Marco comparativo de la regulación de la tasa google:retos e interrogantes para el ecosistema...

16
MARCO COMPARATIVO DE LA REGULACIÓN DE LA TASA GOOGLE: RETOS E INTERROGANTES PARA EL ECOSISTEMA INFORMATIVO RAÚL MAGALLÓN ROSA GUADALUPE AGUADO GUADALUPE JOSÉ Mª SANMARTÍ ROSET UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

Transcript of Marco comparativo de la regulación de la tasa google:retos e interrogantes para el ecosistema...

MARCO COMPARATIVO DE LA REGULACIÓN DE LA TASA GOOGLE: RETOS E INTERROGANTES PARA EL ECOSISTEMA INFORMATIVO

RAÚL MAGALLÓN ROSA

GUADALUPE AGUADO GUADALUPE

JOSÉ Mª SANMARTÍ ROSET

UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

Objeto de estudio

�El propósito de esta investigación es analizar la regulación legal de la denominada Tasa Google partiendo de un análisis comparativo entre España, Francia, Alemania, Italia y Bélgica.

Objetivo

�El objetivo es aportar una reflexión sobre cuál debería ser el marco regulador adecuado a nivel internacional, puesto que Google Noticias cuenta con 70 ediciones internacionales en 35 idiomas.

Metodología

� Se han examinado las diferentes disposiciones nacionales, así como la repercusión que las mismas han tenido en Google y en otros agregadores.

� Se ha considerado la postura por parte de los editores, en cuanto a consenso y capacidad de negociación.

� Se ha realizado un seguimiento de los enfrentamientos entre Google y editores y el papel de los diferentes estados.

Situación de partida

� La crisis estructural que viene sufriendo el sector de la prensa a escala internacional, unida a la crisis económica, especialmente acentuada desde el año 2007, y a la pérdida de difusión, han llevado a los editores a demandar la intervención de los Estados para organizar el rescate del sector.

Bélgica: los primeros enfrentamientos con Google

� Constantes enfrentamientos desde 2006.

� En 2012 acuerdo por el que Google no pagaría a la prensa belga por enlazar sus contenidos, pero sí se establecía un marco de colaboración.

� Google acordó anunciar sus servicios en los medios belgas, en tanto que los editores se aprovecharían de las posibilidades que ofrece el buscador para anunciarse.

Alemania: Canon y consentimiento por escrito

� Desde 2012 se establece un canon por mostrar contenidos de otros medios.

� Quedan excluidos de dicho pago los internautas particulares y los blogueros, de manera que la medida afecta únicamente a las grandes empresas.

� Los editores pueden dar el consentimiento escrito al buscador para el uso de contenidos, de manera que éste evita el pago.

Italia: presión sobre la publicidad en Internet

� En 2013 se pensó en obligar a las firmas que se anunciaran en Internet en Italia a hacerlo sólo a través de agencias con presencia fiscal en dicho país.

� No salió adelante. Se consideró que atacaba los principios rectores de la Unión Europea, en lo que respecta a la libertad de movimiento de personas, de productos, de servicios y de capitales.

Francia: el papel del Estado en el reparto del fondo

� 2013.“Fondo Google” de 60 millones de euros para la innovación digital.

� No por enlazar contenidos ni por utilizarlos.

� Financiación de proyectos destinados a aumentar la audiencia, primando la innovación, el plan de negocio, el impacto potencial, las nuevas ofertas para los lectores y la producción original de contenidos editoriales y periodísticos.

España: imposición por la Ley de Propiedad Intelectual

� Sin acuerdo previo. Regulación por ley en 2014.

� La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de

fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión

pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de

derechos a percibir una compensación equitativa. Este

derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las

entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

España: Ley de Propiedad Intelectual

� Cierre o emigración a otros países de los agregadoresde contenidos como Google News o Menéame.

� Refuerza el control administrativo de Internet en España.

� Ha venido acompañada por reformas de la Ley de Seguridad Ciudadana (conocida como Ley Mordaza), del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que limitan seriamente los derechos de libertad de información.

Nuevo acuerdo Google y editores europeos

� Alianza para fomentar el periodismo de alta calidad en Europa a través de la tecnología y la innovación.

� Desarrollo de productos.

� Apoyo a la innovación.

� Formación e Investigación

� Financiación de estudios sobre el entorno de los medios.

Participantes en el acuerdo

� España: El País, Unidad Editorial, Vocento, Grupo Godó, Grupo 20minutos, El Confidencial

� Reino Unido: The Guardian y The Financial Times

� Francia: Les Echos

� Holanda: NRC Media

� Italia: La Stampa

� Alemania: Die Zeit

� Organizaciones periodísticas:

� The European Journalism Centre (EJC)

� The Global Editors Network (GEN)

� The International News Media Association (INMA)

Observaciones

� Necesidad de un replanteamiento del marco regulador a escala internacional ante la disparidad de criterios.

� Excesivo intervencionismo del Estado ante la incapacidad de negociación entre las partes.

� Los datos llevan a plantear ciertos interrogantes sobre la viabilidad de las acciones adoptadas por el poder regulador.

Conclusiones

� Las diversas regulaciones nacionales son muy dispares entre sí. Todas aquellas en las que se ha establecido una tasa por la difusión de contenidos editoriales a los buscadores han fracasado.

� En todos estos casos –menos formalmente en el caso español- siempre se han buscado otras soluciones alternativas que han desembocado en nuevas negociaciones entre editores y Google alejadas del simple pago de tasas.

Conclusiones

� El modelo francés ha sido el referente para el último acuerdo a nivel internacional entre Google y editores de España, Francia, Alemania, Holanda, Italia y Reino Unido.

� Este último acuerdo y la falta de viabilidad en las diferentes regulaciones nacionales lleva a plantearse la idoneidad de que las negociaciones en este ámbito sean de carácter internacional, de manera que se establezca un marco común de referencia.