Medicina legal 8 al 11.
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2014
EUGENIO ROTH. C.I. No. 11.595228
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
20/09/2014
ENSAYO SOBRE LOS TEMAS 8 AL 11 DE MEDICINA LEGAL.
INTRODUCCION
Los temas que voy a desarrollar a continuación forman parte de los
estudios de la Medicina Legal y son de suma importancia para su aporte,
comenzaremos con la clasificación médico legal de la muerte, los
fenómenos cadavéricos para el estudio de esto es necesario contar con la
ciencia conocida como entomología forense o médico legal, de igual forma
indagaremos sobre la Tanatología vista como la disciplina que estudia el
fenómeno de la muerte en los seres humanos, y en otros animales
(tanatología forense veterinaria), aplicando las técnicas forenses para
resolver y enfrentar las situaciones conflictivas que suceden en torno a ella.
Otros puntos a tratar son la autopsia, necropsia, levantamiento de
cadáver, anexare la descripción de imágenes donde se establecerán los
fenómenos cadavéricos. (Cambios o alteraciones que acontecen en un
cadáver) y por último el levantamiento de cadáver y el acta de defunción.
Eugenio Roth
LA CLASIFICACIÓN MÉDICO LEGAL DE LA MUERTE
LA MUERTE APARENTE
Es donde se observa una disminución de sus funciones vitales tales
como la respiración, circulación y la actividad nerviosa y este tipo de muerte
se da en los casos de coma severo, síncope, conmoción cerebral,
intoxicaciones severas, patologías (enfermedades) psiquiátricas (neurosis de
conversión) o histerismo y/o asfixias mecánicas (sumersión).
LA MUERTE CLINICA
Conocida también como (absoluta o real) la cual se caracteriza por la
desaparición total de toda actividad biológica vital correspondiente a la
circulación, respiración y la parte neurológica de la persona.
LA MUERTE CEREBRAL
Corresponde a la inactividad total, definitiva e irreversible de las
funciones cerebrales, no responde a estímulos externos, ausencia de reflejos
y sin movimientos espontáneos o respiratorios.
LA MUERTE SÚBITA
Es aquella que sucede de forma inesperada sorprendiendo tanto a
individuo como a sus familiares, ya que no presentaba antecedentes de
alguna enfermedad crónica o aparente.
LA MUERTE ASISTIDA
La cual no es legal en nuestro país ya que se trataría de un paciente
que por voluntad desea adelantar su muerte natural a causa de algún
padecimiento (enfermedad). En cuanto a la docimasia esta tiene que ver con
la dosificación o examen sobre algunos cambios glandulares, entre los
cuales señalare la docimasia hepática, suprarrenal, urinaria y peri cardíaca.
Quiere decir que existen distintas formas de muertes según la medicina legal
con características especificas que las distingue una de otras.
LA TANATOCRONO-DIAGNOSTICO
Entiéndase como el diagnostico del intervalo pos-mortem o de la hora
de la muerte de un individuo y su importancia es de carácter jurídico, ya que
el determinar con exactitud o estimación de semanas, meses, anos y hasta
siglos esta dará una aplicación justa del Derecho en cuanto a la culpabilidad
o inocencia de un individuo. Para ello se distinguen algunos signos
dependiendo si es en el cadáver reciente, antiguo o esquelético.
Dentro de este tema encontramos también uno sumamente importante
el cual se conoce como fenómenos cadavéricos y este puede ser:
El Temprano.
El Tardío
En cuanto al fenómeno cadavérico temprano: se puede decir que son
aquellos cambios que presenta el cadáver a pocas horas de muerte tal como:
Rigidez.
Enfriamiento.
Los tardíos encontraremos cambios más avanzados tales como
descomposición del cuerpo con presencia de agentes microbianos algunos
de los factores que influyen en la putrefacción son la presencia de una
sustancia orgánica, la intervención de ciertos agentes microbianos y/o una
acción favorable física o química.
Para el estudio de los cadáveres es necesario contar con la ciencia
conocida como entomología forense o médico legal, es el estudio de los
artrópodos asociados con cadáveres, se utiliza, entre otros propósitos, para
estimar el tiempo trascurrido desde la muerte o intervalo postmortem y la
identificación de los posibles traslados del cuerpo, así como las
características de las zonas de procedencia yo diría que es parte de el
estudio científico que se le realizan a los insectos encontrados en el
cadáver, producto de su descomposición y que mediante la data de
desarrollo de estos ayudan a estimar un tiempo y hora de deceso.
LA TANATOLOGÍA
No es más que la disciplina que estudia el fenómeno de la muerte en
los seres humanos, y en otros animales (tanatología forense veterinaria)
aplicando las técnicas forenses para resolver y enfrentar las situaciones
conflictivas que suceden en torno a ella, desde distintos ámbitos del saber,
es decir la medicina, la psicología, la antropología física, la religión y el
derecho.
La finalidad primordial de la tanatología es proveer no solo al enfermo
sino también a sus familiares un tránsito lleno de confianza, seguridad y
bienestar, sin dejar de un lado todos los cuidados necesarios para una
muerte digna y en paz. Señala además este tema que la tanatología ayuda a
encontrar ese sentido al proceso de la muerte, por demás se considera que
es una forma de preparar al enfermo y a su entorno para este ciclo de vida
que de una forma la muerte el cierre para dar paso a un mañana.
El profesional que aplica esta preparación se conoce como Tanatologo
el cual está capacitado para ayudar en el proceso de duelo, así como en
cualquier tipo de pérdidas significativas, a la persona que muere y a aquellas
que lo rodean, en opinión particular y luego de estudiar el tema considero
que nadie mejor que otro ser humano para preparar y apoyar en todo el
proceso de lo inevitable, brindándole, cariño, respeto, cordialidad,
confidencialidad y dignidad, en resumen calidad humana como bien lo
señalaba Elizabeth Kübler- Ross en su investigación a cerca de la
Tanatología.
LA INHUMACIÓN POR MOTIVOS JUDICIALES
Se encuentra tipificado en el Código Orgánico Procesal Penal, y es
importante comenzar por definir los siguientes términos:
Inhumación.
Exhumación
Cremación.
1) Inhumación: Entiéndase como entierro de un cadáver
2) Exhumación: Como destierro.
3) Cremación: Como encenizar un cadáver.
Cuando se realiza por motivos judiciales debe cumplir procedimientos
y normas que la misma ley establece ejemplo en el articulo número 203 del
C.O.P.P hace referencia a la exhumación y es el Juez a petición del
Ministerio Publico quien puede ordenar se realice la misma, informando a un
familiar del difunto, la exhumación se hace con la finalidad de practicar
exámenes o autopsia y al finalizar el proceso inmediatamente se sepulta.
AUTOPSIA
Existen varios tipos de autopsia estas son la Autopsias clínicas la cual
se realiza para diagnosticar una enfermedad en particular o para fines de
investigación y tiene por objeto determinar, aclarar o confirmar médicos
diagnósticos que se desconoce o poco claros antes de la muerte del paciente
otro tipo sería la autopsia académica la cual se llevan a cabo por los
estudiantes de anatomía para el propósito único estudio y por último la
Forense la que se realiza con la finalidad de esclarecer algún indicio de
violencia o cuando se sospeche de algún acto punible que haya causado la
muerte de un individuo, esta se realiza a petición del Ministerio público y es
ordenada por un Juez.
PROTOCOLO DE AUTOPSIA
Se trata de un registro individual donde se describen y anotan los
hallazgos externos (revisarse sin lavar ni desvestir para buscar cualquier
elemento o prueba que pueda ser útil para la investigación así como para
describir las ropas con todas sus características y como se encuentran
colocadas en el cuerpo) e internos del cadáver (apertura del cuerpo).
La importancia de la necropsia forense es que mediante esta se
determina la posible causa de muerte, así como también la identificación del
cadáver. Por último en este punto mencionare como se realiza el
levantamiento de cadáver, la fijación e identificación del sitio del
levantamiento y las técnicas que se utilizan.
EL LEVANTAMIENTO DE CADÁVER
Consiste en que luego que se resguarda la escena del hecho se
procede a trasladar el cadáver, para su posterior estudio (autopsia), este
debe orientar la investigación, se debe cuidar cada detalle de tal manera que
el levantamiento del cadáver no dañe alguna prueba o indicio que se pueda
esclarecer el mismo, ejemplo cuando se trata de un cadáver amarrado, en
este caso es importante no soltar el nudo sino cortarlo. En cuanto a la fijación
e identificación del sitio del levantamiento se realizan bajo unas técnicas, en
este proceso se realizan croquis, fotos, muestras de sangre, huellas entre
otros y luego se realiza un informe del estudio realizado.
LA DESCRIPCIÓN DE IMÁGENES
Se establecerán los fenómenos cadavéricos. (Cambios o alteraciones
que acontecen en un cadáver)
Imagen 1(Fenómeno cadavérico temprano)
Aquí vemos un cuerpo que presenta dos tonos de piel el más claro se
encuentra en los glúteos y espalda alta, lo que demuestra que se encontró
boca arriba, también observamos rigidez y enfriamiento de la temperatura
corporal, no se percibe mal olor o descomposición lo cual lo ubica dentro del
fenómeno cadavérico temprano.
Imagen 2 (Fenómeno cadavérico tardío)
Aquí observamos un cuerpo en estado de descomposición, que
presenta larvas y moscas, putrefacción e intervención de ciertos agentes
microbianos fenómeno cadavérico tardío no conservado.
EL LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER
Según lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal menciona
en su artículo 200 que si existieren sospechas de que la muerte violenta
fuera producto de un hecho punible y antes de proceder a la inhumación del
occiso (a) es la policía de investigaciones penales y auxiliada por el médico
forense procederá a:
Inspección corporal preliminar.
Descripción de la posición
Ubicación del Cuerpo.
Evaluación del carácter de las heridas.
Realizar diligencias que ordene el Ministerio Publico en relación al
caso.
En el caso de que no esté disponible un médico forense en la escena
donde ocurrió el hecho es la policía de investigaciones la que se encarga
del levantamiento del cuerpo, de su traslado a la morgue, la identificación del
mismo y la entrega a sus familiares respectivamente. Para la identificación
se aplicara lo establecido en el artículo 186 (inspección) del Código Orgánico
Procesal Penal. Tercer punto establecer un caso práctico de un suceso de
muerte en accidentes de tránsito, organismos que los realizan, explicar
normativa legal que rige a los mismos.
Tipificado en el articulo 201 C.O.P.P accidentes de tránsito: debe
anotarse la ubicación de la víctima (calle, acera, dentro, fuera o debajo del
vehículo), huellas de frenado, condiciones de visibilidad, altura del golpe del
vehículo en caso de atropello, tipo, color de la pintura y daños en la pintura.
Para los ocupantes del vehículo, la posición que ocupaban dentro del mismo,
uso del cinturón de seguridad, casco o airbag.
CASO DE MUERTE POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO
La ley señala que de que no se presentarse la policía de investigación
penal es el organismo de Servicio de Control y Vigilancia de Tránsito
terrestre de la policía Nacional Bolivariana la que debe encargar del
levantamiento del accidente y del cadáver auxiliado por un médico forense
para su traslado a la morgue correspondiente y se dejara constancia de lo
actuado en conformidad con la ley, salvo lo establecido en las leyes
especiales.
LOS CERTIFICADOS DE DEFUNCIÓN,
Es un documento legal en el que se registra la muerte de una persona
y este es realizado por un Medico y se realiza ante la jefatura Civil de la
jurisdicción correspondiente y es solicitado por la parte interesada.
Certificados de Defunción, tipificados en el Capítulo VII (art. 123 al 131
de la Ley Orgánica De Registro Civil.
Toda defunción deberá ser declarada en el Registro Civil.
Requisito fundamental para proceder a la inhumación o cremación.
La inscripción de la defunción en el Registro Civil, sin perjuicio de las
excepciones previstas en la ley.
Las defunciones se registrarán en virtud de:
Declaración de la defunción.
Decisión judicial.
Documento auténtico emitido por autoridad extranjera, que cumpla
con los requisitos establecidos en la ley para su inserción
Acto emanado del Ministerio del Poder Popular con competencia en
materia de Defensa de la Nación, en el caso de los militares en
campaña.
Esta Ley estipula todas las situaciones en cuanto a emisión de actas
de difusión como lo son si son acaecidas en el territorio nacional, en alta mar,
a bordo de aeronaves fuera del territorio nacional, de venezolanos en el
extranjero y de extranjeros en nuestro territorio.
Es de carácter obligatorio declarar la difusiones y son los familiares los
que deben realizarla (Los familiares directos hasta el tercer grado de
consanguinidad y primero de afinidad, el cónyuge, la cónyuge o quien
mantenga una unión estable de hecho con el fallecido o fallecida, los
capitanes o capitanas de buque o aeronave donde haya ocurrido el
fallecimiento y/o cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o policial,
que tuviere conocimiento del fallecimiento de una persona desconocida, del
hallazgo de un cadáver cuya identidad no sea posible comprobar o de una
inhumación practicada en lugares distintos a los autorizados.
Lapso establecido para el registro d la defusiones: Deben ser dentro
de las primeras cuarenta y ocho horas de su ocurrencia o del conocimiento
del hecho, ante las Oficinas y Unidades de Registro Civil. con la excepción
estipulada en el art. 127; y por ultimo encontraremos en el articulo 130 el
contenido que debe llevar una acta de defusiones.
CONCLUSIONES
Los temas relacionado a esta unidad, son de suma importancia y
aportan a la sociedad las herramientas y los medios necesarios para
garantizar el esclarecimiento de un suceso por un lado y en otro punto nos
muestra la parte científica y humana de lo que encierra el tema de la muerte,
su clasificación y todo lo que puede aportar el cuerpo humano.
La Ley establece los lineamientos que jurídicamente se deben cumplir
para el levantamiento de un cuerpo, lo cual garantizara más adelante cual
fue la causa de muerte, la hora etc. Por último puedo conceptuar el acta de
defusion como el documento que va a registrar la muerte legal de un
individuo.
Eugenio Roth.