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MANUAL INTEGRAL SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL, AMBIENTE Y CALIDAD CODIGO COL-HSEQ MA - 001 VIGENCIA 05-05-2010 VERSIÓN 1 PÁGINA 1 de 40 MANUAL INTEGRAL CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN 2. VALORES CORPORATIVOS 3. POLÍTICA CORPORATIVA DE HSEQ 4. ALCANCE 5. OBJETIVO 6. TERMINOLOGÍA 7. MARCO LEGAL 8. RESPONSABILIDADES 8.1 Gerencia 8.2 Coordinadores 8.3 Empleados 8.4 Contratistas 9. IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS 10. REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES/ INCIDENTES 11. IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES APLICABLES Y DE OTRA ÍNDOLE 12. SALUD OCUPACIONAL 12.1Exámenes Médicos Ocupacionales 12.2Salud Pública, Prevención e Inmunización 12.3Saneamiento Básico y abastecimiento de agua potable 12.4Manipulación y preparación de alimentos 12.5Diagnóstico Estadísticas de Salud 13. SEGURIDAD INDUSTRIAL 13.1Señalización 13.2Tareas Críticas 13.2.1 Aislamiento de Energía COL-HSEQ-IN-001 13.2.2 Trabajo en Alturas COL-HSEQ-IN-002 13.2.3 Trabajo con escaleras 13.2.4 Trabajo con andamios 13.2.5 Izaje de Cargas COL-HSEQ-IN-003 13.2.6 Trabajo en Caliente COL-HSEQ-IN-004 13.2.7 Espacios Confinados COL-HSEQ-IN-005 13.2.8 Excavaciones COL-HSEQ-IN-006 13.2.9 Operación y Conducción Vehículos/Maquinaria COL-HSEQ-IN-007 14. Procedimientos Seguros de Trabajo 14.1Herramientas Manuales 14.2Materiales peligrosos 14.3Operaciones simultáneas 15. HIGIENE INDUSTRIAL 15.1 Riesgo Biológico

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MANUAL INTEGRAL CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN 2. VALORES CORPORATIVOS 3. POLÍTICA CORPORATIVA DE HSEQ 4. ALCANCE 5. OBJETIVO 6. TERMINOLOGÍA 7. MARCO LEGAL

8. RESPONSABILIDADES

8.1 Gerencia 8.2 Coordinadores 8.3 Empleados 8.4 Contratistas

9. IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS 10. REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES/ INCIDENTES 11. IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS LEGALES APLICABLES Y DE OTRA ÍNDOLE 12. SALUD OCUPACIONAL

12.1 Exámenes Médicos Ocupacionales 12.2 Salud Pública, Prevención e Inmunización 12.3 Saneamiento Básico y abastecimiento de agua potable 12.4 Manipulación y preparación de alimentos 12.5 Diagnóstico Estadísticas de Salud

13. SEGURIDAD INDUSTRIAL

13.1 Señalización 13.2 Tareas Críticas 13.2.1 Aislamiento de Energía COL-HSEQ-IN-001 13.2.2 Trabajo en Alturas COL-HSEQ-IN-002 13.2.3 Trabajo con escaleras 13.2.4 Trabajo con andamios 13.2.5 Izaje de Cargas COL-HSEQ-IN-003 13.2.6 Trabajo en Caliente COL-HSEQ-IN-004 13.2.7 Espacios Confinados COL-HSEQ-IN-005 13.2.8 Excavaciones COL-HSEQ-IN-006 13.2.9 Operación y Conducción Vehículos/Maquinaria COL-HSEQ-IN-007

14. Procedimientos Seguros de Trabajo

14.1 Herramientas Manuales 14.2 Materiales peligrosos 14.3 Operaciones simultáneas

15. HIGIENE INDUSTRIAL

15.1 Riesgo Biológico

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15.2 Estrés Térmico 15.3 Inspección Radiográfica 15.4 Elementos de protección personal 15.5 Ropa de Trabajo

16. MEDIO AMBIENTE

16.1 Orden y Aseo 16.2 Aspectos Ambientales Significativos 16.3 Listas de Chequeo Ambiental 16.4 Indicadores de Desempeño Ambiental

17. RESPUESTA A EMERGENCIAS

17.1 Escenarios de Emergencia 17.2 Procedimientos Operativos Normalizados (PON) 17.3 Plan de Respuesta ante Emergencia (ERP) MEDEVAC 17.4 Plan de Contingencia

18. CALIDAD

18.1 Control de Documentos 18.2 Control de Registros 18.3 Selección y Evaluación de Proveedores y Contratistas

19. ENTRENAMIENTO Y CONCIENTIZACIÓN SOBRE HSEQ 20. SEGUIMIENTO Y MONITOREO

20.1 Revisión Gerencial 20.2 Auditorias e Inspecciones 20.3 Informes Periódicos de Desempeño

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

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1. INTRODUCCIÓN PAREX RESOURCES COLOMBIA LTD SUCURSAL., es consciente y cree que el alto desempeño en Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente es sinónimo de calidad y efectividad en la Operación; estos factores conducen a salvaguardar el bienestar de los trabajadores, así como también contribuyen a elevar la competitividad, la rentabilidad y posibilidad de supervivencia de las organizaciones. El presente documento es una herramienta, para garantizar que todos los contratos que PAREX RESOURCES COLOMBIA LTD SUCURSAL.,en adelante PAREX ó la Compañía, establezca con terceros ya sean personas naturales o jurídicas en sus actividades comerciales, de servicios, adecuaciones, obras civiles, perforación, mantenimiento, montajes eléctricos, mecánicos y en general todas las operaciones, cumplan con los requisitos para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de empleados, contratistas y/o subcontratistas y la protección del medio ambiente. Este manual se dará a conocer a toda la fuerza laboral de PAREX y contratistas quienes a su vez lo aplicarán y darán a conocer a sus subordinados y subcontratistas respectivamente, de manera que se convierta en una guía, medio de consulta y referencia para las labores desarrolladas. Los requisitos aquí mencionados son de obligatorio cumplimiento para que las actividades que han de ser realizadas, se hagan de forma segura y con respeto por el medio ambiente y las comunidades vecinas. Los requisitos e instrucciones aquí consignados, se elaboraron con el propósito de aplicar la legislación vigente en Colombia, proteger la integridad física de las personas, los equipos de PAREX utilizados en las operaciones y de las Compañías contratadas, y evitar daños a terceros, a las comunidades y al medio ambiente, siendo estos temas de interés común. 2. VALORES CORPORATIVOS VISION (COL-HSEQ-DI-001) Nuestras políticas promueven el desarrollo sostenible mediante la creación de soluciones innovadoras y proactivas como respuesta a problemas sociales y medioambientales. Pretendemos incrementar nuestro valor Corporativo manteniendo una excelente reputación ante nuestros accionistas, comunidades y terceros, y creemos que la vía más efectiva para lograrlo es actuando como buenos ciudadanos empresariales tanto internamente como en nuestras actividades y relaciones externas. MISION (COL-HSEQ-DI-002) Crecemos ofreciendo a nuestros accionistas, nuestros trabajadores y a la comunidad una compañía líder en responsabilidad social corporativa, segura, confiable y rentable. Creamos valor de Compañía mediante el uso racional de todos los recursos y de la implementación de políticas efectivas, ambientales y en salud ocupacional. Estamos comprometidos con el continuo mejoramiento de la Compañía, para nuestro propio bienestar, de nuestra gente, del medio ambiente y de las comunidades. 3. POLÍTICA INTEGRAL HSEQ (COL-HSEQ-DI-003)

PAREX RESOURCES COLOMBIA LTD SUCURSAL., es una compañía dedicada a la exploración y explotación de hidrocarburos, su casa matriz cotiza en la Bolsa de Toronto; PAREX, como parte de su estrategia ha decidido realizar sus operaciones con énfasis en la Seguridad Industrial, la Salud Ocupacional, el cuidado del

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Medio Ambiente y las Relaciones con las Comunidades donde opera, como una condición imprescindible para el desarrollo de sus actividades. Para los próximos años PAREX pretende proporcionar alto rendimiento a sus accionistas, y posicionarse en la industria de Colombia por ser ejemplo de responsabilidad, confiabilidad, compromiso y cumplimiento de la legislación aplicable vigente. El éxito de sus operaciones está sustentado en que todo su personal, contratistas y proveedores, se familiaricen y asuman que el cuidado de la seguridad industrial, la salud de los empleados y la protección del medio ambiente es una responsabilidad directa e indelegable de las líneas de mando y una tarea inherente a sus funciones, debiendo reportar todo accidente y/o incidente que potencialmente afecte la salud de las personas o al medio ambiente, los que deben ser investigados y difundidos en la Compañía y entidades gubernamentales cuando corresponda. Para PAREX es un objetivo, el mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable para todos sus trabajadores, contratistas y proveedores, por ello se compromete a:

Desarrollar y mantener prácticas y procedimientos apropiados de salud ocupacional, seguridad industrial, medio ambiente y calidad, que cumplan los requisitos reglamentarios, los estándares internacionales de la industria y la legislación vigente.

Asegurar que todos los empleados, contratistas y terceros, entiendan sus responsabilidades de salud y seguridad industrial y medio ambiente, por medio de una continua educación, comunicación y capacitación.

Proveer los elementos necesarios de protección personal y los correspondientes programas de entrenamiento, para los sitios de trabajo que requieren equipo especial de seguridad.

Implementar los planes de respuestas para identificar, prevenir, mitigar efectos y consecuencias ante eventuales contingencias, en función de los riesgos identificados (ya sean potenciales o reales), para asegurar una respuesta oportuna y efectiva.

Identificar, evaluar y controlar posibles impactos ambientales durante la fase de diseño y planificación de los proyectos e integrar medidas de mitigación en estas fases.

Utilizar sistemas eficientes de energía y minimizar las descargas de desecho hacia el medio ambiente, que sean consistentes con la tecnología disponible y con la factibilidad económica.

Cumplir con todas las leyes y regulaciones ambientales que se apliquen a las operaciones.

Asegurar que las responsabilidades de la Compañía, sobre el medio ambiente estén claramente asignadas y verificar su cumplimiento.

Supervisar el rendimiento de las actividades y realizar auditorías, de manera regular en todas las operaciones.

Establecer, implementar y revisar periódicamente objetivos y metas ambientales, de seguridad industrial y salud ocupacional en la búsqueda permanente de la mejora continua.

Generar respaldo, confianza y credibilidad en la Sociedad, en nuestros Socios, Clientes, Proveedores y Contratistas.

Focalizar en una operación con cero accidentes a personas, cero daños al medio ambiente, cero daños a terceros, y una buena relación con los públicos de interés.

Mantener buenos canales de comunicación con las autoridades competentes, accionistas y relacionados a través de prácticas documentadas.

Implementar prácticas laborales justas, teniendo como marco legal las disposiciones reglamentarias en cada país donde opera, no participara o permitirá comportamientos ilegales incluyendo discriminación, intimidación o abuso.

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PAREX se compromete a proporcionar un ambiente de trabajo seguro para sus empleados y en sus operaciones. La seguridad y el cuidado del medio ambiente son componentes imperativos en todas las áreas operativas, por lo tanto el compromiso, no es solo con el cumplimiento sino en exceder las normas exigidas en las regulaciones y normas de seguridad y ambiente de cada país donde operamos. 4. ALCANCE Este manual señala las regulaciones, los lineamientos, las normas y los procedimientos que PAREX define, para preservar la seguridad industrial, la salud de las personas, protección de la comunidad y el medio ambiente. Deberá tenerse presente que es una guía y que, como tal, no contempla todas las situaciones que pueden presentarse en el desarrollo de los trabajos, para cada situación se deberán tomar las precauciones que permitan realizar el trabajo en forma segura. El manual aplica para todos los empleados, contratistas y proveedores con los cuáles se suscriba contratos ya sea de bienes, servicios, operaciones, entre otros, para el desarrollo de las operaciones de la Compañía. El cumplimiento del presente manual por parte de los contratistas, será supervisado por el Administrador del contrato por parte de Parex, quién contará con la asesoría del personal de la Coordinación HSEQ de Parex. 5. OBJETIVO El presente manual tiene como objeto implementar las directrices y lineamientos de HSEQ que se deben cumplir para reducir y controlar los riesgos y peligros existentes dentro de los ambientes de trabajo; así como reducir, mitigar y controlar los impactos generados al entorno y a la comunidad circundante en las áreas de influencia directa e indirecta, asegurando la calidad de los proyectos que desarrolla la Compañía, a través de sus empleados, contratistas y/o proveedores. 6. TERMINOLOGÍA

Accidente: Evento no deseado q u e da lugar a muerte, enfermedad, lesión a las personas, daño al ambiente u otra pérdida.

Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del servicio contratado o prestado, y que produzca en la persona una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.

Acto o comportamiento inseguro: Se refiere a todas las acciones humanas que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para la persona que realiza la actividad, la producción, el medio ambiente y terceras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras.

Acción correctiva: Acción emprendida para eliminar las causas de una no- conformidad, defecto o situación no deseable existente.

Acción preventiva: Acción emprendida para eliminar las posibles causas de una no- conformidad o situación no deseable potencial.

Aspecto ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que pude interactuar con el medio ambiente.

Auditoria: Proceso sistemático, para determinar sí las actividades y los resultados relacionados con ellas, son conformes con las disposiciones planificadas y si éstas se implementan efectivamente y son aptas para cumplir la política y objetivos de la Compañía.

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Clase de Riesgo: Codificación definida por el Ministerio de Protección Social mediante Decreto 1295/94, para clasificar a las compañías de acuerdo con la actividad económica a la que se dedica. Existen cinco clases de riesgo, comenzando desde la I hasta la V, así:

CLASE DE RIESGO

CLASE RIESGO

I Mínimo

II Bajo

III Medio

IV Alto

V Máximo

Contratista: Persona natural o jurídica que mediante un acuerdo de voluntades se obliga para con PAREX a dar, hacer o no hacer una actividad a cambio de una contraprestación en dinero o en especie.

Documento: Información y su medio de soporte. El medio de soporte puede ser papel, disco

magnético, óptico, electrónico, fotografías ó una combinación de estos.

EPP: Elementos de protección personal, dispositivo diseñado para evitar que las personas que están expuestas a un peligro en particular entren en contacto directo con él. El equipo de protección evita el contacto con el riesgo pero no lo elimina, por eso se utiliza como último recurso en el control de los riesgos, una vez agotadas las posibilidades de disminuirlos en la fuente o en el medio.

Eficacia: Relación entre los resultados alcanzados y los recursos utilizados.

Enfermedad Profesional: Todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de actividades que desempeña el contratista o subcontratistas o del medio donde se realiza. (Ajustada Decreto 1295/94)

Factor de Riesgo: Es toda condición generada en la realización de una actividad que puede afectar la salud de las personas.

Identificación de Peligros: Proceso para obtener información sobre los peligros en los sitios en donde se realizará la actividad. Permite la localización y evaluación de los mismos, así como el conocimiento de la exposición a que están sometidos los trabajadores en una cierta labor o actividad.

HSEQ: Salud, seguridad, medio ambiente y calidad (Health, Safety, Environmental and Quality por sus siglas en inglés).

Incidente: Evento que generó un accidente o que tuvo el potencial para llegar a ser un accidente. Un incidente en el que no ocurre enfermedad, lesión, daño u otra perdida, también se conoce como “casi – accidente”. Los incidentes pueden presentarse en personas, ambiente o infraestructura de la compañía y/o de terceros.

Indicadores - APA: Número de casos de accidentes con atención de primeros auxilios: Número de

accidentes con primeros auxilios en el lapso de tiempo reportado. En este caso solamente hay tratamiento o visita al personal de Salud (enfermera, paramédico) por una sola vez, los casos más comunes son: golpes, cortadas o quemaduras de menor grado, luego de la atención de primeros auxilios el trabajador puede regresar a su labor y continuar normalmente. Si en el futuro inmediato como consecuencia del mismo evento por el cual fue atendido, es necesario un tratamiento médico para el lesionado, se categoriza la atención de primeros auxilios a ATM (atención con tratamiento médico).

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- ATM: Número de casos de accidentes con tratamiento médico: Número de accidentes con trabajo con tratamiento médico en el lapso de tiempo reportado. En este caso es aquel accidente de trabajo que requiere de atención médica profesional, diferente a los primeros auxilios y que le permite al trabajador volver a sus labores de trabajo normal sin ninguna restricción, regresar el mismo día del accidente o el día después. En estos casos, el trabajador regresa al trabajo después del tratamiento médico, bien sea el mismo día del accidente o al siguiente día laboral o al siguiente turno.

- ATR: Número de casos de accidentes con trabajo restringido: Trabajo restringido se refiere a una lesión que ocurra con un trabajador en el desarrollo de sus labores o bajo órdenes del empleador, dicha lesión le impide al trabajador desarrollar parte de su trabajo normal durante una o más jornadas o turnos completos (no cuenta el día en que sufrió la lesión), el trabajador puede continuar con parte de sus labores o con una jornada o turno de menor duración. Se calcula como el número de accidentes con trabajo restringido en el lapso de tiempo reportado para los efectos del cálculo de LTI, estos accidentes no se consideran accidentes con tiempo perdido o incapacitante.

- ATP: Número de accidentes incapacitante en el mes: El accidente incapacitante aquel, que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor asignada que no permite realizar ningún tipo de actividad laboral por uno o más días laborales o durante un turno. Para el cálculo de los días de incapacidad se considera los días en los cuales el trabajador debería haber trabajado pero no lo pudo hacer por causa de su accidente de trabajo. Número de días perdidos o no laborados por el accidente de trabajo, en el lapso de tiempo reportado.

- AF: Numero de fatalidades en el mes: Accidente fatal, es aquel que produce la muerte del trabajador accidentado, sin importar el tiempo que transcurra entre el momento de la lesión y la muerte del lesionado. Se entiende que la muerte sobreviene como consecuencia del accidente de trabajo, o como complicaciones generadas por el accidente de trabajo. Es el número de accidentes fatales en el lapso de tiempo reportado.

Interventor/Supervisor: Es la persona natural o jurídica que por sus competencias y/o experiencia es designada por PAREX para que la represente, ejerciendo el seguimiento, control técnico, administrativo jurídico y financiero del objeto de un acuerdo de voluntades.

Impacto ambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso,

como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización.

NTC ISO 9001: Norma del sistema de gestión de calidad, que se centra en la eficacia del sistema para dar cumplimiento a los requisitos de los clientes, normatividad o propios de la organización.

NTC ISO 14001: Norma del sistema de gestión ambiental, destinada a permitir que una Organización desarrolle e implemente una política y unos objetivos que tengan en cuenta los requisitos legales y otros que la organización suscriba, y la información relativa a los aspectos ambientales significativos.

NTC OHSAS 18001: Norma del sistema de gestión de seguridad y salud ocupacional que

indica los requisitos para un sistema de administración de seguridad y salud ocupacional, que

permiten a una organización controlar sus riesgos de seguridad y salud ocupacional y mejorar

su desempeño.

No conformidad: Cualquier desviación respecto a las normas, practicas, procedimientos, reglamentos, desempeño del sistema de gestión, que puedan ser causa directa o indirecta de enfermedad, lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo, contaminación ambiental ó a una combinación de estas.

Parte interesada: Individuo o grupo que tiene interés o está afectado por el desempeño de

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seguridad, salud ocupacional, ambiente y calidad de una organización.

Plan de respuesta ante emergencias (ERP): Es el conjunto de procedimientos e instrucciones requeridas para una pronta acción correctiva, a fin de evitar riesgos para el medio ambiente, personas y bienes de la Compañía o de terceros y/o para mantener la continuidad del proceso.

Peligro: Fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión, enfermedad,

daño a la propiedad, al ambiente de trabajo, contaminación ambiental o una combinación

de éstos. Dentro de esta definición se encuentran los aspectos ambientales.

Permiso de trabajo: Autorización escrita que se requiere para ejecutar una actividad o tarea, durante un tiempo determinado.

Prevención de Riesgos: Son las acciones tendientes a disminuir las posibilidades de ocurrencia de un riesgo a partir de la preservación de la salud de las personas y del ambiente.

Procedimiento: Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso. Como mínimo debe tener: objetivo, alcance, responsables, metodología, descripción de actividades y registros o documentos asociados al mismo.

Programa: Documento que incluye responsabilidad, autoridad designada para el logro de objetivos, medios y cronograma.

Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades desempeñadas.

Residuo o Desecho: Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se

encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o

depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten

usarlo nuevamente en la actividad que lo generó o porque la legislación o la normatividad vigente

así lo estipula.

Residuo o Desecho Peligroso: Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos. (Decreto 4741 de 2005)

Riesgo: Combinación de la probabilidad y consecuencias de que un evento peligroso

ocurra; dentro de esta definición se incluyen los impactos ambientales.

Riesgo Potencial: Riesgo de carácter latente susceptible de causar daño a la salud cuando fallan o

dejan de operar los mecanismos de control. (Decreto 614/84)

RUC: Registro Uniforme de Evaluación de Sistema de Salud Ocupacional y Medio Ambiente

para Contratistas del Sector de Hidrocarburos, calificación que es otorgada por el Consejo

Colombiano de Seguridad.

SSSI: Sistema de Seguridad Social Integral.

Sistema Integrado de Gestión HSEQ: Sistema de gestión total (OHSAS 18001- ISO 14001– ISO 9001), que facilita la administración de los riesgos de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente asociados con el negocio de la organización. Incluye la estructura organizacional, actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos, para desarrollar implementar, cumplir, revisar y mantener la política y objetivos de HSEQ.

Salud Ocupacional: Actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de las personas, mediante la prevención y control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad de estos.

Seguridad Industrial: Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes en los lugares donde se desarrolle la actividad.

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7. MARCO LEGAL

En el siguiente marco legal se presentan algunas de las normas aplicables a la industria, la omisión involuntaria de algunas no exime de la responsabilidad de su aplicación.

Tabla No. 1 Normas Jurídicas

NORMA JURIDICA

AÑO

ENTIDAD

LA NORMA TRATA DE:

Decreto Ley 2811 1974 Presidencia de la República Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y Protección del Medio Ambiente.

Constitución Nacional

1991 Congreso de la República

Responsabiliza al estado y a las personas la obligación de proteger las riquezas culturales y naturales del país. Establece la responsabilidad del estado en el saneamiento ambiental. Afirma que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, protegiendo la diversidad e integridad del ambiente y facilitando la participación de las comunidades en las decisiones que puedan afectarla.

Ley 373 1997 Congreso Nacional

Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Se entiende por programa para el uso eficiente y ahorro del agua el conjunto de proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje, producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico

Resolución 273 1997 Ministerio del Medio Ambiente

Por la cual se fijan las tarifas mínimas de las tasas retributivas por vertimientos líquidos para los parámetros Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST).

Decreto 1295 1994 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales: El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan

Decreto 1594 1984 Ministerio de Agricultura

Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9 de 1979, así como el Decreto Ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos.

Ley 9, Titulo III 1979

Congreso de la República

Establece las normas para preservar, conservar y mejorarla salud de los individuos en sus ocupaciones.

Ley 46 1988 Congreso de la República

Sistema nacional para la prevención y atención de desastres Un elemento importante de esta ley, es la declaratoria de los desastres y emergencias como un asunto de interés público. En desarrollo de esta norma general, el Decreto 919 de 1989 estructuró la Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y dio origen a las Comité Regionales y Locales de Emergencias.

Decreto 2190 1995 Ministerio de Ambiente, Vivienda, y Desarrollo territorial

Plan Nacional de Contingencia Ordena la creación y desarrollo de un Plan Nacional de Contingencias contra derrames de hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas en aguas marinas, fluviales y lacustres. Todos los Planes de Contingencia de orden local que se desarrollen, deben involucrar el marco legal del Plan Nacional de Contingencia.

Decreto 321 1999 Ministerio del Interior Plan Nacional de Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas. Aprueba el Plan Nacional de Contingencias. Los lineamientos, principios, facultades y

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organización establecidos en el Plan Nacional de Contingencias, deberán ser incorporados en los planes de contingencia de todas las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que exploren, investiguen, exploten, produzcan, almacenen, transporten, comercialicen o efectúen cualquier manejo de hidrocarburos, derivados o sustancias nocivas, o que tengan bajo su responsabilidad el control y prevención de los derrames en aguas marinas, fluviales o lacustres.

Resolución 2400

1979 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Decreto 614

1984 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.

Resolución 2013

1986 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.

Resolución 18575

1986 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Determina los requisitos para la prestación de servicios en salud ocupacional.

Resolución 1016

1989 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleados del país.

Resolución 1792

1990 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.

Resolución 7515

1990 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Modifica lo establecido en la resolución 18575 correspondiente a la prestación de servicios en salud ocupacional.

Resolución 1075

1992

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Obliga a las Compañías a realizar campañas de prevención de fármaco dependencia, alcoholismo y tabaquismo.

Ley 100 1993 Congreso de la República

Crea e implementa el Nuevo Sistema de Seguridad Social Integral.

Ley 55

1993 Congreso de República

Manejo de sustancias químicas; Convenio 170 sobre la Seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo. Identificación y Evaluación de Factores de Riesgo; Panorama General de Factores de Riesgo

Ley 491 1999 Congreso de Colombia

Establece la obligatoriedad de disponer de un Seguro Ecológico para todas aquellas actividades que puedan causar daño al ambiente y que requieran Licencia Ambiental. Por otra parte, reforma al Código Penal en lo relativo a los delitos ambientales, buscando mejorar la operatividad de la justicia en este aspecto. Los eventos de contaminación ilegal o no reportada o la explotación ilícita de recursos naturales, pueden ser investigados a la luz del código penal y causar penas que llegan hasta la cárcel.

Ley 99 1993 Ministerio del Medio Ambiente

Crea el Ministerio del Medio Ambiente y varias Corporaciones Autónomas Regionales (CAR). Organiza el Sistema Nacional Ambiental y fija el requisito de la Licencia Ambiental previa para el desarrollo de proyectos, obras o actividades que generen un efecto grave sobre el medio ambiente

Decreto ley 1295.

1994 Ministerio de Gobierno Determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

Resolución 0541

1994 Ministerio del Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial

Manejo de desechos de la construcción.

Decreto 1772

1994 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Afiliación al sistema General de riesgos profesionales.

Decreto 0948

1995

Ministerio del Medio Ambiente Vivienda y

Prevención y control de la contaminación atmosférica y protección de la calidad del aire.

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Desarrollo Territorial

Decreto 0357

1997 Ministerio del Medio Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial

Por el cual se regula el manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales de construcción.

Ley 776

2002 Congreso de la República

Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del sistema general de riesgos profesionales.

Decreto 1607

2002 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Por el cual modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones.

Decreto 2800

2003 Ministerio de Protección Social

Afiliación a riesgos profesionales de contratistas y trabajadores independientes.

Resolución 0627

2006 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental.

Resolución 1401

2007 Ministerio de Protección Social

Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.

Resolución 3673 2008 Ministerio de Protección Social

Reglamento técnico de trabajo seguro en alturas.

Resolución 180195

2009 Ministerio de Minas y Energía.

Por la cual se establecen mecanismos transitorios para demostrar la conformidad con el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE y se dictan otras disposiciones

Ley 769 2002 Ministerio de Transporte Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Ley 55

1993 Ministerio de Trabajo Seguridad Social

Utilización de los Productos Químicos en el Trabajo.

Decreto 4741 2005 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Prevención y manejo de los desechos o residuos peligrosos.

Decreto 3440 2004 Ministerio del Medio Ambiente

Por medio del cual se reglamentan las tasas retributivas por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se establecen las tarifas de éstas. El presente Decreto contempla lo relacionado con el establecimiento de la tarifa mínima y su ajuste regional; define los sujetos pasivos de la tasa, los mecanismos de recaudo, fiscalización y control, y el procedimiento de reclamación.

Decreto 475 1998 Ministerio de Salud

Por el cual se expiden normas técnicas de calidad del agua potable. En este decreto se definen los parámetros organolépticos físicos, químicos y microbiológicos que deben cumplir las aguas destinadas para el consumo humano.

Resolución 240 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por la cual se definen las bases para el cálculo de la depreciación y se establece la tarifa mínima de la tasa por utilización de aguas.

Decreto 155 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por el cual se reglamenta lo concerniente a las tasas por utilización de aguas superficiales y subterráneas. Este decreto define que todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que utilicen el recurso hídrico están obligadas al pago de la tasa por utilización del agua.

Resolución 541 1994 Ministerio del Medio Ambiente

Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación.

Decreto 1713 2002 Ministerios de Medio Ambiente y Desarrollo Económico

Por el cual se reglamenta lo concerniente con la prestación del servicio público de aseo y con la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Decreto 02 1982 Ministerio de Salud

Por el cual se reglamenta lo concerniente a las emisiones atmosféricas. Cabe anotar que el presente Decreto esta derogado parcialmente por el Decreto 948 de 1995, excepto los artículos 31, 32, 33, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 58, 59,

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60, 61, 62, 63, 64, 66, 67, 68, 70, 71, 72, 74, 75, 76, 77, 79, 80, 81, 84, 85, 87 y 89. Los artículos que siguen vigentes establecen las normas de calidad del aire y sus métodos de medición.

Decreto 948 1995 Ministerio del Medio Ambiente

Por el cual se reglamenta lo concerniente a la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. Entre sus apartes se definen las disposiciones generales sobre normas de calidad del aire, niveles de contaminación, emisiones contaminantes y de ruido.

Resolución 909 1996 Ministerios del Medio Ambiente y de Transporte

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 005 de 1996 que reglamenta los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel, y se definen los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones y se adoptan otras disposiciones.

Resolución 619 1997 Ministerio del Medio Ambiente

Por la cual se establecen parcialmente los factores a partir de los cuales se requiere permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas. Esta resolución define cuales industrias, obras, actividades o servicios requieren permiso de emisión atmosférica.

Decreto 1697 1997 Ministerio del Medio Ambiente

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995, que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire.

Decreto 1552 2000 Medio Ambiente y Transporte

El cual reglamenta lo concerniente a las emisiones atmosféricas de los vehículos Diesel. Este decreto modifica el artículo 38 del Decreto 948 de 1995, estableciendo la prohibición de las emisiones visibles de contaminantes en vehículos activados por diesel (ACPM), que presenten una opacidad superior a la establecida en las normas de emisión.

Decreto 1220 2005 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Por el cual se reglamenta las Licencias Ambientales

En la Tabla No. 2 se presentas alguna de las Normas Técnicas Colombianas (NTC) y Guías Técnicas Colombianas (GTC), las cuales suministran información y parámetros para el desarrollo de programas relativos a HSEQ.

Tabla No. 2. Normas Técnicas

NORMA TECNICA

NUMERO ENTIDAD DESCRIPCIÓN

GTC

34

Guía estructura básica del programa de Salud Ocupacional

Suministra los lineamientos para estructurar y desarrollar un programa de salud ocupacional para las Compañías establecidas en Colombia. Contiene definiciones y requisitos

GTC

45

Guía para el diagnóstico de condiciones de trabajo o panorama de factores de riesgo, identificación y valoración

Contiene definiciones, requisitos, escalas para la valoración de riesgos que generan enfermedades profesionales.

NTC

1461 Higiene y Seguridad. Colores y señales de seguridad

Establece definiciones, colores de seguridad, colores de contraste, diseño de símbolos gráficos y clasificación de señales.

NTC 2095

Higiene y Seguridad. Código de práctica para el uso de redes de seguridad en trabajos de construcción

Establece guías para el uso de redes de seguridad, las cuales tiene por objeto dar protección contra lesiones en el caso de que las personas caigan cuando están trabajando en labores de construcción, demolición, mantenimiento y de proteger a las personas de objetos que caigan.

8. RESPONSABILIDADES

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8.1 GERENTES

Los Gerentes de Parex Colombia Ltd Sucursal, con el apoyo de la Coordinación HSEQ tienen las siguientes responsabilidades:

- Asumir la máxima responsabilidad sobre el desarrollo de las directrices definidas en el presente documento.

- Dar a conocer al personal directo, contratistas y subcontratistas las responsabilidades definidas por PAREX en el presente documento.

- Conocer y velar por el cumplimiento de los Reglamentos de Higiene y Seguridad Industrial, y de Trabajo.

- Conocer y velar por el cumplimiento de la legislación Colombiana y otra aplicable a la actividad económica de PAREX.

- Participar en el planteamiento de acciones encaminadas a la mejora del Sistema de Gestión HSEQ.

- Apoyar, participar y definir la revisión de las políticas internas de la Compañía, a fin de plasmar cambios significativos o verificar las existentes.

- Proveer y administrar los recursos humanos, tecnológicos y financieros suficientes y necesarios para la implementación del Sistema de Gestión en HSEQ.

8.2 COORDINADORES

Los Coordinadores de PAREX, en apoyo a la gestión de la Coordinación HSEQ, son responsables por la divulgación, seguimiento y cumplimiento por parte del personal propio o contratado del presente documento, además es responsable de:

- La evaluación y organización de los riesgos de seguridad y medioambientales con el objetivo de asegurar o maximizar la seguridad del personal, la higiene y el cuidado del medioambiente.

- Sensibilizar al personal de la Compañía con el fin de que las medidas de HSE sean aplicadas a todos los niveles.

8.3 EMPLEADOS

Los empleados directos de PAREX, tendrán como responsabilidad para el óptimo desempeño de la gestión HSEQ.

- Informar oportunamente a su superior inmediato el estado del cumplimiento de la Gestión de Seguridad e Higiene Industrial, Salud Ocupacional y Ambiente (HSE), fallas de control, desviaciones y anomalías en general.

- Participar en las reuniones periódicas de seguimiento al desempeño en HSEQ a realizar por PAREX.

- Conocer y cumplir el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

- Conocer, cumplir y velar por el cumplimiento del sistema de gestión HSEQ.

- Usar permanentemente los elementos de protección personal.

- Dar el uso adecuado a los equipos y elementos de trabajo.

- Mantener en perfecto orden y aseo el sitio de trabajo.

- Participar en la revisión las políticas internas de la Compañía, a fin de plasmar cambios significativos o verificar las existentes.

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- Realizar inspecciones a los sitios de trabajo.

- Todas las demás funciones y/o actividades que se consideren indispensables o inherentes para el adecuado y eficiente funcionamiento del sistema de gestión HSEQ de PAREX.

- Conocer y dar cumplimiento a los requisitos legales aplicables de la Compañía y propios del cargo.

- Hacer seguimiento a contratistas.

8.4 CONTRATISTAS

El Contratista debe documentar y asignar las responsabilidades y presupuestos necesarios para la adecuada implementación del sistema de HSEQ antes de iniciar la ejecución del contrato. Entre las responsabilidades y obligaciones se deben contemplar como mínimo las siguientes:

Cumplimiento del reglamento de higiene y seguridad industrial.

Hacer uso obligatorio de los elementos de protección personal y dejar constancia de entrega de los mismos.

Ejecutar las inspecciones de HSEQ que sean de la competencia de cada nivel, acorde a los formatos presentados.

Realizar el Reporte e investigación de accidentes y casi accidentes.

Aplicar un programa de reporte de condiciones sub estándar.

Participar en las reuniones pre - operacionales según el programa de capacitación y entrenamiento.

Participación activa en el Comité Paritario de Salud Ocupacional.

Participación dentro del plan de emergencias.

Divulgar, cumplir y hacer cumplir la normatividad aplicable vigente, normas, reglas, estándares, procedimientos y buenas prácticas establecidas por PAREX para realizar los trabajos.

Implementar acciones para la prevención de riesgos detectados.

Informar oportunamente a su superior inmediato y a PAREX y/o al Administrador del Contrato, el estado del cumplimiento de la Gestión de Seguridad e Higiene Industrial, Salud Ocupacional y Ambiente (HSE), fallas de control, desviaciones y actos y condiciones sub estándar en general.

Participar en las reuniones periódicas de seguimiento al desempeño en HSEQ a realizar por PAREX.

Verificar el cumplimiento de los controles HSEQ definidos para reducir, mitigar o eliminar los riesgos asociados a las actividades a ejecutar.

Dar apoyo en el desarrollo de las charlas pre - operacionales en los frentes de trabajo.

Prestar sus servicios con personal competente, en las áreas de Seguridad e Higiene Industrial, Salud Ocupacional y Ambiente.

El personal empleado por el CONTRATISTA debe ser cuidadosamente seleccionado, entrenado y sus competencias permanentemente evaluadas.

Entregar estadísticas de seguridad industrial, salud ocupacional y ambiente, de acuerdo a los requerimientos solicitados por la Coordinación HSEQ de PAREX. Formato COL-HSEQ-FT-014 “Indicadores de desempeño Contratistas”

El Contratista debe asignar un responsable de HSEQ en campo para el desarrollo del contrato, el cual debe ser competente para garantizar que el sistema de gestión en HSEQ se implementa, mantiene adecuadamente y se cumplen con todos los requisitos en HSEQ. El presupuesto HSEQ, presentado por el contratista, debe estar documentado y planeado en el tiempo; asimismo, el contratista debe evidenciar su ejecución periódicamente, esta periodicidad será definida por el administrador del contrato y la Coordinación de HSEQ de PAREX.

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9. IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

PAREX establece y mantiene procedimientos para la continua identificación de peligros, aspectos ambientales, valoración de riesgos COL-HSEQ-PR-003 y determinación de controles de riesgos e impactos – COL-HSEQ-PR-007, los cuales incluyen actividades rutinarias y no rutinarias del personal, e instalaciones en el sitio de trabajo. Para la determinación de los controles de riesgos e impactos valorados asociados a las actividades de la Compañía, PAREX define las acciones encaminadas al control de los mismos, así como su implementación y seguimiento. PAREX asegura que los resultados de estas valoraciones se consideran cuando se determinan los controles. Así mismo, PAREX exigirá a toda compañía contratista, en armonía con las disposiciones legales, el seguimiento y medición periódica de la efectividad de las medidas de control de riesgos e impactos, de su actividad, de acuerdo con la identificación de peligros, aspectos ambientales, valoración y control de riesgos e impactos; y verificará que una vez otorgado el contrato, la gestión del riesgo se ajuste de acuerdo con las condiciones de PAREX y las establecidas en el contrato. Por lo tanto el contratista antes de iniciar contrato, entregará al administrador los documentos relacionados con este ítem.

10. REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES/ INCIDENTES

PAREX mantiene de acuerdo con las disposiciones legales, un procedimiento de Reporte e Investigación de incidentes / accidentes COL-HSEQ-PR-004, que define sistema de registro y reporte de los accidentes y casi accidentes de trabajo y ambientales. De acuerdo a las disposiciones definidas por PAREX, todo incidente con lesión, se deberá comunicar inmediatamente al Administrador del contrato y al personal designado por PAREX en campo, usando para este fin los medios de comunicación existentes en el sitio del accidente. El Contratista deberá cumplir la legislación vigente sobre investigación de accidentes e incidentes, y deberá entregar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente, una copia del resultado de la investigación de los accidentes con lesión incapacitante que hayan ocurrido durante la ejecución del contrato. Igualmente debe entregar la lección aprendida con la constancia de divulgación. El contratista podrá aplicar sus propios procedimientos para la investigación de accidentes/incidentes. El contratista debe investigar todos los accidentes e investigar los casi – accidentes que presenten una alta potencialidad de generar un accidente; los eventos con baja potencialidad deben reportarse y generarles acciones preventivas y lecciones aprendidas que deben ser comunicadas a todas las partes interesadas. El contratista deberá reportar mensualmente al Coordinador HSEQ de PAREX, las estadísticas HSE, definidos en los documentos, “COL-HSEQ-FT-007” Estadísticas HSE y “COL-HSEQ-FT-014” Indicadores de Desempeño Contratistas.

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11. IDENTIFICACION DE REQUISITOS LEGALES APLICABLES Y DE OTRA INDOLE

PAREX entiende y es consciente de cómo sus operaciones son o serán afectadas por los requisitos legales y de otra índole (ver definiciones en procedimiento Identificación de Requisitos Legales aplicables y de otra índole COL-HSEQ-PR-005); para ello ha establecido un proceso que asegura el cumplimiento de los requisitos legales y de otra índole por medio del procedimiento COL-HSEQ-PR-005 en donde hace la identificación, tratamiento, distribución, gestión y evaluación del cumplimiento legal HSEQ. Así mismo antes de iniciar labores el contratista deberá presentar:

Matriz de identificación de requisitos legales en HSE y otros aplicables.

Procedimiento que le permita identificar continuamente y tener acceso a los requisitos legales y de otra índole aplicable al contrato. Lista de chequeo.

Procedimientos y periodicidad de realización verificación, inspección y auditorías, en las cuales debe estar involucrada la Gerencia.

Informes de HSEQ previstos y periodicidad de los mismos.

Procedimientos y normas para la ejecución de los servicios, tales como Permisos de Trabajo - PT y Análisis para Trabajo Seguro –ATS.

Comunicación, registro y tratamiento de accidentes, incidentes y desvíos. Dentro de las actividades de cumplimiento legal, PAREX verificará a sus contratistas:

El registro Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) ante el Ministerio de la Protección Social y posteriormente este Comité debe demostrar su gestión mediante actas de reunión, capacitaciones y actividades propias del mismo según la normatividad vigente. Para el inicio de las actividades el contratista debe entregar el registro de conformación.

El Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial (RHSI) el cual deberá ser entregado al inicio del contrato, su publicación y actualización con base en los requisitos legales vigentes.

Las afiliaciones y pagos al sistema de seguridad social integral, certificando la afiliación de todos sus empleados al sistema de seguridad social (EPS, ARP, AFP) de acuerdo a la legislación vigente, de igual forma deberá certificar la realización de los exámenes ocupacionales de ingreso, antes de iniciar actividades, mensualmente deberá tener disponibles en campo los pagos al día de: EPS, AFP y ARP (aplica igual para los subcontratistas). Se deberá anexar la fotocopia de estos pagos para tramitar el pago de las facturas respectivas de su actividad al administrador del contrato.

El contratista debe suministrar antes de iniciar actividades las fotocopias de los contratos de trabajo y/o prestación de servicios de todos sus trabajadores.

Estas verificaciones las realizará el Administrador del contrato en coordinación con el delegado de HSEQ.

12. SALUD OCUPACIONAL

12.1 EXAMENES OCUPACIONALES PAREX ha definido el procedimiento COL-HSEQ-PR-006 en donde establece y documenta pautas para la realización de los exámenes médicos de ingreso, ocupacionales periódicos, y de retiro establecido por PAREX, todos los exámenes médicos se deben realizar en un centro médico ocupacional aprobado como

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proveedor y debe tener licencia en Salud Ocupacional y registro medico. Los exámenes médicos ocupacionales son: 1) Examen de ingreso: Es aquel que se realiza para determinar las condiciones de salud del trabajador

antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y el perfil del cargo.

2) Examen periódico: Es el que se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales o permanentes de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Así mismo, para detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo.

3) Examen post incapacidad: El que se efectúa al final de un periodo de incapacidad laboral superior a 90 días, con el propósito de evaluar su condición de salud actual, si el trabajador puede regresar a las labores habituales que estaba ejecutando o si tiene restricciones para el ejercicio de las mismas.

4) Examen por reubicación laboral o cambio de ocupación: Es la evaluación médica que se realiza al trabajador cada vez que éste cambie de ocupación y ello implique cambio de medio ambiente laboral, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, en los que se detecte un incremento de su magnitud, intensidad o frecuencia.

5) Examen de Retiro: Evaluación médica ejecutada cuando se termina la relación laboral, con el objeto de valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.

6) Para clínicos: Exámenes complementarios (exámenes de laboratorios, audiometrías, espirómetros, etc.) al examen médico, tiene como fin esclarecer diagnósticos, seguimiento a patologías.

7) Profesiograma: Matriz de exámenes a realizarse de acuerdo al perfil del cargo y sus excepciones y según el panorama de factores de riesgo.

El contratista debe contar con un procedimiento para la realización de exámenes médicos y para clínicos de ingreso (aptitud para el cargo), según el panorama de factores de riesgo y profesiograma realizado por el contratista, el cual se debe presentar como prerrequisito para iniciar actividades.

Los exámenes médicos ocupacionales son documentos confidenciales y de reserva profesional, el contratista debe contar con mecanismos que garanticen dicha confidencialidad, para tal efecto el contratista debe tener de manera independiente el certificado de aptitud del examen médico ocupacional. En Tabla No. 3 se presentan algunos exámenes a realizar según las condiciones de la actividad desarrollada. Los exámenes complementarios inherentes a la actividad o al ambiente de trabajo, serán solicitados de acuerdo con las recomendaciones técnicas de Salud Ocupacional o del médico que realice los exámenes ocupacionales y que tengan nexo causal con una patología de tipo ocupacional.

Tabla No. 3

Exámenes complementarios de acuerdo a la actividad o al ambiente de trabajo Condiciones que determinan la toma del examen Tipo de examen

Exposición a ruido industrial Audiometría

Exposición con trabajo en alturas, equipos móviles o riesgos semejantes

Electroencefalograma, examen oftálmico y otorrinolaringológico

Exposición a agentes que perjudiquen el sistema respiratorio

Espirometría

Exposición a riesgos que sobrecarguen la columna vertebral

Radiografía de columna vertebral

Manipulación de alimentos Cultivo nasofaríngeo, cultivo de uñas (KOH), coprologico seriado, y coporocultivo cada seis meses o con la rotación de personal

Exposición a agentes fiscos, químicos contaminantes, Se tomarán los exámenes a según criterio medico.

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agentes biológicos entre otros.

Condiciones que determinan la toma del examen Tipo de examen

Certificados de vacunación de tétanos y fiebre amarilla Deberán realizarse a todo el personal.

Personal de salud Vacuna hepatitis B.

Enfermedades endémicas Exámenes a criterio del médico ocupacional.

Los costos de los exámenes médicos deben ser asumidos por el contratista y no por el trabajador, este examen debe ser realizado por un profesional médico de salud ocupacional.

Como prerrequisito para firmar el acta de finalización de actividades, todos los trabajadores deben contar con el examen de retiro ocupacional según los riesgos a los cuales se expuso al trabajador. Si el trabajador no desea realizar el examen médico de egreso, firmará oficio donde manifieste su renuncia a dicho examen.

12.2 SALUD PÚBLICA, PREVENCION E INMUNIZACION

En respuesta a las preocupaciones de salud de los colaboradores y contratistas de PAREX, el departamento HSEQ de PAREX identifica los riesgos de Salud Publica propios de las regiones en donde realiza sus operaciones a través de la consulta con las entidades de salud de la zona, así mismo establece un plan de acción que incluye actividades de promoción y prevención de los riesgos como:

Enfermedades transmitidas por el agua.

Enfermedades transmitidas por los alimentos.

Enfermedades inmunoprevenibles.

Enfermedades transmitidas por picaduras de insectos y mordeduras de serpientes.

Enfermedades de transmisión sexual. Todas las personas que estén directa o indirectamente laborando con PAREX deben vacunarse como mínimo contra tétanos y fiebre amarilla. (Se solicitará documentación soporte) PAREX define e implementa campañas de promoción y prevención de No Alcohol, Drogas y Tabaquismo para toda la población trabajadora y sus contratistas. A continuación se presenta la política de No Alcohol. Drogas y Tabaquismo (COL-HSEQ-DI-004)

POLITICA DE NO ALCOHOL, NO DROGAS Y PREVENCIÓN DE TABAQUISMO

Parex Resources., reafirma su compromiso con la salud y seguridad integral de sus empleados y con base en éste tomará las medidas necesarias para concientizar a sus empleados, por lo tanto establece las siguientes disposiciones: Se prohíbe la posesión, consumo y/o venta de alcohol o substancias psicoactivas en los sitios de trabajo de la Compañía. Se exhorta a los empleados a ejercer mutuo control con sus compañeros de trabajo, e informar oportunamente al jefe inmediato sobre la sospecha de posesión o consumo de estas sustancias en los sitios de trabajo.

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Se debe proveer un entorno seguro que garantice que los empleados desarrollen sus labores de una manera saludable, sobria, eficiente y segura, de esta forma proteger la integralidad de las personas, bienes y reputación de la Compañía. Se entenderá como excepciones especiales y limitadas, el consumo moderado y responsable de alcohol por parte de los directivos y empleados de la empresa durante actividades sociales y de negocios, en las reuniones o agasajos organizados y autorizados corporativamente. En estos casos, se debe hacer ejercicio de prudencia y juicio, y quien lo haga deberá abstenerse de conducir cualquier vehículo u operar algún equipo. En las oficinas y áreas operativas no se debe fumar, no sólo por salud, sino también por seguridad, pues todas las personas tienen derecho a un ambiente de trabajo sano y libre de contaminantes. En campo se designarán áreas específicas para fumadores, que no representen riesgo para la salud de las demás personas y que tampoco representen riesgo para la integridad de las instalaciones y los equipos.

Parex, realizará en forma periódica y aleatoria muestreos o pruebas de alcoholemia, utilizando equipos de detección mediante, la toma de muestras de aliento. Toda persona que trabaje para la Compañía, está en la obligación de realizar dicha prueba, cuando se le solicite. Un rechazo a la misma se asumirá como resultado positivo. Las personas que al realizar la prueba de alcoholimetría arrojen resultados positivos, deben retirarse inmediatamente del sitio de trabajo y serán sancionadas disciplinariamente y suspendidas temporal o permanentemente, de acuerdo a la gravedad del caso. Así mismo los contratistas están obligados a contar con su propia política, la cuál será enviada para revisión a la Coordinación HSEQ de Parex. 12.3 SANEAMIENTO BASICO Y ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE El contratista para dar inicio a su contrato debe especificar como asegurará la disponibilidad de agua potable para todos los trabajadores en los diferentes frentes de trabajo, las características organolépticas, fisicoquímicas y microbiológicas del agua deben seguir los lineamientos establecidos en la legislación ambiental vigente. El contratista DEBE garantizar que en cada frente de trabajo, se disponga de un servicio sanitario por cada quince trabajadores, si hay personal femenino de igual forma debe contar con el servicio sanitario independiente. El contratista será el responsable por el adecuado manejo de estos servicios sanitarios y por los residuos que ellos generen, los cuales deben ser tratados acorde a las normas ambientales vigentes. 12.4 MANIPULACION Y PREPARACION DE ALIMENTOS Sí el contrato incluye la preparación de alimentos (servicios de casino), el contratista debe garantizar la calidad de la preparación y transporte de éstos. Como prerrequisito para iniciar las actividades, el contratista debe describir y documentar su estrategia para suministro de alimentos e incluir los sistemas de control utilizados para garantizar su calidad.

12.5 DIAGNOSTICO ESTADISTICAS DE SALUD Se debe elaborar y llevar a cabo un análisis del diagnostico de salud, registrar y analizar periódicamente las estadísticas de salud (morbilidad, ausentismo y primeros auxilios). Los análisis serán entregados mensualmente a la Coordinación de HSEQ de PAREX con corte al 30 de cada mes, y entre el

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1º el 5º día del mes siguiente. 13. SEGURIDAD INDUSTRIAL Para asegurar el cumplimiento de los compromisos corporativos definidos por PAREX para sus operaciones en Colombia, los procesos de contratación estarán sujetos a la gestión y desempeño en HSEQ de sus contratistas; para así garantizar que: los requisitos específicos en HSEQ de acuerdo con la legislación Colombiana, los requerimientos corporativos y cualquier otra norma adoptada por PAREX; son debidamente identificados, definidos, considerados, evaluados y aplicados tanto en el proceso de contratación como de ejecución de dichos contratos. PAREX es consciente de la importancia que todos sus contratistas sean responsables de alcanzar el mejor desempeño en HSEQ y por tanto entiende su propia responsabilidad frente al trabajo conjunto para garantizar el alineamiento a los estándares y expectativas en HSEQ descritos a continuación.

13.1 SEÑALIZACIÓN

Todas las zonas de trabajo DEBEN estar debidamente demarcadas y señalizadas. TODO contratista DEBE proveer señales, barandas, barreras necesarias para proteger a los trabajadores en el sitio de trabajo, así como a terceras partes (comunidad, miembros de PAREX, autoridades, otros contratistas). La señalización como estímulo visual para concentrar la atención de un individuo frente a un aspecto / circunstancia a resaltar estará enmarcada como mínimo en los siguientes criterios:

Llamar la atención sobre riesgos, prohibiciones u obligaciones.

Alertar ante situaciones de emergencia.

Facilitar la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios. Para PAREX la señalización es una medida complementaria a la gestión preventiva que DEBE desarrollar cada contratista, pues por sí sola no elimina el riesgo ni sustituye la información y capacitación que DEBE recibir un trabajador para asegurar su competencia HSEQ frente a los riesgos propios de su actividad. Los tipos básicos de señalización serán:

Prohibición: Comportamientos/situaciones que pueden originan un riesgo.

Obligación: Imponen un comportamiento / acción determinada.

Advertencia: Advierten los peligros.

Información: Indicación de seguridad ó salvamento. El aislamiento ó demarcación de zonas de trabajo se efectuará mediante señalización con franjas alternas amarillas y negras con una inclinación aproximada de 45°. El código de colores a considerar para la señalización es el contenido en la Tabla No. 4

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Tabla No. 4 Colores de Seguridad

COLOR SIGNIFICADO INDICACIÓN - PRECISIÓN

ROJO

Señal de prohibición. Comportamientos peligrosos.

Peligro – Alarma Alto, suspensión de actividad, dispositivos de desconexión de emergencia.

Material y equipo contra incendio Identificación y localización.

AMARILLO / NARANJA Señal de advertencia Atención, precaución, verificación.

AZUL Señal de obligación Comportamiento ó acción específica de obligatorio cumplimiento.

VERDE

Señal de salvamento ó auxilio. Puertas, salidas, material de salvamento, puestos de atención.

Situación de seguridad Retorno a condiciones normales de operación.

13.2 TAREAS CRÍTICAS Para PAREX una tarea crítica es aquella que por su complejidad constituye un riesgo real de desviación de las metas corporativas en HSEQ, dado los peligros y riesgos que su ejecución involucra. 13.2.1 Aislamiento de Energía. Instructivo “COL-HSEQ-IN-001” La ejecución de trabajos de tipo mecánico, eléctrico, hidráulico y otros, que requieran aislamiento de fuentes de energía requieren como mínimo por parte del contratista:

Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

Establecer un método de aislamiento y descarga de energía acumulada, mismo que debe ser revisado y aprobado por el personal representante de PAREX en el área de trabajo; y ejecutado por personal competente.

Un procedimiento de verificación de ausencia de energía acumulada.

Asegurar que cualquier aislamiento DEBE ser una barrera de contención efectiva para el fluido a aislar por el tiempo que sea requerido.

Sistemas de cierre y etiquetamiento en los puntos de aislamiento.

Efectuar al menos una prueba que asegure la efectividad del aislamiento.

Verificación periódica de la integridad del aislamiento. OSHA define seis (6) pasos para el control de la energía peligrosa, misma que puede ser: Eléctrica, Mecánica, Neumática (Gases y Vapores), Química, Térmica y agua bajo presión (Vapor); pasos cuyo fin son la desactivación de maquinaria ó equipo, con el fin de evitar la emisión de energía peligrosa durante las actividades de revisión y mantenimiento realizadas por los trabajadores. Paso 1 – Preparación para Apagar. Antes de apagar cualquier equipo DEBE conocerse el tipo y cantidad de energía ligada a su funcionamiento, los peligros de dicha energía y formas de controlarla, de esta manera el equipo puede asegurarse ó rotularse de manera apropiada. Paso 2 – Apagado de Equipos. La suspensión básica de energía peligrosa corresponde a la acción de oprimir el botón de apagado/parada del equipo; en este sentido el contratista DEBE asegurarse que TODO

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interruptor de circuitos DEBE ponerse en la posición que indique visiblemente que está apagado o desconectado. Paso 3 –Aislamiento de Equipos. Acción de aislar el equipo de toda fuente de energía, tanto principal como secundaria (p.e., generadores de emergencia). Luego del proceso de aislamiento DEBE comprobarse que efectivamente el equipo no va a prender, mediante la manipulación del botón de arranque. Paso 4 – Etiquetamiento (candados / tarjetas). Una vez puesto el dispositivo desconector en la posición de apagado y verificado el aislamiento DEBE procederse al etiquetado, es decir colocar candados y avisos de prevención, según los lineamientos acordados con el personal representante de PAREX en el área de trabajo. Paso 5 – Control de Energía Almacenada. Finalizado el proceso de aislamiento del equipo, DEBE controlarse la posible energía acumulada en el mismo mediante prácticas sencillas como:

Conexiones a tierra.

Liberar presiones existentes.

Asegurar detención completa de partes móviles.

Asegurar piezas con potencial de caída por acción de la gravedad.

Control de energía secundaria (eléctrica residual, movimiento mecánico por inercia, energía térmica, gases, vapores, etc.)

Paso 6 – Verificación de Aislamiento. Verificación de la ausencia de personas en áreas de peligro; desconexión de controles restantes; aseguramiento de la fuente de energía. 13.2.2 Trabajo en Alturas. Instructivo “COL-HSEQ-IN-002” Para PAREX un trabajo en altura es todo aquella actividad que se realice 1.5 por sobre el nivel del piso y que pueda generar la posibilidad de una caída. Los dispositivos utilizados para este tipo de trabajos en las operaciones, por lo general son escalera y andamios. Toda actividad que por sus características deba ejecutarse en un nivel diferente al suelo, DEBE ser analizada y evaluada por personal experto en los riesgos a los que se expone el trabajador, así como en las medidas de control relacionadas con la protección personal y las condiciones de seguridad. El análisis de riesgos y las medidas de control DEBEN se avalados por el personal representante de PAREX en el área. Todo contratista de PAREX DEBE considerar como mínimo los siguientes aspectos en labores que impliquen trabajo en alturas.

Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

TODO trabajo en altura debe contar con la verificación del personal delegado de PAREX. 13.2.3 Trabajo con Escaleras. Lista de chequeo para escaleras y andamios “COL-HSEQ-FT-032”

Inspección previa antes de uso.

Retiro oportuno de frentes de trabajo, cuando presentan partes defectuosas.

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Superficies de apoyo planas, resistentes y no deslizantes.

Disponer de patas de seguridad, pies antideslizantes ó zapatas.

Amarre a puntos fijo durante su uso, en lo posible con abrazaderas.

Ubicar siempre la base de la escalera al menos en un 25% de su longitud lejos de la estructura de la base a la que se está accediendo.

Sobrepasar al menos en un (1) metro el punto de apoyo superior; el trabajador NO DEBE hacer uso de los dos últimos escalones.

En lo posible NO situarla en lugares de circulación de personas ni en frente de puertas; si no existe otra opción de ubicación aislar el área de trabajo y asegurar / bloquear puertas

NO usar escaleras en posición horizontal como plataformas o andamios.

Si los pies del trabajador quedan ubicados a más de 1.5 metros del nivel del suelo, este debe utilizar arnés y línea de vida anclados a un punto sólido y resistente.

En caso que la labor incluya el transporte de objetos / herramientas, estos DEBEN ir sujetos al cuerpo para evitar su caída.

Almacenamiento en áreas provistas de la acción de factores climáticos como la lluvia.

En caso de usar escaleras tipo tijera, cerciorarse que está completamente abierta y el separador afianzado antes de usarla.

Las escaleras metálicas NO serán empleadas cerca de equipos y/o circuitos eléctricos. 13.2.4 Trabajo con Andamios Lista de chequeo para escaleras y andamios “COL-HSEQ-FR-032”

Construcción de acuerdo con los estándares aplicables e instalación por parte de un trabajador competente.

Todos los andamios DEBEN ser previamente inspeccionados por el personal idóneo, quienes darán la debida la aprobación; si el andamio no cuenta con la aprobación NO debe utilizarse. Además, los andamios los DEBEN ser inspeccionados diariamente por una persona competente. La evidencia de dicha inspección se debe reflejar en la aprobación del andamio.

Los soportes verticales deben sondearse y deben apoyarse en una superficie o placa de base firme.

Las superficies de trabajo serán horizontales y se asegurarán contra el movimiento y tendrán solidez estructural.

La altura máxima permitida, en caso de que no se pueda asegurar el andamio es de tres veces el ancho de la base mínimo del andamio, a menos que se utilicen soportes auxiliares.

Se requieren barandas protectoras para todas las superficies de trabajo por encima de los tres (3) metros diez (10) pies.

Uso de andamios rodantes únicamente en superficies lisas y niveladas. Para uso deben ser previamente inmovilizados, ningún trabajador DEBE subirse en ellos mientras se encuentren en movimiento.

Debe tenerse especial cuidado de NO acumular personas y/o cargas en un mismo punto.

Equipos de Protección Deben utilizarse equipos de prevención de caídas con las siguientes características:

Amarre en buen estado, instalado preferentemente por encima de la cabeza.

Arnés de cuerpo completo, con enganches de cierre automático y doble seguro en cada una de las agarraderas.

Acolladores de fibra sintética.

Amortiguador de golpes.

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Limitar la caída libre a un máximo de uno punto cinco (1.5) metros. 13.2.5 Izaje de Carga. Instructivo “COL-HSEQ-IN-003” En las operaciones de PAREX, cualquier movimiento de cargas que requiera el uso de grúas, montacargas u otro tipo de mecanismos similares DEBE cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

TODO izaje de carga debe contar con la aprobación del personal idóneo.

Realización de un estudio de la carga por parte de una persona competente para determinar el método y el equipamiento que ha de utilizarse

Participación de operadores debidamente certificados para el funcionamiento de los mecanismos de carga a emplear.

El material a cargar dentro de los rangos de capacidad dinámica y/o estática de los mecanismos de elevación.

Funcionamiento y prueba de todos los dispositivos de seguridad instalados en el equipo de izaje.

Uso de elementos apropiados para el izaje como eslingas, ganchos, escuadras, etcétera, los cuáles deben estar certificados.

No hacer levantamientos de carga sobre personal.

No halar las cargas hacia los lados.

Mientras la carga esté suspendida DEBE estar presente el operador del mecanismo de carga.

Designación de una persona como observador (señalero) y el operador del dispositivo de levantamiento recibirá instrucciones o dirección únicamente del observador.

Inspección visual previa de todo el equipamiento y los dispositivos de carga deben ser examinados visualmente por una persona competente antes de ser utilizados.

Una vez apagada la grúa, todos los controles deben quedar en neutro, frenos y dispositivo de giro bloqueados.

Cuando se levante personal con un camión de levantamiento, la plataforma aprobada debe asegurarse firmemente carruaje y / o a las patas.

Poner los frenos y bloquear las llantas para evitar el movimiento de los camiones, tráileres y vagones mientras se carguen o descarguen con un camión montacargas.

13.2.6 Trabajo en Caliente. Instructivo “COL-HSEQ-IN-004” Operaciones de soldadura, corte y esmerilado que generan fuentes de calor (chispas o llamas abiertas), son consideradas trabajo en caliente, dado que este tipo de operaciones generalmente liberan llamas abiertas, chispas, metales fundidos y arcos eléctricos que arden a temperaturas promedio entre 2000 y 2500 °C; elementos que a su vez generan riesgo de incendio en presencia de materiales combustibles y riesgo de explosión en presencia de atmósferas con polvos, gases y/o vapores de sustancias combustibles y/o inflamables. Para PAREX todo contratista que como parte de sus servicios deba realizar trabajos en caliente debe atender los siguientes lineamientos:

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Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

TODO trabajo en caliente debe contar con la aprobación del personal designado por PAREX.

Retirar todo material combustible y/o inflamable (madera, papel, cartón aceites, pinturas, lacas, etc.) ubicado en las inmediaciones de la zona de trabajo.

Colocar barreras incombustibles sobre el piso y alrededor de la zona de trabajo, para atrapar y confinar chispas.

Mantener todos los equipos utilizados en las operaciones en caliente en buen estado de mantenimiento.

Previo al inicio del trabajo, barrer los pisos quitando restos de grasa y manchas de aceite, no utilizar aserrín.

En caso que la zona de trabajo en caliente corresponda a un espacio confinado donde hayan atmósferas confinadas con acumulaciones de volátiles combustibles o inflamables; de forma previa DEBE procederse a aislar, ventear y/o inertizar.

Realizar las respectivas mediciones de atmósferas.

TODO trabajo en caliente debe contar con supervisión permanente, quien además DEBE estar muy capacitado para el control de conatos y en el accionamiento de los elementos de alarma.

13.2.7 Espacios Confinados. Instructivo “COL-HSEQ-IN-005” Para PAREX un espacio confinado es cualquier reciento de difícil acceso, que en principio no está diseñado para la entrada de personas y que además implica la potencialidad de diferentes riesgos como son atmósferas peligrosas por falta de oxígeno, concentración de contaminantes superior a los valores límite permisibles y/o presencia de sustancias explosivas dentro de los límites de inflamabilidad. Para adelantar trabajos en este tipo de espacios el contratista debe considerar los siguientes lineamientos, de acuerdo al instructivo, COL-HSEQ-IN-005:

Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

TODA entrada a espacio confinado debe contar con la aprobación del personal designado por PAREX en el área.

Revisar la posibilidad de realizar el trabajo sin necesidad de entrar en el recinto.

Evaluar el riesgo antes de entrar a trabajar en el espacio confinado; y si se considera recomendable hay que investigar analizar la atmósfera para medir el tipo y cantidad de gases potencialmente peligrosos existentes al interior del recinto.

Todas las personas que vayan a participar en el trabajo ingresando al espacio confinado deben poseer las competencias necesarias para desarrollar la labor.

Aislar todas las fuentes de energía que afecten a dicho recinto, cerrando válvulas, parando equipos, cortando el fluido eléctrico, etc. (Colocar el candado y etiquetado correspondiente).

Dejar abierta la entrada hasta conseguir una ventilación suficiente, o forzar mecánicamente la salida de gases antes de entrar a trabajar.

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Verificar el análisis de la atmósfera del recinto con la frecuencia que se indique en la evaluación de riesgos y /o el certificado de trabajo en caliente.

TODO ingreso a espacio confinado DEBE hacerse con una persona que permanezca alerta en funciones de vigilancia.

Prohibir la entrada al recinto a toda persona no autorizada.

Tomar las debidas precauciones para actuar en caso de emergencia: disponer de arneses y líneas de seguridad para la evacuación de emergencia; equipo de respiración autónoma, equipo de reanimación.

13.2.8 Excavaciones. Instructivo “COL-HSEQ-IN-006” Bajo este ítem quedan comprendidas aquellas actividades en las que los trabajadores tengan que realizar aperturas, fosos, zanjas o cualquier tipo de depresión en la superficie del terreno mediante la extracción de tierra, para este tipo de operaciones todo contratista de PAREX debe cumplir los siguientes requisitos:

Contar con un procedimiento seguro y normalizado.

Elaborar el análisis de riesgos con personal competente en el tema y con el personal encargado de la labor.

Divulgar y asegurar el entendimiento del procedimiento y análisis de riesgos por parte de todo el personal asignado a la tarea.

TODA excavación debe contar con la aprobación del personal designado por PAREX en el área de trabajo.

Todos los posibles elementos de riesgo subterráneos (tuberías, cableado eléctrico, etc.) deben ser identificados, localizados y, si es necesario, aislados.

Controlar los desplazamientos de tierra y prevenirse posibles derrumbamientos realizando de forma sistemática los apuntalamientos, terraplenes, desniveles, etc. que se estimen necesarios.

Controlar permanentemente las modificaciones en el suelo o en las condiciones medioambientales.

Realizar una visita al sitio donde tendrá lugar la excavación para identificar las condiciones locales de calidad del suelo, aguas infiltradas, topografía, acceso y limitaciones de espacio para los trabajos.

Considerar las condiciones climáticas presentes en la región durante el tiempo que demoren los trabajos de excavación.

Revisar la geometría de las excavaciones acorde con los planos de ingeniería para estimar el volumen de suelo que será necesario remover y así buscar alternativas para su disposición temporal o definitiva.

Seleccionar el personal y equipos adecuado para desarrollar la actividad.

Aislar y demarcar claramente el área de trabajo para prevenir y controlar el acceso de personas ajenas a la actividad.

13.2.9 Operación y Conducción Vehículos y Maquinaria. Instructivo “COL-HSEQ-IN-007”

Todos los vehículos que presten servicios para PAREX, o que sean utilizados para el desarrollo de contratos suscritos con la Compañía, deben cumplir lo establecido en la legislación nacional vigente, teniendo en cuenta su uso; adicionalmente, deben encontrarse en optimas condiciones operacionales y deben cumplir con un programa de mantenimiento

preventivo según los parámetros definidos por los concesionarios o fabricantes del

vehículo.

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Los siguientes son los requisitos de los vehículos: Vehículos livianos: Automóviles, camperos, camionetas. Deben tener una antigüedad máxima de tres (3) años al inicio del contrato. Microbuses o busetas: Deben tener una antigüedad máxima de cinco (5) años al inicio del contrato. Vehículos de carga: Camiones, carro tanques, camión tractor, volquetas etc. Deben tener una antigüedad máxima de quince (15) años al inicio del contrato.

Todos los vehículos del lugar de trabajo se mantendrán en condiciones operativas seguras y cumplirán con cualquier requerimiento de PAREX y / o reglamento gubernamental.

Los vehículos solo podrán transportar el número de pasajeros para los cuales fueron diseñados, por tanto se prohíbe aumentar el número de asientos.

Se utilizarán cinturones de seguridad mientras que el vehículo motorizado se encuentre en movimiento.

Solo los trabajadores competentes y con licencia operarán los vehículos.

Se debe obedecer el límite de velocidad establecido. Las condiciones de la carretera pueden establecer la necesidad de menores límites de velocidad para garantizar la conducción segura.

Muchas vías no se encuentran marcadas con señales de precaución; por lo tanto, se debe prestar atención adicional mientras se maneje, especialmente en los lugares del campo.

Cuando aplique, los vehículos personales se parquearán en un área previamente designada, lejos del lugar de trabajo.

Los trabajadores no se desplazarán en la parte externa de cualquier vehículo, como por ejemplo parachoques, escaleras, maleteros o defensas, ni deben desplazarse en el volco de ningún camión.

Se evitará mover cualquier vehículo con visión restringida mientras se encuentre cerca de trabajadores, equipo del proceso o equipo de mantenimiento / perforación, a menos que se desplace bajo la dirección de un señalero designado. Esta persona debe estar en posición de ver si la ruta para el desplazamiento se encuentra ‘despejada’.

Todo tipo de vehículo debe contar con un dispositivo sonoro de retroceso, con la finalidad de alertar a terceros, el sonido de la alarma debe ser audible.

El aceite que se retire de los vehículos durante cambios de aceite se colocará en contenedores adecuados y se dispondrá de acuerdo con los requisitos legales y las mejores prácticas de PAREX con respecto al manejo de residuos.

No se permite transportar personas en la parte externa de los vehículos.

La carga pesada extra dimensionada que circule por las vía públicas (nacional, departamental), debe ir acompañada por un carro escolta adelante.

Todos los taladros de soldadura móviles se deben equipar con un extintor contra incendios aprobado. Todos los soldadores y los asistentes deben estar entrenados y contar con competencias en el uso de dichos extintores. Las válvulas de las botellas de gas deben estar en una posición protegida y tapadas mientras se transporten.

El equipo se reabastecerá de combustible en un área que se encuentre aislada del área de trabajo general y de cualquier fuente de ignición. Se colocarán avisos de ‘Prohibido Fumar’ y ‘Apague el Motor’. Se contará con el equipo de protección contra incendios y con contenedores de combustible adecuados en el área de reabastecimiento de combustible. Durante el reabastecimiento de combustible, el equipo que se esté abasteciendo se apagará y se seguirán prácticas seguras para evitar incendios, explosiones o derrames.

Los carros macho no podrán ser utilizados como vehículos de trasporte de cargas, solo como vehículos para manejo de cargas, a estos la compañía contratista les realizara las revisiones pertinentes.

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14. PROCEDIMIENTOS SEGUROS DE TRABAJO 14.1 Herramientas Manuales. Instructivo “COL-HSEQ-IN-015”

Dentro de las operaciones de PAREX, son considerados como herramientas manuales aquellos utensilios que para su funcionamiento requieren la fuerza motriz humana y cuyo uso generalmente es hecho de forma individual por el operador que la utiliza. El uso herramientas manuales implica riesgos para las principal herramientas de trabajo del hombre: las manos y los ojos; estos riesgos de manera general corresponden a: golpes, cortes y pinchazos provocados por las propias herramientas; lesiones oculares por proyección de partículas de objetos o herramientas; y lesiones osteomusculares debidas a sobreesfuerzos y movimientos violentos. Con objeto de eliminar o reducir al mínimo los riesgos derivados del uso de herramientas manuales, TODO contratista de PAREX, DEBE tener en cuenta como mínimo los criterios básicos listados a continuación:

Utilización de herramientas manuales únicamente para el trabajo que fueron diseñadas.

Retiro de los frentes de trabajo de las herramientas en mal estado.

Inspección visual pre operativa por parte de los trabajadores para garantizar condiciones seguras de uso; ejercicio a revisar/validar periódicamente por el supervisor HSEQ del contratista.

Instalación y uso de las protecciones a que haya lugar.

Uso de los EPP adecuados al tipo de herramienta y al área de trabajo.

Conservación de herramientas limpias y sin grasa, en condiciones apropiadas de uso.

Herramientas de corte debidamente afiladas, sin rebabas ni bordes romos.

Mangos en buenas condiciones, no astillados o rajados; perfectamente acoplados y sólidamente fijados a la herramienta.

Elementos de herramientas ajustables, como mordazas y bocas no deberán encontrarse gastados, deformados ni sueltos (llaves, alicates, etc.).

Uso de herramientas con mango de protección aislante, y elementos antichispa en ambientes inflamables y en aquellos casos donde exista riesgo eléctrico.

Conservación apropiada de herramientas tanto en uso como en almacenamiento. En lo posible agruparlas en función de su tamaño y características.

Durante el transporte de herramientas cortantes y punzantes, la punta o filo de las mismas debe protegerse con fundas de plástico ó cuero.

Almacenamiento en sitios adecuados que eviten acción de factores climáticos sobre la integridad de las herramientas.

Uso de cinturones especiales, para el transporte de herramientas en trabajos en altura, de modo que sea posible el ascenso y descenso con las manos libres.

14.2 Materiales Peligrosos. Instructivo “COL-HSEQ-IN-013” TODO el personal que haga parte de las operaciones de PAREX, DEBERÁ contar con el entrenamiento para entender los peligros asociados con el manejo, el almacenamiento y el uso de materiales peligrosos. Los contratistas DEBEN contar con programa para el manejo de materiales peligrosos que incluya:

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Un sistema adecuado de etiquetado de materiales peligrosos.

Disponibilidad de las Hojas de Datos de Seguridad del Material (MSDS) elaboradas por el proveedor, en los sitios de trabajo para todos los químicos y materiales peligrosos empleados. De acuerdo a la clasificación de la NFPA 704 (rombo de seguridad)

Entrenamiento para todos los trabajadores que trabajan con, o cerca de materiales peligrosos.

Procedimientos escritos para almacenamiento y disposición de químicos peligrosos y residuos de materiales peligrosos.

Elementos mínimos de primera respuesta ante un incidente que involucre materiales peligrosos. 14.3 Operaciones Simultáneas. Instructivo “COL-HSEQ-IN-014” Las operaciones de PAREX dan lugar a las operaciones simultáneas (SIMOPS) que como tal implican una magnitud ante la presencia de varios grupos de trabajo en una misma área, haciendo actividades diferentes ó tareas diferentes para una actividad común. En la coordinación de este tipo de escenarios el personal designado por PAREX tendrá en cuenta los lineamientos listados a continuación, mismos en los que espera la participación activa de los contratistas de acuerdo la responsabilidad y alcance de los trabajos desarrollados por cada uno de ello en un momento dado en un frente de trabajo. Para desarrollar los SIMOPS, se debe tener en cuenta:

Comunicación entre todos para saber que va a hacer cada grupo de trabajo.

Revisión de los riesgos de cada actividad de forma intrínseca, es decir para el grupo que la desarrolla, así como extrínsecamente es decir para los otros grupos en el área de trabajo.

Aplicación de las políticas de la Compañía.

Definición de los escenarios de permisos de trabajo.

Documentos de entrega de los trabajos al personal encargado de HSEQ.

Definición de roles y responsabilidades de cada grupo de trabajo.

Definición de distribución de los equipos y las rutas de acceso.

Análisis de los impactos ambientales y los relacionados con la comunidad.

Planes de emergencia de todo tipo que apliquen con respecto a los trabajos.

Listado de los recursos disponibles y aquellos adicionales a conseguir.

Logística individual y grupal.

Trabajo en equipo, definiendo la prioridad principal de todos los grupos, basados en el objetivo final de todos.

Seguimiento al desarrollo de los trabajos.

Definición e identificación de autoridades de sitio y de grupo.

Aplicación de mecanismos de participación por ejemplo: lluvia de ideas, cinco W: Qué, Quien, cuando, como, donde, etcétera.

15. HIGIENE INDUSTRIAL

15.1 Riesgo Biológico

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Corresponde al riesgo ocasionado por la exposición a agentes orgánicos, como hongos, virus, bacterias, parásitos, (entre otros), los cuales pueden desencadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas o intoxicaciones al ingresar al organismo. Además se constituyen en factores de riesgo biológico las plantas y animales que pueden producir intoxicación a las personas expuestas directamente a ellos. Entre los cuales se desatacan los siguientes: • Plantas urticantes. • Plantas venenosas. • Mordeduras de serpientes y animales venenosos. • Picaduras de animales ponzoñosos como alacranes, abejas, hormigas. Para el desarrollo de trabajos en campo en los cuales los trabajadores de PAREX y de sus contratistas, se encuentren expuestos a riegos de tipo biológico, se DEBE implementar como mínimo las siguientes medidas:

Procedimientos de Identificación y evaluación de los riesgos.

Desarrollo de capacitaciones e inducciones, con énfasis en medida de auto cuidado, alimentación, uso de repelentes contra insectos, primeros auxilios.

Programas de inmunización y vacunación.

Uso de elementos de protección personal normalizados: Camisa de manga larga, calzado de seguridad y protección para la cabeza, con el fin de prevenir la picadura por insectos o mordedura de serpientes.

En caso de exposición a algún agente de tipo biológico, se brindará atención oportuna de acuerdo con lo establecido en el MEDEVAC (Documento de Plan de Emergencias y Contingencias “COL-HSEQ-DI-005”, y una vez superada la emergencia deberá proceder a reportar y registrar el incidente en la documentación establecida por la Coordinación HSEQ.

15.2 Estrés Térmico.

Generado por la exposición a altas temperaturas ambientales, las cuales pueden generar presión en el organismo de una persona. Existe un mayor riesgo de presentarse entre trabajadores que trabajan a la intemperie expuestos directamente al sol. El caso extremo conocido como insolación se presenta cuando el cuerpo no puede resistir el calor excesivo, en especial cuando el calor se combina con la alta humedad reduciendo los niveles de evaporación del sudor, lo que dificulta el enfriamiento natural del cuerpo. En estas condiciones puede elevarse la temperatura interna del cuerpo causando en ocasiones resultados graves, e incluso fatales. Las condiciones de riesgo incluyen: • Temperatura elevada del aire. • Humedad alta en el aire. • Desarrollo de actividad física. • Tiempo de descanso y recuperación entre los períodos de trabajo. • Condiciones de salud generales de la persona. Los tipos de insolación incluyen:

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• Quemaduras por el sol. • Alergia al calor. • Calambres por calor. • Agotamiento por calor. • Termoplejía. Para la el manejo del estrés térmico, los trabajadores y contratitas de PAREX DEBEN tener en cuenta las siguientes medidas en labores que impliquen exposición a temperaturas elevadas: 1. Se debe contar con procedimientos adecuados para el trabajo en condiciones de temperatura y

humedad elevadas, que consideren tiempos apropiados de actividad y descanso para permitir al cuerpo la recuperación de su temperatura normal.

2. Asimismo DEBE suministrarse vestimenta apropiada que permita una efectiva evaporación del sudor generado durante el desarrollo de las actividades, prefiriéndose el uso de fibras naturales.

3. En caso de exposición a altas temperaturas se debe estar atento a alguna de las señales de alerta:

Piel enrojecida o con manchas.

Señales de temperatura corporal elevada.

Confusión y desorientación.

Pérdida de la consciencia.

En casos extremos convulsiones. Para el manejo de situaciones de agotamiento por calor o insolación se contará con un procedimiento de atención de emergencias que incluya como mínimo las siguientes medidas:

Atención por parte de personal especializado, medico, enfermero(a), paramédico ò entrenado en primeros auxilios.

Transporte a un área fresca y ventilada.

Reducción de temperatura corporal, por medio de ventilación intensa o agua fría.

Hidratación y descanso. Posterior a la atención de la emergencia, el profesional responsable debe diligenciar el reporte respectivo del incidente (Reporte e Investigación de Incidentes / Accidentes “COL-HSEQ-FT-016”).

15.3 Inspección Radiográfica

En todos los casos en que se utilizan rayos X o equipos de rayos gama, el uso, almacenamiento, manipulación, transporte o disposición de sustancias radioactivas, los contratistas de PAREX deben cumplir con los estándares nacionales y con los procedimientos de HSE establecidos por PAREX, las actividades y riesgos asociados a dicha actividad son los siguientes:

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Tabla No. 5 Riesgos asociados a equipos de rayos x

Actividad / Fuente de Riesgo Consecuencias

Mal manejo, por ejemplo de fuente de radiación Error del operador Falla de control Fluido producido, fuente introducida Instrumentos con fuentes de radiación Ensamblaje incorrecto Fuente de fluido de trazamiento Falla en uso de EPP Falla en uso de dispositivos de alerta

Exposición Envenenamiento Daño ambiental Fatalidades

Los estándares de manejo para las inspecciones o uso de material radiográfico deben considerar como mínimo los siguientes aspectos:

Los procedimientos de manejo establecen que todo trabajo radiográfico será realizado bajo la

dirección de una persona competente, debidamente licenciada, responsable de la seguridad de

radiación en el área.

Asimismo el responsable persona debe suministrar las instrucciones pertinentes relacionadas con

los peligros de radiación y los lineamientos de trabajo seguro a todos los trabajadores en el área

durante las inducciones al trabajo.

Debe asegurarse que todas las personas que trabajen con equipos de radiación y materiales

radioactivos reciban la capacitación adecuada para el uso de todas las protecciones y los

procedimientos necesarios, asimismo debe suministrarse cualquier dispositivo o elemento de

protección requerido para su seguridad.

El responsable de la operación del equipo o fuentes debe estar presente en todo momento cuando

la fuente radioactiva se encuentre fuera del recipiente o cuando se utilice una cámara gama o

máquina de rayos x.

Los procedimientos establecen que durante una radiografía realizada con una máquina de rayos x o

con Fuentes radioactivas, se debe contar con avisos distintivos de advertencia, como por ejemplo

"PELIGRO – ÁREA DE RADIACIÓN". El área de peligro de radiación designada se debe determinar

mediante el uso de un medidor de radiación. Ningún personal no autorizado puede ingresar a

ninguna área en donde se encuentren avisos de advertencia de radiación.

Cuando no se encuentre en uso, el material radioactivo se debe almacenar en una cámara o

contenedor protegido bajo llave, el cual se marcará con una etiqueta que diga "PELIGRO –

MATERIAL RADIOACTIVO". Se debe pegar una placa en el contenedor que muestre el nombre del

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dueño y el tipo y cantidad máxima del material radioactivo. El contenedor de almacenamiento se

debe guardar en un cuarto de almacenamiento seguro.

Una vez finalizada la actividad se debe diligenciar y entregar al responsable de HSE la

documentación establecida por la Coordinación HSEQ, para el seguimiento a dicha actividad.

Para el transporte de materiales peligrosos ver instructivo “COL-HSEQ-IN-013”

15.4 Elementos de protección personal

Los Elementos de Protección Personal (EPP), tienen como función principal proteger diferentes partes del cuerpo, para evitar que un trabajador tenga contacto directo con factores de riesgo que le pueden ocasionar una lesión o enfermedad. Los EPP no evitan el accidente o el contacto con elementos agresivos pero ayudan a que la lesión sea menos grave. Los contratistas de PAREX DEBEN dotar a sus trabajadores de elementos de protección personal, según procedimientos normalizados, identificando sus necesidades particulares según los siguientes criterios:

Resultados de identificación de peligros y riesgos en la labor desempeñada.

Resultados de evaluaciones médicas ocupacionales.

Número de personas expuestas.

Resultados de estudios higiénicos en el sitio de trabajo. Los procedimientos normalizados asociados a elementos de protección personal considerarán la capacitación en el uso y mantenimiento a los mismos, la cual será desarrollada durante la inducción de los trabajadores al cargo. Adicionalmente el procedimiento incluye la periodicidad de revisión de los EPP suministrados, a fin de verificar sus condiciones, se dejará documentada la entrega de los EPP por parte de los contratistas. Se dejará registro escrito de la entrega de EPP al trabajador de PAREX, empleando para ello el formato Registro de entrega de elementos de protección personal y ropa de trabajo “COL-HSEQ-FT-006” Los Elementos de Protección Personal deben cumplir con las normas de calidad del Instituto Colombiano de Normas Técnicas - ICONTEC o Internacionales equivalentes. 15.5 ROPA DE TRABAJO El suministro de ropa de trabajo como elemento de seguridad está directamente relacionado con el número de días que labore cada uno de los trabajadores, dentro de la ejecución global del contrato.

Para un contrato cuya duración sea inferior a quince (15) días se deben entregar dos (2) camisas y un (1) pantalón o dos (2) overoles.

Para contratos con duración entre diez y seis (16) y sesenta (60) días dos (2) camisas y dos (2) pantalones o dos (2) overoles.

Contratos con duración mayor a sesenta (60) días se debe entregar dos (2) mudas al inicio del contrato, noventa (90) días después otra muda y así sucesivamente cada noventa (90) días.

Se deberá suministrar ropa para la temporada de lluvias.

Para el personal que realicen trabajos con electricidad se deben suministrar los EPP y ropa de trabajo que cumpla con las exigencias del Reglamento Técnico para Instalaciones Eléctricas - RETIE.

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16. MEDIO AMBIENTE

16.1 Orden y Aseo

Todos los trabajadores y contratistas de PAREX SON RESPONSABLES de mantener el orden y el aseo en los lugares de trabajo, a través de la eliminación de lo innecesario y clasificación de lo útil, acondicionando los medios para guardar y localizar el material fácilmente, evitando ensuciar y limpiando enseguida y promoviendo los comportamientos seguros. La aplicación de dichas medidas permitirá lograr:

Salud y eficiencia personal.

Seguridad y eficiencia del sistema productivo.

Reducción de los costos.

Conservación del medio ambiente. Los contratistas de PAREX DEBEN manejar procedimientos de orden y aseo que establezcan lineamientos para el desarrollo de las siguientes actividades:

Establecer los medios para almacenar los materiales y localizarlos fácilmente.

Definir espacios para una disposición correcta de residuos.

Mantenimiento periódico de infraestructura.

Control de escapes, derrames o goteras de fluidos y el aseo personal. El procedimiento y programas de orden y aseo asegurarán permanentemente el seguimiento a las condiciones, medidas y comportamientos de orden y aseo, de los trabajadores y contratistas de PAREX a través del uso de la documentación normalizada. 16.2 Aspectos ambientales significativos Los contratistas de PAREX son responsables de realizar la identificación y valoración de Aspectos Ambientales Significativos durante el desarrollo de sus actividades en campo o en las instalaciones de PAREX. Para tal fin emplearán procedimientos normalizados que abarquen las diferentes actividades ejecutadas, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Requisitos legales.

Magnitud de la influencia – Cantidad.

Peligrosidad: Nivel de Riesgo para la salud.

Frecuencia: Periodicidad de ocurrencia.

Consecuencia: Resultado obtenido de la adición de la valoración de cantidad, peligrosidad y frecuencia.

Probabilidad: Grado de certeza de que se presente el aspecto valorado. Los procedimientos para la identificación de impactos ambientales serán revisados periódicamente, cuando se presenten cambios en requisitos legales o reglamentarios, o cuando se presenten modificaciones o cambios en los equipos infraestructura e instalaciones, o cuando se hagan modificaciones a las políticas y directrices de la Compañía. Los resultados de la evaluación deben reportarse en documentación normalizada, establecida por la Coordinación de HSEQ.

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16.3 Listas de chequeo ambiental. Formato Lista de Chequeo y seguimiento de obligaciones y labores ambientales “COL-HSEQ-FT-031”

El seguimiento al desempeño de los proyectos desarrollados por parte de los contratistas de PAREX DEBE ser realizado a través de la implementación de listas de chequeo ambiental. La metodología para su elaboración y diligenciamiento se encuentra consignada en procedimientos normalizados, los cuales consideran como mínimo los siguientes aspectos:

Identificación del proyecto.

Responsable del proyecto.

Identificación de impactos sobre el ambiente considerando:

Afectación a cuerpos de agua.

Afectación al suelo: erosión, contaminación.

Generación de residuos.

Generación de efluentes.

Emisiones atmosféricas.

Afectación a flora y fauna.

Afectación de ecosistemas frágiles.

Afectación de áreas protegidas.

Alteración de habitas de importancia para la fauna.

Afectaciones sobre el paisaje.

Riesgos asociados a factores humanos o tecnológicos.

Generación de impactos sobre el medio socioeconómico y cultural.

Identificación de medidas de control: manejo de procesos ambientalmente apropiados, aplicación de estándares de operación, uso de equipos y sistemas de control ambiental.

Medidas e indicadores de desempeño.

Acciones en caso de desviación respecto a lo planeado. Durante la ejecución del proyecto serán desarrolladas dichas listas de chequeo, de acuerdo a los procedimientos: Identificación de Peligros, Valoración y Determinación de control del Riesgo”COL-HSEQ-PR-003”; Identificación de Aspectos, Valoración y Determinación de control de Impactos”COL-HSEQ-PR-007”; 16.4 Indicadores de desempeño ambiental. Formato “COL-HSEQ-FR-033”

Los indicadores de desempeño ambiental serán entre otros:

Galones de ACPM consumidos durante el mes que se está reportando.

Residuos aceitosos, industriales y domésticos, generados, almacenados y dispuestos correctamente. Durante el periodo que se reporta.

Barriles de agua potable usada en sus operaciones durante el periodo reportado.

Barriles de agua industrial usada en sus operaciones durante el periodo reportado.

17. RESPUESTA A EMERGENCIAS

17.1 Escenarios de emergencia

Para el desarrollo de los planes de acción y toma de decisiones el plan de contingencia ha considerado escenarios a los que cuales se requiere dar una respuesta detallada, dichos escenarios son los siguientes:

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Incendios y /o explosión.

Blow Out.

Derrame.

Orden Público.

Transporte Terrestre.

Emergencia Médica.

Daños a la infraestructura y facilidades (aplica para infraestructura comunitaria).

Para la atención de dichos escenarios se han considerado procedimientos operativos normalizados, los cuales definen responsabilidades y canales de comunicación, permitiendo establecer grupos organizados que atenderán de inmediato la emergencia que se llegue a presentar señalando los lineamientos de acción.

El principal objetivo de estos procedimientos es que las operaciones para la atención de la emergencia o contingencia que se lleguen a presentar en campo sean desarrolladas en forma ágil y efectiva por el personal de PAREX y / o contratistas encargados, con la participación activa, si fuese necesario, de entidades de apoyo externas, según lo establecido dentro de los Planes de Contingencias.

17.2 Procedimientos Operativos Normalizados (PON)

Para la atención de emergencias, los Planes de Contingencia establecidos por PAREX, consideran procedimientos normalizados con el propósito de atender éstas en forma eficaz, según las características de las mismas, definiendo los recursos disponibles para su manejo y control. Dichos procedimientos definen la secuencia para desarrollar las etapas de activación, notificación evaluación y determinación de los recursos necesarios para su atención, adicionalmente consideran los lineamientos básicos para la convocatoria y organización de los equipos de respuesta y los criterios a aplicar para desarrollar las operaciones de mitigación y pasar a la fase de remediación. Las etapas básicas definidas en los procedimientos para la respuesta a emergencias son las siguientes:

Detección de la emergencia.

Reporte.

Notificación.

Evaluación.

Activación.

Operación.

Control.

Finalización. Una vez terminada la emergencia, deberá reunirse al grupo de evaluación compuesto por las cabezas de cada uno de los grupos de atención, con el fin de evaluar en el área afectada los daños ocasionados por dicha emergencia. Finalmente los procedimientos consideran la elaboración de un reporte que será enviado a las oficinas centrales de PAREX, los cuales serán comunicados a la compañía de seguros o a las autoridades competentes.

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17.3 Plan de Respuesta ante Emergencia (ERP) MEDEVAC

El plan de Respuesta Médica es un sistema escalonado que activará diferentes niveles de respuesta y responsabilidad, dependiendo de la naturaleza y severidad de la Emergencia Médica. Para el manejo de este tipo de situaciones el Plan de Contingencias ha definido tres Niveles de Respuesta.

Tabla No. 6 Niveles de respuesta

Nivel 1: Casos leves o moderados

Nivel 2: Casos intermedios

Nivel 3: Casos Graves

Dicho plan se encuentra documentado según lo establecido por el Sistema HSEQ, el cual considera las diferentes fases de atención desde la identificación de la emergencia o accidente, hasta el seguimiento clínico al paciente y la elaboración de los informes y reportes respectivos. El objetivo del Plan de Respuesta Médica es:

Garantizar la atención oportuna del paciente/s que lo requiera.

Asegurar que todos los recursos estén disponibles para que los responsables de atender la emergencia puedan hacer uso de ellos en la forma más oportuna y eficiente.

Asegurar que todas las partes involucradas, son conscientes de sus responsabilidades previas, durante y después de una Emergencia y que seguirán los procedimientos establecidos.

Principios generales del Plan de Respuesta Médica

El transporte aéreo de pacientes tiene riesgos inherentes, por lo que debe tomarse las precauciones mínimas de seguridad atendiendo a las indicaciones médicas.

Toda lesión con riesgo potencial de vida o de invalidez / discapacidad para el trabajo, debe tenerse en consideración para activar el MEDEVAC, en forma oportuna.

Todo paciente evacuado como MEDEVAC a Bogotá u otras ciudades, debe ser trasladado en aero ambulancia al punto de destino, salvo que se especifique lo contrario y sólo se requiera Ambulancia de transporte. MEDEVAC “COL-HSEQ-FT-008”

17.4 Plan de Contingencia

Para el manejo de los diferentes escenarios de emergencia, PAREX cuenta con un Documento de Plan de Emergencias y Contingencias “COL-HSEQ-DI-005”, en el cual se documentan las medidas normalizadas para disminuir la gravedad de las consecuencias ante la ocurrencia de cualquiera de los eventos previstos, considerando que en algunos casos las medidas de prevención no son suficientes. El Plan de Contingencia abarca las siguientes actividades, establecidas por el Decreto 321 de 1999:

Análisis de Riesgos: Considera riesgos naturales, tecnológicos, sociopolíticos y culturales que puedan manifestarse durante el desarrollo de las actividades de perforación exploratoria.

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Plan Estratégico: Define los alcances del plan, cobertura geográfica, organización, asignación de responsabilidades y niveles de respuesta.

Plan Operativo: Se definen los mecanismos de notificación, organización, funcionamiento y apoyo, necesarios para la atención de emergencias.

Plan Informático: Se presentan los elementos con que cuenta el Plan de Contingencia, tales como: - Directorio de entidades de apoyo en campo. - Directorio de personal al interior de PAREX Formatos normalizados de reporte y notificación de

emergencias.

Ver documento de Plan de Emergencias y Contingencias “COL-HSEQ-DI-005”

18. CALIDAD

18.1 CONTROL DE DOCUMENTOS

Dentro del sistema de gestión HSEQ de PAREX, se cuenta con un procedimiento documentado que establece

el control a los documentos que hacen parte del sistema, este procedimiento denominado “Procedimiento

control de documentos y registros” COL- HSEQ-PR-001, incluye igualmente el control a los documentos de

origen externo como son, manuales, normas, etc. Y documentos internos como son Políticas, objetivos, y

reglamentos entre otros. Por medio de este procedimiento PAREX:

a) Establece un método claro para redactar un documento que describa la secuencia de elaboración, revisión y aprobación de un documento antes de la emisión a los directamente involucrados.

b) Permite que las personas involucradas con el procedimiento puedan reconocer con facilidad sus responsabilidades y actividades a realizar desprendidas de ellas.

c) Proporciona seguridad que los documentos que se realizan son redactados de manera clara e identificable como parte importante para que los servicios de PAREX cumplan con las exigencias de calidad.

d) Permite que los documentos emitidos se ubiquen en el respectivo puesto de trabajo, realizado por medio del “formato distribución de documentos” COL-HSEQ-FT-002 y si han sufrido cambios son actualizados.

e) Para la identificación y uso de los documentos que son validos en su momento se elabora un formato denominado “Formato listado maestro de documentos” COL-HSEQ-FT-003 el cual registra el estado actual de los documentos (versión actualizada) del sistema de gestión HSEQ, “Procedimientos”, “Instructivos”, “Formatos”, “Documentos Internos”, “Documentos externos”.

El contenido de los documentos de PAREX se orienta al cumplimiento de los requisitos del cliente, legales y de la organización; fundamentándose en la competencia del personal. 18.2 CONTROL DE REGISTROS En PAREX los registros que se manejan para evidenciar la conformidad con el Sistema de Gestión HSEQ y que se generan como resultado de un proceso. Son controlados por medio de un procedimiento documentado denominado “Procedimiento control de registros COL-HSEQ-PR-002”, con el cual se garantiza:

a) Que los registros tengan su nombre actual.

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b) Que la identificación corresponda a la codificación según el procedimiento para control de documentos.

c) El lugar de archivo, se establece en el formato Listado Maestro de Documentos y se realiza según la aplicación especificada en los flujogramas de procedimientos y para las actividades que requiera el correspondiente registro.

d) Tipo de protección dada al registro, es la manera como el responsable del cuidado del registro y archivo protege los registros ya sea en carpetas tipo presentación, fólder o A-Z, o en forma digital.

e) El modo de recuperación es la forma de recuperar la información que contiene cada registro, ya sea por fecha, consecutivo y versión actual y se describe en el formato Listado Maestro de Documentos.

f) El tiempo de retención y disposición del registro corresponde al tiempo que se tendrá en el lugar físico de archivo, si es por seis (6) meses, un (1) año, dos (2) años o más, según sea el caso, y la disposición que se le dará al registro después del tiempo estipulado (archivo activo, archivo muerto o eliminar).

18.3 SELECCIÓN Y EVALUACION DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

PAREX considera a los contratistas como parte de su cadena de valor y por lo tanto extiende a ellos el objetivo de mejora continua en el desempeño del cuidado del ambiente, en seguridad e higiene, así como los requisitos de calidad. Para ello ha diseñado el procedimiento de “Selección y Evaluación de Proveedores y Contratistas “COL-HSEQ-PR-008” en donde se selecciona al proveedor o contratista de acuerdo a unos estándares de calidad establecidos por PAREX y por medio del análisis de sus riesgos y aspectos que se puedan generar mientras realice la labor subcontratada; así mismo después de cada proyecto subcontratado y/o con una frecuencia anual los evalúa. Este procedimiento es comunicado a los contratistas y proveedores con el fin de asegurar su implementación.

19. ENTRENAMIENTO Y CONCIENTIZACION SOBRE HSEQ PAREX documenta las necesidades de inducción, capacitación y entrenamiento, con la finalidad de calificar el personal que participe de forma directa e indirecta dentro de la Compañía a través de la “Matriz de Capacitación y Entrenamiento COL-HSEQ-FT-005” Adicionalmente, define y hace cumplir las competencias de todo el personal en las tareas que puedan tener impacto en seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente. PAREX realiza la inducción al personal calificado y no calificado que preste sus servicios dentro de la Compañía.

La identificación de necesidades de capacitación debe incluir entre otras:

Política de HSEQ.

Normas y reglamentos de la contratista y de PAREX en HSEQ.

Requisitos legales en seguridad industrial, salud ocupacional y ambiente.

Riesgos inherentes en las actividades de seguridad, salud ocupacional y ambiente.

Mantenimiento y uso adecuado de los elementos de protección personal.

Importancia y funciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional.

Manejo y participación dentro del plan de emergencias.

Procedimientos operativos que puedan poner en peligro la integridad física de los trabajadores, el ambiente y las instalaciones del contratista y de PAREX.

Licencia ambiental, Medidas de Manejo Ambiental, PMA para las actividades desarrolladas, esta

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charla podrá ser dirigida por personal de PAREX o por el interventor de HSE en campo.

Nociones básicas en primeros auxilios y contraincendios, cuando aplique y especialmente para el personal de campo.

Manejo manual y mecánico de cargas, manejo de herramientas manuales, mecánicas y eléctricas, trabajos en alturas, manejo de sustancias peligrosas, para las personas que se dediquen a estas labores.

Manejo defensivo para el personal que se dedique a la labor de conducción. En los frentes de trabajo, las charlas pre – operacionales deben ser diarias y además de incluir temas de tipo operativo, se deben incluir temas de seguridad industrial, salud ocupacional y ambiente; en estas reuniones deben participar todos los trabajadores ya sean directos o subcontratados, personal directivo de campo. PAREX mantiene disponibles todos los registros que demuestren su gestión dentro del programa de inducción, capacitación y entrenamiento.