Manual de Organización Dirección Jurídica€¦ · Edgar Castillo Martínez ... Francisco Gómez...

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Manual de Organización Dirección Jurídica

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Manual de Organización Dirección Jurídica

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Directorio Institucional

Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Municipal Constitucional

C. Salvador Maldonado Alcántara

Síndico Municipal C. Yadira Jacqueline García Vargas

Primera Regidora C. María Cortez Cruz Segunda Regidora

Profr. Francisco Gómez Marín Tercer Regidor

Lic. Álvaro Reyes Olvera Cuarto Regidor

C.P. Francisco Lugo Arce Quinto Regidor

Lic. Angélica Mendoza Mendoza Sexta Regidora

C. Jorge Vega Miranda Séptimo Regidor

Lic. Edgar Martínez Zarza Octavo Regidor

C. Hipólita Cruz Martínez Novena Regidora

Ing. Daniel Arciniega Sandoval Décimo Regidor

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Índice Pág.

Presentación 5

Valores 6 Estamos comprometidos a… 7 Marco jurídico 8 Estructura orgánica 10

Objetivo General, Misión y Visión 11 Objetivos y Funciones 12 Organigrama 18

Directorio Interno 19 Validación 20 Aprobación 21 Hoja de Actualización 22

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Con el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el personal de la Dirección Jurídica que considere los principios básicos de igualdad y equidad, existente entre hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y profesional; toda referencia, incluyendo los cargos y puestos en este Manual, al género masculino lo es también para el género femenino, cuando de su texto y contexto establezca que es para uno y otro género.

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Presentación

El presente Manual de Organización es un instrumento administrativo y normativo de la Administración Pública del Municipio de Jilotepec. En este Manual de Organización, se identifican y dan a conocer las funciones, que corresponde realizar a la Dirección Jurídica; cuyo propósito es ser una herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de funciones de los servidores públicos, al permitir tener una mayor certidumbre en el desarrollo de sus actividades y la adecuada coordinación entre las áreas, delimitando sus responsabilidades. La Dirección Jurídica se erige como la Dependencia encargada de asesorar jurídicamente al Ayuntamiento y las demás áreas de la Administración a fin de sustentar actos de gobierno. Para el logro de sus fines se pretende que con la aplicación del presente manual, se optimicen recursos, se eficienten las labores relativas a selección e inducción del personal de nuevo ingreso, así como para establecer procesos de simplificación y modernización administrativa.

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Valores

Gratitud Los servidores públicos reconocerán que la sociedad ha depositado su confianza en ellos, correspondiendo con agradecimiento todos aquellos beneficios que se desprendan del desempeño de sus funciones. Humildad Los servidores públicos de Jilotepec deberán actuar con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad. Trato Humano El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. Responsabilidad Cumplir con la máxima diligencia en el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión. Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. Lealtad Los servidores públicos aceptan los vínculos implícitos en su adhesión a la Administración a la que pertenece, de tal modo que refuerza y protege, en su trabajo cotidiano, el conjunto de valores que aquélla representa.

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Estamos comprometidos a… Los integrantes de la Administración 2013-2015 estamos comprometidos con la IGUALDAD SUSTANTIVA, para ello emprenderemos acciones, medidas estructurales, legales o de política pública; que eliminen la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales, y supondrá el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres. Velaremos en el cumplimiento de nuestras funciones que no se realicen actos de discriminación en contra de otros servidores públicos, usuarios o la población jilotepequense en general; por motivos de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

Nos comprometemos a que nuestros actos se lleven a cabo con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; bajo las premisas de la inclusión, la tolerancia, la dignidad humana, la transparencia, la hospitalidad y la solidaridad, atendiendo las necesidades y servicios públicos que requieren los hombres y mujeres de Jilotepec…

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Marco Jurídico

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios. Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año correspondiente. Código Administrativo del Estado de México. Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Código Financiero del Estado de México y Municipios. Código Civil del Estado de México Código de Procedimientos Civiles del Estado Libre y Soberano de México. Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México. Reglamento del Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México. Todos los Reglamentos inherentes y aplicables al marco jurídico citado

9 Bando Municipal 2012 Gaceta Municipal, 5 de Febrero de 2012. Código Reglamentario del Municipio de Jilotepec 2013-2015 Gaceta Municipal, __ de ______ de 2013. Acuerdo de Cabildo de fecha _____ de _____de 2013 por la que se aprueba la estructura orgánica del H. Ayuntamiento, publicada en Gaceta Municipal, ___ de ______ de 2013.

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Estructura Orgánica Dirección Jurídica

• Oficialía Mediadora Conciliadora y Calificadora o Unidad Consultiva

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Objetivo General Formar al mejor Municipio del Estado de México.

Misión Garantizar la eficaz observancia del sistema jurídico municipal, a través de la oportuna asesoría y defensa legal; con una orientación preventiva facilitando con todo ello el cumplimiento de los planes y objetivos.

Visión

Ser un área profesional, efectiva y confiable, para lograr que las acciones, proyectos y programas de las áreas de la Administración estén apegados a Derecho, dotando de certeza y seguridad jurídica a los actos.

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Dirección Jurídica Objetivo Coadyuvar en la defensa legal de los intereses del Ayuntamiento, proporcionar asistencia jurídica e intervenir en todas y cada una de las etapas e instancias procesales. Funciones • Asesorar sobre la ejecución de procedimientos que se

instauren en el incumplimiento del Bando Municipal en coordinación con la Secretaría del Ayuntamiento, la Dirección de Gobernación y la Dirección de Seguridad Ciudadana y Protección Civil.

• Proporcionar asesoría jurídica al Ayuntamiento, así como a las Dependencias y Entidades de la Administración.

• Procurar que las actividades municipales se lleven a cabo dentro del marco jurídico aplicable a través de la asesoría y desahogo de consultas a las mismas.

• Coadyuvar con la Secretaría del Ayuntamiento en la revisión y elaboración de los proyectos de acuerdos de Ayuntamiento relacionados con la expedición, reforma, modificación, derogación o abrogación de disposiciones del Bando Municipal, Reglamentos o disposiciones de observancia general;

• Coadyuvar con la Secretaría del Ayuntamiento, en la elaboración, revisión y dictamen de los actos de gobierno en los que intervenga el Ayuntamiento o el Presidente Municipal.

• Proporcionar asistencia jurídica al Presidente Municipal o al Síndico, según sea el caso, interviniendo y dando seguimiento a los procedimientos jurisdiccionales hasta su resolución, contestando, ofreciendo y desahogando pruebas, formulando alegatos e interponiendo los recursos que correspondan, en juicios de amparo, administrativos, civiles, laborales y penales.

• Organizar, coordinar y supervisar el ejercicio de las

13 funciones de la Oficialía Mediadora, Conciliadora y Calificadora.

• Apoyar en la denuncia ante el ministerio público de los delitos que se cuentan en contra del municipio, así como dar seguimiento a las averiguaciones previas en las que los integrantes del Ayuntamiento, funcionarios y empleados de éste, sean los presuntos responsables.

• Comunicar a las diversas áreas de la Administración sobre las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones legales que les competan y a los que deban sujetarse.

• Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por Presidente Municipal.

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Oficialía Mediadora Conciliadora y Calificadora

Objetivo Implementar y substanciar procedimientos de mediación o conciliación vecinal que no sean constitutivos de delito, ni de competencia de los órganos jurisdiccionales o de otras autoridades, así como conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que procedan por faltas o infracciones al Bando Municipal. Funciones

• Evaluar las solicitudes de los interesados con el fin de determinar el medio alternativo idóneo para el tratamiento de que se trate.

• Implementar y substanciar procedimientos de mediación o conciliación vecinal, comunitaria, familiar, escolar, social o política en su municipio, en todos los casos en que sean requeridos por la ciudadanía o por las autoridades municipales.

• Cambiar el medio alterno de solución de controversias, cuando de acuerdo con los participantes resulte conveniente emplear uno distinto al inicialmente elegido.

• Llevar el registro de expedientes de mediación o conciliación.

• Redactar, revisar y en su caso aprobar, los acuerdos o convenios a que lleguen los participantes a través de la mediación o de la conciliación, los cuales deberán ser firmados por ellos y autorizados por el Oficial Mediador-Conciliador y Calificador.

• Negar el servicio cuando se pueda perjudicar a la hacienda pública, a las autoridades municipales o a terceros.

• Dar por concluido el procedimiento de mediación o conciliación en caso de advertir alguna simulación en su trámite.

• Asistir a los cursos anuales de actualización y aprobar los

15 exámenes anuales en materia de mediación y conciliación.

• Recibir asesoría del Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial del Estado de México.

• Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que procedan por faltas o infracciones al Bando Municipal, reglamentos y demás disposiciones de carácter general contenidas en los ordenamientos expedidos por el Ayuntamiento, excepto las de carácter fiscal.

• Apoyar a la autoridad municipal que corresponda, en la conservación del orden público y en la verificación de daños que, en su caso, se causen a los bienes propiedad municipal, haciéndolo saber a quien corresponda.

• Expedir a petición de parte, certificaciones de hechos de las actuaciones que realicen.

• Supervisar el ejercicio de las funciones de los calificadores especiales, médicos legistas y secretarios de acuerdos bajo su mando.

• Dar cuenta de las personas detenidas por infracciones a ordenamientos municipales que hayan cumplido con la sanción impuesta por dicho servidor público o por quien hubiese recibido de éste la delegación de tales atribuciones, expidiendo oportunamente la boleta de libertad.

• Conocer, mediar, conciliar y ser arbitro en los accidentes ocasionados con motivo del tránsito vehicular, cuando exista conflicto de intereses, siempre que se trate de daños materiales a propiedad privada y en su caso lesiones a las que se refiere la fracción I del artículo 237 del Código Penal del Estado de México; en términos de los lineamientos que para tal efecto establece la Ley Orgánica Municipal.

• Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director Jurídico.

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Unidad Consultiva Objetivo Brindar asesoría legal a la solución de diversos asuntos que involucren al Ayuntamiento, a las Dependencias y Entidades de la Administración. Funciones

• Formular estudios jurídicos especiales que le sean asignados por las diversas áreas administrativas del Ayuntamiento, basándose en compilaciones de antecedentes, ensayos interpretativos y reseñas sobre aspectos jurídicos del Ayuntamiento que le sean inherentes.

• Apoyar con el análisis jurídico de documentos que se sometan a la consideración de la Dirección.

• Resolver dudas en materia jurídica con relación a la aplicación e interpretación de leyes y reglamentos que tengan aplicación en el municipio.

• Asesorar en las diversas materias del derecho, con relación a asuntos que se tengan en litigio por parte del Ayuntamiento.

• Formular la fundamentación jurídica para las solicitudes de expropiación por causa de utilidad pública que sean presentadas por el Ayuntamiento ante el Ejecutivo del Estado de México.

• Proporcionar asistencia jurídica cuando así se lo solicite el Presidente y Síndico Municipal en el despacho, representación, trámite y resolución de los asuntos de su competencia.

• Coadyuvar con las áreas de la administración, en la formulación, presentación y seguimiento de los requerimientos de informe que soliciten las autoridades federales, estatales y las comisiones de derechos humanos, por asuntos de su conocimiento y trámite.

• Analizar, proponer y difundir criterios de interpretación de las leyes federales y estatales de aplicación municipal, así como de los convenios y demás instrumentos

17 normativos que se suscriban con otras Entidades públicas y particulares.

• Realizar estudios y emitir opiniones jurídicas respecto los asuntos que le encomiende el Ayuntamiento o el Presidente Municipal.

• Formular, proponer y desarrollar programas especiales de asesoría y asistencia jurídica gratuita a favor de las autoridades auxiliares, organizaciones comunitarias y personas de escasos recursos económicos.

• Registrar y compilar los instrumentos normativos para la consulta de las Dependencias y Entidades.

• Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director Jurídico.

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Organigrama

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Directorio Interno

Lic. Dirección Jurídica Lic. Oficialía Mediadora, Conciliadora y Calificadora Lic. Unidad Consultiva

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Validación

______________________________ Lic.

Secretario Técnico

________________________________ Lic.

Director de Planeación

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Aprobación

____________________________________ Vo. Bo.

Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Constitucional Municipal de Jilotepec

________________ _________________ Fecha del Oficio Aprobación Número de Oficio

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Hoja de Actualización

Manual de Organización de la Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento de Jilotepec, México; enero de 2013.

Primera Edición. Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Municipal Constitucional de Jilotepec Lic. Responsable de Elaborar o Actualizar el Manual Lic. Secretaria Técnica