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MANUAL DE PROCEDIMIENTO OPERACIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO 2007-2013 Construyendo Europa desde Aragón DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA FEBRERO 2012 Versión: 5.0. Responsable: José María Marco

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MANUAL DE PROCEDIMIENTO OPERACIONES COFINANCIADAS POR EL FONDO

SOCIAL EUROPEO 2007-2013

Construyendo Europa desde Aragón

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA

FEBRERO 2012

Versión: 5.0.

Responsable: José María Marco

CONSTRUYENDO EUROPA DESDE ARAGÓN Página 2 de 27

ÍNDICE A. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................3

A.1.1. ÁMBITO DE ACTUACIÓN ..............................................................................................................................................3 A.1.2. LÍNEAS DE ACTUACIÓN ...............................................................................................................................................3

B. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE AYUDAS.................. ......................................................5

B.1. CONVOCATORIAS .............................................................................................................................................................5 B.1.1. REQUISITOS DE LAS ÓRDENES DE CONVOCATORIA .............................................................................................5 B.1.2. SOLICITUD DE AYUDA..................................................................................................................................................6 B.1.3. RESOLUCIÓN ................................................................................................................................................................7 B.1.4. JUSTIFICACIÓN Y PAGO ..............................................................................................................................................7

B.1.4.1. CONVOCATORIA DE ENTIDADES LOCALES ............................................................................................................................ 7 B.1.4.2. CONVOCATORIA DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO....................................................................................................... 7

C. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN............ ..............................................8

D. COMPROBACION ....................................... .............................................................................8

D.1. COMPROBACIONES ADMINISTRATIVAS.........................................................................................................................8 D.2. COMPROBACIONES SOBRE EL TERRENO.....................................................................................................................9 D.3. DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES................................................................................................................9 D.4. IRREGULARIDADES ..........................................................................................................................................................9

E. INDICADORES .......................................................................................................................10

E.1. LISTA DE INDICADORES.................................................................................................................................................10 E.2. REGISTRO DE INDICADORES ........................................................................................................................................10

F. INFORMACIÓN A LOS BENEFICIARIOS Y A LOS CENTROS EDU CATIVOS....................11

F.1. SELLADO DE FACTURAS Y CONTABILIDAD .................................................................................................................11 F.1.1. SELLADO DE FACTURAS ...........................................................................................................................................11 F.1.2. CONTABILIDAD ...........................................................................................................................................................11 F.1.2.1. AMORTIZACIÓN .............................................................................................................................................................11 F.2. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD .......................................................................................................................................12 F.3. INFORMACIÓN A LOS CENTROS EDUCATIVOS DONDE SE EJECUTAN LAS ACTUACIONES.................................12

G. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD ........................... .................................................................13

G.1. MATERIAL DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN:.......................................................................................................13 G.2. ACTIVIDADES INFORMATIVAS: ......................................................................................................................................13 G.3. DIPLOMAS ........................................................................................................................................................................14

H. ANEXOS .................................................................................................................................15

ANEXO I. NORMATIVA DE APLICACIÓN ...................................................................................................................................15 ANEXO II. MODELO DE FICHA DE SEGUIMIENTO ...................................................................................................................16 ANEXO III. MODELO DE INFORME DE INDICADORES.............................................................................................................19 ANEXO IV. MODELO DE LISTA DE VERIFICACIÓN ..................................................................................................................21 ANEXO V. MODELO DE EXTRACTO DE FACTURAS................................................................................................................23 ANEXO VI. MODELOS DE PUBLICACIÓN..................................................................................................................................25 ANEXO VII. ORGANIGRAMA Y DIAGRAMA DE FLUJO PARA LA GESTIÓN Y COMPROBACIÓN ADMINISTRATIVA..…….26

ANEXO VIII. APROBACIÓN Y REVISIÓN DEL MANUAL………………………………………………………………………………. 27

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A. INTRODUCCIÓN

Este Manual de Procedimiento tiene por objeto recoger los procedimientos relacionados con la gestión del Fondo Social Europeo. No pretende ser una guía exhaustiva de tramitación administrativa, por lo que no se han incluido, por tanto, las fases de tramitación habitual de convocatorias, convenios o contratos.

A.1.1. ÁMBITO DE ACTUACIÓN

En el marco del Objetivo Competitividad regional y empleo, el Fondo Social Europeo interviene en Aragón con el Programa Operativo de carácter regional FSE, gestionado por el Gobierno de Aragón, con una inversión de 149.046.726 €, cuyo objetivo central es contribuir a la mejora de la calidad del empleo promoviendo la igualdad de oportunidades. Este objetivo central está apoyado en dos objetivos finales:

• Capacitar la fuerza de trabajo y a las empresas para mejorar su productividad, y

• Extender el progreso socio económico regional a la totalidad de la población del territorio aragonés.

Este programa operativo se articula en cinco Ejes de los cuales los ejes nº 1, 2 y 3 son los que hacen referencia a nuestras actuaciones. De esta manera se pone de manifiesto la decisiva implicación de esta Dirección General en el desarrollo de los objetivos del programa.

En concreto, esta Dirección General trabaja en los siguientes temas prioritarios:

• 66- Aplicación de medidas activas y preventivas del mercado laboral.

• 72- Proyección, introducción y aplicación de reformas en los sistemas de enseñanza y formación para desarrollar la empleabilidad, mejorando la adecuación al mercado laboral de la enseñanza y la formación iniciales y profesionales y actualizando los conocimientos del personal docente cara a la innovación y la economía del conocimiento.

• 73- Medidas para aumentar la participación en la enseñanza y la formación permanentes a través de acciones destinadas disminuir el porcentaje abandono escolar y la segregación sexista de materias, así como a incrementar el acceso a la enseñanza y la formación iniciales, profesionales y superiores, y a mejorar su calidad.

A.1.2. LÍNEAS DE ACTUACIÓN

El Fondo Social Europeo cofinancia tres líneas de actuación de la Dirección General de Ordenación Académica. Se señalan a continuación dichas líneas:

• 2.66.3. Iniciativas profesionales de formación profesional de jóvenes.

• 3.72.3. Evaluación, reconocimiento y acreditación de competencias profesionales.

• 3.73.1. Programas de refuerzo, orientación y apoyo para la prevención del abandono escolar.

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Senda financiera de las Operaciones de la Dirección General de Ordenación Académica

Ejes/Temas P. Coste Total Total Público U.E. %G.E.

Total Nacional %C.T.

Admón. Central

Admón. Autonóm.

Admón. Local Privado %C.T.

2.66.3 68.220,52 68.220,52 34.110,26 50 34.110,26 50 0 34.110,26 0 0 0

3.72.3. 197.081,48 197.081,48 98.540,74 50 98.540,74 50 0 98.540,74 0 0 0 2007

3.73.1. 257.721,94 257.721,94 128.860,97 50 128.860,97 50 0 128.860,97 0 0 0

2.66.3. 69.584,92 69.584,92 34.792,46 50 34.792,46 50 0 34.792,46 0 0 0

3.72.3. 201.023,12 201.023,12 100.511,56 50 100.511,56 50 0 100.511,56 0 0 0 2008

3.73.1. 262.876,38 262.876,38 131.438,19 50 131.438,19 50 0 131.438,19 0 0 0

2.66.3. 70.976,62 70.976,62 35.488,31 50 35.488,31 50 0 35.488,31 0 0 0

3.72.3. 205.043,58 205.043,58 102.521,79 50 102.521,79 50 0 102.521,79 0 0 0 2009

3.73.1. 268.133,92 268.133,92 134.066,96 50 134.066,96 50 0 134.066,96 0 0 0

2.66.3. 72.396,16 72.396,16 36.198,08 50 36.198,08 50 0 36.198,08 0 0 0

3.72.3. 209.144,46 209.144,46 104.572,23 50 104.572,23 50 0 104.572,23 0 0 0 2010

3.73.1. 273.496,60 273.496,60 136.748,30 50 136.748,30 50 0 136.748,30 0 0 0

2.66.3. 73.844,08 73.844,08 36.922,04 50 36.922,04 50 0 36.922,04 0 0 0

3.72.3. 213.327,34 213.327,34 106.663,67 50 106.663,67 50 0 106.663,67 0 0 0 2011

3.73.1. 278.966,52 278.966,52 139.483,26 50 139.483,26 50 0 139.483,26 0 0 0

2.66.3. 75.320,96 75.320,96 37.660,48 50 37.660,48 50 0 37.660,48 0 0 0

3.72.3. 217.593,90 217.593,90 108.796,95 50 108.796,95 50 0 108.796,95 0 0 0 2012

3.73.1. 284.545,86 284.545,86 142.272,93 50 142.272,93 50 0 142.272,93 0 0 0

2.66.3. 76.827,38 76.827,38 38.413,69 50 38.413,69 50 0 38.413,69 0 0 0

3.72.3. 221.945,76 221.945,76 110.972,88 50 110.972,88 50 0 110.972,88 0 0 0 2013

3.73.1. 290.236,78 290.236,78 145.118,39 50 145.118,39 50 0 145.118,39 0 0 0

2.66.3. 507.170,64 507.170,64 253.585,32 50 253.585,32 50 0 253.585,32 0 0 0

3.72.3. 1.465.159,64 1.465.159,64 732.579,82 50 732.579,82 50 0 732.579,82 0 0 0 Total

3.73.1. 1.915.977,96 1.915.977,96 957.988,98 50 957.988,98 50 0 957.988,98 0 0 0

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B. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE AYUDAS

B.1. CONVOCATORIAS

B.1.1. REQUISITOS DE LAS ÓRDENES DE CONVOCATORIA

Las órdenes de convocatoria que desarrollan las distintas líneas de actuación deben cumplir los requisitos de información y publicidad que se señalan en este Manual en el apartado G. Información y publicidad.

Además, deberán contener los elementos que se especifican a continuación.

• Encabezamiento: debe figurar necesariamente en el texto el hecho de que están cofinanciadas así como el Fondo Europeo correspondiente.

Ejemplo: Orden de ... en el marco del Programa Operativo de l Fondo Social Europeo 2007-2013.

• Exposición de motivos:

o Deberá reseñarse de forma más amplia, la razón de la cofinanciación en función a la finalidad propia del correspondiente Fondo Estructural.

o Asimismo, se explicitará que la convocatoria se regirá por la normativa comunitaria del Fondo Social Europeo.

Ejemplo:

En la gestión ... se estará a lo dispuesto en el Re glamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión; en el Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, que fija las normas de desarrollo para el Reglament o (CE) nº 1083/2006; y el Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo rela tivo al Fondo Social Europeo; en el Decreto 37/2008, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen normas para la ejecución de las intervenciones cofinanciadas con F ondos Estructurales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el periodo 2007-20 13 y en la ORDEN TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subven cionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013.

• Articulado:

o En el artículo donde se determine la naturaleza de las subvenciones que se convocan, se reseñará que están cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.

Ejemplo:

Primera.- Objeto

La presente orden tiene por objeto la convocatoria de ... , cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.

o En el artículo correspondiente al "Concepto Presupuestario", además de determinar la cofinanciación del Fondo Social Europeo, se señalará el porcentaje de financiación europea.

Ejemplo:

Segunda.- Presupuesto y financiación

El presupuesto máximo destinado para esta finalidad es de ... euros, y será cofinanciado al ...% por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2007-2013, con cargo a las aplicacio nes presupuestarias ... (... euros) y ... (... euro s)

o Será incluido un artículo específico denominado "Información y publicidad" donde se harán constar las obligaciones del beneficiario con respecto a las normas de publicidad contenidas en esta Instrucción según la clase de ayudas de que se trate.

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Ejemplo:

Decimoséptima.- Información y publicidad

1. Los beneficiarios deberán cumplir con todas las obligaciones recogidas en el artículo 8 del capítulo II del Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, que fija las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006.

2. Los materiales informativos y publicitarios rela cionados con la actuación objeto de esta convocatoria que tengan un soporte documental y/o a udiovisual deberán constatar la cofinanciación de la misma por el Departamento de E ducación, Universidad, Cultura y Deporte y por el Fondo Social Europeo con la inclus ión de los logos correspondientes y la leyenda “Construyendo Europa desde Aragón”.

3. A efectos de difusión pública, el centro donde s e realicen las actuaciones deberá dejar constancia de la cofinanciación, mediante un cartel con los logos del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y del Fon do Social Europeo, la denominación de la actuación y la leyenda “Construyendo Europa desd e Aragón”.

o Se incluirán las obligaciones de los beneficiarios relativas a:

1. Características de los gastos y documentos de gasto.

• Los gastos imputados deben cumplir los criterios generales de subvencionabilidad del Fondo Social Europeo, quedando excluidos (artículo 2 de la ORDEN TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013):

o Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

o Intereses deudores.

o Adquisiciones nuevas o de segunda mano de mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos.

o Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

o Los gastos de procedimientos judiciales.

• Los documentos de gasto (con carácter general, facturas) deberán estar acompañados del correspondiente documento de pago: documento bancario de transferencia o extracto bancario; en el caso de que el pago se haya efectuado en metálico, deberá acompañarse de un extracto del libro de caja.

2. Obligación de suministro de datos de indicadores.

3. Obligaciones relativas a las comprobaciones sobre el terreno que deban efectuar, en su caso.

o Así mismo se incluirá el siguiente párrafo: “Al tratarse de una convocatoria cofinanciada por el Fondo Social Europeo, el beneficiario de la ayuda/subvención/beca aparecerá en la lista pública prevista en el artículo 7, apartado 2 letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 diciembre de 2006.”

B.1.2. SOLICITUD DE AYUDA

En todos los modelos de solicitud, así como en el resto de anexos, deberá figurar el emblema de la Unión Europea con la leyenda del Fondo Social Europeo (modelo color, modelo estrellas blancas).

Ejemplo de encabezado:

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B.1.3. RESOLUCIÓN

En todos los modelos de resolución se señalará que la Unión Europea participa en la financiación de las mismas, indicando el importe total de la ayuda o el porcentaje aportado por el Fondo de que se trate, apareciendo igualmente el emblema europeo y, en su caso, la leyenda del Fondo correspondiente.

Se incluirán, además, los párrafos siguientes (u otros de similar contenido):

• “Este proyecto se cofinancia por el Fondo Social Europeo (FSE)”.

• “Esta resolución/adjudicación supone su aceptación a ser incluido en la lista pública que se recoge en el artículo 7, apartado 2 letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 diciembre de 2006”.

B.1.4. JUSTIFICACIÓN Y PAGO

B.1.4.1. CONVOCATORIA DE ENTIDADES LOCALES

1. Para el pago anticipado, el Servicio Provincial del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente remitirá a la Dirección General de Ordenación Académica un informe en el que se haga constar que procede el libramiento dado que el programa de cualificación profesional inicial se ha iniciado, se dispone de alumnado suficiente y de los requisitos mínimos personales y materiales establecidos para su desarrollo.

2. Para el pago del resto de la subvención, las entidades locales beneficiarias deberán remitir al Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente, la documentación establecida en la Orden de convocatoria, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del programa y no más tarde del 30 de noviembre del año de finalización:

3. Una vez comprobado por el Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente que el expediente justificativo está completo, se remitirá por éste el original de dicha documentación, y un informe resultante de la comprobación de la documentación justificativa, dentro de los diez días siguientes a su presentación, a la Dirección General de Ordenación Académica, para su comprobación y tramitación del pago correspondiente de la subvención.

4. Una vez finalizado el programa de cualificación profesional inicial, la entidad local remitirá los expedientes académicos del alumnado y las actas finales al centro público al que está adscrito.

B.1.4.2. CONVOCATORIA DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LU CRO

1. Para el pago del primer libramiento, las entidades beneficiarias deberán remitir al Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente, la siguiente documentación, antes del 30 de diciembre de año de comienzo del PCPI:

a) Documentación acreditativa original de haber constituido una garantía equivalente al porcentaje del anticipo sobre el total de la subvención concedida. Dicha garantía consistirá en la presentación de aval en la Caja General de Depósitos del Gobierno de Aragón.

b) Memoria de progreso, que deberá incluir lo especificado en la Orden de convocatoria.

2. El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte remitirá, la documentación señalada en el punto anterior, junto con un informe en el que se haga constar que procede el libramiento a la Dirección General de Ordenación Académica.

3. Para el pago del segundo libramiento, las entidades beneficiarias deberán remitir al Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente, la justificación del importe global de la subvención, junto con la siguiente documentación que establece la orden de convocatoria, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del programa y no más tarde del 30 de noviembre del año de finalización

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4. El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte correspondiente, comprobará que el expediente justificativo está completo, realizando la imputación del porcentaje de gasto en los originales presentados. Una vez completado este proceso se remitirá a la Dirección General de Ordenación Académica, las fotocopias compulsadas y el expediente completo, junto con un informe resultante de la comprobación de la documentación justificativa, dentro de los diez días siguientes a su presentación.

6. Una vez finalizado el programa de cualificación profesional inicial, la entidad beneficiaria remitirá los expedientes académicos del alumnado y las actas finales al centro público al que está adscrito a efectos de la custodia de los mismos.

C. MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

Los contratos objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo gestionados por esta Dirección General son tanto contratos mayores como menores, según la definición que se establece en el R.D.L. 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Hay que señalar que el Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial del

Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón está certificado en el Sistema de Gestión de la Calidad conforme a la norma UNE-EN ISO 9001/2008 ER-0477/2007 para las actividades de la planificación, el desarrollo, la implantación y la gestión de acciones relacionadas con las enseñanzas de formación profesional y de régimen especial, con fecha 12 de abril de 2007. Esta certificación obliga, entre otras cosas, a poseer un manual de procedimiento para la contratación, con lo cual nos basaremos en el acreditado por las normas de calidad para desarrollar éste.

En el sistema de gestión de calidad de la Dirección General se encuentra un proceso en el que se describe el

procedimiento y los formatos que se debe de utilizar para la realización de las compras que realiza el Servicio.

En el caso de que la unidad administrativa contratante sea un centro educativo (Dotación de gastos de funcionamiento), la justificación del gasto se acreditará mediante certificado del Secretario del centro con el visto bueno del Director, con la posterior aprobación del Consejo Escolar.

D. COMPROBACION

D.1. COMPROBACIONES ADMINISTRATIVAS

Se llevará a cabo la COMPROBACION administrativa del 100% de los gastos a certificar, comprobando los siguientes extremos:

• Que el gasto ha sido realizado de acuerdo con los fines asignados y que se ha procedido al pago del mismo.

• Que las facturas presentadas son originales y han sido selladas para evitar la duplicidad de pago.

• El cumplimiento de las reglas de certificación de conformidad con el documento original.

• El cumplimiento de las normas de subvencionabilidad de los gastos que se certifican.

• El cumplimiento de la normativa comunitaria, nacional y autonómica que le resulte de aplicación.

• El cumplimiento de las obligaciones relativas a información y publicidad en los términos contemplados en el Reglamento (CE) 1828/2006.

A estos efectos, se recabará de los beneficiarios la documentación que resulte necesaria.

Las COMPROBACIONES administrativas se documentarán mediante el certificado del Jefe de Servicio competente con el visto bueno del Director General de Ordenación Académica y el documento contable de obligación de gasto, documentos que permanecerán en el expediente correspondiente.

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En el caso de facturas sin certificado, la verificación administrativa quedará documentada mediante el sellado de conformidad del Jefe de Servicio.

D.2. COMPROBACIONES SOBRE EL TERRENO

En los casos que corresponda, se efectuará la verificación sobre el terreno de las operaciones mediante selección de una muestra significativa. La metodología de la selección de la muestra se basará en la comprobación in situ de forma aleatoria de los gastos de cada uno de los beneficiarios. De esta manera se controlará aproximadamente el 30% de los gastos de los beneficiarios.

En las ayudas que conllevan la actuación del beneficiario en un centro educativo, dicha verificación se llevará a cabo por el/la Director/a del Centro, mediante un documento guía que comprende los extremos consignados en el Anexo II de este Manual

D.3. DOCUMENTACIÓN DE LAS VERIFICACIONES

El Órgano Gestor, fruto de las verificaciones administrativas realizadas, cumplimentará las listas de comprobación remitidas por la Dirección General de Promoción Económica, que reflejarán el resultado de las comprobaciones administrativas realizadas por el Órgano Gestor.

La unidad gestora de cada actuación elaborará una Lista de verificación, según el modelo que figura como Anexo IV en este Manual.

En esta ficha de verificación se recopilarán los datos de las verificaciones administrativas y las verificaciones sobre el terreno. Será remitida a cada responsable de las operaciones.

D.4. IRREGULARIDADES

Si con ocasión de las verificaciones sobre el terreno se constatan irregularidades que deben ser subsanadas, se evaluará si son sistemáticas y en tal caso se procederá a deducir los importes irregulares encontrados una vez identificados y cuantificados. En el caso de que así se detectase se iniciaría un procedimiento de Reintegro de pagos indebidos.

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E. INDICADORES

E.1. LISTA DE INDICADORES Se señalan a continuación los indicadores a registrar. Se resaltan los obligatorios mediante el sombreado de la celda.

Indicadores 2.66. Iniciativas profesionales de formación profesional de jóvenes.

Indicadores de resultado Nº de personas en situación de desempleo, que han sido beneficiarias de medidas activas de inserción laboral, que accedieron a un contrato de trabajo, mujeres

Nº de personas en situación de desempleo, que han sido beneficiarias de medidas activas de inserción laboral, que accedieron a un contrato de trabajo, hombres

Operaciones Itinerarios de inserción laboral

Acciones de orientación y motivación

Indicadores de realización física Nº de personas beneficiarias, mujeres

Nº de personas beneficiarias, hombres

Nº de personas que han participado en módulos de Sensibilización medioambiental, hombres

Nº de personas que han participado en módulos de Sensibilización medioambiental, hombres

3.72. Evaluación, reconocimiento y acreditación de compet encias profesionales y, Promoción del aprendizaje permanente y mejora de la empleabilidad a través de la extensión de las TIC

Indicadores de resultado Nº de personas desempleadas beneficiarias de formación en innovación y sociedad del conocimiento que han encontrado trabajo, mujeres

Nº de personas desempleadas beneficiarias de formación en innovación y sociedad del conocimiento que han encontrado trabajo, hombres

Nº de personas que han obtenido un reconocimiento oficial de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, mujeres

Nº de personas que han obtenido un reconocimiento oficial de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, hombres

Operaciones Creación de una red de antenas informativas sobre las necesidades de cualificación del capital humano

Apoyo a la incorporación de las NTIC y la innovación en la elaboración de contenidos formativos de teleformación

Acciones de promoción y educación del acceso laboral de las mujeres

Indicadores de realización física Nº de empresas beneficiarias

Nº de personas beneficiarias, mujeres

Nº de personas beneficiarias, hombres

3.73. Programas de refuerzo, orientación y apoyo pa ra la prevención del abandono escolar.

Indicadores de resultado Nº de alumnos que han participado en acciones de refuerzo, orientación y apoyo que permanecen en el sistema educativo y/o han superado la educación secundaria obligatoria, mujeres

Nº de alumnos que han participado en acciones de refuerzo, orientación y apoyo que permanecen en el sistema educativo y/o han superado la educación secundaria obligatoria, hombres

Operaciones Programas de refuerzo, orientación y apoyo para prevenir el abandono escolar

Indicadores de realización física Nº de personas escolares beneficiarias, mujeres

Nº de personas escolares beneficiarias, hombres

E.2. REGISTRO DE INDICADORES Los indicadores de las operaciones responsabilidad de la Dirección General se incluirán en el Sistema de Gestión

de la Calidad, y su seguimiento se realizará de acuerdo a lo establecido en la planificación del mismo.

Anualmente se elaborará un resumen de indicadores con arreglo al modelo que figura como Anexo III en este Manual.

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F. INFORMACIÓN A LOS BENEFICIARIOS Y A LOS CENTROS EDUCATIVOS

El órgano gestor de la ayuda pondrá en conocimiento de los beneficiarios las obligaciones derivadas de la concesión de la ayuda cofinanciada por el Fondo Social Europeo, mediante el presente Manual o un extracto de su contenido, que contenga al menos instrucciones respecto a los temas siguientes:

F.1. SELLADO DE FACTURAS Y CONTABILIDAD En el caso de que la custodia de las facturas no se encuentre centralizada si no que se realice en centros

educativos (Decreto 111/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Autonomía en la Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma) se enviarán instrucciones a los responsables de su custodia, en las que se explicite lo siguiente:

F.1.1. SELLADO DE FACTURAS

Todas las facturas pagadas mediante la cofinanciación con un Fondo Europeo deberán ir selladas con el siguiente texto:

“Gasto cofinanciado al ...% por el Fondo Social Europeo”

Si la factura ha sido pagada totalmente por los fondos obtenidos por la concesión de la ayuda, se expresará el porcentaje estipulado en la correspondiente orden de convocatoria o convenio.

En el caso de que la factura haya sido pagada parcialmente, se calculará el porcentaje multiplicando el estipulado en la orden de convocatoria o convenio por el porcentaje del gasto pagado por los fondos obtenidos por la concesión de la ayuda.

F.1.2. CONTABILIDAD

A efectos de facilitar la pista de auditoría, el centro educativo, en su caso, elaborará un extracto anual de la contabilidad general, tomando como referencia el al modelo del anexo V, haciendo referencia a las facturas pagadas mediante cofinanciación, en el que se haga constar, al menos, el número de factura, fecha, concepto, porcentaje cofinanciado por el Fondo Social Europeo e importe.

Los centros educativos podrán mantener una contabilidad separada a través del programa GIR (Gestión Integral en Red) mediante la creación de un centro de coste específico por actuación, al que se imputen los ingresos y gastos derivados.

Así mismo, conservarán la documentación justificativa relacionada con los gastos de la operación cofinanciada hasta 2018.

El extracto anual realizado por el centro educativo será remitido al responsable de la operación.

F.1.2.1. AMORTIZACIÓN

Según el a.2.4. de la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013, no podrán optar a subvención del FSE las adquisiciones nuevas o de segunda mano de mobiliario, equipo, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles y terrenos. No obstante, en su a.7 se definen los casos en los que las amortizaciones de estos u otros bienes podrán ser subvencionables. Para ello, los gastos de amortización deben cumplir los siguientes requisitos:

a. Estén directamente relacionados con la operación. b. En su adquisición no se haya utilizado cualquier otra subvención. c. El importe que se certifique como gasto deberá haber sido calculado de conformidad con la normativa contable

nacional pública o privada. d. El importe que se certifique como gasto en concepto de amortización deberá corresponderse con el período de

elegibilidad de la operación.

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Por ello es necesario definir que se entiende por amortización y dictar los distintos coeficientes de amortización para los distintos bienes. Por amortización se entiende la distribución en el tiempo del valor de un determinado bien, sea este mueble o inmueble. La Comunidad Autónoma de Aragón ha fijado unos valores para cada tipo de bien.

En el siguiente cuadro se detalla por cada tipo de bien, los años en los que se tiene que distribuir el valor del bien, o lo que es lo mismo, el porcentaje de valor a imputar cada año.

CLASE DE BIEN AÑOS DE AMORTIZACIÓN PORCENTAJE ANUAL DE AMORTIZACIÓN

Aplicaciones informáticas 6 16,66% Maquinaria de uso administrativo 14 7,14%

Utillaje agropecuario 8 12,5% Utillaje uso docente 8 12,5% Utillaje de hostelería 8 12,5% Utillaje de laboratorio 14 7,14%

Otro utillaje 8 12,5% Mobiliario administrativo 20 5%

Mobiliario médico-asistencial 20 5% Mobiliario docente 20 5%

Señaletica 20 5% Mobiliario de ornamentación 20 5%

Otro mobiliario 20 5% Ordenadores 8 5% Impresoras 14 7,14%

Escáneres y otros periféricos 8 12,5% Otros equipos para procesos de

información 8 12,5%

Hay que resaltar que si la compra del bien ha sido, por ejemplo a mitad del año natural, sólo se podrá imputar la mitad de esa amortización para ese ejercicio, si la compra tuvo lugar el 1 de octubre, se imputará ¼ de la amortización anual…

F.2. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD Se informará a los beneficiarios de las normas contenidas en el apartado G. Información y publicidad de este

Manual.

Así mismo, se les informará de la obligación de conservar copia de los materiales de información y publicidad.

F.3. INFORMACIÓN A LOS CENTROS EDUCATIVOS DONDE SE EJECUTAN LAS ACTUACIONES

Los centros educativos en los que se lleven a cabo las actuaciones subvencionadas recibirán así mismo instrucciones relativas a:

• Información y publicidad, en los términos establecidos en el apartado anterior.

• Gestión e instrumentos de verificación sobre el terreno, tal y como se estipula en el apartado D.2 Verificaciones sobre el terreno.

• Gestión e instrumentos para la consignación de indicadores, tal y como se estipula en el apartado E.2. Registro de indicadores.

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G. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

Los beneficiarios de las subvenciones deben dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación proveniente del Fondo Social Europeo y del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y están obligados a cumplir la normativa europea y autonómica que regula la forma de identificar y comunicar dichas actividades.

A este respecto los beneficiarios finales serán responsables del cumplimiento propio de esta normativa. Esto implica que todas las acciones directamente relacionadas con el proyecto subvencionado que tengan un soporte documental y/o audiovisual deberá constar que está subvencionado por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y por el Fondo Social Europeo con los logos correspondientes.

Todas las medidas de información y publicidad destinadas a los beneficiarios, beneficiarios potenciales y al público en general incluirán los elementos siguientes:

• El logotipo del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

• el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas antes citadas, así como la referencia a la Unión Europea

• la referencia al Fondo en cuestión (Fondo Social Europeo, ...). Se puede incorporar al emblema (modelo color, modelo estrellas blancas)

• una frase en la que se destaque el valor añadido de la intervención de la Comunidad. En Aragón hemos elegido “Construyendo Europa desde Aragón ”.

En caso de artículos promocionales de pequeño tamaño, bastará con el emblema y la referencia a la Unión Europea.

G.1. MATERIAL DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN: • Las publicaciones que los órganos ejecutores editen (cuadernillos, folletos, notas informativas, carteles,

programas de ayudas…) sobre las intervenciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales llevarán en la guarda una indicación visible de la participación de la Unión Europea y, en su caso, del Fondo participante y, si aparece el emblema nacional o regional, figurará también el emblema europeo. Se puede ver un modelo de cuadernillo/folleto, nota informativa y cartel en el Anexo VI.

• Cuando se trate de actividades formativas tales como cursos de formación profesional, jornadas, seminarios… etc., se deberá reseñar la participación de la Unión Europea tanto en el material didáctico que se proporcione a los participantes como en los anuncios en prensa en el caso de que los hubiera.

• Si la información se comunica por vía electrónica (página web, banco de datos destinado a los beneficiarios potenciales) o mediante material audiovisual (videos, CDROM…), los principios antes enunciados se aplicarán por analogía. En las páginas web cofinanciadas con Fondos Estructurales, así como en las referentes a los mismos, será conveniente:

o Mencionar la participación de la Unión Europea y, en su caso, del Fondo correspondiente al menos en la página de presentación (home-page),

o Crear un vínculo (hyperlink) hacia las páginas web de la Comisión relativas a los distintos Fondos Estructurales (http://ec.europa.eu/employment_social/esf/index_es.htm).

• Deberán guardarse pruebas suficientes (documentales, fotográficas, audiovisuales….) de cada actividad, en previsión de posibles peticiones de control por parte de alguna instancia comunitaria (Tribunal del Cuentas Europeo….), estatal (Intervención General de la Administración del Estado) o autonómica (Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte)

G.2. ACTIVIDADES INFORMATIVAS: Cuando se organicen actividades informativas (conferencias, seminarios, ferias, exposiciones, concursos)

relacionados con las intervenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, los organizadores deberán

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comprometerse a dejar constancia de la participación comunitaria en las citadas intervenciones con la presencia de la bandera europea en la sala de la reunión y del emblema en los documentos correspondientes.

G.3. DIPLOMAS En los casos en que sea necesaria la expedición de algún diploma o certificado de asistencia a cursos de

formación, jornadas, seminarios… etc., cofinanciados con Fondo Social Europeo deberá figurar el emblema europeo y, en su caso, la leyenda Fondo Social Europeo.

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H. ANEXOS

ANEXO I. NORMATIVA DE APLICACIÓN • Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Social Europeo.

• Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

• Reglamento (CE) nº1828/2006 de la Comisión por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006.

• Reglamento (CE) núm. 1159/2000 de la Comisión de 30 de mayo de 2000 sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros con las intervenciones de los Fondos Estructurales y la normativa europea relacionada.

• Ley 38/2003, 17 de noviembre General de Subvenciones.

• R.D.L. 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

• Ley 10/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2009, y sucesivas

• Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

• Decreto 186/1993 de 3 de noviembre del Gobierno de Aragón sobre pagos de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

• Decreto 23/2003 de 28 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

• Decreto de 15 de julio de 2011 de la Presidencia del Gobierno de Aragón por el que se modifica la organización de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

• Decreto 37/2008, de 26 de febrero del Gobierno de Aragón por el que se establecen las normas para la ejecución de las intervenciones cofinanciadas con fondos estructurales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón periodo 2007-2013.

• Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013.

• Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo, por la que se modifica la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación de 2007-2013.

• Ley 3/2011 de 24 de febrero de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón.

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ANEXO II. MODELO DE FICHA DE SEGUIMIENTO

FICHA SEGUIMIENTO

Operación: _______________________

PROGRAMA OPERATIVO FSE 2007-2013

1. DATOS DEL CENTRO EDUCATIVO:

Nombre: Dirección: Localidad:

Director:

2. DATOS DE LA OPERACIÓN:

NOMBRE: 2.66.3. Iniciativas profesionales de formación profesional de jóvenes.

3.72.3. Evaluación, reconocimiento y acreditación de competencias profesionales.

3.73.1. Programas de refuerzo, orientación y apoyo para la prevención del abandono escolar.

IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE: Unidad Administrativa: Dirección General de Ordenación Académica

3. CARACTERIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN

IDENTIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN:

FECHA DE INICIO: FECHA DE FINALIZACIÓN:

AFECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE : Positiva Neutra

AFECCIÓN A LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES : Positiva Neutra

4. ACTUACIONES DE LA OPERACIÓN

ACTUACIONES PREVISTAS CUMPLIMIENTO

5. CONTABILIDAD CUMPLIMIENTO

Sellado de facturas

Elaboración del extracto de contabilidad

6. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD:

DOCUMENTOS INFORMATIVOS ELABORADOS CUMPLEN LOS REQUISITOS (EMBLEMAS, TEXTOS) SE CUSTODIA COPIA

7. INDICADORES (en función de la operación):

8. IRREGULARIDADES DETECTADAS:

9. VALORACION Y OBSERVACIONES:

En ________________, a _______de________________de _____

VºBº RESPOSABLE DE LA OPERACIÓN

Fdo.:

EL/LA DIRECTOR/A

Fdo.:

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ANEXO III. MODELO DE INFORME DE INDICADORES

PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO 2007-2013

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA INFORME DE INDICADORES PERIODO: OPERACIONES

2.66.3. Iniciativas profesionales de formación profesional de jóvenes.

3.72.3. Evaluación, reconocimiento y acreditación de competencias profesionales.

3.73.1. Programas de refuerzo, orientación y apoyo para la prevención del abandono escolar.

Indicadores de resultado

Nº de personas con contrato temporal que se han beneficiado de contratos fijos, mujeres

Nº de personas con contrato temporal que se han beneficiado de contratos fijos, hombres

Nº de personas en situación de desempleo, que han sido beneficiarias de medidas activas de inserción laboral, que accedieron a un contrato de trabajo, mujeres

Nº de personas en situación de desempleo, que han sido beneficiarias de medidas activas de inserción laboral, que accedieron a un contrato de trabajo, hombres Nº de personas desempleadas beneficiarias de formación en innovación y sociedad del conocimiento que han encontrado trabajo, mujeres Nº de personas desempleadas beneficiarias de formación en innovación y sociedad del conocimiento que han encontrado trabajo, hombres Nº de personas que han obtenido un reconocimiento oficial de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, mujeres Nº de personas que han obtenido un reconocimiento oficial de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, hombres Nº de alumnos que han participado en acciones de refuerzo, orientación y apoyo que permanecen en el sistema educativo y/o han superado la educación secundaria obligatoria, mujeres Nº de alumnos que han participado en acciones de refuerzo, orientación y apoyo que permanecen en el sistema educativo y/o han superado la educación secundaria obligatoria, hombres

Indicadores de realización física

Nº de personas beneficiarias, mujeres Nº de personas beneficiarias, hombres

El representante de la Dirección

Fdo.:

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ANEXO IV. MODELO DE LISTA DE VERIFICACIÓN

PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO 2007-2013 DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA

LISTA DE VERIFICACIÓN Operación:

Actuación:

Curso/Año:

Unidad gestora:

Verificación sobre el terreno

CENTRO / ENTIDAD / PERSONA Verificación administrativa Realización de

actuaciones

Respeto a las normas de

información y publicidad

Conservación de documentos

EL/LA RESPONSABLE DE LA UNIDAD GESTORA

VºBº EL RESPONSABLE DE LA OPERACIÓN Fdo.:

Fdo.:

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ANEXO V. MODELO DE EXTRACTO DE FACTURAS

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PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO 2007-2013 DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ACADÉMICA

EXTRACTO DE FACTURAS DE GASTOS INVENTARIABLES

Centro educativo:

Operación cofinanciada: Año: Importe a justificar:

Nº factura Fecha de Adquisición Concepto Proveedor Importe (A) % Cofinanciado

(B)

Importe cofinanciado

(A*B)=C

% Amortización

(D)

Amortización (A*D)

Amortización imputada al FSE

(A*B*D)

TOTAL

Vº Bº El/La Director/a El/La Secretario/a

Fdo. Fdo.

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Construyendo Europa desde Aragón

Construyendo Europa desde Aragón

ANEXO VI. MODELOS DE PUBLICACIÓN

TRÍPTICO O CUADERNILLO

En portada y contraportada, zona inferior:

NOTA INFORMATIVA

CARTEL

Actuación cofinanciada:

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS

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Dirección General de Ordenación Académica compuesta por:

• Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial

Responsable comprobación administrativa in situ:

Directores de los Centros beneficiarios

Responsable justificación gastos:

Responsable del Manual de Procedimiento:

José María Marco Pérez

ANEXO VII.

ORGANIGRAMA Y DIAGRAMA DE FLUJO PARA LA GESTIÓN Y COMPROBACIÓN A DMINISTRATIVA

ORGANIGRAMA Y DIAGRAMA DE FLUJO PARA LA GESTIÓN Y COMPROBACIÓN ADMINISTRATIVA

1º Remisión documentos gasto

2º Remisión de informe

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ANEXO VII. APROBACIÓN Y REVISIÓN DEL MANUAL

La aprobación y revisión del Manual de Procedimiento de la Dirección General de Ordenación Académica de las operaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo 2007-2013 se realizará por el Jefe de Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial con el VºBº de la Directoera General de Ordenación Académica.

Las propuestas de modificación podrán ser solicitadas por:

• El Director General de Ordenación Académica.

• El Jefe de Servicio de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

• El responsable de la justificación de gastos

• Alguno de los responsables de la comprobación administrativa in situ

• La Dirección General de Promoción Económica.