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MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ INTERNO
DE AHORRO DE ENERGÍA DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN
PROFESIONAL TÉCNICA
JULIO 2016
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MTRA. CANDITA VICORIA GIL JÍMENEZ, EN MI CARÁCTER DE DIRECTORA
GENERAL DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA,
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 59 FRACCIÓN XII, DE LA LEY FEDERAL
DE ENTIDADES PARAESTATALES; ARTÍCULO 9 FRACCION V DEL DECRETO
DE CREACIÓN DEL CONALEP; Y A LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE
CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LOS
INMUEBLES FLOTAS VEHICULARES E INSTALACIONES INDUSTRIALES DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PUBLICADAS EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE MARZO DE 2016, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en materia de ahorro de energía establece, dentro de la
estrategia 4.6.2. asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país.
Que el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, indica que, para el mejor
desempeño y la calidad de los servicios de las dependencias y entidades, debe promoverse la
simplificación y mejora de la normatividad.
Que es necesario contar con un documento que regule la integración y funcionamiento del Comité
Interno de Ahorro de Energía en el CONALEP, sus funciones para incrementar la eficiencia energética
en las instalaciones del CONALEP y sus Unidades Administrativas Desconcentradas.
Que la Junta Directiva del CONALEP, mediante acuerdo Número SO/II-07/27,R, en sesión ordinaria
número LXXII celebrada el 29 de Junio del 2007, tuvo a bien autorizar la creación del Comité Interno
de Ahorro de Energía del CONALEP.
Por lo antes expuesto, he tenido a bien, expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO DG -/DCAJ -/-SA -/2016 por el cual se actualiza el Manual
para la Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de Energía del
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
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MARCO JURÍDICO
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F 5-II-1917, y sus Reformas.
2. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-02,
y sus Reformas.
3. Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 30-III-2006, y sus Reformas.
4. Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. D.O.F. 28-XI-2008, y sus Reformas.
5. Norma que regula las jornadas y horarios de labores en la Administración Pública Federal
Centralizada D.O.F. 15-MAR-99.
6. Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. D.O.F. 28-VI-2006, y sus
Reformas.
7. Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos
públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público. Así como
para la modernización de la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-XII-2012
8. Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente
y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del
gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal. D.O.F. 30-
I-2013.
9. Lineamientos de Eficiencia Energética para la Administración Pública Federal, D.O. F. 27-I-
2015.
10. Lineamientos por lo que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 22-II-2016.
11. Acuerdo que establece las Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de
eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la
Administración Pública Federal. D.O.F. 29-III-2016.
12. Decreto que crea el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978; Reformado de conformidad con los Decretos
publicados el 8 de diciembre de 1993 y el 4 de agosto de 2011.
13. Estatuto Orgánico del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica. D.O.F. 26-XI-2012.
14. Código de Conducta del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica 19-XI-2004.
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ÍNDICE
CAPÍTULOS
CONCEPTO
PÁGINA
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES 5
CAPÍTULO SEGUNDO
OBJETIVO DEL COMITÉ 5
CAPÍTULO TERCERO
INTEGRACIÓN DEL COMITÉ 6
CAPÍTULO CUARTO
FUNCIONES DEL COMITÉ 7
CAPÍTULO QUINTO
FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES
DEL COMITÉ 7
CAPÍTULO SEXTO
DE LA OPERACIÓN DEL COMITÉ
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TRANSITORIOS
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FORMATOS
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CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente “Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de
Energía”, tiene por objeto establecer la Integración, Organización y Funcionamiento del Comité Interno
de Ahorro de Energía del CONALEP.
Artículo 2.- Para efectos del presente Manual se entenderá por: Combustible: Es la fuente de energía necesaria para que un vehículo automotor pueda funcionar. Comisión: La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energía. Comité: Es el Comité Interno de ahorro de energía del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica. CONALEP: Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica. Flota vehicular: Vehículos automotores arrendados o en propiedad del CONALEP. Funcionario Representante: Persona designada por el Presidente(a) del Comité para fungir como enlace ante la Comisión. Inmueble: Aquel Edificio o conjunto de edificios (en el mismo predio) destinados para oficinas y otros usos. PAT: El Plan Anual de Trabajo. RCEO: Representación del CONALEP en el Estado de Oaxaca. UODDF: Unidad de Operación Desconcentrada del Distrito Federal Artículo 3.- El presente Manual es aplicable al CONALEP y sus Unidades Administrativas
Desconcentradas (UODDF, RCEO y los Planteles adscritos a éstas).
CAPÍTULO SEGUNDO
OBJETIVO DEL COMITÉ
Artículo 4.- El Comité tendrá como objetivo, Propiciar la máxima eficiencia en la utilización de la
energía dentro del CONALEP, mediante la aplicación, seguimiento, evaluación y control de un sistema
de gestión energética, orientado a lograr un uso más racional, que permita reducir su consumo, sin
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perjuicio de la productividad en las actividades y de la calidad en la prestación de los servicios al interior
de la institución.
CAPÍTULO TERCERO
INTEGRACIÓN DEL COMITÉ.
Artículo 5.- En cumplimiento con las disposiciones vigentes en la materia, dependiendo de la propia
estructura de la institución, el Comité deberá estar integrado por:
1) Un presidente Secretario (a) de Administración.
2) Un Secretario (a) Ejecutivo con nivel jerárquico de Director de Área.
3) Un asesor del Órgano Interno de Control.
4) Un asesor de la Dirección corporativa de Asuntos Jurídicos
5) Vocales: Secretario (a) de Servicios Institucionales, Secretario (a) Planeación y Desarrollo
Institucional, Secretario (a) Académica, Director (a) de Administración Financiera, Director (a)
Corporativo (a) de Tecnologías Aplicadas, Director (a) de Personal.
6) Un funcionario representante de la institución, quien será enlace ante la Comisión con nivel
jerárquico de Director de Área.
7) Uno o varios técnicos especialistas, en los asuntos a tratar.
8) Un Funcionario Operador o Administrador
9) Un Representante de la UODDF
10) Un representante de la RCEO.
A. CON DERECHO A VOZ Y VOTO
I. Presidente (a): Secretario(a) de Administración.
I.1. Presidente Suplente: Director(a) de Infraestructura y Adquisiciones.
II. Secretario (a) Ejecutivo (a).
III. Vocales
IV. Funcionario Operador o Administrador
V. Técnicos Especializados
VI. Representantes de la UODDF y RCEO
B. Sin Derecho a Voto pero con voz
VII. Asesor .
VIII. Invitados en su caso:
a) Servidores Públicos del CONALEP.
b) Otros.
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c) Únicamente tendrán participación en los casos en que el Presidente (a) considere
necesaria su intervención
CAPÍTULO CUARTO
FUNCIONES DEL COMITÉ
Artículo 6.- El Comité tendrá las siguientes funciones:
1) Aprobar el calendario de sesiones para la reunión del comité.
2) Definir la meta de ahorro de energía y combustible del CONALEP.
3) Coordinar la elaboración del PAT que requiera el CONALEP.
4) Establecer el sistema de seguimiento, evaluación y control para el PAT.
5) Coordinar las acciones para implementar un Sistema de Gestión de Energía.
6) Coordinar, evaluar y dar seguimiento a las propuestas, acciones y proyectos de trabajo para el uso
eficiente de la energía.
7) Designar a un Funcionario Representante ante la Comisión, el cual deberá tener nivel de
Director(a) de Área, equivalente o superior.
8) Justificar ante la Comisión los resultados obtenidos en la meta de ahorro de energía en el
CONALEP.
9) Autorizar el Programa Permanente y el PAT propuestos por el funcionario representante, para su
posterior envío y en su caso, aprobación por parte de la Comisión.
10) Establecer acciones para la realización de estudios en el CONALEP para coadyuvar el
aprovechamiento adecuado de los energéticos.
11) Promover, apoyar, difundir y realizar acciones que coadyuven a un uso racional de la energía,.
12) Establecer acciones. Realizar el seguimiento de las acciones encaminadas al uso eficiente de los
energéticos.
13) Difundir los logros obtenidos en materia de ahorro de energía en CONALEP.
14) Las demás que las disposiciones legales le atribuyan.
CAPÍTULO QUINTO
FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ
Artículo 7.-La funciones de los integrantes del Comité son:
a) Corresponde al Presidente
1) Coordinar las Actividades del Comité.
2) Emitir opinión sobre la instrumentación de medidas y acciones del Comité.
3) Definir las tareas y dictar directrices para el alcance del PAT.
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4) Aprobar los servicios de consultoría que se ejecutarán para elaborar el (los) diagnóstico (s)
energético (s) e implementación de las recomendaciones derivadas de los mismos.
5) Presentar los informes correspondientes.
6) Someter a aprobación el calendario ordinario de sesiones.
7) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias.
8) Aprobar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias.
9) Emitir voto de calidad en caso de empate.
10) Las demás que consideren necesarias, en términos de las disposiciones aplicables.
b) Corresponde al Secretario Ejecutivo
1) Elaborar y someter a consideración del Presidente(a) del Comité, el calendario de sesiones
ordinarias y convocar a las mismas.
2) Someter a consideración del Presidente(a) del Comité, el Orden del día de cada sesión.
3) Elaborar las minutas de las sesiones del Comité.
4) Dar seguimiento a los acuerdos del Comité.
5) Las demás que se deriven del Comité y del Presidente(a).
c) Corresponde al Asesor
1) Supervisar la integración del Comité.
2) Participar en las reuniones del Comité.
3) Vigilar, en el ámbito de su competencia, la correcta aplicación y cabal cumplimiento de las presentes
Disposiciones.
4) Emitir opinión sobre los informes de avances.
d) Corresponde a los Vocales
1) Responsabilizarse, en el ámbito de su competencia, de la correcta ejecución del PAT.
2) Evaluar y reportar las acciones, problemática y avances del PAT.
3) Someter a consideración del Comité las propuestas de trabajo.
4) Las demás que se acuerden en el Comité.
e) Corresponde al funcionario Representante
1) Fungir como enlace ante la Comisión.
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2) Nombrar a los responsables técnicos de los inmuebles de uso de oficinas y flotes vehiculares y dar
seguimiento a las actividades que éste realice .
3) Coordinar la implementación del PAT.
4) Dar seguimiento cabal, en tiempo y forma, al PAT, y observar y cumplir las presentes disposiciones.
5) Informar al Comité los avances, problemática y resultados de cada uno de los inmuebles, flotas
vehiculares e instalaciones.
6) Las demás que se acuerden en el seno del Comité.
f) Corresponde al Personal Técnico
1) La inscripción y asistencia a los cursos respectivos.
2) El levantamiento y transmisión de datos a la Comisión.
3) El seguimiento a la implantación de medidas operativas.
4) La generación de los informes de avance, a presentarse al funcionario representante.
g)Corresponde al Funcionario operador o administrador
1)Apoyar en las actividades del Programa
2)Participar en los cursos, talleres seminarios de capacitación
3)Apoyar en la implantación de medidas operativas, y
4) Apoyar en la elaboración de los informes y avances al funcionario representante;
5)Las demás que se acuerden en el seno del Comité.
h) Corresponde a los Invitados.
1.1) Únicamente tendrán participación en los casos en que el Presidente(a) considere necesaria su
intervención.
1.2) Aclarar aspectos generales, así como participar en los comentarios relacionados con los asuntos
que sometan a consideración del Comité.
1.3) Proporcionar información u orientación necesaria en torno a los asuntos en la materia de su
especialidad que se traten.
CAPÍTULO SEXTO
DE LA OPERACIÓN DEL COMITÉ
Artículo 8.-La operación del Comité se llevará de acuerdo a lo siguiente:
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1) El comité sesionará de acuerdo al calendario aprobado y convocará a los integrantes con 2 días
hábiles de anticipación, remitiéndoles los asuntos a tratar de acuerdo al orden del día, en caso
de las sesiones extraordinarias se convocará con 24 hrs. de anticipación.
2) Las sesiones se llevarán a cabo, cuando existan como mínimo la mitad más uno de los miembros
con derecho a voto, debiendo sin excepción, concurrir el Presidente(a) o el Presidente(a)
suplente, las resoluciones y decisiones se tomarán por mayoría de voto. En caso de empate, el
Presidente(a) tendrá voto de calidad para tomar la determinación correspondiente.
3) En ausencia tanto del presidente del comité como de su suplente, las reuniones no podrán
llevarse a cabo.
4) De cada sesión se levantará acta que se firmará por todos los que hubieran intervenido en ella,
misma que se aprobará, en la siguiente sesión ordinaria del pleno, en dicha acta se deberá
señalar el sentido de los acuerdos tomados por los miembros con derecho a voto y los
comentarios relevantes de cada caso.
5) Invariablemente deberá incluirse en el orden del día, un apartado correspondiente al
seguimiento de acuerdos emitidos en las reuniones anteriores.
6) En la primera sesión ordinaria de cada ejercicio fiscal se presentará al Comité el calendario de
sesiones ordinarias para su aprobación.
7) Para la realización de las reuniones se deberá considerar lo siguiente:
I. Los integrantes del comité con derecho a voz y voto, podrán designar por escrito a sus
respectivos suplentes, los que deberán contar con un nivel jerárquico inmediato inferior.
II. El asesor e invitados que asistan para orientar o aclarar la información de los asuntos a tratar,
deberán firmar el acta de la reunión como constancia de su participación.
III. La responsabilidad de cada integrante del Comité quedará limitada al voto o comentario que
emita u omita, en lo particular respecto al asunto sometido a su consideración con base a la
documentación que le sea presentada.
IV. El Comité deberá tener conocimiento de los hechos consumados para que, en caso de ser
necesario dictamine las medidas correctivas y preventivas procedentes.
Artículo 9.- En caso de duda sobre la interpretación del presente ordenamiento, el (la) Titular del
CONALEP resolverá lo conducente.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Manual entrará en vigor a partir de los 3 días hábiles siguientes
al de su registro en la Normateca del CONALEP
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ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga el acuerdo número, DG-15/DCAJ-15/SADMON-11/2009, a través
del cual se expide el manual para la integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de
Energía del COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA, suscrito el 29 de mayo
del 2009.
ARTÍCULO CUARTO.- El Presente manual podrá ser modificado en cualquier momento por el
Titular del CONALEP.
ARTÍCULO QUINTO.- En caso de duda sobre la interpretación del presente ordenamiento, el Titular
del CONALEP resolverá lo conducente.
Dado en la Ciudad de Metepec, Estado de México, a los días del mes del 2016
MTRA. CANDITA VICTORIA GIL JÍMENEZ
DIRECTORA GENERAL DEL CONALEP
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603-APO-PR-02- CC-F-3 CONTROL DE CAMBIOS
Nombre del Ordenamiento
Acuerdo XXXXXXXXXXXXXXXX, por el que se expide el Manual de Integración y funcionamiento del comité Interno para el uso Eficiente de la energía del Colegio del CONALEP. CONALEP-NIARU-ADQS-001
Tipo de Emisión: Nuevo ( ) Modificación ( X ) ( )
Número de Revisión: ( 01 )
Razones de la emisión
Establecer un sistema de gestión energética, el cual será un esfuerzo organizado y estructurado para conseguir la máxima eficiencia en la utilización de la energía en el CONAELP.
No. de Dictamen aprobado por el Grupo de Trabajo: GT xxx/xxxxxxxx-2016
Fecha: GT xxxx/xxxxx-2016
No. de Cédula de Autorización del Dictamen del COMERI: xxxxx/xxxxx-2016
Fecha de Emisión: xxxxxxx-2016
M. en Aud. Corazón de María Madrigal
M.A.E.E. José Luis Izquierdo González
Secretaria de Administración
Propone
Director de Infraestructura y Adquisiciones
Integra
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HISTORIAL DE CAMBIOS
OBSERVACIONES
NÚMERO DE
REVISIÓN FECHA DE EXPEDICIÓN
DESCRIPCIÓN DEL
CAMBIO
00
Con fecha 29 de mayo de 2009, Acuerdo número DG-15/DCAJ-15/SDMON-11/2009, a través del cual se establece el Manual para la Integración y funcionamiento del Comité Interno de Ahorro de energía del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
Documento nuevo
01
Derivado de las nuevas disposiciones administrativas en materia energética de los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones Industriales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación de Fecha 29 de marzo del 2016.
Actualización
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FORMATOS
ANEXO ÚNICO DE AUTORIZACIÓN DE ACUERDOS
COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL COLEGIO NACIONAL
DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA
SESIÓN ORDINARIA NO. 02 2016
ASUNTOS QUE SE SOMETEN A ACUERDO DEL COMITÉ
UNIDAD ADMINISTRATIVA REQUIRIENTE:
PRESIDENTE PRESIDENTE SUPLENTE SECRETARIA EJECUTIVA
VOCAL VOCAL VOCAL
VOCAL VOCAL RESPONSABLE DE FLOTA
VEHICULAR
RESPONSABLE DE
INMUEBLE
DESCRIPCIÓN PLANTEAMIENTO ACUERDO
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COMITÉ INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL COLEGIO NACIONAL DE
EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA
SESIÓN ORDINARIA NO. 2
31 de mayo de 2016
ASUNTO QUE SE SOMETE A DICTAMEN DEL COMITÉ
MODIFICACIÓN AL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ
INTERNO DE AHORRO DE ENERGÍA DEL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN
PROFESIONAL TÉCNICA
UNIDAD ADMINISTRATIVA REQUIRIENTE:
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
PLANTEAMIENTO ACUERDO
En base a las Disposiciones
Administrativas de carácter general en
materia de eficiencia energética en los
inmuebles, flotas vehiculares e
instalaciones industriales de la
Administración Pública Federal,
publicadas en el Diario Oficial de la
Federación el día 29 de Marzo del 2016, Se
presenta a este Comité Interno de Ahorro
de Energía, las modificaciones al “Manual
de Integración y Funcionamiento del
Comité Interno de Ahorro de Energía”,
para su conocimiento, aprobación y
posterior envío a las instancias
correspondientes.
/SO-02/16
El Comité Interno de Ahorro de Energía, toma
conocimiento y aprueba la modificación del “Manual
de Integración y Funcionamiento del Comité Interno
de Ahorro de Energía”, para su posterior envío al
Comité de Mejora Regulatoria Interna de la
Dependencia (COMERI), a fin de obtener su
aprobación y así estar en condiciones de realizar los
trámites administrativos conducentes.
CONALEP
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M. AUD. CORAZÓN DE
MARÍA MADRIGAL
PRESIDENTA
M.A.E.E. JOSÉ LUIS
IZQUIERDO GONZÁLEZ
PRESIDENTE SUPLENTE
ARQ. REYNA PATRICIA
SALAZAR SALZAR
SECRETARIA EJECUTIVA
LIC. FRANCISCO
CUAUHTÉMOC
SANTIAGO JAIME
VOCAL
C.P. JULIETA SAENZ
SEPULVEDA
VOCAL
LIC. ORLANDO MOSCOSO
CRUZ
VOCAL
ING. HUMBERTO
ZENTELLA FALCÓN
VOCAL
MTRA. MARÍA ELENA
SALAZAR PEÑA
VOCAL
M.T.I. PEDRO EDUARDO
AZUARA ARECHEDERRA
VOCAL
DR. JORGE GALILEO
CASTILLO VAQUERA
VOCAL
MTRO. ROBERTO
VILLALANA CASTILLEJOS
VOCAL
LIC. AMAYA DE LA CAMPA
PALACIOS
RESPONSABLE FLOTA
VEHICULAR
ING. LUIS ENRIQUE
CALDELAS GARATACHIA
RESPONSABLE DE INMUEBLE