Mapa conceptual, tema 10

3
Mapa conceptual Vanessa Rojas C.I:22.306.376 Universidad Fermín Toro Vice-Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho

Transcript of Mapa conceptual, tema 10

Page 1: Mapa conceptual, tema 10

Mapa conceptual

Vanessa Rojas C.I:22.306.376

Universidad Fermín ToroVice-Rectorado AcadémicoFacultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela de Derecho

Page 2: Mapa conceptual, tema 10

Juramento.Es la afirmación que hace una persona ante el juez competente, para

asegurar la veracidad de algo .

Juramento decisorio.Juramento que una parte exige a la otra, en juicio o fuera de él, obligándose a aceptar lo jurado.

REQUISITOS.

1-Capacidad.2-

Consentimiento.

3-Objeto.4-

Cumplimiento de las

formalidades.

Características.Se

caracteriza por ser:

1-Personal.2-

Obligatorio.3-Indivisible.4-Definitivo.5-irrevocable

Inasistencia del citado.Si la parte citada no se

presenta en el día y horas fijados, se entenderá que

rehúsa prestar juramento, salvo que justifique el impedimento

art 424 c.p.cEL JURAMENTO

DIFERIDO DE OFICIO.

El art428 del c.p.c lo remite al código civil

venezolano.Art1.408.- El juramento

decisorio puede deferirse en toda especie de juicio

civil.Art 1.419 c.c

Art 420:El juramento puede deferirse en cualquier estado o grado de la causa, en toda especie de juicio civil, salvo disposiciones especiales .C.P.C

Page 3: Mapa conceptual, tema 10

Normativa legal.

El juramento deferido esta

regulado por los artículos 1.419, 1420 y 1421 del

código civil.422 del c.p.c y

art 40 del c.comEFECTOS

PROCESALES DEL

JURAMENTO.En el juramento

decisorio se busca demostrar los

hechos debatidos en el proceso judicial y los

efectos que este conlleva cuando el

litigante no asiste , rehúsa a contestar el acto,

o cuando responde

afirmativamente concluye la fase instructora del

proceso .El juez entrara en

términos para sentenciar sin escuchar los

informes de las partes

Para Borjas el juramento deferido de

oficio es de dos especies .

1- supletorio.2-Estimatorio.

Artículo 1.407.- El juramento es de dos especies:

1º El que una parte defiere a la otra para hacer depender de él la decisión del

juicio, y se llama decisorio. 2º El que defiere el Juez, de oficio, a una

u otra parte. 3º. Del Juramento Decisorio. Código civil