Medicina Forense

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MEDICINA FORENSE. Competencia para asistir a Juicio. Este se enfoca basicamente a el estado mental del acusado en el momento de asistir al juicio, es decir la manera de actuar, el entorno que lo rodea, los cambios que ha existido en desde el momento en que se realizo el delito, ademas de la evaluacion que se realiza desde diferentes medios: como psicologos, trabajadoras sociales para ir determinando tambien el nivel de peligrosidad del delincuente porque en base a esto se puede determinar el nivel de seguridad que se le debe proporcionar para poder llevarlo ante el tribunal correspondiente. Este momento no tiene nada que ver con el momento en que se realizo el delito pues por las cirscunstancias que se vieron el ese momento varian pues en el caso de un crimen pasional el estado del sujeto activo no es igual en el momento del arranque de ira a del dia siguiente pues tambien se podria dar que el delincuente tenga o no alguna enfermedad que se presente en todo momento o sea que solo se de por lapsos como momentos de esquizofrenia u otros que se dan momentaneamente. Articulo No. 9 del Codigo Civil: Incapacidad. En nuestra legislacion se da mayormente con las personas mayores de edad que por causa de enfermedad o algun accidente grave , imprudencia u otro factor no puede actuar por nombre propio y necesita de la ayuda de un encargado para poder hacer uso de sus bienes y derechos, que nuestra legislacion reconoce primordialmente como el Estado de Interdiccion que se da cuando la persona no tiene la aptitud para realizar sus derechos. Existe de dos tipos la absoluta y la relativa

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MEDICINA FORENSE.

Competencia para asistir a Juicio.Este se enfoca basicamente a el estado mental del acusado en el momento de asistir al juicio, es decir la manera de actuar, el entorno que lo rodea, los cambios que ha existido en desde el momento en que se realizo el delito, ademas de la evaluacion que se realiza desde diferentes medios: como psicologos, trabajadoras sociales para ir determinando tambien el nivel de peligrosidad del delincuente porque en base a esto se puede determinar el nivel de seguridad que se le debe proporcionar para poder llevarlo ante el tribunal correspondiente. Este momento no tiene nada que ver con el momento en que se realizo el delito pues por las cirscunstancias que se vieron el ese momento varian pues en el caso de un crimen pasional el estado del sujeto activo no es igual en el momento del arranque de ira a del dia siguiente pues tambien se podria dar que el delincuente tenga o no alguna enfermedad que se presente en todo momento o sea que solo se de por lapsos como momentos de esquizofrenia u otros que se dan momentaneamente.

Articulo No. 9 del Codigo Civil: Incapacidad.En nuestra legislacion se da mayormente con las personas mayores de edad que por causa de enfermedad o algun accidente grave , imprudencia u otro factor no puede actuar por nombre propio y necesita de la ayuda de un encargado para poder hacer uso de sus bienes y derechos, que nuestra legislacion reconoce primordialmente como el Estado de Interdiccion que se da cuando la persona no tiene la aptitud para realizar sus derechos. Existe de dos tipos la absoluta y la relativa la primera se da cuando aquellos que sufren de alguna enfermedad que no le permite ejercer sus derechos y la relativa que se da cuando que son todos aquellos que no han llegado a la mayoria de edad a la persona que se encarga de ejercer los derechos de la persona declarada en estado de interdiccion se le llama tutor. Declaratoria de incpacidad. Art. 406 del Codigo Procesal Civil y Mercantil.el CPCyM especifica que la manera de decrararla en los casos de enfermedad, mental, congenita o adquirida, en este caso de las personas que nacen con algun tipo de enfermedad por herencia o por alguna mal formacion durante el embarazo por diferentes cirscunstancias, o la aquirida que en la mayoria de los casos se da en accidentes de tipo automovilistico, laborales o por el uso indebido de alguna substancia como venenos que se utilizaran para un intento de suicidio y que resulta de ello que algunas funciones del cerebro se vean afectadas . tambien por estados de abuso de bebidas alcoholicas o estupefacientes pues puede ser que algunos de los actos realizados bajo estos efectos resultaren daando a la familia en su conjunto, como la venta de algun terreno en estado que quedaria sin efecto pues esta persona no contaria con la capacidad para realizarlo o que matare a alguien bajo los efectos de algun estupefaciente siempre y cuando estos dos tipos de vicios sean recurrentes en el tiempo, tambien se deben de declarar bajo este estado quienes sugren de sordomudez congenita y grave o la ceguera iugalmente congenita o adquirida, ya sea que esta sea permanente o que se pueda determinar el lapso para que la persona recobre la aptitud para poder ejercer por si mismos, pues se carece de capidad tanto para comunicarse como para poder observar todo aquello que lo rodea, un ejemplo claro es la firma para compromisos importantes o al tomar declaraciones en juzgados o tribunales, pues una persona que se encuentra bajo este estado debe de ser representada por alguien mas pues le es casi imposible expresar lo que realmente quiere decir pues sus ideas pueden ser tergirvesadas de diferentes maneras o que se le haga firmar documentos sobre los cuales la persona carece de conocimiento de que se traten

Miriam Melina Campa SolaresCarne: 5010-11-4555