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Área responsable de su elaboración: Dirección de Planeación y Evaluación Cantidad de ejemplares impresos: 1
Lugar y fecha de elaboración: Mexicali , Baja California junio 2019
Poder Ejecutivo del Gobierno del
Estado de Baja California
Manual General de
Procedimientos
Procuraduría General de Justicia del
Estado de Baja California
PGJE
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INDICE
PAG. 1.- INDICE 2 2.- INTRODUCCION 5 3.- LISTADOS DE PROCEDIMIENTOS 6
OFICINA DEL PROCURADOR 06-111-P001.-Atención Ciudadana 7 SUB-PROCURADURIAS DE ZONA. 06-211-P001. Investigación sin Detenido (06-412-P001, 06-414-P001, 06-613-P001, 06-419-P001) 14 06-211-P002. Investigación con Detenido (06-412-P002, 06-414-P002, 06-613-P002, 06-419-P002). 21 06-211-P003. Trámite del Procedimiento Abreviado (06-412-P003, v06-414-P003, 06-613-P003, 29 06-419-P003). 06-211-P004. Trámite del Juicio Oral (06-412-P004, 06-414-P004, 06-613-P004, 06-419-P004). 36 SUBPROCURADURIA DE INVESTIGACIONES ESPECIALES 06-152-P001. Integración de Número Único de Caso (NUC) con 45 Detenido 06- 152-P002. Integración de Número Único de Caso (NUC) sin Detenido 52
SISTEMA ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA PENAL
06-811-P001 Orientación y Atención Temprana 58 06-811-P002 Mediación y Conciliación 67
DIRECCION ESTATAL DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
06-741-P001. Integración de un expediente de Investigación con detenido en materia 76 de Justicia para Adolescentes, de acuerdo a la Nueva Ley nacional del Sistema Integral de Justicia penal para adolescentes.
06-741-P002. Participación de Agente de Ministerio Público adscrito a Juzgados de 83 Primera Instancia Especializado para Adolescentes, en la etapa intermedia.
06-741-P003. Participación de Agente de Ministerio Público adscrito en el Nuevo Procedimiento Penal Referente a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia 88 Penal para Adolescentes, en la etapa de juicio oral.
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DIRECCION DE SERVICIOS PERICIALES
06-541-P001.- Cadena de custodia 94 DIRECCION DE ATENCION A VICTIMAS Y TESTIGOS 06-511-P001.- Atención del área legal 100 06-511-P002.- Atención del área de psicología 105 06-511-P003.- Atención del área de trabajo social 111
DIRECCION DE ESTRATEGIAS CONTRA EL CRIMEN. 06-491-P001.- Consulta de Información en Bases de Datos 118
VISITADURIA GENERAL 06-131-P004.- Recepción, Atención y Seguimiento de las Quejas y Denuncias 127 DIRECCION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
06-381-P004.- Devolución de Fianza al Particular 136 DIRECCION DE PLANEACION Y EVALUACION 06-221-P004.- Captura de POA e indicadores 144 DIRECCION JURIDICA 06-391-P001.- Recepción y tramitación de Solicitudes 151 DIRECCION ESTATAL DE ATENCION A NIÑAS, NIÑOS Y ADOL ESCENTES EN RIESGO DELICTIVOS Y VIOLENCIA FAMILIAR 06-961-P001.-Vinculación Institucional y detección escolar 160 INSTITUTO DE CAPACITACION Y FORMACION 06-171-P001 Diagnóstico y detección de necesidades de capacitación 167 06-171-P002 Proceso de Capacitación 172 DIRECCION DE CAPITAL HUMANO 06-181-P001 Trámite de Licencia por enfermedad grave y accidente de trabajo 178 para trabajadores de relación administrativa, de confianza y de base. 06-181-P002 Trámite de licencia sin goce de sueldo para trabajadores de 188 Relación administrativa, confianza y base.
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ORGANO INTERNO DE CONTROL 06-461-P001 Auditoria programada 197 06-461-P002 Investigación administrativa de actos u omisión de servicios 206 Públicos o particulares 06-461-P003 Substanciación del proceso administrativo 215 06-641-P004 Resolución de quejas y denuncias 229 4.-DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 230
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INTRODUCCIÓN
La Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California es una dependencia
que forma parte del Poder Ejecutivo, con autonomía técnica para el desempeño de sus
atribuciones, tiene a su cargo ejercer la representación y defensa de los intereses de la
sociedad a través del Ministerio Público, la investigación y persecución de los delitos, y
las demás atribuciones que el orden jurídico disponga.
El presente documento obedece a la necesidad de la Procuraduría General de
Justicia del Estado de Baja California, de elaborar un manual de procedimientos como
apoyo a la operatividad, a efecto de avanzar en la modernización, mediante la difusión,
revisión y actualización de los procedimientos que se llevan a cabo y su armonización
con el marco legal y normativo que regulan sus actuaciones.
El Manual de Procedimientos es el documento informativo donde se consignan en
forma metódica los pasos u operaciones que se deben llevar a cabo para que se cumplan
adecuadamente las actividades que se realizan dentro de la Procuraduría General de
Justicia del Estado de Baja California.
El Manual de Procedimientos describe en forma lógica, sistemática y detallada las
actividades del área de acuerdo a sus atribuciones para su ejecución, señalando quién,
cómo, cuándo, dónde y para qué han de realizarse.
El Manual de Procedimientos, es útil porque permite establecer formalmente los
métodos y técnicas de trabajo que deben seguirse para la realización de las actividades,
así como precisar los responsables de los procesos y un aspecto importante es que a
través de este documento pueden efectuarse diagnósticos administrativos, y de esta
manera hacer más eficiente y agilizar los procedimientos establecidos.
El Manual de Procedimientos estará sujeto a una actualización permanente,
conforme a la evolución y desarrollo que presente la Procuraduría General de Justicia
del Estado de Baja California, por lo que de ninguna manera constituye un documento
final, sino un instrumento de apoyo cuya vigencia quedará determinada por medio de
revisiones periódicas.
Por último el Manual de Procedimientos va dirigido a todo el personal de la
Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, el cual colaboró en la
elaboración de la descripción de los procedimientos. La colaboración eficiente y
oportuna en el cumplimiento de los lineamientos de este manual, se traducirá en el
logro de la mejora continua de los procesos.
Atentamente
Mtro. Cristian Colosio Lule.
Procurador de Justicia del Estado de Baja Californi a
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OFICINA DEL C. PROCURADOR
06-111-P001.-ATENCION CIUDADANA
Versión: J unio 2019
Unidad Responsable: Oficina de la Titular
Descripción: Describe la forma en la cual se atiende al ciudadano que solicita una audiencia con la titular de la PGJE. Objetivo: Atender a la Ciudadanía quien realiza peticiones por medio de escritos dirigidos al C. Procurador por medio del Buzón del Procurador, el cual se encuentra en la página WEB de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, así como la atención personal a la ciudadanía que asiste o acude a la Oficina del titular a efecto de realizar algún tipo de trámite y petición de forma personal. Alcance: Aplica al personal adscrito a la oficina de la Titular y en su caso al área que se asigne para la atención. Glosario de Términos: NUC.- Número único de caso AP.- Averiguación previa
Política de operación: • Para la atención a los ciudadanos se dará siempre y cuando no sea de forma
anónima.
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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio
1.1.1.2 Realiza la petición Descripción
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Se recibe por escrito, de forma electrónica al correo de "buzón del C procurador" y/o escrito entregado directamente en la oficina. Ejecutantes Ciudadano
1.1.1.3 Revisa las peticiones ciudadanas Descripción Revisa el correo institucional diariamente para atender las peticiones ciudadanas, monitoreando los escritos o solicitudes. Ejecutantes Coordinador Ejecutivo
1.1.1.4 Contacta a los enlaces de las áreas de PGJE Descripción Procede a contactar a los enlaces de las distintas áreas que integran la Procuraduría General de Justicia del Estado (Subprocuradurías de Zonas y Direcciones Estatales), cuando después de un análisis se tiene el conocimiento que la petición no es de naturaleza confidencial o anónima. Ejecutantes Coordinador Ejecutivo
1.1.1.5 Determina la forma de comunicación al ciuda dano Descripción Determina si procede contactar al ciudadano con los enlaces correspondientes o en su defecto si la petición requiere acordarse previamente con el Secretario Particular y/o Privado del C. Procurador para resolverse, esto cuando la información versa sobre un asunto que se relaciona con alguna Averiguación Previa o una Carpeta de Investigación. Cabe señalar que en este rubro la petición ciudadana puede ser de cualquier índole o naturaleza. Ejecutantes Coordinador Ejecutivo
1.1.1.6 Contacto con el ciudadano Descripción De acuerdo a la naturaleza del caso se decide si es atendida por un área de la PGJE o por el secretario particular o privado de la titular.
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Flujos Informa al ciudadano la forma de atención Interviene en el procedimiento
1.1.1.7 Interviene en el procedimiento Descripción Interviene en el procedimiento siempre y cuando la naturaleza de la petición ciudadana lo requiera, así mismo determinar su procedencia y la mecánica de su solventación. Ejecutantes Secretario particular / Secretario privado
1.1.1.8 Brinda la debida atención Descripción A solicitud de la secretaria particular o Secretario privado Se reúne con el ciudadano para su atención personalizada con respecto al seguimiento de una AP o NUC. Ejecutantes Áreas de la PGJE
1.1.1.9 Recibe la atención Descripción Acorde a lo establecido en día, hora y lugar se reúne con el área de la PGJE o el Secretario particular para su atención personalizada al caso. Ejecutantes Ciudadano
1.1.1.10 Aplica una encuesta de percepción Descripción Después de la atención prestada al ciudadano, se procede a aplicar una encuesta de satisfacción para evaluar el seguimiento a su solicitud, toda vez que se cuenta con un término de 48 horas para enlazar al ciudadano con la persona encargada de solventar sus necesidades.
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Ejecutantes Coordinador Ejecutivo
1.1.1.11 Archiva la evidencia de la petición ciudad ana Descripción Archiva la información de la petición inicial, la respuesta al ciudadano y su canalización con el Enlace encargado, el cual es labor de identificar en primera instancia. Ejecutantes Coordinador Ejecutivo
1.1.1.12 Informa al ciudadano la forma de atención Descripción Se comunica con el ciudadano para indicarle la forma en la cual se le dará la atención personalizada.
1.1.1.13 Fin
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS 3.1 Ciudadano 3.2 Coordinador Ejecutivo 3.3 Áreas de la PGJE 3.4 Secretario Particular y privado
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SUBPROCURADURIAS DE ZONA (MEXICALI , TIJUANA , ENSENADA , TECATE Y PLAYAS DE ROSARITO )
06-211-P001 INVESTIGACION SIN DETENIDO
Unidad Responsable: Sub-Procuraduría de Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613) Tecate (414) Playas de Rosarito (419).
Versión: Junio del 2019
Descripción
Describe el procedimiento penal por el cual se lleva a cabo una investigación sin detenido.
Objetivo
Establecer los criterios generales de actuación al llevar a cabo las diligencias de investigación y judicialización en las Unidades de Investigación sin detenido de la Subprocuradurías de Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613), Tecate (414) y Playas de Rosarito (419).
Alcance
Este procedimiento será aplicado en las Unidades de Investigación de la Sub-Procuraduría Zona Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
Glosario de Términos
NUC: Número único de caso
AFIS: Sistema de análisis de Investigación a través de los dedos. (Analysis Finger Investigación System)
Políticas de Operación
1. Será responsabilidad del auxiliar del Agente del Ministerio Público la información recabada en las declaraciones y comparecencias que obren en las carpetas de investigación. Para tal efecto, cuando una declaración provenga de la unidad de atención y orientación temprana deberá cerciorarse que su contenido cumpla con los requisitos necesarios y en caso de considerar que necesita aclarar ciertos datos deberá hacer en ese momento una ampliación de la declaración, en caso de que no se encuentre en ese momento el ciudadano que hizo la declaración deberá citarse para que acuda en un tiempo no mayor a veinticuatro horas a realizar dicha ampliación. Lo mismo operará con respecto a
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declaraciones tomadas en la unidad cuando se detecte que carecen de los requisitos necesarios.
2. Las declaraciones deben de contener como requisitos necesarios un relato de
las circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión en que sucedieron los hechos presuntamente delictuosos, así como los datos de identificación de las personas que probablemente participaron en su comisión, en caso de conocerlos y en caso de desconocer el nombre del imputado, hacer mención de ello, realizando una descripción física detallada de éste y dejar manifiesto la posibilidad de su identificación ya sea por persona o por fotografía, así como de las circunstancias del como tuvo conocimiento del evento en caso de no haber presenciado el mismo, en caso de mencionarse testigos, recabar su nombre, domicilio y demás datos para su localización, así como hacer mención de los documentos que sirvan para la investigación, dependiendo del tipo de delito.
3. En todas las investigaciones donde se haya detenido un imputado, sea o no
llevado ante el Juez de control, el Agente del Ministerio Público deberá cerciorarse que el mismo sea debidamente individualizado en la carpeta de investigación y en el sistema de cómputo ordenando la elaboración de su ficha, esto directamente mediante una solicitud a través del sistema JUSTICIA@NET a servicios periciales para que le sean recabadas sus huellas dactilares e ingresadas al sistema AFIS. Lo anterior sin perjuicio de los documentos de identificación que porten los imputados al momento de ser detenido.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Inicia por denuncia o por con ocimiento de autoridad
Descripción
Inicia por la presentación de la denuncia por parte del Ofendido u víctima o por conocimiento de un hecho delictuoso, por parte de la autoridad en donde la autoridad elaborara un informe policial homologado (delitos de oficio), por la posible comisión de hechos delictuosos. Ejecutantes
Autoridad (Policía Municipal, SSPE) u Ofendido.
1.1.1.3. Tiene conocimiento del hecho
Descripción
Tiene conocimiento del hecho y realiza las primeras diligencias tales como atención a personas, aseguramiento del área, análisis del lugar de los hechos, toma de
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decisión con respecto a la intervención de servicios periciales y recaba información y evidencias. Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.3. Asegura los elementos materiales
1.1.1.4. Elabora y presenta informe al auxiliar de l MP
Descripción
Una vez que realiza las actividades de investigación y asegura los elementos materiales y después de embalar y custodiar los trasladara al almacén de evidencias para su guarda, custodia y conservación, por lo que elaborara su informe sobre la investigación para posteriormente presentarlo al Auxiliar del Ministerio Público. Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.5. Recibe Nuc o evalúa el caso
1.1.1.6. Integra carpeta e informa al MP
Descripción
Una vez recibida la documentación para integrar la carpeta de investigación y cerciorarse de que este completa la documentación le informa al Agente del Ministerio Público del caso. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.7. Determina el hecho y define estrategia
1.1.1.8. Ordena al Policía Ministerial investigu e
Descripción
Ordena al Agente de la Policía Ministerial llevar a cabo actividades de investigación tendientes a la comprobación de su teoría del caso y de la posible necesidad de cautela o medidas alternas. Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
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1.1.1.9. Realiza investigación
Descripción
Realiza las actividades de investigación ordenadas por el Agente del Ministerio Público conforme a la agenda elaborada en coordinación con el Auxiliar del M.P. y las que considere necesarias para el desarrollo exitoso de la investigación Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.10. Informa al auxiliar de lo investigado
Descripción
Informa al Auxiliar del M.P. acerca de las actividades de investigación llevadas a cabo conforme a la agenda de trabajo y las que hubiera realizado por iniciativa propia para el mejor desarrollo de la investigación. Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.11. Recibe informe e informa al Ministerio P úblico
Descripción
Recibe informe diario de la Policía Ministerial relativo a las actividades de investigación realizadas. Informa al Agente del ministerio Público del cumplimiento de lo ordenado.
1.1.1.12. Organiza agenda de trabajo
Descripción
Organiza la agenda de trabajo en coordinación con los Agentes Ministeriales, relativa a las actividades de investigación ordenadas por el Agente del Ministerio Público dándole vista a éste. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.13. Evalúa el contenido de la carpeta
Descripción
Evalúa el contenido de la carpeta de investigación para ver si se encuentran reunidos los elementos materiales para la comprobación del delito en estudio.
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Ejecutantes Agente del Ministerio Público
1.1.1.14. Realiza una determinación
Descripción
Lleva el asunto a judicialización, si considera que cuenta con los suficientes elementos para la comprobación de su teoría de caso.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.15 Judicializa
1.1.1.16. Fin
1.1.1.17 Compuerta Exclusiva
Flujos
Judicializa
Continúa con la investigación
1.1.1.18. Continúa con la investigación
Descripción
Ordena de nueva cuenta a la Policía Ministerial la realización de actividades tendientes a la comprobación de su teoría del caso y de la posible necesidad de cautela. Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.19. Recurre a una salida alterna
Descripción
Aplica una facultad discrecional si se actualizan los supuestos establecidos en la legislación para tales casos así como recurrir a alguna de las salidas alternas. Ejecutantes
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Agente del Ministerio Público
1.1.1.20. Fin.
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS 3.1 Autoridad (Policía Municipal, SSPE) 3.2 Víctima u Ofendido (Ciudadano) 3.3 Agente de Policía Ministerial 3.4 Auxiliar del Ministerio Público 3.5 Agente de Ministerio Público
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06-211-P002: PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION CON DETENIDO
Unidad Responsable: Sub-Procuradurías de Justicia del Estado, Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613), Tecate (414) Playas de Rosarito (419).
Versión: Junio del 2019
Descripción
El procedimiento de investigación penal con detenido, se lleva a cabo en las Unidades de investigación de la Sub-Procuradurías, Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613), Tecate (414) Playas de Rosarito (419).
Objetivo
Establecer los criterios generales de actuación al llevar a cabo las diligencias de investigación y judialización en las Unidades de investigación con detenido en la Sub-procuradurías zona Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
Alcance
Aplica a las unidades de investigación penal de la Sub-procuradurías de zona del Estado.
Glosario de Términos
IPH: Informe policial homologado
NUC: Número único de caso
Políticas de operación
1. La operación del procedimiento de Investigación con detenido inicia con la recepción del Informe Policial Homologado (parte informativo) el cual deberá de presentar ante el Ministerio Publico la corporación policiaca que realice la detención, la recepción de dicho informe será responsabilidad del Auxiliar del Ministerio Público, quien deberá verificar que este cuente con toda la documentación completa (anexos del Informe Policial Homologado). Una vez recibido el Informe Policial se deberá de calificar de legal o ilegal la detención de la persona que fue puesta a disposición.
1. Al calificar de legal la detención, se deberá analizar si el hecho delictivo que se va investigar es de persecución oficiosa o de querella de parte afectada,
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esto con el fin de que si resulta ser de querella, se deberá considerar el límite del término legal para retener a la persona detenida sin que exista la misma.
3. Una vez calificada de legal la detención, se verificara si el caso es susceptible a realizar una salida alterna a efecto de tratar de agotar dicha salida, no obstante lo anterior se ordenara la investigación a la Policía Ministerial, a fin de que realice los actos de investigación tendientes a la comprobación del hecho y de la probable participación del imputado, por otro lado, el Auxiliar del Ministerio Publico, también tendrá la responsabilidad de recabar declaraciones, principalmente de victimas al tratarse de delitos de querella, dichas declaraciones deberán contener los requisitos necesarios ya enunciados en el 06-211-P001 Política número 2.
4. En todas las investigaciones donde se haya detenido un imputado, sea o no llevado ante el Juez de Control a control de detención, el Agente del Ministerio Público deberá cerciorarse que el mismo sea debidamente individualizado en la carpeta de investigación y en el sistema de cómputo ordenando la elaboración de su ficha, esto directamente mediante una solicitud a través del sistema JUSTICIA@NET a servicios periciales para que le sean recabadas sus huellas dactilares e ingresadas al sistema AFIS. Lo anterior sin perjuicio de los documentos de identificación que porten los imputados al momento de ser detenido.
5. Al encontrarse aun en el término de las cuarenta y ocho horas, si no se hubiera consumado salida alterna, el Agente del Ministerio Publico deberá un análisis de la carpeta de investigación para decidir si ordena la libertad del imputado o si pasa el caso a judicializarse por tener datos suficientes para la comprobación del hecho y la probable participación del imputado.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Remite IPH con detenido .
Descripción
Se presenta un hecho delictuoso en donde interviene la Policía Municipal u otra autoridad y son aseguradas una o varias personas , ya que son sorprendidas en el momento de estar cometiendo el ilícito es decir se encontraban en flagrancia delictiva, por lo que la autoridad los hace la detención, para después elaborar el IPH (informe policial homologado) el cual deberá remitirlo a la Unidad de
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Investigación en turno (Agente del Ministerio Público ), al o los detenidos por la posible comisión de hechos delictuosos.
Ejecutantes
Autoridad (Policía Municipal, SSPE)
1.1.1.3. Recibe el IPH y el detenido y revisa docum entación .
Descripción
Recibe el IPH y al o los detenidos y revisa documentación que le fue entregada para ver si cumple con los requisitos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales y que dicha documentación este completa.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.4. Crea un Nuc y digitaliza la documentación y envía e l caso al Agente del Ministerio Público.
Descripción
Una vez que es recibido el IPH y de más documentación se ingresa toda la información al sistema y se origina un Nuc y una vez digitalizada la documentación, se hace del conocimiento del Agente del Ministerio Público, para que este califique su detención, del o los detenidos. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.5. Califica la detención y ordena al policía ministeri al realice las actividades de investigación y la individualización del imputado .
Descripción
Una vez recibida la documentación ya digitalizada y haberse generado un NUC, si el o los asegurados se detuvieron en flagrancia delictiva se calificara su detención y ordenara al policía ministerial llevar a cabo actividades de investigación tendientes a la comprobación de su teoría del caso y de la posible necesidad de cautela o medidas alternas y además ordenara la individualización del o los imputados.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.6. Individualiza al imputado
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Descripción
Individualiza al imputado, le toma de manera directa al imputado para su debida identificación, como nombre completo, alias, fecha de nacimiento, nombre de sus padres, su estado civil, nombre de la esposa o cónyuge, nombre de los hijos, escolaridad, además de sus características físicas.
Ejecutantes
Policía ministerial
1.1.1.7. Realiza las actividades de investigación
Descripción
Realiza las actividades de investigación ordenadas por el Agente del Ministerio Público conforme a la agenda elaborada en coordinación con el Auxiliar del M.P. y las que considere necesarias para el desarrollo exitoso de la investigación.
Ejecutantes
Policía ministerial
1.1.1.8. Elabora informe y envía al auxiliar
Descripción
Informa al Auxiliar del M.P. acerca de las actividades de investigación llevas a cabo conforme a la agenda y las que hubiera realizado por iniciativa propia para el mejor desarrollo de la investigación y una vez concluida su investigación elabora un informe el cual se remitirá al Auxiliar del Ministerio Público.
Ejecutantes
Policía ministerial
1.1.1.9. Recibe parte informativo
Descripción
Recibe parte informativo e informa al Ministerio público que se dio cumplimiento a lo ordenado por el Agente del Ministerio Publico.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.10. Determina el hecho y estudia estrategia
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Descripción
Determina el hecho y estudia estrategia de como determinar el NUC
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.11. Ordena al Policía Ministerial que invest igue el hecho.
1.1.1.12. Evalúa el contenido de la carpeta
Descripción
Evalúa el contenido de la carpeta y hace una determinación
Ejecutantes
Agente del ministerio público
1.1.1.13. Compuerta Exclusiva
Flujos
Judicializa el asunto
Decide continuar con la investigación
1.1.1.14. Judicializa el asunto
Descripción
Judicializa el asunto y lo concluye
Ejecutantes
Agente del ministerio público.
1.1.1.15. Fin
1.1.1.16. Decide continuar con la investigación
Descripción
Decide continuar con la investigación
Ejecutantes
Agente del ministerio público
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1.1.1.17. Aplica medidas alternas
Descripción
Aplica medidas alternas para concluir el asunto.
Ejecutantes
Agente del Ministerio público
Fin
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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2. RECURSOS
3.1 Autoridad (Policía Municipal, SSPE) 3.2 Agente de Policía Ministerial 3.3 Auxiliar del Ministerio Público 3.4 Agente de Ministerio Público
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06-211-P003 TRÁMITE DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Unidad Responsable: Sub-Procuraduría General de Justicia del Estado, Zona Mexicali, Zona Tijuana, Zona Ensenada, Zona Tecate y Zona Playas de Rosarito0.
Versión : Junio del 2019
Descripción
Este procedimiento será llevado a cabo en la Sub-Procuradurías Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613), Tecate (414) Playas de Rosarito (419), cuando se realice el Trámite de Procedimiento Abreviado.
Objetivo
Establecer los criterios generales de actuación para las unidades de investigación con o sin detenido de la Sub-procuraduría de Zona Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito al tramitar el juicio abreviado.
Alcance
Este procedimiento será aplicado en la Sub-Procuradurías de Zona Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
Glosario de Términos:
NUC.- Número único de caso
AP.- Averiguación previa
Políticas de Operación
1. Antes de proponer la aplicación del procedimiento abreviado, el Agente del Ministerio Publico deberá de realizar un análisis primeramente si resulta ser el momento procesal oportuno para ofertarlo, además deberá hacer un análisis sobre la pena que ofrecerá, esta deberá ser razonable y guardar proporcionalidad con la gravedad del delito, el daño causado al bien jurídico tutelado y la situación especial del imputado y la víctima, el fiscal debe solicitar se le imponga al reo, las condiciones adecuadas al caso concreto que garanticen a la víctima que no se le va a volver a perturbar.
2. Una vez realizado dicho análisis, y sabedor de la pena que se ofrecerá, el Agente del Ministerio Publico deberá informar a la víctima sobre la aplicación del procedimiento abreviado, debiéndole explicar en qué consiste el procedimiento y cuáles son sus alcances y consecuencias, así como la pena que se va ofertar, esto
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con el objetivo de que se obtenga su aceptación, la cual deberá hacerse constar por escrito.
3. No se propondrá ni aceptará este tipo de procedimiento cuando ya se ha agotado la totalidad de la investigación y esta ha sido compleja o ha demorado el plazo administrativo otorgado al caso, por ejemplo, se ha tenido que recabar dictámenes contables, o recurrido a consultores o peritos muy especializados, es decir, se ha hecho un gasto importante de recursos investigativos y existen medios probatorios suficientes para obtener una sentencia condenatoria en procedimiento ordinario.
4. Si se trata de un caso en que no procediera, la conciliación ni la suspensión del proceso a prueba, o la aplicación de un criterio de oportunidad, pero que reúne los requisitos para la aplicación del procedimiento abreviado, se le puede comunicar a la defensa y al imputado, que se les ofrece esta alternativa.
5. También puede ofrecerse la aplicación de este procedimiento en todos los asuntos donde el bien jurídico sea patrimonial, en los asuntos que no revistan mayor gravedad, sin dejar de considerar si el imputado es acreedor al beneficio de ejecución condicional de la pena.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Solicita el inicio del Procedimien to Abreviado.
Descripción
Solicita el inicio del Procedimiento Abreviado cuando el imputado admite el hecho que se le atribuye en el escrito de acusación, en la audiencia de vinculación a proceso.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.3. Abre el debate de las partes sobre la acu sación e investigación
Descripción
Rechaza la apertura del Procedimiento? No, Abre el debate de las partes sobre la acusación e investigación
http//www.pgjebc.gob.mx/
30
Ejecutantes
Juez de Garantías
1.1.1. 4. Emite fallo correspondiente
Descripción
Emite fallo correspondiente al caso.
Ejecutantes
Juez de Garantías
1.1.1. 5. Da lectura a la sentencia dentro de las 48 horas
Descripción
Da lectura a la sentencia dentro de las 48 horas posteriores a la lectura del fallo.
Ejecutantes
Juez de Garantías
1.1.1. 6. Interpone recurso de apelación
Descripción
Interpone recurso de apelación, en caso de que no esté de acuerdo con la sentencia
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.7. Solicita un plazo para cierre de la inve stigación al Juez.
Descripción
Rechaza la apertura del procedimiento? Si, Solicita al Juez un plazo para el cierre de la investigación y podrá retirar su acusación.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.8. Cierra la investigación e inicia el pr ocedimiento ordinario
http//www.pgjebc.gob.mx/
31
Descripción
Cierra la investigación e inicia el procedimiento ordinario
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.9. Solicita la apertura del procedimiento a breviado después de audiencia a vinculación a proceso y hast a la etapa intermedia
Descripción
Solicita la apertura del procedimiento abreviado después de la audiencia de vinculación a proceso y hasta la audiencia intermedia.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.10. Interpone Recurso de Apelación .
Descripción
Interpone recurso de Apelación., en caso de no estar de acuerdo con la sentencia
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.11. El Tribunal remite copia de la senten cia firme
Descripción
El Tribunal remite copia de la sentencia firme a la Secretaria de Seguridad Pública del estado
Ejecutantes
Secretaria de Seguridad Pública del estado de Baja California
1.1.1.12. Inicia el Procedimiento Ordinario, sino admite abreviado
Descripción
Inicia el Procedimiento Ordinario, sino admite el abreviado, si no admite la apertura del procedimiento abreviado
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Ejecutantes
Juez de Garantías
1.1.1.13. Abre el debate de las partes sobre la acusación e investigación
1.1.1.14. Emite fallo y da lectura a la senten cia dentro 48 horas
Descripción
Da lectura a la sentencia dentro de las siguientes 48 horas posteriores a la lectura del fallo.
Ejecutantes
Juez de Garantías
1.1.1.15. El Tribunal remite copias de la sentenc ia firme
Descripción
El Tribunal remite copia de la sentencia firme a la Secretaria de Seguridad Pública del Estado
Ejecutantes
Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Baja California
Fin.
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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34
3. RECURSOS
3.1 Juez de Garantías 3.2 SSPE 3.3 Agente de Ministerio Público
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06-211-P004 TRÁMITE DEL JUICIO ORAL
Unidad Responsable: Sub-Procuradurías, de Zona Mexicali, Tijuana (412) Ensenada (613) Tecate (414) Playas de Rosarito (419)
Versión: Junio del 2019
Descripción
Describe el procedimiento que se lleva a cabo en las unidades de investigación con o sin detenido en la Sub-procuraduría, Zona Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
Objetivo
Establecer los criterios generales de actuación para las unidades de investigación con o sin detenido en la Sub-procuraduría General de Justicia del Estado al tramitar el Juicio Oral.
Alcance
Este procedimiento será aplicado en las unidades de investigación con o sin detenido en la Sub-Procuraduría, Zona Mexicali.
Glosario de Términos
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California
SSPE: Secretaria de Seguridad Pública del Estado
JO: Juicio Oral.
Políticas de operación
1. Una vez desahogada la Audiencia Intermedia, el Agente del Ministerio Publico deberá ser muy atento, al momento en que el Juez de Control de lectura al Auto de Apertura a Juicio Oral, debiendo verificar principalmente que el Juez mencione a todos los testigos que nos fueron admitidos y además que se plasme correctamente sobre el tema en que se versara su declaración en los mismos términos en que fueron ofrecidos, y en caso de algún error del Juez, solicitar el saneamiento correspondiente.
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36
2. En la fecha del juicio, el Tribunal del Juicio Oral da la apertura del juicio, señalando las acusaciones contra el acusado, además de verificar que los testigos se encuentren presentes y que no haya algún incidente que exponer por las partes.
3. En el desahogo de la Audiencia de Juicio Oral, el Agente del Ministerio Publico deberá exponer sus alegatos de apertura, seguidos por los del Defensor Público.
4. Posteriormente, se iniciara el desahogo de pruebas del Ministerio Publico, al finalizar los mismos se desahogaran los de la defensa.
5. Una vez desahogadas todas las pruebas, el Agente del Ministerio Publico expone sus alegatos de clausura, seguido de los alegatos expuestos por la defensa.
6. El Tribunal de Juicio Oral, emite el fallo correspondiente, y después de realizar la Audiencia de Individualización de pena, emite la Sentencia Condenatoria.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Fija fecha y hora para el ju icio oral
Descripción
El Juez de Control de lectura al Auto de Apertura a Juicio Oral, debiendo verificar principalmente que el Juez mencione a todos los testigos que nos fueron admitidos y además que se plasme correctamente sobre el tema en que se versara su declaración en los mismos. Por lo que el Administrador Judicial fijara fecha y hora para la audiencia del juicio oral. Ejecutantes
Administrador Judicial
1.1.1.3. Señala las acusaciones del juicio
Descripción
Señala las acusaciones contra el acusado, además de verificar que los testigos se encuentren presentes y que no haya algún incidente que exponer por las partes
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.4. Expone alegatos de apertura
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Descripción
En el desahogo de la Audiencia de Juicio Oral, el Agente del Ministerio Público deberá exponer sus alegatos de apertura.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.5. Expone alegatos de apertura
Descripción
Así mismo en el desahogo de la Audiencia de Juicio Oral una vez que el Agente del Ministerio Público termine de exponer sus alegatos de apertura, se le dará el uso de la voz al Defensor Público, para exponer los alegatos de apertura.
Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.6. Desahoga pruebas
Descripción
El Agente del Ministerio Público desahoga todas las pruebas recabadas durante su investigación.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1. 7. Desahoga pruebas
Descripción
El Defensor Público desahoga todas las pruebas recabadas en favor del imputado.
Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1. 8. Expone alegatos de clausura
Descripción
El Agente del Ministerio Público expone alegatos de clausura, hace un resumen de las pruebas presentadas en contra del imputado.
Ejecutantes
http//www.pgjebc.gob.mx/
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Agente del Ministerio Público.
1.1.1.9. Expone alegatos de clausura
Descripción
El Defensor Público expone en el juicio oral los alegatos de clausura, es la última oportunidad que tiene para hablar en favor del imputado al Juez.
Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.10. Hace uso de la voz si así lo desea
Descripción
Si el imputado desea agregar algo del presente juicio Oral en favor de él.
Ejecutantes
Imputado
1.1.1.11. Delibera en un lapso de 24 o 48 horas
Descripción
Delibera en un lapso de hasta 24 horas por unitario o 48 horas por colegiado.
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1. 12. Emite fallo
Descripción
Emite fallo
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.13. Compuerta Exclusiva
Flujos
1.1.1.4. Si, libera las medidas cautelares
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39
Descripción
Libera las medidas cautelares y ordena se tome nota de este levantamiento en todo índice o registro público o policial en que figure. Ordena la cancelación de las garantías de comparecencia y reparación del daño que se hubieran otorgado
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.15. Da lectura a sentencia absolutoria y la notifica
Descripción
Una vez concluido el Juicio Oral se da lectura a la sentencia, si no se acreditaron los elementos materiales del delito en estudio, por no haber suficientes elementos probatorios para ello, se dicta sentencia absolutoria.
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.16. No interpone recurso
Descripción
Una vez leído la sentencia y se encuentra de acuerdo con el fallo, el Agente del Ministerio Público, por lo tanto no interpone recurso legal en contra del fallo.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.17. No interpone recurso
Descripción
Una vez leída la sentencia y se encuentra de acuerdo con el fallo, el Defensor Público, por lo tanto no interpone recurso legal en contra del fallo.
Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.18. Recibe copia de sentencia firme
Descripción
El tribunal le envía copias de la sentencia firme
Ejecutantes
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40
Secretaria de Seguridad Pública del Estado.
Fin del procedimiento
1.1.1.19. Compuerta exclusiva
Flujos
Sentencia condenatoria
Sentencia absolutoria
1.1.1.20. Sentencia condenatoria
Descripción
Se emite fallo condenatorio y se da paso a la individualización
Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.21. Nulidad
Descripción
Interpone recurso de nulidad contra la resolución.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Publico
1.1.1.22. Recurso de nulidad
Descripción
Interpone recurso de nulidad
Ejecutantes
Defensor Público
23. Fin
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS
3.1 Administrador Judicial 3.2 Tribunal de Juicio Oral 3.3 Defensor Público 3.4 Imputado 3.5 SSPE 3.6 Agente de Ministerio Público
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SUBPROCURADURIA DE INVESTIGACIONES ESPECIAL
06-152-P001 INTEGRACION DE UN NUC CON DETENIDO.
Unidad Responsable: Sub-Procuraduría de Investigaciones Especiales.
Versión: Junio del 2019
Descripción
Este procedimiento será aplicado en la Sub-procuraduría de Investigaciones Especiales, de la Procuraduría General de Justicia del Estado y describe cómo se lleva a cabo una detención por cualquier autoridad y es presentado ante el Ministerio Publico, de la Sub-Procuraduría de Investigaciones Especiales por la posible comisión de hechos delictuosos.
Alcance
Aplica en la Sub-Procuradurías de Investigaciones Especiales, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California.
Objetivo
Establecer las actividades de los Agentes del Ministerio Público y policía ministerial, para que en coordinación con los peritos de la PGJE y los demás policías auxiliares se lleve a cabo la investigación de los delitos en un marco de respeto a los derechos humanos y así garantizar la debida diligencia y acceso efectivo a la justicia.
Glosario
NUC: Número único de caso
IPH: Informe policial homologado.
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California
MP: Agente del Ministerio Público
Políticas de operación
Se debe de recibir parte informativo con detenido de cualquier corporación de policiaca, se califica su detención, para así valorar la posibilidad de salida alterna por los medios alternos, si no es así se procede a la creación de un NUC.
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DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio
1.1.1.2 Elabora y entrega IPH con detenido
Descripción
Se presenta un hecho delictuoso en donde interviene la Policía Municipal u otra autoridad y son aseguradas una o varias personas , ya que son sorprendidas en el momento de estar cometiendo el ilícito es decir se encontraban en flagrancia delictiva, por lo que la autoridad los hace la detención, para después elaborar el IPH (informe policial homologado) el cual deberá remitirlo a la Unidad de Investigación en turno (Agente del Ministerio Público ), al o los detenidos por la posible comisión de hechos delictuosos.
Ejecutantes
Autoridad (Policía Municipal, SSPE)
Descripción
Recibe de la autoridad el IPH y al o los detenidos y revisa documentación que le fue entregada para ver si cumple con los requisitos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales y que dicha documentación este completa.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público.
1.1.1.3 Digitaliza la documentación y crea un NUC
Descripción
Una vez que es recibido el IPH y de más documentación se ingresa toda la información al sistema y se origina un NUC y una vez digitalizada la documentación, y hace del conocimiento del Agente del Ministerio Público, para que este califique su detención, del o los detenidos.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.4. Envía documentación al MP
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Descripción
Envía el caso al Ministerio Público para la calificación de la detención al imputado
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.5 Recibe documentación y califica detención
Descripción
Califica la detención y ordena a la policía ministerial individualizar al detenido.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público.
1.1.1.6 Valora la posibilidad de salida alterna
Descripción
Valora la posibilidad de la salida alterna y la necesidad de cautela, revisa si el delito que se imputa cuenta con una salida alterna para resolver su situación jurídica, medios alternos.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.7 Ordena al Policía Ministerial realizar las activida des de investigación
Descripción
Le ordena al agente de la policía ministerial realice las actividades de investigación tendientes a la comprobación del delito.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.8 Realiza las actividades de investigación
Descripción
Realiza las actividades de investigación ordenadas por el Ministerio Público conforme a la agenda en coordinación con el auxiliar y las que considere necesarias por iniciativa propia. Informa al auxiliar de las actividades de investigación realizadas conforme a la agenda y las realizadas por iniciativa propia.
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46
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.9 Informa de las actividades de investigación
Descripción
Informa al auxiliar de las actividades de investigación realizadas conforme a la agenda y por iniciativa propia.
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.10 Organiza en coordinación con los Agente de la Polic ía Ministerial la agenda de trabajo.
Descripción
Organiza la agenda de trabajo relativa a las actividades ordenadas por el Ministerio público, en conjunto con el policía ministerial.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.11 Informa el cumplimiento de lo ordenado
Descripción
Informa al Ministerio Público el cumplimiento de lo ordenado en la agenda y de los resultados obtenidos.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.12 Recibe y hace una evaluación
Descripción
Realiza una evaluación respecto a lo investigado dentro del NUC y verifica si están reunidos los elementos del delito.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
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47
1.1.1.13 Realiza una determinación
Descripción
Aplica una de las siguientes determinaciones ministeriales, continuar con la investigación, judicializa o archiva por no delito.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
Fin.
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48
2. DIAGRAMA DE FLUJO
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49
3. RECURSOS
3.1 Autoridad (Policía Municipal, SSPE) 3.2 Agente de la Policía Ministerial 3.3 Auxiliar del Ministerio Público 3.4 Agente de Ministerio Público
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06-152-P002: INTEGRACION DE UN NUC SIN DETENIDO
Unidad Responsable: Subprocuraduría de Investigaciones Especiales.
Versión: Junio del 2019
Descripción
Este procedimiento será aplicado en la Subprocuraduría de Investigaciones Especiales, cuando se trata de una Investigación sin detenido.
Objetivo
Establecer las actividades de los agentes del ministerio público y policía ministerial, para que en coordinación con los peritos de la Procuraduría General de Justicia del Estado y las demás policías auxiliares se lleve a cabo la investigación de los delitos en un marco de respeto a los derechos humanos y así garantizar la debida diligencia y acceso efectivo a la justicia.
Alcance
Aplica en la Sub-Procuradurías de Investigaciones Especiales, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California.
Glosario:
NUC: Numero único de caso
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado.
Políticas de operación
Por inicio se debe tener una denuncia o conocimiento de los hechos , la policía Ministerial realiza actividades de investigación tendientes a la comprobación de su teoría del caso y de la posible necesidad de cautela o medidas alternas, una vez realizada dichas actividades se crea el NUC
__________________________________________________________________
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51
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Inicia por denuncia o conocimiento del hecho
Descripción
Se recibe denuncia o conocimiento de un hecho delictivo.
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.3. Realiza las primeras diligencias
Descripción
Atención a personas, asegura el área, análisis del lugar de los hechos, decidir de la intervención de servicios periciales y recaba información y evidencias
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1. 4. Asegura los elementos probatorios
Descripción
Asegura, embala y custodia los elementos materiales probatorios y los traslada al almacén de evidencias
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.5. Presenta informe al auxiliar del minis terio público
Descripción
Presenta el primer informe al auxiliar del Ministerio Público investigador
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.6. Recibe informe y evalúa el caso
Descripción
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Recibe y evalúa el caso conforme a los elementos materiales probatorios y actividades realizadas por el Ministerio Público
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.7. Digitaliza la documentación y crea un N UC
Descripción
Inicia un NUC y se digitaliza la documentación, por la posible comisión de hechos delictuosos.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.8. Informa al Ministerio Público del caso
Descripción
Informa al Ministerio Público del asunto y de los elementos probatorios con los que cuenta.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.9. Recibe NUC, determina el hecho y defin e estrategia
Descripción
Recibe el NUC y determina el hecho para definir estrategia.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.10. Ordena al Policía Ministerial investi gue
Descripción
Ordena al policía ministerial realizar actividades de investigación tendientes a la comprobación de su teoría del caso
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
http//www.pgjebc.gob.mx/
53
1.1.1.11. Realiza una investigación
Descripción
Realiza una investigación del caso que le fue asignado
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.12. Informa al auxiliar de las actividad es de investigación
Descripción
Informa al auxiliar de las actividades de investigación realizadas conforme a la agenda y las realizadas por iniciativa propia.
Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial
1.1.1.13. Recibe diariamente informe de la Policí a ministerial
Descripción
Recibe informe diario de la policía ministerial de las actividades realizadas y que fueron ordenadas conforme a la agenda
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.14. Informa al Ministerio Público el cumplim iento de lo ordenado
Descripción
Informa al Ministerio Público del resultado de la investigación y del cumplimiento de lo ordenado.
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.15. Realiza una evaluación administrativa
Descripción
http//www.pgjebc.gob.mx/
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Realiza una evaluación del caso, verifica que se reúnan los elementos materiales del delito.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.16. Realiza una determinación
Descripción
Aplica alguna de las siguientes determinaciones ministeriales, continua con la determinación, Judicializa o Archiva por no delito.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
Fin .
http//www.pgjebc.gob.mx/
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
http//www.pgjebc.gob.mx/
56
3. RECURSOS
3.1 Victima u Ofendido 3.2 Agente de Policía Ministerial 3.3 Auxiliar de Ministerio Público 3.4 Agente de Ministerio Público
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SISTEMA ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA PENAL
06-811-P001 ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN TEMPRANA
Unidad Responsable: Sistema Estatal de Justicia Alternativa Penal
Versión: Junio del 2019
Descripción
Orientar y atender de forma temprana al usuario que solicita el servicio de procuración de justicia en tiempo y forma. Objetivo
Dar a conocer el procedimiento a seguir con respecto a la atención de los ciudadanos que acudan a las unidades de orientación, con la finalidad de que el mismo se mantenga homologado y se preste de una manera uniforme manteniendo un servicio de calidad comprometido con la mejora continua. Alcance
Este procedimiento será aplicado a los ciudadanos que son vulnerables al servicio de procuración de justicia.
Glosario de términos
IPH.- Informe policial homologado NAC.- Número de acta circunstanciada NUC.- Número único de caso [email protected] sistema informático para el registro y seguimiento de los casos que ingresan a la PGJE Políticas de operación
El servicio de Orientación y Atención Temprana se aplica a los ciudadanos que requieren hacer una denuncia, una querella o se presente un Informe Policial Homologado; cuando el ciudadano requiera la expedición de una constancia de extravío o en su caso se le entrega una carta de derivación a otra institución previa orientación legal.
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58
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1. Inicio
1.1.1.1. Solicita el servicio
Descripción El ciudadano que llega a las instalaciones de los módulos de atención de la PGJE se registre con su nombre y hora de llegada en el libro correspondiente con un tiempo de espera en sala máximo de 20 minutos. La seguridad pública llega con su IPH para entregarse al agente de ministerio público. Ejecutantes Ciudadano / usuario 06-811-P01.- Orientación y atención temprana
1. Tipo de servicio Descripción Si solicita constancia de extravío, iniciar una denuncia o es un IPH Flujos Elabora la constancia de extravío Registra la hora y el nombre en el libro Recibe el IPH
2. Elabora la constancia de extravió
Descripción Elabora una constancia de extravío de documentos u objetos a solicitud del ciudadano, para los fines legales que a éste convenga. Para tales efectos registra sus datos en el sistema de cómputo y toma una breve narración de las circunstancias en que tuvo lugar el extravío, Ejecutantes Auxiliar de ministerio público
3. Firma la constancia
Descripción El agente de ministerio público orientador, recibe, verifica y firma la constancia de extravío. Ejecutantes
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Agente de ministerio público
4. Fin de procedimiento
5. Registra la hora y el nombre en el libro
Descripción Registra con su nombre y hora de llegada en el libro correspondiente con un tiempo de espera en sala máximo de 20 minutos. Ejecutantes Ciudadano / usuario
6. Invita al usuario a pasar al cubículo
Descripción Cuando corresponda el turno solicita al ciudadano que pase con el agente de ministerio público de acuerdo al orden del libro de registro. Ejecutantes Auxiliar de ministerio público
7. solicita exponga el motivo de su visita
Descripción Pide que exponga el motivo de su visita mediante una narración de los hechos. Ejecutantes Agente de ministerio público
8. Registra su solicitud y los datos en Justicia.net
Descripción Inicia el registro de la información en el sistema justicia.net, desde sus datos personales, la narración de los hechos y encuadra el tipo de delito en caso de ser procedente. Ejecutantes Agente de ministerio público
9. Evalúa el plantenamiento presentado
Descripción De acuerdo a la información puede elaborar una carta de derivación, proponer los medios alternativos cuando aplique o generar un NUC.
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Ejecutantes Agente de ministerio público
10. Tipo de delito
Descripción
Basado en el código penal puede ofrecer los medios alternativos en algunos tipos de delitos, siempre y cuando sea con la aceptación del servicio del ciudadano Flujos Servicio de medios alternativos Genera un expediente tipo NUC Orientación y atención temprana
11. Servicio de medios alternativos
Descripción Se ofrece los medios alternativos, en el cual el promovente debe firmar una carta de aceptación del servicio Ejecutantes Agente de ministerio público
12. Fin de procedimiento
13. Genera un expediente tipo NUC
Descripción De acuerdo al tipo de delito se genera un NUC para iniciar el proceso de investigación o en su caso aplicar un criterio de oportunidad. Ejecutantes Agente de ministerio público
14. Fin de procedimiento
15. Orientación y atención temprana
Descripción Se entrega una carta de derivación por ser un asunto correspondiente a otra dependencia. Ejecutantes
http//www.pgjebc.gob.mx/
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Agente de ministerio público
16. Fin de procedimiento
17. Recibe el IPH
Descripción Recibe el Informe Policial Homologado de las diferentes corporaciones policíacas que le son remitidos para iniciar un NAC. Ejecutantes Agente de ministerio público
18. Revisión de IPH
Descripción Si cumple con los requisitos establecidos, procede a generar un NAC o un NUC; si no cumple con os requisitos se regresa a la corporación policiaca correspondiente. Flujos Genera un expediente tipo NUC Genera un expediente tipo NAC
19. Genera un expediente tipo NUC
Descripción Genera un expediente tipo NUC en los casos donde los hechos se tratan de un delito perseguible de oficio. Ejecutantes Agente de ministerio público
20. Fin de procedimiento
21. Genera un expediente tipo NAC
Descripción Se genera un expediente tipo NAC para solicitar vía electrónica certificado de integridad física al área médica de Servicios Periciales cuando sólo se trate de delitos de lesiones; Ejecutantes Agente de ministerio público
22. Fin.
http//www.pgjebc.gob.mx/
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
http//www.pgjebc.gob.mx/
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3. RECURSOS
3.1 Usuario (Ciudadano, víctima u ofendido)
3.2 Autoridad (Policía municipal, SSPE)
3.3 Unidades de Investigación.
3.4 Otras Instituciones (DESMP, SSP, ONG ́S Civiles, DIF, Etc.)
3.5 Agente de Ministerio Público
3.6 Juez y/o Juzgado.
http//www.pgjebc.gob.mx/
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06-811-P002 MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN Unidad Responsable: Sistema Estatal de Justicia Alternativa Penal
Versión: Junio del 2019
Descripción
Describe la forma en la cual se realiza la mediación y conciliación para lograr la reparación del daño. Objetivo
Establecer el procedimiento a través del cual el facilitador en medios alternativos, aplican las herramientas de mediación y conciliación, facilitando la comunicación entre las partes para dar fin a sus controversias, siendo ellas mismas las que resuelvan sus diferencias a través del dialogo. Alcance
Este procedimiento será aplicado para los usuarios que se encuentren en una mediación y conciliación
Glosario de términos
NUC.- número único de causa RAC/SEJAP .- registro de resolución alterna de conflicto AMPO.- agente de ministerio público orientador AMPM.- agente de ministerio público mediador Justicia.net .- Sistema informático que registra la información de la PGJE
Políticas de operación
El servicio de medios alternativos se ofrece siempre y cuando sea un delito mediable de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales art. 187 y que las dos partes estén de acuerdo en llevar a cabo la mediación y/o conciliación.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1. Inicio
2. Hace petición de servicio
Descripción El compareciente solicita el servicio de medios alternativos Ejecutantes Compareciente
http//www.pgjebc.gob.mx/
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3. Revisa los datos del solicitante
Descripción Revisa los datos personales del compareciente, dirección, teléfono o forma de localización; así como si tiene los datos del requerido como la dirección, teléfono o forma de localización Ejecutantes Agente de ministerio público orientador
4. Revisa los hechos denunciados
Descripción Que los hechos denunciados sean constitutivos de un delito o hecho en el cual sea procedente celebrar un acuerdo reparatorio (art 187 CNPP) Ejecutantes Agente de ministerio público orientador
5. Aceptación del servicio
Descripción El compareciente acepta el servicio de medios alternativos como una solución a su conflicto con la reparación del daño Flujos Inicia expediente tipo RAC/SEJAP Fin de procedimiento
6. Inicia expediente tipo RAC/SEJAP
7. Verifica las actuaciones con sellos y firmas
Descripción Verifica que las actuaciones remitidas estén debidamente selladas y firmadas. En caso de no cumplir con alguno de estos requisitos el MPAM regresa al Ministerio Público que inició el RAC/SEJAP las actuaciones para subsanar las observaciones realizadas, y procede de acuerdo al procedimiento PCA 8.3-01 a levantar el servicio no conforme.
8. Cumplimiento de los requisitos
Descripción Si es así firma de recibido las actuaciones, si no revisa la naturaleza del caso.
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Flujos Firma de recibido las actuaciones Revisa los hechos denunciados
9. Firma de recibido las actuaciones
10. Revisa la naturaleza del caso
Descripción Revisa la naturaleza del caso, la naturaleza de la relación entre las partes, los riesgos a la integridad física de los participantes o del facilitador, y el probable patrón de violencia, en caso que existiera. En aquellos casos en que los participantes hayan tenido o mantengan entre sí una relación de pareja se indaga sobre la existencia de violencia familiar, si el resultado es afirmativo el Ministerio Público debe regresar el RAC/SEJAP a la Unidad de Orientación y Atención Temprana que lo remitió a efecto de que se realice el trámite correspondiente. Ejecutantes Agente de Ministerio Público mediador
11. Resultado
Descripción Si es afirmativo lo debe regresar al AMPO para iniciar NUC Flujos Elabora una evaluación de la solicitud del servicio Realiza los trámites para iniciar NUC
12. Elabora una evaluación de la solicitud del serv icio
13. Asigna un facilitador
Descripción Asigna el RAC/SEJAP a los facilitadores, con equidad, por cantidad y disponibilidad para los casos, y, excepcionalmente en caso que la naturaleza del conflicto lo requiera se asigna de acuerdo a la profesión del facilitador. Ejecutantes Agente de Ministerio Público mediador
14. Realiza las entrevistas
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Descripción Realiza al menos una entrevista individual con la parte solicitante explicándole el procedimiento y las reglas de este, así mismo se le hace de conocimiento la necesidad de contar con el nombre y domicilio del requerido para hacerle llegar el citatorio, o bien existe la opción de entregar el citatorio personalmente si es su deseo. Ejecutantes Facilitador
15. Elabora el citatorio
16. Entrega el citatorio al requerido
Descripción al requerido se le hará llegar su cita por medio de un notificador adscrito al SEJAP. Ejecutantes Notificador
17. Recibe el citatorio con la fecha de presentac ión
Ejecutantes Requerido
18. Se presenta en las instalaciones de SEJAP
19. Realiza la entrevista individual
Descripción Realiza el día de la sesión conjunta una entrevista individual con la parte requerida a efecto de informarle el propósito de llevar a cabo una audiencia de mediación y/o conciliación, elabora la constancia de procedencia y si el requerido acepta llevar a cabo el procedimiento antes mencionado Ejecutantes Facilitador
20. Realiza la reunión conjunta
21. Evalúa y determina el número de sesiones
Descripción Evalúa y determina el número de sesiones, utilizando como criterio un mínimo de una y máximo de cuatro sesiones por cada caso y excepcionalmente si la naturaleza del caso lo requiere puede quedar a consideración del Ministerio Público adscrito a MA si se amplía el número de sesiones.
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Ejecutantes Facilitador
22. Acuerdo reparatorio
Descripción Si es aceptado, si no se termina la actividad. Flujos Elabora el acuerdo Fin de procedimiento
23. Elabora el acuerdo
Descripción En el formato establecido en el sistema justicia.net Ejecutantes Facilitador
24. Verifica el acuerdo y firma la validación
Descripción Verifica las condiciones del acuerdo y aplica la encuesta de calidad en el servicio Ejecutantes Agente de Ministerio Público mediador
25. Da seguimiento a los acuerdos
Descripción Realiza sesiones de seguimiento cuando en el acuerdo reparatorio los intervinientes pactan que el pago se realice en el módulo. Asimismo, cuando en el acuerdo reparatorio se señale que el pago se lleve a cabo fuera del módulo vigilará el cumplimiento la Unidad de Seguimiento al Acuerdo. Ejecutantes Facilitador
26. Acuerdo concluido
Descripción Se da por terminado si este se cumple en la fecha de celebración; o cuando se finaliza el proceso de seguimiento al acuerdo. si no se regresa al AMPO Flujos Da seguimiento a los acuerdos
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Realiza los trámites para iniciar NUC
27. Fin de procedimiento
28. Realiza los trámites para iniciar NUC
Descripción Durante el proceso de mediación y/o conciliación, o si la parte solicitante o requerida decide retirarse del proceso, en los últimos dos supuestos, el MPAM eleva el RAC/SEJAP a NUC y remite a la Unidad de Investigación correspondiente o envía a la Unidad de Orientación y Atención Temprana que lo remitió para su determinación cuando sea procedente. Ejecutantes Agente de ministerio público orientador
29. Fin de procedimiento
30. Fin de procedimiento
31. Fin de procedimiento
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS
3.1 Ministerio Público Adscrito a la UOAT
3.2 Ministerio Público Adscrito a la UMA
3.3 Facilitador en Medios Alternativos
3.4 Trabajador social
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DIRECCION DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
06-741-P001 INTEGRACION DE UN EXPEDIENTE DE INVESTIGACION CON DETENIDO, EN MATERIA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES.
Unidad Responsable: Dirección de Justicia para Adolescentes
Versión: Junio del 2019
Descripción
Este procedimiento describe como se integra un expediente con detenido en la justicia para adolescentes.
Alcance
Este procedimiento será aplicado por los servidores públicos adscritos a la Dirección Estatal de Justicia para Adolescentes
Objetivo
Acreditar que los hechos denunciados constituyen un delito y establecer la responsabilidad del adolescente al Juez de control para adolescentes, solicitando se dicten las medidas de orientación, protección y tratamiento que resulten pertinentes así como la reparación del daño a la parte ofendida.
Glosario de términos.
IPH: Informe policial homologado
NUI: Numero único de investigación
SEJAP : Sistema Estatal de Justicia por Acuerdos.
Políticas de operación
Los lineamientos institucionales en materia de procuración de justicia, es vigilar el cumplimiento del principio del debido proceso legal como lo señala el artículo 18 constitucional, que implica el reconocimiento y el deber de respetar todas y cada una de las garantías individuales consagradas en el Artículo 20 Constitucional y del Sistema Penal Acusatorio; por lo que con toda claridad se toma en cuenta la necesidad de que en el sistema se establezcan autoridades de acusación, defensa y juzgamiento perfectamente separados, acorde con los postulados del Artículo 21 Constitucional, que señala que es propio de la autoridad judicial la imposición de penas, mientras que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público,
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así como la defensa de los derechos de los ofendidos en materia de reparación del daño, privilegiando siempre el interés superior de la niñez, por lo que se buscara respetar los principios de mínima intervención y subsidiariedad, responsabilidad, autonomía progresiva, aplicación más favorable, presunción de inocencia, protección integral de los derechos de las personas adolescentes y todos los demás principios rectores del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes consagrados en la Ley Nacional.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio
1.1.1.2. Recibe IPH con detenido
Descripción
Recibe el IPH se revisa que los hechos narrados sean constitutivos de un delito y que este haya sido cometido por un adolescente de 12 años a menor de 18 años, se corrobora la edad del detenido. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.3. Corrobora hechos posiblemente delictuosos
Descripción
Corroboración de hechos probablemente delictivos, se debe valorar el IPH o la declaración del ofendido para determinar porque delito se va a investigar e iniciar en este caso la investigación. Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.4. Califica detención
Descripción
Se abre carpeta de investigación, se registra en los libros de gobierno, se le da número de expediente
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
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1.1.1.5. Evaluará la carpeta y ordena al policía que investigue .
Descripción
Evaluará si procede decretar la libertad, dictar un criterio de oportunidad o remitir al adolescente a un programa educativo. En los casos de personas adolescentes detenidos por uno de los delitos especificados en el artículo 164 de la LNSIJPA, deberá ponerlos a disposición del Juez en un plazo que no podrá exceder de treinta y seis horas, salvo que el Ministerio Público requiera agotar el plazo constitucional por las características propias de la investigación que así lo justifique Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.6. Integra la carpeta
Descripción
Llevará a cabo todas las diligencias que acrediten el delito que cometió el adolescente. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.7. Realiza investigación
Descripción
Investiga el hecho y realiza un informe, el cual enviara al Auxiliar del Ministerio Público Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial.
1.1.1.8. Individualiza al menor imputado
Descripción
Una vez que se investigó el agente de la policía ministerial remite informe sobre lo que se le encomendó por parte del Ministerio Público. Ejecutantes
Agente de la Policía Ministerial.
1.1.1.9. Recibe parte informativo sobre lo investig ado
Descripción
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Recibe por parte del policía ministerial el parte informativo e informa al Ministerio Publico
Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.10. Toma una decisión
Descripción
Si el delito es de los que no se encuentran establecidos en el artículo 164 de LNSIJPA informa a las partes la solución del conflicto por los medios alternativos, remitiendo copia del expediente al Sistema de Justicia Alternativa Penal Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.11. Compuerta Exclusiva
Flujos
Continúa con la investigación
Envía a SEJAP
1.1.1.12. Envía a SEJAP
Descripción
El Ministerio Público envía a SEJAP para resolver el conflicto. Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.13. Fin del procedimiento
1.1.1.14. Continúa con la investigación
Descripción
El Agente del Ministerio Público decide continuar con la integración del NUI Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.15. Integra la carpeta de investigación
Descripción
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Una vez enviada la carpeta este realizara todas las actuaciones necesarias para acreditar la responsabilidad del menor. Ejecutantes
Auxiliar del Ministerio Público
1.1.1.16. Remite al menor ante el juez de control .
Descripción
Una vez integrada la carpeta con las actuaciones necesarias para acreditar la responsabilidad del menor; remite al menor ante el Juez de Control Ejecutantes
Agente del Ministerio Público.
1.1.1.17. Fija fecha y hora para la audiencia inic ial
Descripción
Juez fija fecha y hora para la audiencia inicial, notificándole al MP por el medio que este haya designado, (correo institucional), al defensor público si así lo señaló el MP o al defensor particular si el adolescente cuenta con uno, así como al adolescente y a sus padres, representantes legales o personas de su cuidado. Ejecutantes
Juez de Control
1.1.1.18. Solicita plazo de investigación
Descripción
Antes de concluir la audiencia inicial, el Ministerio Público deberá solicitar el plazo para el cierre de la investigación complementaria y deberá justificar su solicitud. El Juez fijará un plazo para que el Ministerio Público cierre dicha investigación que no podrá ser mayor a tres meses, contados en días naturales, a partir del auto de vinculación a proceso, tomando en consideración la complejidad de los hechos atribuidos a la persona adolescente y la complejidad de los mismos. Ejecutantes
Agente del Ministerio Público.
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2. DIAGRAMA DE FLUJO.
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3. RECURSOS
3.1 Agente del Ministerio Público Especializado en Adolescentes;
3.2 Auxiliares del Ministerio Público;
3.3 Juez de Control Especializado para Adolescentes;
3.4 Defensor de Público.
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06-741-P002 PARTICIPACION DEL MINISTERIO PÚBLICO AD SCRITO A JUZGADO DE ADOLESCENTES.
Unidad Responsable: Dirección Estatal de Justicia p ara Adolescentes.
Versión: Junio del 2019
Descripción
Este procedimiento será aplicado en las actuaciones del Agente del Ministerio Público especializado en Adolescentes, una vez Judicializado
Alcance
Este procedimiento será utilizado por los Agentes del Ministerio Publico adscritos a la Dirección Estatal de Justicia para Adolescentes
Objetivos
Establecer los criterios generales para la actuación de los Agentes del Ministerio Público especializados en Justicia para adolescentes.
Glosario
NUI: Numero único de investigación
Políticas
Cerrada la investigación complementaria el Agente del Ministerio Público presentará su escrito de acusación, en el cual ofrece los medios de prueba que estime pertinentes, así como la Defensa deberá contestar por escrito la acusación; en dicha audiencia intermedia el Agente del Ministerio Público realiza una breve exposición de su acusación y la Defensa realiza sus alegatos de descargo.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1. Inicio
1.1.1.2. Da inicio a la fase escrita
Descripción Cerrada la investigación complementaria, inicia la fase escrita de la etapa intermedia del procedimiento especial para personas adolescentes, que se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia penal
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para Adolescentes, y la fase oral por lo dispuesto en la misma Ley y supletoriamente lo dispuesto en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Ejecutantes Juez de Control
1.1.1.3. Realiza acusación por escrito
Descripción
La fase escrita iniciará con el escrito de acusación que formule el Ministerio Público y comprenderá todos los actos previos a la celebración de la audiencia intermedia.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.4. Señala vicios materiales
Descripción
Dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de la acusación, la víctima u ofendido o su asesor jurídico, por escrito, podrán señalar los vicios materiales y formales del escrito de acusación y proponer su corrección. Asimismo, en caso de estimarlo pertinente, podrá ofrecer los medios de prueba que estime necesarios para complementar la acusación del Ministerio Público, así como la que considere pertinente para acreditar la existencia y el monto de los daños y perjuicios.
Ejecutantes
Ofendido o Asesor Jurídico
1.1.1.5. Emite un pronunciamiento
Descripción
El Ministerio Público contará con tres días para emitir un pronunciamiento sobre dichas actuaciones, el cual deberá serle notificado en los mismos términos tanto a la víctima u ofendido o su asesor, así como a la persona adolescente o su defensor.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.6. Contesta acusación
Descripción
La persona adolescente y su defensor dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para contestar la acusación por escrito.
Ejecutantes
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81
Defensor Público
1.1.1.7. Realiza una exposición
Descripción
El Ministerio Público realiza una exposición resumidas de su acusación.
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.8. Pronuncia sus alegatos
Descripción La Defensa realiza la exposición de sus alegatos
Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.9. Señala fecha y hora para la Audiencia Intermedia
1.1.1.10 Apertura el Juicio Oral
Descripción
El Juez de Control señala fecha para que se lleve a cabo la audiencia intermedia, la cual deberá tener lugar en un plazo que no podrá ser menor a tres ni exceder de cinco días. El Juez dicta auto de apertura a juicio oral
Ejecutantes
Juez de control
1.1.1.10. Fin
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS
3.1 Juez de Control
3.2 Agente del Ministerio Publico
3.3 Ofendido o Asesor Jurídico
3.4 Defensor Publico
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06-741-P003. PARTICIPACION DE AGENTES DEL MINISTERI O PÚBLICO ADSCRITOS EN EL NUEVO PROCEDIMIENTO PENAL REFERENT E A LA LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PAR A ADOLESCENTES.
Unidad Responsable: Dirección Estatal de Justicia para Adolescentes
Versión: Junio del 2019
Descripción
Describe la participación de los Agentes del Ministerio Publico ante un Juicio Oral.
Alcance
Este procedimiento será aplicado por los Agentes del Ministerio Público adscritos a la Dirección Estatal de Justicia para Adolescentes, ante un Juicio Oral.
Objetivos
Establecer los criterios generales de actuación para los Agentes del Ministerio Publico especializados en Justicia para Adolescentes en la Etapa del Juicio Oral.
Glosario de términos
JO: Juicio Oral
Políticas de operación
Una vez desahogada la audiencia intermedia el Juez de control fija fecha para audiencia de juicio oral, en la cual el Agente del Ministerio Público y el Defensor deberán exponer sus alegatos de apertura, posteriormente se desahogan las pruebas ofrecidas por las partes y al concluir tanto el Agente del Ministerio Público como la Defensa expondrán sus alegatos de clausura para posteriormente el Tribunal de Juicio oral emite su fallo, el cual si es condenatorio se turna al juez de ejecución para su cumplimiento.
__________________________________________________________________
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
Inicio
1.1.1.2. El juicio oral se llevara a cabo de manera oral
Descripción
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El juicio se desahogara de manera oral, el cual se llevara a cabo a puerta cerrada, salvo que la persona adolescente solicite que sea público Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.3. Desahoga pruebas
Descripción
Desahoga las pruebas admitidas
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.4. Desahoga pruebas
Descripción
Desahoga las pruebas a favor del adolescente Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.5. Realiza Alegatos
Descripción
Realiza alegatos de clausura Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
1.1.1.6. Realiza alegatos
Descripción
Realiza alegatos de clausura Ejecutantes
Defensor Público
1.1.1.7. Resuelve la responsabilidad de la persona
Descripción
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Resuelve sobre la responsabilidad de la persona adolescente, atendiendo a lo establecido en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Si la sentencia es absolutoria decretara la inmediata libertad. Ejecutantes
Tribunal del Juicio Oral
1.1.1.8. Compuerta Exclusiva
Flujos
Inmediata libertad
Celebra una audiencia
1.1.1.9. Inmediata libertad
1.1.1.10. Terminación
1.1.1.11. Celebra una audiencia
Descripción
Decidida la responsabilidad de la persona adolescente en el hecho imputado, se celebrará una audiencia de individualización de la medida de sanción que se llevará a cabo dentro de los tres días siguientes a la comunicación del fallo, prorrogables hasta por otros tres, a solicitud de la persona adolescente y su defensor
1.1.1.12. Resuelve sobre el control
Descripción
Resuelve sobre el control y supervisión de la legalidad de la aplicación y ejecución de las medidas de sanción y de internamiento preventivo; así como los incidentes que se presenten durante la ejecución de las medidas de sanción y de internamiento preventivo.
Ejecutantes Juez de Ejecución
1.1.1.13. Fin de procedimiento
1.1.1.14. Realiza una apelación
Descripción
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Si no está de acuerdo con la sentencia interpone apelación, si está de acuerdo pasa a la etapa de ejecución de la medida de sanción impuesta
Ejecutantes
Agente del Ministerio Público
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS
3.1 Tribunal de Juicio Oral.
3.2 Agente del Ministerio Público
3.3 Defensor de Público
3.4 Juez de Ejecución
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DIRECCION DE SERVICIOS PERICIALES
06-541-P001 CADENA DE CUSTODIA
Unidad Responsable : Dirección de Servicios Periciales.
Versión: Junio del 2019
Descripción
Procedimiento por el cual se garantiza la autenticidad de los elementos probatorios para constituirse como prueba en la debida integración de una carpeta de investigación para su judialización y en su momento presentadas ante un juicio oral; respecto a las disposiciones descritas en la Guía Nacional de Cadena de Custodia
Objetivos
Garantizar la mismidad y autenticidad de los indicios o elementos materiales o probatorios, mediante los registros que demuestren la continuidad y trazabilidad de la cadena de custodia, con la finalidad de constituirse como prueba.
Alcance
Este procedimiento será aplicado por todos los peritos adscritos a la Dirección de Servicios Periciales.
Glosario de términos
MP: Ministerio Público
SSPE: Secretaria de Seguridad Pública del Estado
Mismisidad: que todo aquello que sea objeto de análisis, sea lo mismo en todo momento.
Políticas de operación
Garantizar que el indicio localizado inicialmente, se trata del mismo que llega ante el juzgador, mediante la documentación de las personas que intervinieron en el procesamiento de dicho indicio.
__________________________________________________________________
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
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91
1.1.1.1 Inicio
1.1.1.2 Solicita la intervención
Descripción
Cualquier autoridad ya sea policía municipal, policía ministerial y la SSEP, solicita la intervención de servicios periciales cuando se presente un evento delictivo en donde se necesita recolectar evidencia Ejecutantes
Autoridad
1.1.1.3 Realiza inspección técnica del lugar Descripción
Realiza una inspección ocular en el lugar de los hechos para recolectar indicios para el llenado del registro de cadena de custodia. Ejecutantes
Perito
1.1.1.4 Recolecta, embala, etiqueta, indicios
1.1.1.5 Efectúa el llenado del registro de cadena de cust odia Descripción
Una vez terminada la recolección realiza el llenado del registro de cadena de custodia Ejecutantes
Perito
1.1.1.6 Compuerta exclusiva Flujos
Llena el registro de cadena de custodia en el lugar de incidencia
Llena el registro de custodia en el recinto pericia l
1.1.1.7 Llena el registro de cadena de custodia en el lu gar de incidencia
Descripción
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Llena el registro de cadena de custodia en el lugar de los hechos. Ejecutantes
Perito
1.1.1.8 Envía los indicios al MP
Descripción
Una vez llenado el registro de cadena de custodia, envía al MP para que integre a los elementos probatorios a la carpeta de investigación. Ejecutantes
Perito
1.1.1.9 Fin Descripción
1.1.1.10 Llena el registro de custodia en el recinto peric ial Descripción
Solamente se llenara el registro de cadena de custodia en el recinto cuando el perito se encuentre en peligro, cuando se encuentren personas mal intencionadas y por condición ambiental Ejecutantes
Perito
1.1.1.11 Envía los indicios recolectados al laboratorio o al macén de evidencias .
Descripción
Una vez llenado el registro de custodia envía directamente al laboratorio correspondiente o al almacén temporal Ejecutantes
Perito
1.1.1.12 Fin
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.
2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSOS
3.1 Autoridad: (Policía Municipal, SSPE)
3.2 Perito
3.3 Agente del Ministerio Publico.
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DIRECCION DE ATENCION A VICTIMAS Y TESTIGOS
06-511-P001 ATENCION DEL AREA LEGAL
Unidad Responsable: Dirección de Atención a Víctimas y Testigos de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Versión: Junio 2019
Descripción
Asesoría legal a víctimas de un delito
Objetivo
Orientar a la víctima mediante asesoría legal dándole a conocer sus derechos como garantías y posteriormente el procedimiento a la denuncia.
Alcance
Procedimiento por el cual recibe la víctima y testigos asesorías jurídicas que se encuentren relacionados en un NUC.
Glosario de Términos
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado
NUC: Numero Único de caso
Políticas de operación
1. Que la persona haya sufrido algún hecho delictivo
2. Que exista voluntad de la víctima de recibir la asesoría jurídica
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio Descripción
Inicio del servicio
1.1.1.2 Solicita servicio Descripción
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Victima acude por asesoría de servicio legal
1.1.1.3 Recibe victima conoce hechos
Descripción
Primera atención de asesoría legal: Recibir a la víctima para conocer los hechos y detectar dudas y preguntas que tenga sobre el proceso de su denuncia.
Ejecutantes
Asesor legal
1.1.1.4 Asesora y brinda informacion Descripción
Brindar información sobre los derechos que tiene al haber sido víctima o testigo de algún delito, respondiendo dudas y preguntas que puedan surgir durante o después que se le brinde la información. Durante las asesorías se abordan temas respecto a: Sus derechos como víctima, reparación del daño, sobre desahogo de pruebas y sobre otorgamiento del perdón, así como las demás que por ley le corresponda.
Ejecutantes
Asesor legal
1.1.1.5 Asesoria en temas relacionados Descripción
Asesoría sobre temas relacionados con el hecho victimizanté: Orientar en temas relacionados con la denuncia que son de importancia para las personas. Ejemplo: asesoría sobre controversias familiares, asesoría de naturaleza civil, etc
Ejecutantes
Asesor legal
1.1.1.6 Continuidad asesoria de denuncia Descripción
Agendar citas con el propósito de darle continuidad a la asesoría sobre la denuncia, en cada cita se responderán preguntas de la persona, se revisaran avances en el sistema y de ser necesario se acompañará a las oficinas de la unidad de investigación correspondiente. La asesoría se brindará hasta que el MP realice una determinación sobre el caso.
Ejecutantes
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Asesor legal
1.1.1.7 Acompañar hasta determinación de Juez Descripción
Realizar acompañamiento a las personas en estas etapas del proceso legal con el propósito de brindar información y ser garante de sus derechos durante la diligencia. Una vez que un juez dé una determinación sobre el caso se concluye la asesoría legal.
Ejecutantes
Asesor legal
1.1.1.8 Asesoría hasta cumplimiento del proceso Descripción
Que se haya cumplido con el procedimiento penal en el que se tenga pronunciada una sentencia ejecutoria; que se haya cumplido con la reparación del daño a la víctima; que la víctima haya otorgado el perdón; que haya manifestado su deseo a no recibir la asesoría jurídica o en su caso por deserción del servicio integral.
Ejecutantes
Asesor legal
1.1.1.9 Fin.
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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99
3. RECURSOS
3.1 Victima
3.2 Asesor Legal
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100
06-511-P002: ATENCION DEL AREA PSICOLOGICA
Unidad Responsable : Dirección de atención a víctimas y testigos del delito de la Procuraduría General de Justicia del Estado.
Versión: Junio 2019
Descripción: Abordar los cambios en las áreas conductuales, afectivas, somáticas, interpersonales y cognitivas como consecuencia de la victimización sufrida a fin de disminuir dichos cambios para que se reincorpore de una manera adecuada y funcional a su rutina diaria. En los casos de menores de edad si es necesario, la o el psicólogo puede dar una asesoría al padre, madre y/o tutor con el propósito de brindar información sobre el abordaje de ciertas conductas presentadas en casa u otros ámbitos de desarrollo del menor.
Objetivo
Brindar apoyo psicológico para restablecer emocional y psicológicamente a una víctima o testigo que se encuentren relacionado en una investigación.
Alcance
Este procedimiento será aplicado en el área Psicológica de la Procuraduría General de Justicia del Estado.(PGJE)
Glosario
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California
Políticas
Que la víctima tenga un número único de caso.
Que la víctima acepte voluntariamente recibir el servicio.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio Descripción
Inicio del procedimiento
1.1.1.2 Solicitud de servicio Descripción
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Solicitud de servicio
Ejecutantes
Víctima o testigo
1.1.1.3 Brindar información y funciones Descripción
Brindar información como nombre y funciones.
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.4 Entrevista solicitando generales Descripción
Dar inicio a una entrevista en la cual se abordaran datos generales necesarios para conocer la situación de la persona y posteriormente el motivo por el que se ha canalizado para recibir la atención
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.5 crisis Descripción
Caso de crisis de la víctima sí o no
Flujos
No
Si
1.1.1.6 Intervención en crisis
Descripción
Si durante la entrevista se detecta que la persona entra en crisis emocional, entendiendo la crisis como “Estado temporal de desorganización, caracterizado principalmente por la incapacidad del individuo para abordar situaciones particulares utilizando métodos acostumbrados para la solución de problemas”
Ejecutantes
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102
Área de trabajo social
1.1.1.7 Seguimiento hasta conclusión Descripción
En caso de no ser necesaria se dará seguimiento a la entrevista hasta la conclusión.
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.8 Inicia sesión psicológica/terapia, objetivo Descripción
Iniciar con las sesiones de atención psicológica/terapia de crisis: Dar continuidad a la entrevista abordando el impacto psico-emocional.
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.9 supervivencia, expresión, cognoscitivo, conducta Descripción
1) supervivencia física en las secuelas de la crisis,
2) expresión de los sentimientos relacionados con la crisis,
3) dominio cognoscitivo de la experiencia completa,
4) ajustes conductuales/interpersonales que se requieren para la vida futura.
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.10 Alta de servicio Descripción
1) supervivencia física en las secuelas de la crisis,
2) expresión de los sentimientos relacionados con la crisis,
3) dominio cognoscitivo de la experiencia completa,
4) ajustes conductuales/interpersonales que se requieren para la vida futura.
Ejecutantes
Área de trabajo social
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1.1.1.11 Seguimiento de alta Descripción
Dar continuidad a la cita de seguimiento dentro de 30 días con el propósito de verificar que la persona continúa estable después de terminar la atención psicológica.
Ejecutantes
Área de trabajo social
1.1.1.12 Fin
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2. DIAGRAMA DE FLUJO
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3. RECURSO
3.1 Victima o testigo
3.2 Área Psicológica
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06-511-POO3 ATENCION DEL AREA DE TRABAJO SOCIAL.
Unidad Responsable: Dirección de Atención a víctimas y testigos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California.
Versión: Junio 2019
Descripción
Este procedimiento deberá ser aplicable para el trabajador social, de víctimas y delitos de la PGJE
Objetivo
Conocer las necesidades de las víctimas y testigos con el fin de establecer la ruta de apoyo adecuada según sus características.
Alcance
Este procedimiento es aplicado por el Trabajador Social a una víctima o testigo que se encuentre relacionado en un NUC.
Glosario de términos
NAV: Número de Atención a Víctimas
PGJE: Procuraduría General de Justicia del Estado
NUC: Numero único de caso
Políticas
1. Que la persona sea víctima directa o indirecta de un delito.
2. Ofrecer los servicios que brinda la Dirección de Atención a Víctimas y Testigos.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.1.1.1 Inicio Descripción
Inicio de Procedimiento
1.1.1.2 Solicitud de servicio Descripción
Víctima o testigo solicita servicio
http//www.pgjebc.gob.mx/
107
Ejecutantes
Víctima o testigo
1.1.1.3 Ofrecer servicio atencion integral Descripción
Ofrecer el servicio de atención integral
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.4 Exponer los servicios Descripción
El servicio de atención integral el cual está conformado en atención por Trabajo Social, Asesoría Legal y Atención Psicológica, explicándole dudas y derechos
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.5 Acepta Descripción
Acepta o no servicio la víctima o testigo
Flujos
No
Si
1.1.1.6 Genera (NAV) Descripción
Generar Número de Atención a Víctimas (NAV), si la persona lo requiere, se le brindan alternativas con el propósito de cubrir necesidades asociadas al hecho victimizante esto se realiza a través de canalización institucional externa.
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.7 Seguimiento del caso Descripción
Posteriormente la o el trabajador social realizará seguimiento de caso.
http//www.pgjebc.gob.mx/
108
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.8 Fin del procedimiento
1.1.1.9 Genera expediente y canaliza Descripción
Procede a generar expediente con Número de Atención a Víctimas (NAV) y las canalizaciones internas (asesoría legal, atención psicológica) y externas según sea el caso (servicios médicos de urgencia, albergues, etc.)
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.10 Detecta necesidades de víctima o testigo Descripción
Detectar las necesidades de la víctima o testigo con el propósito de realizar las canalizaciones externas y/o diligencias para brindar apoyo a la víctima. Dentro de las funciones de trabajo social está la realización de estudios socioeconómicos y visitas domiciliarias a petición del MP o bien ante las necesidades que se detecten del caso, así como realizar diligencias como acompañamiento de las y los usuarios a instituciones para proporcionar orientación en la realización de trámites.
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.11 Realiza canalizaciones externas Descripción
Procede a realizar las canalizaciones externas correspondientes. Las canalizaciones externas son a instituciones, organizaciones no gubernamentales y sector de iniciativa privada con el propósito de que la víctima reciba atención especializada (ejemplo: Servicios médicos, trámites funerarios, etc.).
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.11 Verifica continuidad Descripción
http//www.pgjebc.gob.mx/
109
Verificar que la persona le dé continuidad a la canalizaciones sean estas de carácter interno o externo, una vez que se obtiene información sobre el seguimiento y la persona no requiere otro tipo de orientación se concluye la atención de trabajo social.
Ejecutantes
Trabajador o trabajadora social
1.1.1.12 Fin.
http//www.pgjebc.gob.mx/
110
2. DIAGRAMA DE FLUJO
http//www.pgjebc.gob.mx/
111
3. RECURSOS
3.1 Víctima o testigo
3.2 Trabajador Social