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  • 7/23/2019 Maquiladoras Sergio PEREZ

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    Precios de Transferencia y Maquiladoras:La experiencia mexicana.

    Sergio Luis Prez Cruz.Administrador de Precios de Transferencia, SAT.

    Buenos Aires, Abril 2013

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    En trminos generales se refiere al proceso de

    manufactura realizado por una empresa mediante elcual se transforman inventarios o componentes.

    En el caso particular de Mxico el programa de

    fomento a la maquila de exportacin establececondiciones especiales que se aplican cuando laproduccin final se destina al extranjero y cuando elinventario y maquinaria es propiedad del residente enel extranjero.

    En general se trata de un tratamiento diferenciadopara este tipo de empresas.

    Concepto de Maquila / Maquiladora

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    Surgen en los aos 60s.

    En su origen era un programa de importacin yexportacin libre de impuestos.

    Respuesta a una necesidad de abatir la desocupacinen la zona norte.

    Se aprovech la cercana con Estados Unidos y la

    mano de obra mexicana.

    Operaban como centros de costos y su utilidad eramnima (no haba un fin recaudatorio)

    Maquiladoras en Mxico

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    Evolucin de la legislacin mexicana en materia de precios detransferencia

    1992: Concepto incipiente de valor de mercado

    1994: Ingreso de Mxico a la OCDE

    En 1994 surge el artculo 4-Bis de la LISR que obliga a las empresas de laindustria maquiladora a cumplir con precios de transferencia.

    A partir de 1995, se revierte la tendencia de las maquilas de generarprdidas. Se introducen disposiciones administrativas para que lasmaquilas pacten sus servicios a valores de mercado (ya hay unaintencin recaudatoria).

    1995-1999: Reglas de precios de transferencia paramaquiladoras (APA s y Safe Harbor).

    En marzo de 1995 la SHCP se establecen reglas a la industriamaquiladora para cumplir con los precios de transferencia (Art. 64 y 64-

    A de la LISR y Regla Miscelnea 244):

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    Safe Harbor

    Que la utilidad fiscal sea de al menos 5% del valor de los activosutilizados en la actividad de maquila, considerando tanto los activospropios como los del residente en el extranjero. El contribuyenteelega esta opcin mediante la presentacin de un escrito libre el 30 deabril del ao siguiente al cierre del ejercicio.

    Cuando el contribuyente tuviera una utilidad fiscal menor al 5% delvalor de los activos utilizados en la actividad de maquila deberasolicitar un APA donde se confirme que cumple con precios detransferencia.

    En su momento, los APAs autorizaban una metodologa con unporcentaje de margen de utilidad considerando nicamente los costos

    y gastos incurridos en la actividad de maquila y tomando en cuentanicamente los activos nacionales.

    Evolucin de la legislacin mexicana en materia de precios detransferencia

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    En octubre de 1999 se celebr un acuerdo entre los EEUU y Mxico,el cual reconoce que debe existir un retorno adicional por los activosextranjeros utilizados en Mxico.

    Conforme a dicho acuerdo, las maquilas podan cumplir con precios

    de transferencia mediante cualquiera de las dos opciones siguientes: Safe harbor (reportar una utilidad fiscal del 6.9% sobre el

    valor total los activos, o del 6.5% sobre los costos y gastostotales, el resultado que fuera mayor) o

    APA (incluyendo activos nacionales y, ahora tambin, losactivos e inventarios extranjeros).

    MAQUILADORAS

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    MAQUILADORAS

    Al existir potencialmente un EP en las actividades de maquila, elacuerdo entre Mxico y Estados Unidos busc eliminarlo medianteel reconocimiento de un ingreso en Mxico que fuera equivalenteal pago por el servicio de maquila ms el ingreso atribuible al EP(enfoque de maquila ampliada).

    Por lo que hace a los porcentajes de 6.9% y de 6.5% del safe harbor,se obtuvieron de informacin fiscal de empresas independientes.

    Estos porcentajes constituan un promedio de lo observado en laindustria durante 1995-1998 en el sector manufacturero.

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    Las disposiciones anteriores tuvieron vigencia hasta 2002.

    El Artculo 216-Bis vigente de 2003 a la fecha, establece tresopciones para que las Maquiladoras cumplan con susobligaciones en materia de precios de transferencia y se

    considere que el residente en el extranjero no tiene unestablecimiento permanente en Mxico.

    Primera opcin: Estudio de precios de transferencia

    (con el mtodo apropiado) + el 1 % del valor neto enlibros del residente en el extranjero de la maquinaria yequipo que se utilice en la actividad de maquila.

    MAQUILADORAS

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    Segunda opcin: Aplicacin de las disposiciones deSafeharbor. La utilidad fiscal del contribuyente debeser, al menos, la cantidad mayor que resulte de aplicar:

    El 6.9% sobre el valor total de los activos utilizadosen la operacin de maquila durante el ejercicio fiscal.

    El 6.5% sobre el monto total de los costos y gastos deoperacin.

    Tercera opcin: Estudio de precios de transferencia conel mtodo MTUO en el que se considere la rentabilidadde la maquinaria y equipo propiedad del residente en elextranjero que sean utilizados en la operacin demaquila.

    MAQUILADORAS

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    Fuente: Administracin Central de Fiscalizacin de Precios de Transferencia, SAT.

    SAFE HARBORNmero de empresas que se apegaron al programa

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    Ao Empresas

    1995 805

    1996 8101997 842

    1998 846

    1999 879

    2000 1,436

    2001 1,342

    2002 1,321

    2003 765

    2004 715

    2005 740

    2006 755

    2007 787

    2008 717

    2009 750

    2010 584

    2011 611

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    CASO PRCTICO SAFE HARBOR

    Activos fijos propios: 3,482,244

    Maquinaria y equipo industrial 505,791

    Equipo de transporte(vehculos)

    353,320

    Mobiliario y equipo de oficina 153,821

    Equipo de cmputo 9,771Gastos de instalacin 958,768

    Mejoras a locales arrendados 1,500,770

    Activos fijos en consignacin 21,076,734

    Maquinaria y equipo 21,076,734

    Promedio de inventarios 7,328,941

    Inventarios en consignacin

    de materia prima

    7,328,941

    Activos financieros 1,435,009

    Total de activos 33,322,929

    Base 33,322,929

    6.9%

    Resultado fiscal estimado 2,299,282

    Costos y gastos 54,627,445

    Depreciacin y amortizacin contable 379,415

    Depreciacin fiscal 446,822

    Sueldos por pago a empleados extranjeros 3,316,181

    58,011,034

    Porcentaje 6.5%

    Resultado fiscal de acuerdo al 6.5% de

    costos y gastos

    3,770,717

    Resultado fiscal de acuerdo al 6.9% de activos

    utilizados en la operacin de maquila

    2,299,282

    Mayor de las dos 3,770,717

    Tasa 28%

    Impuesto determinado 1,055,801

    Determinacin de resultado fiscal de acuerdo al art. 216-bis LISR

    Valor de activos utilizados en la operacin de maquila

    Comparativo de acuerdo al art. 216-bis de la LISR

    Declaracin anual ejercicio fiscal 2010

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    En octubre de 2003 se public un Decreto mediante el cual se eximeparcialmente del impuesto sobre la renta a las empresasmaquiladoras que cumplan con lo dispuesto en el Artculo 216-BISde la LISR.

    El monto de la exencin se determina aplicando la fraccin II del

    Artculo 216-BIS de la LISR con los porcentajes en ella establecidos ycomparndolos, posteriormente, con el resultado de aplicar unporcentaje del 3% al total de costos y gastos o a los activos utilizadosen la actividad de maquila (el mayor). La diferencia ser el monto de

    la exencin de ISR contra el impuesto anual.

    Decreto de 2003

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    Decreto para el fomento de la Industria Manufacturera Maquiladora y de

    servicios de Exportacin (2007):

    I. Controladora de empresas, cuando en un mismo programa se integren lasoperaciones de manufactura de una empresa certificada denominadacontroladora y una o ms sociedades controladas;

    II. Industrial, cuando se realice un proceso industrial de elaboracin o

    transformacin de mercancas destinadas a la exportacin;III. Servicios, cuando se realicen servicios a mercancas de exportacin o se presten

    servicios de exportacin, nicamente para el desarrollo de las actividades quela Secretara determine, previa opinin de la Secretara de Hacienda y CrditoPblico;

    IV. Albergue, cuando una o varias empresas extranjeras le faciliten la tecnologa y

    el material productivo, sin que estas ltimas operen directamente el Programa,y;

    V. Terciarizacin, cuando una empresa certificada que no cuente coninstalaciones para realizar procesos productivos, realice las operaciones demanufactura a travs de terceros que registre en su Programa.

    INDUSTRIA MAQUILADORA (IMMEX)

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    INDUSTRIA MAQUILADORANmero de empresas

    Fuente: Estadstica de la Industria Maquiladora de Exportacin, (EIME). INEGI.

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    0500

    1,000

    1,500

    2,000

    2,500

    3,000

    3,500

    4,000

    1995

    1997

    1999

    2001

    2003

    2005

    2007

    2009

    2011

    2,130

    2,411

    2,717

    2,983

    3,297

    3,590 3,630

    3,003

    2,860

    2,810

    2,816

    2,810

    2,790

    2,8302,950

    3,0103,021

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    En Mxico, en aos anteriores, exista una mayora de solicitudes de APAs

    relacionados con la industria maquiladora.

    Actualmente la maquila representa menor porcentaje de las solicitudes resueltas.

    80.6%

    33.7%

    27.6%

    19.4%

    66.3%

    72.4%

    0.0%

    10.0%

    20.0%

    30.0%

    40.0%

    50.0%

    60.0%

    70.0%

    80.0%

    90.0%

    2004-2006 2007-2009 2010-2012

    Evolucin de los APAs

    % Maquila

    % No maquila

    Estadsticas respecto de APAs, BAPAs y MAPs

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    17%

    21%

    7%7%7%

    7%

    7%

    4%

    4%

    3%7%

    3%3%

    3%

    Sector EconmicoFARMACEUTICA

    AUTOMOTRIZ

    VARIOS

    COMUNICACI N (CALL CENTER)

    MENSAJER A Y PAQUETER A

    ALIMENTOS

    EMBALAJE Y EMPAQUES

    DEPARTAMENTAL

    HOGAR (DETERGENTES Y ASEO)

    TRANSPORTE Y LOGSTICA

    PAPELERA

    ELECTRNICA

    INDUSTRIAL (ENERGA, TRANSPORTE YHOGAR)

    JUGUETERA

    Se han resuelto solicitudes de acuerdos unilaterales y bilaterales de varios sectores.

    Estadsticas respecto de APAs, BAPAs y MAPs

    l l d

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    Aplicacin del Beneficio del Decreto

    Segmentacin de operaciones de maquila para exportacin y ventasnacionales

    Empresas de albergue.

    Atribucin de ingresos a Establecimientos Permanentes.

    Temas relevantes en Maquiladoras

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    GRACIAS!