Marco Histórico de La Medicina Laboral Cuadro Comparativo

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ARGENTINA COLOMBIA INGLATERRA ALEMANIA La Argentina fue uno de los primeros países en legislar sobre salud laboral. Sin embargo en la actualidad las normas no son respetadas por empleadores públicos ni privados. En 1914 la ley 9688 definía algunas de las enfermedades que debían ser indemnizadas por el empleador, sentaba bases que definieron al empleador como responsable de la salud de aquellos que empleaba en lo referido al trabajo encomendado. Sesenta años más tarde se promulgó la ley 19587 de Higiene y Seguridad para todos los lugares de trabajo. Esta ley se destaca en la protección de la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los Los conceptos ligados a la protección del trabajador frente a los peligros y riegos laborales y la legislación correspondiente, fueron aspectos prácticamente desconocidos en Colombia hasta el inicio del siglo XX. En 1904, Rafael Uribe trata específicamente el tema de seguridad en el trabajo en lo que posteriormente se convierte en la Ley 57 de 1915 conocida como la “ley Uribe” sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales y que se convierte en la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en el país. El retraso en el establecimiento de normatividad en pro de la La Medicina del Trabajo está organizada sobre una base de voluntariedad. No tienen ninguna Ley ni Reglamento que imponga ni la presencia de un médico del Trabajo en la empresa, ni examen médico previo al contrato de trabajo, ni vigilancia médica periódica. El empresario tiene obligación de resultados, es decir, puede organizarse como quiera, pero con el deber de que las condiciones de trabajo no perjudiquen la salud de sus trabajadores. Por ello la Medicina del Trabajo está constituida según fórmulas variables, dictadas esencialmente por consideraciones económicas. Puede ser practicada por La Ley de 1973 sobre la Seguridad en el trabajo obliga al empresario a nombrar por escrito la nominación del médico, con el acuerdo del Comité de Empresa, el cual tiene también que dar su conformidad en caso de aumento o reducción de las funciones del médico del Trabajo. El médico puede ser un asalariado de la empresa, a tiempo parcial, o completo y por tanto estar sujeto a un contrato de trabajo, pero también puede tener sólo un contrato de prestación de servicios. El tiempo “médico” dedicado a cada trabajador varía entre 15 minutos a 2 horas al año, según el sector de actividad y el número de asalariados de cada empresa.

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ARGENTINA COLOMBIA INGLATERRA ALEMANIA

La Argentina fue uno de los primeros países en legislar sobre salud laboral. Sin embargo en la actualidad las normas no son respetadas por empleadores públicos ni privados. En 1914 la ley 9688 definía algunas de las enfermedades que debían ser indemnizadas por el empleador, sentaba bases que definieron al empleador como responsable de la salud de aquellos que empleaba en lo referido al trabajo encomendado. Sesenta años más tarde se promulgó la ley 19587 de Higiene y Seguridad para todos los lugares de trabajo. Esta ley se destaca en la protección de la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores; prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos, estimular y desarrollar la prevención de accidentes o enfermedades deri-vados de la actividad laboral. Los principios que orientan esta ley incluyen la creación de Servicios de Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo (preventiva y asistencial), determinación de medidas mínimas de seguridad, Estadística, etc., y la reglamentación de los siguientes

Los conceptos ligados a la protección del trabajador frente a los peligros y riegos laborales y la legislación correspondiente, fueron aspectos prácticamente desconocidos en Colombia hasta el inicio del siglo XX. En 1904, Rafael Uribe trata específicamente el tema de seguridad en el trabajo en lo que posteriormente se convierte en la Ley 57 de 1915 conocida como la “ley Uribe” sobre accidentalidadlaboral y enfermedades profesionales y que se convierte en la primera ley relacionada con el tema de salud ocupacional en el país.El retraso en el establecimiento de normatividad en pro de la seguridad de los trabajadores se debió en gran medida a los sistemas de producción existentes,basados en la explotación de mano de obra barata y en una muy precaria mecanización de los procesos. Y esto unido a una visión política restringida acerca delpapel de los trabajadores, sus derechos y deberes.Después de esta ley siguieron otras que buscaron fortalecer la protección de lostrabajadores frente a los peligros y

La Medicina del Trabajo está organizada sobre una base de voluntariedad. No tienenninguna Ley ni Reglamento que imponga ni la presencia de un médico del Trabajo en laempresa, ni examen médico previo al contrato de trabajo, ni vigilancia médica periódica.El empresario tiene obligación de resultados, es decir, puede organizarse como quiera, perocon el deber de que las condiciones de trabajo no perjudiquen la salud de sus trabajadores.Por ello la Medicina del Trabajo está constituida según fórmulas variables, dictadas esencialmente por consideraciones económicas.Puede ser practicada por enfermeras especializadas, por médicos de familia o pormédicos especialistas en Medicina del Trabajo, especialidad oficialmente reconocida solamentedesde 1978.La Ley del 26 de agosto de 1992 relativa a la gestión de la salud y de la seguridad en el trabajo dice: “el empresario debe procurar a susasalariados una vigilancia médica adecuada, teniendo en cuenta los riesgos para la salud y la seguridad

La Ley de 1973 sobre la Seguridad en el trabajo obliga al empresario a nombrar por escrito la nominación del médico, con el acuerdo del Comité de Empresa, el cual tienetambién que dar su conformidad en caso de aumento o reducción de las funciones del médico del Trabajo.El médico puede ser un asalariado de la empresa, a tiempo parcial, o completo y por tanto estar sujeto a un contrato de trabajo, pero también puede tener sólo un contrato de prestación de servicios. El tiempo“médico” dedicado a cada trabajador varía entre 15 minutos a 2 horas al año, según el sector de actividad y el número de asalariados de cada empresa.Las empresas grandes tienen un servicio de salud en el trabajo autónomo o propio, dondeel médico está empleado a tiempo completo.Las empresas medianas utilizan generalmente los Servicios de un centro interempresas.Aquellas empresas que tienen menos necesidades tienen la posibilidad de recurrir a unmédico del Trabajo que ejerza su profesión de manera privada; estos

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capitales: características constructivas de los establecimientos, condiciones de higiene en los ambientes laborales (máquinas, herramientas, etc.), protección personal del trabajador. El cumplimiento es obligatorio para todos los empleadores y para todos los trabajadores del área de la salud, es un derecho a exigir su cumplimiento. Estado Actual De La Legislación En La Argentina: 

En 1996 entró en vigencia la Ley de Riesgo de Trabajo 24557 que plantea entre sus objetivos: a) reducir los siniestros laborales a través de la prevención de riesgos derivados del trabajo. b) reparar daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales incluyendo la rehabilitación del damnificado. c) promover la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados. Crea la obligación del empleador de asegurarse a una A.R.T. Fija la obligación del empleador de cumplir con la ley 19587. Define como contingencias cubiertas por la ley a los accidentes de trabajo, accidentes in itinere y enfermedades profesionales (creando un listado). Si el empleado

riesgos de su trabajo y que tuvieron trascendencia en el futuro de la salud ocupacional en Colombia: la Ley 46 de 1918, que dictaminabamedidas de Higiene y Sanidad para empleados y empleadores, la Ley 37 de 1921, que establecía un seguro de vida colectivo para empleados, la Ley 10 de 1934, donde se reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral, la Ley 96 de 1938, creación de la entidad hoy conocida como Ministerio de la Protección Social, la Ley 44 de 1939, creación del Seguro Obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo y el Decreto 2350 de 1944, que promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación deproteger a los trabajadores en su trabajo.Pero es en el año 1945 cuando se cementan las bases de la salud ocupacional en Colombia, al ser aprobada la Ley 6 (Ley General del Trabajo) por la cual sepromulgaban disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo. A dicha ley se le hicieron algunas enmiendas con los decretos 1600 y 1848 del año 19451.

que ha identificado en la evaluaciónde riesgos”.Los Servicios de salud en el trabajo existen, a pesar de ser voluntarios y deben responder a la doble exigencia de rentabilidad y calidad,pues el empresario que busca una protección al menor coste no duda en cambiar de servicio si no está satisfecho.El empresario puede recurrir a enfermeras especializadas en salud en el trabajo, las cualespueden ser asalariadas o ejercer de manera privada, reagrupándose con otras enfermeras.Su función es la de realizar una primera selección y derivar los casos más serios hacia un médico de familia. El empresario puede también llegar a un acuerdo con un médico general para que realicefunciones de Medicina del Trabajo durante un periodo determinado o a intervalos regulares. Sin embargo, en las grandes empresas se encuentran Servicios de saludautónomos con equipos médicos compuestos por enfermeras fundamentalmente especializadas,médicos de familia o médicos especialistas en Medicina del Trabajo.Las empresas de mediano tamaño utilizan más las prestaciones que ofrecen los servicios interempresas de Medicina del Trabajo; estos son

médicos tienen mucha competitividad de mercado, por lo que para evitar que bajen precios a costa de la calidad de la prestación de sus servicios aunque existenunos dispositivos de control de calidad elaborados por la Asociación Alemana deMédicos del Trabajo.Aunque depende directamente del empresario, el médico del Trabajo conserva toda su independencia en el plan médico y técnico.Está sujeto al secreto profesional, especificando la Ley de 1973 que no obedecerán más quea su sola conciencia y observarán las reglas del secreto médico. Hay 2 niveles de cualificación:Médico especialista en Medicina del Trabajo:necesita 4 años de estudios después del doctorado en Medicina, que se obtiene tras los 6 años de carrera; consta de:

una formación suplementaria en Medicina Interna, de 24 meses, de los cuales 12 se realizan en un hospital

21 meses de prácticas en Medicina del Trabajo.

3 meses teóricos en Medicina del Trabajo

Médico de empresa: 3 años de estudios despuésdel doctorado en medicina

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sufriese alguna contingencia debe recibir prestaciones de: a) En especies: médico-farma-céuticas, prótesis y ortopedia, rehabilitación y recalificación laboral. b) Dinerarias: salarios, indemnización por incapacidad. En la ciudad de Buenos Aires los trabajadores de la salud carecen de cobertura específica frente a los riesgos del trabajo. No se conoce la existencia de servicios de Salud laboral en los términos de la ley 19587 o convenio 161 de la OIT. Tampoco se tiene noticias de medidas tendientes a promover y proteger la salud de los trabajadores (vigilancia de la salud, vigilancia del medio ambiente de trabajo, educación para la salud, etc.) en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires. La ley no está exenta de críticas o cuestionamientos, pero no obstante ellos, su incumplimiento por parte del empleador es fuente de inequidades. Si un trabajador de la salud de la ciudad de Buenos Aires sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional, deberá procurar asistencia por los medios a su alcance ya que no obtendrá las prestaciones definidas por esta ley brindadas por el empleador, toda vez que éste a la fecha no haya regularizado su situación, si bien estas cuestiones se encuentran

Los años siguientes son de gran movimiento en el ámbito de salud ocupacional en Colombia, porque en 1946 con la Ley 90 se crea el Instituto de Seguros Sociales, conel objetivo de prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos. En 1948, mediante el Acto Legislativo No.77, se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y posteriormente, con el Decreto 3767 de 1949, se establecenpolíticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo. Estas estructuras surgieron como compensación a una situación de desamparo de lostrabajadores por parte de empresas privadas y públicas, en donde no se daba pleno cumplimiento al pago de las llamadas prestaciones patronales, asociadas a unamentalidad caritativa católica.Los temas relacionados con la salud ocupacional en Colombia han tomado especial relevancia en los sectores industriales, sociales, culturales, económicos y legales,especialmente en los últimos 30 años. Este progreso es paralelo al desarrollo a nivel global de una mayor conciencia sobre la obligación de los estados en la protección de los trabajadores como garantía de progreso de la sociedad y sobre el rol

organismos privados sin ánimo de lucro, constituidos unas veces por asociaciones de médicos independientes o, en otras, por centros médicos pertenecientes a seguros médicos privados.El empresario tiene la posibilidad de pedir al médico del Trabajo las historia médicas de losasalariados, de los antiguos trabajadores, o de los candidatos a puestos de trabajo (Ley 1988) previo consentimiento del interesado. El médico del Trabajo puede negarse a dar esta información si considera que perjudica al trabajador, a un tercero o que contiene informaciónconfidencial; sin embargo, dada lasituación de libre mercado y capacidad del empresario para rescindir los servicios médicos,en la realidad ocurre que ciertos médicos, para mantener buenas relaciones comerciales realizan despistajes de toxicomanías, alcoholemias y SIDA, a petición del empresario y les trasmiten directamente los resultados sin que los trabajadores sean informados.La Comisión de Salud y Seguridad. Es laencargada de aconsejar al Gobierno y de hacer avanzar la Reglamentación en materia de Salud y Seguridad, sobre todo con la elaboración de códigos de

24 meses de actividad clínica, con al menos 12 meses en Medicina Interna

9 meses de prácticas en un servicio de Medicina del Trabajo

3 meses de enseñanzas teóricas en Medicina del Trabajo

Médicos inspectores de trabajo. Funcionarios de los Landers, encargados de controlar la aplicación de la Reglamentaciónen Medicina del Trabajo

Los inspectores de las asociaciones profesionales. Estos trabajan en colaboración

con los inspectores de trabajo, los

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definidas en la ley básica de salud y en la recientemente promulgada "Ley de Empleo Público". 

LEY 19587: Higiene y seguridad del trabajo del 21 de Abril de 1972. Esta ley consta de 13 artículos, entre los cuales se destacan los siguientes puntos de algunos de ellos: 

Art.4: La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por objeto: a) proteger la vida, preservar y mantener la integridad psico-física de los trabajadores; b) prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo; c) estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfer-medades que puedan derivarse de la actividad laboral. 

Art.5: Habla de principios básicos y métodos de ejecución: a) creación de servicios de higiene y seguridad en el trabajo, y de la medicina del trabajo de carácter preventivo y asistencial. b) institucionalización gradual de un sistema de reglamentaciones,

desempeñado por los trabajadores en el logro de los objetivos y metas de las empresas. Así, el estado colombiano ha venido actualizando su legislación siguiendo modelos europeos, particularmente el alemán y el británico, y especialmente a partir de conceptos modernos de concepción del riesgo ocupacional y los elementos fundamentales de prevención y control. La Ley 9 de 1979 fue la primera aproximaciónreal del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que “la salud de los trabajadores es una condición indispensable para eldesarrollo socioeconómico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en la que participarán el gobierno y los particulares” 3.A partir de esta nueva concepción, se han producido importantes cambios, no sólo a nivel teórico-legal, sino en el comportamiento de empresas y trabajadores, los cualesse ven reflejados en acciones más consecuentes con el objetivo de lograr una mejor calidad de vida para la población trabajadora de Colombia.Con relación a las normativas, las regulaciones en salud ocupacional en Colombia se pueden agrupar en tres categorías principales (Tabla

conducta, los cuales prevén una vigilancia médica especial enmuchos campos: sustancias peligrosas, plomo, amianto, radiaciones ionizantes.! El ejecutivo de Salud y Seguridad.Vigila el cumplimiento de la Reglamentación,gracias a su servicio consultivo deMedicina del Trabajo y de sus inspectoresde higiene y seguridad:1) Servicio Consultivo de Medicinadel Trabajo (EMAS). Este servicio que forma parte del ejecutivo de salud y seguridad se compone de aproximadamente 40 médicos y 60 enfermeras especializadas en Medicina del Trabajo.Su misión es informar y aconsejar en materia de salud y de empleo al Gobierno, organizaciones de empresarios, sindicatos y profesionales de la salud laboral.También realizan investigacionessobre enfermedades profesionales y aseguran la vigilancia médica de trabajadores expuestos a ciertos riesgos como el plomo, amianto y radiaciones.2) Inspectores de Higiene y Seguridad.Dotados de grandes poderes tienencomo misión el control de la correcta aplicación de la

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generales o particulares, aten-diendo a condiciones ambientales o factores ecológicos y a la incidencia de las áreas o factores de riesgo. c) distinción a todos los efectos de esta ley entre actividades normales, penosas, riesgosas o determi-nantes de vejez o agotamientos prematuros y/o a las desarrolladas en lugares o ambientes insalubres. d) normatización de los términos utilizados en higiene y seguridad, estableciéndose definiciones concretas y uniformes para la clasificación de los accidentes, lesiones y enfermedades del trabajo. e) investigación de los factores determinantes de los accidentes de trabajo, especialmente de los físicos, fisiológicos y sociológicos. f) estudio y adopción de medidas para proteger la salud y la vida del trabajador en el ámbito de sus ocupaciones, especialmente en los que atañe a los servicios prestados en tareas penosas, riesgosas, o agotamientos prematuros y/o desarrolladas en lugares o ambientes insalubres. g) aplicación de técnicas de corrección de los ambientes de trabajo en los casos en que los niveles de los elementos agresores, nocivos para la salud, sean permanentes durante la jornada de labor. 

1): a) regulaciones sobre laprotección y conservación de la salud de los trabajadores; b) regulaciones de ambientes de trabajo; y c) regulaciones de creación de entes de control y regulación.A través de la Ley 100 de 1993 y del Decreto Ley 1295 de 1994 se creó el SistemaGeneral de Riesgos Profesionales, el cual estableció un modelo de aseguramiento privado de los riesgos ocupacionales y cuyo principal objetivo fue la creación ypromoción de una cultura de prevención en accidentes de trabajo y enfermedadesprofesionales. Antes de entrar en vigencia dicha ley, se disponía de un sistema enfocado hacia la reparación de daños más que en la prevención, de forma que sehacía énfasis en los modelos de atención médica (es decir, diagnóstico y tratamiento),pensiones por incapacidad, e indemnizaciones, entre otras. Estas funciones eran prestadas por el Instituto Seguro Social (ISS), una entidad estatal, único organismoautorizado para estos servicios.Bajo el nuevo sistema, nacen las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), las cuales se encargan de realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación

reglamentación; estosinspectores no controlan a los médicos del trabajo sino a los empresarios, paraver si cumplen con sus obligaciones en el campo de la salud y seguridad.

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h) participación en todos los programas de higiene y seguridad de las instituciones especializadas, públicas y privadas, y de las asociaciones profe-sionales de empleadores y de trabajadores con personería gremial. i) realización de exámenes médicos pre-ocupa-cionales y periódicos, de acuerdo a las normas que se establezcan. Art.9: Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, son también obligaciones del empleador: a) disponer el examen pre-ocupacional y revisión médica periódica del personal, registrando sus resultados en el respectivo legajo de salud. b) mantener en buen estado de conservación, utilización, funcionamiento, instalaciones y útiles de trabajo. c) promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo. d) denunciar accidentes y enfermedades del trabajo. 

Art.10: Sin perjuicio de lo que determinen los reglamentos, el trabajor estará obligado a: a) cumplir con las normas de higiene y seguridad y con las recomendaciones que se formulen referentes a las obligaciones de uso,

de riegos profesionales, al igual que la prestación de servicios de salud y pago de prestaciones económicas a sus afiliados. La atención médica es usualmente subcontratada a instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) que, junto con las entidades promotoras de salud (EPS) son, en algunos casos, unidades de negocio de una misma entidad.Con relación a las enfermedades profesionales, el Ministerio de Protección Social expidió el Decreto 2566 de 2009, en el cual se actualizó la lista de enfermedadesprofesionales a efectos de complementar lo definido en el Sistema General de RiesgosProfesionales en cuanto a protección de los trabajadores contra los riesgos ocupacionales. En este decreto, se relacionan 42 enfermedades profesionales, todas ellas reconocidas por la OIT, OMS y otros organismos multilaterales, y con una clara relación causa-efecto. Igualmente, establece los criterios para la inclusión de nuevasenfermedades en las cuales se demuestre la causalidad con factores de riesgo ocupacional.Ya en el año 2008, el Decreto 2646 pretende dar una respuesta para el manejo de los riesgos psicosociales y el estrés a los que se ven expuestos los trabajadores.

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conservación y cuidado del equipo de protección personal, maquinarias y procesos de trabajo. b) someterse a exámenes médicos preventivos o periódicos y cumplir con las prescripciones e indicaciones que a tal efecto se le formulen. c) colaborar con la organización de programas de formación y educación en materia de higiene y seguridad y asistir a los cursos que se dicten durante las horas de labor. 

LEY 24557: Riesgos del Trabajo, con modi-ficaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1278/00, sancionada en 1995 y promulgada el mismo año. Dentro de sus artículos se destacan los siguientes CAPÍTULOS: 

Objetivos Y Ámbito De Aplicación De La Ley: reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado; promover la recalificación y re-colocación de los trabajadores damnificados; promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las

Igualmente, la Ley 1010, haciendo alusión al acoso laboral, protege a los trabajadores contra esta práctica en el interior de las empresas.

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medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras. Los empleadores podrán auto-asegurar los riesgos del trabajo definidos en esta ley o asegurarse en una A.R.T de su libre elección según la reglamentación de contrato con los trabajadores. 

Prevención De Los Riesgos Del Trabajo: habla de obligaciones de las partes; los empleadores y trabajadores comprendidos en el ámbito de esta ley así como las A.R.T están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo, dichas partes deberán asumir compromisos completos de cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo. 

Contingencias y Situaciones Cubiertas: se refiere al accidente de trabajo en sus características de lugar, ocasión o el hecho. Tam-bién habla de incapacidad laboral temporaria, in-capacidad laboral permanente y de la evaluación de las incapacidades dentro del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y de la Ley de Riesgo de Trabajo. 

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