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MANUAL DE PROCEDIMIENTOSDE ALUMBRADO PÚBLICO
DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN
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2 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO
SECRETARIO DE GESTIÓN Y CONTROL TERRITORIAL
José Nicolás Duque Ossa
SUBSECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
Gustavo Adolfo Castaño Galvis
Participó en su construcción el equipo de Alumbrado Público
Autores
Subsecretaría de Servicios Públicos:
Edison Ariel Perilla López
Daniel Germán Gómez Gómez
Jorge Esteban Rivera Muñoz
Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
Unidad Alumbrado
Interventoría Externa de Alumbrado:
Hernando Gasca Charry
Héctor Andrés Atehortúa Gómez
Alejandro Páez Villares
Corrección de Textos:
Liliana M. Klinkert P.
Diseño:
Laura Durango Q.
Edición 2
© Municipio de Medellín, 2018
Calle 44 N°52-165. Medellín, Colombia
www.medellin.gov.co
Esta es una publicación oficial del Municipio de Medellín. Cumple con lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley 1474 de 2011 Estatu-to Anticorrupción, que expresa la prohibición de la divulgación de programas y políticas oficiales para la promoción de servidores
públicos o candidatos.
Queda prohibida la reproducción total o fragmentaria de su contenido, sin autorización escrita de la Secretaría General del Munici-pio de Medellín. Así mismo, se encuentra prohibida la utilización de las características de una publicación que puedan crear confu-sión. El Municipio de Medellín dispone de marcas registradas, algunas de estas citadas en la presente publicación, que cuentan con
la debida protección legal.
Toda publicación con sello Alcaldía de Medellín es de distribución gratuita.
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3CONTENIDO
INTRODUCCIÓN .....................................................................................................................................................................4
ALCANCE ..................................................................................................................................................................................6
GLOSARIO ................................................................................................................................................................................7
1. SOLICITUDES DE ALUMBRADO PÚBLICO ................................................................................................................10
1.1 Solicitudes de la ciudadanía ............................................................................................................................................10
1.2 Solicitudes de entidades de índole municipal ..............................................................................................................14
1.3 Solicitudes de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana ......15
1.4 Solicitudes de la interventoría al servicio de alumbrado público ............................................................................17
1.5 Solicitudes para proyectos de alianzas público privadas -APP- ..............................................................................17
1.6 Solicitudes para la prestación del servicio de alumbrado público en servidumbres...........................................18
2. REQUISITOS PARA LOS DISEÑOS DE ALUMBRADO PÚBLICO ............................................................................20
2.1 Elaboración de los diseños de alumbrado público .....................................................................................................20
2.2 Revisión de los diseños de alumbrado público ............................................................................................................21
3. CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO ..............................................................................26
3.1 Proyectos de entidades de índole municipal................................................................................................................26
3.2 Proyectos de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana. .......28
4. RECIBO DE PROYECTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO ..............................................................................................31
4.1 Proyectos de entidades de índole municipal ...............................................................................................................31
4.2 Proyectos de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana ........32
ANEXO 1 ...............................................................................................................................................................................33
ANEXO 2 ...............................................................................................................................................................................37
ANEXO 3 ...............................................................................................................................................................................50
ANEXO 4 ...............................................................................................................................................................................53
ANEXO 5 ...............................................................................................................................................................................55
ANEXO 6 ...............................................................................................................................................................................56
ANEXO 7 ...............................................................................................................................................................................62
ANEXO 8 ..............................................................................................................................................................................110
ANEXO 9 ..............................................................................................................................................................................113
Referencias normativas..........................................................................................................................................................116
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Zuñiga Tramo II
INTRODUCCIÓN
E l Manual de Procedimientos de Alumbrado Público es una herramienta de gestión que permite desarrollar, de manera normativa, los proyectos de alumbrado público,
mediante una serie de lineamientos orientados a estandarizar y cualificar las acciones sobre el diseño, ejecución y operación del alumbrado público del Municipio de Medellín.
Este manual es complementario a las disposiciones vigentes del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (Retie), del Manual de Espacio Público (MEP) del Municipio de Medellín, del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (Retilap), del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), del Manual de Interventoría de la ciudad, del Plan de Desarrollo de la Administración Municipal; de las normas del operador del servicio del alumbrado público que para el Municipio de Medellín es Empresas Públicas de Medellín; del Plan Maestro de Iluminación, del Manual de Silvicultura Urbana y de las políticas de mantenimiento definidas por el Municipio de Medellín.
Adicional a lo anterior, la ciudad de Medellín, como miembro de la Asociación LUCI (Lighting Urban Community International) desde 2012, cuya permanencia se ratificó en el año 2017, busca acoger e implementar, en el desarrollo de los proyectos de alumbrado público, todo lo dispuesto en el “LUCI Charter on Urban Lighting”, cuyos lineamientos se encuentran a continuación en el siguiente cuadro.
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51. Ciudades Sostenibles - Integrar el alumbrado en las políticas de
desarrollo urbano
1.1. Crear un entorno seguro y agradable.1.2. Utilizar la luz para construir las identidades urbanas y culturales de nuestra ciudad.1.3. Apoyar una movilidad respetuosa con el medio ambiente.14. Reforzar el desarrollo económico local.
2. Alumbrado Sostenible - Considerar el impacto medioambiental y ecológico de la luz
2.1. Optimizar el consumo energético.2.2. Reducir el impacto medioambiental de todos los aspectos unidos a la explota-ción y a la producción de la luz.2.3. Mantenimiento y control de calidad.2.4. Disminuir la contaminación lumínica.
Los procedimientos de actuación para los proyectos de alumbrado público que se describen en este manual, fueron validados por la Subsecretaría de Servicios Públicos, la cual está adscrita a la Secretaría de Gestión y Control Territorial del Municipio de Medellín.
La Subsecretaría de Servicios Públicos es la responsable de la prestación continúa y efi-ciente del servicio de alumbrado público, para lo cual desarrolla, de manera ininterrumpi-da, los contratos que se enuncian a continuación:
1. Contrato de administración, operación y mantenimiento del alumbrado público.2. Contrato de suministro de energía para el alumbrado público.3. Contrato de interventoría externa de la prestación del servicio de alumbrado público.
Como responsable y garante de la prestación del servicio de alumbrado público, de acuerdo con el Decreto Nacional 943 de 2018, el Municipio de Medellín tiene la obli-gación de mantener el pago de los anteriores contratos, y cada solicitud referente al alumbrado público se asigna al presupuesto de dichos contratos; para el efecto, la Subsecretaría, a través de su plan de expansión y proceso interno valora, presupues-ta y ejecuta las solicitudes del servicio de alumbrado público. Estas solicitudes son tramitadas en los distintos puntos de atención dispuestos para ello, descritos en el numeral 1 de este manual.
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6 ALCANCE
E ste manual va dirigido a los siguientes actores tanto del perímetro urbano como del área rural de la ciudad:
1. Ciudadanos que requieran conocer los procedimientos para solicitar cualquier tipo de atención referente a la prestación del servicio de alumbrado público.
2. Constructores que deban ejecutar infraestructura de alumbrado público como requisito de conexión a la malla urbana (obligación urbanística), según diseños revisados por Empresas Públicas de Medellín y aprobados por la Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín.
3. Entidades de índole municipal que ejecuten infraestructura civil requerida para el alumbrado público, la cual comprende la construcción de la misma, según el alcance de los diseños realizados por Empresas Públicas de Medellín y aproba-dos por la Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín.
4. Asociaciones público privadas (APP) que ejecuten proyectos de ciudad que re-quieran, dentro de sus desarrollos urbanos, la dotación del servicio de alumbra-do público.
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7GLOSARIO
Alumbrado público: es el servicio público no domiciliario de iluminación, inherente al Ser-vicio de energía eléctrica, que se presta con el fin de dar visibilidad al espacio público, bienes de uso público y demás espacios de libre circulación, con tránsito vehicular o peatonal, dentro del perímetro urbano y rural de un municipio o distrito, para el normal desarrollo de las actividades. El servicio de alumbrado público comprende las activi-dades de suministro de energía al sistema de alumbrado público, la administración, operación, mantenimiento, modernización, reposición y expansión de dicho sistema, el desarrollo tecnológico asociado a él, y la interventoría en los casos que aplique.
No se considera servicio de alumbrado público la semaforización, los relojes digitales y la iluminación de las zonas comunes en las unidades inmobiliarias cerradas o en los edificios o conjuntos de uso residencial, comercial, industrial o mixto, sometidos al régimen de pro-piedad horizontal, la cual estará a cargo de la copropiedad. También se excluyen del servicio de alumbrado público la iluminación de carreteras que no estén a cargo del municipio o dis-trito con excepción de aquellos municipios y distritos que presten el servicio de alumbrado público en corredores viales nacionales o departamentales que se encuentren dentro de su perímetro urbano y rural. Tampoco se considera servicio de alumbrado público la iluminación ornamental y navideña en los espacios públicos (Decreto Nacional 943 de 2018).
AMVA: Área Metropolitana del Valle de Aburrá .
AOM: Costos de administración, operación y mantenimiento del sistema de alumbrado público.
APP: Asociaciones Público Privadas.
Áreas urbanas protegidas: son áreas definidas al interior de la ciudad para la conservación de la diversidad biológica, prestadoras de bienes y servicios ambientales, y que deben ser preservadas, restauradas y protegidas para un uso ambiental y social sostenible. Son de-claradas mediante resoluciones metropolitanas y acuerdos municipales.
Arquitectura arbórea: modelos que definen la morfología de los árboles en un momento determinado, considerando el equilibrio entre los procesos de crecimiento y las res-tricciones del medio ambiente.
Charter de LUCI: vocablo inglés que define una serie de acuerdos y políticas en torno a la iluminación pública. Medellín, siendo integrante de LUCI, acoge y desarrolla dichas políticas para la iluminación de la ciudad.
EDU: Empresa de Desarrollo Urbano de Medellín.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.: operador del servicio de alumbrado pú-blico en Medellín.
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8 Fonvalmed: Fondo de Valorización del Municipio de Medellín.
Inder: Instituto de Deportes y Recreación de Medellín.
Iluminación de acento o focalizada: se entiende como la forma de iluminación donde la luz es dirigida para resaltar un objeto o una parte de un área.
Isvimed: Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín
Lámpara: dispositivo que convierte energía eléctrica en energía o radiación lumínica, su fun-cionamiento está basado en los principios físicos de la termo radiación o la luminiscen-cia, dependiendo del tipo de fuente y tecnología.
Lámpara LED: corresponde a un dispositivo semiconductor de estado sólido o varios (arreglo matricial), específicamente diodo emisor de luz (LED) por sus siglas en inglés, el cual con-vierte energía eléctrica en radiación lumínica bajo el principio físico de la luminiscencia.
LUCI: (Lighting Urban Community International) Red internacional que reúne a las ciudades y a los profesionales de la iluminación involucrados en el uso de la luz como una he-rramienta importante para el desarrollo urbano, social y económico, inquietos por los temas de sostenibilidad y medio ambiente. La comunidad fue creada en 2002, en Lyon, Francia, y tiene presencia en cuatro continentes en más de 63 ciudades, entre ellas Me-dellín y 35 miembros asociados (empresas internacionales, diseñadores de iluminación y arquitectos, universidades, profesionales independientes, de iluminación).
Luminaria: aparato de iluminación que distribuye, filtra o transforma la luz emitida por una o más lámparas o bombillas (fuentes luminosas) y que incluye todas las par-tes necesarias para soporte, fijación y protección de las bombillas, pero no las fuentes luminosas mismas y, donde sea necesario, los circuitos auxiliares con los medios para conectarlos a la fuente de alimentación eléctrica. La luminaria dispo-ne entonces de un conjunto óptico y un conjunto eléctrico.
Para efectos del Retilap, se consideran también como luminarias aquellas que, por su diseño constructivo, dispongan de fuente luminosa de manera integrada, cual-quiera que sea su tecnología. También se considerarán como luminarias aquellos productos integrados por una fuente luminosa y/o un conjunto eléctrico, y/o un con-junto óptico que, por la magnitud de su flujo luminoso, no pueda ser clasificado como fuente luminosa integrada.
MAP: Manual de Procedimientos de Alumbrado Público.
MEP: Manual de Espacio Público.
Operador del servicio: es la entidad que contrata el Municipio de Medellín para operar,
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9administrar y mantener el sistema de alumbrado público y así garantizar la prestación del servicio de forma continua y eficiente. El Municipio de Medellín hace un contrato in-teradministrativo con Empresas Públicas de Medellín ESP, para realizar dichas acciones.
POT: Plan de Ordenamiento Territorial.
PQRS: peticiones, quejas, reclamos y solicitudes.
Retie: Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas.
Retilap: Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público.
SALP : Sistema de Alumbrado Público.
Servidumbres: de acuerdo con el Artículo 879 del Código Civil, servidumbre predial o simple servi-dumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio, en utilidad de otro predio de distinto dueño.
Servidumbres activas y pasivas: se llama predio sirviente el que sufre el gravamen y predio dominante el que reporta la utilidad. Con respecto al predio dominante, la servidumbre se llama activa, y con respecto al predio sirviente, se llama pasiva. (Artículo 880 Código Civil).
Servidumbres de hecho: para los fines del presente escrito, las servidumbres de hecho se entienden como caminos y vías de tránsito peatonal y/o vehicular que conectan dos vías públicas, que pasan por predios privados y no están constituidas a través del título y el modo. Dichas servidumbres de hecho se han consolidado por la costumbre, el tiempo y la ausencia de oposición de los dueños de los predios, sin realizarse contratos ni reconocerse indemnizaciones por su uso.
Servidumbres legalmente constituidas: son servidumbres constituidas mediante contra-tos, escritura pública o acto administrativo.
Sistema de iluminación general: conjunto de componentes que comprende la instalación de ilu-minación, así como el esquema de mantenimiento y de operación, necesarios para prestar el servicio de iluminación adecuado para la realización de actividades humanas en los sitios de trabajo o espacios donde puedan permanecer o circular personas o vehículos, y cumple los requisitos fotométricos de seguridad y confort establecidos con el presente reglamento. Tal sistema estará diseñado y construido con base en luminarias para iluminación general.
SLEEC: Street Lighting Energy Efficiency Criterion. Ver política de mantenimiento del Munici-pio de Medellín – ver referencias normativas.
UCAP: Unidad Constructiva de Alumbrado Público. Conjunto de elementos que conforman una unidad típica de un sistema de alumbrado público.
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10 1. SOLICITUDES DE ALUMBRADO PÚBLICO
A continuación, se relacionan las modalidades y canales dispuestos por el Municipio de Medellín y el operador del servicio para las solitudes formales de los diferentes actores interesados en la prestación del servicio de alumbrado público ya sea por expansión, mejoramiento u obligaciones urbanísticas.
Los requerimientos referentes al impuesto de alumbrado público deben dirigirse a la Sub-secretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda, puesto que la Subsecretaría de Ser-vicios Públicos tiene la competencia de la prestación del servicio de alumbrado público y no la recaudación del impuesto.
Ver en el anexo 1, los diagramas de flujo del proceso de solicitudes de alumbrado público.
1.1 Solicitudes de la ciudadanía
En cumplimiento de la Ley 1437 del 18 de enero del 2012, toda persona tiene derecho a presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener informa-ción y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto.
Los canales de atención por medio de los cuales la comunidad puede realizar solicitudes de alumbrado público, se describen a continuación:
• Línea única de atención a la ciudadanía de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (actual operador del SALP) 4444 115:
Gratis, desde cualquier teléfono fijo, a través de esta línea, el ciudadano puede hacer reportes de daños, recibir orientación sobre valores facturados, efectuar quejas, re-clamos y sugerencias, solicitar nuevas luminarias y consultar o verificar datos de los contratistas autorizados para trabajo en campo.
A las solicitudes que ingresen por este medio, se les asigna un número mediante el cual el ciudadano puede hacer seguimiento de su pedido.
Este canal, además de ser el más ágil, permite a los usuarios tramitar las solicitudes desde la comodidad de su casa u oficina, sin necesidad de desplazamientos hasta los centros y taquillas de atención.
Esta línea de atención hace parte de las obligaciones suscritas por el operador del servicio, en el contrato interadministrativo con el Municipio de Medellín.
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• Taquillas de atención por parte del operador - Empresas Públicas de Mede-llín E.S.P. y “Máscercas”:
En estas oficinas se ofrece orientación con respecto a los valores facturados y se reci-ben peticiones, reclamaciones, quejas y sugerencias, por medio de solicitudes escritas; las cuales son atendidas y verificadas. Cuando requieran aprobación son retransmiti-das al Municipio para su valoración y asignación, con el fin de garantizar su gestión.
• Taquillas de atención a la ciudadanía del Centro Administrativo Municipal – Alpujarra:
En las taquillas de servicios públicos del Centro de Servicio a la a la Ciudadanía, ubi-cada en el sótano del Centro Administrativo Municipal, se reciben exclusivamente de-rechos de petición o solicitudes en medio físico, es decir, por escrito.
La Subsecretaría de Servicios Públicos, una vez recibe y registra en el sistema estas solicitudes, las clasifica y, posteriormente, las envía al operador del servicio para su atención; por lo tanto, aunque este es un canal para uso de toda la ciudadanía, se sugiere a la comunidad realizar dichas solicitudes directamente por los canales del operador del servicio (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.), buscando que los reque-rimientos tengan un trámite más ágil y oportuno.
Puente Santa Madre Laura Montoya
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12 • Portal web del Municipio de Medellín:
La ciudadanía, mediante el portal www.medellin.gov.co, puede diligenciar peticio-nes, quejas, reclamos y/o sugerencias (PQRS), seleccionando la opción PQRS ubica-da en la página de inicio.
Los anteriores canales aplican para cualquier persona natural que desee solicitar me-joramiento del servicio de alumbrado público, ya sea por la percepción de carencia o insuficiencia en la prestación, o informar sobre daños o hurtos en la infraestructura de alumbrado público.
Para facilitar la atención de las solicitudes y asignación de recursos, se sugiere que el ciudadano identifique el código (número de rótulo) asociado a la luminaria(s) respecti-va(s), dispuesto por el operador del servicio, para identificar su ubicación georreferen-ciada, y así agilizar la atención del requerimiento.
Adicional al código (ver imagen 1), se requieren, de ser posible, los siguientes datos al realizar la solicitud:
• Nombre del solicitante.• Dirección del solicitante.• Teléfono del solicitante para responder sobre la solicitud.• Aclarar el tipo de solicitud y las posibles observaciones que puedan surgir.• La dirección donde se evidencia la necesidad de iluminación y el (los) rótulo(s) de
la(s) luminaria(s) comprometidas.• Observaciones (detalle de la dirección - cómo llegar).• Disponibilidad del usuario para atender la visita (delegado) cuando se requiera.
Una vez la solicitud de la comunidad ingresa, se analiza bajo la siguiente metodología:
Imagen 1. Rotulación de Luminaria – Ilustrativa.
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13De acuerdo con el Decreto 943 de 2018, que contiene los lineamientos vigentes con respecto al servicio de alumbrado público y a la prestación del mismo, se determina-rá la atención del requerimiento(s) presentado(s) por la comunidad, siempre que los sectores donde se solicite, cumplan lo dispuesto en el Decreto mencionado y demás reglamentación vigente.
Cuando la solicitud ingresa por los canales del operador del servicio, este realiza visitas técnicas para evaluar las condiciones de la prestación del servicio y tomar las medidas necesarias para su mejoramiento, entre las cuales están: mantenimiento de la infraes-tructura (limpieza y/o reposición), modernización y expansión. El Municipio de Mede-llín efectúa las verificaciones correspondientes a través de la interventoría externa de alumbrado público. En los casos en los que se requiera, a partir de un requerimiento, adelantar un proyecto de expansión del servicio y donde no haya certeza de la propie-dad de los predios (público o privado), el operador del servicio informará a la intervento-ría externa del servicio para que proceda a realizar la consulta ante la Entidad Municipal competente. Una vez la interventoría recibe la respuesta de la entidad, esta remite a la Subsecretaría de Servicios Públicos un concepto en el que se pueden presentar los siguientes escenarios:
• Si la entidad competente determina que el predio que corresponde a la solicitud no es de naturaleza pública, la Subsecretaría de Servicios Públicos responde al solici-tante informándole sobre el resultado de la gestión y argumentándole por qué no es factible la prestación del servicio.
• Sí, por el contrario, el predio es público, de acuerdo con la verificación emitida por dicha entidad y la normativa vigente, la Subsecretaría de Servicios Públicos solicita al operador del servicio, presentar a la interventoría externa (con copia al Municipio), una propuesta de expansión del servicio de alumbrado público, para la verificación y revisión.
Una vez la interventoría externa realice la revisión de la propuesta y que esta cum-pla con los requisitos para su aprobación, la Subsecretaría de Servicios Públicos, aprobará y solicitara su ejecución al operador del servicio - Empresas Públicas de Medellín E.S.P.Empresas Públicas de Medellín ESP ejecuta el proyecto de acuerdo con lo esti-pulado técnicamente, enviando los soportes respectivos a la interventoría externa del servicio para su verificación; esta última, a su vez, comunica al Municipio indi-cando la ejecución de las obras a satisfacción para ser ingresadas al aforo base de facturación de alumbrado público, en los contratos de administración, operación y mantenimiento del sistema de alumbrado público AOM y uso de infraestructura y de suministro de energía.
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14 En los casos en los cuales las solicitudes de la comunidad ingresen por los canales de atención del municipio de Medellín, estas serán remitidas a la interventoría de alumbrado para que realice un diagnóstico técnico del requerimiento; una vez se tenga el concepto del mismo y en los casos que se requiera, esta solicitará a Em-presas Públicas de Medellín E.S.P. con copia a la Subsecretaría de Servicios Públi-cos, la ejecución de las acciones necesarias para mejorar la prestación del servicio. Cuando se requieran realizar proyectos de expansión se seguirá el procedimiento anteriormente descrito.
En todo momento, la interventoría externa al servicio de alumbrado público hace se-guimiento a las solicitudes, acciones y comunicaciones emanadas del proceso de alum-brado público.
1.2 Solicitudes de entidades de índole municipal
Estas son realizadas por secretarías del municipio de Medellín y entidades descen-tralizadas: Grupo Empresas Públicas de Medellín (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.), Empresa de Desarrollo Urbano (EDU), Instituto Social de Vivienda y Hábitat (Isvimed), Metro de Medellín, Instituto de Deportes y Recreación de Medellín (Inder). Estas solicitudes son radicadas por medio físico en las taquillas del Municipio en el Centro Administrativo Municipal La Alpujarra y direccionadas a la Subsecretaría de Servicios Públicos.
Estos proyectos serán predimensionados por la Subsecretaría de Servicios Públicos, con el fin de presupuestar económicamente la viabilidad y la ejecución de los mismos y luego serán ingresados al plan de expansión del municipio, para lo cual la entidad municipal debió haber reportado en el año inmediatamente anterior a la ejecución del proyecto, el requerimiento y poder tener en cuenta presupuestalmente el proyecto para su ejecución; subsecuentemente serán enviados al operador del servicio - Em-presas Públicas de Medellín ESP para que elabore y ejecute los diseños del alumbra-do público respectivos.
Una vez sea entregado el diseño por parte de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. al Municipio, este, en compañía de la interventoría externa, revisará y con-solidará las condiciones finales y enviará al solicitante dos (2) copias de los planos sellados para que el contratista tenga conocimiento de los mismos e inicie, de acuerdo con los planos, la construcción de cajas, canalizaciones y adecuaciones en obras civiles, necesarias para la instalación de la infraestructura adicional del servicio de alumbrado público.
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15Para solicitar el diseño y la ejecución de proyectos de alumbrado público se deberá dirigir la comunicación a:
SeñoresSUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOSCAM Calle 44 No. 52 – 165Alcaldía de MedellínAsunto: Solicitud de proyecto de alumbrado público.
Es requisito adjuntar una copia en medio digital del plano urbanístico (paisajismo y mo-dulación de alcorques, donde aplique) y arquitectónico del proyecto, y plano de redes de energía aprobados por la respectiva área de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., donde se incluyan retiros y traslados que interfieren con la obra (donde aplique). Los planos deberán cumplir con los estándares de presentación establecidos en el Manual de Espacio Público del Municipio de Medellín. (Ver Capítulo 2).
En la solicitud se deberán indicar los datos de contacto de la entidad municipal encar-gada del proyecto y los datos de contacto del encargado del mismo.
1.3 Solicitudes de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana
Las obligaciones urbanísticas son aquellas impuestas por Ley 09 de 1989 de Reforma Urbana, la Ley 388 de 1997 de Ordenamiento Territorial, el Decreto Nacional 1469 de 2010 y el Acuerdo 48 de 2014 del Concejo de Medellín, y dentro de la Adminis-tración Municipal, por el Departamento Administrativo de Planeación, como parte de la compensación que debe hacer un urbanizador al crear un espacio público nuevo para darle soporte urbano a un desarrollo inmobiliario. Lo deberá dotar con toda la infraestructura necesaria para su uso, y dado que los servicios públicos son inherentes al espacio, deberá instalar la infraestructura de servicios públicos, entre ellos, el alumbrado.
Parte de las obligaciones urbanísticas es la dotación de los servicios públicos y la conexión de estos a la malla urbana, que fue definida en el Artículo 299 del Acuerdo 46 de 2006, así: “Cuando las áreas por desarrollar no estén dentro de terrenos urbanizados y las redes de servicio público tales como alcantarillados de aguas lluvias y aguas residuales, acueducto, telecomunicaciones, energía y alum-brado público, y las vías de acceso a la urbanización no estén construidas o no tengan la capacidad suficiente para soportar el desarrollo, el interesado deberá ejecutar o complementar las redes y vías principales necesarias para su adecuada vinculación”, y lo cual es ratificado en el Artículo 318 del acuerdo 48 de 2014 que reemplazó al Acuerdo 46 de 2006.
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16 El recibo a satisfacción de la obra de alumbrado público desarrollada en cumplimiento de obligaciones urbanísticas, será parte de los requisitos que deberá llenar el urbani-zador para que su desarrollo urbano sea recibido satisfactoriamente por parte de la Secretaría de Infraestructura Física del Municipio de Medellín.
El procedimiento para este tipo de proyectos de alumbrado público es el siguiente:
El urbanizador solicita, por medio escrito, a la Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín la aprobación del proyecto de alumbrado público, para lo cual presentará la documentación y planos requeridos de la obra (ver Capítulo 2); una vez la Subsecretaría recibe el proyecto, efectúa una retroalimentación inicial con el urbanizador (cuando aplique) y consolida el proyecto dentro del plan de ex-pansión; luego, lo entrega al operador del servicio -Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- para que lo revise, de acuerdo con la normativa vigente y los lineamientos municipales (ingeniería de detalle).
Durante el proceso de revisión de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. este establece una comunicación directa con el diseñador del proyecto, con el fin de socializar el dise-ño e informarle sobre los ajustes que requiere.
Una vez finalizadas las revisiones por parte de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y de la interventoría externa de alumbrado público, se entregan los diseños a la Subsecretaría de Servicios Públicos para su respectiva aprobación.
La Subsecretaría de Servicios Públicos aprueba los diseños y se envían las copias res-pectivas de estos al diseñador que los ingresó.
Antes de iniciar la ejecución, el dueño del proyecto debe comunicarse con la inter-ventoría externa de alumbrado público para solicitar el acompañamiento y revisión durante el desarrollo de la obra. Esta oficina de interventoría tendrá como insumo una copia de los planos aprobados y las memorias de cálculo con la demás docu-mentación requerida.
Para iniciar los trámites, se debe entregar la documentación en las taquillas de archivo ubicadas en el Centro Administrativo Municipal La Alpujarra. Esta debe ser dirigida a:
SeñoresSUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOSCAM Calle 44 No. 52 – 165Alcaldía de MedellínAsunto: Solicitud de revisión y aprobación del diseño de alumbrado públi-co del proyecto “nombre del proyecto”.
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17En esta solicitud se deberán indicar los datos de contacto de la empresa propietaria del proyecto y los datos de contacto de quien realiza el diseño.
Anexo a la solicitud, se deben presentar memorias de cálculo del proyecto y los planos respectivos (ver Capítulo 2). En todas las copias de los planos, se deberán indicar los datos de contacto de la empresa propietaria del proyecto y los datos de contacto de quien realiza el diseño.
1.4 Solicitudes de la interventoría al servicio de alumbrado público
La interventoría externa de alumbrado público, supervisa y verifica, en terreno, las modificaciones que realice el operador en la infraestructura de alumbrado público del Municipio. Monitorea el estado de la infraestructura y operación del servicio, revisa los reportes de quejas y reclamos que realiza la ciudadanía, identifica los sectores que pre-senten deficiencias de iluminación y realiza todas las demás actividades contractuales determinadas por la Administración Municipal y, en consecuencia, genera solicitudes internas ante la Subsecretaria de Servicios Públicos y el operador del servicio en co-rrespondencia, para que se cumplan las condiciones.
1.5 Solicitudes para proyectos de alianzas público privadas -APP-
Para los proyectos de alumbrado público que hagan parte de desarrollos urbanísticos y de ciudad por parte de asociaciones público privadas, que tengan relación con el Muni-cipio de Medellín, se tendrán las siguientes consideraciones:• Se tratará como una obligación urbanística (ver sección 1.3) en los casos en que el
alumbrado público se instale con recursos de privados, el cual, posterior a su ejecu-ción, deberá entregarse al Municipio para su operación, administración y manteni-miento.
• Si en el convenio suscrito entre el Municipio de Medellín y los privados para la APP, se determina explícitamente que el alumbrado público estará a cargo del Municipio, este será costeado con cargo al servicio de alumbrado público (ver sección 1.2).
1.6 Solicitudes para la prestación del servicio de alumbrado público en servidumbres
Con el fin de subsanar las necesidades evidenciadas de atención de requerimientos de la comunidad, en las cuales solicitan constantemente la iluminación de servidumbres de hecho y considerando que:
• La mayor proporción de predios sobre los cuales se llevan a cabo estas solicitudes están en zonas rurales, donde se han establecido servidumbres de tránsito de hecho
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18 por parte de los habitantes del sector; que las comunidades rurales deben recorrer grandes distancias en su cotidianidad, y que la iluminación es una necesidad para su desarrollo y tránsito normal.
• El Municipio de Medellín es el responsable de la prestación del servicio de alum-brado público, y que dicha responsabilidad ha sido delegada a la Subsecretaria de Servicios Públicos mediante el Decreto Municipal 883 de 2015.
Se pretende prestar el servicio de alumbrado público en servidumbres.
Cuando ingresa una solicitud de iluminación y no hay certeza sobre las características del predio, se procede de la siguiente manera:
1. La interventoría realiza un diagnóstico del sector y solicita un concepto de naturale-za del predio a la dependencia municipal competente.
2. Una vez se tenga el concepto de propiedad del predio, se verifica el cumplimiento de las siguientes condiciones:
• El predio corresponde a una servidumbre que está legalmente constituida (escri-
tura pública, acto administrativo…) o, por su utilización, un espacio de uso público. • La servidumbre conecta dos (2) espacios públicos.• La servidumbre es de tránsito vehicular o peatonal y tiene libre circulación.• La servidumbre tiene existencia anterior a la solicitud de prestación del servicio.
3. En caso de que se evidencie que corresponde a una servidumbre legalmente cons-tituida, se procederá a solicitar al operador del servicio la elaboración de un diseño de iluminación para su posterior ejecución, previa aprobación de los diseños. En caso contrario, se iniciará el trámite para legalización de servidumbres (por parte del in-teresado) para poder hacer el diseño correspondiente.
4. Empresas Públicas de Medellín E.S.P. ejecuta el proyecto de acuerdo con lo esti-pulado técnicamente, enviando los soportes respectivos para su verificación a la interventoría externa del servicio, esta, a su vez, comunica al Municipio, indican-do la ejecución de las obras a satisfacción para que sean ingresadas al aforo base de facturación de alumbrado público, en los contratos de costos de administración, operación y mantenimiento del sistema de alumbrado público AOM y uso de infraes-tructura y de suministro de energía.
5. Una vez el operador del servicio ejecute y ponga en servicio la infraestructura insta-lada, la Interventoría de Alumbrado Público verificará la prestación del servicio y si
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19la servidumbre mantiene sus características, para continuar prestando el servicio de alumbrado público de acuerdo con el Decreto Nacional 943 de 2018 y los lineamientos del Código Civil en su capítulo “Servidumbres”.
6. En caso de que la servidumbre pierda su naturaleza, se procederá a informar a la comunidad (solicitante inicial), y se suspenderá la prestación del servicio de alum-brado público.
Nota: si la servidumbre no está legalmente constituida (es una servidumbre de hecho), es necesario realizar el trámite correspondiente para su legalización de acuerdo con los lineamientos establecidos por la ley. Este trámite deberá estar encabezado por el solicitante, con el acompañamiento de la Alcaldía de Medellín (Subsecretaría de Servicios Públicos).
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20 2. REQUISITOS PARA LOS DISEÑOSDE ALUMBRADO PÚBLICO
La Subsecretaría de Servicios Públicos, con el propósito de cumplir el marco regulato-rio y las políticas municipales relacionadas con la prestación del servicio de alumbrado público, ha designado al operador del servicio de alumbrado público -Empresas Públicas de Medellín E.S.P.- para que elabore y ejecute la totalidad de los diseños del alumbrado público, a excepción de los estipulados en el tercer párrafo de este numeral.
Con dicha designación se garantiza una prestación del servicio confiable, el aprovecha-miento óptimo de la infraestructura instalada, ampliación de la calidad y cobertura, em-pleo de nuevas tecnologías bajo condiciones financieras óptimas y extensión ordenada de la red de distribución de energía en coordinación con las demás obras y proyectos formu-lados en los planes vigentes de Ordenamiento Territorial y de Desarrollo.
Los diseños de los proyectos de alumbrado público que hagan parte de una obli-gación urbanística y/o requisito de conexión a la malla urbana, así como aquellos que aumenten la plusvalía o que pertenezcan a otro ente municipal, departamental o nacional y que no hayan suscrito un convenio previo con el Municipio de Medellín, estableciendo claramente dentro del reparto de cargas del desarrollo del proyecto de espacio público la obligación de la instalación de infraestructura de alumbrado público, serán revisados por Empresa Públicas de Medellín E.S.P. y aprobados por la Subsecretaría de Servicios públicos. La instalación y demás certificaciones y diseños correrán por cuenta del urbanizador.
2.1 Elaboración de los diseños de alumbrado público
Cuando una de las entidades de índole municipal (ver numeral 1.2) requiera la elaboración de los diseños de alumbrado público para un proyecto, deberá elevar la solicitud ante la Subsecretaría de Servicios Públicos con la siguiente información, la cual es primordial e indispensable para la elaboración de los diseños. Por lo tanto, de no suministrarse en su totalidad, no es factible la realización de los mismos:
• Una copia (en medio digital) del plano urbanístico definitivo, avalado por el Depar-tamento Administrativo de Planeación, que contenga todos los componentes y elementos del espacio público, tales como las vías, cualquiera que estas sean, con todas sus especificaciones e infraestructuras especiales; espacios públicos para el esparcimiento y encuentro como parques, áreas recreativas y deportivas con sus respectivos senderos peatonales y sitios de estancia, entre otros, con una clara re-ferencia de los sitios a iluminar. Así mismo, debe anexarse el diseño del paisajismo, con la tipificación de los individuos arbóreos y coberturas vegetales, alcorques, con-tenedores (dimensiones, caracterización, individuos arbóreos existentes y proyec-tados), delimitando el área de intervención del proyecto, su ubicación geográfica y
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21referencia del norte, entre otros, de acuerdo con los estándares de presentación de planimetría dispuestos en el Manual de Espacio Público.
• Una copia (en medio digital) del plano de redes de energía, aprobado por el área de energía de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. donde se indiquen claramente los retiros y traslados que interfieren con el proyecto.
• En el rótulo del plano se deben indicar los datos (nombre de la entidad y persona res-ponsable, teléfono de contacto, dirección) del responsable del proyecto y el diseñador, matrícula profesional, fecha de elaboración del plano, escala adecuada, nombre del proyecto, contenido del plano, código y numeración secuencial del plano, modificacio-nes y fechas de las mismas.
• Detalles, cotas, levantamientos topográficos, perfiles viales y senderos. Cuando el proyecto sea de gran alcance y alto impacto (proyectos tipo B y C de acuerdo con Retilap y con el presente manual) y tenga diferentes alturas, se requiere urbanismo y modelo en *.3DS para facilitar la elaboración del diseño. Dado que los modelos en *.3DS son especiales, se debe realizar una revisión y análisis previo entre el proceso de alumbrado público y el responsable de cada proyecto de alto impacto para definir la necesidad de los mismos.
2.2 Revisión de los diseños de alumbrado público
La solicitud de revisión de los diseños del alumbrado público para cada proyecto presen-tado por urbanizadores y constructores, por efecto de actuaciones urbanísticas licencia-das en Curaduría Urbana, en suelos públicos generados por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana, se deberá tramitar ante la Subsecretaría de Servicios Públicos, la cual deberá estar acompañada de la siguiente información, primor-dial e indispensable para proceder con la revisión de los diseños, por lo tanto, al no sumi-nistrarse en su totalidad, no es factible realizar este procedimiento:
• Toda la documentación para el proceso de revisión deberá ser entregada en medio digital y de acuerdo con las plantillas anexas (Ver anexo 9) para la presentación de planos e informes.
• Una copia (en medio digital del plano urbanístico definitivo aprobado por la Curaduría Urbana respectiva, que contenga todos los componentes y elementos del espacio pú-blico, tales como las vías, cualquiera que estas sean, con todas sus especificaciones e infraestructuras especiales; espacios públicos para el esparcimiento y encuentro como parques, áreas recreativas y deportivas con sus respectivos senderos peatona-les y sitios de estancia, entre otros, con una clara referencia de los sitios a iluminar. Así mismo, debe anexarse el diseño del paisajismo, con la tipificación de los individuos arbóreos y coberturas vegetales, alcorques, contenedores (dimensiones, caracteri-
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22 zación, individuos arbóreos existentes y proyectados), delimitando el área de inter-vención del proyecto, su ubicación geográfica y referencia del norte, entre otros, de acuerdo con los estándares de presentación de planimetría dispuestos en el Manual de Espacio Público.
• Una copia en medio digital, del plano de redes de energía aprobado por el área de ener-gía de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. donde se indiquen claramente los retiros y traslados que interfieren con el proyecto.
• Detalles, cotas, levantamientos topográficos, perfiles viales y senderos, animaciones del urbanismo y espacio público en extensión *.3DS (en especial, proyectos que pre-senten terrenos inclinados) para facilitar la revisión del diseño (por ejemplo, desnive-les, postes con luminarias a diferentes alturas, canales, separadores, puentes, pasos deprimidos, etc.), lo anterior aplica para proyectos nivel C.
• Una copia en medio digital (en el que se pueda sobrescribir para realizar observaciones del caso), en una extensión .dwg o .dxf, del plano del diseño preliminar del alumbrado público.
• La ubicación georreferenciada (coordenadas Magna Bogotá).
• Entregar un archivo en formato CAD que contenga seis (6) layer y solo los elemen-tos de alumbrado público (luminaria, poste, transformador, conductor, canalización y caja). Para este archivo se tomará como referencia el poste donde se encuentre el transformador asignado como punto de conexión del proyecto. El urbanizador debe-rá solicitar a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. –Unidad de Alumbrado-, las coor-denadas de dicho poste, las cuales se encuentran en coordenadas Magna Bogotá y, con base en estas, deberá desplazar este archivo.
• Una copia en medio digital del plano del levantamiento de redes de energía y de alum-brado público existentes y proyectadas (postes, luminarias con números de rótulos (como se indica en la figura 1), redes de alumbrado público de baja, media y alta tensión).
• Una copia en medio digital (en el que se pueda sobrescribir para hacer las observa-ciones del caso) del software en el cual se realice el diseño de los cálculos lumi-notécnicos, los cuales deben contener: cálculos fotométricos según los parámetros aplicables al área a iluminar (iluminancia, luminancia, uniformidades, etcétera) y/o la matriz de intensidades de las luminarias proyectadas, indicando marca y referencia de las mismas. El software de iluminación utilizado para la elaboración del diseño lumi-notécnico, debe estar basado en la norma CIE 140, norma referencia del RETILAP.
• Una copia en medio digital del cálculo del factor de mantenimiento y SLECC, de acuer-do con la Política de Mantenimiento de Alumbrado Público. (Ver anexo 8 -Ejemplo de cálculo de factor de mantenimiento-).
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23• Una copia en medio digital, la cual debe contener: cálculos de regulación (para validar formulación en formato *.xls), cuadros de carga, cálculos de protecciones, diagramas unifilares, diseño de puesta a tierra de acuerdo con la norma RA5-010 de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. para los sistemas de puesta a tierra de alumbrado público, según aplique. La regulación en los circuitos alimentadores y ramales de los proyec-tos presentados, debe ser máximo del 5% para las tecnologías de metal halide y sodio; para la tecnología LED se aceptara según la tolerancia indicada por el fabricante.
• Los planos deben contener el cuadro de cantidades de obra a instalar, retirar y trasla-dar y adicionalmente eberán indicarse sobre los planos, los números de los rótulos de las luminarias que vayan a ser a retiradas o trasladadas.
Vía Regional Norte - Sur
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24 • Los planos deben contener las convenciones normalizadas por Empresas Públicas de Medellín y la norma RA8 001 para presentación de proyectos.
• Los planos deben contener los esquemas de postes, brazos a utilizar y detalles cons-tructivos necesarios para la ejecución del proyecto.
• La escala de los planos debe ser adecuada al tamaño del proyecto, con el fin de visua-lizar correctamente el diseño, y debe estar indicada en los mismos, de acuerdo con la norma RA8 001 de Empresas Públicas de Medellín E.S.P..
• Presentar la documentación de autorización de curaduría de acuerdo con resolución de urbanismo del Departamento Administrativo de Planeación.
• Cumplir los requerimientos del Retie o de la normatividad vigente.
• Cumplir los requerimientos del Retilap de la normatividad vigente.
• Cumplir los requerimientos de las normas y Plan Maestro de Iluminación de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (Ver anexo 2).
• Se deben tener en cuenta los flujos luminosos nominales (de acuerdo con las especi-ficaciones técnicas de las diferentes fuentes) y el cálculo del factor de mantenimiento para los proyectos de alumbrado público del Municipio de Medellín, los cuales se de-ben ejecutar con base en los lineamientos de la Política de Mantenimiento de Alum-brado Público del Municipio de Medellín. (Ver anexo 8).
• La factibilidad del punto de conexión para el alumbrado público será tramitada por la Unidad de Alumbrado de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. ante el área de energía correspondiente. Sin embargo, en el diseño presentado se deberá tener ya identificado el centro de carga del proyecto de alumbrado público para garantizar la correcta asig-nación del punto de conexión. En todos los casos los puntos de conexión se otorgarán en el nivel de tensión 1 (se conectarán a redes secundarias existentes o proyectadas).
• Los planos deberán llevar, como mínimo, las notas, descritas en el anexo 3 (Notas de planimetría), más aquellas que se consideren pertinentes según el tipo de proyecto.
• En el rótulo se deben indicar los datos (nombre de la empresa, Nit, nombre del respon-sable, teléfono de contacto, dirección) del responsable del proyecto y el diseñador con matrícula profesional, fecha de elaboración del plano, escala formal, nombre del pro-yecto, contenido del plano, código y numeración secuencial del plano, modificaciones y fechas de las mismas. Lo anterior de acuerdo con la norma RA8 001 de Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
• Las normas y especificaciones técnicas de materiales y equipos de alumbrado público deberán ser descargadas de la página de Empresas Públicas de Medellín http://www.
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25epm.com.co/site/proveedoresycontratistas/Proveedoresycontratistas/Centrodedocu-mentos/Normast%C3%A9cnicas/Energ%C3%ADa.aspx#1-257
• La persona responsable del diseño de un sistema de iluminación deberá entregar un documento en el cual manifieste que el diseño cumple con los requisitos apli-cables del Retilap y las normas para Alumbrado Público de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. (se debe utilizar el formato de declaración de cumplimiento indica-do en el anexo 4).
Adicionalmente, para los diseños del alumbrado público del proyecto se deberán tener en cuenta las siguientes indicaciones:Clasificación de vías
Según la Tabla 510.1.1 del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (Re-tilap), se clasifican las vías para establecer el tipo de iluminación requerida, conforme a velocidades y flujos vehiculares por las mismas, siendo la opción más crítica (velocidad de circulación o tránsito de vehículos) la usada para la clasificación:
Según el “Informe de clasificación de las vías del Municipio de Medellín”, se pueden plantear las equivalencias entre la clasificación de vías del tránsito y la clasificación del Retilap:
Tabla 1. Equivalencias en la clasificación de vías
Clasificaciónjerarquización vial
ClasificaciónRetilap
Clase deiluminación
Vía arteria principal Vías de acceso controlado y vías rápidas M2
Vías colectoras Vías principales y ejes viales M3
Vías de servicio (barrios) Vías primarias o colectoras M4
Vías rurales Vías secundarias M5
Las autopistas norte y sur se clasificarán como vías con clase de iluminación M1, de acuerdo con el Retilap (autopistas y carreteras); aunque se aclara que ninguna vía del Municipio de Medellín excede la velocidad de 80 Km/h, estas son consideradas como de alta circulación vehicular. Las vías de los barrios, consideradas de poco flujo vehicular y con velocidad reducida, se van a clasificar con clase de iluminación M4 con base en el Retilap; estas consideran una velocidad inferior a 30 km/h.
Las vías rurales asociadas a una clase de iluminación M5 están en concordancia con lo re-lacionado en el mapa de jerarquización vial del Acuerdo 048 de 2014, en el cual se indica qué tipo de vías son rurales.
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26 La jerarquización vial del Acuerdo 048 de 2014 determina la clasificación de las vías del Municipio de Medellín; por lo tanto, el urbanizador podrá identificar el tipo de vía de acuerdo con lo plasmado en el documento y los mapas protocolizados con el Acuerdo. En caso de requerir un concepto de la clasificación de las vías del municipio para el proyecto a ejecutar, lo solicitará a la Subsecretaría de Servicios Públicos, que, a su vez, realizará la consulta con la Secretaría de Infraestructura Física.
Los tiempos de respuesta para cada revisión de los diseños de alumbrado público serán de 15 días hábiles; se debe tener en cuenta que cada vez que se revisa un proyecto, se reinician los plazos de respuesta. Es decir, si después de la primera revisión del proyecto hay observaciones por parte del proceso de alumbrado público, el diseñador deberá pre-sentarlo nuevamente, y una vez más habrá 15 días hábiles de plazo para su revisión.
El Municipio de Medellín podrá definir el tipo de tecnología de iluminación con la cual se debe-rá diseñar y ejecutar el proyecto de iluminación, dependiendo de su impacto para el Municipio.
3. CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOSDE ALUMBRADO PÚBLICO
Todo proyecto en el que se pretenda expandir, repotenciar y remodelar el Sistema de Alumbrado Público (Salp), debe contar con un diseño de alumbrado público aprobado por el Municipio de Medellín por medio de la Subsecretaría de Servicios Públicos (según el caso; ver capítulo 2).
A partir del diseño aprobado, quien ejecute el proyecto debe atender a cabalidad todos los detalles especificados, tanto en los planos como en las memorias de cálculo y en las normas referenciadas para tal fin. Se requiere consultar e informar a la Interventoría de Alumbrado Público de toda obra antes, durante y después a su ejecución.
En el caso de que la entidad o empresa responsable y promotora del proyecto requiera re-tirar o sacar de servicio la infraestructura existente para su ejecución, ella misma estará encargada de proporcionar, bajo su costo y responsabilidad, la iluminación provisional re-querida en el lugar. Además, será responsable de cualquier incidente, accidente o pérdida material que ocurra a causa de la falta de iluminación. Dicha iluminación deberá prestar servicio hasta tanto entre a operar el nuevo sistema de iluminación de forma satisfacto-ria. Lo anterior deberá tener la aprobación previa del operador del servicio.
3.1 Proyectos de entidades de índole municipal
Todo proyecto que, dentro del alcance de las obras, pretenda intervenir el sistema de alumbrado público, ya sea por adecuaciones o remodelaciones de espacios que impliquen
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27cambios en la infraestructura del alumbrado existente o porque en la conformación de nuevos espacios se requiera adicionar infraestructura de alumbrado público, deben cum-plir los lineamientos descritos en el capítulo 2, literal 2.1.
La entidad promotora del proyecto es responsable de la construcción de la obra civil requerida para el alumbrado público. Debe suministrar el cronograma de obra que contemple las fechas de inicio y terminación del proyecto a la Subsecretaría de Ser-vicios Públicos; además, debe solicitarle a esta, de manera previa, visitas periódicas por parte de la interventoría, con el propósito de establecer los tiempos de instalación del alumbrado público. Posteriormente, se tramitará el acta de recibo de la infraes-tructura civil requerida.
Si la entidad promotora del proyecto no informa ni entrega el cronograma de ejecución oportunamente, la Subsecretaría de Servicios Públicos no se hace responsable del reci-bo de la obra civil requerida y la instalación del alumbrado público para el proyecto, de acuerdo con el cronograma de la entidad promotora.
Las entidades promotoras son las responsables de los cálculos estructurales para siste-mas de fijación de bridas, pedestales y cimentaciones para fijación vertical u horizontal y demás instalaciones que así lo requieran.
La entidad promotora del proyecto, por medio del personal encargado de la ejecución de la obra civil requerida, solicitará a la Interventoría de Alumbrado Público la revisión de ma-teriales, de manera previa a su instalación; igualmente, solicitará la revisión de la confor-mación de la obra civil necesaria para la infraestructura de alumbrado público proyectada.
Las obras civiles (cajas y canalizaciones) requeridas, deben adelantarse bajo la total su-jeción al diseño aprobado y ser avaladas bajo la verificación de la Interventoría de Alum-brado Público. No obstante, lo relacionado con composición y calidad de materiales para la ejecución de obras civiles, así como los cálculos estructurales, son responsabilidad de la entidad contratante de los diseños civiles, de la construcción de las obras y de la interventoría de las mismas. Para los casos de modificaciones o variaciones al diseño, el procedimiento es el siguiente:
El personal encargado de la ejecución de la obra civil requerida, debe programar una visi-ta a la obra conjuntamente con las diferentes partes comprometidas (Empresas Públicas de Medellín y la Interventoría de Alumbrado Público), con el fin de socializar la necesidad de redefinir el diseño aprobado debido a las nuevas condiciones del proyecto.
De manera conjunta, Empresas Públicas de Medellín y la Interventoría de Alumbrado Público socializan las modificaciones que requiera el diseño, buscando dar soluciones a las mismas y así, aprobar por parte de la Subsecretaría de Servicios Públicos, los cambios que requiera el proyecto.
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28 Según acuerdos entre las partes, disposiciones del Retilap y demás normas que apliquen y, principalmente, las directrices de la Subsecretaría de Servicios Públicos, el personal a cargo de la obra (contratistas, dueño del proyecto y demás) debe suministrar las res-pectivas copias de los planos urbanísticos actualizados conforme a las modificaciones aprobadas.
El personal encargado de la obra debe acoger todas las disposiciones planteadas por el proceso de alumbrado público.
En el momento de la instalación de las luminarias, se debe procurar que los rótulos es-tén orientados en el mismo sentido de circulación de la vía para facilitar las labores de mantenimiento y atención de solicitudes futuras. En lo posible, y dependiendo del tipo de luminaria, la fijación debe ser lateral.
Los rótulos deberán estar en concordancia con los lineamientos de la norma RA5002 de Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
3.2 Proyectos de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana.
El urbanizador del proyecto, por medio del contratista encargado de la ejecución de la infraestructura de alumbrado público proyectada (obra civil y eléctrica requerida), debe solicitar a la Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín, previo inicio de la obra, la Interventoría de Alumbrado Público.
Durante la ejecución del proyecto se debe informar a la Interventoría de Alumbrado Pú-blico cualquier retiro, traslado y/o daño de la infraestructura existente del alumbrado público.
En los casos en que se presente retiro de la infraestructura, el urbanizador encargado de la ejecución del proyecto de alumbrado público debe realizar el respectivo reintegro al operador del servicio – Empresas Públicas De Medellín E.S.P.
El contratista encargado de la ejecución de la infraestructura de alumbrado público pro-yectada (obra civil y eléctrica requerida), solicitará a la Interventoría de Alumbrado Pú-blico la revisión de materiales y equipos, de manera previa a su instalación; igualmente solicitará la revisión de la conformación de toda infraestructura de alumbrado público e instalación de los materiales y equipos requeridos.
Todas las luminarias proyectadas a instalar en la obra deben estar debidamente identi-ficadas (de acuerdo con la imagen 2) con su potencia nominal. Esta potencia debe estar pintada en la luminaria con pintura para intemperie, que contraste con el fondo y de modo que no interfiera con la iluminación.
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Junto con los diseños aprobados, se entregaran las placas reflectivas (rótulos) para las luminarias a instalar. Se debe procurar que los rótulos queden orientados en el mismo sentido de circulación de la vía para facilitar las labores de mantenimiento y atención de solicitudes futuras. En lo posible, y dependiendo del tipo de luminaria, la fijación del rótulo debe ser lateral para mejorar la visualización.
La instalación de los rótulos deberá estar en concordancia con los lineamientos de la norma RA5002 de Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
La infraestructura de alumbrado público proyectada (obra civil y eléctrica requerida) debe ejecutarse bajo la total sujeción al diseño aprobado y estar avalada por la interventoría de alumbrado público. Sin embargo, para los casos de desviaciones del diseño, el proce-dimiento es el siguiente:
El contratista encargado de la ejecución de la infraestructura de alumbrado público pro-yectada (obra civil y eléctrica requerida), debe programar una visita a la obra, conjunta-mente con las diferentes partes comprometidas, el operador de servicio y la interven-toría de alumbrado público, con el fin de socializar las necesidades y redefinir el diseño aprobado considerando las nuevas condiciones del proyecto. De manera conjunta entre Empresas Públicas de Medellín y la interventoría de alumbrado público, se socializan las
Imagen 2. Marcación de la potencia nominal de la luminaria – ilustrativa.
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30 modificaciones que requiera el diseño, buscando dar soluciones a las desviaciones de los requisitos técnicos y, así, aprobar los cambios que requiera el proyecto.
Según acuerdos entre las partes, disposiciones del Retilap y demás normas que apliquen y, principalmente, las directrices de la Subsecretaría de Servicios Públicos, el personal a cargo de la obra (contratistas, dueño del proyecto y demás), debe suministrar actualiza-dos, tanto las respectivas copias de los planos como las memorias de cálculo actualiza-das, conforme a las modificaciones aprobadas.
El personal encargado de la obra debe acoger todas las disposiciones y/o recomenda-ciones respecto a los lineamientos y conceptos técnicos que emitan la Interventoría de Alumbrado Público y Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
Conforme a las secciones 820.4.1 y 2 del Retilap, la persona calificada responsable de la construcción del proyecto de alumbrado público deberá suministrar un documento en el que declare el cumplimiento de los requisitos del Retilap, debidamente diligen-ciado con la respectiva firma del responsable de la construcción. Así mismo, deberá presentar como anexo a la declaración, una copia de la matrícula profesional y un cer-tificado del Consejo Profesional Nacional de Ingenierías Eléctrica, Mecánica y Profesio-nes Afines o del Consejo Profesional Nacional de Tecnólogos en Electricidad, Electróni-ca, Electromecánica y Afines, donde certifique que no posee inhabilidades ni sanciones para ejercer su profesión.
Considerando la sección 820.4.2, literal a, numeral 2, si el proyecto es categorizado en nivel B (medio impacto) o nivel C (alto impacto), según tabla 610.2 (Categoriza-ción de los proyectos de Alumbrado Público) y la tabla complementaria del presen-te manual (ver anexo No 2), la entidad promotora del proyecto deberá gestionar, se-gún cronograma de ejecución de las obras, la(s) visita(s) de un ente acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC). El objetivo es que al finalizar la etapa de construcción y puesta en operación, el mismo ente inspeccione y expida un dictamen de conformidad de cumplimiento a los requisitos del Retilap que, en conjunto con la declaración del constructor de cumplimiento de los requi-sitos del Retilap, sea validado para la certificación plena requerida, de acuerdo con lo establecido en la sección 820.4 del Retilap, de tal manera que sea un requisito para emitir el acta de recibo de obra para el Municipio de Medellín. Para este tipo de proyectos (niveles B y C), para nivel A, y para las categorías especiales que defina el Municipio, se debe tramitar ante el operador de red, el suministro de energía eléc-trica provisional para el alumbrado público ejecutado, es decir, no puede conectarse al sistema de alumbrado público durante los trámites de la certificación plena, de lo contrario, es considerada como una conexión irregular, lo que puede generar sancio-nes por parte del operador de la red (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.) a quien la realice, y/o al responsable del proyecto.
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4. RECIBO DE PROYECTOS DE ALUMBRADO PÚBLICO
La recepción de proyectos de alumbrado público se da mediante el acta de recibo de obra (anexo 5), correspondiente a la parte civil (cajas, canalizaciones y demás), parte eléctrica (luminarias, postes, acometida eléctrica y demás UCAP que conforman la infraestructura de alumbrado público), o ambas (según aplique). El procedimiento para el recibo a conformidad de la obra es el siguiente:
4.1 Proyectos de entidades de índole municipal
Toda infraestructura exclusiva para el alumbrado público, conformada por la entidad pro-motora del proyecto, pasará a ser propiedad del Municipio de Medellín.
Si la entidad promotora del proyecto no ejecuta la obra según lo establecido en el diseño aprobado por la Subsecretaría de Servicios Públicos, esta no recibirá oficialmente la obra civil requerida, por lo tanto, el operador del sistema de alumbrado público (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.) no ejecutará la obra eléctrica, hasta tanto se realicen los correctivos (des-viaciones del diseño o a la norma, no conformidades en obra.) y sea recibido por el Municipio.
El recibo de la infraestructura de alumbrado público se hará mediante el formato “Acta de recibo de obra” (anexo 5), diligenciada por parte de la Interventoría de Alumbrado Público y suscrita por el representante de la entidad promotora, la Interventoría de Alumbrado Público y por la Subsecretaría de Servicios Públicos.
Parque Skate Puente Santa Madre Laura Montoya
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32 Una vez la Interventoría de Alumbrado Público haya realizado la revisión final del proyec-to (incluyendo obra la eléctrica y la documentación asociada para el recibo), esta autori-zará a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. para que efectúe las respectivas conexiones al sistema del alumbrado público e ingrese a la base de facturación del servicio.
4.2 Proyectos de urbanizadores por obligaciones urbanísticas y requisitos de conexión a la malla urbana
Toda infraestructura exclusiva para el alumbrado público conformada por el urbanizador del proyecto, pasará a ser propiedad del Municipio de Medellín.
Si el urbanizador del proyecto ejecuta la obra de manera diferente a lo establecido en el diseño aprobado por la Subsecretaría de Servicios Públicos, esta no recibirá oficial-mente la infraestructura del alumbrado público, por lo tanto, el operador del sistema de alumbrado público (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.) no estará autorizado para proceder con la conexión del proyecto, ni para ingresar la obra ya ejecutada, al aforo de la infraestructura del sistema de alumbrado público. En caso de ser energizado sin autorización del operador, se iniciarán los procesos pertinentes de desconexión.
El recibo de la infraestructura de alumbrado público llevará a cabo mediante el formato “Acta de recibo de obra” (anexo 5), diligenciada por parte de la Interventoría de Alumbrado Público y suscrita por el urbanizador del proyecto, la Interventoría de Alumbrado Público y por la Subsecretaría de Servicios Públicos.
Una vez el acta sea suscrita por las partes, la Interventoría de Alumbrado Público oficiali-zará la entrega ante la Subsecretaría de Servicios Públicos, y, paralelamente, a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para que se adelante la respectiva conexión al sistema del alumbrado público e ingrese a la base de facturación del servicio.
Para los proyectos de alumbrado público generados por obligaciones urbanísticas, donde el urbanizador proponga la instalación de UCAP que no estén contempladas dentro del catálogo del operador del servicio del sistema de alumbrado público de Medellín, se podrán instalar siempre y cuando, dichas UCAP cuenten con las certi-ficaciones exigidas por la reglamentación Nacional vigente y tengan aprobación de la Subsecretaría de Servicios Públicos para su diseño e instalación. Adicional a lo anterior, para el recibo del proyecto, el urbanizador deberá hacer entrega de una can-tidad adicional de UCAP por fuera de las cantidades aprobadas para la instalación del proyecto, dichas UCAPS adicionales garantizarán el mantenimiento posterior del proyecto una vez esté dentro del sistema y en operación. La cantidad adicional será el 20% para un proyecto tipo A, el 15% para un proyecto tipo B y un 10% para un pro-yecto tipo C, siempre aproximando a una cantidad entera de UCAPS suficientes para garantizar la estabilidad y confiabilidad del proyecto.
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33 ANEXO 1
Diagnóstico e identificación de las condicionesy/o necesidades del servicio de alumbrado público
(Interventoría Alumbrado y/o EPM)
Elaboración de la respuesta a lapersona que reportó el “Sitio oscuro”
(Entidad pública)
Ingreso de las Unidades Constructivas del Alumbrado Público a la facturación
mensual de AOM+I y Energía.(Interventoría Alumbrado, Municipio y EPM)
Elaboración de la solicitud de mejoramiento delalumbrado público
(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
Identificación y reportede un “Sitio oscuro” en el
Municipio de Medellín(Ciudadanía)
INICIO
FIN
Elaboración de la propuesta de expansión(EPM)
Evaluación de la propuesta de expansión(Interventoría Alumbrado)
SI
NO ¿Cumple con todas las condicionespara expandir el servicio de alumbrado
público con los recursos delMunicipio de Medellín?
Acondicionamiento de la propuesta de expansión
(Entidad pública)
Se aprueba expansión(Municipio)
Se programa la ejecución de la expansión(EPM)
Ejecución de la expansión(EPM)
Verificación de la ejecución de la expansión(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
SI
NO ¿Se aprueba la propuesta de expansión?
(Interventoría Alumbrado)
Acondicionamiento dela ejecución de la expansión
(EPM)
SI
NO ¿Se aprueba la ejecución de la expansión?
Facturación mensual de
AOM+I y Energía
DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE EXPANSIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICOPROYECTOS SOLICITADOS POR LA CIUDADANÍA
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Diagnóstico e identificación de las condicionesy/o necesidades del servicio de alumbrado público
(Entidad pública, Municipio, Interventoría Alumbrado y/o EPM)
Ejecutar el proyecto de espacio público, sin afectar la infraestructura
de alumbrado público existente(Entidad pública)
Ejecutar el proyecto según diseño, conformandosólo la obra civil asociada a la infraestructura del
alumbrado público. (Ver sección 3.1)(Entidad pública)
Verificación de la conformación de la obra civil asociada a la infraestructura
del alumbrado público(Interventoría Alumbrado)
Ingreso de las Unidades Constructivas del Alumbrado Público a la facturación
mensual de AOM+I y Energía.(Interventoría Alumbrado, Municipio y EPM)
Suministrar planos,memorias de cálculo y
demás documentación consellos de aprobación a
EPM
Se programa la ejecuciónde la obra eléctrica, segúncronograma de obra civil
(EPM)Acondicionar laejecución de la instalación
(Entidad pública)
Acondicionarla ejecución
de la instalación(Entidad pública)
Verificación de laejecución de la instalación
(Interventoría)
Suministrar planos,memorias de cálculo y
demás documentación consellos de aprobación a
la interventoría paraseguimiento del proyecto
(Municipio)
Ingreso de las UnidadesConstructivas del
Alumbrado Públicoa la facturación mensual
de AOM y Energía.(Interventoría Alumbrado,
Municipio y EPM)
Suministrar a EPM los insumospara elaborar el diseño de
alumbrado público (Ver sección 2.1)(Entidad pública)
Aprobar diseño de alumbrado público y sellar planos por parte del supervisor del
contrato del servicio de alumbrado público(Entidad pública)
Solicitud de diseño de unproyecto en el Municipio
de Medellín(sección 1.2)
INICIO
FIN
FIN
Elaborar diseño de alumbrado público(EPM)
Recibo de obra civil. (Ver sección 4.1) (Interventoría Alumbrado y Municipio)
Ejecución de obra eléctrica(EPM)
Suministrar planos aprobados al ente Municipal(Municipio)
Revisardiseño de alumbrado público(Interventoría Alumbrado)
SI
NO ¿Es necesario realizarun proyecto de
alumbrado público?
SINO¿Se aprueba la ejecución
de la instalación? (Interventoría Alumbrado)
SINO¿Se aprueba la ejecución
de la instalación? (Interventoría Alumbrado)Facturación
mensual deAOM y Energía
Facturación mensual de
AOM+I y Energía
DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO DE PROYECTOS DE ALUMBRADO PÚBLICOPROYECTOS DEL MUNICIPIO
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Ingreso de las Unidades Constructivas del Alumbrado público a la facturación mensual de AOM y Energía
(Interventoría Alumbrado, Municipio y EPM)
Acondicionar laejecución
de la instalación(Entidad privada)
INICIO
FIN
Elaborar el diseño de alumbrado público(Entidad privada)
Se programa la energización de la instalación(Entidad privada, interventoría Alumbrado, Municipio y EPM)
Suministrar al Municipio el diseño de alumbrado público para la respectiva
revisión de la ingeniería de detalle(Ver sección 1.3)
(Entidad privada)
Revisar diseño de alumbrado público(Ver sección 2.2)
(EPM e Interventoría)
Ejecutar el proyecto según diseño, conformandotanto la obra civil como eléctrica asociada a la
infraestructura del alumbrado público(Ver sección 3.2)
(Entidad privada)
Aprobar planos de alumbrado público(Ver sección 2.2)
(Municipio)
Recibo de obra civil y eléctrica(Ver sección 4.2)
(Interventoría, Alumbrado y Municipio)
Verificación de la ejecución de la instalación(Interventoría Alumbrado)
SI
NO¿Se apruebala ejecución
de la instalación?
Facturación mensual de
AOM y Energía
PROYECTOS DE OBLIGACIONES URBANÍSTICASY REQUISITOS DE CONEXIÓN A LA MALLA URBANA
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INICIO
FIN
Diagnóstico e identificación de las condiciones y/o necesidades del servicio de alumbrado público
(Interventoría Alumbrado y/o EPM)
Elaboración de la respuesta a la persona que reportó el “sitio oscuro”
(Interventoría Alumbrado y/o EPM)
El interesado debelegalizar la servidumbre
(Comunidad)
Acondicionamiento de lapropuesta de expansión
(EPM)
Acondicionamientode la ejecuciónde la expansión
(EPM)
Elaboración de la solicitud demejoramiento del alumbrado público
(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
Elaboración de lapropuesta de expansión
(EPM)
Evaluación de lapropuesta de expansión
(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
Se aprueba la propuesta de expansión(Municipio)
Se programa la ejecución de la expansión(EPM)
Ejecución de la expansión(EPM)
Verificación de la ejecuciónde la expansión
(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
Ingreso de las Unidades Constructivasdel Alumbrado facturación mensual
de AOM+I y Energía.(Interventoría Alumbrado, Municipio y EPM)
Verificación de ladestinación del predio - Continuo.
(Interventoría Alumbrado y/o Municipio)
SI
NO ¿Es un espacio destinado al uso público y de libre circulación y
desplazamiento?
SI
NO ¿Es un predio propiedad del Municipio o una servidumbre
legalmente constituida?
SI
NO ¿Se aprueba la propuestade expansión?
(Interventoría Alumbrado)
SI
NO ¿Se aprueba la ejecuciónde la expansión?
Facturación mensual de
AOM+I y Energía
Identificación y reporte de un “sitio oscuro” en el
Municipio de Medellín.(Ciudadanía)
PROYECTOS SOLICITADOS PARA ILUMINACIÓN DE SERVIDUMBRES
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Requisitos generales para el diseño de alumbrado público
A continuación, se relacionan una serie de requisitos generales para el diseño de alumbrado público, establecidos en el Plan Maestro de Iluminación, los cuales deben tenerse presentes cuando se soli-cite la revisión de los diseños del alumbrado público Medellín.
En la siguiente tabla se categorizan los proyectos para el Municipio de Medellín, según lo establecido y exigido en la sección 610.2 del Retilap y lo determinado en el presente Manual, complementando dicha tabla de acuerdo con las facultades otorgadas por el Retilap (y demás normatividades) a los municipios, como responsables de la prestación del servicio de alumbrado público.
ANEXO 2
SÍMBOLO TIPO FUNCIÓN
Terminal Muestra el Inicio / Final de un proceso.
Proceso / Actividad Muestra de desempeño de las operaciones.
Decisión Determina los pasos a seguir.
Documento Muestra impresa de entradas o salidas.
Conectores en la misma Remite a otro página o hacia otra. proceso.
Base de Datos. Consolida la información.
INICIO / FIN
Proceso(Responsable del proceso)
Decisión(Responsablede la decisión)
Documento
Base de Datos
Conectora otro proceso
CUADRO DE CONVENCIONES DE LOS DIAGRAMAS DE FLUJO
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38 Tabla 2. Categorización de los proyectos de alumbrado público adicionales al Retilap para el Municipio de Medellín
[2*] Para proyectos especiales, el Municipio definirá el número de alternativas a presentar y las condi-
ciones de entrega de las propuestas.
PROYECTOS NUEVOS O REMODELACIÓNNivel A Nivel B Nivel C
Bajoimpacto
Medio Impacto
Altoimpacto
SISTEMA VIAL,
PASOS VEHICULARES SUBTERRÁNEOS Y BAJOS DE LOS PUENTES
Clase de iluminación de la vía o tipo de área P ≤ 25
oL = 0
25 <P ≤ 75oL ≤ 1000
P >75oL >1000M1 – M2
C0-C1
M3 – M4C2 –C3
P ≤ 25oL ≤ 1000
25 <P ≤ 100o1000 <L ≤ 2000
P >100oL > 2000
M5C4
10 <P ≤ 25oL ≤ 1000
25 <P ≤100o1000<L ≤ 2000
P >100oL >2000
OTRAS ÁREAS
Alamedas, ciclorrutas, parques, paseos, plazas, plazoletas, vías peatonales, puentes y túneles peatonales.
No adyacentes a vías vehiculares (C0 - C1 - C2 - C3 - C4 - C5)
P1 - P2 - P3 - P4
Túneles y pasos subterráneos peatonales (Referencia a C0 con U0 ≥ 33 %)
10 <P ≤ 25oL ≤ 1000
25 <P ≤ 50o1000 <L ≤ 2000
P >50oL >2000
ESPECIALES [2*]
Zonas históricas de conservación y otras que por sus características tengan un especial interés para el municipio.
Escenarios deportivos (UNE – EN 12193 y RETILAP)
Parqueaderos públicos descubiertos (Igual a nivel de iluminancia de ciclorrutas adyacentes a calzadas vehiculares con referencia a U0 ≥ 33 % (tabla 510.3 a. del Retilap))
P ≤ 25 25<P ≤ 50 P >50
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Convenciones:
P: Cantidad de luminarias o proyectores (U).L: Longitud de excavación de ductería para red subterránea de alumbrado público (m).W: Potencia eléctrica del proyecto [kW].Especiales: El Municipio definirá el número de alternativas a presentar y las condiciones
de entrega de las propuestas.C(N) si M(N): Ver tabla 510.2.3b del Retilap
Nota: todos los proyectos arquitectónicos requieren la presentación de la evaluación técnico-económica, independiente de la categorización de proyectos; sin embargo, no se requiere la presentación de las tres propuestas de diseño en la categoría nivel C. La cate-gorización de este tipo de proyectos está encaminada al cumplimiento de la Ley 697 de 2001 (Uso Racional y Eficiente de la Energía -URE-).
El criterio adoptado por el Municipio de Medellín para establecer los niveles A, B o C de un proyecto, es la cantidad de luminarias o proyectores (P). Para el caso específico de áreas arquitectónicas, se basa en el criterio de potencia eléctrica (kW).
Cabe resaltar que, de acuerdo con la interpretación emitida por el Ministerio de Minas y Energía, con radicado núm. 201606350021-09-2016, a los proyectos considerados como ampliación (sinónimo de proyecto nuevo), se les deben aplicar los requisitos de prepa-ración, documentación y demostración de conformidad según el Retilap, es decir, son objeto de ser categorizados dentro de las tablas 2 y 3 del presente manual.
Requisitos de infraestructura
• En diseños donde existan, en sitio, postes de redes, el responsable de la ejecución del proyecto de alumbrado público debe hacer una previa concertación con el operador del servicio de distribución de energía (Empresas Públicas de Medellín E.S.P.), con el fin de op-timizar la infraestructura ya existente. Si se decide utilizar el poste de energía en el nuevo diseño de iluminación, se deberá implementar un brazo compatible estéticamente.
• En concordancia con lo anterior, no se deberá mezclar brazos con diferente diseño en una misma vía, ya sean compartidos o de alumbrado público, independientemente del área que se esté iluminando. (Ver catálogo).
• Todas las luminarias, postes y brazos deberán ser instalados en su color y forma origi-nal. (Ver Anexo 7)
• Se debe consultar la selección de luminarias para lugares donde la infraestructura existente no pueda ser usada, debido a la estratificación vegetal.
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Imagen 3. Imagen proyección de copa (todas las imágenes en este manual son ilustrativas, no normativas).
Requisitos de ubicación de la infraestructura
• De acuerdo con el Manual de Espacio Público vigente, el borde del poste en dirección a la calzada debe localizarse mínimo a 0,3 metros libres del borde de la calzada si el andén es de un ancho menor o igual a 2,5 metros; si el andén es mayor a esta medida, se ubicará a, mínimo, 0,6 metros. Esta ubicación no deberá interferir con la loseta tác-til.
• La infraestructura no debe interferir con el tránsito normal de peatones y ciclistas. (Sección 8.3 Franja de amueblamiento – Manual de Espacio Público de Medellín - De-creto Municipal 113 de 2017).
Para todo diseño de iluminación donde exista interacción con árboles o arbustos, el dise-ñador deberá remitirse a las fichas forestales. (Ver anexo 6):
• Si el componente arbóreo del espacio público verde se encuentra ubicado de manera dispersa, es necesario que no se ubique infraestructura en el área comprendida de la proyección de la copa sobre el suelo, como se indica en la imagen 3.
• Si se decide hacer alguna modificación a la forma o color de la infraestructura, se de-berá consultar a la entidad prestadora del servicio.
• Se deberá revisar siempre el Retilap (Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público): http://www.minminas.gov.co.
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41Requisitos generales para el diseño de iluminación en vías
El sistema de movilidad contiene los siguientes elementos: vías, pasos deprimidos, puentes vehiculares, separadores, glorietas, orejas, conectantes y ciclorrutas; así mismo, vías peatonales, como: bulevares, puentes y andenes.
Con esta serie de requisitos para la iluminación del sistema de movilidad se busca:
• Reducir accidentalidad.• Garantizar sensación de seguridad y confort.• Facilitar el flujo de tráfico vehicular y peatonal.• Promocionar el comercio y la industria.• Promover el turismo.• Generar identidad y apropiación de la comunidad.
Diseño de calzadas vehiculares:
• Para el diseño de iluminación de calzadas, se debe cumplir con lo estipulado en el Capítulo 5: “Alumbrado público e iluminación exterior” del Retilap, y con las demás exigencias generales y puntuales establecidas por el Municipio de Medellín.
• Las principales exigencias a cumplir para cada tipo de vía o espacio vial son los niveles de luminancia o iluminancia y uniformidades, los cuales se encuentran establecidos en la tabla 13 de la Política de Mantenimiento de Alumbrado Público del Municipio de Medellín (Límite superior de niveles luminancia o iluminancia) y en la Sección 510: “Consideraciones técnicas del diseño del alumbrado público “del Retilap (niveles míni-mos y uniformidades).
• La Sección 510, además, contiene (numeral 6) las recomendaciones para la ubicación y disposición de la infraestructura para condiciones viales “ideales”, y para los casos en los que hay curvas, pendientes, árboles u obstáculos en general.
• De acuerdo con el informe de clasificación de las vías del Municipio de Medellín (ver capítulo 2 del Manual de Procedimientos de Alumbrado Público), en cruces donde una de las vías predomina por su importancia, su diseño de iluminación tendrá prelación sobre las otras con las que converge. Es decir, en el momento de realizar un diseño de alumbrado público, para el caso del ejemplo una vía con clase de iluminación M4, si esta converge con una vía con clase de iluminación M3, se deberá considerar el aporte que realiza esta vía existente (M3) a la que se realizará en el diseño de alumbrado público (M4); por otro lado, se debe considerar efectuar una transición adecuada cuando existan convergencias entre vías con diferente categorización vial, con el fin de que no se presenten percepciones de falencias en la iluminación de la vía de menor categoría. (Ver imagen 4).
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Imagen 4. Imagen Intersecciones viales - ilustrativa. En el ejemplo, el diseño de la vía con clase de iluminación M3 prevalece sobre la vía con clase de iluminación M4.
Imagen 5. Diferentes secciones viales – ilustrativa.
• Se deberá revisar siempre el Retilap (Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Pú-blico): http://www.minminas.gov.co.
• En áreas de cruces viales, por seguridad, la infraestructura utilizada para la ilumina-ción no debe interferir con la visibilidad del peatón ni del conductor, ni obstaculizar la visibilidad de semáforos y señales de tránsito.
• Para la iluminación de andenes, se debe utilizar, en lo posible, la misma infraestruc-tura dispuesta para el alumbrado de la calzada, buscando minimizar la saturación del espacio con postes. (Ver el catálogo fichas forestales).
• Considerar las diferentes secciones que se dan en una misma vía para su diseño, intentando conservar la uniformidad en infraestructura y ubicación de la misma. En caso de que no sea posible garantizar ambas, prevalecerá la uniformidad en infraestructura (poste, brazo y luminaria), garantizando niveles de luminancia o iluminancia, coeficientes de uniformidad y control del deslumbramiento.
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43En vías donde se presenten múltiples niveles de piso entre sus diferentes áreas, el diseño de iluminación deberá considerar los desniveles en la simulación del diseño.
Diseño de vías peatonales:
• Toda vía peatonal debe cumplir con los niveles exigidos de iluminancia, en proporción con los niveles de las vías vehiculares adyacentes, garantizando la percepción de segu-ridad y confort de los transeúntes.
• En el diseño de iluminación para andenes de sección estrecha, se debe considerar la ubicación de las luminarias para evitar o minimizar hechos vandálicos que afecten la infraestructura, y para que no representen un peligro para la comunidad.
• En todos los andenes se debe garantizar que la infraestructura para la iluminación coexista con el mobiliario urbano, con el componente arbóreo, con bancas, paraderos de buses, circulaciones peatonales, entre otros. En lo posible, y sobre todo para dise-ños nuevos, se deberá realizar un diseño integrado, donde la iluminación prime sobre el mobiliario o el paisajismo, excepto con árboles prexistentes y semáforos, según lo indicado en la Sección 520 del Retilap.
Infraestructura:
Si es necesario modificar las dimensiones o estándares del brazo o poste, debido a las difí-ciles condiciones espaciales, se deberá tener previa aprobación del Municipio de Medellín y del operador del servicio Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
Temperatura de color:
Para vías peatonales importantes que defina el municipio de Medellín en la ciudad, el Municipio evaluará la utilización de temperaturas de color blanco neutro o blanco cálido. Ver la clasificación de temperaturas de color en el Retilap Tabla 200.3.4.b, sin descartar la alternativa de temperatura de color cálido de la fuente de sodio alta presión.
La escogencia del tipo de iluminación deberá estar en concordancia con el plan de expan-sión anual del municipio de Medellín y el presupuesto asignado.
Temperatura de color Kelvin
Blanco cálido 3.000 K +/- 10K
Blanco neutro 4.000 K +/- 10K
Blanco frío 5.700 K +/- 10K
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Ciclorrutas:
• Se recomienda diseñar una iluminación específica para esta actividad, teniendo en cuen-ta la iluminación que se pueda aportar por infraestructura instalada en los alrededores (influencia de las luminarias dispuestas para áreas adyacentes, como calzadas, parques, entre otras); de no cumplirse con niveles mínimos de iluminación o uniformidad requeri-da, se procederá a ejecutar un proyecto complementario.
• La temperatura de color podrá depender del diseño de la vía adyacente principal, bus-cando conservar la misma temperatura del color. (Ver la clasificación de temperaturas de color en la Tabla 200.3.4. b del Retilap).
Sistema Integrado de Transporte (SIT):
Se recomienda reforzar la iluminación, teniendo presentes los niveles máximos permiti-dos por la tabla 13 de la Política de Mantenimiento, en las áreas públicas de riesgo social adyacentes al SIT.
Glorietas, orejas y separadores:
Solo se debe considerar la iluminación al interior de las glorietas y orejas que tengan pasos peatonales obligados y mobiliario urbano, y estén constituidas como espacios pú-blicos de propiedad del Municipio de Medellín. Si es necesario iluminarlas, se deberá con-sultar antes a la Subsecretaría de Servicios Públicos.
Puentes y vías deprimidas:
• Todos los puentes peatonales deberán contemplar un diseño de iluminación que con-sidere la influencia de las luminarias dispuestas para las calzadas, incluyendo rampas y escaleras. En casos en que el puente sea cubierto, se recomienda el uso de Ilumina-
Parques del Río
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45ción de techo o bordes. Adicionalmente, deberá proyectarse iluminación para las áreas peatonales y vehiculares debajo de los puentes.
• En todos los puentes vehiculares con pasos a desnivel e intercambios viales, se reco-mienda ubicar la infraestructura de iluminación en el nivel del puente. Así mismo, deberá proyectarse iluminación para las áreas peatonales y vehiculares debajo de los puentes.
• Para puentes peatonales, el Municipio evaluará la utilización de temperatura de color blanco neutro o blanco cálido, sin descartar la alternativa de temperatura de color cálido de la fuente de sodio alta presión. Se podrá considerar la temperatura de la vía o espacio al que pertenece el puente. (Ver la clasificación de temperaturas de color en el Retilap Tabla 200.3.4. b)
• Para bajos de puentes, el Municipio evaluará la utilización de la misma temperatura de color de la calzada, a menos que el paso peatonal esté conectado con la red peatonal.
Además del diseño de iluminación, se deberá contar con el aval (por medio de un documento firmado) de un profesional competente en obra civil, o quien esté a cargo de la ejecución de obras civiles del proyecto, que garantice que los ele-mentos diseñados para la fijación de postes bridados, luminarias adosadas y de-más infraestructura que pueda afectar la estabilidad de alguna obra civil (los puentes y deprimidos de la ciudad, entre otros), sean los adecuados y según las normas que le apliquen.
Parques, plazas y plazoletas:
• Se debe cumplir con los niveles de iluminancia promedio y uniformidad general mínima, indicados en la Tabla 510.3.b del Retilap, y con las demás exigencias generales y puntua-les aplicables del reglamento.
• Antes de iniciar el diseño de alumbrado público, se exigirá al promotor del proyecto el plano aprobado del diseño paisajístico (cuando aplique). Lo anterior es para proyectos nivel B y C.
• En los diseños se deben optimizar los W/m2 para la iluminación de este tipo de espacios en concordancia con el URE.
• En parques tradicionales y plazas, se evaluará la utilización de temperatura de color blanco neutro o blanco cálido (se exceptúan actividades recreativas), previa autoriza-ción de la Subsecretaría de Servicios Públicos. Para esto se deberán considerar los materiales de piso y de mobiliario urbano. La fuente de sodio alta presión continúa siendo válida.
• En el diseño también se debe considerar la inclusión de sistemas temporizados de con-mutación para el apagado programado de la iluminación de espacios de uso recreativo
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46 o similar al dentro de parques, en horas en las que la actividad o actividades del espacio (distintas a movilidad) sean inexistentes. De igual manera, se debe considerar la inclu-sión de sistemas de este tipo para el apagado de la iluminación orientada a resaltar ele-mentos como esculturas o fuentes al interior de plazas y plazoletas, siempre y cuando esto se considere pertinente para el proyecto en un horario específico. La conmutación temporizada solo se debe considerar en los casos en que sea conveniente y no afecte la iluminación funcional del sitio, por ejemplo, la asociada a movilidad y seguridad. Lo ante-rior, es correspondiente con la Ley 697 de 2001 que establece el uso racional y eficiente de energía, y las políticas vigentes del Municipio de Medellín.
• Cada plaza o parque tiene algunos elementos que deben ser identificados para su diseño:
Cancha de Fútbol Campo Amor
a. Área de actividad, como juegos infantiles, deporte, teatro, entre otros. Estas zonas, en la medida de lo posible, se considerarán en blanco neutro, previa consulta y aprobación de la Subsecretaría de Servicios Públicos. (Ver la clasificación de temperaturas de color en el Retilap Tabla 200.3.4. b).
b. Elementos de identidad: monumentos, fuentes, esculturas, fachadas, entre otros. Estos elementos, dependiendo de sus materiales, se iluminarán, preferiblemente, con blanco cálido o color correspondiente al tipo de acabado y los elementos que lo conformen. En cualquier caso, se deberá consultar previamente a la Subsecretaría
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47de Servicios Públicos o la entidad que haga sus veces, y al operador del servicio Em-presas Públicas de Medellín E.S.P.
c. Zona de transición: vías y entorno. En caso de ser intervenidas, se considerará siem-pre hacer una transición entre la temperatura de color predominante en el proyecto nuevo y los adyacentes.
• Para la remodelación y construcción de plazas y parques, se deberá homogenizar la infraestructura de alumbrado público, para estandarizar los tipos de poste y brazo. (Ver catálogo).
• En parques con mobiliario, como juegos infantiles, la ubicación de la infraestructura para la iluminación no podrá interferir con la actividad. Se ejecutarán redes eléctri-cas canalizadas y postes ornamentales para los parques del Municipio, con el fin de promover el uso por la comunidad, minimizar el riesgo eléctrico y la interferencia con la arborización.
• En parques donde existan zonas verdes (de recreación pasiva o sin inmobiliario urba-no), la infraestructura para el alumbrado público no deberá estar orientada a iluminar dicha zona, sino los espacios de circulación y estancias.
Escenarios deportivos:
Se deben cumplir con las recomendaciones y exigencias establecidas en la Sección 560, numeral 3 del Retilap: “Iluminación de escenarios deportivos o recreativos”, con las de-más exigencias generales y puntuales indicadas en el reglamento y con la Política del Escenarios Deportivos del Municipio de Medellín.
• Los lineamientos para este tipo de espacio se remiten al Retilap y a la Norma UNE – EN 12193. Para los escenarios de niveles de juego recreativo y de entrenamiento incluidos en el Retilap, la uniformidad general (U0) será mayor o igual al 2:5.
• Se requiere que el diseño de iluminación también estime las circulaciones y zonas de estancias que acompañan las actividades deportivas, como senderos y/o zona de gra-derías. Esto se contemplará como un nivel de clasificación C3.
• El Municipio de Medellín adelantará un análisis técnico-económico para escenarios deportivos con nuevas tecnologías.
• Los escenarios deportivos deberán ser iluminados con proyectores y postes adecuados para ellos, procurando unificar esta infraestructura con la del resto de canchas de carácter zonal y metropolitano de la ciudad.
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48 • Hasta que se haga la entrega oficial del escenario deportivo al Municipio, la responsa-bilidad civil y de cualquier tipo de riesgo asociado a la iluminación, es del constructor.
Bienes de interés cultural patrimonial:
Para iluminación arquitectónica, las temperaturas de color deberán ser:
Para el diseño de iluminación de bienes de interés cultural y patrimonial, se debe-rán identificar sus características físicas, como colores, formas, texturas y tamaños y, así, jerarquizar y categorizar los elementos del espacio.
a) Vías especiales
Para vías especiales de reconocimiento cultural (flujo peatonal alto, nocturno) o dentro de zonas patrimoniales, se recomienda hacer distinción en el sistema de alumbrado público con una temperatura de color diferente a las demás vías del entorno. Lo anterior deberá ser aprobado con antelación por la Subsecretaría de Servicios Públicos o la dependencia haga sus veces.
b) Edificios patrimoniales
• Para edificios patrimoniales se deberán considerar las siguientes recomendaciones : 1) Ubicación de equipos de iluminación: lo más oculta o discreta posible. 2) Infraestructura: soportes - intervención mínima. 3) Temperatura de color: blanco neutro, blanco cálido y amarillo ámbar en función del material y color predominante de acabado de la fachada. 4) Colores distintos: solo para efectos temporales o detalles que merezcan ser resaltados.
• Previo al diseño, el diseñador que cuente con las competencias deberá realizar una evaluación externa del estado del edificio y, de esta manera, prevenir daños a la es-tructura y a los acabados, con la intervención o el montaje de la iluminación.
• Si se pretende destacar un objeto, edificio, fuente, escultura, entre otros, en un espacio en general o en un conjunto de bienes de interés cultural, es recomenda-ble utilizar una temperatura de color diferente a la del entorno.
• Para la iluminación e intervención de este tipo de edificios se deberá contar con el permiso de la entidad que haya definido dicho inmueble como patrimonial (municipal o nacional).
Temperatura de color Kelvin
Blanco cálido 2.200 K o 2.700 K +/- 10K
Blanco neutro 4.000 K +/- 10K
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49c) Zonas de borde urbano
Las áreas que pertenezcan a zonas de borde urbano y que, perceptiblemente, aún no se consoliden como espacios públicos verdes, debido a que hacen parte de las franjas de protección de ribera, zonas de transición urbana – rural, límites divisorios del paisaje, deberán abstenerse de iluminación. Son susceptibles de iluminar, aquellos puntos don-de existan puentes y pasos peatonales obligados, es decir, espacios con una dinámica social consolidada.
d) Áreas de ribera urbanas y canalizaciones
Las áreas de ribera urbanas que posean actividades sociales, como es el caso de los parques lineales, deberán tener una iluminación concordante con el entorno natural, es decir, no se deben iluminar, de manera directa ni indirecta, las zonas verdes ni los flujos de agua. El diseño de iluminación debe considerar la existencia del componente vegetal y, por tanto, establecer propuestas en donde la infraestructura no interfiera con la arquitec-tura arbórea. (Ver el anexo fichas forestales del presente manual).
e) Áreas protegidas y ecosistemas estratégicos
Son elementos del paisaje que, por sus características ambientales y naturales (ver glosario), no son susceptibles de iluminación. Las áreas protegidas urbanas, por su parte, según su connotación, al ser entornos establecidos para la recrea-ción en espacios naturales, deben cumplir con una iluminación establecida en el Retilap, en sus accesos y sus espacios públicos consolidados, como las estancias, miradores y los parqueaderos, considerando que son distantes de áreas ilumi-nadas (Tabla 510.3 b.). Los ecosistemas estratégicos no deben iluminarse, si el Municipio considera necesaria la implementación del algún tipo de infraestruc-tura, debe ser asociada a los senderos y estancias formalmente establecidos. La infraestructura, las luminarias y, por consiguiente, la iluminación deben estar diri-gidas únicamente a los espacios mencionados.
Estas dos clasificaciones territoriales presentan particularidades ecológicas que deter-minan que estos sitios deben preservar sus características naturales sin ser perturbados de manera artificial o antrópica, para garantizar los bienes y servicios ambientales de los que se sustenta el Municipio de Medellín. En ese sentido, la oscuridad en la noche es el factor esencial para el funcionamiento natural de los ciclos biológicos de las especies animales y vegetales que constituyen los ecosistemas.
Antes de iniciar un proyecto de alumbrado público en estas áreas y ecosistemas, se debe tener un concepto previo de la autoridad ambiental competente. En caso de contar con un concepto positivo, es preciso incluir desde la etapa de diseño el sistema de temporización para el alumbrado público.
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Notas de planimetría
Los planos deberán llevar, como mínimo, las siguientes notas, más aquellas específicas, de acuerdo con el tipo de proyecto:1. Los permisos ante terceros serán tramitados por el interesado.2. Este proyecto se ejecutará en coordinación con otras áreas (energía en baja, media y
alta tensión, telecomunicaciones, gas, acueducto y alcantarillado).3. Este proyecto tendrá en cuenta, desde el diseño, no interferir con la arborización
existente y evitará interferencia con la arborización proyectada. Las raíces y el folla-je requieren especial cuidado.
4. Antes de iniciar las obras que le corresponda ejecutar, el interesado solicitará a la Subsecretaría de Servicios Públicos su interventoría, en coordinación con las dife-rentes áreas comprometidas con el proyecto.
5. Toda tubería expuesta será metálica galvanizada tipo IMC, dimensionada para el nú-mero de conductores, según tabla 4 del capítulo 9 de la NTC 2050.
6. Toda canalización proyectada irá por zonas de libre circulación; en ningún caso por el subsuelo de otras propiedades.
7. En el caso de que la entidad o empresa responsable y promotora del proyecto re-quiera retirar o sacar de servicio la infraestructura existente estará encargada de proporcionar, bajo su costo y responsabilidad, la iluminación provisional requerida en el lugar; además, será responsable de cualquier incidente, accidente o pérdida material que ocurra a causa de la falta de iluminación. Dicha iluminación deberá prestar servicio hasta tanto entre a operar el nuevo sistema de iluminación de forma satisfactoria. Lo anterior deberá tener la aprobación previa del operador del servicio, y se debe informar a la Subsecretaría de Servicios Públicos.
8. Si al retirar los materiales existentes se consideran en buen estado, podrán ser uti-lizados durante el proyecto, si así lo deciden el interventor del equipo de servicios públicos y el operador de alumbrado público.
Unidad Deportiva Atanasio Girardot
ANEXO 3
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519. Si en los puntos de traslado, las acometidas secundarias aéreas se quedan cortas, serán repuestas en su totalidad con sus mismas características.
10. El responsable del proyecto por parte de la obra deberá garantizar la ubicación exacta de la portería a hincar, de acuerdo con el diseño aprobado, lo cual se podrá hacer con comisión de topografía.
11. Las cajas subterráneas de distribución de alumbrado público se deben conformar según la norma de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. RS3-001 (*) y, con tapa y marco antifraude según la norma RS4-001 de la misma entidad (páginas. 6-7, Tapa para Cajas AP). Cuando el acabado de la obra es en adoquín, deben estar ocultas y referenciadas con un adoquín de diferente color o según corresponda a la estructu-ra. Las cajas de distribución de alumbrado público en zonas verdes, deberán estar perdidas y referenciadas, con una marca en el poste en la cual se indique a qué dis-tancia (**) y en qué dirección se encuentra. (*) Las paredes de las cajas que no sean conformadas en bloques de concreto (ladrillo) como lo indica la norma de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. RS3-001, deberán ser vaciadas en concreto F´c = 24.5 Mpa. Con el fin de garantizar una buena resistencia estructural, en lo posible, las paredes deben tener 15 cm de espesor, consecuente con las dimensiones descritas en la norma de Empre-sas Públicas de Medellín E.S.P.; sin embargo, en caso de que las condiciones del terreno no permitan la conformación del espesor de las paredes a 15 cm, a juicio y previa aprobación de la Subsecretaría de Servicios Públicos y de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., se permitirá reducir el espesor de las paredes a no menos de 10 cm en concreto F´c = 24.5 Mpa.(**) La distancia máxima de la cara del poste a la caja no deberá exceder un metro.
12. Los postes de concreto, de fibras poliméricas (que sean para empotrar) y de made-ra, deben de ir empotrados como lo indica el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público Retilap en las secciones 390.1 literales k (requisitos de instala-ción) y l, y en las secciones 390.3 literal h y 520.1 literal g.
13. Toda infraestructura de alumbrado público que sea anclada o adosada a una estruc-tura de cualquier tipo, deberá tener cálculos estructurales o aval de un ingeniero estructural que garantice tanto la fijación bajo todos los esfuerzos mecánicos como la estabilidad de la estructura. Se debe hacer énfasis en las disposiciones de la ins-talación de los postes conforme a la sección 390 del Retilap.
14. Los postes redondos de concreto, octogonales de concreto, de fibra de vidrio o más-tiles, deben ir señalizados (con esmalte sintético para exteriores) con franjas negras y amarillas (balizas) y con las siguientes medidas: 0,50 m desde el nivel del piso, una franja negra de 0,2 m (parte inferior), una franja amarilla de 0,5 m (parte intermedia) y una franja negra de 0,2 m (parte superior). Se exceptúan los postes tipo “Carabo-bo”, “Bailarina”, ornamentales y de madera, y todos los postes o mástiles adyacentes a las vías vehiculares cuya zona de señalización no se encuentre visible para los conductores o que se encuentren detrás de una barrera de protección que mitigue el riesgo de ser impactados por los vehículos.
15. Todos los materiales y equipos a utilizar para el alumbrado público, deben contar
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52 con certificados de conformidad vigentes Retie y/o Retilap expedidos por un organis-mo acreditado por el ONAC.
16. La canalización subterránea bajo zona verde o zona dura peatonal debe conformar-se en tubería de ø2” PVC tipo DB y, bajo zona vehicular (como cruce de calzada), se deberán dejar dos tubos paralelos de ø2” PVC tipo DB (dejando un tubo libre de reserva). En todos los casos, la tubería debe llevar una guía (ejemplo: alambre dulce) para facilitar la instalación del cableado de alumbrado público.La profundidad de enterramiento de la canalización subterránea, tomada desde la superficie superior del suelo terminado hasta la parte superior del tubo, no debe ser menor a 50 cm, en cumplimiento del artículo 25 sección 25.7.2 del Retie.En los casos de mayor complejidad de obra civil (como puentes, rampas, escaleras y demás), en los cuales se requiera conformar la canalización con la tubería embebida en concreto, se deberán dejar dos tubos paralelos de ø2” PVC tipo DB (dejando un tubo libre de reserva). Además, deben llevar una guía (ejemplo: alambre dulce) para facilitar la instalación del cableado de alumbrado público.
17. Los proyectos de alumbrado público que no cuenten con las respectivas aproba-ciones de la Subsecretaría de Equipo de Servicios Públicos, Empresas Públicas de Medellín e Interventoría de Alumbrado Público, no se podrán ejecutar. Así mismo, si se requieren efectuar cambios al diseño por razones de fuerza mayor en la confor-mación de las obras, el interesado deberá solicitar, previamente, la aprobación de las modificaciones a la Interventoría de Alumbrado Público.
18. Presentar en el plano, el cuadro de cantidades de obra a instalar, a retirar y a trasla-dar. Deberán indicarse sobre los planos, los números de los rótulos de las luminarias a retirar o a trasladar.
19. Se deben usar las convenciones normalizadas por Empresas Públicas de Medellín.20. Ilustrar en el plano, los esquemas de postes y brazos a utilizar, perfiles y detalles
constructivos.21. Para la conexión del alumbrado, el constructor y/o dueño del proyecto solicitará al
área vinculación clientes energía de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., cone-xión en Nivel 1. (Según la CREG 123 de 2011: Sistemas con tensión nominal menor a 1 kV).
22. El sistema de puesta a tierra deberá cumplir además de los requerimientos del Retie, la norma de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. RA5-010-
23. El personal encargado de ejecutar el proyecto debe garantizar la correcta construc-ción de los anclajes requeridos para la instalación de la infraestructura de alumbra-do público, teniendo en cuenta los esfuerzos mecánicos generados por el peso de la luminaria, brazo, poste y funcionario que realice el mantenimiento, más el factor de seguridad, según norma que le aplique.
24. La Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín no se responsabi-liza de los requerimientos estructurales (anclajes, pernos y demás), por lo tanto, es el personal encargado de ejecutar el proyecto el responsable de calcular estos re-querimientos, los cuales deben tener el aval de un ingeniero estructural cumpliendo con la norma que le aplique.
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Formato de declaración de cumplimiento
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍADECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL DISEÑO BASADO EN EL
REGLAMENTO TÉCNICO DE ILUMINACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICORETILAP
Yo _______________________________________, mayor de edad y domiciliado en _______________________, identificado con la CC. núm. ______________, de _____________, ejerciendo mi profesión de __________________________, portador de la matrícula profesional _____________________________, expedida por el Con-sejo Profesional _________________________________________________, declaro bajo gravedad de juramento, que el diseño de iluminación de alumbrado público co-rrespondiente al proyecto denominado _______________________________________________, registrado en Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Unidad Alumbrado con el número de SN _______________, ubicada en la dirección _______________________________________________, del Municipio de Medellín en el departamento de Antioquia, cumple con cada uno de los requisitos que le aplican, establecidos en el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público Retilap.
En constancia se firma en Medellín a los______días del mes de__________________de_____________________________________________________________________
Firma___________________________________________________________________Dirección domicilio________________________________________________________
Teléfono________________________________________________________________ correo electrónico________________________________________________________
Observaciones: (incluir justificación técnica de desviaciones de requisitos, de norma o de diseño, siempre que la desviación no comprometa la seguridad y/o salud visual).
ANEXO 4
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54 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍADECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL CONSTRUCTOR BASADO EN EL
REGLAMENTO TÉCNICO DE ILUMINACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO RETI-LAP
Yo ____________________, mayor de edad y domiciliado en la ciudad de ____________, identificado con la CC. núm. ______________, de __________, en mi condición de inge-niero, portador de la matrícula profesional ___________, expedida por el Consejo Pro-fesional ________________, declaro bajo gravedad de juramento que la instalación de alumbrado público correspondiente al proyecto denominado _____________________, registrado en Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Unidad Alumbrado con el nú-mero de SN ___________, ubicado en la dirección ______________, del Municipio de Medellín en el departamento de Antioquia, de la cual hago entrega al Municipio de Medellín con NIT 890.905.211-1, y cuya construcción estuvo bajo mi responsabili-dad, cumple con todos y cada uno de los requisitos que le aplican, establecidos en el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público Retilap, incluyendo los productos utilizados en ella. Así mismo, declaro que construí bajo total sujeción al diseño aprobado y entregado por la Subsecretaría de Servicios Públicos del Municipio de Medellín y que atendí los lineamientos de su Interventoría externa de Alumbrado Público y del Área de Alumbrado Público de las Empresas Públicas de Medellín. El alcance de la instalación de iluminación de alumbrado público, es el expresado en el plano de montaje y distribución de luminarias y en las memorias de cálculo.
En constancia se firma en Medellín a los ____ días del mes de _________ de _______.
Firma___________________________________________________________________
Dirección Domicilio ______________________________________________________Móvil:________________________________________________________________
Correo electrónico _______________________________________________________
Observaciones: (incluir justificación técnica de desviaciones de requisitos, de norma o de diseño, siempre que la desviación no comprometa la seguridad y/o salud visual).
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55Acta de recibo de obra
ANEXO 5
Cód. FO-SPDN-020 Formato FO-SPDN Acta de recibo de obra de alumbrado públicoVersión. 1
Fecha de elaboración del actaConsectutivo ROXXX-XXX-año
La Secretaría de Gestión y Control Territorial, en nombre del Municipio de Medellín y según la competencia otorgada por el Decreto Municipal 883 de 2015, el Decreto Nacional 943 de 2018 y en general la normativa vigente al momento del recibo de la obra, expide la presente Acta teniendo en cuenta que el proyecto que a continuación se referencia, cumplió con lo establecido para su recibo:
Nombre del proyecto:
Dirección del proyecto:
Punto de conexión (Transformador núm.)
Núm. de registro del proyecto (SN):
Categorización según Retilap, sección 610.2: [A]: [B]: [C]:
Tipo de intervención:Vía nueva: Vía remodelada: Parque nuevo: Parque remodelado:
Otro: Cual: __________________________________
Tipo de entidad promotora del proyecto: Particular: Municipal:
Nombre de la empresa promotora del proyecto:
C.C / NIT.
Datos de contacto de la empresa promotora del proyecto:
Coordinador del proyecto:
Supervisor de alumbrado público:
Interventor externo de alumbrado público:
Normas de aprobación:
Ejemplo: Se relacionan las normas y lineamientos con los cuales se aprueba el recibo de la obra: Acuerdo 048 de 2014, Retilap, Retie, Politica de mantenimiento de alumbrado Público del Municipio de Medellín, Manual de procedimientos de alumbrado público del Municipio de Medellín y demás decretos o leyes.
Características de la obra a recibir:
Ejemplo: La obra civil y eléctrica ejecutada, está de acuerdo con los diseños de alumbrado público con la incorporación de las modifica-ciones a la misma que fueron aprobadas por la SSPP. Al encontrar la obra conforme se da por recibidaLa instalación de la infraestructura de alumbrado público se ejecutó por parte del contratista X finalizando en el mes de 20XX.
Ítem Unidad constructiva Unidad Cantidad instalada Observaciones
RELACION DE DOCUMENTOSEl recibo se diligencia una vez observado el cumplimiento y lleno de los requisitos, conforme a las obligaciones, especificaciones y términos consignados en la normatividad nacional vigente y lineamientos municipales: “ver hoja Lista de chequeo”
OBSERVACIONESEste Recibo de Construcción no exonera de la responsabilidad a los responsables del proyecto por el incumplimiento de las normas urbanas, tampoco conlleva pronunciamiento alguno sobre la calidad de la construcción y las condiciones estructurales.
FIRMA DIRECTOR DE INTERVENTORÍA DE ALUMBRADO PÚBLICO
FIRMA SUPERVISOR ALUMBRADO PÚBLICO SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
FIRMA COORDINADOR DE LA ENTIDAD PROMOTORA DEL PROYECTO
Competencia Secretaría de Gestión y Control Territorial - Subsecretaría de Servicios Públicos: Decreto Municipal 883 de 2015 Articulo 348: Garantizar la pres-tación del servicio de alumbrado público en todo el territorio municipal de conformidad con la normatividad vigente.
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56 CAMPOS A DILIGENCIAR POR PARTE DE LA INTERVENTORIA DE ALUMBRADO PÚBLICO
Documentación que debe suministrar la obra C NC NA Observaciones
Declaración cumplimiento bajo Retie del constructor
Declaración cumplimiento bajo Retilap del constructor
Dictamen de inspección Retilap (emitido por un enteacreditado por la ONAC)
CATEGORIZACIÓN SEGÚNRETILAP, SECCIÓN 610.2:
[A] [B] [C]
Matrícula profesional constructor (no debe tener sanciones)
Cantidad de obra y presupuesto de la misma (relacionando cantidades, valor unitario y valor total)
Planos constructivos (récord o as-built)
CAMPOS A DILIGENCIAR POR PARTE DEL PERSONAL DE LA OBRA
Certificado deconformidaddel producto
Número decertificado
Datos delcertificado
(ver ejemplo *)
Ente certificador(acreditado por el
ONAC)
Fecha devencimiento
del certificado
Luminarias
Bombillas
Fotocontroles
Brazos(con galvanizado en caliente)
Postes
Tubería PVC-DB
Tubería metálica galvanizada
Conductores
Conectores
Cintas
Puestas a tierra
Breaker
Caja de breaker
C CumpleNC No cumpleNA No Aplica *Ejemplo:
Luminaria NA70W.
referenciaXX. marca
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57Fichas forestales
ANEXO 6
Árboles existentes
Tipologías* Altura (m)
Diámetro de copa (m)
Oval
Piramidal
Globosa
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica Aplica
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
Árbol Grande: altura > 15 m Altura de ramificación superior a 5 m.
Pueden presentarse casos ramificados desde el suelo.
Árbol Mediano: altura 7 - 15 mAltura de ramificación incluso por debajo de los 5 m. Pueden presentarse casos
ramificados desde el suelo.
Árbol pequeño: altura 4 -7 m
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica
Aparasolado Aplica Aplica No Aplica No Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica
Pendular No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica
Columnar
Palmar Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica Aplica
No Aplica No Aplica Aplica Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica
Árboles existentes
Tipologías*
Recomendaciones
Altura (m)
Diámetro de copa (m)
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
Árbol Grande: altura > 15 m
Altura de ramificación superior a 5 m. Pueden presentarse casos ramificados desde el suelo.
Recomendaciones:
1) Las luminarias deben ubicarse entre 6 - 10 m del tronco principal. El mayor
valor del rango es para árboles aparasolados.
2) La infraestructura de iluminación debe ubicarse debajo del follaje de los
árboles si la copa ha superado la luminaria y si su forma lo permite.
3) Si se requiere realizar podas, estas deben ser planeadas de manera que no se deforme la copa ni se descompense
el individuo arbóreo. 4) En espacios donde se encuentren
especies con raíces superficiales, incluso visibles sin romper el suelo y se
determine implementar redes subterráneas, se sugiere utilizar el
cordón de la vía para realizar este tipo de intervenciones.
Recomendaciones:
1) Las luminarias deben ubicarse entre 4 - 8 m del tronco principal. El mayor
valor del rango es para árboles aparasolados.
2) La infraestructura de iluminación debe ubicarse debajo del follaje de los
árboles si la copa ha superado la luminaria y si su forma lo permite .
3) Si se requiere realizar podas, estas deben ser planeadas de manera que no se deforme la copa ni se descompense
el individuo arbóreo. 4) En espacios donde se encuentren
especies con raíces superficiales, incluso visibles sin romper el suelo y se
determine implementar redes subterráneas, se sugiere utilizar el cordón de la vía para este tipo de
intervenciones.
Recomendaciones:
1) Las luminarias deben ubicarse entre 2 -5 m del tronco principal.
2) La infraestructura de iluminación debe ubicarse debajo del follaje de los
árboles si la copa ha superado la luminaria y si su forma lo permite .
3) Si se requiere realizar podas, estas deben ser planeadas de manera que no se deforme la copa ni se descompense
el individuo arbóreo. 4) En espacios donde se encuentren
especies con raíces superficiales, incluso visibles sin romper el suelo y se
determine implementar redes subterráneas, se sugiere utilizar el cordón de la vía para este tipo de
intervenciones.
* Nota: Tipologías establecidas para árboles existentes en la ciudad.
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Árboles proyectados
Tipologías*
Recomendaciones
Altura (m)
Diámetro de copa (m)
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
Árbol Grande: altura > 15 m
Altura de ramificación superior a 5 m. Pueden presentarse casos ramificados desde el suelo.
Recomendaciones:
1) Se recomienda la siembra del árbol a una distancia estimada entre 6 -10 m
desde el poste hasta su tronco principal. 2) Se sugiere implementar el diseño
paisajístico posteriormente aldiseño de iluminación y de las redes de
energía. Debido a que esta infraestructura se puede considerar mas
que una limitante, una guía para determinar una correcta selección de la
especie.3) No se deben sembrar árboles de
estas características bajo redes aéreas de distribución ni de transmisión de
energía. Solo en condiciones de cable cubierto para redes de media y baja
tensión.4) Estos árboles son susceptibles de ser
podados, por lo menos hasta que superen las alturas de las luminarias y
las redes. Las podas deben ser planeadas de manera que no se
deforme la copa ni se descompense el individuo arbóreo.
Recomendaciones:
1) Se recomienda la siembra del árbol a una distancia estimada entre 4 - 8 m
desde el poste hasta su tronco principal. 2) Se sugiere implementar el diseño
paisajístico posteriormente aldiseño de iluminación y de las redes de
energía. Debido a que esta infraestructura se puede considerar mas
que una limitante, una guía para determinar una correcta selección de la
especie.3) No se deben sembrar árboles de
estas características bajo redes aéreas de distribución ni de transmisión de
energía. Solo en condiciones de cable cubierto para redes de media y baja
tensión.4) Estos árboles son susceptibles de ser
podados, por lo menos hasta que superen las alturas de las luminarias y
las redes. Las podas deben ser planeadas de manera que no se
deforme la copa ni se descompense el individuo arbóreo.
Recomendaciones:
1) Se recomienda la siembra del árbol a una distancia estimada entre 2 - 5 m
desde el poste hasta su tronco principal. 2) Se sugiere implementar el diseño
paisajístico posteriormente aldiseño de iluminación y de las redes de
energía. Debido a que esta infraestructura se puede considerar mas
que una limitante, una guía para determinar una correcta selección de la
especie.3) No se deben sembrar árboles de
estas características bajo redes aéreas de distribución ni de transmisión de
energía. Solo en condiciones de cable cubierto para redes de media y baja
tensión.4) Estos árboles son susceptibles de ser
podados, por lo menos hasta que superen las alturas de las luminarias y
las redes. Las podas deben ser planeadas de manera que no se
deforme la copa ni se descompense el individuo arbóreo.
* Nota: Tipologías establecidas para árboles existentes en la ciudad.
Árboles proyectados
Tipologías* Altura (m)
Diámetro de copa (m)
Oval
Piramidal
Globosa
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica Aplica
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
1. Copa Amplia > 14m
2. Copa Media 6-14m
3. Copa estrecha < 6m
Árbol Grande: altura > 15 m Altura de ramificación superior a 5 m.
Pueden presentarse casos ramificados desde el suelo.
Árbol Mediano: altura 7 - 15 mAltura de ramificación incluso por debajo de los 5 m. Pueden presentarse casos
ramificados desde el suelo.
Árbol pequeño: altura 4 -7 m
Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica
Aparasolado Aplica Aplica No Aplica No Aplica Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica
Pendular No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica
Columnar No Aplica No Aplica Aplica Aplica No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica
Palmar Aplica Aplica Aplica Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Aplica Aplica
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59
Altura (m)
Tipología
Recomendaciones
Diámetro de copa (m) 1. Copa Amplia > 3 m 2. Copa Media 1-3 m 3. Copa estrecha < 1
Arbustos: altura > 4 m
Recomendaciones:
1) La distancia recomendada entre postes y arbustos de este tipo, es aproximadamente 2 metros desde el eje central del arbusto.
2) Los arbustos son susceptibles de ser podados mediante aclareos, para facilitar el paso del flujo luminoso, en copas o setos demasiado densos.
Recomendaciones:
1) La distancia recomendada entre postes y arbustos de este tipo, es aproximadamente 1,5 metros desde el eje central del arbusto.
2) Los arbustos son susceptibles de ser podados mediante aclareos, para facilitar el paso del flujo luminoso, en copas o setos demasiado densos.
Recomendaciones:
1) La distancia recomendada entre postes y arbustos de este tipo, es aproximadamente 1 metro desde el eje central del arbusto.
2) Los arbustos son susceptibles de ser podados mediante aclareos, para facilitar el paso del flujo luminoso, en copas o setos demasiado densos.
* Nota: Tipologías establecidas para arbustos existentes en la ciudad.
Arbustos
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
60 Diagrama de mediciones
Diámetro de copas
Altura de la
primera ramificación
Alturatotal
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
61
Distancia recomendada
árbol - poste (m)Tipología general
Árbol Grande4 - 8
6 - 10 Amplia > 14
Media 6 - 14
estrecha < 62 - 5
Amplia > 14 6 - 10
Media 6 - 144 - 8
estrecha < 6
Amplia > 14
Media 6 - 14
estrecha < 6
Amplia > 3
Media 1 - 3
estrecha < 1
2 - 5
6 - 10
4 - 8
2 - 5
2
1,5
1
mayor a 15
Árbol mediano 7 - 15
Árbol pequeño
Arbusto
4 - 7
Menor a 4
Alturas (m) Diámetros de copa (m)
Tabla resumen fichas forestales
Tabla resumen datos
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
62Catálogo de infraestructura de alumbrado público
ANEXO 7
3000
620
1050 1080 870
R5151
R4000
318
191
30
3535
30
1711
0°
3252
2674
Platina e=1 /8"
44°
228R82
Brazo 3000Ø=11
2"
Luminaria
Poste
ESQUEMA BRAZO 3000 /0°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:
CÓDIGO: ITEM:
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:JUNIO/2015
BRAZO (1 1/2") CURVO -3.0 m/0°
86167 / 92492 01
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
63
838
103
850
R6530
130
2000
2850
4500
.73
9062
0
.20
Platina e=1 /8"
44°
228R82
Brazo 4500Ø=11
2"
Luminaria
Poste
ESQUEMA BRAZO 4500 /0°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -4.50 m/0°
CÓDIGO:67787 / 92430
ITEM:02
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
64
155
2450
300
366
620
R500
250
370
250
3363
R11427
perforación pasante de 7/ 16"para perno de 3 /8"
2619
50
382
48°
0°
perforación pasantede 7/ 16" para perno de 3 /8"
Platina e=1 /8"
228R82
ø=1 1 /2"
ø=1 1 /2"
39°
695
1515
3000
Luminaria
Poste
Brazo ML 3.0Ø=11
2"
Luminaria
ESQUEMA BRAZO MADRE LAURA
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -AH 3.0 m/ AV 2.45m
CÓDIGO:119177 / 119178
ITEM:03
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO*AH: AVANCE HORIZONTAL*AV: AVANCE VERTICAL
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
65
60024
6
402 198
R900
402
ø= 1 1 /2"
351
136
Poste
ESQUEMA BRAZO 600/CINTURON VERDE
Luminaria
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -0.60m/0° Color Café
CÓDIGO:119179 / 119180
ITEM:04
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
66
600
427
5028
0
45°
160
R500
40863
470
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
0°
Poste concretotipo Carabobo
ESQUEMA BRAZO EXTRACORTOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Brazo corto
Poste concretotipo Carabobo
Luminaria
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Tipo anden 0.60m/0° Carabobo
CÓDIGO:119850 / 119851
ITEM:05
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
67
Poste concretotipo Carabobo
960
580
895
480
867
R12
42
443R124
2
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
0°
Brazo corto
Poste concretotipo Carabobo
Luminaria
ESQUEMA BRAZO CORTOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Sencillo corto 0.96m/0° Carabobo
CÓDIGO:86084 / 92491
ITEM:06
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
68
Poste concretotipo Carabobo
960
580
867
480
867
R12
42
2200
1650
2745
R3000
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
20°
0°
Platina e=1 /4"Galvanizada
115°
115°142
141
93
237
325
143
Poste concretotipo Carabobo
Luminaria 0°
Luminaria 20°
ESQUEMA BRAZO LARGO-CORTOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Brazo Largo
Brazo corto
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Largo/Corto 1.65/20° - 0.96/0° Carabobo
CÓDIGO:70205 / 92439
ITEM:07
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
69
Poste concretotipo Carabobo
480
2200
1650
3300
2285
R3000
430
2292
R3000
2200
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
55°
Platina e=1 /4"Galvanizada
Platina e=1 /4"Galvanizada
143
237
115°
237
325
143
100 100
92
20°20°
455
1650
115°
Poste concretotipo Carabobo
Luminaria 20°
ESQUEMA BRAZO LARGO-LARGOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Luminaria 20°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Largo/Largo 1.65/20° Carabobo
CÓDIGO:94386 / 34387
ITEM:08
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
70
Poste concretotipo Carabobo
480
2201
1666
2745
R3000
430
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
Platina e=1 /4"Galvanizada
143
237
115°
237
325
143
115°
20°
Poste concretotipo Carabobo
ESQUEMA BRAZO LARGOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Luminaria 20°
Brazo Largo
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Largo 1.65/20° Carabobo
CÓDIGO:70199 / 92438
ITEM:11
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
71
Poste concretotipo Carabobo
480
1552
1000
431
1900
R1832
20°
480
431
116°
Platina e=1 /4"Galvanizada
144
312
221
PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
Poste concretotipo Carabobo
ESQUEMA BRAZO LARGOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Luminaria 20°
Brazo semi-largo1.0m
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Sencillo Largo 1.0/20° Carabobo
CÓDIGO:86083 / 92490
ITEM:12
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
72
Poste concretotipo Carabobo
480
1225
755
436
1500
R964
0°
480
436
127°PLATINA DE 38"
4 PERNOS DE ANCLAJE DE 38"(HILTI O EQUIVALENTE)
315
149
201
Platina e=1 /4"Galvanizada
Poste concretotipo Carabobo
ESQUEMA BRAZO LARGOPARA POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO
Luminaria 0°
Brazo semi-largo0.75m
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO (1 1/2") -Sencillo Largo 0.75/0° Carabobo
CÓDIGO:12050
ITEM:13
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
73
1500
150°
R63
R1660
3431
260
1736
150
1044
1500
Perforación ø=3/4"
Perforación ø=3/4" ø=1 1/2"
0°
Poste
ESQUEMA BRAZO 1500/ TRANVÍA
Luminaria
Brazo 1500Ø=11
2"
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 1500 (1 1/2") Carabobo-adaptado - TRANVIA
CÓDIGO:##### / #####
ITEM:14
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
74
600
40 203
475145
600
3015
0
150°
R63
Perforación ø=3/4"
ø=1 1/2"
0°
Perforación ø=3/4"
Poste
ESQUEMA BRAZO 600/TRANVIA
Luminaria
Brazo 600Ø=11
2"
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 600 (1 1/2") - TRANVIA
CÓDIGO:##### / #####
ITEM:15
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
75
1350
150
1108
52°250
972
224
150
52°
250
972
R63
BRAZO 52°/0° ø=1"(Para Luminaria de 70W)
972
R63
224
1350 11
08
972
ø=1 1/2"Perforación ø=3/4"
Terminaciónde Brazo 0°
BrazoØ=11
2"
BRAZO 52°/0° ø=1 1/2"(Para Luminaria >=150W)
Perforaciónø=3/4"
ø=1 "Perforación ø=3/4"
Terminaciónde Brazo 0°
BrazoØ=1"
Perforaciónø=3/4"
ESQUEMA BRAZO 52°/0°
Poste
Luminaria 0°
Brazo 52°/0°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 52°/0° (1 1/2")(1")
CÓDIGO:97133 / 97135
ITEM:16
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/201597132 / 97134
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
76
20°
150
1350
1113
250
52°
967
20°
150
1350
1113
250
52°
967
180
180
967
R63
967
R63
BRAZO 52°/20° ø=1"(Para Luminaria de 70W)
BRAZO 52°/20° ø=1 1/2"(Para Luminaria >=150W)
ø=1 1/2"Perforación ø=3/4"
Terminaciónde Brazo 20°
BrazoØ=11
2"
Perforaciónø=3/4"
ø=1"Perforación ø=3/4"
Terminaciónde Brazo 20°
BrazoØ=1"
Perforaciónø=3/4"
ESQUEMA BRAZO 52°/0°
Poste
Luminaria 20°
Brazo 52°/20°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 52°/20° (1 1/2")(1")
CÓDIGO: ITEM:17
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/201592295 / 60948 92294 / 60947
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
77
1500 513
250 20°
1410
1500 513
250 20°
1410
180
180
1410
R63
BRAZO 20°/20° ø=1 1/2" BRAZO 20°/20° ø=1"(Para Luminaria >=150W) (Para Luminaria de 70W)
1410
R63
ø=1"Perforación ø=3/4"ø=1 1/2"Perforación ø=3/4"
Perforaciónø=3/4"
Perforaciónø=3/4"
BrazoØ=11
2"BrazoØ=1"
Terminaciónde Brazo 20°
Terminaciónde Brazo 20°
ESQUEMA BRAZO 20°/20°
Poste
Luminaria 20°
Brazo 20°/20°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 20°/20° (1 1/2")(1")
CÓDIGO: ITEM:18
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
78
1350
150
462
20°250
1415
1350
150
462
20°250
1415
180
155
1415
R63
BRAZO 20°/0° ø=1 1/2" BRAZO 20°/0° ø=1"(Para Luminaria>=150W) (Para Luminaria de 70W)
1415
R63
Terminaciónde Brazo 0°
Terminaciónde Brazo 0°
ø=1 1/2"Perforación ø=3/4"
Perforaciónø=3/4"
BrazoØ=11
2"
ø=1"Perforación ø=3/4"
Perforaciónø=3/4"
BrazoØ=1"
ESQUEMA BRAZO 20°/0°
Poste
Luminaria 0°Brazo 20°/0°
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BRAZO 20°/0° (1 1/2")(1")
CÓDIGO: ITEM:19
ELABORÓ:
FECHA:JUNIO/2015
UNIDAD ALUMBRADO
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
79
420
105
157
122
122
59
45°
218
180
Poste concretotipo Bailarina
SoporteBrazo Bailarina
3 perforaciones de ø7 /16"a 120° en el tubo exterior,luego soldar tuerca ø3/ 8"centrada en cada perforación.
Perforación ø 9/ 16"4 tornillos pasantes ø1 /2"x 1 1/ 4" Galvanizados en caliente
Platina 1/4"
Tubería ø2"
Platina 1/4"
Perforación ø 9/ 16"4 tornillos pasantes ø1 /2"x 1 1/ 4" Galvanizados en caliente
3 perforaciones de ø7 /16"a 120° en el tubo exterior,luego soldar tuerca ø3/ 8"centrada en cada perforación.
Perforación ø 9/ 16"4 tornillos pasantes ø1 /2"x 1 1/ 4" Galvanizados en caliente
Platina 1/4"
ESQUEMA BASE ADAPTADOR BRAZO BAILARINA/ CARABOBO
Poste concretotipo Bailarina
Base AdaptadorBailarina/Carabobo
Luminaria 0°
Luminaria 20°
Brazo Largo
Brazo corto
Soporte BrazoBailarina
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:Base Adaptador Bailarina-Carabobo
CÓDIGO: 118199 / 118201(soporte) ITEM:20
ELABORÓ:UNIDAD A.P.
FECHA:JUNIO/2015118200 / 118202(Base)
BASE
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
80
Para perno 1 /2"
15025100
25
300
75
75
Ø=9 /16" (2x)
Ø=2"
636419
0 Ø=9 /16" (2x)pasantes
140
Ø=9 /16" (2x)
para perno 1 /2"
31
76 37
150
125
150 140
125
Ø=9 /16" (2x)pasantes
140
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [300x150] POSTE 5.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
81
63
Ø=9 /16"
3182
e=1 /4"
Ø=9 /16"(4x)Para varilla
tipo HIT 1 /2"
150
3776
150
150
160
Ø125
127
150
141
e=3 /8"
e=3 /8"
Ø1"
160
150
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [150x150] POSTE 5.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
82
125650
175
175 149 51
51
123
247
Ø 13 /16" (5x)
Para perno3 /4"
Ø 2"
412
Ø 13 /16" (5x)Para perno
3 /4"
130
100
141
3 /16" Esp.
3 perf. pasantes paraperno 1 /2" cada 60°
3 /8" Esp.
Ø268 Ext.
103
103
103
300
302
Ángulo 1 1 /2"x1 1 /2"x3 /16"
Ø275 Ext.
Ø 13 /16" (5x)
3 /8" Esp.
448
35070210
175
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [650x350] POSTE 7.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
83
125650
175
175 149 51
5112
324
7
Ø 13 /16" (5x)
Para perno3 /4"
Ø 2"
453
Ø 13 /16" (5x)Para perno
3 /4"
130
100
141
3 /16" Esp.
3 perf. pasantes paraperno 1 /2" cada 60°
3 /8" Esp.
Ø294 Ext.
113
113
113
300
302
Ángulo 1 1 /2"x1 1 /2"x3 /16"
Ø302 Ext.
Ø 13 /16" (5x)
3 /8" Esp.
448
350
35070210
175
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [650x350] POSTE 9.0m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
84
125
175
650
175 149 5151
123
247
Ø 13 /16" (5x)
Para perno3 /4"
Ø 2"
486
1 /4" Esp.
Ø 13 /16" (5x)Para perno
3 /4"
130
35070210
175
100
141
3 perf. pasantes paraperno 1 /2" cada 60°
1 /2" Esp.
Ø315 Ext.
121
122
122
300
305
Ángulo 1 1 /2"x1 1 /2"x3 /16"
Ø324 Ext.
Ø 13 /16" (5x)
1 /2" Esp.
446
350
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [650x350] POSTE 10.20m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
85
125710
205
205 149 52
5215
430
7
Ø 13 /16" (5x)
Para perno3 /4"
Ø 2"
534
Ø 13 /16" (5x)Para perno
3 /4"
78
70270135
100
191
1 /4" Esp.
3 perf. pasantes paraperno 1 /2" cada 60°
1 /2" Esp.
Ø346 Ext.
134
134
133
300
355Ángulo 1 1 /2"x1 1 /2"
x3 /16"
Ø324 Ext.
Ø 13 /16" (5x)
1 /2" Esp.
524
410
51
342
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 1 [710x410] POSTE 12.0m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
86
400
200
Ø=2"
225
450
Ø268Ext.
412
3 /8" Esp.
L 1 1 /2"x 1 1 /2"x 3 /16"
Ø275Ext.
450
265
500
3 /8" Esp.
522
Ø13 /16" (6x)Para perno de 3 /4"
160
180
40066268
100
300
500
200
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 2 [450x400] POSTE 7.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA POSTERIOR VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
87
Ø=2"
225
450
400
200
315
485
521
262
Ø=2"
Ø=2"
1 1 2/"x1 1 /2" x 3 /16"
323
122
121
121
485
262
400
1 /4" Esp.
Ø 9 /16" (x3)
500
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 2 [450x400] POSTE 9m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
88
230
Ø=2"
460
255510
Ø346Ext.53
4
1 /2" Esp.
L 1 1 /2"x 1 1 /2"x 3 /16"
Ø356Ext.
510
262
560
1 /2" Esp.
573
Ø13 /16" (6x)Para perno de 3 /4"
160
240
46066328
100
360
560
230
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 2 [460x510] POSTE 10.20 Y 12.0m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
8945
0
35
Ø=2"
380
450
35 380
Ø13 /16" (4x)Para perno de 3 /4"
413
Ø268Ext.
103
103
103
Ø275Ext.
3 /8" Esp.
3 /16" Esp.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 3 [450x450] POSTE 7.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
90
280
25
Ø=2"
255
28025
280
Ø11 /16" (4x)Para perno de 5 /8"
422
Ø268Ext.
103
103
103
Ø275Ext.
1 /2" Esp.
3 /16" Esp.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 3 [280x280] POSTE 7.5m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD A.P.
FECHA:SEPT/2015
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
91
Ø294Ext.
Ø 9 /16" (3x)
3 Per. cada 60°peon de 12 /"
3 /8" Esp.
453
113
113
113
450
35
Ø=2"
380
450
35 380
Ø13 /16" (4x)Para perno de 3 /4"
Ø302Ext.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 3 [450x450] POSTE 9m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD A.P.
FECHA:SEPT/2015
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
92
400
Ø 13 /16" (4x)
Para perno de 3/ 4"
Ø2"
500
500
400
50
50
Ø 315 Ext.
Ø 9 /16" (3x)
3 Per. cada 60°peon de 1 /2"
Ø 323 Ext.
1 /2" Esp.
485
121
121
121
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 3 [500x500] POSTE 10.2m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD A.P.
FECHA:SEPT/2015
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
93
400
Ø 13 /16" (4x)
Para perno de 3/ 4"
Ø2"
500
500
400
50
50
Ø 346 Ext.
Ø 9 /16" (3x)
3 Per. cada 60°peon de 1 /2"
Ø 356 Ext.
1 /2" Esp.
534
134
134
134
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:BASE TIPO 3 [500x500] POSTE 12m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:
FECHA:
VISTA FRONTAL VISTA LATERAL
VISTA SUPERIOR ISOMÉTRICO
UNIDAD ALUMBRADO
DIC/2015
NOTA:1. Medidas en milimetros y pulgadas.2. Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
94
7500
1500
9000
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
280
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
Perforaciónalimentación luminaria
150
300
320
350
150
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE REDONDO DE CONCRETO 9.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
ESQUEMA CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
9510
200
1800
1200
0
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
Perforaciónalimentación luminaria
150
300
320
350
150
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE REDONDO DE CONCRETO 12.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por partedel Centro de Excelencia de EPM.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
96
6600
1400
8000
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
140
280
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO 8.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificaciónpor parte del Centro de Excelencia de EPM.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
9775
0015
0
9000
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
300
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO 9.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación porparte del Centro de Excelencia de EPM.EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
98
8400
1600
1000
0
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
320
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO 10.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por parte delCentro de Excelencia de EPM.EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
9910
200
1800
1200
0
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
350
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO 12.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia deEPM.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
100
5500
2000
Placa deidentificación
50
90
119
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO (CILÍNDRICO) 5.5 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"
3- Para brida tipo 1 y 2
4- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
Brida tipo 1
Brida tipo 2
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
101
7500
2000
Placa deidentificación
119
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO (CILÍNDRICO) 7.5 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"
3- Para brida tipo 1 y 2
4- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
Brida tipo 1
Brida tipo 2
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
102
1020
0
2000
Placa deidentificación
150
150
200 45
0
157
263
420
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE FIBRA DE VIDRIO 10.2 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"
3- Para brida tipo 1, 2 y 3
4- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación porparte del Centro de Excelencia de EPM.
Brida tipo 1
Brida tipo 2
Brida tipo 3
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
103
4000
2000
Placa deidentificación
6000
2000
250
35
R 254 ESQ.Placa base
LAM 12x250x250
Atiesador
150
44
180
35
Ø53
PosteTubo 2 1 /2" GR C(Ø 73)x2.5x6000
Ø9 /16"4 PERF
250125 125
Ø7 /8"4 RAN.
25
25
150
77R15
ATIESADORLAM 6x75x150
PLANTALATERAL
R60
2x3 PERF.Ø3 /16"@120°
84 4020
120°
120°
ACOPLE LUMINARIA
AcopleTubo 2" GR C(Ø 60)x2.5x84
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE METÁLICO PARA LUMINARIA DE FIJACIÓN VERTICAL
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
DETALLE PLATINA Y ACOPLE
Caja deempalme (RS3-001)Tapa (RS4-001)
Pilote enconcreto
Poste metálico
ESQUEMA DE ANCLAJE EN TERRENO
Losa deconcreto
Caja deempalme (RS3-001)Tapa (RS4-001)
Poste metálico
ESQUEMA DE ANCLAJE EN LOSA
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
104
5110
2000
Placa deidentificación
1110
Min. 600
Perforaciónalimentación
300
4000
250
35
R 254 ESQ.Placa base
LAM 12x250x250
Atiesador
150
44
180
35
Ø53
PosteTubo 2 1 /2" GR C(Ø 73)x2.5x6000
Ø9 /16"4 PERF
250125 125
Ø7 /8"4 RAN.
25
25
150
77R15
ATIESADORLAM 6x75x150
PLANTALATERAL
R60
2x3 PERF.Ø3 /16"@120°
84 4020
120°
120°
ACOPLE LUMINARIA
AcopleTubo 2" GR C(Ø 60)x2.5x84
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE METÁLICO PARA LUMINARIA DE FIJACIÓN VERTICAL
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
DETALLE PLATINA Y ACOPLE
(para hincar)
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
105
4000
1000
5000
Min. 600
2000
Perforaciónalimentación
300
300
Placa deidentificación
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE ORNAMENTAL TIPO CARABOBO 5.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
BRAZO EXTRACORTO
Brazo corto
Luminaria
Brazo corto
Luminaria
BRAZO CORTO
Luminaria 0°
Luminaria 20°
BRAZO LARGO-CORTO
Luminaria 20°
BRAZO LARGO-LARGO
Luminaria 20°
BRAZO LARGO
Luminaria 20°
Brazo Largo
Brazo corto
Brazo Largo
BRAZO LARGO
Luminaria 20°
Brazo semi-largo1.0m
BRAZO LARGO
Luminaria 0°
Brazo semi-largo0.75m
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Las dimensiones de las perforaciones, estan enverificación por parte del Centro de Excelencia de EPM.
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
106
7500
1500
9000
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
280
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
Perforaciónalimentación luminaria
150
300
320
350
150
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE REDONDO DE CONCRETO 9.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
ESQUEMA CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
10710
200
1800
1200
0
Min. 600
2000
Placa deidentificación
Perforaciónalimentación
300
150
RS4-001
300
RS3-001 RS1-036
Poste
Min. 600
Perforaciónalimentación luminaria
150
300
320
350
150
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
NOMBRE:POSTE REDONDO DE CONCRETO 12.0 m
CÓDIGO:#### / #####
ITEM:##
ELABORÓ:UNIDAD ALUMBRADO
FECHA:DIC/2015
VISTA LATERAL
DETALLE PERFORACIONES
DETALLE CONEXIÓN A CAJA RS3-001
Notas:
1- Dimensiones en milimetros.
2- Los agujeros serán normales al eje del poste
Ø 20.5 mm. para esparrago de 5 /8"3- Las dimensiones de las perforaciones, estan en verificación por partedel Centro de Excelencia de EPM.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN
POSTE DE (Material) (Longitud) (Resistencia K.G.F.)
PESO: (###) Kilos
FABRTICADO POR:(Empresa Fabricante)
FABRICACIÓN: DD/MM/AAAA
CONTRATO: (Número contrato EPM)
TEL: Fabricante
90
50
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
108 Vía Vehicular Vía Peatonal y/o Cicloruta
CarácterEspecial
Cal
zada
And
én o
Cic
loru
ta d
e an
cho
≤ 3
mA
ndén
y/o
Cic
loru
ta d
e an
cho
> 3
mB
ajos
de
Puen
tes
y vi
as
depr
imid
asPe
aton
al o
Cic
loru
tade
an
cho
≤ 3
m
Peat
onal
y/o
Cic
loru
ta
de a
ncho
> 3
m
Puen
tes
Peat
onal
es
Gal
ería
o p
aseo
co
mer
cial
y/o
cul
tura
l
Arq
uite
ctón
ico
Esce
nari
o D
epor
tivo
BRAZO 1 1/2" AV3000MM/H1711MM/0°
X X
BRAZO 1 1/2" AV4500MM/H730MM/ 0° MM
XX
BRAZO 1 1/2"AV3000MM/H2450MM/ 0°
X X
BRAZO 1" AV600MM 0° AH247MM X X X X
BRAZO 1 1/2" AV600MM 0° AH247MM X X X X X
BRAZO 1 1/2" AV600MM 0° H427MM 4 PERNOS
X X
BRAZO 1 1/2" AV960MM 0° H580MM 4 PERNOS
X X
BRAZO1 1/2" AV1660MM/AV960MM/H2200MM/H580MM/ 20°0° 4 PERNOS
X X
BRAZO 1 1/2" AV1660MM/AV1660MM/H2200MM/H2200MM/ 20°20° 4 PER-NOS
X X
BRAZO 1 1/2"AV1660MM/H2200MM/20°/LARGO 4 PERNOS
X X
BRAZO 1 1/2" AV1000MM 20° H1550MM 4 PERNOS
X X
BRAZO 1 1/2" AV755MM 0° H1225MM 4 PERNOS SEMICORTO
X X
BRAZO 1 1/2" AV1500MM 0° H1044MM
X X X X X
BRAZO 1"AV600MM / H166MM/20°0° X X X X
BRAZO 1 1/2"AV600MM / H166MM/20°0°
X X X X
BRAZO 1"AV600MM / H166MM/20°20° X X X X
BRAZO 1 1/2"AV600MM / H166MM/20°20°
X X X X
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
109Vía Vehicular Vía Peatonal y/o Cicloruta
CarácterEspecial
Cal
zada
And
én o
Cic
loru
ta d
e an
cho
≤ 3
mA
ndén
y/o
Cic
loru
ta d
e an
cho
> 3
mB
ajos
de
Puen
tes
y vi
as
depr
imid
asPe
aton
al o
Cic
loru
tade
an
cho
≤ 3
m
Peat
onal
y/o
Cic
loru
ta
de a
ncho
> 3
m
Puen
tes
Peat
onal
es
Gal
ería
o p
aseo
co
mer
cial
y/o
cul
tura
l
Arq
uite
ctón
ico
Esce
nari
o D
epor
tivo
BRAZO 1"AV400MM/H400MM/ 52°/0° X X X X
BRAZO 1"AV 972MM 0° H1052MM /52°0° X X X X X
BRAZO 1 1/2" 1"AV 972MM 0° H1052MM 52°0°
X X X X X
BRAZO 1"AV967MM 0° H1113MM/ 52°20°
X X X X X
BRAZO 1 1/2" AV 967MM 0° H865MM/ 52°20°
XX X X X
POSTE FIBRA O CONCRETO 12 A 18 M X X X X X X X
POSTE FIBRA O CONCRETO 8 A 12 M X X X X X X X** X X
POSTE FIBRA O METÁLICO 5 A 8 M X X X
POSTE MADERA 8 A 12 M X X
POSTE CARABOBO X X X
POSTE FIJACIÓN VERTICAL 4 A 6 M X X X X X
POSTE FIJACIÓN VERTICAL 2.5 A 4M X X X X
FIJACIÓN ADOSADO O EMPOTRADO X*** X*** X X X
CATENARIA X X X X X X X X*
CRUCETAS Y/O ESTRUCTURAS ME-TÁLICAS
X X X X
LUMINARIA X X X X X X X X X
PROYECTOR X X X X
Notas:*En escenarios deportivos con juegos de pelota o balón, no aplica el sistema de fijación con catenaria.**Postes de 8 a 18 m se permiten solo si son estrictamente necearios para los espacios denominados “Galería o paseo”***Se debe dar prioridad al tipo de fijación de luminarias adosadas y/o empotradas para la iluminación de bajos de puentes peatona-les y/o vehiculares.
MA
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110
ANEXO 8Cálculo del Factor de Mantenimiento y SLEEC – Política de Mantenimiento de Alumbrado Público
Se presenta a modo de ejemplo el cálculo del factor de mantenimiento y SLECC del pro-yecto “Transversal Inferior entre Las Palmas hasta la calle 20 Sur”.
La Política de Mantenimiento de Alumbrado Público del Municipio de Medellín puede ser consultada en el enlace:
https://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin?NavigationTarget=navurl://d112fe2e-b380b4d73592cdfdd8d56a78
Factor de mantenimiento Se define el valor para FDFL (factores de depreciación del flujo luminoso de la bombilla) de acuerdo con la tabla 2 del anexo general de la Política de Mantenimiento establecida por el Municipio de Medellín y dependiendo de la tecnología (Sodio alta presión / Metal Halide), para las luminarias con tecnología LED el FDFL corresponde a 1.
El proyecto espera tener instalación de luminarias LED, por lo tanto, el FDFL:
FDFL = 1
De acuerdo con el mapa de jerarquización vial del Municipio de Medellín, la Transversal Inferior es una vía arterial menor, por lo tanto, se asigna un grado de contaminación alto. Por otra parte, el índice de protección (IP) del conjunto óptico de la luminaria a instalar es de 66; considerando lo anterior, en la tabla 3 del anexo general de la Política de Mante-nimiento definida por el Municipio de Medellín y la tabla del documento de disposiciones complementarias al cálculo del factor de mantenimiento que hace parte de dicha política, obtenemos el valor del FDLU (Factores de Depreciación de la Luminaria) considerando el grado de contaminación, el IP de la luminaria y el intervalo de limpieza, obtenemos que:
FDLU = 0,88
De lo anterior se tiene:
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
MA
NU
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PR
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ED
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DE
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CO
111Cálculo del SLEEC
De la sección 4.1 de la Política de Mantenimiento se procede al cálculo del SLEEC así:
Para este caso se halla desde el punto de vista de la iluminancia (SE):
Donde,
P = Potencia de luminaria incluidas pérdidas [W] Em = Iluminancia promedio sobre la vía [Lx]S = Interdistancia [m]Wr = Ancho de la vía [m]
El valor obtenido cumple con los rangos definidos en la Política en su tabla 8 del anexo general.
CLASIFICACION ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN
Se calcula la eficiencia energética de la instalación con base en la sección 4.2 de la Polí-tica de Mantenimiento:
Aplicando interpolación lineal con los valores de la tabla 11 del anexo general del Manual de Procedimiento se tiene que el valor energético de referencia ER es 27,5; con base en lo anterior, se calcula el índice de eficiencia energética:
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
MA
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MB
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112
Por último, el índice de consumo energético ICE se halla como el inverso del índice de eficiencia energética:
Con un ICE de 0,85, esta instalación se clasifica energéticamente como A.
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹 ∗ 𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹𝐹
𝐹𝐹𝐹𝐹 = 1 ∗ 0,86 𝐹𝐹𝐹𝐹 = 0,86
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 𝑃𝑃𝑆𝑆𝑚𝑚 ∗ 𝑆𝑆 ∗ 𝑊𝑊𝑟𝑟
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 17823 ∗ 36 ∗ 7
𝑆𝑆𝑆𝑆 = 0,0307
𝑆𝑆 = 1𝑆𝑆𝐸𝐸
𝑆𝑆 = 10.0307
𝑆𝑆 = 32.57
𝐼𝐼𝐸𝐸 =𝑆𝑆𝑆𝑆𝑅𝑅
𝐼𝐼𝐸𝐸 =32,5727,5
𝐼𝐼𝐸𝐸 = 1,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 1𝐼𝐼𝐸𝐸
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 11,18
𝐼𝐼𝐼𝐼𝑆𝑆 = 0,85
A
CB
DEFG
Más eficiente
MA
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DE
PR
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NT
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ALU
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113
Plantillas para presentación de proyectosEste anexo fue elaborado de acuerdo a los lineamientos del operador del servicio de alumbrado públicoSe debe presentar con la siguiente estructura, la documentación para la revisión de pro-yectos de alumbrado público
Tabla de contenido
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVO
3. DISEÑO DE ILUMINACIÓN
3.1. Inspección visual y levantamiento de información
3.2. Especificaciones del proyecto
3.3. Niveles de luminancia e iluminancia
3.4. Selección de luminarias
3.5. Cálculo factor de mantenimiento
3.6. Simulación y resultados software
4. CÁLCULO DE REGULACIÓN
5. USO RACIONAL DE LA ENERGÍA
5.1. Cálculo del SLEEC
5.2. Clasificación energética
6. PUESTAS A TIERRA
7. OBSERVACIONES GENERALES
8. BIBLIOGRAFÍA
9. ANEXOS
ANEXO 9
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
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BLI
CO
114 1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVO
3. DISEÑO DE ILUMINACIÓN
3.1. Inspección visual y levantamiento de información
3.2. Especificaciones del proyecto
Fecha: SN: Dirección: Descripción del proyecto: Categorización del proyecto: Categorización de la vía:
Se busca realizar el diseño de iluminación del proyecto descrito anteriormente, con el fin de dar cumplimiento al Retilap, bajo los criterios, ya sea de luminancia o iluminancia, ga-rantizando valores adecuados de uniformidad, índice de deslumbramiento, SLEEC, eficiencia energética y regulación de tensión. Este diseño está compuesto por clase de iluminación _____________. La categorización del proyecto se hizo de acuerdo con el Retilap en su ca-pítulo 6 sección 610.2. La categorización de la vía se realizó con base en el diagrama de jerarquización vial del Municipio de Medellín, el cual se encuentra en los anexos del presente informe.
3.3. Niveles de luminancia e iluminancia
3.4. Selección de luminarias
Tabla 4. Características y especificaciones de la luminaria
DESCRIPCIÓN CARACTERÍSTICAS
Tipo de luminaria
Tipo de servicio
Tipo de diseño
Tipo de montaje
Altura del montaje
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
PÚ
BLI
CO
115 3.5. Cálculo factor de mantenimiento
3.6. Simulación y resultados software
4. CÁLCULO DE REGULACIÓN
5. USO RACIONAL DE LA ENERGÍA 5.1. Cálculo del SLEEC
5.2. Clasificación energética
6. PUESTAS A TIERRA
7. OBSERVACIONES GENERALES
8. BIBLIOGRAFÍA
9. ANEXOS
MA
NU
AL
DE
PR
OC
ED
IMIE
NT
OS
DE
ALU
MB
RA
DO
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BLI
CO
116 REFERENCIAS NORMATIVAS
Decreto Nacional 943 de 2018 - Por el cual se modifica y adiciona la sección 1, Capítulo 6 del Título III del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, relacionado con la prestación del servicio de alumbrado público
Manual de Espacio Público del Municipio de Medellín – Vigente.
Manual de Interventoría del Municipio de Medellín - Decreto Municipal 0626 DE 2005.
Manual de Silvicultura Urbana del Municipio de Medellín – Vigente.
Plan de Desarrollo de la Administración Municipal – Acuerdo 003 de 2016.
Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Medellín – Acuerdo 048 de 2014.
Plan Maestro de Iluminación - Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
Política de Mantenimiento de Alumbrado Público del Municipio de Medellín - De-creto Municipal 1673 de 2014.
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas - Retie: (Resolución 90708 del 30 de agosto de 2013, Resolución 90907 de 2013 y Res. 90795 de 2014).
Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - Retilap (Resolución 180540 de marzo 30 de 2010, Resolución 181568 de septiembre 1 de 2010, Resolución 182544 de diciembre 29 de 2010, Resolución 180173 de febrero 14 de 2011, Resolución 91872 de diciembre 28 de 2012, Resolución 90980 de noviembre 15 de 2013 y Resolución 40122 de febrero 8 de 2016).