MEDICINA LEGAL

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Todas las presentaciones, guías y cualquierdocumento que contiene esta carpeta, son de usoexclusivo de su dueño, EDDIE DE JESUS GONZALEZBERDUGO y están protegidas por las normas dederechos de autor.Ninguna de ellas podrá ser utilizada enpresentaciones, trabajos, seminarios, congresos,talleres y cualquier otro tipo de evento académico osocial sin el permiso de su dueño legal.Las guías podrán ser utilizadas como materialbibliográfico dando el respectivo crédito a su autor

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EDDIE DE JESUS GONZALEZ BERDUGO. M.D.

MEDICO Y CIRUJANOESPECIALIZADO EN MEDICINA FORENSE

ESPECIALISTA EN GERENCIA SOCIALESPECIALISTA EN DESARROLLO HUMANO Y

EDUCACIÓN SEXUAL.TEL: 3106308406 – 3003556222

[email protected]

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Medicina Forense

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MODELO GENERAL DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO

NOTICIA

CRI

MINAL

Petición, Querella, Denuncia, Petición Especial o Cualquier otro medio

De Oficio

Indagación e Investigación

Actuaciones de la Fiscalía y la Policía Nacional

Imputación

Acusación o Preclusión

Juzgamiento

Formulación de Acusación

Preparación del Juicio

JUICIO ORAL

Proferimientode Sentencia

Apelación de Sentencia

Reparación Integral

Ejecución de Penas

Ejecución de la Pena

Ejecución de medida de seguridad

PENA

O

MEDIDA

DE

SEGURIDAD

CUMPLIDA

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MODELO GENERAL DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO

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BIENES JURIDICOS

BIEN JURIDICO DELITODerecho a la Vida Homicidio – Aborto

Derecho a la Integridad Lesiones Personales

Física

Derecho a la Libertad Violación – Actos Sexuales abusi-

Integridad y Formación Sexual vos.

Derecho a la Honra Calumnia

Derecho a la libre deambula- Secuestro

ción

Derecho a la Familia Incesto

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DELITO

En un plano estrictamente jurídico,debe entenderse por delito aquelcomportamiento humanotípicamente antijurídico yculpable, conminado con sanciónpenal.

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DELITO

El hecho punible puedeser realizado por ACCIONo por OMISION

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CULPABILIDAD

1.- Dolo

2.- Culpa

3.- Preterintención

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DOLO

La actitud de la voluntaddirigida conscientemente a larealización de la conductatípica y antijurídica

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CULPA

Es la imprevisión de loprevisible y probable.

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PRETERINTENCION

Cuando el resultadosiendo previsible, excedela intención del agente.

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PRUEBA PERICIAL

Cuando se requieranconocimientos especialescientíficos, técnicos o artísticos, elfuncionario judicial decretará laprueba pericial

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PERITO

Sabio, experimentado, hábilen una ciencia o un arte

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PERITO

El que, poseyendo especialesconocimientos, informa a lapersona que juzga, bajojuramento, sobre puntos litigiososrelacionados con su saber.

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CUALIDADES DEL PERITO

1.- Ético

2.- Experto

3.- Imparcial

4.- Oportuno

5.- Preciso

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

• El perito o el testigo experto ayudará a la justiciacon sus conocimientos científicos, técnicos,artísticos o especializados.

• Podrán ser utilizados por cualquiera de las partes,siendo citados a interrogatorio en juicio oral ypúblico.

• Deberá acreditar su idoneidad.

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

PRESTACION DE SERVICIOS PERICIALES

►Expertos de la Policía Judicial.

► Expertos del Instituto Nacional de Medicina Legal

y Ciencias Forenses

► Expertos de Entidades Públicas o Privadas

► Particulares especializados en la materia

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

OBLIGATORIEDAD DEL PERITO

El nombramiento de perito, tratándose de servidor público, es de forzosa aceptación y ejercicio. Para el particular solo será ante falta absoluta de aquellos.

El nombrado solo podrá excusarse por:

►Enfermedad imposibilitante

► Carencia de medios para cumplir el encargo

►Grave perjuicio a sus intereses

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

SANCION AL PERITO

El perito podrá ser sancionado con una multa de 10 a100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, pornegarse a cumplir con su deber.

Artículo 383. Obligación de rendir testimonio. Toda persona está obligada a rendir, bajo juramento, el testimonio que se lesolicite en el juicio oral y público o como prueba anticipada, salvo las excepciones constitucionales y legales.

Al testigo menor de doce (12) años no se le recibirá juramento y en la diligencia deberá estar asistido, en lo posible, por surepresentante legal o por un pariente mayor de edad. El juez, con fundamento en motivos razonables, podrá practicar eltestimonio del menor fuera de la sala de audiencia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 5º del artículo 146 de este código,pero siempre en presencia de las partes, quienes harán el interrogatorio como si fuera en juicio público.

Artículo 384. Medidas especiales para asegurar la comparecencia de testigos. Si el testigo debidamente citado se negare acomparecer, el juez expedirá a la Policía Nacional o cualquier otra autoridad, orden para su aprehensión y conducción a la sedede la audiencia. Su renuencia a declarar se castigará con arresto hasta por veinticuatro (24) horas, al cabo de las cuales, sipersiste su negativa, se le procesará.

Las autoridades indicadas están obligadas a auxiliar oportuna y diligentemente al juez para garantizar la comparecencia obligatoria delos testigos, so pena de falta grave.

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

PAPEL DEL PERITO EN EL JUICIO

Al perito se le hará comparecer al juicio oral y público con tres finalidades:

a) Ser interrogado

b) Ser contrainterrogado

c) Rendir informe pericial

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

DIRECTRICES PARA EL PERITO1.- En todo momento diga la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad.

2.- Utilice siempre sus propias palabras para relatar los hechos.

3.- Dedique suficiente tiempo para prepararse.

4.- Conozca los hechos.

5.- Familiarícese con la sala de audiencia, con los participantes y con los procedimientos.

6.- Planee su forma de vestir, de manera que proyecte una imagen seria y profesional.

7.- Tome juramento seria y profesionalmente.

8.- Sea educado.

9.- Tome conciencia y trate de corregir cualquier tipo de hábito o costumbre nerviosa, tanto en la diccióncomo en el comportamiento

10.- No permita que ninguno de los abogados lo saque de su campo de conocimiento

11.- No pierda la calma

12.- Responda únicamente la pregunta que se le hizo.

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

DIRECTRICES PARA EL PERITO

NORMA ESPECIAL

El perito es el defensor de su propia opinión, pero debe tener cuidado de no dar al juez la impresión de que defiende un determinado

veredicto.

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

REGLAS SOBRE EL INTERROGATORIO

A) Toda pregunta versará sobre hechos específicos

B) El juez prohibirá toda pregunta sugestiva, capciosa o confusa

C) El juez prohibirá toda pregunta que tienda a ofender al testigo

D) El juez podrá autorizar al testigo para consultar documentosnecesarios que ayuden a su memoria. En este caso, durante elinterrogatorio, se permitirá a las demás partes el examen de losmismos.

E) El juez excluirá toda pregunta que no sea pertinente

El juez intervendrá con el fin de que el interrogatorio sea leal y quelas respuestas sean claras y precisas.

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PERITO/TESTIGO EXPERTO

REGLAS SOBRE EL CONTRAINTERROGATORIO

A) La finalidad del contrainterrogatorio es refutar, en todo o en parte,lo que el testigo ha contestado

B) Para contrainterrogar se puede utilizar cualquier declaración quehubiese hecho el testigo sobre los hechos en entrevista, endeclaración jurada durante la investigación o en la propiaaudiencia del juicio oral

El testigo deberá permanecer a disposición del juez durante eltérmino que este determine, el cual no podrá exceder la duraciónde la práctica de las pruebas, quien podrá ser requerido por laspartes para una aclaración o adición de su testimonio, de acuerdocon las reglas anteriores

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OFICIO PETITORIO

Documento con el que laautoridad solicita unperitaje.

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO PETITORIO

1.- Preámbulo

2.- Envío del Objeto de examen

3.- Cuestionario

4.- Firma y Sello

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO PETITORIO

Preámbulo

Consta de cinco datos básicos 1.- Membrete

2.- Lugar de Radicación

3.- Número de oficio petitorio

4.- Fecha de oficio petitorio

5.- Destinatario

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO PETITORIO

Envío de Objeto de Examen

Es la descripción que la autoridad hace del objetoa examinar.

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO PETITORIO

Cuestionario

Interrogantes que la autoridad plantea sobre loque desea saber acerca del caso a investigar,sirve de orientación al perito. Las preguntasdeben venir redactadas en forma clara yconcisa.

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO PETITORIO

Firma y Sello

Aval de autenticidad

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO

PETITORIO

Oficio 8765-06

Barranquilla, 25-12-2006

Señores

Medicina Legal

Ciudad

Referencia: Expediente 2345-06

Examinar al señor PEDRO JAVIER

PEREZ MARTINEZ, identificado con la

cédula de ciudadanía No. 7.654.987 de

Barranquilla para informar:

1.- Que lesiones presenta.

2.- Instrumento con que fueron causadas

3.- Incapacidad Médico-legal.

4.- Secuelas.

José Zuluaga Hernández

Fiscal 8º local

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

Documento que le envía a laautoridad el perito,informándole la verdadencontrada

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CARACTERISTICAS DEL OFICIO

REMISORIOO

DICTAMEN

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS

FORENSES

NOMBRE DEL PACIENTE: PEDRO JAVIER PEREZ MARTINEZ

EDAD: 30 AÑOS

IDENTIFICACION: Cédula de Ciudadanía7.654.98 de Barranquilla

Examinado por primera vez en la fecha, a

las 9:55 horas.

ANAMNESIS: “La policía me golpeó”.

PRESENTA:

No hay huellas externas de lesión que

ameriten incapacidad médico-legal.

EDDIE GONZALEZ

MEDICO FORENSE

INFORME TECNICO MEDICO-LEGAL DE LASIONES NO FATALES

DICTAMEN No. 2206C-02050101255

CIUDAD Y FECHA: BARRANQUILLA, 26 DE Diciembre de 2006

OFICIO DE REMISION: 8765-06, EXPEDIENTE: 2345-06

AUTORIDAD SOLICITANTE: FISCALIA LOCAL 8

ASUNTO: Primer Reconocimiento Médico-Legal

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

Original y tres copias- Original y copia para autoridad solicitante.

- Copia para el archivo

- Copia para la Unidad Básica de MedicinaLegal o Dirección Seccional

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

CaracterísticasEl dictamen debe ser CLARO, PRECISO y

DETALLADO; en él se explicaran losexámenes, experimentos einvestigaciones, lo mismo que losfundamentos técnicos, científicos oartísticos de las conclusiones.

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

CaracterísticasA LOS PERITOS SE LES ADVERTIRA LA

PROHIBICION ABSOLUTA DE EMITIR ENEL DICTAMEN CUALQUIER JUICIO DERESPONSABILIDAD PENAL.

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

Término para rendir el dictamenEl perito presentará su dictamen por escrito

dentro del término que el funcionariojudicial le señale, el cual puede serprorrogado a petición del mismo perito

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OFICIO REMISORIO O DICTAMEN

CONTRADICCION DEL DICTAMEN

OBJECION DEL DICTAMEN

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Código de Procedimiento Penal

Titulo I

Capítulo VII

Impedimentos y Recusaciones

Artículo 56

Causales de Impedimento.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

Artículo 57

Trámite para el impedimento

Cuando el funcionario judicial se encuentre incursoen una de las causales de impedimento deberámanifestarlo a la sala penal de la Corte Supremade Justicia o a la Sala Penal del Tribunal deDistrito, según corresponda, para que seasustraído del conocimiento del asunto.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

Artículo 60

Requisitos y forma de recusación

Si el funcionario en quien se dé una causal deimpedimento no la declare, cualquiera de laspartes podrá recusarlo.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

Artículo 411

Impedimentos y recusaciones para los peritos.

Respecto a los peritos serán aplicables lasmismas causales de impedimento y recusaciónseñaladas para el juez. El perito cuyoimpedimento o recusación haya sido aceptada,será excluido por el juez en la audienciapreparatoria o, excepcionalmente, en laaudiencia del juicio oral y público.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

CONSANGUINIDAD: El primer grado son los padres,hijos (as) y abuelos (as). El segundo, los hermanos (as). Eltercero, los tíos (as). Y el cuarto, los sobrinos (as).

AFINIDAD: El primer grado son cónyuge, los suegros y elsegundo grado son los cuñados (as)

GRADO CIVIL: Hijos adoptados.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

1.- Que el funcionario judicial (perito), su cónyuge ocompañero permanente, o algún pariente suyodentro del cuarto grado de consanguinidad,segundo de afinidad o primero civil, tenga interésen la actuación procesal.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

2.- Que el funcionario judicial (perito) sea acreedoro deudor de alguno de los sujetos procesales, deldenunciante o del perjudicado, de su cónyuge ocompañero permanente, o algún pariente dentrodel cuarto grado de consanguinidad, segundo deafinidad o primero civil.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

3.- Que el funcionario judicial (perito), o su cónyugeo compañero permanente, sea pariente dentro delcuarto grado de consanguinidad, segundo deafinidad o primero civil, del apoderado o defensoro de alguno de los sujetos procesales.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

4.- Que el funcionario judicial (perito) haya sidoapoderado o defensor de alguno de los sujetosprocesales, o sea o haya sido contraparte decualquiera de ellos, o haya dado consejos omanifestado su opinión sobre el asunto materiadel proceso.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones.

5.- Que exista amistad íntima o enemistad graveentre alguno de los sujetos procesales, eldenunciante o perjudicado y el funcionariojudicial (perito).

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

6.- Que el funcionario judicial (perito) haya dejadovencer, sin actuar, los términos que la ley señaleal efecto, a menos que la demora seadebidamente justificada.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

7.- Que el funcionario judicial (perito), su cónyuge ocompañero permanente, o pariente dentro delcuarto grado de consanguinidad, segundo deafinidad o primero civil, sea socio de alguno de lossujetos procesales, del denunciante o perjudicadoen sociedad colectiva, de responsabilidadlimitada, en comandita simple o de hecho.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones

8.- Que el funcionario judicial (perito) sea herederoo legatario de alguno de los sujetos procesales,del denunciante o perjudicado, o lo sea sucónyuge o compañero permanente, o alguno desus parientes dentro del cuarto grado deconsanguinidad, segundo de afinidad o primerocivil.

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Código de Procedimiento Penal

• Impedimentos y Recusaciones9.- Que el funcionario judicial (perito) haya estado

vinculado legalmente a una investigación penal odisciplinaria en la que se le hayan formuladocargos, por denuncia instaurada, antes de que seinicie el proceso, por alguno de los sujetosprocesales. Si la denuncia fuere formulada conposterioridad a la iniciación del proceso procederáel impedimento cuando se vincule jurídicamenteal funcionario judicial.

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PENAS

PRINCIPALES

SUSTITUTIVAS

ACCESORIAS

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PENAS

PRINCIPALES

Prisión

Arresto

Multa

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PENAS

PRINCIPALES

Prisión La pena de prisión se sujetará a las siguientes reglas:

1. La pena de prisión tendrá una duración máxima de cuarenta(40) años.

2. Su cumplimiento, así como los beneficios penitenciarios quesupongan la reducción de la condena, se ajustarán a lodispuesto en las leyes y en el presente código.

3. La detención preventiva no se reputa como pena. Sin embargo,en caso de condena, el tiempo cumplido bajo tal circunstanciase computará como parte cumplida de la pena.

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PENAS

PRINCIPALES

Multa La pena de multa se sujetará a las siguientes reglas.

1. Clases de multa. La multa puede aparecer comoacompañante de la pena de prisión, y en tal caso, cadatipo penal consagrará su monto, que nunca será superiora cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legalesmensuales vigentes. Igualmente puede aparecer en lamodalidad progresiva de unidad multa, caso en el cual elrespectivo tipo penal sólo hará mención a ella.

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PENAS

PRINCIPALES

Multa 2. Unidad multa. La unidad multa será de:

1) Primer grado. Una unidad multa equivale a un (1) salario mínimo legal mensual. La multaoscilará entre una y diez (10) unidades multa.

En el primer grado estarán ubicados quienes hayan percibido ingresos promedio, en el últimoaño, hasta diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

2) Segundo grado. Una unidad multa equivale a diez (10) salarios mínimos legalesmensuales. La multa oscilará entre una y diez (10) unidades multa.

En el segundo grado estarán ubicados quienes hayan percibido ingresos promedio, en el últimoaño, superiores a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta cincuenta(50).

3) Tercer grado. Una unidad multa equivale a cien (100) salarios mínimos legales mensuales.La multa oscilará entre una y diez (10) unidades multa.

En el tercer grado estarán ubicados quienes hayan percibido ingresos promedio, en el últimoaño, superiores a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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Page 61: MEDICINA LEGAL

PENAS

PRINCIPALES

Multa 3. Determinación. La cuantía de la multa será fijada en forma motivada por el Juez

teniendo en cuenta el daño causado con la infracción, la intensidad de laculpabilidad, el valor del objeto del delito o el beneficio reportado por el mismo,la situación económica del condenado deducida de su patrimonio, ingresos,obligaciones y cargas familiares, y las demás circunstancias que indiquen suposibilidad de pagar.

4. Acumulación. En caso de concurso de conductas punibles o acumulación depenas, las multas correspondientes a cada una de las infracciones se sumarán,pero el total no podrá exceder del máximo fijado en este Artículo para cadaclase de multa.

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PENAS

PRINCIPALES

Multa 5. Pago. La unidad multa deberá pagarse de manera íntegra e inmediata una vez que la

respectiva sentencia haya quedado en firme, a menos que se acuda a alguno de losmecanismos sustitutivos que a continuación se contemplan.

6. Amortización a plazos. Al imponer la multa, o posteriormente, podrá el Juez, previademostración por parte del penado de su incapacidad material para sufragar la pena en unúnico e inmediato acto, señalar plazos para el pago, o autorizarlo por cuotas dentro de untérmino no superior a dos (2) años. La multa podrá fraccionarse en cuotas cuyo número nopodrá exceder de veinticuatro (24), con períodos de pago no inferiores a un mes.

7. Amortización mediante trabajo. Acreditada la imposibilidad de pago podrá también el Juezautorizar, previa conformidad del penado, la amortización total o parcial de la multamediante trabajos no remunerados en asunto de inequívoca naturaleza e interés estatal osocial.

Una unidad multa equivale a quince (15) días de trabajo.

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PENAS

SUSTITUTIVAS

1.- Prisión Domiciliaria, sustitutiva de pena de prisión

2.- Arresto de fin de semana convertido en arresto ininterrumpido, sustitutivo de la multa

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Page 64: MEDICINA LEGAL

PENAS

ACCESORIAS1.-La inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas tendrá una

duración de cinco (5) a veinte (20) años, salvo en el caso del inciso 3º delartículo 52.

2.- La inhabilitación para el ejercicio de profesión, arte, oficio, industria o comerciode seis (6) meses a veinte (20) años.

3.- La inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela y curaduría de seis(6) meses a quince (15) años.

4.- La privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas deseis (6) meses a diez (10) años.

5.- La privación del derecho a la tenencia y porte de arma de uno (1) a quince (15)años.

6.- La privación del derecho a residir o de acudir a determinados lugares de seis (6)meses a cinco (5) años.

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Page 65: MEDICINA LEGAL

Tipos de Dictámenes

1.- Sede del Perito

2.- Hospitalarios

3.- Carcelarios

4.- Domiciliarios

5.- Relación Médico-Legal

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DICTAMEN DE EMBRIAGUEZ

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Page 67: MEDICINA LEGAL

IDENTIFICACION SOCIAL DE LA EMBRIAGUEZ

1.- Consunción acelerada de mescolanzas surtidas

2.- Elogio a la amistad

3.- Arreglo del país

4.- Odio al clero

5.- Amor desenfrenado por el sexo opuesto, o por el mismo sexo

6.- Cantar rancheras

7.- Destrucción total del establecimiento

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IDENTIFICACION SOCIAL DE LA EMBRIAGUEZ

LEY 30 DE 1986ADVERTENCIA

El exceso de alcohol es perjudicial para la salud.

Ley 124 de 1994Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad

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Page 69: MEDICINA LEGAL

DEFINICION DE EMBRIAGUEZ

Embriaguez aguda es aquel estado dealteración de las potencialidades psíquicasy somáticas, de carácter grave y de cortaduración en el tiempo, ocasionada por laingestión, uso o abuso de alcohol ocualquier otra sustancia psicotóxica.

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TIPOS DE EMBRIAGUEZ

El 90% de los estados de embriaguez son producidos por alcohol; sin embargo, al

hablar de sustancias que alteran el sistema nervioso central se pueden

mencionar que además de la embriaguez alcohólica se producen

también por:

Marihuana, cocaína, barbitúricos, benzodiacepinas.

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Page 71: MEDICINA LEGAL

PROPIEDADES DEL ETANOL

Líquido incoloro, de sabor urente y de olor sui generis, que se obtiene por medio de

procesos de fermentación, a partir del azúcar, del almidón, de frutas y granos como: el centeno, la cebada, el maíz y la miel. O por procesos de destilación para

conseguir mayores concentraciones.

Convenios internacionales prohíben la fabricación de bebidas alcohólicas con

concentraciones superiores al 50%

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Page 72: MEDICINA LEGAL

VIAS DE ABSORCION DEL ETANOL

ORAL

PULMONAR

PERCUTANEA

PARENTERAL

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ABSORCION DEL ETANOL

MUCOSA GASTRICA: 15% a 20%

MUCOSA INTESTINAL: 80% (YEYUNO E ILEON)

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TRAGO SOCIAL

O UNIDAD ALCOHOLICA

Cantidad de alcohol ingerida que es capaz de aumentar la alcoholemia basal en 20 a 25 mg/%.

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Page 75: MEDICINA LEGAL

FACTORES QUE AFECTAN LA ABSORCION DEL ETANOL

1.- Contenido gástrico

2.- Motilidad gastrointestinal

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Page 76: MEDICINA LEGAL

FACTORES QUE AFECTAN LA ABSORCION DEL ETANOL

3.- Calidad y composición del licor

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FACTORES QUE AFECTAN LA ABSORCION DEL ETANOL

4.- Ingestión simultánea de medicamentos

5.- Enfermedades sistémicas o localizadas

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DISTRIBUCION DEL ETANOL

La distribución en órganos y tejidos se efectúa dependiendo del contenido hídrico

y de la irrigación sanguínea que tengan estos tejidos.

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Page 79: MEDICINA LEGAL

ELIMINACION DEL ETANOL

Excreción: 2% (orina, sudor, lagrimas y aire exhalado)

Metabolismo: 90 a 98%

Hígado: oxidasa - catalasa -deshidrogenasa

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ELIMINACION DEL ETANOL

El cuerpo humano es capaz de eliminar de 10 a 15 mg/% por hora de alcohol

ingerido

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TOLERANCIA AL ETANOL

Capacidad que tiene el organismo para asimilar cada vez una mayor cantidad de

alcohol, experimentado los mismos efectos.

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Page 82: MEDICINA LEGAL

CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

La embriaguez se clasifica en cuatro grados, las alteraciones se detectan en tres áreas:

General - Psíquica - Neurológica

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Page 83: MEDICINA LEGAL

CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

General

1.- Rubicundez facial

2.- Inyección conjuntival

3.- Aumento de diuresis

4.- Nauseas, Vómitos

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CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

Psíquica

1.- Locuacidad

2.- Tendencias pendencieras o amorosas

3.- Trastornos de juicio, memoria, atención, raciocinio

4.- Sensaciones de grandeza

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CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

Page 86: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION DE LA EMBRIAGUEZ

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Page 87: MEDICINA LEGAL

CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

Grado 0:

20 a 39 mg%

Primer grado:

40 a 99 mg%

Segundo grado

100 a 149 mg%

Tercer grado

Mayor de 150 mg%

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Page 88: MEDICINA LEGAL

CORRELACION CLINICA DE LA EMBRIAGUEZ

Toma de muestras Recolección y manejo de muestras de sangre y orina para análisis de laboratorio toxicológico:

1 Lavarse adecuadamente las manos antes de iniciar el procedimiento, y repetir el lavado al finalizar el mismo.

2 Utilizar un par de guantes de latex desechables por cada persona que se va a evaluar, y descartarlos al terminar el procedimiento.

3 Recolectar muestras de sangre:

a. Para el envase de la sangre se deben utilizar tubos de ensayo de vidrio, al vacío, que contienen fluoruro de sodio como agente conservante y oxalato de potasio como anticoagulante. Corresponden al tubo tapa gris por convención internacional.

b. Si va a tomar muestra de sangre para alcoholemia no use alcohol para desinfectar el área de punción. Utilice compuestos a base de Yodo.

c. Mediante punción venosa, recolectar la(s) muestra(s) de sangre requeridas para la(s) prueba(s) a realizar, utilizando un sistema de recolección de sangre al vacío o jeringa desechable de 10 ml de capacidad.

d. Una vez recolectada la muestra en el tubo, procurando que el espacio de cabeza (es decir el espacio libre que queda entre el nivel de la sangre y el tapón) sea mínimo, asegurarse de que está tapado herméticamente y agitar suavemente para permitir la mezcla con el fluoruro de sodio y el oxalato de potasio.

.4 Recolectar muestras de orina:

Para la recolección de la orina se deben utilizar frascos de polipropileno de 60 ml, con boca ancha y tapa rosca hermética, nuevos, sin preservativos.

88

Page 89: MEDICINA LEGAL

SANCIONES POR EMBRIAGUEZ

Ley 1696 de 2013

Page 90: MEDICINA LEGAL
Page 91: MEDICINA LEGAL

SANCIONES POR EMBRIAGUEZLEY 1326 DE 2009

Por la cual se modifica el artículo 110 del Código Penal.

DECRETA

° El artículo 114 del Código Penal quedará así:

Artículo 110. Circunstancias de agravación punitiva para el homicidio culposo. La pena

prevista en el artículo anterior se aumentará:

1. Si al momento de cometer la conducta el agente se encontraba bajo el influjo de

bebida embriagante o droga o sustancia que produzca dependencia física o síquica y ello

haya sido determinante para su ocurrencia, la pena se aumentará de la mitad al doble de

la pena.

2. Si el agente abandona sin justa causa el lugar de la comisión de la conducta, la pena

se aumentará de la mitad al doble de la pena.

3. Si al momento de cometer la conducta el agente no tiene licencia de conducción o le

ha sido suspendida por autoridad de tránsito, la pena se aumentará de una sexta parte a

la mitad.

4. Si al momento de los hechos el agente se encontraba transportando pasajeros o carga

pesada sin el lleno de los requisitos legales, la pena se aumentará de una cuarta parte a

tres cuartas partes.

5. Si al momento de los hechos el agente se encontraba transportando niños o ancianos

sin el cumplimiento de los requisitos lega-les, la pena se aumentará de una cuarta parte a

tres cuartas partes.91

Page 92: MEDICINA LEGAL

FORMATO DE DICTAMEN DE EMBRIAGUEZ

92

Page 93: MEDICINA LEGAL

93

Page 94: MEDICINA LEGAL

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Page 95: MEDICINA LEGAL

95

Page 96: MEDICINA LEGAL

96

Page 97: MEDICINA LEGAL

LIBRO II

Parte Especial de los delitos en partícular

TITULO I

Delitos contra la Vida y la Integridad Personal

CAPITULO III

De las Lesiones Personales

97

Page 98: MEDICINA LEGAL

1.- Anamnesis

2.- Descripción de la lesión

3.- Elemento causal

4.- Incapacidad Médico Legal

5.- Secuelas Médico Legales

98

Page 99: MEDICINA LEGAL

Paciente de 47 años de edad, de profesión conductor de

camiones, quien el día 4 de febrero sufre accidente de

tránsito, presentando traumas múltiples en pierna

derecha, es llevado inmediatamente a un centro

hospitalario donde encuentran fracturas

multifragmentadas de tibia, peroné y tercio distal de

fémur derecho, con maceración y machacamiento de

tejidos blandos, hay compromiso vascular, severo, por lo

que se toma la decisión de llevar al paciente a cirugía

para amputación de miembro inferior derecho desde el

tercio proximal de muslo.

Una vez es dado de alta, el paciente entabla demanda

contra el conductor del bus de servicio interdepartamental

que ocasionó el accidente.

99

Page 100: MEDICINA LEGAL

Se enumeran en primer lugar los datos de identificacióndel paciente y, luego se realiza un recuento breve ycronológico de los hechos; este relato se puede colocaren la palabras del paciente.

Es un complemento al dictamen, aporta información quenos orienta en cuanto a situaciones específicas deviolencia.

También permite comparar la versión del afectado con elgrado de lesión y en ocasiones permite diferenciar unposible caso de simulación o disimulación.

100

Page 101: MEDICINA LEGAL

“Iba conduciendo mi camión por la carretera

oriental entre Malambo y Sabanagrande cuando un

bus quiso sobrepasar a otro en una curva y se

encontró de frente conmigo, el 4 de febrero como a

las 8 y media de la mañana”.

101

Page 102: MEDICINA LEGAL

1.- Identificación de la lesión

2.- Descripción de la lesión

Tamaño

Forma

Características

3.- Ubicación de la lesión

4.- Puntos de referencia102

Page 103: MEDICINA LEGAL

LESIONES: Examinado por primera vez en la fecha, se encuentra:

1.- Amputación de miembro inferior derecho desde el tercio proximal del muslo, con

cicatriz quirúrgica hipercrómica e hipertrófica de 12 centímetros en muñón……

2.- Camina apoyado en muletas………………………………………………….

Se revisa historia clínica a nombre del examinado, identificada con el número

7894356, de la Clínica Traumatod, con fecha de ingreso 4 de febrero a las 9:30 horas

y donde se anota como motivo de consulta: “sufre accidente de tránsito”. Le hacen

impresión diagnostica de ingreso de: “1.- Accidente de tránsito, 2.- Trauma en

miembro inferior derecho”. Es valorado por ortopedia quien ordena radiografías que

muestran: “fracturas multifragamentas en tercio medio y distal de fémur derecho,

tercio proximal y medio de tibia y peroné derecho”. Se solicita interconsulta con

cirugía vascular quien no encuentra pulsos según su nota y un ecodoppler no muestra

irrigación del miembro inferior derecho, por lo que se decide: “amputación de

miembro inferior derecho”…………………………….

Es llevado a cirugía para el procedimiento, el cual tolera bien, el paciente evoluciona

satisfactoriamente y es dado de alta el 8 de febrero……………………………

103

Page 104: MEDICINA LEGAL

Se determina tomando en consideración dos elementos de juicio:

1.- La naturaleza de la lesión

2.- Los mecanismos de acción de las armas

Se clasifican en:

a.- Mecánicos

b.- Medios Físico - Térmicos

c.- Agentes Químicos

d.- Agentes Biológicos

e.- Agentes Psicológicos104

Page 105: MEDICINA LEGAL

Cortantes: Elementos con filo

Punzantes: Elementos con punta

Cortopunzantes: Combina los dos anteriores

Contundentes: Elementos con bordes romos

Cortocontundentes: Combinan filo y masa

Proyectil de arma de fuego

Onda Explosiva

105

Page 107: MEDICINA LEGAL

Punzante: Elementos con punta

107

Page 108: MEDICINA LEGAL

Cortopunzante: Combina las características del cortante y el punzante

108

Page 110: MEDICINA LEGAL

Cortocontundente: Combina filo y masa

110

Page 111: MEDICINA LEGAL

Onda Explosiva

111

Page 112: MEDICINA LEGAL

112

Page 113: MEDICINA LEGAL

Tóxicos

Fármacos

Acidos

Alcalis

113

Page 114: MEDICINA LEGAL

Bacterias

Virus

Hongos

114

Page 115: MEDICINA LEGAL

Implican violencia o presión psicológicacon la finalidad de vulnerar a las personas

•Secuestro

•Chantaje

•Amenazas

•Extorsión

115

Page 116: MEDICINA LEGAL

Con base en el examen médico forense y en la

historia clínica se puede conceptuar que el

mecanismo causal de la lesión es:

CONTUNDENTE…………………………………

116

Page 117: MEDICINA LEGAL

Es aquella lesión que por suconfiguración o localización, sugiereun objeto causante de la lesión o unmecanismo, o una secuencia deeventos

117

Page 118: MEDICINA LEGAL

Es el tiempo expresado en días quedetermina el perito teniendo encuenta la duración y la gravedad de lalesión. La duración se refiere al tiempoen días que gasta el tejido para lograrla reparación biológica primaria,mientras que la gravedad sedetermina con base en la evaluaciónclínica de la importancia del dañocausado a la integridad personal.

118

Page 119: MEDICINA LEGAL

La incapacidad médico legal tiene únicamentefines penales, no tiene fines laborales, ni sirvede excusa para no asistir al trabajo o alcolegio.

Se divide en provisional y definitiva

30 días

INCAPACIDAD MAXIMA: 150 Días.119

Page 120: MEDICINA LEGAL

La complicación de una lesión tiene dos consecuencias.

1.- Aumenta la incapacidad

2.- Aumenta la incidencia de secuelas

120

Page 121: MEDICINA LEGAL

Incapacidad Médico Legal Definitiva de 45

(cuarenta y cinco) días………………………...

121

Page 122: MEDICINA LEGAL

Es cualquier alteración importante enla forma, y/o en la función quepersiste o que va más allá de lareparación biológica primaria.

Se dividen en cuatro grupos:

•Estéticas

•Funcionales

•Carenciales

•Obstétricas122

Page 123: MEDICINA LEGAL

Estéticas:

Alteración importante en la forma,simetría y estética del rostro o delcuerpo, en reposo o en movimiento.

123

Page 124: MEDICINA LEGAL

Estéticas:Deformidad Física de carácter transitorio

Deformidad Física de carácter permanente

Deformidad Física que afecta el rostro decarácter transitorio

Deformidad Física que afecta el rostro decarácter permanente.

124

Page 125: MEDICINA LEGAL

Funcionales:

Se altera o se perturba la función deun órgano o de un miembro, pero sinque se pierda o se anule esa función.

125

Page 126: MEDICINA LEGAL

Funcionales:Perturbación funcional de órgano o miembro de carácter transitorio

Perturbación funcional de órgano o miembro de carácter permanente

Perturbación psíquica primaria o secundaria de carácter transitorio

Perturbación psíquica primaria o secundaria de carácter permanente

126

Page 127: MEDICINA LEGAL

Carenciales:

Hay pérdida de la función de unórgano o de un miembro, o tambiénse da cuando se pierde larepresentación anatómica completao al menos dos terceras partes deese órgano o miembro

127

Page 128: MEDICINA LEGAL

Carenciales:

Pérdida Funcional de órgano o miembro

Pérdida anatómica de órgano o miembro

128

Page 129: MEDICINA LEGAL

Obstétricas:Se consideran agravantes punitivos de laslesiones personales

Lesiones seguidas de aborto

Lesiones seguidas de parto prematuro nocivopara la salud de la madre o el niño

129

Page 130: MEDICINA LEGAL

SECUELAS MEDICO LEGALES:

1.- Deformidad Física de Carácter Permanente…………

2.- Perturbación Funcional del Organo de la Locomoción

de carácter Permanente………………………………

3.- Pérdida anatómica de miembro inferior derecho…….

4.- Se entrega orden para interconsulta con psiquiatría y

determinar otro tipo de secuelas.

130

Page 131: MEDICINA LEGAL

Paciente de 47 años de edad, de profesión conductor de

camiones, quien el día 4 de febrero sufre accidente de

tránsito, presentando traumas múltiples en pierna

derecha, es llevado inmediatamente a un centro

hospitalario donde encuentran fracturas

multifragmentadas de tibia, peroné y tercio distal de

fémur derecho, con maceración y machacamiento de

tejidos blandos, hay compromiso vascular, severo, por lo

que se toma la decisión de llevar al paciente a cirugía

para amputación de miembro inferior derecho desde el

tercio proximal de muslo.

Una vez es dado de alta, el paciente entabla demanda

contra el conductor del bus de servicio interdepartamental

que ocasionó el accidente.

131

Page 132: MEDICINA LEGAL

132

Page 133: MEDICINA LEGAL

133

Page 134: MEDICINA LEGAL

134

Page 135: MEDICINA LEGAL

135

Page 136: MEDICINA LEGAL

DEFINICION

MALTRATO INFANTIL

“Cualquier acto por acción u omisión realizado

por individuos, por instituciones o por la

sociedad en su conjunto y todos los estados

derivados de estos actos o de su ausencia

que priven a los niños de su libertad o de sus

derechos correspondientes y/o que dificulten

su óptimo desarrollo".

136

Page 137: MEDICINA LEGAL

TIPOS

Maltrato físico

Abandono físico

Abuso sexual

Maltrato emocional

Abandono emocional

Síndrome de Münchhausen por poderes

Maltrato institucional

Matoneo

MALTRATO INFANTIL

137

Page 138: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Maltrato físico: Acción no accidental de

algún adulto que provoca daño físico o

enfermedad en el niño, o que le coloca

en grave riesgo de padecerlo como

consecuencia de alguna negligencia

intencionada.

MALTRATO INFANTIL

138

Page 139: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Abandono físico: situación en que las

necesidades físicas básicas del menor,

(alimentación, higiene, seguridad,

atención médica, vestido, educación,

vigilancia...), no son atendidas

adecuadamente por ningún adulto del

grupo que convive con él.

MALTRATO INFANTIL

139

Page 140: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Abuso sexual: Cualquier clase de placer sexual con un niño por parte de

un adulto desde una posición de poder o autoridad. No es necesario que

exista un contacto físico (en forma de penetración o tocamientos) para

considerar que existe abuso sino que puede utilizarse al niño como

objeto de estimulación sexual, se incluye aquí el incesto, la violación, la

vejación sexual (tocamiento/manoseo a un niño con o sin ropa, alentar,

forzar o permitir a un niño que toque de manera inapropiada al adulto) y

el abuso sexual sin contacto físico (seducción verbal, solicitud

indecente, exposición de órganos sexuales a un niño para obtener

gratificación sexual, realización del acto sexual en presencia de un

menor, masturbación en presencia de un niño, pornografía...)

MALTRATO INFANTIL

140

Page 141: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Maltrato emocional: Conductas de los

padres/madres o cuidadores tales como

insultos, rechazos, amenazas, humillaciones,

desprecios, burlas, críticas, aislamiento,

atemorización que causen o puedan causar

deterioro en el desarrollo emocional, social o

intelectual del niño.

MALTRATO INFANTIL

141

Page 142: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Abandono emocional: Situación en la que el niño

no recibe el afecto, la estimulación, el apoyo y

protección necesarios en cada estadio de su

evolución y que inhibe su desarrollo óptimo. Existe

una falta de respuesta por parte de los

padres/madres o cuidadores a las expresiones

emocionales del niño (llanto, sonrisa,...) o a sus

intentos de aproximación o interacción.

MALTRATO INFANTIL

142

Page 143: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Síndrome de Münchhausen por poderes: Los

padres/madres cuidadores someten al niño a

continuas exploraciones médicas, suministro de

medicamentos o ingresos hospitalarios, alegando

síntomas ficticios o generados de manera activa por

el adulto (por ejemplo mediante la administración

de sustancias al niño).

MALTRATO INFANTIL

143

Page 144: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Maltrato institucional: Se entiende por malos tratos

institucionales cualquier legislación, procedimiento,

actuación u omisión procedente de los poderes públicos

o bien derivada de la actuación individual del

profesional que comporte abuso, negligencia,

detrimento de la salud, la seguridad, el estado

emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o

que viole los derechos básicos del niño y/o la infancia.

MALTRATO INFANTIL

144

Page 145: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

Matoneo (Bullying): El “matoneo”, acoso o victimización se

refiere a aquellas relaciones en las cuales una o varias personas (los

matones o acosadores) tratan mal a otras personas usualmente más

débiles (las victimas) durante un tiempo prolongado. Los estudiantes se

refieren usualmente a esta situación como a que una o varias personas

“se la tienen montada” a otra. Esta situación es común en todos los

países del mundo y en todos los estratos socio-económicos en los que se

ha investigado, aunque la prevalencia, la gravedad y la manera

particular como ocurre varía de un contexto a otro.

MALTRATO INFANTIL

145

Page 146: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil

1.- En el niño

2.- En los padres o cuidadores

MALTRATO INFANTIL

146

Page 147: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil en el Niño

Señales físicas repetidas ( morados, magulladuras,

quemaduras...)

Niños que van sucios, malolientes, con ropa inadecuada,

etc.

Cansancio o apatía permanente (se suele dormir en el

aula)

Cambio significativo en la conducta escolar sin motivo

aparente

Conductas agresivas y/o rabietas severas y persistentes

Relaciones hostiles y distantes

Actitud hipervigilante (en estado de alerta, receloso,...)

MALTRATO INFANTIL

147

Page 148: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil en el Niño

Conducta sexual explícita, juego y conocimientos

inapropiados para su edad

Conducta de masturbación en público

Niño que evita ir a casa (permanece más tiempo de lo

habitual en el colegio, patio o alrededores)

Tiene pocos amigos en la escuela

Muestra poco interés y motivación por las tareas escolares

Después del fin de semana vuelve peor al colegio (triste,

sucio, etc..)

Presenta dolores frecuentes sin causa aparente

MALTRATO INFANTIL

148

Page 149: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil en el Niño

Problemas alimenticios (niño muy glotón o con pérdida de

apetito)

Falta a clase de forma reiterada sin justificación

Retrasos en el desarrollo físico, emocional e intelectual

Presenta conductas antisociales: fugas, vandalismo,

pequeños hurtos, etc.

Intento de suicidio y sintomatología depresiva

Regresiones conductuales (conductas muy infantiles para

su edad)

Relaciones entre niño y adulto secreta, reservada y

excluyente

Falta de cuidados médicos básicos

MALTRATO INFANTIL

149

Page 150: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil en los padres y/o cuidadores

Parecen no preocuparse por el niño

No acuden nunca a las citas y reuniones del colegio

Desprecian y desvalorizan al niño en público

Sienten a su hijo como una "propiedad" ("puedo hacer

con mi hijo lo que quiero porque es mío")

Expresan dificultades en su matrimonio

Recogen y llevan al niño al colegio sin permitir contactos

sociales

Los padres están siempre fuera de casa (nunca tienen

tiempo para...)

Compensan con bienes materiales la escasa relación

personal afectiva que mantiene con sus hijos

MALTRATO INFANTIL

150

Page 151: MEDICINA LEGAL

Indicadores de Maltrato Infantil en los padres y/o cuidadores

Abusan de substancias tóxicas (alcohol y/o drogas)

Trato desigual entre los hermanos

No justifican las ausencias de clase de sus hijos

Justifican la disciplina rígida y autoritaria

Ven al niño como malvado

Ofrecen explicaciones ilógicas, contradictorias no

convincentes o bien no tienen explicación

Habitualmente utilizan una disciplina inapropiada

para la edad del niño

Son celosos y protegen desmesuradamente al niño

MALTRATO INFANTIL

151

Page 152: MEDICINA LEGAL

Factores Predisponentes

INDIVIDUALES:

Ascendientes maltratadores

Concepto equivocado de la disciplina

Falsas expectativas

Inmadurez

Retraso Mental

Psicopatías

Adicciones

Trato brusco

FAMILIARES:

Hijos no deseados

Desorganización hogareña

Penurias económicas

Desempleo o subempleo

Desavenencia conyugal

Falta de autodominio

Educación severa

SOCIALES:

Concepto del castigo físico

Actitud social negativa hacia los niños

Indiferencia de la sociedad

MALTRATO INFANTIL

152

Page 153: MEDICINA LEGAL

Factores Predisponentes

MALTRATO INFANTIL

153

Page 154: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALES

1.- Delitos sexuales

2.- Violencia interpersonal

3.- Maltrato al menor

4.- Accidente de transporte

5.- Maltrato de pareja

6.- Lesiones accidentales

MALTRATO INFANTIL

154

Page 155: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALES

Elementos vulnerantes

Contundente

Armas blancas

Proyectiles

Mordeduras de animales

Explosivos y Fuego

MALTRATO INFANTIL

155

Page 156: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALESAgresores

Conocido del medio familiarPadrastroVecinos

Otros FamiliaresNovios

Profesores

MALTRATO INFANTIL

156

Page 157: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALES

Accidentes de tránsito

Principal víctima

Peatón

MALTRATO INFANTIL

157

Page 158: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES FATALES

1.- Homicidio

2.- Muertes accidentales

3.- Accidentes de transporte

4.- Suicidio

5.- Aborto

MALTRATO INFANTIL

158

Page 159: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES FATALESElementos vulnerantes

ProyectilesArmas blancasContundentes

EnvenenamientosSofocación

Quemaduras y explosivos

MALTRATO INFANTIL

159

Page 160: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES FATALESAgresores

DesconocidosViolencia común

MadrePadre

Otros FamiliaresFuerzas Militares

MALTRATO INFANTIL

160

Page 161: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES FATALES

Accidentes de tránsito

Principal víctima

Peatón

MALTRATO INFANTIL

161

Page 162: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES FATALES Y NO

FATALESMenores involucrados en el conflicto

armado

Campanitas

Abejitas

Niños de acero

MALTRATO INFANTIL

162

Page 163: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALES

El menor trabajador

Ley 20 de 1982

Dirección General del Menor

Trabajador

MALTRATO INFANTIL

163

Page 164: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

LESIONES NO FATALESEl menor trabajador

Ley 20 de 19821.- Jornada laboral no mayor a 6 horas

2.- Prohibición de vinculación de menores de 14 años

a empresas cuando se impida su asistencia a la

escuela

3.- Prohibición del trabajador por ley y solo se

concede permiso a los mayores de 14 años

MALTRATO INFANTIL

164

Page 165: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO JUDICIAL

1.- Lesiones Personales

2.- Delito sexual

3.- Tortura

4.- Homicidio

5.- Violencia intrafamiliar

6.- Maltrato mediante restricción a la libertad física

7.- Ejercicio arbitrario de custodia de hijo menor de edad

MALTRATO INFANTIL

165

Page 166: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO JUDICIAL

El maltrato infantil no existe en la

legislación colombiana como un

delito.

MALTRATO INFANTIL

166

Page 167: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO MEDICO

La capacitación en el diagnóstico de

maltrato infantil por parte de

médicos generales y pediatras es

insuficiente e inadecuada

MALTRATO INFANTIL

167

Page 168: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO JUDICIAL

Deficiente capacitación de las

autoridades con respecto al

maltrato y a la interpretación de los

dictámenes forenses

MALTRATO INFANTIL

168

Page 169: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO JUDICIAL

La gestión interinstitucional en

maltrato infantil es insuficiente e

inadecuada

MALTRATO INFANTIL

169

Page 170: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO MEDICO Y JUDICIAL

No existe un manejo integral e

interdisciplinario del maltrato infantil

MALTRATO INFANTIL

170

Page 171: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO MEDICO Y JUDICIAL

¿ Qué hacer ?

MALTRATO INFANTIL

171

Page 172: MEDICINA LEGAL

Identificación Forense

MANEJO MEDICO Y JUDICIAL

! Hablar menos y

actuar más ¡

MALTRATO INFANTIL

172

Page 173: MEDICINA LEGAL

Cumplir nuestro rol y dar ejemplo

El niño aprende lo que vive1. Si vive con tolerancia aprende a ser paciente

2. Si vive criticado aprende a condenar

3. Si vive con aprobación aprende a confiar en sí mismo

4. Si vive engañado aprende a mentir

5. Si vive en equidad aprende a ser justo

6. Si vive con vergüenza aprende a sentirse culpable

7. Si vive con seguridad aprende a tener fe en sí mismo

8. Si vive hostilizado aprende a pelear

9. Si vive en la aceptación y la amistad aprende a encontrar el

amor en el mundo.

MALTRATO INFANTIL

173

Page 174: MEDICINA LEGAL

174

Page 175: MEDICINA LEGAL

175

Page 176: MEDICINA LEGAL

DEFINICION

MALTRATO CONYUGAL

Es cualquier acción o conducta que cause muerte, daño o sufrimientofísico o psicológico a cualquiera de los cónyuges, tanto en el ámbitopúblico como en el privado, que tenga lugar dentro de la familia ounidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya seaque el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio.

VIOLENCIA DE GENERO

176

Page 177: MEDICINA LEGAL

CLASIFICACION

FISICO

PSICOLÓGICO

SEXUAL

ECONOMICO

VIOLACION DE DERECHOS

VIOLENCIA DE GENERO

177

Page 178: MEDICINA LEGAL

ANTECEDENTES

1.- Conferencia Mundial para los Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993.

2.- Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra lamujer de 1993.

3.- Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violenciacontra la mujer de 1994

4.- Conferencia Mundial de Mujeres de Beijing de 1995.

5.- Resolución 412 de 2000 del Ministerio de Salud en Colombia

VIOLENCIA DE GENERO

178

Page 179: MEDICINA LEGAL

FACTORES DE RIESGO

SOCIOCULTURALES

DEL AGRESOR

DEL AGREDIDO

VIOLENCIA DE GENERO

179

Page 180: MEDICINA LEGAL

FACTORES DE RIESGO

SOCIOCULTURALES

1.- Bajo nivel educativo y de ingreso ( no es una constante)2.- Desempleo3.- Subvaloración social de cualquiera de los cónyuges4.- Discriminación de uno de los cónyuges por quien ostenta el podereconómico5.- Fortalecimiento de conductas discriminatorias de cualquiera de loscónyuges

VIOLENCIA DE GENERO

180

Page 181: MEDICINA LEGAL

FACTORES DE RIESGO

DEL AGRESOR1.- Antecedentes del maltrato2.- Bajo nivel de escolaridad3.- Crisis conyugales y familiares por diferentes causas: celos, dificultadesen la educación de los hijos, etc.4.- Rivalidades permanentes5.- Alcoholismo y Drogadicción6.- Trastornos de personalidad7.- Valoración de la violencia física como medio de resolución de conflictos8.- Desconocimiento de los derechos de cualquiera de los cónyuges

VIOLENCIA DE GENERO

181

Page 182: MEDICINA LEGAL

FACTORES DE RIESGO

DE LOS AGREDIDOS

1.- Historia de maltrato, situaciones traumáticas en la infancia2.- Pasividad e inseguridad3.- Agresividad e intolerancia4.- Alcoholismo y drogadicción5.- Discapacidades6.- Baja autoestima, incapacidad de tomar decisiones autónomas7.- Dependencia económica

VIOLENCIA DE GENERO

182

Page 183: MEDICINA LEGAL

TACTICAS DEL AGRESOR

Uso de la intimidación Uso de malos tratos emocionales. Uso del Aislamiento. Negación, minimización, culpabilización. Uso de los niños. Uso de privilegios masculinos. Uso de malos tratos económicos. Uso de la coacción y amenazas.

VIOLENCIA DE GENERO

183

Page 184: MEDICINA LEGAL

CICLO DE LA VIOLENCIA.

Se identifican las siguientes fases después de una agresión

1.- Fase de la luna de miel2.- Fase de escalada de tensión3.- Fase de violencia

VIOLENCIA DE GENERO

184

Page 185: MEDICINA LEGAL

CICLO DE LA VIOLENCIA.

1.- Fase de la luna de miel

El agresor se disculpa, corteja a menudoa la víctima con regalos, prestándole granatención y prometiéndole que nuncavolverá a agredirla.

VIOLENCIA DE GENERO

185

Page 186: MEDICINA LEGAL

CICLO DE LA VIOLENCIA.

2.- Fase de escalada de tensiónLa que la mujer vive una atmósfera detensión extrema y miedo, a menudo que supareja la amenaza y aísla. Se ve despojadasistemáticamente de todos los recursos que lepermitirían abandonarlo: el respeto de símisma, el orgullo, la carrera, el dinero, susamigos y la familia.

VIOLENCIA DE GENERO

186

Page 187: MEDICINA LEGAL

CICLO DE LA VIOLENCIA.

3.- Fase de violencia

Regresa la agresión y malos tratos. Con cada repetición del ciclo, las consecuencias son cada vez mas violentas y graves.

VIOLENCIA DE GENERO

187

Page 188: MEDICINA LEGAL

FORMAS DE LA VIOLENCIA.

LA VIOLENCIA DE GENERO ES UN

PROBLEMA DE SALUD PUBLICA

VIOLENCIA DE GENERO

188

Page 189: MEDICINA LEGAL

EPIDEMIOLOGIA

VIOLENCIA DE GENERO

189

Page 190: MEDICINA LEGAL

EPIDEMIOLOGIA

VIOLENCIA DE GENERO

190

Page 191: MEDICINA LEGAL

EPIDEMIOLOGIA

VIOLENCIA DE GENERO

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DIAGNOSTICO

El paso más importante que los médicos pueden dar es ante lasospecha preguntar a las mujeres si sufren o han sufrido alguna vezmalos tratos. Es crucial que el médico adopte una actitud relajada yacrítica.

Las respuestas negativas sobre los niveles más bajos de malostratos no descartan respuestas positivas sobre actos agresivos másgraves.

Los malos tratos conyugales constituyen un problema socialcomplejo que exige a los médicos traspasar los esquemas clásicosde atención del paciente para enfrentarse con sus propiossentimientos personales y actitudes sociales.En pacientes no seleccionados los médicos identifican sólo 1,5% al8,5% de las víctimas.

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Page 193: MEDICINA LEGAL

TRATAMIENTO

La calidad de la atención médica determina con frecuencia si va aacudir a organismos legales, sociales y de salud que el médicoproponga.

Se deberá tener mucho cuidado en no producir una victimizaciónsecundaria que es el fenómeno que ocurre cuando una víctima deviolencia familiar recurre a una institución (comisaría, hospital,juzgado, iglesia) o a algún profesional (médico, psicólogo, abogado,sacerdote, pastor, etc.) en busca de ayuda. Estos profesionales, siestán impregnados de mitos e ignorancia pueden convertir a lapersona por segunda vez en víctima.

La intervención debe ser apropiada, pertinaz y eficaz, en lasituación de crisis la persona está especialmente vulnerable, lo querefuerza aún más el impacto de la intervención.

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TRATAMIENTO

RESOLUCION 412 DE 2000Ministerio de salud

ColombiaNORMAS TECNICAS Y GUIAS DE ATENCION

Guía de Atención a la Mujer Maltratada

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TRATAMIENTO

Razones por las cuales los médicos no preguntan por maltrato

1.- Miedo a ofender la paciente2.- Creer que la violencia no le ocurre a las pacientes3.- Dificultades para manejar el tiempo de la consulta estándar4.- Temor de no poder responder adecuadamente a la situación5.- Los profesionales de la salud pueden ser víctimas, agresores o testigos deviolencia en sus hogares6.- Piensan que no deben inmiscuirse en la vida privada de sus pacientes7.- Creer que es la mujer quien puede evitar el maltrato8.- Creer que la víctima nunca abandonará al victimario9.- Creer que no es el momento adecuado para tratar el tema

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Page 196: MEDICINA LEGAL

TRATAMIENTO

Razones por las cuales las mujeres no cuentan sobre el maltrato en la consulta médica

1.- Miedo a la revelación por temor a falta de seguridad2.- Vergüenza y humillación3.- La paciente siente que merece el maltrato y no merece ayuda4.-Experiencia de falta de resolución a su problemática o de respuestas pocopertinentes a su situación en consultas médicas previas5.- Sentimientos de protección sobre el agresor6.- Precepción de maltrato no severo e incapacidad para prever la evolución delmismo y percibir nuevos hechos

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TRATAMIENTO

Sospechas de violencia cuando la mujer niega el hecho en la consulta

1.- Hay inconsistencia entre la historia y la lesión2.- Son frecuentes las demandas de consultas médicas3.- Cuando no se busca oportunamente la ayuda médica4.- Cuando la pareja de la paciente insiste en estar cerca y responder algunaspreguntas directamente él5.- Cuando las quejas psicosomáticas son repetitivas6.- Cuando se diagnostican lesiones de causa externa durante el embarazo7.- Ante la evidencia de múltiples lesiones en diferentes estados de cicatrización8.- Presencia de lesiones sugestivas de una postura defensiva de la víctima9.- Presencia de lesiones en la cabeza, el cuello, el pecho o el abdomen10.- Depresión o ideación suicida

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Page 198: MEDICINA LEGAL

PROTECCION

LA DECISION DE REGRESAR A CASA O NO JUNTO CONEL AGRESOR ES UNA DECISION QUE DEBE TOMAR LAVICTIMA Y DEBE SER RESPETADA. SI LA MUJERAGREDIDA REQUIERE Y ACEPTA LA PROTECCION, LAINSTITUCION DE SALUD DEBE REALIZAR LOSCONTACTOS NECESARIOS PARA GARANTIZAR QUE LAVICTIMA SEA RECIBIDA POR LA INSTITUCION DEPROTECCION.

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PROTECCION

CODIGO PENALTITULO VI

DELITOS CONTRA LA FAMILIACapítulo Primero

De la Violencia Intrafamiliar

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PROTECCION

DELITOS CONTRA LA FAMILIACapítulo Primero

De la Violencia IntrafamiliarArtículo 229. Violencia intrafamiliar. El que maltrate física, síquica o sexualmente a cualquier miembro

de su núcleo familiar, incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor,

en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses.

La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando el maltrato recaiga sobre un menor.

Artículo 230. Maltrato mediante restricción a la libertad física. El que mediante fuerza restrinja la

libertad de locomoción a otra persona mayor de edad perteneciente a su grupo familiar o en menor de

edad sobre el cual no se ejerza patria potestad, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36)

meses y en multa de uno punto treinta y tres (1.33) a veinticuatro (24) salarios mínimos legales mensuales

vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

Artículo 230A.Ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad. El padre que arrebate,

sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce patria potestad con el fin de

privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, incurrirá, por ese solo hecho, en prisión

de uno (1) a tres (3) años y en multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales

vigentes.

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PROTECCION

LEY 1257 DE 2008(Diciembre 4)

“Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y

discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de

1996 y se dictan otras disposiciones”

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PROTECCION

Capítulo I

Disposiciones generales Artículo 1º. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto laadopción de normas que permitan garantizar para todas lasmujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito públicocomo en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en elordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a losprocedimientos administrativos y judiciales para su protección yatención, y la adopción de las políticas públicas necesarias parasu realización.

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PROTECCION

Artículo 2º. Definición de violencia contra la mujer. Por violenciacontra la mujer se entiende cualquier acción u omisión, que lecause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico,económico o patrimonial por su condición de mujer, así como lasamenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria dela libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en elprivado.Para efectos de la presente ley, y de conformidad con lo estipulado en losPlanes de Acción de las Conferencias de Viena, Cairo y Beijing, porviolencia económica, se entiende cualquier acción u omisión orientada alabuso económico, el control abusivo de las finanzas, recompensas ocastigos monetarios a las mujeres por razón de su condición social,económica o política. Esta forma de violencia puede consolidarse en lasrelaciones de pareja, familiares, en las laborales o en las económicas.

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PROTECCION

Artículo 13. Medidas en el ámbito de la salud. El Ministerio de la Protección Social, además delas señaladas en otras leyes, tendrá las siguientes funciones:Ley 1257 de 2008 9/241. Elaborará o actualizará los protocolos y guías de actuación de las instituciones de salud y de supersonal ante los casos de violencia contra las mujeres. En el marco de la presente ley, para la elaboraciónde los protocolos el Ministerio tendrá especial cuidado en la atención y protección de las víctimas.2. Reglamentará el Plan Obligatorio de Salud para que incluya las actividades de atención a las víctimasque corresponda en aplicación de la presente ley, y en particular aquellas definidas en los literales a., b. yc. del artículo 19 de la misma3. Contemplará en los planes nacionales y territoriales de salud un apartado de prevención e intervenciónintegral en violencia contra las mujeres.4. Promoverá el respeto a las decisiones de las mujeres sobre el ejercicio de sus derechos sexuales yreproductivos.Parágrafo. El Plan Nacional de Salud definirá acciones y asignará recursos para prevenir laviolencia contra las mujeres como un componente de las acciones de salud pública. Todos losplanes y programas de salud pública en el nivel territorial contemplarán acciones en el mismosentido

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Page 205: MEDICINA LEGAL

NOTIFICACION

Todo caso de sospecha o diagnostico de maltrato decualquier clase contra una mujer debe ser reportado alsistema de vigilancia en salud pública, que debeoperar en toda institución de salud.

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Page 206: MEDICINA LEGAL

DENUNCIALos objetivos en la primera entrevista, oprimera intervención son fundamentalmentetres: aumentar la seguridad personal de lamujer agredida y de sus hijos, retomar suequilibrio emotivo, su seguridad psicológica ylograr que la mujer tome una decisión sobre lospasos a seguir en un futuro inmediato.

Como actuar:La intervención será directiva, no caer en aceptar responsabilidad, problematizar al

paciente, que haga conciencia que el problema es suyo.

DENUNCIE

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Page 207: MEDICINA LEGAL

DENUNCIA

El representante legal de la IPS que atiende a lamujer maltratada, debe denunciar ante lafiscalía, directamente o a través del ICBF, o delas comisarías de familia, todo caso de posibledelito cometido contra una mujer menor deedad

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Page 208: MEDICINA LEGAL

DONDE DENUNCIAR

Ante cualquier autoridad competente

SALAS DE DENUCIA SIJINSALA DE ATENCION AL USUARIO DEL C.T.I.

COMISARIAS DE FAMILIAI.C.B.F.

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Page 209: MEDICINA LEGAL

DENUNCIA

AGRESOR1.- Consulta médicaa) Informar sobre los daños físicos y psicológicos causados a la

agredidab) Plantear alternativas de diálogo para resolver las diferenciasc) Recordar los derechos de la mujer

2.- Seguimientoa) Evaluar el impacto de la intervenciónb) Evitar la repetición del problemac) Mantener comunicación y las intervenciones necesarias a la

agredida y a su familia

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Page 210: MEDICINA LEGAL

Delitos contra la libertad, integridad y formaciones sexuales

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Page 211: MEDICINA LEGAL

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Page 212: MEDICINA LEGAL

Acceso Carnal:Penetración de miembro viril por vía

anal, vaginal u oral, así como lapenetración vaginal o anal de cualquierotra parte del cuerpo humano u otroobjeto.

Acto Sexual:Maniobras erótico sexualesindependientes de la penetración

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Page 213: MEDICINA LEGAL

VIOLACION

• Acceso carnal violento

• Acto sexual violento

• Acceso carnal o acto sexual en

persona puesta en incapacidad

de resistir

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Page 214: MEDICINA LEGAL

ACTOS SEXUALES ABUSIVOS

• Acceso carnal abusivo con

menor de catorce años

• Actos sexuales con menor de

catorce años

• Acceso carnal o acto sexual

con incapaz de resistir

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Page 215: MEDICINA LEGAL

ZONAS PARA EL ESTUDIO DE LESIONES

• Area Genital: Genitales internos y

externos, región de ano, recto y periné

• Area Paragenital: Tercio superior de la

cara interna de los muslos, nalgas y

porción baja del abdomen

• Area Extragenital: Resto del cuerpo

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Page 216: MEDICINA LEGAL

PROTOCOLO DEL DICTAMEN

• Anamnesis

• Valoración de edad

• Dictamen de Lesiones Personales

• Examen del área genital y anal

• Embarazo

• Contaminación venérea

• Alteración Psíquica

• Conclusión

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Page 217: MEDICINA LEGAL

HIMEN

• Membrana fibroelástica de

recubre el orificio externo de la

vagina.

TIPOS:

• Elásticos

• No elástico

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Page 218: MEDICINA LEGAL

FORMAS DEL HIMEN

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Page 219: MEDICINA LEGAL

FORMAS DEL HIMEN

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Page 220: MEDICINA LEGAL

DESFLORACION

Es la ruptura o desgarro de la

membrana himeneal.

220

Page 221: MEDICINA LEGAL

DESGARRO

Se ha establecido la cicatrización de

los bordes del desgarro del himen

en un tiempo de diez días.

• CLASIFICACION:

–Reciente: Menos de diez días

–Antiguo: Más de diez días

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Page 222: MEDICINA LEGAL

Posición para examen

222

Page 223: MEDICINA LEGAL

HALLAZGOS A NIVEL DEL HIMEN

INTEGRO

• Si no es dilatable: Indica que NO

ha habido desfloración

• Si es dilatable: indica que puede

permitir el paso del miembro viril

erecto sin desgarrarse.

223

Page 224: MEDICINA LEGAL

HALLAZGOS A NIVEL DEL HIMEN

NO INTEGRO

• Si presenta desgarro reciente: Indica

desfloración reciente (menor de 10 días)

• Si presenta desgarro antiguo: indica

desfloración antigua (más de 10 días)

• Si presenta carúnculas mirtiformes: Indica

que ha tenido al menos un parto por vía

vaginal

224

Page 225: MEDICINA LEGAL

ANO

No existe una lesión exclusiva que permita

decir que hubo violación anal, salvo enlos casos de desproporción pene -ano enlos cuales las lesiones anales sonimportantes.

225

Page 226: MEDICINA LEGAL

ANO

HALLAZGOSLOS ELEMENTOS A DETERMINAR CON EL EXAMEN ANAL SON:

1.- Forma del ano

2.- Tonicidad

3.- Configuración de pliegues

4.- Presencia o ausencia de lesiones

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Page 227: MEDICINA LEGAL

ANO

HALLAZGOS1.- Forma del ano

A. Circular

B. Oval

C. Infundíbular

227

Page 228: MEDICINA LEGAL

ANO

HALLAZGOS2.- Tono del ano

Normal

HipotónicoGrado I: Distancia entre bordes 2 a 3 mm

Grado II: Distancia entre bordes 3 a 5 mm

Grado III: Distancia entre bordes Mayor de 5 mm

Infundíbular: Permite una visualización de luz mayor de 5 mm y

permanece así después de cesar la separación glútea

228

Page 229: MEDICINA LEGAL

ANO

A. HALLAZGOSB. 3.- Configuración de los pliegues

A. Disposición radiada

B. Borramiento parcial

C. Borramiento completo

229

Page 230: MEDICINA LEGAL

ANO

a) HALLAZGOSb) 4.- Presencia o ausencia de lesiones

a) Fisuras

b) Laceraciones

c) Eritema

d) Escoriaciones

e) Edema

f) Infecciones de transmisión sexual

230

Page 231: MEDICINA LEGAL

ANO

Otra lesión que aparece con mucha frecuencia es

el llamado Signo de Wilson-Johnson, que

consiste en la aparición de un «desgarro de la

mucosa anal a las 6», y que suele tener su

origen en un mecanismo de tipo defensivo que

realiza la víctima.

231

Page 232: MEDICINA LEGAL

Ano normotónico

232

Page 233: MEDICINA LEGAL

EMBARAZO

• Signos de presunción

• Signos de probabilidad

• Signos de certeza

• Anticoncepción de urgencias

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Page 234: MEDICINA LEGAL

CONTAMINACION VENEREA

Blenorragia o gonorrea

Periodo de incubación: 4 a 10 días

Chancro blando o chancroide

Periodo de incubación: 3 a 5 días

Chlamydia trachomatis

Periodo de incubación: 1 a 12 días

Condiloma acuminado

Periodo de incubación: 30 a 180 días

Sífilis o Lues

Periodo de incubación: 10 a 90 días

234

Page 235: MEDICINA LEGAL

ALTERACION PSIQUICA

Además de determinar

trastorno psiquiátrico se debe

determinar embriaguez.

235

Page 236: MEDICINA LEGAL

CONCLUSION

• Recuento de todos los

hallazgos positivos del

hecho, con los resultados de

los exámenes solicitados, si

están disponibles

Page 237: MEDICINA LEGAL

AGRAVANTES PUNITIVOS

• Si la conducta se cometiere con el concurso de otra u otras

personas.

• Si el responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo

que le dé particular autoridad sobre la víctima o la impulse a

depositar en él su confianza.

• Se produjere contaminación venérea.

• Se realizare en persona menor de doce años

• Se realizare sobre el cónyuge o sobre con quien se cohabite o

se haya cohabitado, o con la persona con quien se haya

procreado un hijo

• Se produjere embarazo

237

Page 238: MEDICINA LEGAL

238

Page 239: MEDICINA LEGAL

1.- NEGACION

2.- MINIMIZACION

3.- JUSTIFICACION

4.- ELABORACION

5.- SIMULACION DE ENFERMEDAD MENTAL

239

Page 240: MEDICINA LEGAL

Fue víctima de abuso sexual

Infancia con deprivación afectiva

Relaciones familiares hostiles - violencia intrafamiliar

Expresión de afecto centrado en las relaciones sexuales genitales

Dificultad para establecer relaciones sexuales con adultos, se sienten más cómodos con niños

No han internalizado normas y valores

Uso de alcohol y droga

Inmadurez

Regresivos - fracasaron en sus relaciones sexuales con otros adultos

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Page 241: MEDICINA LEGAL

EXAMEN FORENSE DEL SOSPECHOSO

A nivel genital, se buscan cambios que indiquen

actividad sexual reciente y puedan orientar

hacia la brusquedad o violencia de dicha

actividad.

También se pueden explorar otras áreas del

cuerpo en búsqueda de lesiones patrón, huellas

de mordedura (de la víctima), signos de lucha y

otras evidencias.

241

Page 242: MEDICINA LEGAL

EXAMEN FORENSE DEL SOSPECHOSO

A nivel genital se observa:

• Vello púbico: Buscar vello de la víctima, hierba,

secreciones, sangre, materia fecal

• Glande: buscar signos inflamatorios, de contusión,

sangre (de la víctima o el agresor)

• Frenillo: buscar contusiones, laceraciones, ruptura

reciente

• Prepucio y surco bálano prepucial: buscar señales de

mordedura, secreción vaginal, células vaginales

descamativas, semen, materia fecal, vello púbico,

sangre

242

Page 243: MEDICINA LEGAL

ESCENARIOS

Victimario forma parte del núcleo familiar

Padre o padrastro

Hermano o

hermanastro

Servicio doméstico

Cuñados

Victimario forma parte de la familia extensa

Abuelos

Tío

Primo

Victimario forma parte de contextos de socialización

IGLESIA

MAESTRO

MEDICO

VECINOS

Victimario es un extraño

Violencia Fuerza física

AMIGOS

POLICIA243

Page 244: MEDICINA LEGAL

NIÑ@

VÍCTIMA

CULTURACreencias o Mitos Sexuales

Lealtad a la

FAMILIA

Ambito privado

de la familia

Falta de redes sociales

Estructuras

patriarcales

Transmisión de

generación en

generación del abuso

sexual

Desvalorización

del niñ@ COMUNIDADFalta de

solidaridad e

integración

No existen

espacios

recreativos

Tolerancia e

Indiferencia

Consumo de

alcohol y/o

droga

Invisibilidad

FAMILIA

Historias repetidas

Negación del problema

Falta de cuidado

Hacinamiento

Hogar desvalorizados

Impera la ley del silencio

244

Page 245: MEDICINA LEGAL

LEY 1146 DE 2007

(julio 10)

Diario Oficial No. 46.685 de 10 de julio de 2007

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se expiden normas para la

prevención de la violencia sexual y atención

integral de los niños, niñas y adolescentes

abusados sexualmente.

245

Page 246: MEDICINA LEGAL

LEY 1146 DE 2007

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

DECRETA;

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto la prevención de la

violencia sexual y la atención integral de los niños, niñas y adolescentes víctimas

de abuso sexual

ARTÍCULO 2o. DEFINICIÓN. Para efectos de la presente ley se entiende por

violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, todo acto o comportamiento

de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o

cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las

condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes

entre víctima y agresor.

246

Page 247: MEDICINA LEGAL

CAPITULO III.

ATENCIÓN INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE VÍCTIMA DE ABUSO

SEXUAL.

ARTÍCULO 9o. ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD. En caso de abuso sexual a niños, niñas y

adolescentes, el Sistema General en Salud tanto público como privado, así como los hospitales y

centros de salud de carácter público, están en la obligación de prestar atención médica de urgencia e

integral en salud a través de profesionales y servicios especializados. La no definición del estado de

aseguramiento de un niño, niña o adolescente víctima de abuso sexual no será impedimento para su

atención en salud, que en todo caso incluirá como mínimo lo siguiente:

1. Los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, serán atendidos en las Instituciones

Prestadoras de Salud tales como EPS, IPS, ARS previamente mencionadas, de manera inmediata y

en cumplimento del principio de prevalencia de sus derechos, clasificando y atendiendo estos casos

como de urgencia médica.

2. Examen y tratamiento de enfermedades de transmisión sexual adquiridas con ocasión del abuso.

3. Provisión de antiretrovirales en caso de violación y/o riesgo de VIH/Sida.

4. Durante la atención de la urgencia se realizará una evaluación física y sicológica del niño, niña o

adolescente víctima del abuso, teniendo cuidado de preservar la integridad de las evidencias.

5. A que se recoja de manera oportuna y adecuada las evidencias, siguiendo las normas de la Cadena

de Custodia.

6. Se dará aviso inmediato a la policía judicial y al ICBF.

7. Se practicarán de inmediato las pruebas forenses, patológicas y sicológicas necesarias para

adelantar el proceso penal correspondiente.247

Page 248: MEDICINA LEGAL

CAPITULO V.

DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA PREVENCIÓN DE

LA VIOLENCIA Y EL ABUSO SEXUALCONTRA NIÑOS, NIÑAS Y

ADOLESCENTES.

ARTÍCULO 15. DEBER DE DENUNCIAR. En ejercicio del deber

constitucional de protección de los niños, niñas y adolescentes, el Estado y

la sociedad tienen el deber de denunciar oportunamente a las autoridades

competentes cualquier indicio o caso de abuso sexual contra niños, niñas y

adolescentes dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del hecho.

248