el caso. Si se presenta reincidencia, deberá continuarse sancionando del mismo modo. En caso de perdida de los distintos períodos, por inasistencia o por falta de rendimiento e incapacidad de alcanzar los logros previstos, la ley y los decretos vigentes en materia de evaluación, establecen como sanción la reprobación del grado y la repetición del mismo.

Aunque no haya proceso disciplinario por faltas académicas, es importante comunicar al acudiente sobre la situación y acordar entre el estudiante y el director de grupo un compromiso académico, tendiente a cualificar su proceso intelectual y asistir a las actividades de refuerzo programadas por las comisiones de evaluación y promoción.

Del mismo modo los estudiantes que presentan impuntualidad o inasistencia reiterativa al institución o a clase, deberán firmar con el acudiente y el coordinador, un compromiso de asistencia.

Las faltas de asistencia a la institución no se constituyen en causa de disciplina, ya que son sancionadas mediante la falta de asistencia, la cual conduce a la reprobación del área o del grado si

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supera el 25% de las horas asignadas al área o el 25 % de las horas del plan de estudio respectivamente. Sin embargo, amerita un seguimiento desde la coordinación, descripción del hecho en el observador y compromiso de asistencia si fuera necesario, firmado por el estudiante y el coordinado r o el docente, según el caso.

En el observador del grupo, en la hoja que corresponde al alumno, se podrán hacer anotaciones relacionadas con su rendimiento académico, con el ánimo de dejar registro o evidencia de su proceso académico personal, pero en ningún caso se podrán utilizar estas anotaciones para un proceso disciplinario; en cambio sì podrán ser utilizados por la comisión de evaluación y promoción para definir la aprobación o no del grado y las recomendaciones para docentes y acudientes, en relación con las actividades de recuperación y refuerzo del estudiante.

En caso de reprobar un grado por primera vez, sin tener problemas disciplinarios, se podrá repetir el mismo dentro de la institución. Si hay pérdida del mismo grado durante dos años consecutivos, se procederá a negar el cupo por un año en la institución.

7.6.4. PÈRDIDA DEL CARÀCTER DE ESTUDIANATE O DEL CUPO PARA MATRICULARSE EN EL COLEGIO BÀSICO CAMINO DE PAZ. RECOMENDACIÒN DE CAMBIO DE INSTITUCIÒN.

La cancelación de matrícula de un estudiante o la negación del cupo en la institución, es una decisión que compete en forma exclusiva e indelegable del Consejo Directivo del colegio Básico Camino de Paz.

La cancelación de matricula o pérdida del cupo para el año siguiente, será únicamente para los estudiantes que cometan faltas disciplinarias gravísimas y aquellos que reprueben el mismo grado por segunda vez. En este último caso, la pérdida del cupo será únicamente por un año.

En caso de los estudiantes con facultades intelectuales superiores, se recomendará a los padres el cambio de la institución y se les orientará adecuadamente con organismos especializados. También se le recomendará cambio de institución a aquellos estudiantes que llevan más de dos años en un proceso disciplinario y se le s dificulta cumplir lo estipulado en este manual.

8. DISPOSICIONES GENERALES

8.1 UNIFORMES

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El uniforme es un símbolo y merece respeto, puesto que representa la Institución. Se debe llevar dentro y fuera del Colegio Básico Camino de Paz con orgullo, orden, aseo y sencillez; es decir con dignidad.

8.1.1. UNIFORME DE DIARIO O DE GALA

Para las alumnas: El uniforme comprende un yomber de color azul oscuro, con tablas; no más alto de tres dedos arriba de la rodilla; y una blusa blanca de cuello. Los zapatos negros con atadura de cordones del mismo color; las medias serán de color azul oscuro.

Para los alumnos: Un jean azul oscuro, camisa blanca de botones, la cual debe utilizarse por dentro con el uniforme de gala; los zapatos serán negros de atadura con cordones del mismo color; las medias deberán ser azules oscuras o negras.

8.1.2 UNIFROME DE EDUCACIÒN FISICA

Lo conforman una sudadera azul oscura de fondo entero; una camiseta blanca, tenis de color negro con cordones de este mismo color, las medias azules oscuras o negras, aplica para los y las estudiantes.

8.1.3. NORMAS PARA EL USO DEL UNIFORME

En ningún caso se alterará el diseño original del uniforme. No se utilizarán faldas y/o yombers más altos de lo establecido, camisetas cortas (ombligueras) ni sudaderas arrastradas y de otros colores.

En caso de no poder asistir con el uniforme, será necesario presentar ante el coordinador (a) de cada sede, una excusa escrita, firmada por el acudiente, exponiendo las causas y plazo para cumplir con este deber.

Será responsabilidad directa de los docentes de cada clase y de los directivos de grupo, velar por el buen uso del uniforme institucional.

8.2. HORARIO DE LA JORNADA ACADEMICA

En el Colegio Básico camino de Paz cumplimos con la intensidad horaria establecida por MEN según los niveles de educación:

TRANSICIÒN: Intensidad horaria de ochocientas (800) horas anuales: Las cuales se ejecutan en cuatro (4) horas diarias, veinte (20) semanales; durante las cuarenta (40) semanales del año lectivo.

BÀSICA PRIMARIA: Intensidad horaria de mil (1000) horas anuales: Las cuales se ejecutan en cinco(5) horas diarias, treinta (30) horas semanales; durante las cuarenta (40) semanas del año lectivo.BÀSICA SECUNDARIA: Intensidad horaria de mil doscientas (1.200) horas anuales: Las cuales se ejecutan en seis (6) horas semanales; durante las cuarenta (40 ) semanas del año lectivo.

PRIMERA INFANCIA:

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Modalidad Institucional: Los niños y niñas están en la institución de lunes a viernes ocho (8) horas diarias.

8.3. PROCEDIMIENTOS PARA PERMISOS DE ESTUDIANATES

Para representar a la Institución en eventos culturales, deportivos, sociales entre otros, los permisos serán dados por la Coordinación, previo informe del docente encargado de la actividad y autorización escrita del acudiente.

Para un estudiante retirarse de la Institución por cita médica u otros, la autorización será dada por la Coordinación, previa autorización escrita del acudiente y solo podrá reiterarse bajo la compañía de un adulto.

Toda inasistencia debe ser justificada por escrito, debe estar firmada por el acudiente y estar bien presentada. Inicialmente debe hacerse firmar en la Coordinación y después por todos los docentes con quienes hubo clase durante el día o los días de inasistencia. Para la presentación de talleres y evaluaciones deberá tener el visto bueno de la Coordinación. Concluido este proceso, se debe entregar la excusa al director del grupo, quien deberá guardarla en el cuaderno de interventora como evidencia de que inasistencia fue justificada.

La falsedad de la excusa y la falsificación de firmas se constituye en una falta grave de disciplina.

8.4. PROCESO DE ADMISIÒN

En el colegio Básico Camino de Paz, los criterios para la admisión de estudiantes a los cupos disponibles para cada grado serán de acuerdo a los contratos establecidos por cobertura con la Secretaría de Educación.Privilegiando ante todo la población desplazada de y estrato 1 y 2 de las comunas 8 y 9 de la ciudad de Medellín

8.4.1. PARA GRADO DE PREESCOLAR Y PRIMERO Tener cinco (5) cumplidos para el caso de preescolar y seis (6) años

cumplidos si se ingresará a primero de primaria. Realizar la inscripción previa del niño o niña presentando la

documentación requerida. (En caso de faltar algún documento la trabajadora social de la Fundación acompañara a los padres de familia o acudiente en la consecución de estos).

Diligenciar la matricula con los requisitos y la papelería completa en la fecha correspondiente.

8.4.2 PARA OTROS GRADO O PROGRAMAS.

Si hay disponibilidad de cupos, realizar la inscripción previa presentando la documentación que se requiere.

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Presentar hoja de vida y calificaciones de los grados anteriores. Si hay disponibilidad de cupos admitir al estudiante en la época que lo

recuera, teniendo siempre en cuenta el tipo de población con la cual se trabaja.

8.4.2. MATRICULA Y PENSIONES

El Colegio Básico Camino de paz no realizará el cobro de matricula ni pensiones.

8.4.3. COBROS PERIODICOS

El Colegio Básico Camino de paz el cobro periódico que realizará es el restaurante escolar con base en el incremento que estipule la Secretaria de Bienestar Social

9. SERVICIOS DE BIENESTAR INTITUCIONAL

9.1. ENFORQUE DE LOS SERVICIOS

El bienestar institucional es el conjunto de programas, actividades y proyectos complementarios que buscan brindar a toda la comunidad educativa. Las condiciones más adecuadas para realizar su proceso de formación integral.

9.2. DESCRIPCIÒN DE LOS SERVICIOS

9.2.1. PROGRAMA DE SALUD

“Educación para la Salud”

Para optimizar la respuesta interdisciplinaria a los desafíos de la intervención en salud, la fundación sabe que debe privilegiar los ámbitos: escolar, familiar y comunitario en una perspectiva integradora que permita a los profesionales dar respuesta adecuada y eficiente a los complejos problemas de la realidad actual, enfocando la salud social y su relación con lo biológico en un esquema de salud integral donde los programas de promoción y prevención sean quienes direccionen el modelo de “EDUCACION PARA LA SALUD” sustentado en la educación como plataforma para disminución de factores de riesgo y para la introyección de una cultura de salud.

OBJETIVO GENERAL

Implementar un modelo de atención cualificada y humanizada que permita mejorar condiciones de salud integral de la comunidad educativa a través de la ejecución de programas de proyección social, promoción de la salud,

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prevención de la enfermedad y de la culturización frente a la adopción de estilos de vida saludable.

DE LAS FORTALEZAS DEL PROGRAMA

El programa de salud de la fundación las golondrinas cuenta con un equipo humano altamente calificado que trabaja con una visión común para servir con calidad a los niños niñas y adolescentes vinculados a nuestros programas a si como a la comunidad en general.

Brindamos una atención humanizada a las personas con sentido ético y excelencia académica, respeto por la dignidad humana y por sus derechos como pacientes, buscando permanentemente la satisfacción de sus necesidades y expectativas.

9.2.2 AREA DE NUTRICION Y ALIMENTOS

OBJETIVO: Contribuir al mejoramiento de las condiciones alimentarias y nutricionales de los niños, niñas y adolescentes de la Fundación las Golondrinas, a través del fortalecimiento de la ingesta diaria, la vigilancia nutricional, la atención nutricional y la educación nutricional. ACTIVIDADES EN NUTRICIÓN Y ALIMENTOS:

VIGILANCIA NUTRICIONAL:

Permite velar por el estado nutricional de los niños, niñas y adolescentes de la Fundación las Golondrinas, por medio de mediciones periódicas de peso y estatura que nos indiquen las condiciones nutricionales de los estudiantes y permitan realizar intervenciones oportunas. Con este programa se han logrado identificar los niños, niñas y adolescentes que presentan alteraciones en su estado nutricional, que los clasifica en condiciones de déficit o exceso. Este programa cubre los programas de Buen Comienzo y Colegio Básico Camino de Paz en todas sus sedes.

ATENCION NUTRICIONAL:

La atención nutricional individualizada, se realiza a todos aquellos niños, niñas o adolescentes que después de haber sido clasificados en el sistema de vigilancia nutricional, presentan una condición especial que requiere de una revisión minuciosa de los factores que están condicionando su estado nutricional, esta atención se realiza en compañía de la familia y puede requerir mas de una visita al Nutricionista, esto depende de la necesidad y de la condición que presenten. La consulta nutricional cubre a todos los niños, niñas

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y adolescentes que pertenecen a los programas de la Fundación las Golondrinas.

EDUCACIÓN NUTRICIONAL:

Esta actividad se enmarca en el concepto de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, en los aspectos alimentarios y nutricionales, estos talleres están dirigidos a los niños, niñas y adolescentes, profesores y padres de familia de los diferentes programas de la Fundación las Golondrinas. Con esta actividad se busca formar estilos de vida saludable con el fin de contribuir a la salud.

9.2.3 ÁREA DE PSICOLOGIA

OBJETIVO DEL ÁREADentro de lo contemplado por el área de psicología de la Fundación Las Golondrinas, se resalta como principal objetivo impulsar cambios en las relaciones afectivas y comunicativas entre los integrantes de los grupos familiares a fin de favorecer el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, proponiendo nuevas perspectivas entre familia, escuela y comunidad.

DISPOSITIVOS DE ATENCIÓNLas intervenciones se llevan a cabo desde diferentes dispositivos que se enmarcan en dos modos generales, individuales y grupales.

El primero de estos, orienta sus esfuerzos a orientar o asesorar cuestiones de orden familiar que surgen, bien en el entorno académico educativo del Colegio que atentan contra los demás o contra sí mismo, o bien, en el contexto social en el que se encuentra inmersa la Fundación, en el que una persona que no tiene ningún vínculo con la institución, puede solicitar el servicio con el propósito de abordar un material subjetivo que genera sufrimiento o angustia.

El segundo, apunta a generar espacios de participación, debate, confrontación y análisis de temáticas que convocan el grupo. Dicho dispositivo promueve una actitud de escucha, respeto y tolerancia frente al otro, ya que están estructurados en la lógica del Taller Reflexivo que, con su propuesta, hace énfasis en lo participativo en el empoderamiento de los participantes, facilitando la toma de decisiones a partir de la comprensión de las temáticas propuestas.

Este dispositivo de trabaja tanto con los padres y acudientes como los niños, niñas y adolescentes que se encuentran escolarizados en el Colegio. Sin embargo, en los grados de transición y primeros, el taller reflexivo adopta algunas modificaciones, especialmente dirigidas al juego, para acercarse más fácilmente a ellos.

9.2.4 AREA DE ODONTOLOGÍA

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El proyecto de odontología se desarrolla a través de un convenio de prácticas descentralizadas con la Universidad de Antioquia.

¿QUÉ ES UNA ESCUELA SALUDABLE?

Es una estrategia que abre espacios vitales generadores de autonomía, participación, crítica y creatividad que le brinda al escolar la posibilidad de desarrollar sus potencialidades físicas, sociales e intelectuales, mediante la creación de condiciones adecuadas para la recreación, convivencia, seguridad y construcción de conocimiento con la participación de la comunidad educativa (estudiantes, padres, docentes y sector productivo), a fin de favorecer la adopción de estilos de vida saludables y conductas protectoras del medio

OBJETIVO

Responder en forma efectiva a la problemática de salud de los escolares y contribuir con el pleno desarrollo de sus potencialidades físicas, psíquicas, cognitivas, sociales y espirituales mediante acciones de promoción y prevención, pedagógicas, ambientales y del entorno, dirigidas a la comunidad educativa. 

9.2.5. ÁREA DE TRABAJO SOCIAL

OBJETIVO DEL ÁREA: Acompañar a las familias de las

comunas 8 y 9 de la ciudad de Medellín pertenecientes a los

sectores aledaños a la fundación, desde la orientación,

capacitación y prevención, propiciando así el mejoramiento de la

calidad de vida y el fortalecimiento de las familias como el eje

fundamental del desarrollo humano.

ESTRATEGIAS PARA EL ACOMPAÑAMIENTO FAMILIAR Y

PARA LA PROYECCION COMUNITARIA.

Protección integral a la infancia y la adolescencia.

Formación enfocada a las dimensiones del ser humano: el ser, saber y

hacer personal.

Verificación y cumplimiento de garantías de niños, niñas y

adolescentes.

Realizar restablecimiento de derechos de los niños, niñas y

adolescentes que tengan sus derechos amenazados, inobservados o

vulnerados de acuerdo a las solicitudes de protección.

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Brindar capacitación en ley de infancia y adolescencia a los

padres/madres de familia y docentes.

Fortalecimiento en la reestructuración del proyecto de vida de los

padres de familia basados en la capacitación y proyección laboral.

9.2.6 FORMACION PARA EL EMPLEO

OBJETIVO GENERAL Generar opciones de desarrollo sostenible a corto y mediano plazo a través de la capacitación de mujeres y hombres, entre los 18 y 70 años de edad, de bajos recursos económicos pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3 de las Comunas 8 y 9 de la Ciudad de Medellín.

OBJETIVOS ESPÈCÍFICOS    • Incrementar y desarrollar espacios de capacitación y formación integral,

no solo en un arte u oficio, sino en el aspecto personal, social y laboral. • Posibilitar a mujeres y hombres, el acceso a un empleo digno por medio

de alianzas estratégicas institucionales. • Capacitar a mujeres y hombres, de acuerdo a las necesidades laborales

del Municipio de Medellín.

Fomentar en las personas beneficiadas la capacidad de crear su propio proyecto productivo o posibilidades de inserción al ámbito laboral, ya sea independiente o en empresas

Presentar al Coordinador Académico la excusa motivada y firmada por el Padre de Familia o Acudiente para su conocimiento y Visto Bueno. El cual podrá ser negado con argumentos basados en la conveniencia o inconveniencia del asunto.

Presentar la excusa con el Visto Bueno del Coordinador Académico, a los profesores con quienes tenga clase durante su ausencia.

Devolverla al Coordinador Académico, para su archivo y confrontación con los padres de familia y profesores.

9.2.7. AREA DE MEDICINA

En una sociedad como la nuestra las personas pertenecientes estratos socioeconómicos bajos afrontan problemas muy complejos frente a las condiciones de salud y al momento de acceder a servicios de salud, pero en medio de todo es mucho más delicada la situación de aquellas personas en

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situación de desplazamiento, pues no están en capacidad de buscar alternativas que les permitan satisfacer sus demandas, situación que requiere ser tratada desde un enfoque de los derechos humanos. Desde el enfoque de salud familiar el área de medicina busca la atención personal y continua a los niños, niñas, adolescentes, a sus grupos familiares y a ala comunidad en general, realizando diagnósticos en términos físicos, psicológicos y sociales e intervenir en forma educativa y preventiva para lograr mejorar las condiciones de salud.

9.2.8. CENTRO CULTURAL Y BIBLIOTECA

Rincón Para La Hora del CuentoUn espacio lleno de personajes y juegos sorprendentes para descubrir los cuentos desde las primeras edades, que también abre sus puertas a los padres con el programa Ronda de Libros infantiles.

Rincón InfantilUn lugar con muchas posibilidades para disfrutar leyendo: (libros, revistas, música, audiovisuales, Internet...) o participando en las actividades semanales que se desarrollan en el centro cultural.

Rincón JuvenilUn espacio cultural con una amplia oferta de información y de ocio, con las últimas novedades de libros, revistas, discos, audiovisuales, prensa y materiales diseñados por la biblioteca para su público juvenil.( Dispone de ordenadores con acceso a Internet)

BIBLIOTECA Programa Mientras Vuelvo a Casa Para niños de 4 a 10 años

Narraciones y lecturas en voz alta para disfrutar, soñar y reír... Talleres de manualidades, teatro, cuentos, ilustración y escritura… Presentaciones de libros y 'demos' de audiovisuales, para que estés al tanto de las

últimas novedades. El club de lectores, para compartir lecturas y aficiones con otros niños y niñas. Exposiciones para recorrer con los estudiantes en donde se puede aprender a mirar y

descubrir.

Proyección de Películas Infantiles y para el público en general. Para jóvenes Grupo juvenil. La información que necesitas sobre actividades culturales y deportivas, cursos y becas,

que encontrarás en la Internet del Centro De Información Juvenil. Y el programa METRO JUVENTUD

Selecciones comentadas de libros, cómics, música, películas y páginas Web para ayudarte a descubrir nuevas lecturas.

Muestras temporales de materiales, con actividades y talleres, sobre diferentes temas y personas.

Actividades para aprender a manejar los recursos y servicios que la biblioteca pone a tu disposición.

El club de lectores, el cine fórum, el grupo de teatro y el blog juvenil y el semillero

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juvenil te ofrecen espacios para conocer a otros jóvenes con gustos como los tuyos. Feria del libro.

Exposiciones relacionadas con la literatura y la ilustración, en las que podrás explorar temas, obras y autores clásicos y contemporáneos.

Para padres y madres La biblioteca de padres y madres, con una selección de publicaciones sobre educación,

infancia, lectura y otros temas de interés. Propuestas con materiales, actividades y sugerencias para disfrutar de la lectura en

familia. Guías con selecciones de lecturas, música y audiovisuales para niños. Charlas formativas, presentaciones de libros y talleres para participar junto con sus

hijos. Un club de lectura para conocer libros infantiles y comentar experiencias con otros

padres y madres.

El programa Ronda de Libros, para traer a vuestro bebé y compartir momentos y lecturas con otras familias.

Horarios HORARIO DE LUNES A SABADOS

Sala infantil, referencia y juvenil: BIBLIOTECA LUNES A VIERNES 8:00 A 12:00 A.M. Y DE 1:00 P.M. A 5:00

10 REGLAMENTAIÒN DE OTRAS ACTIVIDADES CURRICULARES

El en Colegio Básico Camino de Paz, demás de las actividades curriculares tradicionales que se desarrollan en el aula de clase, se implementarán otras actividades curriculares como:

- Salidas pedagógicas- Participación en eventos sectoriales, municipales y otros- Proyectos pedagógicos obligatorios y no obligatorios.- Programas y proyectos interinstitucionales y barriales- Auto- evaluación institucional- Presentación de pruebas SABER- Organización de torneos inter-clases

En Colegio Básico Camino de Paz toda actividad curricular diferente a las establecidas en el plan de estudios, deberá tener un soporte escrito y ser aprobada por el Consejo directivo y conocida por el Rector y las Coordinadoras de las diferentes sedes y programas, quienes deberán firmar los convenios y planes de trabajo en cada caso.

10.1. SALIDAS PEDAGÒGICAS

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Para realizar este tipo de actividades se deberá presentar un proyecto escrito al rector, con copia a las Coordinadora respectiva de cada sede programa. Este proyecto deberá exponer en forma breve los objetivos de la salida, las actividades a realizar, los recursos necesarios y los responsables de la misma. Además deberá señalar la fecha, la dirección del lugar que se visitará y los horarios de salida y llegada.Para realizar la salida pedagógica se deberá contar con la autorización del Director Ejecutivo de la Fundación Las Golondrinas, el Rector y dar a conocer la salida al jefe de núcleo.

Para realizar la salida pedagógica, se deberá contar con la respectiva autorización por escrito de los padres de familia. Los docentes a cargo de la salida, deberán presentar un informe evaluativo de la misma al respectivo coordinador.