Manual Del Proceso de Aceptaciones Segun Am 249 -13

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Dirección Nacional de Carrera Profesional Educativa 1 MANUAL DE PROCESO DE ACEPTACIÓN DE LOS CONCURSOS DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN CONVOCADOS BAJO ACUERDO 249-13 Los participantes que hayan culminado con el proceso de validación de méritos (declaración juramentada), rendido su evaluación práctica y se encuentren como los mejor puntuados podrán registrar su aceptación al cargo docente. Para lo cual se debe considerar lo establecido en el Art. 295 del Reglamento General de la LOEI y el Acuerdo Ministerial 249-13 PROCEDIMIENTO: Existen tres actores principales dentro del proceso de aceptaciones, los cuales deben presentar y realizar varias acciones, las cuales se detallan a continuación: Primer paso: Publicación de instituciones y requisitos Desde las Coordinaciones Zonales se remitirán el listado de instituciones educativas que se encuentren con las vacantes disponibles en cada circuito y que se validaron para convocar a los concursos de junio y julio 2013. En cada distrito se debe publicar: o Los listados de las instituciones educativas o Los requisitos para realizar la aceptación de los docentes. Presentar la Declaración Juramentada Documentos de respaldo ASPIRANTE Revisión de la documentación Registra aceptación o rechazo. Analista de Talento Humano Distrito Generación del nombramiento Analista de Talento Humano de Zona

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MANUAL DE PROCESO DE ACEPTACIÓN DE LOS CONCURSOS DE MÉRITOS

Y OPOSICIÓN CONVOCADOS BAJO ACUERDO 249-13

Los participantes que hayan culminado con el proceso de validación de méritos (declaración

juramentada), rendido su evaluación práctica y se encuentren como los mejor puntuados

podrán registrar su aceptación al cargo docente.

Para lo cual se debe considerar lo establecido en el Art. 295 del Reglamento General de la LOEI

y el Acuerdo Ministerial 249-13

PROCEDIMIENTO:

Existen tres actores principales dentro del proceso de aceptaciones, los cuales deben

presentar y realizar varias acciones, las cuales se detallan a continuación:

Primer paso: Publicación de instituciones y requisitos

Desde las Coordinaciones Zonales se remitirán el listado de

instituciones educativas que se encuentren con las vacantes

disponibles en cada circuito y que se validaron para convocar a los

concursos de junio y julio 2013.

En cada distrito se debe publicar:

o Los listados de las instituciones educativas

o Los requisitos para realizar la aceptación de los docentes.

•Presentar la Declaración Juramentada

•Documentos de respaldo

ASPIRANTE

•Revisión de la documentación

•Registra aceptación o rechazo.

Analista de Talento Humano Distrito •Generación del

nombramiento

Analista de Talento Humano de Zona

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Segundo paso: Registro de aceptación

Cuando el Concurso de Méritos y Oposición se encuentre en el periodo de

aceptación, y el analista de Talento Humano a cargo de este proceso digite

su usuario y contraseña, se presentará la siguiente pantalla:

Requisitos para realizar la aceptación:

Originales y copias de todos los documentos que registró en el SIME, en el siguiente orden: Cédula, Papeleta de

Votación, Carnet del CONADIS, Títulos, Experiencia profesional, Capacitaciones, otros certificados

relacionados con el formulario del SIME.

Declaración juramentada notariada original y en PDF, la que deberá estar entre el 20 de agosto al 12 de

septiembre del 2013.

Formulario de actualización de datos en el SIME

Certificado bancario de una cuenta activa a su nombre.

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El analista dará click en el nombre del docente que va a registrar su aceptación, y se

desplegara lo siguiente:

En el caso que el docente no haya registrado su declaración juramentada, esta debe ser

cargada por el analista de Talento Humano, es importante que se suba en un solo archivo y no

por hojas, ya que esto no se registra en el sistema. Seleccionar archivo y subir al sistema.

Importante: La declaración juramentada notariada original y en PDF, la que deberá estar entre el 20 de agosto al 12 de septiembre del 2013.

Recuerde que es una Declaración Juramentada basada en el formulario descargado del SIME y no un reconocimiento de firmas o una certificación

de copias notariadas. Para saber más al respecto lea el ANEXO 1

Registrar

Nueva

Declaración

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Tercer paso: Pre- Aceptación

Una vez verificado el formulario del SIME y la Declaración Juramentada

cargada en el sistema, se procede a revisar uno a uno los documentos

declarados.

Posterior a la revisión en físico conteste las siguientes preguntas en el

sistema:

En el caso que el aspirante cumpla con todos los requisitos y su

declaración juramentada este correctamente cargada podrá registrar su

aceptación y automáticamente se generará el rechazo en las otras que se

encuentre inscrito.

Recuerde: Los documentos en físico debe ser los mismos registrados en el SIME y los de la Declaración Juramentada.

Si encuentra alguna inconsistencia por favor registrela.

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Es importante que el docente se encuentre seguro de esta aceptación ya

que no se dará reversas al sistema.

Si el aspirante tiene un NO, se activara un campo en el cual se debe

señalar claramente que documentos no posee, finalizará el proceso, el

docente será descalificado de dicho concurso y no podrá registrar

aceptación. Considerando el Art. 12 del AM 249-13

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Cuarto paso: Aceptación

A continuación se procederá a finalizar el proceso de aceptación:

Recuerde: Debe constatar que los datos han sido guardados correctamente

Por último deberá imprimir la carta de aceptación al cargo docente.

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Quinto paso: Generación de Nombramientos

El último procedimiento es la generación de nombramientos por parte de los Analistas de Talento Humano de las Coordinaciones Zonales.

La asignación de los ganadores en las instituciones educativas se basará en los resultados de los concurso de méritos y oposición, el docente con mejor puntaje escogerá la institución en la que desee laborar.

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ANEXO 1

El Reglamento de aplicación de la Ley Orgánica de Educación Intercultural

en el Art. 262 es claro en señalar que es facultad del Nivel Central de la

Autoridad Educativa Nacional, emitir normativas específicas que regulen

los concursos de méritos y oposición para el ingreso, traslado y promoción

en la carrera educativa.

Esta sola afirmación es suficiente para sustentar el requisito solicitado por

el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional en el artículo 12 del

Acuerdo Ministerial 249-13 donde se expresa claramente que los

aspirantes elegibles deberán “… ingresar al sistema una DECLARACIÓN

JURAMENTADA otorgada ante Notario Público,…”.

Se escogió este tipo de documento por ser el idóneo según el artículo 164

del código procesal Civil que define a la escritura pública como el

Instrumento público, auténtico, autorizado con la solemnidad legal

otorgado ante Notario Público e incorporada en un protocolo o registro

público, que según la Ley Notarial contiene fundamentalmente actos,

contratos o negocios jurídicos, sin embarco también se utiliza para realizar

actos de familia, mandatos y DECLARACIONES, etc

EL reconocimiento de firmas contiene un hecho que el Notario ha podido

constatar, pero en ningún caso un negoción jurídico ni podría

sustentar un mandato o una declaración.

Por lo que muy a pesar de las circunstancias que rodean al caso particular

motivo de consulta o a las que pudiera rodear a otros casos, si existieran;

en estricto cumplimiento de la LOEI, su reglamento y el acuerdo 249-

13 no es procedente receptar un reconocimiento de firma en lugar de una

Declaración Juramentada como documento habilitante para la aceptación