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MEMORIA 2016 1 MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA AÑO 2016 I. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES I.1 RECORRIDO ESTADÍSTICO GENERAL I.2 PANORAMA GLOBAL I.3 SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA I.3.1 Sala de lo Civil y Penal I.3.2 Sala de lo Contencioso-Administrativo I.3.3 Sala de lo Social I.4 AUDIENCIAS PROVINCIALES I.4.1 Audiencia Provincial de Almería I.4.2. Audiencia Provincial de Cádiz I.4.3. Audiencia Provincial de Córdoba I.4.4. Audiencia Provincial de Granada I.4.5. Audiencia Provincial de Huelva I.4.6. Audiencia Provincial de Jaén I.4.7. Audiencia Provincial de Málaga I.4.8. Audiencia Provincial de Sevilla I.5 JUZGADOS I.5.1. Primera Instancia I.5.2 Familia I.5.3 Instrucción I.5.4 Primera Instancia e Instrucción I.5.5 Violencia sobre la Mujer I.5.6 Mercantil I.5.7 Penal I.5.8 Contencioso-Administrativo I.5.9 Social I.5.10 Vigilancia Penitenciaria I.5.11 Menores

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MEMORIA 2016 1

MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA

AÑO 2016

I. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES

I.1 RECORRIDO ESTADÍSTICO GENERAL

I.2 PANORAMA GLOBAL

I.3 SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

I.3.1 Sala de lo Civil y Penal I.3.2 Sala de lo Contencioso-Administrativo I.3.3 Sala de lo Social

I.4 AUDIENCIAS PROVINCIALES I.4.1 Audiencia Provincial de Almería I.4.2. Audiencia Provincial de Cádiz I.4.3. Audiencia Provincial de Córdoba I.4.4. Audiencia Provincial de Granada I.4.5. Audiencia Provincial de Huelva I.4.6. Audiencia Provincial de Jaén I.4.7. Audiencia Provincial de Málaga I.4.8. Audiencia Provincial de Sevilla

I.5 JUZGADOS I.5.1. Primera Instancia I.5.2 Familia I.5.3 Instrucción I.5.4 Primera Instancia e Instrucción I.5.5 Violencia sobre la Mujer I.5.6 Mercantil I.5.7 Penal I.5.8 Contencioso-Administrativo I.5.9 Social I.5.10 Vigilancia Penitenciaria I.5.11 Menores

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I.6 OTRAS ESTADÍSTICAS I.6.1 Violencia sobre la mujer I.6.2 Despidos I.6.3 Concursos I.6.4 Ejecuciones I.6.5 Servicios Comunes. Lanzamientos y Embargos I.6.6 Suspensiones de juicios y vistas I.6.7 Sentencias penales de conformidad I.6.8 Sentencias confirmatorias en segunda instancia I.6.9 Sobreseimientos jurisdicción penal I.6.10 Medidas de seguimiento I.6.11 Medidas de apoyo judicial

II. ANÁLISIS JUDICIAL

II.1 2010-2016: MÁS DE UN LUSTRO ESPERANDO II.2 NECESIDADES JUDICIALES

II.2.1 Nuevas plazas de Jueces y Magistrados II.2.2 Infraestructuras

III. ACTIVIDAD GUBERNATIVA E INSTITUCIONAL

III.1 SALA DE GOBIERNO

III.2 ACTIVIDAD INSTITUCIONAL III.3 GABINETE DE PRENSA

III.4 SERVICIO BIBLIOTECA JUDICIAL

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I. ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES I.1 RECORRIDO ESTADÍSTICO GENERAL Como es habitual cada año, se detallan a continuación diversos indicadores que

permiten tener una mejor radiografía y visión global sobre la situación y calidad de la justicia en el ámbito territorial del TSJA.

1. Tasa de litigiosidad (ingreso de asuntos) Durante el ejercicio 2016 ingresaron 1.245.470 asuntos, frente a los 1.794.246 asuntos

del pasado año, lo que revela que ha disminuido la litigiosidad (un 31% menos en relación con el 2015), continuando así una tendencia en la entrada de asuntos que venía produciéndose en los últimos años, si bien, como diremos en seguida, el reflejo proviene singularmente del ámbito penal.

En cualquier caso, las cifras que luego se desglosan con detalle en el apartado I.2, reflejan un porcentaje de ingresos demasiado elevado para los actuales recursos y contexto organizativo, deficitario y sumamente rígido, al tiempo que evidencian la necesidad de frenar la elevada litigiosidad, una de las más altas de los países de nuestro entorno.

En este número global de asuntos, se mantiene otro dato estadístico repetido cada año: los procedimientos penales suponen cuantitativamente la mayor carga de trabajo judicial, en concreto el 64% del total, o sea, más de la mitad de los asuntos registrados durante 2016. En el otro extremo, se sitúa el porcentaje relativo a la jurisdicción social (un 5%) y contencioso administrativa (un 4%), mientras que la jurisdicción civil supone un 27% del total de asuntos ingresados.

También, un año más, Andalucía se sitúa a la cabeza en número de asuntos ingresados a nivel nacional. Así, tenemos un porcentaje superior en un 21% al de la litigiosidad estatal, que alcanzó un total de 5.813.125 en los órganos judiciales españoles. Si la tasa en el conjunto del Estado ha sido de 124,9 asuntos por cada 1.000 habitantes, en el ámbito del TSJA es de 145,5 asuntos por cada 1.000 habitantes, por lo que sigue siendo de las más altas de España, superada por Canarias (158,7) y seguida de Baleares (135,2), Murcia (128,9), la Comunidad Valenciana (127,9), Cantabria (125,2) y Madrid (125,1). Recordemos que en Andalucía en el año 2015 fue de 179,7 asuntos, en el año 2014 fue de 218,2, en el año 2013 fue de 220, en el año 2012 fue de 226,5, en el año 2011 de 226,2, en el año 2009 alcanzó la cifra de 204,7 y en el año 2008 suponía 196, cifras todas ellas muy superiores al promedio europeo.

Por órdenes jurisdiccionales, las cifras tienen distinta lectura e intensidad. Bajan los asuntos ingresados en todas las jurisdicciones excepto en la contencioso administrativa. Así, durante 2016 esta jurisdicción presenta un 5% más de volumen general de ingreso de asuntos que el año anterior, con distinta intensidad en Juzgados y Salas, rompiendo la tendencia del pasado año en que hubo un descenso del 17%. Los asuntos contencioso-administrativos ingresados durante 2016 significan el 27% del total nacional, dato que indica que seguimos a la cabeza de la tasa de litigiosidad en esta jurisdicción.

En el lado opuesto se sitúa la jurisdicción penal, que ingresa un 40% menos de asuntos que en el año 2015. Este descenso llamativo se debe a la entrada en vigor el pasado año de la Ley Orgánica 1/2015, de reforma del Código Penal, y la Ley 41/2015, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que supusieron, de una parte, la destipificación de algunas conductas y la supresión de las faltas, algunas de ellas transformadas en delitos leves, habiendo disminuido así el número de este tipo de juicios, y,

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por otra parte, que se dejaran de remitir a los Juzgados de Instrucción los atestados policiales cuando no exista autor conocido del delito denunciado (artículo 284.2 LECriminal). En cualquier caso, el enorme impacto que se aprecia en la estadística judicial exige todavía cautela a la hora de evaluar las cifras, que siguen sumamente alejadas de la carga razonable de entrada de asuntos en muchos órganos judiciales, como se comentará más adelante.

Por otro lado, los asuntos penales ingresados en Andalucía suponen el 24% del total de ingresos a nivel nacional, lo que nos sitúa en el primer lugar de litigiosidad en esta jurisdicción.

Por su parte, la jurisdicción civil ingresa un 5% menos de asuntos y rompe la tendencia de aumento del 7% del pasado año. La jurisdicción social ingresa también un 2% menos de asuntos, si bien en la línea de descenso del pasado año, que se situó en el 6%.

2. Tasa de resolución En el mismo período de 2016, los órganos judiciales resolvieron 1.278.136 asuntos y

quedaron en trámite al final del año un total de 494.029 asuntos. Esto supone una reducción del 4% respecto a los que quedaron en trámite al final de 2015 (en la anualidad anterior la disminución fue del 5%).

Por tanto, en este recorrido estadístico general seguimos encontrando, al igual que el pasado año, un dato sumamente positivo: la tasa de resolución ha sido del 1,03 en el año 2016 (el pasado año fue del 1,02), lo que permite afirmar, con carácter general, que los órganos judiciales del territorio se sitúan en un buen nivel de laboriosidad y se resuelven más asuntos de los ingresados, pese al déficit organizativo y de recursos personales.

3. Tasa de congestión Como cada anualidad, el problema sigue siendo la tasa de congestión, que indica la

carga total de trabajo (asuntos registrados más pendientes), siempre superior a los asuntos que se resuelven. Ello no permite que la valoración final sea satisfactoria, pues es patente la dificultad de rebajar el volumen de asuntos pendientes, así como mejorar los tiempos de respuesta de muchos órganos judiciales.

Se habla, con razón, que España se coloca como tercera economía más litigiosa de la OCDE, ya sea en términos per cápita o con relación a su riqueza, agravada la situación por la sobrecarga de trabajo en los últimos años, de forma que nuestro sistema se encuentra claramente congestionado.

Volvemos a repetir que, si queremos avanzar en la normalización de ciertos Juzgados o jurisdicciones, así como en la reducción de la bolsa de asuntos pendientes, será imprescindible en 2017 mejorar los planes de refuerzo, todo ello sin olvidar la necesaria creación de plazas judiciales, la mejor optimización de ciertos órganos y otras propuestas organizativas ya conocidas y reiteradas año tras año, que se comentan más adelante y que permitirían incrementar nuestros niveles de eficacia.

4. Ejecución de sentencias En materia de ejecución de resoluciones la situación que presentan los Juzgados y

Tribunales continua siendo preocupante, ya que los asuntos pendientes al final de 2016 asciende a 449.461, algo inferior al pasado año (455.296), tal y como refleja el apartado I.6.4. No obstante, podemos hablar de una buena labor realizada durante este año 2016, pues el número de ejecuciones resueltas (262.647) supera ampliamente el número de las ingresadas (190.803).

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El total de asuntos de ejecución ingresados durante 2016, sumadas todas las jurisdicciones, ha sido de 190.803. De ellos, el 53% lo han sido en el orden civil, el 39% en el penal, el 1% en el contencioso-administrativo y el 7% en el social.

Se han resuelto, como hemos comentado, 262.647 asuntos. Del total de ejecuciones resueltas el 52% son civiles, el 41% penales, el 6% sociales, y el 1% corresponden al orden contencioso-administrativo.

Los asuntos pendientes de ejecución al final de esta anualidad asciende, como antes se dijo, a 449.461. Las ejecuciones civiles pendientes representan el 80% del total, las ejecuciones penales suponen el 17%, y las jurisdicciones social y contencioso-administrativa representan, respectivamente, el 2% y el 1% del total.

Estamos, un año más, ante un capítulo necesitado de mejora. Es éste un indicador de calidad de la justicia que, tradicionalmente, arroja datos lejanos a lo deseable, puesto que el porcentaje de ejecuciones que se han resuelto o llevado a buen fin durante 2016 se sitúa en torno al 58% de asuntos pendientes de ejecución.

5. Violencia sobre la mujer Como se recoge con detalle en el apartado I.6.1, los Juzgados del territorio han

recibido en el año 2016 un total de 29.997 denuncias relacionadas con violencia sobre la mujer (7% más que el año anterior). Se han solicitado 8.447 órdenes de protección, de las cuales se han adoptado el 37%, porcentaje que supone 3.165 órdenes de protección acordadas en 2016.

En este contexto, surge la cifra más dolorosa: se han producido 9 muertes, 7 víctimas a las que no se les había aplicado ninguna medida de protección y 2 víctimas con medidas de protección acordadas.

Asimismo, en el curso de la anualidad se han producido 2.986 renuncias a la continuación del proceso (10% del total de las denuncias recibidas).

En los últimos años las sentencias condenatorias han crecido un 20%, pero en 2016 la tendencia se ha invertido con un descenso del 18% respecto al año anterior.

Con estos datos podemos concluir que ha aumentado el número de denuncias, se ha producido un descenso en el porcentaje de mujeres que renuncian a continuar con el proceso, y disminuye ligeramente el porcentaje de condenas. Con independencia de datos estadísticos, el mensaje en esta materia ha de ser siempre incrementar el esfuerzo para erradicar esta lacra y crear una auténtica conciencia social de reproche, singularmente en las generaciones jóvenes.

6. Lanzamientos y embargos El apartado I.6.5 pormenoriza el número de lanzamientos registrados en 2016

(14.802), inferior al año pasado donde hubo 15.437 (4% menos). En cuanto a los embargos registrados, se ha producido un descenso, alcanzando los 9.151 en 2016, frente a los 11.680 de la anualidad anterior (el máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 51.149).

7. Despidos El apartado I.6.2 revela que los despidos en los Juzgados de lo Social han descendido

un 8%, registrándose 15.347 frente a los 16.673 del año 2015, si bien la pendencia es todavía preocupante pese a haber bajado un 6% respecto al año anterior. Esto pone de manifiesto la necesidad de insistir en medidas de apoyo a la jurisdicción social, muy sobrecargada por la crisis económica, ya que algunos partidos judiciales están señalando juicios (muchos, precisamente, por despido) con un retraso incompatible con el derecho al plazo razonable.

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8. Concursos El registro de los Juzgados de lo Mercantil ha descendido llamativamente en el año

2016, un 68%, descenso motivado por la reforma legal que extrajo de esta jurisdicción especializada los asuntos relativos a las condiciones generales de contratación relacionados con personas físicas. Sin embargo, como se aprecia en el apartado I.6.3, sólo ligeramente ha descendido el ingreso de concursos durante 2016; en concreto, han registrado 730, lo que supone un 9% menos (798 hubo el año anterior).

La pendencia sigue muy elevada en todas las provincias con motivo de la sobrecarga derivada de las anualidades anteriores, lo que sugiere la necesidad de medidas de apoyo en los Juzgados de lo Mercantil que ayuden a su mejora y normalización.

9. Suspensiones de juicios y vistas Otro dato para reflexionar, tal y como muestra el apartado I.6.6, es el alto porcentaje

de suspensiones de juicios y vistas (un 29%), que oscila entre el 21% de la jurisdicción penal y el 53% de la jurisdicción social. Un año más alertamos sobre esta grave disfunción que constituye, sin duda, un obstáculo para la buena marcha de un Juzgado y prolonga en exceso el tiempo de finalización del proceso. Por otra parte, pone de manifiesto la necesidad de intensificar el control de los posibles defectos procesales en las fases del procedimiento previas al juicio o vista, así como llevar a cabo cambios estructurales en la organización de las oficinas judiciales.

10. Sentencias confirmatorias en segunda instancia Como se recoge con detalle en el apartado I.6.8, el porcentaje global de sentencias

confirmatorias dictadas en recursos de apelación por las Audiencias Provinciales es del 72% y en la Sala de lo Contencioso es del 82%. Por su parte, el porcentaje de sentencias confirmatorias dictadas en recursos de suplicación por la Sala de lo Social es del 76%.

La jurisdicción penal confirma la sentencia de primera instancia en el 79% de los casos, la jurisdicción social en un 76%, la jurisdicción civil en un 64%, mientras que la jurisdicción contencioso-administrativa tiene un porcentaje en torno al 82%.

Se trata de datos relevantes porque, además de indicar el grado de éxito que cabe esperar cuando se recurre una decisión judicial, muestran también que los tribunales de segunda instancia avalan en un porcentaje muy elevado la calidad de las sentencias que llegan ante ellos. Por otra parte, pueden servir de guía a las políticas legislativas en materia de una justicia sostenible, que exige diferenciar entre el derecho de acceso a la justicia y de acceso al recurso, para, a partir de esta premisa, evitar la multiplicidad y reiteración de recursos con simple ánimo dilatorio, valorar la oportunidad de una sola instancia de revisión judicial en ciertas materias y la razonabilidad de supeditar a una determinada cuantía ciertos recursos o procedimientos. En fin, debemos evitar una sobreutilización del proceso, generando mayores dosis de responsabilidad en todos los partícipes, en aras a disminuir la provocación de pleitos innecesarios.

11. Tiempos de respuesta Durante 2016, y en el conjunto del territorio andaluz, no se observan cambios

elocuentes en la capacidad de respuesta de los órganos judiciales ante la carga de trabajo ni diferencias sustanciales en cuanto a la duración media estimada de los procedimientos, que se sitúa en parámetros similares al pasado año 2015: en la jurisdicción civil, en 1ª Instancia, es 7,9 meses y en 2ª Instancia 7,6 meses; en la jurisdicción penal, en 1ª Instancia es 1,6 meses y en 2ª instancia es 2,2; en la jurisdicción contencioso-administrativa, en 1ª

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Instancia es 12,4 meses y en 2ª Instancia 12 meses; en la jurisdicción social, en 1ª Instancia es 12 meses y en 2ª Instancia es 5,6 meses.

Ocioso resulta añadir que se trata de estimaciones generales de tiempos de respuesta y duración de los procedimientos en un cómputo global de Andalucía, ya que, el tratamiento particularizado permite detectar contrastes de funcionamiento y muy distintos tiempos de respuesta, tanto en procedimientos de similar ámbito jurisdiccional, incluso del mismo órgano judicial, como en órganos judiciales de similares características y jurisdicción, incluso dentro del mismo partido, revelando singulares diferencias temporales, que no encuentran siempre explicación ni justificación lógica.

12. Ratio de jueces por habitante Según los datos del informe 2016 publicado por la Comisión Europea para la Eficiencia

de la Justicia (CEPEJ), España sigue a la mitad de la media de los Estados europeos (45 países analizados en el año 2014, último ejercicio con cifras armonizadas).

En el ámbito del TSJA contamos con 956 jueces, lo que significa una ratio de 11,2 jueces por cada 100.000 habitantes (la última cifra publicada en INE relativa al año 2016 recoge 8.558.652 habitantes en Andalucía, Ceuta y Melilla), lo que nos permite hacer la oportuna ponderación con la media nacional, que se sitúa en nivel algo superior (12), aunque existen diferencias según Comunidades. La media europea está en torno a 21 jueces por cada 100.000 habitantes, si bien con muy diferentes porcentajes; por ejemplo, Francia (10,7), Italia (10,6), Suecia (11,8), Noruega (11), Portugal (19,2) y Alemania (24,7).

13. Organización territorial Al no haberse producido ninguna reforma organizativa durante años, seguimos entre

los sistemas con mayor dispersión organizativa-territorial y número de órganos jurisdiccionales, a diferencia de la concentración propia de otros Estados europeos. Andalucía, en concreto, se divide en 85 partidos judiciales con un total de 671 órganos jurisdiccionales, de los cuales 141 están ubicados en la provincia de Sevilla y 134 en la provincia de Málaga. Le siguen Cádiz (98), Granada (75), Córdoba (59), Almería (51), Jaén (47), Huelva (40), Ceuta (13) y Melilla (13). El TSJA, con sede en Granada, cuenta con Salas desplazadas en Sevilla y Málaga para el orden contencioso y social. Existen, además, ocho Audiencias Provinciales, en las que hay 42 Secciones, cuatro de ellas desplazadas territorialmente en Algeciras, Ceuta, Jerez y Melilla. Asimismo, contamos con dos Registros civiles exclusivos, cuyos titulares son Magistrados, con sede en Málaga y Sevilla, respectivamente. Y, en fin, tenemos 687 Juzgados de Paz.

Hubiera sido alentador que iniciaran su andadura reformas muy necesarias tendentes a un nuevo diseño organizativo de la justicia para adaptarla a la actual realidad política, territorial, económica y social de España, modificando la división territorial actual e introduciendo mecanismos de flexibilidad y mayor especialización en torno a principios y pautas de colegiación. La concentración, la colegiación, es un signo de modernidad presente en, prácticamente, todos los ámbitos judiciales de Europa, que introduce la cultura de la organización en el seno del funcionamiento de los órganos judiciales.

Hay otra propuesta organizativa posible, sumamente beneficiosa a nuestro juicio y que se comenta más adelante, a saber concentrar/agrupar partidos judiciales limítrofes, superando la atomización de las demarcaciones judiciales existentes, pero sin eliminar ninguno de los actuales partidos; al contrario, seguir aprovechando los recursos personales y las infraestructuras judiciales con que ya contamos, pero con mayor eficiencia y eficacia.

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En definitivo, lo más inmediato y urgente es configurar una mapa judicial al servicio de una justicia eficaz, no de intereses particulares, fomentar medidas disuasorias del pleito, una nueva forma de investigación penal, y una oficina judicial al servicio de la Justicia. El funcionamiento ágil de la justicia requiere, por tanto, reformas de verdadera calidad y romper con la rigidez organizacional.

I.2 PANORAMA GLOBAL En este apartado se presentan los datos procesados sobre la actividad desarrollada

en el año 2016 en cada uno de los órganos judiciales incluidos en el ámbito territorial de este TSJA. Se comienza por distintas estadísticas y gráficos, tanto generales como por provincias, que resumen la actividad en todas las jurisdicciones y permiten una comparativa final de la litigiosidad durante los dos años anteriores.

En los apartados siguientes se analiza con más detalle la actividad durante el año 2016 de todos los órganos judiciales de este Tribunal Superior de Justicia, así como la evolución que han seguido a lo largo de los últimos cinco años, haciendo uso para ello de los datos recogidos por el Consejo General del Poder Judicial a través de los boletines estadísticos trimestrales que rellenan. En primer lugar, se comentan las Salas que conforman este Tribunal Superior, luego se presenta la información de las distintas Audiencias Provinciales y, a continuación, se analiza y configura el mapa de actividad de los órganos unipersonales, mediante un estudio pormenorizado por los distintos órdenes jurisdiccionales dentro de cada partido judicial. Finalmente, nos ha parecido conveniente, como otros años, recoger distintas estadísticas sobre aspectos de interés judicial.

El análisis de los órganos judiciales, como suele ser habitual, se realiza bajo la perspectiva del módulo referencial del Consejo General del Poder Judicial sobre carga de trabajo para los Juzgados y Tribunales. Por otro lado, el análisis de los datos incluye diferentes tasas que resumen la actividad desarrollada por cada órgano judicial.

La tasa de resolución se calcula dividiendo la cantidad de asuntos resueltos por la cantidad de asuntos ingresados, relaciona estos dos valores. Si esta tasa es mayor que 1 quiere decir que la pendencia ha disminuido a lo largo del año en ese órgano judicial.

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final de año con los resueltos (se calcula dividiendo la pendencia por la resolución). De esta manera se obtiene una estimación del tiempo que se va a tardar en resolver dichos asuntos pendientes. La tasa de pendencia multiplicada por 12 nos da este tiempo en meses.

La tasa de congestión indica el número de asuntos que se resuelve a lo largo del año de la carga total de trabajo del órgano (asuntos pendientes del año anterior más los ingresados), ya que se obtiene dividiendo la carga total de trabajo entre los asuntos resueltos. Si esta tasa es menor que 1 quiere decir que la pendencia ha disminuido a lo largo del año en ese órgano judicial.

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AÑO 2016 Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Sentencias

CIVIL 227.963 332.820 (-5%)

334.736 (-2%)

230.067 (2%)

80.470

Juzgados de Menores 0 0 0 0 0

Juzgados de Primera Instancia 80.648 147.145 146.951 83.725 25.756

Juzgados de Familia 13.199 33.166 32.350 13.969 12.014

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción 93.997 122.830 122.370 95.529 26.701

Juzgados de Violencia sobre Mujer 2.587 5.388 5.046 2.994 2.118

Juzgados de lo Mercantil 26.450 5.634 10.837 21.297 4.568

Audiencias Provinciales 11.057 18.585 17.107 12.531 9.290

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia

25 72 75 22 23

PENAL 167.214

793.178 (-40%)

819.725 (-40%)

147.433 (-11%)

116.920

Juzgados de Menores 2.918 6.420 6.302 3.220 3.907

Juzgados de Vigilancia Penitenciaria 7.060 53.768 54.900 5.738

Juzgados de lo Penal 32.909 35.060 37.909 31.664 34.454

Juzgados de Instrucción 42.325 361.230 373.576 36.148 34.010

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción 68.838 259.197 268.711 58.363 27.617

Juzgados de Violencia sobre Mujer 6.988 43.815 43.673 7.266 4.528

Audiencias Provinciales 6.153 33.554 34.523 5.010 12.380

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia

23 134 131 24 24

SOCIAL 65.708 65.594 (2%)

64.647 (1%)

63.483 (1%)

36.544

Juzgados de lo Social 61.400 55.911 55.698 58.428 28.004

Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia 4.308 9.683 8.949 5.055 8.540

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 57.798 53.878 (5%)

59.028 (-7%)

53.046 (-8%)

36.396

Juzgados Contencioso-Administrativo 40.221 41.016 45.912 35.743 25.748

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

17.577 12.862 13.116 17.303 10.648

TOTAL GENERAL 518.683 1.245.470 (-31%)

1.278.136 (-30%)

494.029 (-3%)

270.330

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En el siguiente cuadro, comparativa del año 2015 y 2016, se observan las tasas de

resolución, pendencia y congestión por jurisdicciones.

AÑO 2015

AÑO 2016

Tasa resolución

Tasa de pendencia

Tasa de congestión Tasa

resolución Tasa de

pendencia Tasa de

congestión

CIVIL 0,98

0,65

1,65

1,01 (3%)

0,69 (6%)

1,68 (2%)

PENAL 1,03

0,12

1,12

1,03 (0%)

0,18 (50%)

1,17 (5%)

SOCIAL 0,99

0,99

2,05

0,99 (0%)

0,98 (-1%)

2,03 (-1%)

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

1,24

0,91

1,85

1,10 (-12%)

0,90 (-1%)

1,89 (2%)

TASAS GENERALES 1,02

0,28

1,27

1,03 (1%)

0,39 (38%)

1,38 (9%)

Entre paréntesis se indica la variación porcentual con respecto al año anterior La tasa de resolución en 2016 es de 1,03, mayor que el pasado año 2015. Esta

tasa indica que se han resuelto en todos los órdenes jurisdiccionales más asuntos de los ingresados, por lo que la pendencia a final de año ha disminuido ligeramente. La jurisdicción penal y contencioso administrativa son las que tiene una tasa de resolución mayor.

La tasa de pendencia es 0,39, un 38% mayor que en 2015. Esta tasa indica que se han resuelto más asuntos de los que quedan pendientes a final de año. Si multiplicamos esta tasa por 12, nos da el número de meses que se tardaría en resolver los asuntos pendientes. En el caso de la jurisdicción civil se tardarían algo más de 8 meses en resolver la pendencia a este ritmo resolutivo, en la jurisdicción penal aproximadamente dos meses, en la social y en la contencioso-administrativa algo menos de un año.

La tasa de congestión relaciona la carga total de trabajo con los asuntos resueltos. En Andalucía tenemos una tasa de congestión del 1,38. La carga de trabajo total es mayor que los asuntos que se resuelven.

En los siguientes gráficos se puede ver la situación de cada provincia por jurisdicciones.

ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS. AÑO

0 20.000 40.000 60.000 80.000

100.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

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MEMORIA 2016 11

ASUNTOS PENALES. POR PROVINCIAS. AÑO 2016

0 50.000

100.000 150.000 200.000 250.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

ASUNTOS SOCIALES POR PROVINCIAS. AÑO 2016

0 5.000

10.000 15.000 20.000 25.000 30.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

ASUNTOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR PROVINCIAS. AÑO 2016

0 5.000

10.000 15.000 20.000

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

En los siguientes gráficos podemos apreciar la evolución que en los seis últimos años, se ha producido con respecto a los asuntos que se han registrado y resuelto, así como la pendencia al final del ejercicio.

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MEMORIA 2016 12

JURISDICCIÓN CIVIL

050.000

100.000150.000200.000250.000300.000350.000400.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

JURISDICCIÓN PENAL

0200.000400.000600.000800.000

1.000.0001.200.0001.400.0001.600.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

JURISDICCIÓN SOCIAL

010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.00090.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 13

JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

0

20.000

40.000

60.000

80.000

100.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 14

I.3 SALAS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA II.3.1 SALA DE LO CIVIL Y PENAL JURISDICCIÓN CIVIL La Sala de lo Civil y Penal ha resuelto un total de 75 asuntos civiles durante el año

2016, de los cuales 25 se refieren a cuestiones de competencia. Se han dictado 23 sentencias civiles y 34 autos, todos ellos resolviendo sobre el fondo del recurso. A fecha 31 de diciembre de 2016 quedan 22 asuntos civiles pendientes de resolución en esta Sala. La tasa de resolución alcanza el 1,04, con una pendencia de 0,3.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES SALA DE LO CIVIL Y PENAL TSJA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

RECURSOS Y PROCESOS 9 38 41 6 Recursos de casación Recursos extraordinarios de revisión 1 1 Procesos de resp. civil contra magistrados 1 1 Restantes procesos de resp. civil Cuestiones de competencia 3 22 25 Otros 6 14 14 6

ASUNTOS EN MATERIA DE LA LEY DE ARBITRAJE 16 34 34 16 Reconocimiento de Laudos o Resoluciones arbitrales extranjeras 1 3 1 3 Anulación de laudos arbitrales 5 21 19 7 Nombramiento y remoción de árbitros 10 10 14 6 Total 25 72 75 22

EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Se puede observar en el gráfico adjunto que la actividad civil de la Sala de lo Civil y

Penal se estabiliza en torno a los 70 registros, después del incremento del año 2012, debido singularmente a los asuntos ingresados en materia de la Ley de Arbitraje.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA.SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

20

40

60

80

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 15

JURISDICCIÓN PENAL En materia penal se han ingresado 134 asuntos, cantidad algo mayor al año anterior,

y se han resuelto un total de 131 asuntos, situándose la pendencia a final de año en 24 asuntos. La tasa de resolución es del 0,98 y la tasa de pendencia es 0,18, lo que significa que la misma se resolvería, al mismo ritmo de trabajo, en dos meses aproximadamente.

Por materias, se han registrado 24 procesos de la Ley del Jurado, 13 Apelaciones contra Autos y 3 apelaciones contra sentencias de las Audiencias Provinciales. Un número importante de ingresos se produjo en causas contra Jueces y Magistrados, en total 44 asuntos, a las que añadir 11 causas penales de aforados. Además, se han registrado 39 cuestiones de competencia.

Durante 2016 se han dictado 24 sentencias penales, siendo 23 de ellas por procesos de la Ley del Jurado (7 estimatorias y 16 desestimatorias). Además, se han dictado 101 autos penales, todos resolviendo sobre el fondo del recurso. Se han elevado 16 recursos de casación contra sentencias y se han devuelto 11, de los cuales 9 confirmaban totalmente la sentencia y 2 la revocaban.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES SALA DE LO CIVIL Y PENAL TSJA. 2016

ASUNTOS PENALES Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

PROCESOS LEY JURADO 12 40 41 11 Apelaciones contra sentencias en procesos Ley del Jurado 11 24 23 10 Ap. Contra sent. de Aud. Provinciales 3 2 1 Apelaciones contra autos 1 13 16

RESTANTES PROCESOS 11 94 90 13 Contra jueces, magistrados y fiscales 2 44 38 9 Aforados Estatuto Autonomía 11 9 2 Cuestiones de competencia 6 39 43 2 Decomiso autónomo Otros 3

TOTAL 23 134 131 24

EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Se observa en el gráfico adjunto que la actividad penal ha vuelto a crecer

ligeramente siguiendo con la tendencia de los últimos años.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

50

100

150

200

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 16

El gráfico siguiente muestra una clasificación temporal por materias. Se puede observar que los procesos de la Ley del Jurado vuelven a disminuir en este año, con un total de 24 ingresos, por debajo del año anterior.

ASUNTOS PENALES REGISTRADOS. SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

20

40

60

80

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Procesos Ley Jurado Contra jueces, mag. y f isc.Estat. Autonomía Cuest. Competencia

Los procesos contra Jueces y Magistrados se mantienen en cifras estables y similares en los últimos años. Las cuestiones de competencia han aumentado en 2016, con 43 ingresos en el año. Los procesos relativos a personas aforadas han sufrido un repunte y se cifran en 11 asuntos en 2016.

En otro orden de consideraciones, esta Sala Civil y Penal ha comenzado a recibir recursos de apelación contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en primera instancia, referidas a procedimientos penales iniciados a partir del día 6 de diciembre de 2015, conforme a las previsiones de la Ley 42/2015, de reforma de la Ley Enjuiciamiento Criminal. Se espera un incremento importante de este tipo de recursos, por lo que esta Sala, integrada sólo por el Presidente del TSJA y dos Magistrados, difícilmente puede resolver en tiempo razonable la sobrecarga de trabajo; de ahí, la necesidad de ampliar los recursos personales de la Sala. En esta línea, es positiva la publicación del Real Decreto 229/2017, de 10 de marzo, que dota de seis plazas a la Sala de lo Civil y Penal del TSJA para hacer efectiva la segunda instancia penal.

Finalmente, debe reseñarse que la Sala se encuentra en pleno proceso de digitalización judicial con la implantación informática tanto del sistema Adriano de gestión procesal como de Lexnet, a efectos de comunicaciones y presentación telemáticas de escritos, y firma digital, aspectos de los que carecía hasta la anualidad presente. Falta la instalación del cendoj/resdoj para la remisión de sentencias, así como del sistema Nautius para la itineración de los recursos de apelación procedentes de las Audiencias Provinciales.

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MEMORIA 2016 17

I.3.2 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO La Sala de lo Contencioso Administrativo tiene tres sedes, ubicadas territorialmente

en las ciudades de Granada, integrada por 12 Magistrados, Málaga, con 9 Magistrados de plantilla, y Sevilla, que cuenta con 20 Magistrados. Para fijar la concreta competencia de cada Sala dentro del ámbito territorial del TSJA siguen vigentes las específicas normas de distribución de asuntos, aprobadas el 16 de febrero de 2005, que reparten en base a la procedencia administrativa del acto o disposición impugnado, esto es, según provenga de Presidencia, Consejo de Gobierno y las distintas Consejerías Autonómicas.

A nivel interno, las tres sedes operan funcionalmente de forma distinta. Así, la Sala de Granada ha estado dividida en cuatro Secciones funcionales con gran especialización por materias (tributos, personal, expropiación forzosa, extranjería, etc.). La Sala de Málaga opera con tres Secciones funcionales, si bien no existe especialización porque los Magistrados se reparten proporcionalmente los procedimientos y conocen de todas las materias. La Sala de Sevilla se divide en cuatro Secciones funcionales con cierta especialización, pero no tan aguda como en Granada, ya que, salvo urbanismo y expropiación forzosa, los recursos en materia de tributos o de personal se distribuyen prácticamente entre todas las Secciones.

Es importante intensificar la comunicación de los tres Presidentes de cada sede, así como a nivel interno en cada Sala, en aras a la mayor uniformidad interpretativa y seguridad jurídica, al tiempo que evitar resoluciones divergentes sobre cuestiones idénticas.

Se parte, en general, de una labor resolutiva consistente en el dictado de cinco ponencias semanales por Magistrado, lo que permite insistir, como reflexión general, en la necesidad de asegurar el mejor rendimiento y eficacia de la Sala, así como en la importancia de todas aquellas medidas que permiten obtener la máxima efectividad en el trabajo judicial, maximizando el uso de los instrumentos legales en supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, el pleito-testigo, la extensión de efectos de sentencias, así como aplicación de los mecanismos de inadmisión en fases tempranas del procedimiento (art. 51.2 LRJCA), evitando la tramitación innecesaria de procesos cuya cuestión de fondo ya ha sido resuelta.

RESUMEN GENERAL La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha ingresado en el año 2016 un total de

12.862 asuntos en sus tres sedes (un 7% más que en 2015) y resuelto un total de 13.116 (un 2% más que en 2015). Se han resuelto más asuntos de los que han ingresado, lo que permite disminuir la pendencia a final de año, siguiendo la tendencia de anualidades anteriores. A pesar de este dato, no podemos ignorar que el número de asuntos pendientes de resolver por los órganos colegiados de la jurisdicción contenciosa administrativa andaluza sigue siendo elevado y se sitúa en los 17.303 asuntos.

A continuación, en el cuadro adjunto, se enmarca el número de asuntos pendientes al inicio y al final del año 2016, distinguiendo el concreto número de asuntos incoados y resueltos a lo largo del mismo año, según sean asuntos de los que la Sala haya de conocer en única instancia o en segunda instancia. Dentro de cada uno de los dos bloques señalados, se distinguen materias en base al objeto del recurso contencioso administrativo o del rollo de apelación.

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MEMORIA 2016 18

MOVIMIENTO DE ASUNTOS 2016. SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO TSJA

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 10.147 6.006 5.897 10.237 Derechos fundamentales 21 18 12

Urbanismo y ordenación del territorio 361 73 172 265

Expropiación forzosa 692 192 261 613

Contratos Administrativos 377 250 188 440

Administración Tributaria 2.978 1.902 2.242 2.631

Medio Ambiente 217 57 77 200

Función Pública 1.549 607 829 1.312

Administración Laboral y Seg. Social 854 441 280 1.013

Extranjería 0 0 0 0

Actividad Administrativa Sancionadora 785 285 307 763

Electoral 0 1 1 0

Dominio Público y Propiedades Especiales 428 349 306 470

Responsabilidad Patrimonial 210 233 192 241

Otras materias 1.696 1.595 1.024 2.277

ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 7.430 6.856 7.219 7.066 Recursos de apelación 7.394 6.785 7.144 7.035

Contra sentencias 5.479 5.037 4.951 5.565 Contra autos 1.915 1.748 2.193 1.470

Recursos de queja 20 68 72 16 Recursos de revisión 9 2 2 8 Recursos de casación 7 0 1 6

Unificación de doctrina 4 0 1 3 Interés de ley 3 0 0 3

Cuestiones de competencia 0 1 0 1 TOTAL 17.577 12.862 13.116 17.303

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Atendiendo a los datos estadísticos anteriormente desglosados, ha de destacarse

que un número importante de los asuntos en única instancia iniciados en el año 2016 afectan a la Administración Tributaria (un 32%) y la Función Pública (un 10%). El porcentaje de recursos en única instancia en otras materias es menor, como los relativos a Administración laboral y Seguridad Social (7%), dominio publico y propiedades especiales (6%), responsabilidad patrimonial, actividad administrativa sancionadora o contratos administrativos (4%), expropiación forzosa (3%) y urbanismo y ordenación del territorio o Medio Ambiente (1%).

A continuación, se destacan en un gráfico los asuntos ingresados distinguiendo por materias el concreto porcentaje que representan en el cómputo total.

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MEMORIA 2016 19

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2016

1%10%

6%

4%

27%4%

32%

3%1%

7%5%

Derechos fundamentales

Urbanismo y ordenación del territorio

Expropiación forzosa

Contratos Administrativos

Administración Tributaria

Medio Ambiente

Función Pública

Administración Laboral y S.Social

Extranjería

Actividad Administrativa Sancionadora

Electoral

Dominio Público y Propiedades Especiales

Responsabilidad Patrimonial

Otras materias

La continua reducción de asuntos pendientes, como revela el gráfico siguiente, ha sido posible, no sólo por la minoración de competencias tras las últimas reformas legales, sino también por la incidencia de los planes de refuerzo.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Los asuntos en segunda instancia son, en su mayoría, recursos de apelación (el

99%). Si bien a partir del año 2010 se reduce el número de asuntos ingresados, desde 2014 se invierte la tendencia y se detecta un incremento, que en este último año es de un 38% respecto a 2013.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA

SERIES TEMPORALES 2011-2016

02.0004.0006.0008.000

10.00012.00014.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

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MEMORIA 2016 20

EVOLUCIÓN La actividad de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha caracterizado siempre

por el volumen de asuntos pendientes, si bien en los últimos años el nivel de resolución ha sido mayor al número de asuntos registrados, lo que ha permitido que en el período analizado en el gráfico siguiente (2011-2016) la pendencia de asuntos se haya reducido considerablemente, a pesar del incremento de los asuntos ingresados.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS EN LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

RESOLUCIONES En las Salas de lo Contencioso-Administrativo se han dictado 13.129 resoluciones

que se distribuyen, tal y como se visualiza en el gráfico adjunto, en un 81% de sentencias, un 7% de autos sobre medidas cautelares y un 12% de otros autos (desistimiento, caducidad, competencia, resolución de incidentes de ejecución o en materia de ejecución provisional de sentencias).

RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS SALAS DE LOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2016

81%

7%12%

Sentencias

Autos Med. Cautelares

Otros autos

ACTIVIDAD POR SALAS La Sala de lo Contencioso-Administrativo, como se ha referido, se encuentra dividida

territorialmente en tres sedes: Granada, Málaga y Sevilla. Ello exige deslindar en cada sede el número de asuntos pendientes al inicio y al final del año 2016, así como el número de asuntos registrados y resueltos, para poder calcular las tasas de resolución, de pendencia y

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MEMORIA 2016 21

de congestión operante en cada una de ellas. Todos estos datos se extractan en el siguiente cuadro.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionGRANADA 6.603 2.610 3.932 5.218 1,51 1,33 (16m) 43%

MÁLAGA 5.319 2.922 3.465 4.820 1,19 1,39 (17m) 42%

SEVILLA 5.655 7.330 5.719 7.265 0,78 1,27 (15m) 44% TOTAL 17.577 12.862 13.116 17.303 1,02 1,32 (16m) 43%

De este cuadro se destaca que la Sala de Granada ha registrado un total de 2.610

asuntos (un 16% más que en 2015), la de Málaga ingresó 2.922 asuntos (20% menos que el año anterior), la de Sevilla 7.330 asuntos (un 20% más que el año anterior).

Por otro lado, la Sala de Granada ha resuelto 3.932 procesos (16% más que el año anterior), la Sala de Málaga ha resuelto 3.465 asuntos (14% menos que en 2015) y la Sala de Sevilla ha resuelto 5.719 asuntos (4% más que el año anterior).

Las Salas de Granada y Málaga han disminuido el número de asuntos pendientes a final del año 2016 y la Sala de Sevilla ha sufrido un incremento de la pendencia del 29% vinculado al aumento considerable en el número de asuntos registrados. Así, la pendencia en la Sala de Granada es de 5.218 asuntos, en la Sala de Málaga de 4.820 asuntos y la Sala en Sevilla tiene una pendencia de 7.265 asuntos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALAS DE LOCONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2016

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

Granada Málaga Sevilla

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

Analizando la conceptualización de las diferentes tasas, se revela lo siguiente: La tasa de resolución hace referencia a la cantidad de asuntos que se resuelven en

función de los que se ingresan. Las cantidades mayores de 1 indican que la pendencia ha disminuido a lo largo del año. Esto ha ocurrido en Granada y Málaga, mientras que Sevilla ha resuelto menos de lo ingresado.

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los meses que se tardarían en

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MEMORIA 2016 22

eliminar esta pendencia. Al mismo tiempo, hay que tener en cuenta que en la Sala se siguen registrando asuntos así que se irían acumulando a ese valor. En las tres Salas se estima que la pendencia actual se eliminaría en año y medio aproximadamente (16, 17 y 15 meses, respectivamente).

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo largo del año respecto de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 43% de la carga de trabajo total, en Málaga el 42% y en Sevilla el 44%.

CARGA DE TRABAJO A continuación se muestra una tabla general en la que se puede apreciar la carga de

trabajo y la labor resolutiva por Magistrado en cada una de las Salas.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO. SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

Asuntos ingresados en

2016

Resoluciones dictadas en

2016 Magistrados en

2016

Asuntos ingresados por

Magistrado

Resoluciones dictadas por Magistrado

GRANADA 2.610 3.932 12 218 328 MÁLAGA 2.922 3.097 9 325 344 SEVILLA 7.330 6.100 20 367 305

El módulo referencial para las Salas de lo Contencioso-Administrativo gira en torno a los 297 asuntos por Magistrado y año, que es superado por la sede de Málaga y Sevilla, si bien, por el momento, no se considera imprescindible aumentar la plantilla de Magistrados, sin perjuicio del despliegue de planes de refuerzo, como medida puntual para eliminar bolsas de pendencia.

SALA EN GRANADA La Sala de Granada ha ingresado 2.610 asuntos en el año 2016, un 16% más que el

año anterior, y ha resuelto 3.932 asuntos, un 16% más que en 2015. La pendencia a final de año ha disminuido un 21% con respecto al año anterior, debido a que se han resuelto más asuntos que los ingresados, siendo su valor de 5.218 asuntos a 31 de diciembre. Del total de asuntos iniciados en el año el 55% corresponde a asuntos en primera instancia y el 45% a recursos.

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MEMORIA 2016 23

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 4.862 1.446 2.182 4.063 Derechos fundamentales 6 5 7

Urbanismo y ord. del territorio 127 27 26 125

Expropiación forzosa 509 111 147 463

Contratos Administrativos 168 78 38 208

Administración Tributaria 1.736 507 1.035 1.190

Medio Ambiente 121 13 15 119

Función Pública 757 117 331 526 Administración Laboral y S.Social 351 88 37 400 Extranjería 0 0 0 0 Actividad Administrativa Sancionadora 185 75 89 171 Electoral 0 1 1 0 Dominio Público y Prop. Especiales 245 95 125 214 Responsabilidad Patrimonial 81 105 98 77 Otras materias 582 223 235 563 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 1.741 1.164 1.750 1.155 Recursos de apelación 1.722 1.149 1.731 1.140 Contra sentencias 1.598 977 1.624 951 Contra autos 124 172 107 189 Recursos de queja 4 14 17 1 Recursos de revisión 8 1 1 8 Recursos de casación 7 0 1 6 Unificación de doctrina 4 0 1 3 Interés de ley 3 0 0 3 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 TOTAL 6.603 2.610 3.932 5.218

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los asuntos en primera instancia iniciados en esta Sala

corresponde a procesos relativos a Administración Tributaria (35%) y a procesos contra la Función Pública o de Expropiación forzosa (8%).

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN GRANADA.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 20168%

5%

36%

1%8%

15%2%

7%

5%

6%

7%

Derechos fundamentales Urbanismo y ord. del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Admón. Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Prop. Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias

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MEMORIA 2016 24

Como ya se ha explicado en años anteriores, el principal problema en la Sala de Granada relativo a los asuntos en primera instancia ha sido la enorme pendencia que subyace desde hace años, si bien en 2016 continúa disminuyendo (un 16%), como se puede observar en el gráfico siguiente.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

02000400060008000

1000012000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados Resueltos Pendientes al f inal

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Los procesos en segunda instancia iniciados en 2016 corresponden en un 99% a

recursos de apelación, de los cuales 977 son contra sentencias y 172 contra autos. Además se han ingresado 14 recursos de queja (dos Recursos de Queja correspondientes al art. 86.3 de la LRJCA) y un recurso de revisión.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN GRANADA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1000

2000

3000

4000

5000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

Como se observa en el gráfico, la tendencia de los últimos años de reducción notable del número de asuntos de entrada, junto a los planes de refuerzo desplegados, ha permitido reducir la pendencia en un 75% en los últimos seis años, quedando en la actualidad 1.155 recursos pendientes de resolución.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos pendientes de resolución continúa la tendencia descendente

desde 2010. En 2016 se ha resuelto un 16% más que en 2015, lo que ha permitido reducir aún más la pendencia, sin duda por la mayor tasa resolutiva por los planes de refuerzo que, como es sabido, están implementados desde finales de 2011 con el objetivo final de normalizar en cierta manera su funcionamiento.

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MEMORIA 2016 25

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

5000

10000

15000

20000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

RESOLUCIONES En la Sala de Granada se han dictado 3.932 resoluciones (un 14% más que el año

anterior) que se distribuyen en 3.315 sentencias, 270 autos sobre medidas cautelares y 347 autos de otro tipo (como son autos de caducidad, desistimiento, competencia, en resolución de incidentes de ejecución, liquidación de intereses, en materia de ejecución provisional de sentencias, en procedimientos de apremio, en preparación de recurso de casación), tal y como muestra el gráfico adjunto.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA DE GRANADA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2016

84%

7% 9%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

Por otro lado, el 50% de las sentencias corresponde a procesos en única instancia y

el otro 50% a recursos de apelación, extraordinarios de casación y de casación para unificación de la doctrina. De las sentencias dictadas son estimatorias en un 32% de los casos. Además, el 70% de los autos dictados en piezas de medidas cautelares acceden a la adopción de tales medidas.

SALA EN MÁLAGA La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga ha ingresado 2.922 asuntos en

2016 (un 20% menos que el año anterior) y resuelto 3.465 (un 14% menos que en 2015). La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año ha disminuido un 9%.

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MEMORIA 2016 26

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 1.354 766 866 1.298 Derechos fundamentales 5 6 0 Urbanismo y ordenación del territorio 162 17 101 84 Expropiación forzosa 92 16 54 54 Contratos Administrativos 23 14 22 16 Administración Tributaria 376 377 329 435 Medio Ambiente 90 44 56 81 Función Pública 219 84 91 214 Administración Laboral y Seg. Social 56 15 33 38 Extranjería 0 0 0 0 Actividad Adtva. Sancionadora 32 33 40 25 Electoral 0 0 0 0 Dominio Público y Prop. Especiales 0 2 2 0 Responsabilidad Patrimonial 71 25 24 73 Otras materias 233 134 108 278 ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 3.965 2.156 2.599 3.522 Recursos de apelación 3.962 2.133 2.582 3.513 Contra sentencias 2.602 1.521 1.321 2.802 Contra autos 1.360 612 1.261 711 Recursos de queja 3 22 16 9 Recursos de revisión 0 1 1 0 Recursos de casación 0 0 0 0 Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 0 0 0

TOTAL 5.319 2.922 3.465 4.820 PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Por materias, la mayoría de los procesos en única instancia iniciados en la Sala de

Málaga son relativos a Administración Tributaria (49% del total) y Función Pública (11% del total).

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN MÁLAGA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2016

2%

6%

3%

17%1%

50%

2%

11%

2%

4%

Derechos fundamentales Urbanismo y ordenación del territorio Expropiación forzosa Contratos Administrativos Administración Tributaria Medio Ambiente Función Pública Administración Laboral y S.Social Extranjería Actividad Administrativa Sancionadora Electoral Dominio Público y Propiedades Especiales Responsabilidad Patrimonial Otras materias

En los últimos años, la tendencia en la Sala de Málaga en relación con los asuntos de primera instancia es la reducción de asuntos pendientes, que en el último año ha sido del 4%, como se puede observar en el gráfico siguiente.

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MEMORIA 2016 27

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Salvo 22 recursos de queja y un recurso de revisión, todos los procesos de segunda

instancia incoados en 2016 en la Sala de Málaga son recursos de apelación (el 71% contra sentencias). Como se observa en el gráfico, sigue disminuyendo el número de asuntos pendientes.

RECURSOSSALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN MÁLAGA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

Ahora bien, gran parte de las apelaciones pendientes son relativas a extranjería (más

de las dos terceras partes), asuntos que exigirán un plan especial de refuerzo ante la dificultad de normalizar dicha bolsa de pendencia, para lo cual podría ser idóneo un plan de actuación consistente en comisiones de servicio sin relevación de funciones con magistrados del orden jurisdiccional contencioso, dada la menor complejidad de este tipo de asuntos de extranjería.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos ingresados en la Sala de Málaga han disminuido un 20% respecto al

año anterior, como refleja el siguiente gráfico. La cantidad de asuntos pendientes de resolución continúa la tendencia descendente desde 2010; sin embargo, como ya se ha dicho anteriormente, supone todavía una cifra importante.

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MEMORIA 2016 28

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

RESOLUCIONES En la Sala de Málaga se han dictado 3.097 resoluciones que, según el gráfico

adjunto, se distribuyen en 2.609 sentencias, 138 autos sobre medidas cautelares y 350 autos restantes.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO

DEL TSJA. AÑO 2016

85%

4%11%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

El 24% de las sentencias dictadas corresponde a procesos en única instancia (de

ellas el 41% son estimatorias) y el 76% corresponde a recursos (de los que el 5% son estimatorios).

SALA EN SEVILLA La Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla ha registrado durante 2016 un

total de 7.330 procesos (un 20% más que el año anterior) y ha resuelto 5.719 (un 4% más que en 2015). La cantidad de asuntos pendientes a final de año ha crecido y su valor a final de 2016 está en 7.265 asuntos, rompiendo la tendencia a la baja iniciada en 2010. De todos los asuntos registrados el 52% se corresponde con asuntos en única instancia y el 48% a asuntos en segunda instancia.

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MEMORIA 2016 29

MOVIMIENTO DE ASUNTOS SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA 3.931 3.794 2.849 4.876 Derechos fundamentales 10 7 5 Urbanismo y ordenación del territorio 72 29 45 56 Expropiación forzosa 91 65 60 96 Contratos Administrativos 186 158 128 216 Administración Tributaria 866 1.018 878 1.006 Medio Ambiente 6 0 6 0 Función Pública 573 406 407 572 Administración Laboral y S.Social 447 338 210 575 Extranjería 0 0 0 0 Actividad Administrativa Sancionadora 568 177 178 567 Electoral 0 0 0 0 Dominio Público y Propiedades Especiales 183 252 179 256 Responsabilidad Patrimonial 58 103 70 91 Otras materias 881 1.238 681 1.436

ASUNTOS EN SEGUNDA INSTANCIA 1.724 3.536 2.870 2.389 Recursos de apelación 1.710 3.503 2.831 2.382

Contra sentencias 1.279 2.539 2.006 1.812 Contra autos 431 964 825 570

Recursos de queja 13 32 39 6 Recursos de revisión 1 0 0 0 Recursos de casación 0 0 0 0

Unificación de doctrina 0 0 0 0 Interés de ley 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 0 1 0 1 TOTAL 5.655 7.330 5.719 7.265

PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA Los procesos en única instancia iniciados en la Sala de Sevilla en mayor número son

los relativos a Administración Tributaria (que suman el 27% del total), a Función Pública (11%) y a Administración Laboral y Seguridad social (9%), como muestra el gráfico siguiente.

ASUNTOS EN ÚNICA INSTANCIA INGRESADOS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA. AÑO

2016

11%7%

3%

32%

4%2%1%

9%5%

26%

Derechos fundamentalesUrbanismo y ordenación del territorioExpropiación forzosaContratos AdministrativosAdministración TributariaMedio AmbienteFunción PúblicaAdministración Laboral y S.SocialExtranjeríaActividad Administrativa SancionadoraElectoralDominio Público y Propiedades EspecialesResponsabilidad PatrimonialOtras materias

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MEMORIA 2016 30

En los pasados años, la Sala de Sevilla había logrado disminuir la pendencia de los procesos en única instancia, aunque ha sufrido un repunte del 24% a partir de 2015.

PRIMERA INSTANCIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2.0004.000

6.000

8.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Los procesos en segunda instancia incoados son en un 99% recursos de apelación.

Además, se han elevado a esta Sala 32 recursos de queja y una cuestión de competencia. El hecho destacable en los últimos años es la tendencia decreciente de la cantidad de asuntos pendientes a final de la anualidad, aunque a partir de 2015 se ha invertido e incrementado el número de recursos pendientes a final de año en un 39%.

RECURSOS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SALA EN SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

01.0002.0003.0004.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Haciendo un análisis del conjunto de la Sala de Sevilla, se destaca en los últimos

años la reducción de la tasa de pendencia, aunque se ha invertido a partir de 2015. La cantidad de asuntos pendientes de resolución a finales de 2016, es de 7.265, un 29% más que el año anterior.

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MEMORIA 2016 31

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al f inal

RESOLUCIONES En la Sala de Sevilla se han dictado en el último año 6.100 resoluciones (un 1% más

que el año anterior), que se distribuyen en 4.724 sentencias, 505 autos sobre medidas cautelares y 871 autos restantes.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TSJA.

AÑO 2016

8%

14%

78%

Sentencias Autos Med. Cautelares Otros autos

En porcentaje, el 41% de las sentencias dictadas en la Sala de Sevilla corresponde a

procesos en única instancia (de las que el 49% son estimatorias) y el resto a recursos de apelación (de los cuales el 21% son estimatorios).

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MEMORIA 2016 32

I.3.3 SALA DE LO SOCIAL La Sala de lo Social del TSJA tiene tres sedes, situadas en Granada (integrada por 9

Magistrados), Málaga (con 6 Magistrados) y Sevilla (con 12 Magistrados). Estas Salas no operan conforme a idénticas normas de reparto interno de asuntos. Así, en Granada y Málaga no existe especialización porque los Magistrados que integran la Sala conocen de todas las materias litigiosas suscitadas en el ámbito de la jurisdicción social, con independencia de su naturaleza laboral o de Seguridad Social. Por el contrario, en Sevilla se establece una especialización por materias, con cuatro Secciones funcionales, con división en asuntos de Derecho del Trabajo y de Seguridad Social, si bien todas reparten y conocen en materia de despido, procesos de única instancia, temas de seguridad social (cuando sólo se discute el grado de invalidez), y asuntos urgentes. Sin perjuicio de ello, existen turnos especiales de reparto por orden de antigüedad escalafonal entre todos los Magistrados para materias específicas derivadas de procedimientos en única instancia y audiencia al rebelde, procesos de única instancia de despidos colectivos, recursos de queja y, en fin, recursos en procesos de conflictos colectivos y tutela de derechos fundamentales y libertad sindical, materia electoral, grado de incapacidad permanente, entre otros.

Se parte de una labor resolutiva consistente en el dictado aproximado de siete/ocho ponencias semanales por Magistrado, salvo circunstancias especiales de juicios de única instancia o de mayor complejidad.

RESUMEN GENERAL La Sala de lo Social del TSJA ha ingresado en el conjunto de sus tres sedes un total

de 9.683 asuntos en el año 2016 (un 11% más que el año anterior). La mayor parte de estos ingresos fueron recursos de suplicación contra resoluciones de Juzgados de lo Social. Por otra parte, se resolvieron 8.949 asuntos (un 10% más que en 2015). La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año asciende a 5.055 asuntos (17% más que el año anterior).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

Procesos en única instancia 37 89 109 22 Rec. suplicación Juzgados de lo Social 4.199 9.375 8.580 5.001 Rec. suplicación Juzgados Mercantiles 33 6 37 2

Audiencia al rebelde 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 6 6 0 Recursos de queja 36 198 206 29 Recursos de súplica 0 0 0 0 Otros 3 9 11 1

TOTAL 4.308 9.683 8.949 5.055

Por otro lado, se han devuelto 569 recursos de casación, de los cuales el 94% confirmaban totalmente la sentencia, el 5% la revocaban y el 1% la anulaba.

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MEMORIA 2016 33

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La cantidad de asuntos ingresados en la Sala de lo Social en los tres últimos años ha

sufrido un repunte, superando la carga referencial que se establece para este tipo de órganos. Estas previsiones son lógicas al conjugarse las nuevas competencias conferidas por la nueva ley de la jurisdicción social. Debe reseñarse que ha aumentado la complejidad de muchos asuntos, singularmente las extinciones colectivas de contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, aparte de la posible acumulación de diversas acciones en el mismo procedimiento, que no estaba permitida en la anterior regulación legal.

En cuanto a la cantidad de asuntos resueltos (línea rosa) ha fluctuado, si bien no significativamente. Se ha resuelto menos de los asuntos ingresados y quedan un total de 5.055 asuntos pendientes al final del ejercicio (un 17% más que el año anterior).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

12.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ingresados Resueltos Pendientes al f inal Limite superior Modulo CGPJ

RESOLUCIONES En las Salas de lo Social del TSJA se han dictado un total de 8.540 sentencias; 8.501

en recursos, de las cuales, el 23% son estimatorias, el 76% son desestimatorias y el 1% son anulatorias. Se han dictado también 300 autos, de los cuales el 75% resolvían sobre el fondo del asunto.

ACTIVIDAD POR SALA En el año 2016 la Sala de Granada ha registrado 3.418 asuntos y resuelto 3.043

asuntos, la de Málaga 2.295 asuntos registrados y 2.120 resueltos; la de Sevilla 3.970 asuntos ingresados y 3.786 resueltos. La pendencia a final del año 2016 se cifra en 1.528 asuntos en la Sala de Granada, 595 asuntos en la de Málaga y 2.932 asuntos en la de Sevilla.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR SEDE. SALA SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestiónGRANADA 1.155 3.418 3.043 1.528 0,89 0,50 (6m) 67% MÁLAGA 415 2.295 2.120 595 0,92 0,28 (3m) 78% SEVILLA 2.738 3.970 3.786 2.932 0,95 0,77 (9m) 56% TOTAL 4.308 9.683 8.949 5.055 0,92 0,56 (7m) 64%

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MEMORIA 2016 34

La tasa de resolución establece que en las tres Salas de lo Social ha aumentado el número de asuntos pendientes.

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 nos da los meses que se tardarían en resolver estos asuntos. Se calcula una estimación en tiempo medio para resolver la pendencia existente de 6 meses en la Sala de Granada, 3 meses en Málaga y 9 meses en Sevilla.

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo largo del año respecto de la carga total de trabajo de la Sala (asuntos pendientes del año anterior más los ingresados). En Granada se ha resuelto el 67% de la carga de trabajo total, en Málaga el 78% y en Sevilla el 56%.

CARGA DE TRABAJO A continuación se muestra una tabla general en la que se puede apreciar la carga de

trabajo por Magistrado en cada una de las Salas, si bien, a efectos de este cómputo general, debe valorarse la especialidad de alguna Sala, como Sevilla, que no ha estado completa toda la anualidad, ante la vacante de la Presidencia en diciembre y que no se cubrió hasta el mes de junio siguiente.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO. SALA DE LO SOCIAL DEL TSJA.

Asuntos

ingresados en 2016

Resoluciones dictadas en

2016 Magistrados

Asuntos ingresados por

magistrado

Resoluciones dictadas por magistrado

GRANADA 3.418 2.973 9 338 330 MÁLAGA 2.295 2.119 6 353 353 SEVILLA 3.970 3.748 12 316 312

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MAGISTRADO. SALAS DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

0

200

400

600

800

1.000

Granada Málaga Sevilla

Registrados Resueltos Pendientes al final

El módulo referencial para las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de

Justicia gira en torno a 320 asuntos por Magistrado y año. En las tres Salas de Granada, Málaga y Sevilla, la tasa de asuntos ingresados por Magistrado se sitúa al límite de esta

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MEMORIA 2016 35

referencia, si bien se considera adecuada por el momento la actual plantilla, sin perjuicio del despliegue de planes de refuerzo, como medida puntual para eliminar bolsas de pendencia.

SALA EN GRANADA La Sala de lo Social del TSJA en Granada ha ingresado en el último año 3.418

asuntos (un 12% más que en 2015). Se resolvieron 3.043 procesos y la pendencia es de 1.528 asuntos (un 32% más a la de 2015). El 96% de los asuntos iniciados corresponde a recursos de suplicación provenientes de los Juzgados de lo Social. Además, se incoaron 50 procesos en única instancia (los únicos que exigen la celebración de juicio), un recurso de suplicación de los Juzgados de lo Mercantil y 69 recursos de queja. Por otro lado, se han devuelto 193 recursos de casación de los cuales el 97% confirmaba la sentencia, el 3% la revocaba.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Procesos en única instancia 23 50 59 10 Rec. suplicación Juzgados de lo Social 1.117 3.296 2.912 1.503 Rec. suplicación Juzgados Mercantil 4 1 4 1 Audiencia al rebelde 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 11 69 66 14 Recursos de súplica 0 0 0 0 Otros 0 2 2 0

TOTAL 1.155 3.418 3.043 1.528 EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La Sala de lo Social de Granada está normalizada, aunque en los dos últimos años la

pendencia se ha elevado, lo que se debe al incremento en la entrada de recursos que se inició a partir del año 2014.

La tasa de pendencia (que relaciona la cantidad de asuntos pendientes con los resueltos) ha subido a 0,50, debido principalmente al aumento de asuntos ingresados, lo que ha ocasionado, que pese a mantener el nivel resolutorio, los asuntos pendientes hayan aumentado a final de año. La tasa de pendencia (que relaciona la cantidad de asuntos pendientes con los resueltos) sigue siendo correcta, aunque en el último año ha sufrido un aumento del 14%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0500

1000150020002500300035004000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 36

RESOLUCIONES Se han dictado en la Sala de Granada 2.900 sentencias (13 relativas a procesos en

única instancia) y 73 autos de los que el 48% resuelven sobre el fondo del asunto. En el siguiente gráfico se muestra la distribución porcentual de las sentencias sobre recursos dictadas en esta Sala. Se observa que el 22% fueron estimatorias y el 78% desestimatorias.

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN GRANADA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

22%

78%

0%

Estimando

Desestimando

Anulando

SALA EN MÁLAGA La Sala de lo Social en Málaga ha registrado en el último año un total de 2.295

asuntos (un 11% más que el año anterior). En total se han resuelto 2.120 asuntos (un 3% más que en 2015). La pendencia ha subido a 595 asuntos.

El 98% de los registros corresponde a recursos de suplicación de Juzgados de lo Social. Además, se han iniciado 12 procesos en única instancia y 35 recursos de queja. Por otro lado, se han devuelto 106 recursos de casación, de los cuales el 98% confirmaba la sentencia, el 2% la revocaba totalmente.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Procesos en única instancia 2 12 17 2 Rec. suplicación Juzgados Social 405 2.248 2.063 590 Rec. suplicación Juzgados Mercantil 0 0 0 0 Audiencia al rebelde 0 0 0 0 Cuestiones de competencia 0 0 0 0 Recursos de queja 7 35 39 3 Recursos de súplica 0 0 0 0 Otros 1 0 1 0 TOTAL 415 2.295 2.120 595

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS Los asuntos resueltos de la Sala (línea rosa en el gráfico) han seguido una tendencia

similar, gracias a la buena laboriosidad y número de ponencias repartidas. En el último año la pendencia ha subido un poco, si bien, al igual que años anteriores, la tasa de pendencia (que relaciona la cantidad de asuntos pendientes con los resueltos) es correcta, en lo que incide, sin duda, la laboriosidad y el número de ponencias repartidas por Magistrado.

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MEMORIA 2016 37

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

5001000

15002000

2500

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

RESOLUCIONES En total en la Sala en Málaga de lo Social se han dictado 2.040 sentencias (sólo 7

relativas a procesos en única instancia) y 79 autos (el 100% resuelven sobre el fondo del asunto). En el gráfico se puede comprobar la distribución de las sentencias sobre recursos que se han dictado. Se observa que el 20% son estimatorias, el 80% desestimatorias.

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN MÁLAGA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

20%

80%

0%

Estimando

Desestimando

Anulando

SALA EN SEVILLA

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Procesos en única instancia 12 27 33 10

Rec. suplicación Juzgados de lo Social 2.677 3.831 3.605 2.908

Rec. suplicación Juzgados Mercantil 29 5 33 1

Audiencia al rebelde 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 0 6 6 0

Recursos de queja 18 94 101 12

Recursos de súplica 0 0 0 0

Otros 2 7 8 1

TOTAL 2.738 3.970 3.786 2.932

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MEMORIA 2016 38

La Sala de lo Social del TSJA en Sevilla ha ingresado en 2016 un total de 3.970 asuntos (un 11% más que en 2015). Se han resuelto 3.786 asuntos (un 10% más que el año anterior). La pendencia a final de año asciende a 2.932 asuntos, cifra elevada. Se han devuelto 270 recursos de casación, de los cuales el 92% confirmaba totalmente la sentencia, el 6% la revocaba y el 2% la anulaba.

EVOLUCIÓN EN LOS ÚLTIMOS AÑOS El año 2016 revela que el número de asuntos registrados (línea celeste del gráfico)

continúa su tendencia ascendiendo un 11%, aunque continúa en torno al módulo referencial de entrada. Los asuntos resueltos (línea rosa) han seguido una tendencia similar, si bien algo inferior a los ingresados, aunque es destacable en el último año el incremento resolutivo de esta Sala, pese a contar con un Magistrado menos durante el primer semestre, lo que no ha impedido que la pendencia haya crecido un 7%, a lo que contribuye, sin duda, el mayor nivel de ingreso.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1000

2000

3000

4000

5000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

RESOLUCIONES En el año 2016 en total se han dictado en esta Sala 3.600 sentencias (19 en

procesos en única instancia) y 148 autos (el 75% resolviendo sobre el fondo del asunto).

SENTENCIAS SOBRE RECURSOS DICTADAS EN LA SALA EN SEVILLA DE LO SOCIAL DEL TSJA. AÑO 2016

26%

73%

1%

Estimando

Desestimando

Anulando

El 26% de las sentencias sobre recursos dictadas en la Sala de Sevilla son estimatorias, el 73% desestimatorias y un 1% anulatoria.

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MEMORIA 2016 39

I.4 AUDIENCIAS PROVINCIALES Las Audiencias Provinciales han ingresado en 2016 un total de 52.139 asuntos (3%

más que el año anterior). Los procesos resueltos han sido 51.630 (3% más que el año anterior). Los asuntos pendientes a final de año se sitúan en la cifra de 17.541 asuntos (un 2% más). Atendiendo a una clasificación por órdenes jurisdiccionales, el 36% de los asuntos ingresados son procesos civiles, si bien la pendencia de éstos es el 71%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

JURISDICCIÓN PENAL 6.153 33.554 34.523 5.010

Procesos en única instancia 1.232 2.160 2.004 1.293

Recursos 4.921 31.394 31.519 3.717

JURISDICCIÓN CIVIL 11.057 18.585 17.107 12.531

Procesos en única instancia 250 959 932 270

Recursos 10.807 17.626 16.175 12.261

TOTAL 17.210 52.139 51.630 17.541 Los procesos en única instancia iniciados en las Audiencias Provinciales equivalen al

6% del total de ingresos en el orden penal y al 5% del total de ingresos en el orden civil. Asimismo, durante el año 2016 se han resuelto 456 asuntos penales referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones.

RESOLUCIONES Se han dictado en total 49.729 resoluciones; en concreto, 12.380 sentencias penales,

9.290 sentencias civiles, 21.818 autos penales y 6.241 autos civiles.

RESOLUCIONES DICTADAS EN LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA AÑO 2016

0

10.000

20.000

30.000

40.000

PENALES CIVILES

Sentencias Autos

EVOLUCIÓN PENAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad penal de las Audiencias Provinciales ha seguido una evolución creciente

en los últimos cinco años, tanto a nivel de ingreso como de resolución de asuntos, por lo que la pendencia ha disminuido, aunque se encuentra por encima de los 5.000 asuntos.

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MEMORIA 2016 40

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA.

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

10000

20000

30000

40000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

EVOLUCIÓN CIVIL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS La actividad civil en el último año se caracteriza por el incremento del número de

asuntos ingresados (línea azul) y de asuntos resueltos (línea rosa). La pendencia (línea verde), que este año ha subido un 13%, debido a que se ingresan más asuntos de los que se resuelven, se sitúa en 12.531 asuntos pendientes a final de 2016, cifra elevada. Por otro lado, estaremos pendientes este año de la evolución de la carga civil en las Audiencias Provinciales, con tendencia al alza en casi todas ellas y en el máximo referencial de ingreso de asuntos, lo que exigirá ampliar la plantilla para este orden jurisdiccional.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

05000

10000150002000025000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PROVINCIAS Las Audiencias Provinciales que ingresan mayor cantidad de asuntos penales son

las de Málaga, Sevilla y Cádiz, por encima de 5.000 procesos al año. Las que tienen mayor cantidad de asuntos penales pendientes de resolución son las Audiencias de Sevilla, Málaga, Granada y Cádiz, por ese orden. En este sentido, la pendencia ha aumentado ligeramente en las Audiencias de Jaén y Sevilla.

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MEMORIA 2016 41

ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y

MELILLA. AÑO 2016

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS En la jurisdicción civil las Audiencias que han incoado más procesos son Sevilla,

Málaga, Cádiz y Granada, por encima de 2.000 asuntos. La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año ha aumentado en todas las Audiencias.

ASUNTOS CIVILES POR PROVINCIAS.AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y

MELILLA. AÑO 2016

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

RESUMEN ACTIVIDAD PENAL Y CIVIL En las tablas siguientes se presenta el resumen de la actividad civil y penal de las

distintas Audiencias Provinciales. La tasa de resolución indica la cantidad de asuntos que se resuelven en función de

los que se ingresan (la cantidad mayor de 1 revela que la pendencia ha disminuido a lo largo del año). En todas las Audiencias Provinciales, en mayor o menor proporción, se resuelve un alto porcentaje del volumen de ingreso de asuntos

La tasa de pendencia relaciona la cantidad de asuntos pendientes a final de año con los resueltos, con lo que se calcula una estimación del tiempo de resolución de esta pendencia. Dicha cantidad multiplicada por 12 indica los meses que se tardarían en resolver estos asuntos. Las Secciones penales tardarán en resolver los asuntos pendientes una media que va desde los tres meses de Almería y Sevilla, a un mes que se tardará en Córdoba, Huelva y Málaga, si bien son diferentes estos plazos y difieren bastante según el tipo de procedimientos penales a que se refieran (procedimientos en única instancia, recursos penales sin vista, autos, etc.).

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MEMORIA 2016 42

La tasa de congestión indica qué porcentaje de asuntos se resuelve a lo largo del año respecto de la carga total de trabajo (asuntos pendientes del año anterior más los ingresados). Los resultados reflejan que en todas las Audiencias Provinciales de Andalucía se resuelve, con distinta proporción, un alto porcentaje de la carga de trabajo penal.

RESUMEN PENAL AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. AÑO 2016

Tasa resolución Tasa pendenciaMeses de

resolución Tasa de

congestión ALMERÍA 1,13 0,21 3 83%

CÁDIZ 1,00 0,13 2 89%

CÓRDOBA 1,00 0,03 0 97%

GRANADA 1,19 0,18 2 85%

HUELVA 1,02 0,09 1 91%

JAÉN 0,95 0,16 2 87%

MÁLAGA 1,03 0,10 1 90%

SEVILLA 0,98 0,22 3 81% TOTAL 1,03 0,15 2 87% Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)

La tasa de resolución civil indica que la pendencia ha subido en todas las Audiencias Provinciales, en mayor o menor proporción, excepto Málaga, en parte por la medida de refuerzo existente durante esta anualidad.

La tasa de pendencia civil indica que los tiempos de resolución son razonables, en mayor o menor medida, en algunas Audiencias Provinciales; distinto es Almería y Málaga, que superan los 15 y 16 meses respectivamente, tiempo de resolución preocupante y alejado del plazo razonable.

La tasa de congestión civil indica que las Audiencias Provinciales de Almería y Málaga han resuelto por debajo del 45% y siguen un año más con una tasa de congestión demasiado elevada.

RESUMEN CIVIL AUDIENCIAS PROVINCIALES DE ANDALUCÍA. AÑO 2016

Tasa

resolución Tasa

pendencia Meses de

resolución Tasa de

congestion ALMERÍA 0,78 1,21 15 45%

CÁDIZ 0,93 0,55 7 65%

CÓRDOBA 0,92 0,35 4 74%

GRANADA 0,87 0,45 5 69%

HUELVA 0,90 0,27 3 79%

JAÉN 0,91 0,51 6 67%

MÁLAGA 1,05 1,30 16 43%

SEVILLA 0,87 0,58 7 63% TOTAL 0,92 0,73 9 58% Tasa de resolución: asuntos resueltos / asuntos ingresados Tasa de pendencia: asuntos pendientes / asuntos resueltos Tasa de congestión: asuntos resueltos / (pendientes inicio+asuntos ingresados)

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MEMORIA 2016 43

RESUMEN GENERAL A continuación se muestra una tabla general en la que se puede apreciar la carga de

trabajo por Magistrado en cada una de las Audiencias.

Asuntos registrados

en 2016

Resoluciones dictadas en

2016 Magistrados

en 2016

Media de ingresos por Magistrado

Resoluciones por

Magistrado Almería Secciones Penales 2.241 2.492 8 280 312 Secciones Civiles 1.358 989 5 272 198 Cádiz Secciones Penales 2.844 2.837 9 316 315 Secciones Civiles 1.790 1.469 7 256 210 Ceuta (Sección 6ª) 505 481 4 126 120 Algeciras (Sección 7ª) 1.752 1.520 4 438 380 Jerez de la Frontera (Sección8ª) 1.263 1.381 5 253 276 Córdoba Secciones Penales 2.930 2.970 8 1 366 371 Secciones Civiles 1.421 1.249 5 284 250 Granada Secciones Penales 3.108 3.691 10 311 369 Secciones Civiles 2.201 1.768 9 245 196 Huelva Secciones Penales 1.773 1.798 6 296 300 Secciones Civiles 1.247 1.027 4 312 257 Jaén Secciones Penales 2.262 2.149 6 377 358 Secciones Civiles 1.385 1.181 4 346 295 Málaga Secciones Penales 7.937 8.053 20 397 403 Secciones Civiles 3.895 3.587 18

2 217 200

Melilla (Sección 7ª) 549 498 3 183 166 Sevilla Secciones Penales 7.611 7.418 20 381 371 Secciones Civiles 4.067 3.171 15 271 211 TOTAL 52.139 49.729 170 316 301

1 En la Audiencia Provincial de Córdoba la plantilla de titulares del orden penal es de 6, si bien en el cómputo global se han incluido dos Magistrados más en comisión de servicio con relevación de funciones. 2 En la Audiencia Provincial de Málaga la plantilla de titulares del orden civil es de 14, si bien en el cómputo global se han incluido cuatro Magistrados más en comisión de servicio con relevación de funciones.

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MEMORIA 2016 44

I.4.1 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

La Audiencia Provincial de Almería ha estado compuesta por tres Secciones mixtas. A partir de enero de 2014, inicia la separación de jurisdicciones con una Sección civil y dos Secciones penales. Se han ingresado durante 2016 un total 3.599 asuntos, que se distribuyen en 2.241 penales y 1.358 civiles.

JURISDICCIÓN PENAL En el último año se han ingresado un total de 2.241 asuntos penales (un 11% más

que en 2015) y resuelto 2.531 (un 2% más que el año anterior). La pendencia penal desciende a 543 asuntos a final de año. De los asuntos penales iniciados en 2016 el 9% corresponde a procesos en única instancia y el 91% a recursos, tal y como muestra la tabla siguiente.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 131 192 204 133 Sumarios 62 71 77 58 Procesos Jurado 1 3 3 1 Procedimientos abreviados 68 118 124 74 RECURSOS 688 2.049 2.327 410 Apelaciones juicios rápidos 113 229 283 59 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 180 425 508 97 Apelaciones Faltas juicios rápidos 6 13 18 1 Apelaciones Faltas restantes 30 68 93 5 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 29 27 2 Apelaciones restantes delitos leves 139 116 23 Apelaciones Juzgado Menores 2 10 11 1 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 15 119 126 8 Recursos de queja 1 6 7 0 Apelaciones contra Autos 1.011 1.138 214 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 819 2.241 2.531 543

La Audiencia Provincial del Almería ha resuelto el 83% del total de la carga de

trabajo penal (pendientes del año anterior más registrados en el año). Además, se han resuelto 18 asuntos referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones. De los 192 procesos en única instancia ingresados en la Audiencia de Almería el 37% corresponde a sumarios, el 61% a procedimientos abreviados, y el 2% restante a la Ley del Jurado. Se han interpuesto también 2.049 recursos que, principalmente, son apelaciones de autos (49%) y apelaciones en procedimientos por delito (el 32%).

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado 2.492 resoluciones penales que se distribuyen en 1.169 sentencias y

1.323 autos (el 94% resolviendo sobre el fondo del recurso).

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MEMORIA 2016 45

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2016 ha disminuido en un 34 % el número de asuntos penales pendientes de

resolución. La cantidad de asuntos ingresados se ha incrementado un 11% y los asuntos resueltos han aumentado un 2% respecto al año anterior.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0400800

12001600200024002800

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior cargar referencial

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La Sección segunda y tercera de la Audiencia Provincial de Almería han reducido en

el último año la cantidad de asuntos pendientes de resolución. La Sección primera, con competencia exclusiva en asuntos civiles, tiene todavía pendientes, a finales de 2016, 7 asuntos penales.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 1ª 11 8 27 7

SECCIÓN 2ª 193 1.123 1.199 122 1,07 0,10 (1m) 91%

SECCIÓN 3ª 615 1.110 1.305 414 1,18 0,32 (4m) 76%

TOTAL 819 2.241 2.531 543 1,13 0,21 (3m) 83%

Los tiempos medios globales de resolución de asuntos penales, que se calculan a partir de la tasa de pendencia, son de 1 mes en la Sección segunda y 4 meses para la Sección tercera, la que presenta una mayor problemática. La Sección segunda ha resuelto el 91% de la carga de trabajo y la tercera el 76%.

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2016

Pendientes al inicio

Registrados

Resueltos

Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 46

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. ALMERÍA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

1.SECCIÓN 2ª 1.123 4 281

SECCIÓN 3ª 1.110 4 278

El módulo referencial para las Secciones penales de Audiencias Provinciales gira en

torno a los 316 asuntos por Magistrado y año. En 2016 han ingresado un total de 2.241 asuntos penales en dicha Audiencia, que cuenta con 8 Magistrados titulares, lo que permite hablar de una plantilla suficiente.

JURISDICCIÓN CIVIL En la Audiencia Provincial de Almería se han registrado un total de 1.358 asuntos

civiles (un 10% más que en 2015) y han resuelto 1.062 (13% menos que el año anterior). La pendencia se eleva un 31% respecto al año anterior, alcanzando la cifra de 1.287 asuntos civiles.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 45 32 70 16 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 13 8 5

Medidas cautelares 0 0 0 0

Incidentes y Recusaciones 10 19 31 11

Otros 0 0 31 0 RECURSOS 938 1.326 992 1.271 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 294 412 282 424

De juicios verbales 80 107 78 109

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 0 9 4 5

Recursos de Queja 35 29 6

Apelaciones de Autos 497 418 518

Contra juzgados de familia 142 59 83

Contra juzgados mercantil 38 87 35 95

Restantes procesos 81 37 87 31 TOTAL 983 1.358 1.062 1.287

Los 1.326 recursos registrados se distribuyen en un 37% de Apelaciones de Autos,

31% de recursos de juicios ordinarios y un 11% de juzgados de familia.

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MEMORIA 2016 47

RECURSOS CIVILES REGISTRADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DEL

ALMERÍA. AÑO 2016

8%

11%7% 3%

1%3%36%

31%Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. violencia mujer

Recursos de Queja

Del total de la carga de trabajo civil (pendientes del año anterior más registrados en el año) en el año 2016 se ha resuelto el 45%.

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en total 989 resoluciones civiles que se distribuyen en 499 sentencias

y 490 autos civiles. De éstos, 432 resuelven recursos con lo que se pueden clasificar en 53% estimando y 47% desestimando.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles pendientes (línea verde en el gráfico) vuelve a

aumentar significativamente, al resolverse menos asuntos de los que se ingresan, debido a un mayor nivel de registro. En este último año, la pendencia civil continúa por debajo del número de asuntos registrados. Con el actual nivel de resolución se calcula un tiempo de respuesta mínimo de 15 meses, que debe considerarse elevado.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1000

1500

2000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 48

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 969 1.351 1.052 1.276 0,78 1,21 (15m) 45%

SECCIÓN 2ª 14 5 8 11

SECCIÓN 3ª 0 2 2 0 TOTAL 983 1.358 1.062 1.287 0,78 1,21 (15m) 45%

La Sección primera, única adscrita al orden jurisdiccional civil, tarda una media de 15

meses en resolver los procesos civiles que ingresa y ha resuelto el 45% de la carga civil total.

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A.P. ALMERÍA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.351 5 270

El módulo referencial para las Secciones civiles de Audiencias Provinciales gira en

torno a los 218 asuntos por Magistrado y año. En total han ingresado 1.351 asuntos en la Sección primera, que cuenta con 5 Magistrados, por lo que la tasa de asuntos ingresados por Magistrado y año supera el módulo referencial y permite hablar de la necesidad de ampliar la plantilla con otro Magistrado más.

Sin perjuicio de lo anterior, y como reflexión general, se considera necesario caminar hacia el mejor rendimiento, eficacia y capacidad resolutiva de la Sección civil de la Audiencia Provincial de Almería, aún conscientes del volumen de asuntos civiles entrantes.

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MEMORIA 2016 49

I.4.2 AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

La Audiencia Provincial de Cádiz, con ocho Secciones, tiene sedes tanto en la capital de la provincia como en Algeciras, Ceuta y Jerez de la Frontera. Las cinco Secciones con sede en la capital están especializadas en el orden penal (primera, tercera y cuarta) y civil (segunda y quinta).

En el año 2016 ha registrado un total de 8.154 asuntos, 5.267 penales y 2.887 civiles. En un análisis global de los últimos años se ven reflejadas diferencias entre las distintas Secciones, si bien, en general, mantienen un correcto ritmo resolutivo y un razonable nivel de asuntos pendientes.

En las Secciones de Cádiz capital la actividad se mantiene en cifras similares en los últimos seis años, con un ligero incremento de los asuntos registrados y consecuentemente de los pendientes al final de año, como se puede observar en el gráfico.

SECCIONES 1ª, 2ª, 3ª, 4ª y 5ªAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

La Sección 6ª con sede en Ceuta, con 4 Magistrados desde mediados de 2015, presenta una línea de ingresos que ha fluctuado a lo largo de los años. En éste último, ha aumentado un 13%, manteniéndose con un volumen de entrada de asuntos inferior al módulo referencial de entrada.

SECCIÓN 6ª - CEUTAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2011-2016

0

200

400

600

800

1.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 50

La Sección 7ª, con sede en Algeciras, tiene 4 Magistrados y ha experimentado, por

cuarto año consecutivo, un aumento en el número de asuntos registrados, al tiempo que el número de asuntos resueltos es inferior, por lo que la pendencia continúa creciendo.

SECCIÓN 7ª - ALGECIRASAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al final Limite superior Módulo CGPJ

La Sección 8ª, con sede en Jerez de la Frontera, tiene 5 Magistrados. Esta Sección

continúa con un número de asuntos resueltos por encima de los asuntos registrados, por lo que la pendencia permanece en límites razonables, presentando un descenso del 27% respecto al año anterior.

SECCIÓN 8ª - JEREZ DE LA FRONTERAAUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZSERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

JURISDICCIÓN PENAL En el año 2016 se ingresaron en la Audiencia Provincial de Cádiz un total de 5.267

asuntos penales (similar al año anterior) y se resolvieron 5.266 (similar a 2015), por lo que la cantidad de asuntos pendientes a final de año permanece en el mismo nivel. De los asuntos penales iniciados en 2016 el 8% corresponde a procesos en única instancia y el 92% restante a recursos.

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MEMORIA 2016 51

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 203 442 446 216 Sumarios 76 62 77 83 Procesos Jurado 3 12 11 4 Procedimientos abreviados 124 368 358 129 RECURSOS 475 4.825 4.820 454 Apelaciones juicios rápidos 21 312 318 15 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 137 548 532 153 Apelaciones Faltas juicios rápidos 4 16 20 0 Apelaciones Faltas restantes 41 160 186 15 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 84 79 5 Apelaciones restantes delitos leves 339 299 40 Apelaciones Juzgado Menores 10 31 37 4 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 8 440 433 12 Recursos de queja 2 10 10 2 Apelaciones contra Autos 2.885 2.906 208 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 678 5.267 5.266 670

Además, se han resuelto durante este año, 91 asuntos referidos a Cuestiones de

Competencia, Recusaciones y Abstenciones. De los 442 procesos en única instancia ingresados el 83% son procedimientos abreviados, el 14% sumarios y el 3% restante procesos de la Ley del Jurado. Por otro lado, se han elevado en el último año 4.825 recursos que, en su mayoría, son apelaciones de autos (60%), apelaciones en procesos por delito (el 17%) y apelaciones de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria (9%).

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2016

2%

9%

1%7%

6%11%

3%

60%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitosApel. falta juicios rápidos

Apel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujer

Apel. Delitos leves en juicios inmediatosApel. Restantes delitos leves

Apel. juz. menores

Apel. juz. vigilancia penit.Recursos de queja

Apel. de autosRestantes recursos

Del total de asuntos penales pendientes de resolución en el año 2016 (asuntos

pendientes del año anterior más asuntos ingresados en el año) la Audiencia de Cádiz ha resuelto el 89%.

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MEMORIA 2016 52

RESOLUCIONES PENALES En la Audiencia Provincial de Cádiz se dictaron un total de 5.231 resoluciones

penales: 1.847 sentencias y 3.384 autos finales (el 98% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Una tendencia constante que se observa al analizar la actividad penal de la

Audiencia Provincial de Cádiz es que desde 2012 la cantidad de asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) y con ella la cantidad de asuntos resueltos (línea rosa) se ha estabilizado en torno a los 5.200 asuntos.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0100020003000400050006000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

En este último año la pendencia se mantiene similar al año anterior, debido

fundamentalmente a que se resuelven los mismos asuntos que se ingresan, situándose en 670 asuntos pendientes a finales de 2016.

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las Secciones primera, tercera y cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz están

especializadas en el orden penal. La cantidad de asuntos pendientes ha aumentado en las Secciones primera y séptima.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 45 944 904 84 0,96 0,09 (1m) 91%

SECCIÓN 3ª 111 930 978 73 1,05 0,07 (1m) 94%

SECCIÓN 4ª 116 970 975 105 1,01 0,11 (1m) 90% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 49 356 337 49 0,95 0,15 (2m) 83% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 135 1.231 1.183 183 0,96 0,15 (2m) 87% SECCIÓN 8ª (Jerez) 222 836 889 176 1,06 0,20 (2m) 84%

TOTAL 678 5.267 5.266 670 1,00 0,13 (2m) 89%

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MEMORIA 2016 53

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 6ª (Ceuta)

SECCIÓN 7ª (Algeciras)

SECCIÓN 8ª (Jerez)

ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

Estos asuntos pendientes se resolverán en un tiempo medio de 2 meses en la Sección sexta, séptima y octava y 1 mes en la Sección primera, tercera y cuarta. Todas las Secciones han resuelto por encima del 83% de la carga total de trabajo penal, siendo las Secciones primera, tercera y cuarta las que han puesto fin a una mayor proporción del trabajo pendiente.

CARGA DE TRABAJO PENAL El módulo referencial para las Secciones con competencia exclusivamente penal de

las Audiencias Provinciales gira en torno a los 316 asuntos por Magistrado y año, por lo que se estima correcta la actual plantilla.

JURISDICCIÓN CIVIL En el último año se han registrado en la Audiencia de Cádiz 2.887 asuntos civiles (un

5% más que en 2015) y resuelto 2.678 (un 10% más que el año anterior). La Audiencia de Cádiz ha tenido una carga de trabajo civil de 4.121 asuntos (pendientes a principios de año más registrados) y ha resuelto el 65% del total de ésta.

De los 2.745 procesos en segunda instancia civiles iniciados a lo largo del año 2016 en la Audiencia de Cádiz, el 31% a apelaciones de autos, el 27% corresponde a apelaciones contra resoluciones de los juzgados de familia, el 21% a recursos de juicios ordinarios y el 11% a apelaciones de los a recursos de juicios verbales.

A.P. CÁDIZ (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 944 3 315 SECCIÓN 3ª 930 3 310 SECCIÓN 4ª 970 3 323

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MEMORIA 2016 54

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 28 142 142 28 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 11 9 2

Medidas cautelares 1 1 2 0

Incidentes y Recusaciones 27 130 131 26

Otros 0 0 0 0 RECURSOS 1.206 2.745 2.536 1.436 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 346 583 539 392

De juicios verbales 103 290 287 107

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 19 30 28 21

Recursos de Queja 19 20 1

Apelaciones de Autos 855 897 292

Contra juzgados de familia 733 662 395

Contra juzgados mercantil 84 224 86 222

Restantes procesos 335 11 17 6 TOTAL 1.234 2.887 2.678 1.464

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2016

21%

31%

8%

1%

11%27%

1%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

Apel de juz. violencia mujer

Recursos de Queja

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado en todas las Secciones de la Audiencia de Cádiz 2.457 resoluciones

civiles que corresponden a 1.334 sentencias y 1.123 autos. De éstos, 1.065 resuelven recursos, clasificándose en 53% estimatorios, 47% desestimatorios y 1 auto anulatorio.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL

Hasta 2012, la cantidad de asuntos civiles registrados en la Audiencia Provincial de Cádiz ha estado por encima de la cantidad de asuntos resueltos, lo que ha originado el aumento de la pendencia a final de año. Desde 2012 a 2014 se invirtió la tendencia. Sin embargo en los dos últimos años volvemos a tener más asuntos ingresados que resueltos lo que ha provocado un incremento de la pendencia anual del 19% respecto al año anterior.

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MEMORIA 2016 55

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

1000

2000

3000

4000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados Resueltos Pendientes al final

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Cádiz registra más asuntos que la 2ª,

ambas con sede en la capital, ya que aquélla cuenta con un Magistrado más de plantilla. La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha disminuido en la sección segunda, la sexta con sede en Ceuta y en la octava con sede en Jerez de la Frontera y ha aumentado en el resto.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 2ª 425 763 771 419 1,01 0,54 (7m) 65% SECCIÓN 5ª 434 1.027 810 651 0,79 0,80 (10m) 55% SECCIÓN 6ª (Ceuta) 42 149 158 31 1,06 0,20 (2m) 83% SECCIÓN 7ª (Algeciras) 199 521 356 280 0,68 0,79 (9m) 49% SECCIÓN 8ª (Jerez) 134 427 583 83 1,37 0,14 (2m) 104%

TOTAL 1.234 2.887 2.678 1.464 0,93 0,55 (7m) 65%

La tasa de pendencia que multiplicada por 12 nos da una estimación del tiempo de resolución de dicha pendencia oscila entre los dos meses que tardaría la Sección sexta y octava, a los diez meses que tardaría la Sección quinta.

0200400600800

1.0001.200

SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª (Ceuta)

SECCIÓN 7ª (A lgeciras)

SECCIÓN 8ª (Jerez)

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 56

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A.P. CÁDIZ (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 2ª 763 3 254

SECCIÓN 5ª 1.027 4 257

El módulo referencial para las Secciones con competencia exclusivamente civil de

las Audiencias Provinciales gira en torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, que es superado ligeramente por ambas Secciones de la capital y puede plantear a corto plazo, a la vista de la evolución de la litigiosidad, la necesidad de ampliar su plantilla.

CARGA DE TRABAJO PARA SECCIONES MIXTAS

A.P. CÁDIZ (MIXTA)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 6ª (Ceuta) 505 4 126

SECCIÓN 7ª (Algeciras) 1.752 4 438

SECCIÓN 8ª (Jerez) 1.263 5 253

A las Secciones sexta, séptima y octava, que tienen competencias tanto en materia

civil como penal, se les aplica el módulo referencial para las Secciones mixtas (278 asuntos por Magistrado y año). La Sección 6ª, con sede en Ceuta, tiene un nivel de ingreso por debajo de dicho módulo, mientras que la Sección séptima, con sede en Algeciras, lo supera ampliamente, por lo que parece razonable solicitar el aumento de su plantilla con otro magistrado, sin perjuicio de valorar medidas de refuerzo, que pueden concretarse bien con la actuación de titulares de otras Secciones, singularmente de Ceuta, o bien con la adscripción del titular del Juzgado de Menores de Algeciras, conforme al Acuerdo de la Permanente del CGPJ en su reunión del día 23 de marzo de 2017.

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MEMORIA 2016 57

I.4.3 AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA La Audiencia Provincial de Córdoba está compuesta por tres Secciones, una Sección

civil y dos Secciones penales. Han ingresado un total de 4.351 asuntos, 2.930 penales y 1.421 civiles.

JURISDICCIÓN PENAL Se han registrado 2.930 asuntos penales (un 3% más que el año anterior) y se han

resuelto 2.936 (4% más que en 2015).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 63 125 110 64 Sumarios 28 27 34 17 Procesos Jurado 3 2 5 0 Procedimientos abreviados 32 96 71 47 RECURSOS 49 2.805 2.826 29 Apelaciones juicios rápidos 1 200 201 0 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 11 398 409 0 Apelaciones Faltas juicios rápidos 2 16 18 0 Apelaciones Faltas restantes 6 75 81 0 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 101 101 0 Apelaciones restantes delitos leves 180 180 0 Apelaciones Juzgado Menores 6 19 18 7 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 4 409 408 5 Recursos de queja 1 9 10 0 Apelaciones contra Autos 1.398 1.400 17 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 112 2.930 2.936 93

Además se han resuelto durante este año, 78 asuntos referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones. De todos los asuntos penales iniciados, el 4% corresponde a procesos en única instancia.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. AÑO 2016

7%

3%

15%

1%

50%

1%

4%

6%

14%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. Delitos leves en juicios inmediatosApel. Restantes delitos levesApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaApel. de autosRestantes recursos

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MEMORIA 2016 58

De los 125 procesos penales en única instancia registrados el 22% corresponde a sumarios, el 77% a procedimientos abreviados y el 1% restante a procesos de la Ley del Jurado. Por otro lado, los 2.805 recursos iniciados en esta Audiencia son en un 50% Apelaciones de autos, en un 14% apelaciones en procedimientos por delito y en un 15% apelaciones de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

Del total de la carga de trabajo penal (asuntos pendientes a principio de año más asuntos registrados) que había en el año 2016 en la Audiencia de Córdoba se ha resuelto el 97%, lo que permite hablar de un gran esfuerzo resolutivo.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado un total de 2.970 resoluciones penales en la Audiencia de Córdoba,

que son 1.089 sentencias y 1.881 autos finales (el 78% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal de la Audiencia Provincial de Córdoba ha seguido una evolución

paralela a lo largo del tiempo, es decir se ha resuelto una cantidad similar de asuntos a los ingresados, lo que ha permitido que la pendencia penal se mantenga durante mucho tiempo en un nivel muy razonable.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0500

100015002000250030003500

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

Se observa en el gráfico precedente que la cantidad de asuntos ingresados, y por lo dicho antes, también la cantidad de asuntos resueltos, ha seguido una línea descendente en los últimos años, especialmente a partir de 2013, si bien hay que tener en cuenta que estamos ante un nivel de ingreso muy superior a otras Audiencias del territorio andaluz.

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad penal de la Audiencia Provincial de Córdoba se presenta en las

siguientes tablas. Las dos Secciones de la Audiencia Provincial de Córdoba con competencia penal

han resuelto, aproximadamente, los mismos asuntos que han ingresado como indican los valores en torno a uno de la tasa de resolución. El tiempo de resolución de los asuntos pendientes es inferior a un mes en ambas las Secciones. La Sección primera, con competencia civil, ha resuelto casi la totalidad de los asuntos penales pendientes.

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MEMORIA 2016 59

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendenciatasa de

congestionSECCIÓN 1ª 1 11 11 1

SECCIÓN 2ª 41 1.563 1.556 42 1,00 0,03 (0m) 97%

SECCIÓN 3ª 70 1.356 1.369 50 1,01 0,04 (0m) 96% TOTAL 112 2.930 2.936 93 1,00 0,03 (0m) 97%

0

500

1.000

1.500

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes al inicio

Registrados

Resueltos

Pendientes al f inal

La tasa de congestión indica el porcentaje de asuntos que se han resuelto con respecto a la carga total de trabajo. Las tres Secciones han resuelto en torno al 97% de la carga de trabajo total.

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. CÓRDOBA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 2ª 1.563 3 521

SECCIÓN 3ª 1.356 3 452

El módulo referencial para las Secciones penales de las Audiencias Provinciales gira

en torno a los 316 asuntos por Magistrado y año. En la Audiencia de Córdoba se han registrado un total de 2.930 asuntos penales y cuenta con 6 Magistrados titulares, por lo que la tasa de asuntos ingresados por Magistrado y año es bastante superior, lo que permite hablar de la necesidad de ampliar en dos Magistrados la plantilla en este orden jurisdiccional. En 2016 se han iniciado dos comisiones de servicio con relevación de funciones para el orden penal, que necesariamente deben mantenerse y seguir operativas mientras no se haga efectiva la creación de dos nuevas plazas judiciales.

JURISDICCIÓN CIVIL En la Audiencia de Córdoba en 2016 se registraron 1.421 asuntos en materia civil

(11% superior a 2015) y se resolvieron 1.311. La pendencia civil a final de año también ha aumentado su valor, como consecuencia de haber resuelto menos asuntos de los ingresados.

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MEMORIA 2016 60

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 0 64 57 7 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 11 11 0

Medidas cautelares 0 0 0 0

Incidentes y Recusaciones 0 51 44 7

Otros 0 2 2 0 RECURSOS 348 1.357 1.254 456 Anteriores LEC 1/2000 0 1 1 0

De juicios ordinarios 90 332 313 153

De juicios verbales 19 121 125 8

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 0 8 6 2

Recursos de Queja 15 13 2

Apelaciones de Autos 396 359 141

Contra juzgados de familia 332 315 98

Contra juzgados mercantil 17 136 104 49

Restantes procesos 89 16 18 3 TOTAL 348 1.421 1.311 463

La carga de trabajo civil de la Audiencia de Córdoba en el año 2016 fue de 1.769 asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y de ella se ha resuelto el 74% a lo largo del año. De los 1.357 recursos civiles iniciados, el 29% corresponde a apelaciones de autos, el 24% a juicios ordinarios y de familia, respectivamente, y el 10% a resoluciones del Juzgado de lo mercantil.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. AÑO 2016

1%

10% 1%

29%

9%

24%

1%

24%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

Apel de juz. violencia mujer

Recursos de Queja

Apelaciones de Autos

Contra res. juzgados de familia

Contra res. juz. mercantil e instancia

Restantes procesos

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado un total de 1.249 resoluciones civiles, que se distribuyen en 706

sentencias y 543 autos. De éstos, 522 resuelven recursos clasificándose en 40% estimatorios, 51% desestimatorios y 9% anulatorios.

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MEMORIA 2016 61

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La jurisdicción civil ha seguido una pauta de comportamiento muy similar a la

experimentada en jurisdicción penal ya que se resuelve una cantidad de asuntos similar al nivel de registro, lo que permite hablar de una buena labor resolutiva, aunque en los tres últimos años se han registrado más asuntos de los que se resuelven.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1000

1500

2000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección primera se ha quedado adscrita en exclusiva al orden jurisdiccional civil,

por lo que las otras dos tan solo presentan actividad civil residual.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 347 1.421 1.311 463 0,92 0,35 (4m) 74%

SECCIÓN 2ª 0 0 0 0

SECCIÓN 3ª 1 0 0 0 TOTAL 348 1.421 1.311 463 0,92 0,35 (4m) 74%

La cantidad de asuntos civiles pendientes se resolverá en cuatro meses. Del total de

la carga de trabajo civil la Sección primera han resuelto el 74%.

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA. 2016

Pendientes al inicio

Registrados

Resueltos

Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 62

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A.P. CÓRDOBA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.421 5 284

El módulo referencial para las Secciones civiles de Audiencias Provinciales gira en torno a 218 asuntos por Magistrado y año. En la Audiencia de Córdoba se han registrado un total de 1.421 asuntos civiles y cuenta con 5 Magistrados, por lo que la tasa de asuntos ingresados por Magistrado y año es superior a ese módulo referencial y sugiere razonablemente ampliar en un Magistrado la plantilla en este orden jurisdiccional.

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MEMORIA 2016 63

I.4.4 AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA La Audiencia Provincial de Granada está formada por cinco Secciones, dos con

competencia exclusivamente penal y las otras tres con competencia exclusivamente civil. En el año 2016 estas cinco Secciones han ingresado un total de 5.309 asuntos, 3.108 en las Secciones penales y 2.201 en las Secciones civiles.

JURISDICCIÓN PENAL Las Secciones Primera y Segunda han ingresado 3.108 asuntos (5% menos que el

año anterior) y resuelto 3.705 (un 4% más que en 2015), lo que ha permitido un descenso en la cantidad de asuntos pendientes en el último año, que supone un 47% menos, sin duda por la incorporación de dos nuevos Magistrados titulares y el buen trabajo resolutivo.

Los asuntos penales iniciados se distribuyen en un 7% de procesos en única instancia y 93% de recursos. De los 215 procesos penales en única instancia iniciados, el 52% a procedimientos abreviados, otro 45% corresponde a sumarios y el 3% restante a procesos de la Ley del Jurado.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 145 215 250 117 Sumarios 45 97 112 31 Procesos Jurado 3 6 7 2 Procedimientos abreviados 97 112 131 84 RECURSOS 1.099 2.893 3.455 541 Apelaciones juicios rápidos 91 148 204 35 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 269 527 691 105 Apelaciones Faltas juicios rápidos 32 16 45 0 Apelaciones Faltas restantes 91 82 173 6 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 81 69 18 Apelaciones restantes delitos leves 203 162 43 Apelaciones Juzgado Menores 7 18 20 5 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 25 110 131 4 Recursos de queja 5 12 14 3 Apelaciones contra Autos 1.696 1.946 322 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 1.244 3.108 3.705 658

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA DE

GRANADA. AÑO 20165%

18%

58%

1%

4%

7%

3%

3%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujer Apel. Delitos leves en j inmediatos Apel. Restantes delitos levesApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaApel. de autosRestantes recursos

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MEMORIA 2016 64

En lo que se refiere a procesos en segunda instancia, el 59% son apelaciones de

autos, el 23% apelaciones en procedimientos por delito y el 10% apelaciones de delitos leves. Además, se han resuelto durante este año, 46 asuntos referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones.

Del total de la carga de trabajo penal (asuntos penales pendientes del año anterior más registrados en el año) se ha resuelto el 85% a lo largo de 2016.

RESOLUCIONES PENALES Las Secciones Primera y Segunda han dictado en conjunto 3.691 resoluciones, que

se distribuyen en 1.513 sentencias y 2.178 autos (el 94% resolviendo sobre el fondo del recurso).

EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL La actividad penal desarrollada en las Secciones Primera y Segunda de la Audiencia

Provincial de Granada, en los últimos años, ha estado marcada por el descenso en la cantidad de asuntos ingresados (línea azul en el gráfico). Por otra parte, la cantidad de asuntos resueltos (línea rosa) ha sufrido fluctuaciones a lo largo de los últimos años, resolviéndose más asuntos de los ingresados desde 2014, lo que permite hablar de un buen trabajo y esfuerzo resolutivo que ha permitido reducir sensiblemente la pendencia, un 47%, respecto al año anterior.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0500

1000150020002500300035004000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Durante el año 2016, ambas Secciones penales de la Audiencia Provincial de

Granada han resuelto más asuntos de los ingresados.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2015

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 1ª 645 1.551 1.823 384 1,18 0,21 (3m) 83%

SECCIÓN 2ª 599 1.557 1.882 274 1,21 0,15 (2m) 87%

TOTAL 1.244 3.108 3.705 658 1,19 0,18 (2m) 85%

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MEMORIA 2016 65

La estimación del tiempo medio de resolución de los asuntos en trámite es de aproximadamente 2 meses en ambas Secciones. De la carga total de trabajo, la Sección primera ha resuelto el 83% y la Sección segunda el 87%.

0

1.000

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. GRANADA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.551 5 310

SECCIÓN 2ª 1.557 5 311

El módulo referencial para las Secciones con competencia exclusivamente penal de las Audiencias Provinciales gira en torno a 316 asuntos por Magistrado y año. Actualmente hay 10 Magistrados en las dos Secciones penales de la Audiencia Provincial de Granada (en 2015 se amplió la planta penal con dos Magistrados titulares más), de forma que permite hablar, por el momento, de una plantilla más razonable y equilibrada. Ahora bien, conscientes de la posible evolución estadística, unida a la problemática del orden jurisdiccional penal, la complejidad de ciertas causas con incidencia importante tanto en las sesiones de juicio oral, se sugiere la ampliación en una plaza más con el objeto de posibilitar Secciones funcionales con un tercer magistrado en supuestos de juicios complejos y de larga duración, que obligan a medidas coyunturales de planes de refuerzo y/o exoneración de reparto, que podrían solventarse estructuralmente con una plantilla algo más holgada.

Con independencia de ello, es bueno reflexionar sobre la rigidez organizacional de las Audiencias Provinciales en general, y de la de Granada en particular, con Secciones penales compuestas por cinco magistrados, que no permite margen de maniobra y resalta la necesidad de una mayor flexibilidad, de manera que, sin perjuicio del aumento de plantilla, se pueden adoptar medidas de apoyo y gestión más eficaces.

La opción más efectiva y valiente, además conectada con la filosofía propia de la NOJ, sería constituir una oficina común penal única, en la que se integrarían el número oportuno de funcionarios y Letrados de la Administración de justicia. De forma transitoria, sería imprescindible que la Consejería de Justicia procediera de manera urgente a una reducción y redistribución de efectivos personales en el ámbito de las Secciones civiles, con objeto de reasignar funcionarios y reforzar las Secciones penales, con lo que procederíamos con criterios de eficacia y eficiencia para una mejor prestación del servicio. Esta medida, solicitada y reiterada a la Consejería, sigue sin obtener respuesta alguna, lo que impide

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MEMORIA 2016 66

ganar en eficacia y eficiencia con los actuales recursos humanos, así como dotar de mayor agilidad al trabajo en las Secciones penales, que podrían dotarse de una Sección bis funcional, integrada por cualesquiera de los actuales ocho magistrados integrantes de las dos Secciones, lo que, seguramente, daría mayor operatividad y fluidez diaria. De esta forma, se podría funcionar con las Secciones orgánicas actuales, si bien integradas por dos/tres magistrados, respectivamente, además del propio Presidente, junto a otra Subsección o Sección bis funcional, integrada por tres magistrados, ejerciendo en ésta de Presidente el más antiguo en el escalafón. Todo lo anterior se pondrá en conocimiento y se reiterará nuevamente a la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, responsable de poner en funcionamiento estas potencialidades organizativas.

Para ello, seguramente, sería también conveniente y acertado actualizar las clases de registro de asuntos y criterios de reparto, lo que, además de asegurar un mejor funcionamiento y predeterminación, ayudaría en momentos coyunturales de medidas de apoyo, planes de actuación, bajas laborales, reducciones de reparto, etc. Así, semanalmente, dentro de cada uno de los apartados preestablecidos por orden jurisdiccional, los asuntos se turnarían informáticamente de forma individual y sucesiva a cada Magistrado, tratando de asegurar la distribución con arreglo a criterios preferentemente numéricos y cuantitativos dentro de cada listado específico, para lo cual la oficina encargada de registro y reparto se servirá de los medios informáticos puestos a su disposición que garanticen la aleatoriedad de tal distribución, a salvo la especificidad de las materias objeto de reparto específico y exclusivo, con las consiguientes compensaciones para asegurar la distribución equitativa de asuntos entre todos los Magistrados.

JURISDICCIÓN CIVIL

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 22 150 151 29 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 25 28 5

Medidas cautelares 0 5 4 1

Incidentes y Recusaciones 15 118 117 23

Otros 0 2 2 0 RECURSOS 529 2.051 1.760 824 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 165 629 526 261

De juicios verbales 58 225 236 48

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 2 14 8 11

Recursos de Queja 30 23 10

Apelaciones de Autos 546 494 141

Contra juzgados de familia 468 308 283

Contra juzgados mercantil 19 111 76 54

Restantes procesos 162 28 89 16 TOTAL 551 2.201 1.911 853

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MEMORIA 2016 67

Las Secciones con competencia civil en la Audiencia de Granada son la tercera, la cuarta y la quinta, que han ingresado 2.201 asuntos (8% más que el año anterior) y resuelto 1.911 (similar al año anterior). La pendencia se sitúa en 853 asuntos a final de año (un 55% más). Sólo el 7% de los procesos iniciados corresponde a procesos en única instancia.

La carga de trabajo civil ha sido de 2.752 asuntos (pendientes a principio de año más registrados) y se ha resuelto a lo largo de 2016 el 69% de ésta. Los 2.051 recursos iniciados en el último año se distribuyen en un 31% de juicios ordinarios, un 27% apelaciones de autos, un 23% de juzgados de familia, un 11% de juicios verbales y un 5% contra resoluciones del Juzgado de lo Mercantil.

RECURSOS CIVILES INGRESADOSAUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. AÑO 2016

11%

1%27%

23%

5% 1%

1%

31%Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerRecursos de QuejaApelaciones de AutosContra res. juzgados de familiaContra res. juz. mercantilRestantes procesos

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado 1.768 resoluciones civiles que corresponden a 1.044 sentencias y

724 autos. De éstos, 654 son autos resolviendo recursos que se clasifican en 45% estimando, 51% desestimando y 4% anulando.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos registrados (línea azul) ha subido en el último año. La

cantidad de asuntos resueltos (línea rosa) ha descendido por lo que la pendencia sube un 55% en el último año.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

3.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 68

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 3ª 119 689 607 201 0,88 0,33 (4m) 75%

SECCIÓN 4ª 114 674 605 184 0,90 0,30 (4m) 77%

SECCIÓN 5ª 318 838 699 468 0,83 0,67 (8m) 60% TOTAL 551 2.201 1.911 853 0,87 0,45 (5m) 69%

De la carga total de trabajo (asuntos pendientes del año anterior más ingresados en

el año) la Sección tercera ha resuelto el 75%, la Sección cuarta el 77% y la quinta el 60%, de forma que, con dicha productividad, el tiempo medio para resolver esta pendencia sería de 4 meses en la Sección tercera y cuarta y de 8 meses en la quinta.

0

500

1.000

SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

CARGA DE TRABAJO CIVIL El módulo referencial para las Secciones con competencia exclusivamente civil de

las Audiencias Provinciales gira en torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, nivel que se ha superado ligeramente, aunque se estima correcta la actual plantilla por el momento.

A.P. GRANADA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 3ª 689 3 230

SECCIÓN 4ª 674 3 225

SECCIÓN 5ª 838 3 279

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MEMORIA 2016 69

I.4.5 AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA La Audiencia Provincial de Huelva está compuesta por tres Secciones con sede en la

capital, una Sección civil y dos Secciones penales, que han ingresado 3.020 asuntos, 1.773 penales y 1.247 civiles.

JURISDICCIÓN PENAL En el año 2016 ha ingresado 1.773 asuntos penales (un 10% menos que en 2015) y

resuelto 1.809 (un 7% menos que el año anterior). De los 83 procesos penales en única instancia ingresados el 66% se refiere a procedimientos abreviados y el 29% a sumarios, habiéndose registrado sólo 4 procesos de la Ley del Jurado. Se han iniciado además 1.690 recursos, que principalmente son apelaciones de autos (59%), apelaciones de sentencias por delito (el 19%) y apelaciones de sentencias de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria (el 16%).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 55 83 99 40 Sumarios 16 24 24 16 Procesos Jurado 3 4 5 1 Procedimientos abreviados 36 55 70 23 RECURSOS 166 1.690 1.710 130 Apelaciones juicios rápidos 8 101 105 4 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 17 222 214 25 Apelaciones Faltas juicios rápidos 3 1 4 0 Apelaciones Faltas restantes 36 72 98 5 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 8 6 2 Apelaciones restantes delitos leves 111 98 18 Apelaciones Juzgado Menores 5 4 9 0 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 4 264 265 3 Recursos de queja 1 7 6 2 Apelaciones contra Autos 900 905 71 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 221 1.773 1.809 170

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO 2016

6%

13%

4%

7%

16%

54%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitosApel. falta juicios rápidosApel. restantes faltaApel. juz. violencia sobre mujerApel. Delitos leves en j inmediatosApel. Restantes delitos levesApel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.Recursos de quejaApel. de autosRestantes recursos

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MEMORIA 2016 70

Además se han resuelto durante este año 15 asuntos referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones.

Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Huelva (asuntos pendientes de resolución del año anterior más asuntos registrados en el año) se ha resuelto el 91% durante el año 2016.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado en total 1.798 resoluciones penales en la Audiencia de Huelva: 626

sentencias y 1.172 autos (el 97% resolviendo sobre el fondo del recurso). EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL El hecho más destacable a la hora de analizar el gráfico con los datos de la evolución

de la actividad penal en la Audiencia Provincial de Huelva es la estabilidad en la entrada de asuntos en los últimos años, paralela al número de asuntos resueltos, por lo que ha sido posible que la pendencia se mantenga baja.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA.

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1000

1500

2000

2500

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La cantidad de asuntos ingresados en la Secciones Primera y Tercera es superior, ya

que los ingresados en la Sección Segunda, civil, tienen carácter residual.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 180 881 917 143 1,04 0,16 (2m) 86%

SECCIÓN 2ª 0 4 4 0

SECCIÓN 3ª 41 888 888 27 1,00 0,03 (0m) 96% TOTAL 221 1.773 1.809 170 1,02 0,09 (1m) 91%

El tiempo medio de respuesta es de dos meses en la Sección primera y de menos de

un mes en la tercera. Además, del total de la carga penal de trabajo de cada Sección se ha resuelto en la Sección primera el 86% y en la tercera el 96%.

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MEMORIA 2016 71

0

500

1.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. HUELVA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 881 3 294

SECCIÓN 3ª 888 3 296

El módulo referencial para las Secciones penales de Audiencias Provinciales gira en torno a los 316 asuntos por Magistrado y año, por lo que se considera correcta por el momento la actual plantilla.

JURISDICCIÓN CIVIL

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 13 105 71 45 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 4 4 0

Medidas cautelares 0

Incidentes y Recusaciones 10 101 67 45

Otros 0 0 0 0 RECURSOS 157 1.142 1.048 256 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 57 409 360 108

De juicios verbales 2 93 91 6

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 2 22 21 1

Recursos de Queja 17 20 4

Apelaciones de Autos 302 275 50

Contra juzgados de familia 227 212 67

Contra juzgados mercantil 14 58 61 11

Restantes procesos 52 14 8 9 TOTAL 170 1.247 1.119 301

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MEMORIA 2016 72

En 2016 ha registrado 1.247 asuntos civiles (un 9% más que en 2015) y resuelto 1.119 (un 6% más que el año anterior), lo que revela un buen nivel resolutivo. La pendencia es ajustada aunque ha aumentado en el ultimo año, debido lógicamente al incremento de asuntos registrados.

Los 1.142 recursos registrados son en el 26% de los casos apelaciones de autos, el 36% de los casos juicios ordinarios y en un 20% apelaciones de juzgados de familia.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. AÑO 2016

8%26%

5%20%

1%

37%

2%1%

Anteriores LEC 1/2000De juicios ordinariosDe juicios verbalesApel de juz. menoresApel de juz. violencia mujerRecursos de QuejaApelaciones de AutosContra res. juzgados de familiaContra res. juz. mercantilRestantes procesos

Esta Audiencia Provincial ha tenido a lo largo de 2016 una carga de trabajo civil (total

de asuntos pendientes de resolver del año anterior más registrados en el año) de 1.417 asuntos, habiendo resuelto durante el año el 79% de éstos.

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado 1.027 resoluciones civiles: 651 sentencias y 376 autos. Se han

dictado un total de 319 autos resolviendo recursos siendo el 48% estimatorios y el 52% desestimatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL Vemos que se han resuelto menos asuntos (línea rosa en el gráfico) de los que se

han ingresado (línea azul), lo que ha ocasionado que aumente el número de asuntos pendientes a final de año (línea verde).

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1000

1500

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

Page 73: MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL … · memoria 2016 1 memoria anual de actividades y funcionamiento del tribunal superior de justicia de andalucia, ceuta y melilla

MEMORIA 2016 73

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La Sección segunda presenta en materia civil la mayor actividad, debido a que ha

quedado adscrita en exclusividad al orden jurisdiccional civil. El tiempo medio de resolución de la pendencia se estima en tres meses y la carga de trabajo que ha resuelto asciende al 81%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 6 61 26 39

SECCIÓN 2ª 162 1.158 1.066 261 0,92 0,24 (3m) 81%

SECCIÓN 3ª 2 28 27 1 TOTAL 170 1.247 1.119 301 0,90 0,27 (3m) 79%

0

1.000

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A.P. HUELVA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 2ª 1.158 4 290

El módulo referencial para las Secciones civiles de Audiencias Provinciales gira en

torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, de forma que el número de asuntos ingresados supera dicho módulo referencial y sugiere razonablemente ampliar en un Magistrado la plantilla en este orden jurisdiccional.

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MEMORIA 2016 74

I.4.6 AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN

La Audiencia Provincial de Jaén cuenta desde enero de 2014 con una Sección civil y dos Secciones penales. En el año 2016 se han ingresado 3.647 asuntos: 2.262 penales y 1.385 civiles.

JURISDICCIÓN PENAL En 2016 se han ingresado 2.262 asuntos penales (8% más que 2015) y se han

resuelto 2.144 (5% más que el año anterior). La cantidad de asuntos penales pendientes de resolución ha crecido, ya que se han resuelto menos asuntos de los ingresados.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 34 89 93 32 Sumarios 14 22 27 8 Procesos Jurado 1 3 2 2 Procedimientos abreviados 19 64 64 22 RECURSOS 182 2.173 2.051 307 Apelaciones juicios rápidos 1 44 38 7 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 26 433 381 75 Apelaciones Faltas juicios rápidos 0 1 1 0 Apelaciones Faltas restantes 7 42 49 0 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 13 13 0 Apelaciones restantes delitos leves 135 125 10 Apelaciones Juzgado Menores 3 58 55 6 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 14 93 96 11 Recursos de queja 3 11 13 1 Apelaciones contra Autos 1.343 1.280 197 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 216 2.262 2.144 339

Además, se han resuelto durante este año, 27 asuntos referidos a Cuestiones de Competencia, Recusaciones y Abstenciones. Los 89 procesos en única instancia que se han registrado son en su mayoría procedimientos abreviados (el 72%), pero también hay un 25% de sumarios y un 3% de procesos de la Ley del Jurado. Los procesos en segunda instancia son, principalmente, apelaciones de autos (el 72%) y apelaciones de procesos por delito (el 22%).

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

2%20%

61%4%

1%

2%1%

3%6%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitosApel. falta juicios rápidos

Apel. restantes falta

Apel. juz. violencia sobre mujerApel. Delitos leves en j inmediatos

Apel. Restantes delitos leves

Apel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.

Recursos de queja

Apel. de autosRestantes recursos

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MEMORIA 2016 75

Del total de la carga de trabajo penal de la Audiencia Provincial de Jaén, que se calcula sumando el total de asuntos pendientes a principio de año más los que se ingresan a lo largo de éste, se ha resuelto el 87%.

RESOLUCIONES PENALES La Audiencia de Jaén ha dictado un total de 2.149 resoluciones penales; 712

sentencias y 1.437 autos (el 98% fueron autos resolviendo sobre el fondo del recurso). EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL Como se observa en el gráfico adjunto, la pendencia ha subido en el último año, ya

que el numero de asuntos resueltos (línea rosa) es algo menor que el de asuntos registrados (línea azul).

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

500

1000

1500

2000

2500

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES Las dos Secciones penales muestran una actividad muy similar. La Sección primera

está adscrita al orden jurisdiccional civil desde enero de 2014.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 1ª 0 0 0 0

SECCIÓN 2ª 94 1.164 1.125 133 0,97 0,12 (1m) 89%

SECCIÓN 3ª 122 1.098 1.019 206 0,93 0,20 (2m) 84%

TOTAL 216 2.262 2.144 339 0,95 0,16 (2m) 87% La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolverá aproximadamente, en

un mes en las dos Secciones. El porcentaje de asuntos de la carga total de trabajo que han resuelto alcanza el 89% en la Sección segunda y el 84% en la tercera.

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MEMORIA 2016 76

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. JAÉN (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 2ª 1.164 3 388

SECCIÓN 3ª 1.098 3 366

El módulo referencial para la Secciones penales de Audiencias Provinciales gira en

torno a los 316 asuntos por Magistrado y año, superado por ambas Secciones, si bien se considera por el momento correcta la actual plantilla.

JURISDICCIÓN CIVIL

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 1 35 36 0 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 0 0 0

Medidas cautelares 1 0 1 0

Incidentes y Recusaciones 0 33 33 0

Otros 0 2 2 0 RECURSOS 508 1.350 1.229 644 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 156 425 297 284

De juicios verbales 126 153 179 36

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 11 27 37 1

Recursos de Queja 22 20 2

Apelaciones de Autos 266 166 175

Contra juzgados de familia 232 295 39

Contra juzgados mercantil 107 198 216 89

Restantes procesos 108 27 19 18 TOTAL 509 1.385 1.265 644

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MEMORIA 2016 77

La Audiencia de Jaén ha registrado un total de 1.385 asuntos civiles (un 11% más que el año anterior) y resuelto 1.265 (un 35% más que en 2015). La pendencia ha subido respecto al año anterior. Los 1.350 procesos civiles en segunda instancia ingresados a lo largo del año, se distribuyen en 31% de recursos de juicios ordinarios, 20% apelaciones de autos, 17% de recursos contra juzgados de familia, 15% de recursos contra juzgados de lo mercantil y 11% de recursos de juicios verbales.

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

11%

31%

2%2%

17%15% 2%

20%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

Apel de juz. violencia mujer

Recursos de Queja

Apelaciones de Autos

Contra res. juzgados de familia

Contra res. juz. mercantil y 1ª instancia

Restantes procesos

La carga de trabajo civil para la Audiencia Provincial de Jaén se calcula en 1.894 asuntos (total de asuntos pendientes al inicio del año más registrados) y durante el año 2016 se ha resuelto el 67% de la misma.

RESOLUCIONES CIVILES La Audiencia de Jaén ha dictado 1.181 resoluciones civiles; 898 sentencias y 283

autos. Los que resolvían recursos fueron 283 autos que en un 39% de los casos fueron estimatorios, en un 59% desestimatorios y sólo 2% anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La cantidad de asuntos civiles pendientes en la Audiencia de Jaén se puede

considerar ajustada a la vista del volumen de ingreso. En el año 2016, como se puede apreciar en el gráfico, la cantidad de asuntos registrados ha crecido y ha provocado un aumento de la pendencia, aunque continúa siendo una cantidad razonable. La cantidad de asuntos que se resuelven ha sido inferior a los ingresados en el pasado año.

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

300

600

900

1200

1500

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 78

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 509 1.385 1.265 644 0,91 0,51 (6m) 67% SECCIÓN 2ª 0 0 0 0 SECCIÓN 3ª 0 0 0 0 TOTAL 509 1.385 1.265 644 0,91 0,51 (6m) 67%

Desde enero de 2014 la Sección primera es la que tiene competencia exclusiva en el

orden jurisdiccional civil. El tiempo de resolución de los asuntos pendientes puede suponer, aproximadamente, seis meses. De la carga de trabajo total se ha resuelto el 67%.

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª

ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A.P. JAÉN (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.385 4 346

El módulo referencial para las Secciones civiles de Audiencias Provinciales gira en

torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, de forma que el número de asuntos ingresados supera ampliamente dicho módulo referencial, por lo que ha sido necesario reforzar con un JAT durante el año 2016, plan de apoyo que deberá continuar hasta la creación de nuevas plazas, ya que las características y la carga competencial que soporta el orden jurisdiccional civil dificulta con la actual plantilla reducir significativamente el volumen de pendencia y dar una respuesta en segunda instancia en plazos más razonables en algunos procedimientos, singularmente los ordinarios, como se ha evidenciado en reciente inspección. Es imprescindible, por ello, y a la mayor brevedad, aumentar la planta judicial en dos Magistrados titulares.

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MEMORIA 2016 79

I.4.7 AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA La Audiencia Provincial de Málaga está formada por nueve Secciones desde 2008

que en conjunto han ingresado un total de 12.381 asuntos, 8.362 penales y 4.019 civiles. La Sección séptima, con competencia civil y penal, tiene su sede en Melilla; las otras están ubicadas en la capital, tres tienen competencia exclusivamente civil (cuarta, quinta y sexta) y las cinco restantes competencia exclusivamente penal (primera, segunda, tercera, octava y novena).

En el siguiente gráfico se puede observar la actividad de las Secciones penales con sede en la capital. Los asuntos ingresados (línea azul en el gráfico) en las Secciones con competencia exclusivamente penal se estabiliza en torno a los 8.000 asuntos. La cantidad de asuntos resueltos (línea rosa) ha ido paralela también a lo largo del tiempo, lo que ha permitido que la pendencia no se dispare de manera alarmante. La carga referencial de entrada de asuntos para este tipo de órganos se ha superado ampliamente en los últimos años.

SECCIONES PENALES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

A continuación se muestra la actividad de las Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en su capital. En el último año se ha roto la tendencia al alza de la pendencia, debido fundamentalmente a que se resuelven más asuntos de los que se ingresan, para lo que ha sido determinante el plan de refuerzo de cuatro magistrados en comisión de servicios. Los asuntos ingresados continúan creciendo y superando el límite establecido de carga de trabajo referencial.

SECCIONES CIVILES DE MÁLAGA CAPITALAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2011-2016

01.0002.0003.0004.0005.0006.0007.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

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MEMORIA 2016 80

La Sección Séptima, con sede en Melilla, presenta, en el último año, unos ingresos por debajo de la carga referencial de trabajo para las Secciones mixtas de Audiencias Provinciales.

SECCIÓN 7ª - MELILLAAUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

SERIES TEMPORALES 2011-2016

0200400600800

1.0001.200

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

JURISDICCIÓN PENAL En la Audiencia de Málaga han ingresado 8.362 asuntos penales (un 2% menos que

el año anterior), se han resuelto 8.644 (un 2% menos que el año anterior) y la cantidad de asuntos pendientes a final de año es de 899. El 84% de los procesos penales en única instancia ingresados fueron procedimientos abreviados; se ingresaron un 13% de sumarios y 3% procesos de la Ley del Jurado. En lo referente a procesos en segunda instancia, el 68% apelaciones de autos y el 17% apelaciones en juicios por delito.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 338 528 473 361 Sumarios 85 71 65 73 Procesos Jurado 6 12 13 6 Procedimientos abreviados 247 445 395 282

RECURSOS 920 7.834 8.171 538 Apelaciones juicios rápidos 100 547 591 56 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 261 788 961 81 Apelaciones Faltas juicios rápidos 27 30 45 4 Apelaciones Faltas restantes 38 230 254 15 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 265 246 19 Apelaciones restantes delitos leves 525 498 33 Apelaciones Juzgado Menores 13 103 92 23 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 4 90 90 4 Recursos de queja 5 24 27 2 Apelaciones contra Autos 5.232 5.367 301 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 1.258 8.362 8.644 899

Además se han resuelto durante este año, 131 asuntos referidos a Cuestiones de

Competencia, Recusaciones y Abstenciones.

Page 81: MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL … · memoria 2016 1 memoria anual de actividades y funcionamiento del tribunal superior de justicia de andalucia, ceuta y melilla

MEMORIA 2016 81

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2016

68%

10%

7%

3%

7% 3%

1%

Apel. delito juicios rápidos

Apel. restantes delitos

Apel. falta juicios rápidos

Apel. restantes falta

Apel. juz. violencia sobre mujer

Apel. Delitos leves en juicios inmediatos

Apel. Restantes delitos leves

Apel. juz. menores

Apel. juz. vigilancia penit.

Recursos de queja

Apel. de autos

Restantes recursos

La carga penal de trabajo (total de asuntos pendientes de resolución del año anterior

más los registrados en el año) asciende a 9.620 asuntos y se ha resuelto a lo largo de 2016 el 90%.

RESOLUCIONES PENALES Se han dictado 8.449 resoluciones penales; 3.059 sentencias y 5.390 autos finales

(el 99% resolviendo sobre el fondo del recurso). LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La actividad desarrollada se mantiene en un nivel similar entre ellas, salvo la Sección

séptima en Melilla que tiene una carga de trabajo penal muy inferior.

La tasa de pendencia indica el tiempo medio que tardarían en resolver esta

pendencia, en relación con la actividad del último año, que va desde el mes en las Secciones primera, segunda, tercera, séptima y novena y los tres meses en las Sección octava. De la carga total de trabajo penal la Sección primera ha resuelto un 92%, la Sección segunda un 84%, la tercera un 94%, la séptima un 91%, la octava un 83% y la novena un 97%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionPRESIDENCIA 5 11 10 6

SECCIÓN 1ª 70 1.654 1.593 127 0,96 0,08 (1m) 92%

SECCIÓN 2ª 426 1.570 1.681 196 1,07 0,12 (1m) 84%

SECCIÓN 3ª 112 1.552 1.561 115 1,01 0,07 (1m) 94% SECCIÓN 7ª (Melilla) 52 425 432 27 1,02 0,06 (1m) 91%

SECCIÓN 8ª 294 1.508 1.489 315 0,99 0,21 (3m) 83%

SECCIÓN 9ª 299 1.642 1.878 113 1,14 0,06 (1m) 97% TOTAL 1.258 8.362 8.644 899 1,03 0,10 (1m) 90%

Page 82: MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO DEL … · memoria 2016 1 memoria anual de actividades y funcionamiento del tribunal superior de justicia de andalucia, ceuta y melilla

MEMORIA 2016 82

0

500

1.000

1.500

2.000

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 2ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 7ª (M elilla)

SECCIÓN 8ª SECCIÓN 9ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO PENAL

A. P. MÁLAGA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.654 4 414 SECCIÓN 2ª 1.570 4 393 SECCIÓN 3ª 1.552 4 388 SECCIÓN 8ª 1.508 4 377 SECCIÓN 9ª 1.642 4 411

El módulo referencial para las Secciones penales de las Audiencias Provinciales gira

en torno a los 316 asuntos por Magistrado y año. Actualmente hay 20 Magistrados de plantilla, por lo que la media del número de asuntos ingresados supera dicho módulo referencial, aunque se puede hablar de una plantilla algo más equilibrada desde 2015, tras incorporarse cinco Magistrados titulares, de forma que permite hablar, por el momento, de una plantilla más razonable. Ahora bien, conscientes de la posible evolución estadística, unida a la problemática del orden jurisdiccional penal, la complejidad de ciertas causas con incidencia importante tanto en las sesiones de juicio oral, se sugiere la ampliación en dos plazas más con el objeto de posibilitar Secciones funcionales en supuestos de juicios complejos y de larga duración, que obligan a medidas coyunturales de planes de refuerzo y/o exoneración de reparto, que podrían solventarse estructuralmente con una plantilla algo más holgada.

Para ello, seguramente, sería también conveniente y acertado actualizar las clases de registro de asuntos y criterios de reparto, lo que, además de asegurar un mejor funcionamiento y predeterminación, ayudaría en momentos coyunturales de medidas de apoyo, planes de actuación, bajas laborales, reducciones de reparto, etc. Así, semanalmente, dentro de cada uno de los apartados preestablecidos por orden jurisdiccional, los asuntos se turnarían informáticamente de forma individual y sucesiva a cada Magistrado, tratando de asegurar la distribución con arreglo a criterios preferentemente numéricos y cuantitativos dentro de cada listado específico, para lo cual la oficina encargada de registro y reparto se servirá de los medios informáticos puestos a su disposición que garanticen la aleatoriedad de tal distribución, a salvo la especificidad de las materias objeto de reparto específico y exclusivo, con las consiguientes compensaciones para asegurar la distribución equitativa de asuntos entre todos los Magistrados.

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MEMORIA 2016 83

JURISDICCIÓN CIVIL En la Audiencia de Málaga han ingresado 4.019 asuntos civiles (7% más que el año

anterior) y resuelto 4.214 (13% más que en 2015). La pendencia continúa por encima de los 5.000 asuntos. Se han incoado 3.819 recursos civiles, de los que el 30% son procedentes de juicios ordinarios, el 28% de apelaciones de autos, el 21% de apelaciones de juzgados de familia y el 10% de juicios verbales. La carga total de trabajo civil fue de 9.693 asuntos (total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el año) y en el año 2016 se resolvieron el 43% de ellos.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 93 200 192 85 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 13 9 4

Medidas cautelares 0 5 4 1

Incidentes y Recusaciones 93 180 177 80

Otros 0 2 2 0 RECURSOS 5.581 3.819 4.022 5.389 Anteriores LEC 1/2000 3 1 1 3

De juicios ordinarios 2.214 1.144 1.353 2.004

De juicios verbales 1.305 375 389 456

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 74 72 75 71

Recursos de Queja 61 55 31

Apelaciones de Autos 1.088 1.053 1.338

Contra juzgados de familia 820 843 1.030

Contra juzgados mercantil 375 232 224 416

Restantes procesos 64 26 29 40 TOTAL 5.674 4.019 4.214 5.474

RESOLUCIONES CIVILES Se han dictado un total de 3.689 resoluciones; 2.393 sentencias y 1.296 autos. De

éstos, 1.235 ponían fin a un recurso y se distribuyen en 55% estimando, 44% desestimando y 4 autos anulando.

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución disminuyó en las Secciones

cuarta, sexta y séptima. El tiempo medio de resolución de esta pendencia es dos meses en la Sección

séptima, 13 meses para la Sección cuarta, 14 en la sexta y 21 meses para la quinta. De la carga total de trabajo civil la Sección cuarta ha resuelto el 47%, la quinta el 36%, la sexta el 47% y la séptima el 74%.

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MEMORIA 2016 84

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 4ª 1.728 1.373 1.455 1.630 1,06 1,12 (13m) 47% SECCIÓN 5ª 2.131 1.348 1.260 2.222 0,93 1,76 (21m) 36% SECCIÓN 6ª 1.790 1.174 1.388 1.605 1,18 1,16 (14m) 47% SECCIÓN 7ª (Melilla) 25 124 111 17 0,90 0,15 (2m) 74%

TOTAL 5.674 4.019 4.214 5.474 1,05 1,30 (16m) 43%

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. AÑO 2016

0500

1.0001.5002.0002.500

SECCIÓN 4ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 7ª (Melilla)

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A. P. MÁLAGA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 4ª 1.373 5 275

SECCIÓN 5ª 1.348 5 270

SECCIÓN 6ª 1.174 5 235

El módulo referencial para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales gira

en torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, de forma que el número de asuntos ingresados supera dicho módulo referencial. Actualmente hay 14 Magistrados titulares en las tres Secciones civiles de la Audiencia Provincial de Málaga, a los que debe sumarse otra magistrada en comisión de servicio con relevación de funciones en su Juzgado de procedencia.

El problema del orden jurisdiccional civil sigue siendo la bolsa de asuntos pendientes, difícil de normalizar con el actual volumen de registro y la plantilla de Magistrados existente, por lo que durante el año 2016 se ha iniciado plan de refuerzo consistente en comisión de servicio con relevación de funciones de tres magistrados más, con el objetivo de reducir la actual bolsa de asuntos pendientes y acercarse a tiempos de resolución más razonables, plan de actuación que se considera imprescindible continuar en el tiempo, singularmente hasta tanto se normalice dicha pendencia, al tiempo que debería aumentarse la plantilla a

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MEMORIA 2016 85

muy corto plazo con un magistrado más del orden jurisdiccional civil, y valorar el aumento de magistrados en siguientes anualidades.

CARGA DE TRABAJO PARA SECCIONES MIXTAS A la Sección séptima, con sede en Melilla, al tener competencias tanto en materia

civil como en materia penal, se le aplica el módulo referencial de las Secciones mixtas fijado en torno a los 278 asuntos por Magistrado y año, que no ha sido superado.

A. P. MÁLAGA (MIXTA)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 7ª (Melilla) 549 3 183

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MEMORIA 2016 86

I.4.8 AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

La Audiencia de Sevilla está formada por cuatro Secciones con competencia exclusivamente penal (Primera, Tercera, Cuarta y Séptima) y otras cuatro con competencia exclusivamente civil (Segunda, Quinta, Sexta y Octava). Han ingresado en el último año 11.678 asuntos en total: 7.611 en las Secciones penales y 4.067 en las Secciones civiles.

JURISDICCIÓN PENAL Se han registrado en 2016 un total de 7.611 asuntos penales (4% más que el año

anterior), se han resuelto 7.488 (2% menos que en 2015). La pendencia se mantiene en niveles similares al año anterior. La mayoría de los procesos iniciados son recursos, el 94%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 263 486 329 330 Sumarios 67 147 70 71 Procesos Jurado 1 10 10 1 Procedimientos abreviados 195 329 249 258 RECURSOS 1.342 7.125 7.159 1.308 Apelaciones juicios rápidos 181 293 376 98 Ap. restantes delitos(excluidos leves) 305 792 778 319 Apelaciones Faltas juicios rápidos 24 71 96 1 Apelaciones Faltas restantes 77 326 386 17 Apelaciones Violencia sobre Mujer 0 0 0 0 Ap. delitos leves en juicios inmediatos 188 150 38 Apelaciones restantes delitos leves 318 247 71 Apelaciones Juzgado Menores 3 32 28 7 Apelaciones Vigilancia Penitenciaria 39 844 848 35 Recursos de queja 4 24 24 4 Apelaciones contra Autos 4.237 4.226 718 Restantes recursos 0 0 0 0 TOTAL 1.605 7.611 7.488 1.638

Además se han resuelto durante este año, 50 asuntos referidos a Cuestiones de

Competencia, Recusaciones y Abstenciones.

RECURSOS PENALES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

4%

5%

12%60%

1%11%

4%

3%

Apel. delito juicios rápidosApel. restantes delitos

Apel. falta juicios rápidosApel. restantes falta

Apel. juz. violencia sobre mujerApel. Delitos leves en juicios inmediatosApel. Restantes delitos leves

Apel. juz. menoresApel. juz. vigilancia penit.

Recursos de quejaApel. de autos

Restantes recursos

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MEMORIA 2016 87

Se han iniciado 486 procesos penales en primera instancia, la mayoría son procedimientos abreviados (un 68%), pero también hay un 30% de sumarios y un 2% de procesos de la Ley del Jurado. Se interpusieron 7.125 recursos, en su mayoría apelaciones de autos (el 60%), apelaciones en procesos por delito (el 15%) y apelaciones referentes Vigilancia Penitenciaria (12%).

La carga de trabajo penal durante el año 2016 (total de asuntos pendientes de resolución del año anterior más registrados en el año) fue de 9.216 asuntos penales y de ellos se ha resuelto el 81%.

RESOLUCIONES PENALES Las Secciones penales han dictado en conjunto 7.418 resoluciones; 2.365 sentencias

y 5.053 autos (el 99% resolviendo sobre el fondo del recurso). EVOLUCIÓN PENAL TEMPORAL En 2016 las Secciones penales han contado con veinte Magistrados para hacer

frente a la carga de trabajo. En los dos últimos años se ha roto la tendencia creciente de asuntos ingresados, que venía ocurriendo hasta 2008. La cantidad de asuntos pendientes de resolución se mantiene en un nivel superior al año anterior.

ASUNTOS PENALES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

0

2000

4000

6000

8000

10000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

LITIGIOSIDAD PENAL POR SECCIONES La pendencia a final de año ha aumentado en la Sección primera y tercera, mientras

que ha descendido en las Secciones cuarta y séptima.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resolucióntasa

pendencia tasa de

congestionSECCIÓN 1ª 378 1.838 1.714 482 0,93 0,28 (3m) 77%

SECCIÓN 3ª 577 1.836 1.770 614 0,96 0,35 (4m) 73%

SECCIÓN 4ª 349 2.117 2.135 320 1,01 0,15 (2m) 87%

SECCIÓN 7ª 301 1.820 1.869 222 1,03 0,12 (1m) 88% TOTAL 1.605 7.611 7.488 1.638 0,98 0,22 (3m) 81%

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MEMORIA 2016 88

La cantidad de asuntos pendientes de resolución se resolvería en tres meses en la Sección primera, en cuatro meses en la tercera, en dos meses en la cuarta y un mes en la séptima. Del total de la carga de trabajo se ha resuelto el 77% en la Sección primera, el 73% en la tercera, el 87% en la cuarta y el 88% en la séptima.

0500

1.0001.5002.0002.500

SECCIÓN 1ª SECCIÓN 3ª SECCIÓN 4ª SECCIÓN 7ª

AUSUNTOS PENALES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

CARGA DE TRABAJO PENAL

A.P. SEVILLA (PENAL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 1ª 1.838 5 368

SECCIÓN 3ª 1.836 5 367

SECCIÓN 4ª 2.117 5 423

SECCIÓN 7ª 1.820 5 364

El módulo referencial para las Secciones penales de las Audiencias Provinciales gira

en torno a los 316 asuntos por Magistrado y año. Actualmente hay 20 Magistrados en las cuatro Secciones penales de la Audiencia de Sevilla, por lo que la media del número de asuntos ingresados supera dicho módulo referencial, aunque se puede hablar de una plantilla algo más equilibrada desde 2015, tras incorporarse cuatro Magistrados titulares, de forma que permite hablar, por el momento, de una plantilla más razonable.

Ahora bien, conscientes de la posible evolución estadística, unida a la problemática del orden jurisdiccional penal, la complejidad de ciertas causas con incidencia importante tanto en las sesiones de juicio oral, se sugiere la ampliación en dos plazas más con el objeto de posibilitar Secciones funcionales en supuestos de juicios complejos y de larga duración, que obligan a medidas coyunturales de planes de refuerzo y/o exoneración de reparto, que podrían solventarse estructuralmente con una plantilla algo más holgada.

Con independencia de ello, al igual que se comentó para la Audiencia Provincial de Granada, con Secciones penales compuestas por cinco magistrados, es bueno reflexionar sobre la rigidez organizacional de las Audiencias Provinciales, que no permite margen de maniobra y resalta la necesidad de una mayor flexibilidad, de manera que, sin perjuicio del aumento de plantilla, se pueden adoptar medidas de apoyo y gestión más eficaces.

La opción más efectiva y valiente, además conectada con la filosofía propia de la NOJ, sería constituir una oficina común penal única, en la que se integrarían el número

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MEMORIA 2016 89

oportuno de funcionarios y Letrados de la Administración de justicia. De forma transitoria, sería imprescindible que la Consejería de Justicia procediera de manera urgente a una reducción y redistribución de efectivos personales en el ámbito de las Secciones civiles, con objeto de reasignar funcionarios y reforzar las Secciones penales, con lo que procederíamos con criterios de eficacia y eficiencia para una mejor prestación del servicio, sin afectar para nada la movilidad funcionarial.

Esta medida, solicitada y reiterada a la Consejería, sigue sin obtener respuesta alguna, lo que impide ganar en eficacia y eficiencia con los actuales recursos humanos, así como dotar de mayor agilidad al trabajo en las Secciones penales, que podrían dotarse de alguna Sección bis funcional, integradas por cualesquiera de los actuales dieciséis magistrados integrantes de las cuatro Secciones, lo que, seguramente, daría mayor operatividad y fluidez diaria. De esta forma, se podría funcionar con las Secciones orgánicas actuales, si bien integradas por dos/tres magistrados, respectivamente, además del propio Presidente, junto a Subsecciones o Secciones bis funcionales, integradas por tres magistrados, ejerciendo en ésta de Presidente el más antiguo en el escalafón. Todo lo anterior se pondrá en conocimiento y se reiterará nuevamente a la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, responsable de poner en funcionamiento estas potencialidades organizativas.

Para ello, seguramente, sería también conveniente y acertado actualizar las clases de registro de asuntos y criterios de reparto, lo que, además de asegurar un mejor funcionamiento y predeterminación, ayudaría en momentos coyunturales de medidas de apoyo, planes de actuación, bajas laborales, reducciones de reparto, etc. Así, semanalmente, dentro de cada uno de los apartados preestablecidos por orden jurisdiccional, los asuntos se turnarían informáticamente de forma individual y sucesiva a cada Magistrado, tratando de asegurar la distribución con arreglo a criterios preferentemente numéricos y cuantitativos dentro de cada listado específico, para lo cual la oficina encargada de registro y reparto se servirá de los medios informáticos puestos a su disposición que garanticen la aleatoriedad de tal distribución, a salvo la especificidad de las materias objeto de reparto específico y exclusivo, con las consiguientes compensaciones para asegurar la distribución equitativa de asuntos entre todos los Magistrados.

JURISDICCIÓN CIVIL La Audiencia Provincial de Sevilla ha ingresado 4.067 asuntos en el orden

jurisdiccional civil (un 7% más que en 2015) y resuelto 3.547 (similar al año anterior). La cantidad de asuntos pendientes a final de año ha crecido un 29%.

Se registraron un total de 3.836 procesos civiles en segunda instancia de los que un 30% de los casos son apelaciones de autos, un 24% apelaciones de juzgados de familia y un 21% recursos de juicios ordinarios.

La carga civil de trabajo fue de 5.655 asuntos (total de asuntos pendientes de resolución al principio del año más registrados) de los que se ha resuelto un 63%.

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MEMORIA 2016 90

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final PROCESOS EN ÚNICA INSTANCIA 48 231 213 60 Rescisión de sentencias firmes 0 0 0 0

Cuestiones de competencia 22 20 2

Medidas cautelares 1 1 1 1

Incidentes y Recusaciones 41 208 192 57

Otros 0 0 0 0 RECURSOS 1.540 3.836 3.334 1.985 Anteriores LEC 1/2000 0 0 0 0

De juicios ordinarios 439 802 769 463

De juicios verbales 115 292 233 175

Menores 0 0 0 0

Violencia mujer 47 64 42 69

Recursos de Queja 79 63 16

Apelaciones de Autos 1.164 1.049 326

Contra juzgados de familia 909 601 308

Contra juzgados mercantil 226 470 292 404

Restantes procesos 454 56 285 224 TOTAL 1.588 4.067 3.547 2.045

RECURSOS CIVILES INGRESADOS EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

8%

2%

30%

1%12%

24%

2%

21%

Anteriores LEC 1/2000

De juicios ordinarios

De juicios verbales

Apel de juz. menores

Apel de juz. violencia mujer

Recursos de Queja

Apelaciones de Autos

Contra res. juzgados de familia

Contra res. juz. mercantil

Restantes procesos

RESOLUCIONES CIVILES En las Secciones civiles se han dictado un total de 3.171 resoluciones; 1.765

sentencias y 1.406 autos. De éstos, 1.328 fueron autos resolviendo recursos que se pueden clasificar además en 48% estimatorios y 52% desestimatorios, más 3 autos anulatorios.

EVOLUCIÓN CIVIL TEMPORAL La actividad en los últimos años se resume en el gráfico siguiente. Se observa que,

después del repunte en el ingreso de asuntos de 2012, seguimos en cifras parecidas a los años anteriores, aunque en 2016 se observa cierto incremento en el número de asuntos registrados (línea azul del gráfico).

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MEMORIA 2016 91

ASUNTOS CIVILES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. SERIES TEMPORALES 2011-2016

010002000

300040005000

2011 2012 2013 2014 2015 2016Registrados ResueltosPendientes al f inal Limite superior carga referencial

La pendencia en el último año ha sufrido un incremento del 29%, subiendo a los

2.045 asuntos pendientes, debido a que el nivel de asuntos resueltos es menor a los ingresados.

LITIGIOSIDAD CIVIL POR SECCIONES La cantidad de asuntos civiles pendientes de resolución ha aumentado en todas las

Secciones. Dicha cara de trabajo se resolvería, a este ritmo evolutivo, en unos diez meses en la Sección sexta, ocho meses en la Sección segunda, siete meses en la Sección quinta, y en cuatro meses en la Sección octava que, año tras año, mantiene el mayor nivel resolutivo.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes

al final tasa

resoluciónTasa

pendencia tasa de

congestion

SECCIÓN 2ª 454 1.093 917 586 0,84 0,64 (8m) 59%

SECCIÓN 5ª 428 1.122 964 586 0,86 0,61 (7m) 62%

SECCIÓN 6ª 511 840 740 593 0,88 0,80 (10m) 55%

SECCIÓN 8ª 195 1.012 926 280 0,92 0,30 (4m) 77%

TOTAL 1.588 4.067 3.547 2.045 0,87 0,58 (7m) 63% Del total de la carga de trabajo civil se ha resuelto el 63% de media, oscilando entre

el 55% de la Sección sexta y el 77% de la Sección octava.

0

500

1.000

1.500

SECCIÓN 2ª SECCIÓN 5ª SECCIÓN 6ª SECCIÓN 8ª

AUSUNTOS CIVILES POR SECCIONES. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al f inal

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MEMORIA 2016 92

CARGA DE TRABAJO CIVIL

A. P. SEVILLA (CIVIL)

Ingresos en 2016

Magistrados en 2016

Media de ingresos por Magistrado

SECCIÓN 2ª 1.093 4 273

SECCIÓN 5ª 1.122 4 281

SECCIÓN 6ª 840 3 280

SECCIÓN 8ª 1.012 4 253

El módulo referencial para las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales gira

en torno a los 218 asuntos por Magistrado y año, que es superado en Sevilla y permite sugerir la conveniencia de ampliar la plantilla del orden jurisdiccional civil en otro magistrado más y equilibrar la plantilla en todas las Secciones.

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MEMORIA 2016 93

I.5 JUZGADOS Un análisis de los datos estadísticos que arrojan los órganos judiciales unipersonales

radicados en el territorio del TSJA permite concluir que existe un alto índice de resolución, muy próximo al 100% de los asuntos ingresados, si bien se mantiene una elevada tasa de congestión (asuntos nuevos ingresados más asuntos pendientes al inicio del año), de modo que la pendencia continúa siendo realmente elevada. Esta situación es consecuencia de la sobrecarga de trabajo en los últimos años, situación no acompañada de la dotación de las nuevas plazas necesarias para hacerle frente, junto con la insuficiencia de medidas tendentes a reforzar los distintos órganos judiciales, primero, porque no se disponen de recursos que permitan reforzar la totalidad de los órganos que precisan apoyo, que son la mayoría; y, segundo, porque las medidas de apoyo suelen devenir ineficaces por diversos motivos, entre los que destaca la falta de provisión de funcionarios para el refuerzo.

A continuación, se refleja el estado de los Juzgados según los distintos órdenes jurisdiccionales:

I.5.1 JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Actualmente existen en el ámbito territorial del TSJA 111 Juzgados de Primera

Instancia, de los cuales 69 Juzgados no comparten competencias en materia de familia y 42 Juzgados que comparten competencias civiles generales con asuntos de familia.

Durante esta anualidad, bien de modo permanente o temporalmente, en algunos casos, han estado adscritos Magistrados o Jueces de Adscripción Territorial como integrantes de medidas de refuerzo en la jurisdicción de primera instancia de algunos partidos judiciales, en concreto: Almería (2 JAT, hasta el mes de noviembre, posteriormente 1 JAT compartido con el Juzgado de Familia), Fuengirola (1 JAT, hasta el mes de marzo) y Torremolinos (1 JAT, hasta el mes de marzo), Granada (1 Juez de Apoyo al JAT, hasta el mes de marzo), Huelva (1 Magistrado en comisión de servicio, sin relevación de funciones, en el Juzgado nº 7, con competencias añadidas en materia de familia), Jaén (1 JAT hasta el 23 de mayo, en el Juzgado nº 6, con competencias también en materia de familia) y Sevilla (2 JAT).

Los Juzgados de Primera Instancia han ingresado en el año 2016 un total de 147.145 asuntos y resuelto 146.951 procedimientos (cifras similares al año anterior). El 88% de asuntos ingresados son asuntos contenciosos, el 3% corresponde a procesos relativos al derecho de familia, el 3% a jurisdicción voluntaria e internamientos y el 1% a capacidades. Los partidos judiciales de Sevilla, Málaga y Granada son los que más asuntos contenciosos han ingresado.

La cantidad total de asuntos pendientes de resolución a final de año es de 83.725. La tasa de resolución sigue estando cercana al 100%, ya que se han resuelto una cifra de asuntos similar a los que se ingresan.

En todas las capitales de provincia se han resulto más asuntos de los ingresados, excepto en Granada y Málaga, destacando la importante tasa de resolución de los Juzgados de Almería, con un descenso importante del número de asuntos pendientes, situación en la que, sin duda, ha tenido incidencia el importante refuerzo mantenido durante prácticamente todo el año.

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MEMORIA 2016 94

PRIMERA INSTANCIA Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERÍA 8.471 10.794 12.130 6.949 Procesos Contenciosos 8.045 9.535 10.848 6.577 Procesos Familia 14 4 3 1 Capacidades 68 124 110 82 Internamientos 19 669 622 42 Jurisdicción voluntaria 325 462 547 247 CÁDIZ 8.156 17.084 16.463 9.270 Procesos Contenciosos 6.744 14.167 13.521 7.823 Procesos Familia 899 1.908 1.929 891 Capacidades 55 121 96 90 Internamientos 26 139 140 4 Jurisdicción voluntaria 432 749 777 462 CÓRDOBA 5.923 10.627 10.222 6.484 Procesos Contenciosos 5.611 9.606 9.203 6.170 Procesos Familia 0 0 0 0 Capacidades 0 0 0 0 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 312 1.021 1.019 314 GRANADA 7.953 18.316 17.589 8.861 Procesos Contenciosos 7.659 17.125 16.331 8.627 Procesos Familia 0 16 14 2 Capacidades 1 2 2 1 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 293 1.173 1.242 231 HUELVA 3.550 6.946 7.541 3.105 Procesos Contenciosos 3.456 6.945 7.468 3.083 Procesos Familia 0 0 0 0 Capacidades 0 0 0 0 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 94 1 73 22 JAÉN 2.383 4.929 5.042 2.163 Procesos Contenciosos 2.273 4.551 4.617 2.099 Procesos Familia 2 4 4 1 Capacidades 0 0 0 0 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 108 374 421 63 MÁLAGA 21.451 45.968 44.538 24.282 Procesos Contenciosos 19.219 37.387 35.973 21.907 Procesos Familia 1.058 2.736 2.556 1.263 Capacidades 258 566 566 261 Internamientos 181 2.986 3.015 152 Jurisdicción voluntaria 735 2.293 2.428 699 SEVILLA 22.761 32.481 33.426 22.611 Procesos Contenciosos 21.798 30.354 31.081 21.910 Procesos Familia 0 0 0 0 Capacidades 1 2 2 1 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 962 2.125 2.343 700 TOTAL INGRESOS 80.648 147.145 146.951 83.7251 Total Contenciosos 74.805 129.670 129.042 78.196 Total Familia 1.973 4.668 4.506 2.158 Total Capacidades 383 815 776 435 Total Internamientos 226 3.794 3.777 198 Total Jurisdicción Voluntaria 3.261 8.198 8.850 2.738 Excluidos los Juzgados exclusivos de Familia

1 En la cifra global se incluyen como pendientes los asuntos en fase declarativa hasta tanto no se produzca su caducidad.

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MEMORIA 2016 95

PRIMERA INSTANCIA Ingresos Órganos Ingresos por órgano ALMERÍA 13.798 7 1.971 Jurs. Contenciosa 9.535 Jurs. Voluntaria 462 Ejecución 3.801 CÁDIZ 6.456 5 1.291 Jurs. Contenciosa 3.668 Procesos Familia 770 Jurs. Voluntaria 433 Ejecución 1.585 ALGECIRAS 7.824 4 1.956 Jurs. Contenciosa 4.288 Procesos Familia 1.138 Jurs. Voluntaria 316 Ejecución 2.082 JEREZ 8.914 5 1.783 Jurs. Contenciosa 6.211 Jurs. Voluntaria 0 Ejecución 2.703 CÓRDOBA 14.171 8 1.771 Jurs. Contenciosa 9.606 Jurs. Voluntaria 1.021 Ejecución 3.544 GRANADA 23.996 15 1.600 Jurs. Contenciosa 17.125 Jurs. Voluntaria 1.173 Ejecución 5.698 HUELVA 10.822 6 1.804 Jurs. Contenciosa 6.945 1.888 Jurs. Voluntaria 1 Ejecución 3.393 Mercantil 483 JAÉN 7.076 5 1.415 Jurs. Contenciosa 4.551 1.458 Jurs. Voluntaria 374 Ejecución 1.708 Mercantil 443 MÁLAGA 28.755 16 1.797 Jurs. Contenciosa 21.102 Jurs. Voluntaria 1.506 Ejecución 6.147 FUENGIROLA 8.060 5 1.612 Jurs. Contenciosa 4.810 Procesos Familia 886 Jurs. Voluntaria 200 Ejecución 2.164 MARBELLA 10.437 8 1.305 Jurs. Contenciosa 6.551 Procesos Familia 983 Jurs. Voluntaria 400 Ejecución 2.503 TORREMOLINOS 7.820 5 1.564 Jurs. Contenciosa 4.924 Procesos Familia 852 Jurs. Voluntaria 187 Ejecución 1.857 SEVILLA 43.967 22 1.999 Jurs. Contenciosa 30.354 Jurs. Voluntaria 2.125 Ejecución 11.488

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MEMORIA 2016 96

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Primera Instancia gira en torno a los 884 asuntos, incluida jurisdicción voluntaria y ejecución, que es superada en todos los Juzgados de Primera Instancia -prácticamente todos la doblan-, de forma que, como llevamos comentando en los últimos años, la situación es bastante compleja por la alta pendencia que presentan.

Por lo expuesto, han de repetirse nuevamente las consideraciones que se hicieron en años anteriores respecto a la necesidad de creación de nuevas plazas judiciales en casi todos los partidos judiciales con este tipo de jurisdicción civil separada, a excepción de Cádiz y Marbella, siendo más necesario en los partidos judiciales de Algeciras, Almería, y Sevilla. Esta situación ha sido, además, determinante del mantenimiento, durante 2016, de medidas de refuerzo permanentes en esta jurisdicción, articuladas mediante la adscripción de JAT, normalmente.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de Primera Instancia. Año 2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

ALMERÍ A CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA FUENGIR MARBELLA TORREM SEVILLA

Media de ingresos por organo Valor Mínimo Módulo Valor Máximo Módulo

I.5.2 JUZGADOS DE FAMILIA En Andalucía contamos con 17 Juzgados exclusivos de Familia. En los partidos

donde no hay Juzgados exclusivos, los Juzgados de Primera Instancia comparten estas competencias, como se ha reflejado en el apartado anterior.

En 2016 se han ingresado 33.166 asuntos (un 3% menos que en el año 2015) y resuelto 32.350 (5% menos que el año anterior, siendo esta cifra menor que la del número de asuntos registrados), quedando 13.969 pendientes al final del ejercicio.

Del total de asuntos ingresados, un 72% corresponde a asuntos de familia, un 4% corresponde a capacidades, un 13%, a internamientos , un 9%, a jurisdicción voluntaria y un 2% a asuntos contenciosos.

En el año 2016, de manera temporal o completa, han contando con medidas de refuerzo los Juzgados de Familia de Almería (1 JAT, al 50% desde el mes de octubre), Málaga (1 JAT), Córdoba (1 JAT), Jerez de la Frontera (1 JAT), Sevilla (1 JAT) y Granada (1 JAT, hasta el mes de septiembre). Pese a ello, en todas las provincias ha aumentado la pendencia, excepto en Málaga, donde se ha reducido en unos 500 asuntos aproximadamente y Sevilla, si bien la disminución de la pendencia ha sido muy escasa, 24 asuntos.

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MEMORIA 2016 97

JUZGADOS DE FAMILIA Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERÍA 888 1.988 2.022 927 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 846 1.807 1.846 880 Capacidades 1 16 9 8 Internamientos 7 95 102 0 Jurisdicción voluntaria 34 70 65 39 CÁDIZ 1.300 2.902 2.607 1.607 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 852 1.741 1.534 1.108 Capacidades 54 102 129 38 Internamientos 0 201 185 0 Jurisdicción voluntaria 394 858 759 461 CÓRDOBA 999 3.898 3.870 1.195 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 823 2.808 2.795 1.000 Capacidades 47 102 125 24 Internamientos 97 721 683 139 Jurisdicción voluntaria 32 267 267 32 GRANADA 2.046 5.078 5.155 2.048 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 1.633 3.493 3.602 1.603 Capacidades 274 367 386 255 Internamientos 12 863 832 43 Jurisdicción voluntaria 127 355 335 147 HUELVA 1.063 2.484 2.243 1.385 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 834 1.544 1.433 1.026 Capacidades 44 98 60 82 Internamientos 38 351 307 82 Jurisdicción voluntaria 147 491 443 195 JAÉN 1.034 2.142 1.760 1.387 Procesos Contenciosos 314 585 476 393 Procesos Familia 619 1.061 834 847 Capacidades 51 87 60 78 Internamientos 11 298 285 24 Jurisdiccional voluntaria 39 111 105 45 MÁLAGA 2.709 5.419 5.417 2.284 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 2.613 5.128 5.142 2.186 Capacidades 0 0 0 0 Internamientos 0 0 0 0 Jurisdicción voluntaria 96 291 275 98 SEVILLA 3.160 9.255 9.276 3.136 Procesos Contenciosos 0 0 0 0 Procesos Familia 2.596 6.359 6.395 2.557 Capacidades 169 415 414 170 Internamientos 226 1.753 1.729 250 Jurisdicción voluntaria 169 728 738 159 TOTAL 13.199 33.166 32.350 13.969 TOTAL Contenciosos 314 585 476 393 TOTAL Familia 10.816 23.941 23.581 11.207 TOTAL Capacidades 640 1.187 1.183 655 TOTAL Internamientos 391 4.282 4.123 538 TOTAL Jurisdicción voluntaria 1.038 3.171 2.987 1.176

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MEMORIA 2016 98

La mayoría de los asuntos de familia corresponden a divorcios consensuados (21%), divorcios no consensuados (15%), seguidos de modificación de medidas no consensuadas (12%) y medidas coetáneas e incidentes (11% cada uno).

PROCESOS DE FAMILIA Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final

Nulidades Matrimoniales 10 14 11 13 Divorcios consensuados 888 5.007 4.799 943 Divorcios no consensuados 2.221 3.597 3.720 2.247 Separación consensuada 84 318 330 67 Separación no consensuada 90 178 191 94 Separación, disolución o nulidad 15 25 27 14 Modificación medidas consensuadas 120 711 642 184 Modificación medidas no cons. 2.345 3.146 3.139 2.314 Juicios Ordinarios 46 59 60 35 Juicios Verbales 269 422 420 234 Liquidación reg. Económico 737 877 772 715 Menores no matrimoniales consensuados 322 1.520 1.491 345 Menores no matrimoniales no consensuados 1.433 2.014 2.088 1.479 Protección de menores 141 303 264 212 Otros contenciosos 0 0 0 0 Medidas Previas 95 344 326 113 Medidas Coetáneas 1.201 2.720 2.655 1.179 Medidas cautelares 5 125 117 22 Incidentes 397 2.511 2.479 997 Total 10 14 11 13

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Familia gira en torno a los 1.088

asuntos, incluida jurisdicción voluntaria y ejecución, que es superada en los órganos judiciales andaluces de este tipo. Es necesario aumentar la actual planta, al tiempo que crear Juzgados especializados de familia de Jaén. Mientras tanto, deberán mantenerse todas las medidas de refuerzo existentes.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de Familia. Año 2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

ALMERÍA JEREZ FRA CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

Media de registros por órgano Valor mínimo Módulo Valor Máximo Módulo

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MEMORIA 2016 99

JUZGADOS DE FAMILIA Ingresos en

2016 Órganos en

2016

Media de ingresos por

órgano ALMERÍA 2.228 1 2.228 Asuntos 1.988 Ejecución civil 240 JEREZ DE LA FRONTERA 3.346 1 3.346 Asuntos 2.902 Ejecución civil 444 CÓRDOBA 4.603 2 2.302 Asuntos 3.898 Ejecución civil 705 GRANADA 5.803 3 1.934 Asuntos 5.078 Ejecución civil 725 HUELVA 2.839 1 2.839 Asuntos 2.484 Ejecución civil 355 JAÉN 2.487 1 2.487 Asuntos 2.142 Ejecución civil 345 MÁLAGA 6.505 3 2.168 Asuntos 5.419 Ejecución civil 1.086 SEVILLA 10.487 5 2.097 Asuntos 9.255 Ejecución civil 1.232

I.5.3 JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Existen en el ámbito jurisdiccional del TSJA un total de 94 Juzgados de Instrucción.

Han contado con medidas de refuerzo el Juzgado de Instrucción nº 1 de Marbella (adscripción de 1 JAT) y el Juzgado de Instrucción de nº 6 de Sevilla (un magistrado en comisión de servicio con relevación de funciones y un JAT adscrito).

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Almería 2.955 20.528 21.128 2.937 Cádiz 1.312 6.890 7.522 862 Algeciras 2.465 9.606 9.979 2.283 Jerez 2.304 11.707 12.111 2.043 Córdoba 3.683 28.576 29.909 2.779 Granada 3.031 63.132 63.858 2.783 Huelva 2.355 16.910 17.383 2.044 Jaén 1.084 15.764 15.981 1.207 Málaga 6.023 68.624 70.950 4.964 Fuengirola 1.693 12.279 12.754 1.313 Marbella 2.799 17.806 18.550 2.411 Torremolinos 1.798 13.189 13.459 1.774 Sevilla 10.823 76.219 79.992 8.748

Total 42.325 361.230 373.576 36.148

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MEMORIA 2016 100

En total los Juzgados de Instrucción han ingresado 361.230 asuntos penales (49% menos que el año anterior) y resuelto 373.576. La cantidad de asuntos pendientes se cifra en 36.148 (un 13% menos que en el año anterior).

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN Ingresos en

2016 Órganos en

2016

Media de ingresos por

órgano ALMERÍA 20.528 6 3.421 CÁDIZ 6.890 4 1.723 ALGECIRAS 9.606 4 2.402 JEREZ DE LA FRA. 11.707 5 2.341 CÓRDOBA 28.576 8 3.572 GRANADA 63.132 9 7.015 HUELVA 16.910 5 3.382 JAÉN 15.764 4 3.941 MÁLAGA 68.624 14 4.902 FUENGIROLA 12.279 4 3.070 MARBELLA 17.806 5 3.561 TORREMOLINOS 14.176 5 2.835 Instrucción 13.189 Violencia sobre la mujer 987 SEVILLA 76.219 20 3.811

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Instrucción gira en torno a los 8.805 asuntos por órgano y año, que no es superada en ningún partido judicial. La reforma legislativa llevada a cabo en el artículo 284 por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estableciendo que, cuando no exista autor conocido del delito, la Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo, excepto en los casos en que se trate de delitos contra la vida, la integridad física o contra la libertad e indemnidad sexuales, o bien se practique cualquier diligencia después de transcurridas setenta y dos horas desde la apertura del atestado y éstas hayan tenido algún resultado, ha determinado el acusado descenso en la entrada de asuntos en los Juzgados de Instrucción, en los cuales se han resuelto, con carácter general, más asuntos de los que han ingresado, excepto en Jaén, único partido judicial en que ha aumentado ligeramente la pendencia.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de Instrucción. Año 2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

9.000

ALMERÍA CÁDIZ ALGECIRAS J EREZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA J AÉN MÁLAGA FUENGIR. MARBELLA TORREMOL. S EVILLA

Asuntos ingresados Valor mínimo Módulo Valor máximo Módulo

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MEMORIA 2016 101

Por materias, el 78% de los asuntos que se ingresaron en los Juzgados de Instrucción fueron Diligencias Previas, el 12% corresponde a Juicios de delitos leves, el 6% a Procedimientos Abreviados y el 4% a Diligencias Urgentes.

Se dictaron en estos Juzgados un total de 1.463 sentencias en juicio de faltas, el 39% condenatorias, 24.486 sentencias en juicios de delitos leves y 8.034 sentencias en procesos por delito y 27 sentencias en procesos por aceptación de decreto.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

Diligencias urgentes 48 13.492 13.529 23 Sumarios 135 282 311 128 Diligencias previas 21.484 282.785 291.816 16.707 Procedimientos abreviados 11.130 20.307 21.331 10.778 Juicios delitos leves 6008 43.352 42.424 7.682 Juicios de faltas 2.941 443 3.720 127 Proc. aceptación decreto 0 34 31 3 Habeas hábeas 2 324 325 1 Ley orgánica 5/95 (jurado) 39 27 36 30 Decomiso Autónomo 0 0 0 0 Piezas separadas art. 762.6 538 184 53 669

TOTAL 42.325 361.230 373.576 36.148 I.5.4 JUZGADOS PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN En el ámbito territorial del TSJA existen un total de 203 Juzgados de Primera

Instancia e Instrucción. Estos órganos judiciales han ingresado en el último año 381.949 asuntos (un 34% menos que en 2015) y resuelto 391.134. La cantidad de asuntos pendientes de resolución a final de año es de 153.870.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR ORDEN JURISDICCIONAL. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

ASUNTOS CIVILES 93.997 122.752 122.423 95.507 Juris. contenciosa 72.442 87.407 86.945 74.259

Procesos de Familia 14.074 24.006 23.318 14.652

Capacidades 1.490 1.918 1.906 1.503

Internamientos 1.217 3.624 3.485 1.380

Juris. Voluntaria 4.774 5.797 6.769 3.713

ASUNTOS PENALES 68.838 259.197 268.711 58.363

Total 162.835 381.949 391.134 153.870

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MEMORIA 2016 102

Durante 2016 se han realizado distintas adscripciones como medidas de refuerzo permanentes en algunos partidos judiciales, en concreto: Vera y Roquetas de Mar, en Almería; Chiclana de la Frontera y Barbate, en Cádiz; Santa Fe, en Granada; Estepona, en Málaga; Utrera y Sanlúcar la Mayor, en Sevilla.

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción gira en torno a los 550 asuntos civiles (incluida ejecución) y 2.470 asuntos penales (excluida ejecución). Tras la comentada reforma llevada a cabo por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ningún Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Andalucía supera la carga referencial relativa a asuntos penales; por el contrario, son muy numerosos los que superan la carga de entrada de asuntos civiles, incluso duplicándola en bastantes casos. Se hace necesario, por tanto, la creación de plazas en muchos de estos denominados juzgados mixtos; mientras tanto, es obligado mantener y ampliar medidas de refuerzo en muchos partidos judiciales.

Las tablas siguientes muestran la media de carga de trabajo por órgano judicial y año en cada partido judicial, en una clasificación por provincias.

ALMERÍA Actualmente la provincia de Almería cuenta con 20 Juzgados de Primera Instancia e

Instrucción. Es notoria la sobrecarga que soportan los Juzgados de El Ejido, Roquetas de Mar y Vera, incluso Berja, partidos judiciales en los que debería incrementarse la dotación de plazas judiciales o, en su caso, durante 2017 mantener o iniciar medidas de refuerzo mediante la adscripción de JAT.

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Berja 1.212 424 2.414 301 2 818 1.358 El Ejido 3.717 1.289 5.713 651 5 1.001 1.273 Huércal-Overa 1.270 560 2.713 203 3 610 972 Purchena 629 261 755 58 1 890 813 Roquetas Mar 3.942 1.571 6.532 702 5 1.103 1.447 Vélez-Rubio 257 78 317 30 1 335 347 Vera 1.936 1.065 4.790 309 3 1.000 1.700 CÁDIZ En la provincia de Cádiz, los Juzgados de Chiclana de la Frontera, San Fernando,

San Roque, Puerto de Santa María y Sanlúcar de Barrameda, incluso Arcos de la Frontera, superan la carga referencial de trabajo y desde hace años viene detectándose la necesidad de un aumento de las plazas judiciales o, en su caso, durante 2017 mantener o iniciar medidas de refuerzo mediante la adscripción de JAT.

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MEMORIA 2016 103

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Arcos Frontera 2.133 730 5.082 318 3 954 1.800 Barbate 623 269 2.961 176 2 446 1.569 Chiclana de la Frontera 3.280 1.337 6.809 379 5 923 1.438 El Puerto de Sta María 3.570 1.394 5.810 244 5 993 1.211 La Línea de la Concepción 1.790 576 9.717 362 4 592 2.520 Puerto Real 1.452 426 1.654 120 2 939 887 Rota 1.107 341 1.319 88 2 724 704 San Fernando 2.920 765 4.149 184 3 1.228 1.444 San Roque 1.150 436 4.353 149 2 793 2.251 Sanlúcar de Barrameda 3.435 1.212 3.640 422 4 1.162 1.016 Ubrique 567 228 1.079 88 1 795 1.167

CÓRDOBA La planta actual de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción en la provincia de

Córdoba es de 21 órganos. La situación que presentan es desigual, de forma que algunos superan el módulo de entrada referenciado y otros cuentan con menor carga de trabajo.

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Aguilar de la Frontera 530 260 771 25 1 790 796 Baena 594 233 1.236 59 1 827 1.295 Cabra 840 202 2.104 69 2 521 1.087 Lucena 1.936 683 4.186 123 3 873 1.436 Montilla 1.122 439 2.701 125 2 781 1.413 Montoro 990 347 1.786 86 2 669 936 Peñarroya-Pueblonuevo 674 184 1.781 87 2 429 934 Posadas 1.475 619 3.325 174 3 698 1.166 Pozoblanco 802 233 2.010 68 2 518 1.039 Priego de Córdoba 574 176 787 30 1 750 817 Puente Genil 789 290 2.130 127 2 540 1.129

GRANADA La provincia de Granada cuenta con 19 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

Desde 2012 los Juzgados de Santa Fe superan ampliamente la carga de entrada en ponderación media, incluso Antequera y Loja. Sería, por tanto, prioritario aumentar la dotación de plazas judiciales en este partido o, en su caso, durante 2017 mantener o iniciar medidas de refuerzo mediante la adscripción de JAT.

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MEMORIA 2016 104

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Almuñecar 1.158 483 2.057 104 2 821 1.081 Baza 969 264 2.723 93 2 617 1.408 Guadix 1.142 456 2.126 149 2 799 1.138 Huéscar 378 95 668 32 1 473 700 Loja 1.440 506 2.684 163 2 973 1.424 Motril 3.203 1.235 6.151 305 5 888 1.291 Órgiva 450 127 1.712 70 2 289 891 Santa Fe 3.198 1.259 3.763 337 3 1.486 1.367 HUELVA En la provincia de Huelva también se detecta una desigual carga de trabajo. Con los

datos estadísticos de los últimos sería necesario un aumento de la dotación de plazas judiciales en los partidos judiciales de Ayamonte y La Palma del Condado, incluso Moguer. En otro caso, deberá valorarse la oportunidad de arbitrar medidas de refuerzo mediante la adscripción de JAT.

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Aracena 773 304 1.384 48 2 539 716 Ayamonte 2.985 1.375 8.240 567 5 872 1.761 La Palma del Condado 2.015 888 4.897 436 3 968 1.778 Moguer 1.252 462 2.509 341 2 857 1.425 Valverde del Camino 958 231 2.255 158 2 595 1.207 JAÉN La provincia de Jaén cuenta con 22 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. No

resulta necesario el aumento de plazas judiciales en esta provincia, teniendo en cuenta la media de entrada de asuntos en los cinco últimos año, aún cuando los Juzgados de Andujar, Baeza y Úbeda soportan ya una importante entrada de asuntos civiles, por encima de la carga referencial apuntada.

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MEMORIA 2016 105

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal JAEN Alcalá la Real 854 204 2.543 119 2 529 1.331 Andújar 1.968 668 3.422 232 3 879 1.218 Baeza 616 234 1.142 30 1 850 1.172 Cazorla 852 254 1.187 45 2 553 616 La Carolina 1.034 356 1.698 134 2 695 916 Linares 2.917 868 7.322 384 5 757 1.541 Martos 1.045 463 2.078 165 2 754 1.122 Úbeda 1.920 639 2.806 206 3 853 1.004 Villacarrillo 1.041 422 1.786 106 2 732 946

MÁLAGA Hay actualmente un total de 22 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. En

Estepona, continúa la sobrecarga de trabajo especialmente en materia civil, por lo que sería necesaria la creación de nuevas plazas judiciales o, en su caso, mantener durante 2017 la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo. En los últimos años, Antequera, Torrox y Vélez-Málaga también ha superado el módulo referencial.

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal Antequera 2.092 616 5.944 194 3 903 2.046 Archidona 436 95 1.239 41 1 531 1.280 Coín 1.294 334 4.444 242 3 543 1.562 Estepona 3.838 1.669 7.927 390 5 1.101 1.663 Ronda 1.502 485 2.790 149 3 662 980 Torrox 1.279 555 2.383 181 2 917 1.282 Vélez-Málaga 2.807 1.008 13.044 289 5 763 2.667 SEVILLA Los datos que arrojan los últimos años ponen de manifiesto la sobrecarga de entrada

de asuntos en Sanlúcar la Mayor, sin perjuicio de prestar atención a la evolución de Dos Hermanas, Lora del Rio, Utrera y Morón de la Frontera, incluso Alcalá de Guadaira, Lebrija y Carmona. Sería, pues, necesaria la creación de nuevas plazas judiciales o, en su caso, mantener y ampliar en algunos partidos durante 2017 la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo.

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MEMORIA 2016 106

CEUTA Y MELILLA

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos mercantiles

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil Penal CEUTA 2.809 929 17 7.090 455 6 626 1.258 MELILLA 2.213 693 38 7.588 456 5 589 1.609

Ambas Ciudades Autónomas cuentan con un JAT, añadido al número de titulares de

órganos unipersonales, que puede hacer funciones de sustitución o refuerzo, por lo que se estima equilibrada la planta judicial.

Ingresos Ingresos por

órganos

Asuntos Civiles

Ejecución civil

Asuntos Penales

Asuntos Violencia

sobre mujer Órganos Civil PenalAlcalá de Guadaira 2.837 951 3.697 295 4 947 998 Carmona 1.820 640 4.026 198 3 820 1.408Cazalla de la Sierra 467 184 990 40 1 651 1.030Coria del Río 2.029 719 3.002 156 3 916 1.053Dos Hermanas 5.009 1.652 10.300 462 7 952 1.537Écija 1.297 523 1.829 107 2 910 968 Estepa 821 314 1.399 57 2 568 728 Lebrija 1.363 475 1.783 161 2 919 972 Lora del Río 1.929 628 4.663 277 3 852 1.647Marchena 998 363 2.027 141 2 681 1.084Morón de la Frontera 1.092 374 4.122 113 2 733 2.118Osuna 936 200 1.281 79 2 568 680 Sanlúcar la Mayor 3.584 1.344 5.641 334 4 1.232 1.494Utrera 2.894 1.119 4.211 373 4 1.003 1.146

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MEMORIA 2016 107

I.5.5 JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Actualmente en el territorio del TSJA radican 18 Juzgados de Violencia sobre la

Mujer exclusivos. En el resto de partidos judiciales un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción asume también las competencias en esta materia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al inicio Registrados Resueltos Pendientes al final Asuntos Civiles 2.587 5.388 5.046 2.994 Asuntos Penales 6.988 43.815 43.673 7.266 TOTAL 9.575 49.203 48.719 10.260

Estos Juzgados han ingresado en 2016 un total de 49.203 asuntos (9% más que el año anterior) y resuelto 48.719 (un 8% más que en 2015). La pendencia a final de año ha sido de 10.260 asuntos (un 6% más). En los siguientes gráficos se puede apreciar una clasificación por delitos y faltas incoadas.

DELITOS INCOADOS EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA. AÑO 2016

4%12%1%

9%

2%

72%

Homicidios

Aborto

Lesiones al feto

Lesiones y malos tratos

Contra la libertad

DELITOS LEVES INCOADOS EN LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA. AÑO 2016

39%

49%

12%

Injurias

Vejación injusta

Otras

Como ya se indicó en Memorias anteriores, dada la menor entrada de asuntos que han tenido algunos órganos de esta clase, se estima conveniente que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tengan un ámbito competencial que comprenda varios partidos judiciales. De esta manera, se potenciaría una mayor especialización y se liberaría de esa carga competencial a los Juzgados Mixtos que ahora asumen el conocimiento de estos asuntos. Al respecto, la reforma de la LOPJ, llevada a cabo por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, da nueva redacción al apartado 2 del artículo 87 bis para que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer "extiendan su jurisdicción a dos o más partidos dentro de la misma provincia", lo que exige Real Decreto, a propuesta del CGPJ, y, en su caso, con informe de

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MEMORIA 2016 108

la Comunidad Autónoma. Por ello, reiteramos y damos por reproducidas ahora las propuestas concretas sobre el particular realizadas por esta Sala de Gobierno en el apartado II.2 de la Memoria-2015, que se estiman beneficiosas.

Por provincias la actividad penal se muestra en la tabla siguiente.

ASUNTOS PENALES POR PROVINCIA. JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final ALMERÍA 521 4.993 5.045 470 CÁDIZ 928 5.727 5.564 1.161 CÓRDOBA 348 2.454 2.499 312 GRANADA 608 4.243 4.334 529 HUELVA 534 2.994 2.694 815 JAÉN 615 2.446 2.472 559 MÁLAGA 1.350 10.551 10.381 1.596 SEVILLA 2.084 10.407 10.684 1.824 TOTAL 6.988 43.815 43.673 7.266

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer gira en

torno a los 1.762 asuntos. La tasa de asuntos ingresados no supera ese módulo en los órganos judiciales andaluces de este tipo, excepto en Almería, Granada, Málaga y Sevilla.

JUZGADOS EXCLUSIVOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Total ingresos en los Juzgados exclusivos.

Año 2016 Juzgados exclusivos

Asuntos por Juzgado

Almería 2.976 1 2.976 Cádiz 712 1 712 Algeciras 1153 1 1.153 Jerez de la Frontera 1291 1 1.291 Córdoba 1.724 1 1.724 Granada 3.527 2 1.764 Huelva 1.570 1 1.570 Jaén 1.177 1 1.177 Málaga 6.283 3 2.094 Fuengirola 1.136 1 1.136 Marbella 1.132 1 1.132 Sevilla 8.478 4 2.120

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MEMORIA 2016 109

Media de ingresos por órgano. Juzgados exclusivos de Violencia sobre la Mujer. Año 2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

3.000

3.500

Almería Cádiz Algec iras J erez Fra Có rdo ba Granada Huelva J aén Málaga Fuengir Marbe lla Sevilla

Asuntos ingresados Valor mínimo Módulo Valor máximo Módulo

I.5.6 JUZGADOS DE LO MERCANTIL Actualmente existen en el ámbito jurisdiccional del TSJA un total de 12 Juzgados de

lo Mercantil, 8 de ellos con competencias exclusivas en esta materia (uno en los partidos judiciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada y dos en los de Málaga y Sevilla). Durante el año 2016 todos los Juzgados de lo Mercantil han contado con refuerzos que, en general, ha significado duplicar su planta. Así, ha existido adscripción de uno o dos JAT en todos ellos, salvo Sevilla que ha contado con tres de refuerzo. Por otro lado, se han iniciado experiencias de reparto y trabajo colegiado en Málaga y Sevilla, medidas cuya efectividad denotan los números que se detallan a continuación, donde puede apreciarse un descenso significativo de la pendencia.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al final

Concurso de acreedores 4.202 730 783 4.225 Incidente concursal 2.110 1.989 2.191 1.964 Expedientes E.R.E.s 20 54 55 19 Materia no concursal 19.479 1.982 6.849 14.590 Monitorios 421 566 614 313 Diligencias preliminares 73 96 104 65 Medidas cautelares 145 215 239 121 TOTAL 26.450 5.634 10.837 21.297

Los Juzgados de lo Mercantil han ingresado un 69% menos que el año 2015 y se

han resuelto un 15% más que el año anterior. La pendencia ha bajado un 20%. Se han iniciado menos concursos de acreedores que en 2015, con un descenso del 9%. Asimismo, las medidas cautelares registradas han disminuido un 58% respecto a 2015. Cabe destacar el descenso de asuntos en materia no concursal, en concreto un 85% menos, respecto al año anterior, determinado, sin duda, por la modificación del artículo 86.ter.2.d) LOPJ, llevada

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MEMORIA 2016 110

a cabo por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, de reforma de la Ley Orgánica Poder Judicial, limitando la competencia en materia de condiciones generales de la contratación de los Juzgados de lo Mercantil a las acciones colectivas, con exclusión de las individuales y cuya entrada en vigor se produjo el 1 de octubre de 2015.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final

Almería 1.392 417 664 1.145 Cádiz 3.679 638 1.246 3.070 Ceuta 15 14 14 16 Córdoba 1.944 387 1.215 1.248 Granada 2.721 525 1.063 2.183 Huelva 524 438 399 542 Jaén 1.616 245 1.044 817 Málaga 6.674 1.134 1.747 6.000 Melilla 49 37 67 19 Sevilla 7.836 1.799 3.378 6.257

TOTAL 26.450 5.634 10.837 21.297 Sin incluir Jurisdicción Voluntaria ni ejecución

Los datos de la tabla anterior muestran la actividad desarrollada por partido judicial

en cada uno de estos Juzgados.

ASUNTOS INGRESADOS EN LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

7%

11%

7%

9%

20%

33%

4%

0%

1%

8%

AlmeríaCádizCeutaCórdobaGranadaHuelvaJaénMálagaMelillaSevilla

Como se puede apreciar en el gráfico anterior la mayor actividad se ha presentado

en Sevilla y Málaga.

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MEMORIA 2016 111

JUZGADOS DE LO MERCANTIL

Asuntos ingresados

Juzgados exclusivos

Ingresos por órgano

exclusivo Almería 551 1 551

Cádiz 876 1 876

Ceuta 17 (no exclusivo) Córdoba 571 1 571 Granada 683 1 683

Huelva 483 (no exclusivo) Jaén 443 (no exclusivo)

Málaga 1.403 2 702

Melilla 38 (no exclusivo)

Sevilla 2.241 2 1.121

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de lo Mercantil gira en torno a los

399 asuntos, que es ampliamente superada en todos los Juzgados de este tipo. Teniendo en cuenta que los partidos judiciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla cuentan con Juzgados exclusivos, sobre la base de los datos del año 2016 resumidos en el gráfico anterior y una ponderación de la media de ingreso de asuntos en los últimos años, se plantea la necesidad de crear un Juzgado de lo Mercantil exclusivo en Jaén y Huelva, así como la ampliación de las plazas judiciales en Cádiz, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla, tal y como ya se exponía en la Memoria anterior.

Mientras tanto, es imprescindible durante 2017 mantener la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo permanentes en la jurisdicción mercantil.

I.5.7 JUZGADOS DE LO PENAL Hay un total de 71 Juzgados de lo Penal en el territorio de este TSJA. En 2016 han

contado con refuerzo, mediante adscripicón de JAT, los Juzgados de lo Penal de Almería, Jerez de la Frontera, Jaén, Huelva, Málaga y Sevilla. Asimismo, ha existido un refuerzo específico, hasta el día 1 de septiembre, para el Juzgado de lo Penal nº 6 de Granada, también mediante la adscripción de un JAT. De este modo ha disminuido la pendencia en los partidos judiciales de Jerez de la Frontera, Granada, Jaén y Sevilla. No ha sido así en Málaga ni en Huelva. Tampoco en Almería, aunque en este caso el refuerzo finalizó en el mes de marzo de 2016.

Estos Juzgados de lo Penal han ingresado 35.060 asuntos (similar a 2015) y resuelto 37.909 asuntos (1% más). La pendencia ha bajado un 4%. Por otra parte, se han dictado un total de 34.454 sentencias (el 72% condenatorias) y 2.099 autos finales.

Del total de ingresos un 23% corresponde a diligencias urgentes. Se han ingresado 1.088 asuntos en materia de violencia doméstica y 5.914 asuntos de violencia de género, lo que supone el 20% del total de asuntos que se registran.

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MEMORIA 2016 112

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DE LO PENAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Almería 2.066 3.320 3.391 2.171 Cádiz 2.283 2.312 2.643 2.088 Algeciras 652 1.400 1.516 560 Jerez de la Frontera 1.982 1.332 1.985 1.540 Ceuta 175 554 647 93 Córdoba 941 2.758 2.721 1.087 Granada 1.071 2.778 3.039 828 Motril 170 470 559 115 Huelva 686 1.697 1.782 716 Jaén 2.073 2.027 2.570 1.685 Málaga 8.501 7.210 7.495 8.984 Melilla 203 684 548 339 Sevilla 12.106 8.518 9.013 11.458 Total 32.909 35.060 37.909 31.664

La pendencia a final de año ha llegado a los 31.664 asuntos. Al final del ejercicio hay

un total de 51.442 ejecutorias en trámite, cifra que sigue siendo un año más muy llamativa.

JUZGADOS DE LO PENAL

Ingresos en 2016

Ejecutorias en 2016

Órganos en 2016

Ingresos por Órgano en 2016

ALMERÍA 3.320 4.107 5 664 CÁDIZ 2.312 3.038 5 462 ALGECIRAS 1.400 2.470 4 350 JEREZ FTRA. 1.332 1.914 3 444 CEUTA 554 1.098 2 277 CÓRDOBA 2.758 3.124 5 552 GRANADA 2.778 3.767 6 463 MOTRIL 470 850 2 235 HUELVA 1.697 2.402 4 424 JAÉN 2.027 2.883 4 507 MÁLAGA 7.210 8.448 14 515 MELILLA 684 1.129 2 342 SEVILLA 8.518 10.196 15 568

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de lo Penal gira en torno a los 392

procedimientos abreviados y 441 ejecutorias, que es superada en todos los Juzgados, máxime en lo que se refiere a las ejecutorias, excepto Motril que se encuentra por debajo. En materia de procedimientos abreviados, los Juzgados de Ceuta y Motril están por debajo del módulo referencial señalado.

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MEMORIA 2016 113

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Penal. Año 2016

0

100

200

300

400

500

600

700

800

900

Almería Cádiz Algeciras Jerez Fr. Ceuta Córdoba Granada M otril Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Media de Registros por órgano Valor inferior Módulo Valor Superior Módulo

Media de ejecutorias por órgano. Juzgados de lo Penal. Año 2016

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

Almería Cádiz Algeciras Jerez Fr. Ceuta Córdoba Granada M otril Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Media de Registros por órgano Valor inferior Módulo Valor Superior Módulo

Los datos que ofrece el período 2011-2016 ponen de manifiesto la necesidad de

aumentar las plazas judiciales en Almería, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla, conclusión a la que se llega considerando los asuntos ingresados en 2016 en relación con la media ponderada de esos últimos años. También convendría a corto plazo valorar un posible incremento de la dotación de plazas judiciales en Cádiz, Jaén y Jerez de la Frontera. Sin perjuicio de ello, durante 2017 habrá que mantener y ampliar, en su caso, a otros partidos judiciales la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo permanentes en la jurisdicción penal que nos ocupa.

En realidad, como se lleva insistiendo durante las Memorias anteriores, el mayor problema que presentan los Juzgados de lo Penal es la enorme pendencia de ejecutorias, cuya solución pasaría, en buena medida, por la implantación generalizada de Servicios Comunes de Ejecutorias Penales.

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MEMORIA 2016 114

I.5.8 JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO En la demarcación del TSJA existen 52 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Durante esta anualidad han estado reforzados los Juzgados Almería, Granada, Jaén y Málaga, así como el Juzgado nº 1 de Algeciras. Pese a ello, la pendencia se ha reducido en Granada y en Málaga (en este último caso, de modo significativo -más de 1700 asuntos menos-), habiendo aumentando en los demás casos.

Estos Juzgados ingresaron durante el año 2016 un total de 41.016 asuntos (4% más que en 2015) y resolvieron 45.912 asuntos (10% menos que en el año 2015). La cantidad de asuntos pendientes a final de año se sitúa en 35.743, experimentando un descenso del 11%. Esta reducción de la pendencia es particularmente significativa en los partidos judiciales de Cádiz (unos 500 asuntos menos), Córdoba (casi 800 asuntos menos), Melilla (unos 700 asuntos menos) y Sevilla (casi 1000 asuntos menos), máxime cuando ninguno de ellos ha contado con medidas de refuerzo durante este año 2016.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Almería 3.979 3.455 3.489 3.966 Cádiz 3.955 3.937 4.448 3.439 Algeciras 670 1.140 833 979 Jerez de la Frontera 1.469 1.000 984 1.497 Ceuta 628 1.442 1.542 528 Córdoba 2.320 3.253 4.042 1.536 Granada 3.742 3.738 4.315 3.352 Huelva 2.951 2.490 2.696 2.832 Jaén 2.069 4.591 4.105 2.558 Málaga 7.657 5.459 7.289 5.904 Melilla 1.054 801 1.499 359 Sevilla 9.727 9.710 10.670 8.793 Total 40.221 41.016 45.912 35.743 Por materias, en el año 2016 la mayor proporción de ingresos correspondió a

procesos relativos a función pública (el 50%) y a extranjería (el 15%). Según la procedencia del acto o resolución impugnada, el 19% de los asuntos registrados en el año 2016 provenía de entidades locales y el 45% de la Comunidad Autónoma. Además se han dictado en total 25.748 sentencias (el 62% desestimando la demanda) y 17.069 autos (el 29% en piezas de medidas cautelares).

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MEMORIA 2016 115

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR MATERIAS. AÑO 2016 JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA.

MATERIAS Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Derechos fundamentales 199 135 88 Urbanismo y ordenación territorio 1.226 821 1.116 1.035 Expropiación forzosa 57 50 52 59 Contratos administrativos 1.234 1.209 1.150 1.346 Dom. público y prop. Especiales 61 25 54 43 Administración tributaria 1.244 999 1.070 1.193 Medio ambiente 114 49 85 81 Función pública 21.447 20.646 23.955 18.165 Administración laboral y seg. Social 778 1.011 781 1.022 Extranjería 4.440 6.166 6.957 3.641 Act. Administrativa sancionadora 3.747 4.366 4.684 3.537 Electoral 91 5 3 92 Autoriz. entradas en domicilio 74 483 406 141 Responsabilidad patrimonial 2.908 2.388 2.682 2.649 Disciplina deportiva materia dopaje 12 0 12 1 Otras 2.788 2.599 2.770 2.650 TOTAL 40.221 41.016 45.912 35.743

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de lo Contencioso Administrativo

gira en torno a los 543 asuntos, que es superada en todos los partidos judiciales con distinta intensidad, salvo en Melilla.

JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Ingresos en 2016 Órganos

Media de ingresos por

órgano ALMERÍA 3.455 3 1.152 CÁDIZ 3.937 4 984 ALGECIRAS 1.140 2 570 JEREZ DE LA FRONTERA 1.000 1 1.000 CEUTA 1.442 2 721 CÓRDOBA 3.253 5 651 GRANADA 3.738 5 748 HUELVA 2.490 3 830 JAÉN 4.591 3 1.530 MÁLAGA 5.459 7 780 MELILLA 801 3 267 SEVILLA 9.710 14 694

Teniendo en cuenta la tendencia que reflejan los datos estadísticos de los últimos

cinco años, referentes al número de asuntos que anualmente ingresan estos Juzgados y las cifras de pendencia anuales, se estima conveniente la creación de plazas judiciales en Almería, Jerez de la Frontera y Jaén, incluso Málaga, sin perjuicio de mantener y, en su

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MEMORIA 2016 116

caso, ampliar a otros partidos judiciales durante 2017 la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo en este orden jurisdiccional.

Se recuerda un año más la importancia de potenciar todas aquellas medidas que permiten obtener la máxima efectividad en el trabajo judicial, maximizando el uso de los instrumentos legales en supuestos de identidad entre pretensiones o de concurrencia de reclamaciones en masa, tales como las acumulaciones de procedimientos, el pleito-testigo, la extensión de efectos de sentencias, así como aplicación de los mecanismos de inadmisión en fases tempranas del procedimiento (art. 51.2 LRJCA), evitando la tramitación innecesaria de procesos cuya cuestión de fondo ya ha sido resuelta. En este sentido, se insiste en criterios de señalamientos y posibles soluciones para tratar la abundante litigiosidad en aquellos asuntos de carácter repetitivo en materia de personal.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo contencioso-Administrativo. Año 2016

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

1.600

1.800

ALMERÍ A CÁDIZ ALGECIRAS JEREZ DELA

FRONTERA

CEUTA CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA MELILLA SEVILLA

Registros por Organo (media) Valor superior Módulo Valor inferior Módulo

I.5.9 JUZGADOS DE LO SOCIAL La demarcación territorial del TSJA engloba 56 Juzgados de lo Social. Durante esta

anualidad han estado adscritos Magistrados como integrantes de medidas de refuerzo permanentes en la jurisdicción social, en los partidos judiciales de Almería, Jerez de la Frontera, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla. En este último partido judicial se ha puesto en marcha un plan de refuerzo, con la adscripicón de cuatro Jueces de Adscripción territorial, agrupados en dos Juzgados bis que cuentan con un Letrado de la Administración de Justicia y cuatro funcionarios de refuerzo cada uno.

La jurisdicción social ingresó el pasado año 55.911 asuntos (4% menos que en el año 2015) y se resolvieron 55.694 asuntos (4% menos que en el año 2015), quedando pendientes a final de año 58.428 asuntos, lo que supone un descenso de la pendencia de un 5%.

La forma en la que terminaron los asuntos resueltos son en un 50% por sentencia, en un 18% por conciliación y en un 24% por desistimiento. Se han dictado un total de 28.004 sentencias (59% estimando la demanda). Además, se han devuelto 8.231 recursos de suplicación, el 76% confirmando la sentencia, el 16% revocándola totalmente, el 6% revocándola parcialmente y el 2% restante anulándola.

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MEMORIA 2016 117

MOVIMIENTO DE ASUNTOS POR PARTIDO JUDICIAL. JUZGADOS DE LO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados ResueltosPendientes al

final Almería 6.504 4.579 4.993 6.060 Cádiz 3.598 2.199 2.334 3.177 Algeciras 1.572 2.346 2.272 1.637 Jerez Frontera 2.399 2.601 2.685 2.316 Ceuta 611 578 324 413 Córdoba 1.808 4.026 3.595 1.627 Granada 4.407 7.271 6.271 4.801 Motril 351 507 563 290 Huelva 5.577 3.694 4.037 5.074 Jaén 1.732 2.700 3.061 1.305 Málaga 9.384 11.512 11.751 9.058 Melilla 768 636 530 874 Sevilla 22.689 13.262 13.282 21.796 Total 61.400 55.911 55.698 58.428

Por materias, los asuntos registrados en los Juzgados de lo Social de Andalucía, Ceuta y Melilla se distribuyen en 33% de reclamaciones de cantidades, 27% de despidos y materia de Seguridad Social. Los conflictos colectivos, Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales, impugnación de actos administrativos en materia laboral y social y los derechos fundamentales y libertades públicas están en torno al 1% del total de ingresos, respectivamente.

Media de ingresos por órgano. Juzgados de lo Social. Año 2016

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

Almería Cádiz Algeciras Jerez Fr Ceuta Córdoba Granada M otril Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Media de Ingresos por organo Valor mínimo del Módulo Valor máximo del Módulo

MOVIMIENTO DE ASUNTOS LABORALES POR MATERIAS. JUZGADOS DE LO SOCIAL DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

MATERIAS Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Conflictos colectivos 391 357 388 324 Despidos 9.744 15.347 15.120 9.207 Cantidades 24.021 18.290 17.952 22.707 Seg. Social 20.436 15.547 16.327 19.449 Acc. Trabajo y E. Profesional 945 346 242 1.046 Proc. Impugnación en materia laboral y de s. social 1.028 842 858 1.044 Dchos. fundamentales y libertades publicas 204 409 315 269 Otra índole 4.631 4.773 4.496 4.382 Total 61.400 55.911 55.698 58.428

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MEMORIA 2016 118

Los despidos siguen un año más descendiendo en los Juzgados de lo Social, en concreto un 8% respecto al año 2015, registrándose 15.347 frente a los 16.673 del año anterior, si bien la pendencia es todavía preocupante pese a haber bajado un 5% respecto al año anterior.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

Ingresos en 2016 Órganos

Media de ingresos por

órgano Almería 4.579 4 1.145 Cádiz 2.199 3 733 Algeciras 2.346 1 2.346 Jerez de la Fr. 2.601 3 867 Ceuta 578 1 578 Córdoba 4.026 4 1.007 Granada 7.271 7 1.039 Motril 507 1 507 Huelva 3.694 3 1.231 Jaén 2.700 4 675 Málaga 11.512 13 886 Melilla 636 1 636 Sevilla 13.262 11 1.206

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de lo Social gira en torno a los 800

asuntos, que es superada en todos los Juzgados, excepto en Cádiz, Ceuta, Motril, Jaén y Melilla. Esta circunstancia, junto a la media de asuntos ingresados en los últimos años, pone de manifiesto la necesidad crear nuevas plazas judiciales en muchos partidos judiciales, al tiempo que mantener y ampliar, en su caso, durante 2017 la adscripción de JATs como integrantes de medidas de refuerzo permanentes en la jurisdicción social unipersonal.

Junto a esto, se deberían tomar medidas de optimización de la agenda de señalamientos en los Juzgados, previo examen de la bolsa de asuntos pendientes, acumulando todos los asuntos, conforme a las previsiones que la LRJS establece.

En cualquier caso, se trata de una jurisdicción muy sobrecargada desde hace años por efecto de la crisis económica, singularmente en algunos partidos judiciales, que están señalando juicios (muchos, precisamente, por despido) con un retraso incompatible con el derecho al plazo razonable (dos años o más), por lo que debe ser objeto de especial atención y medidas de apoyo durante 2017.

En otro orden de consideraciones, las suspensiones de los juicios y vistas constituyen, sin duda, una disfunción llamativa que se produce en esta jurisdicción, ya que se detecta un porcentaje de suspensiones (a instancia de parte u otras causas) en torno al 17% y un 36% de señalamientos no celebrados (por conciliación, desistimiento, archivo u otras causas), como muestra el apartado I.6.6, lo que constituye, sin duda, un obstáculo para la buena marcha del orden jurisdiccional social y prolonga en exceso el tiempo de finalización del proceso.

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MEMORIA 2016 119

I.5.10 JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Actualmente existen en el ámbito territorial del TSJA 13 Juzgados de Vigilancia

Penitenciaria, que han ingresado en 2016 un total de 53.768 asuntos (un 4% menos que en 2015) y resuelto 54.900 asuntos (un 1% menos que el año anterior).

En los centros penitenciarios de Andalucía, Ceuta y Melilla, había un total de 14.857

internos, a final de 2016.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR MATERIAS. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes

al inicio Registrados Resueltos Pendientes

al final Permisos de salida 1.251 18.417 18.483 1.185

A petición del centro penitenciario 323 10.903 10.902 324 Por recurso/queja del interno contra deneg. permiso 917 7.075 7.148 844 Suspensiones del permiso de salida 11 439 433 17

Recursos contra sanciones disciplinarias 201 2.910 2.934 177 Recursos sobre clasificación en grado 393 2.780 2.744 429 Aprobación de propuestas del art. 100.2 4 310 308 6 Libertad condicional 226 3.548 3.621 153

Anticipada (art.196 RP) 14 216 223 7 Régimen de los art.90 y 91 del CP 193 2.228 2.297 124 Extranjeros (art.197 RP) 2 59 57 4 Revocaciones de libertad condicional 2 194 188 8 Modificaciones de cond. lib. condicional 10 477 479 8

Otros 5 374 377 2 Beneficios penitenciarios 3 26 29 0

2.Redenciones ordinarias 2 5 7 0 Redenciones extraordinarias 1 21 22 0

Quejas contra la intervención de las comunidades 34 377 395 16 Expedientes sobre arrestos fin de semana 0 2 2 0 Expedientes sobre seguimientos medidas de seguridad 26 397 403 20

Internamientos en centros 18 133 141 10 Tratamiento ambulatorio 3 12 13 2 Propuestas realizadas en relación med. seguridad 5 252 249 8

Refundición de condena Art. 193.2 R.P. 80 2.833 2.856 57 Limitaciones de régimen Art. 75 R.P. 34 1.042 1.039 37 Medidas coercitivas Art. 72 R.P. 81 3.462 3.468 75 Trabajos en beneficio de la comunidad 3.833 11.089 11.788 2.945 Incumplimientos en el plan de trabajos en beneficio de la comunidad 131 818 852 97 Resoluciones art. 60 del CP 13 25 33 4 Resoluciones sobre aplicación del régimen general penitenciario (art. 36 CP) 1 13 12 2 Abono prisión preventiva 28 180 177 31 Otras quejas 721 5.539 5.756 504

TOTAL 7.060 53.768 54.900 5.738 Por materias, como muestra la siguiente tabla, de los 53.768 asuntos registrados el

33% corresponde a permisos de salida; el 21% a trabajos en beneficio de la comunidad, el 7% a libertad condicional; el 6% medidas coercitivas; los recursos contra sanciones disciplinarias, Recursos sobre clasificación en grado y refundición de condena alcanzan el 5% cada uno; Incumplimientos en el plan de trabajos en beneficio de la comunidad el 2% y

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MEMORIA 2016 120

el 1% corresponde a Aprobación de las propuestas del Art. 100.2, Quejas contra la intervención de las comunidades y Expedientes sobre seguimientos en medidas de seguridad .

De los permisos de salida solicitados, el 59% fueron a petición del centro penitenciario. De las 3.548 solicitudes de libertad condicional, el 6% era anticipada. Además los beneficios penitenciarios hacían referencia a redenciones extraordinarias en un 81% de los casos.

Con respecto a los registros, el mayor ingreso de asuntos ha tenido lugar en Sevilla, El Puerto de Santa Maria y Huelva.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. AÑO 2016

Pendientes al

inicio Registrados ResueltosPendientes al

final Media de internos

Almería 611 2.933 3.131 413 844 Algeciras 0 4.775 4.775 0 1.526 El Pto. Sta. María 933 8.140 7.814 1.259 2.434 Ceuta 39 549 544 44 192 Córdoba 866 4.392 4.475 575 1.364 Granada 604 5.057 5.191 470 1.737 Huelva 670 6.405 6.375 700 1.440 Jaén 553 3.539 3.370 722 605 Málaga 991 4.833 5.422 420 1.572 Melilla 45 821 815 51 265 Sevilla 1.748 12.324 12.988 1.084 2.878

TOTAL 7.060 53.768 54.900 5.738 14.857 La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria gira en

torno a los 5.708 expedientes, que sólo es sobrepasada en Sevilla y Huelva, si bien habrá que valorar la incidencia de la inminente puesta en funcionamiento del nuevo Centro Penitenciario de Málaga II en Archidona (Orden INT/247/2017, de 16 de marzo).

Por otro lado, llama la atención, año tras año, la escasa carga de trabajo que existe en la Ciudad Autónoma de Ceuta para optimizar un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria con carácter único y especializado, servido por un Magistrado en régimen de exclusividad, aunque también estamos a la espera de la inminente puesta en funcionamiento de un nuevo Centro Penitenciario en esta ciudad (Orden INT/247/2017, de 16 de marzo). Parece lógico que otro Magistrado comparta y asuma las funciones de Vigilancia Penitenciaria, tal y como sucede en la Ciudad Autónoma de Melilla, lo que haría posible la transformación de ese órgano judicial en otro de la jurisdicción mixta, con posibilidad añadida de especialización y separación de jurisdicciones civil y penal en Ceuta.

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MEMORIA 2016 121

JUZGADOS VIGILANCIA PENITENCIARIA

Asuntos ingresados Órganos

Media de Internos por

órgano 3.Almería 2.933 1 844

Algeciras 4.775 1 1.526

El Puerto 8.140 2 1.217

Ceuta 549 1 192

Córdoba 4.392 1 1.364

Granada 5.057 1 1.737

Huelva 6.405 1 1.440

Jaén 3.539 1 605

Málaga 4.833 1 1.572

Melilla 821 (no exclusivo) 265

Sevilla 12.324 2 1.439

MEDIA DE ASUNTOS REGISTRADOS POR ÓRGANO. JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA. AÑO 2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

Almería Algeciras El Puerto Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Asuntos registrados Valor máximo Modulo Valor Mínimo Módulo

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MEMORIA 2016 122

I.5.11 JUZGADOS DE MENORES En el territorio del TSJA hay 18 Juzgados de Menores, que han ingresado en 2016

un total de 6.420 asuntos penales (2% más que el año anterior) y resuelto 6.302 asuntos (4% menos). La cantidad de asuntos penales pendientes a final de año es de 3.220 (10% más).

Se han dictado 3.907 sentencias penales (el 55% de ellas previa conformidad del acusado) y 2.680 autos finales. Se han enjuiciado a 4.856 menores, los cuales tienen en su mayoría entre 16 y 17 años, en concreto el 66%.

MOVIMIENTO DE ASUNTOS PENALES POR PARTIDOS JUDICIALES. JUZGADOS DE MENORES DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA. 2016

Pendientes al

inicio Registrados Resueltos Pendientes al

final Almería 270 756 706 341

Cádiz 313 707 549 471

Algeciras 142 314 301 155

Jerez de Frontera 138 336 367 105

Ceuta 74 274 281 64

Córdoba 384 587 584 390

Granada 227 695 731 210

Huelva 145 276 280 141

Jaén 167 353 382 141

Málaga 507 906 882 542

Melilla 49 213 230 137

Sevilla 502 1.003 1.009 523 TOTAL 2.918 6.420 6.302 3.220

MENORES ENJUICIADOS. JUZGADOS DE MENORES. AÑO 2016

34%

66%

MENORES DE 14 a 15 años MENORES DE 16 a 17 años

Las medidas cautelares adoptadas son en un 50% de los casos internamientos y en

un 31% libertad vigilada.

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MEMORIA 2016 123

MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS. JUZGADOS DE MENORES. AÑO 2016

31%

8% 4%6%

50%Internamientos

Libertad vigilada

Otras restrictivas de cualquier DºFundamentalProhibición aproximación y comunicacióncon victima, familia u otrosRestantes

Las medidas impuestas en sentencia son, en su mayoría, libertad vigilada, el 42% de

los casos; internamiento en régimen semiabierto y prestación de servicios en beneficio de la comunidad, el 14%, respectivamente y realización de tareas socio-educativas, el 10%.

MEDIDAS IMPUESTAS EN SENTENCIAS. JUZGADOS DE MENORES. AÑO 2016

14%

42%

10%

14%

3%

2%

1%

3%

4%2%

1%

2%

1%

1%Internamiento en régimen cerrado

Internamiento en régimen semiabierto

Internamiento en régimen abierto

Internamiento terapeutico

Asistencia a un centro de dia

Libertad vigilada

Realización de tareas socio-educativas

Prestación de servicios en beneficio de la comunidad

Tratamiento ambulatorio

Permanencia de fin de semana en su hogar

Convivencia con una persona, familia o grupo educativo

Privación del permiso de conducir

Privación de o tras licencias administrativas

Amonestaciones

Prohibicion de aproximacion y comunicacion con la victima,su familia u otras personasOtros

La carga referencial de trabajo para los Juzgados de Menores gira en torno a los 961

asuntos, que se supera levemente en los Juzgados de Almería y Cádiz, capital. Con los datos del año 2016, tal y como se muestra en el gráfico anterior, son los

Juzgados de Almería y Cádiz, capital, los únicos que superan ligeramente el módulo referencial. Por contra, algunas demarcaciones están muy por debajo del porcentaje razonable de carga de trabajo para un Juzgado exclusivo, lo que exigiría adoptar medidas tendentes a la transformación de algunos Juzgados de Menores en órganos de otra clase (así se pidió expresametne el pasado año para Córdoba, a efectos de transformar un Juzgado de menores en Juzgado de lo Penal) o bien optimizarlos de alguna forma mediante refuerzos en otros Juzgados.

En este último sentido, hay que tomar en consideración el Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, con fecha 23 de marzo de 2017, que solicita al Presidente del TSJA que proceda a la adscripción obligatoria, prevista en el art. 216.bis.2 LOPJ, respecto de los titulares de los Juzgados de Menores de Cádiz, con sede

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MEMORIA 2016 124

en Algeciras y Jerez de la Frontera, así como de los titulares de idénticos órganos judiciales de Ceuta, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Melilla y Sevilla.

JUZGADOS DE MENORES

Asuntos ingresados (incluida ejecución)

en 2016 Órganos Media de ingresos

por órgano

ALMERÍA 1.048 1 1.048

CÁDIZ 997 1 997

ALGECIRAS 564 1 564

JEREZ DE FR. 625 1 625

CEUTA 469 1 469

CÓRDOBA 921 2 461

GRANADA 1.178 2 589

HUELVA 435 1 435

JAÉN 618 1 618

MÁLAGA 1.667 3 556

MELILLA 322 1 322

SEVILLA 1.707 3 569

Media de ingresos por órgano (incluida ejecución). Juzgados de Menores. Año 2016

0200400600800

100012001400

Almería Cádiz AlgecirasJerez dela

Frontera

Ceuta Córdoba Granada Huelva Jaén M álaga M elilla Sevilla

Asuntos registrados mas ejecuciones Valor Inferior Modulo Valor Superior Modulo

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MEMORIA 2016 125

I.6 OTRAS ESTADISTICAS

I.6.1 VIOLENCIA SOBRE LA MUJER En los Juzgados de Andalucía se han recibido en el año 2016 un total de 29.997

denuncias (7% más que el año anterior), de las cuales el 66% procede de atestado policial con denuncia de la víctima. Del total de víctimas, el 79% corresponde a españolas y el 21% a extranjeras.

DENUNCIAS RECIBIDAS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. 2016

RECIBIDAS Presentada directamente por la victima 1.296 Presentada directamente por familiares 111 Por atestados policiales 23.725 Con denuncia de la victima 19.922 Con denuncia de familiar 217 Por intervención policial 3.586 Parte de lesiones 4.167 Servicios de asistencia y otros 698 TOTAL 29.997

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución de las denuncias recibidas en los últimos seis años.

Evolucion de las denuncias recibidas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

24.00025.00026.00027.00028.00029.00030.00031.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Durante el año 2016 se han producido 7 muertes de víctimas a las que no se les

había aplicado protección y 2 víctimas con protección. En cuanto a las renuncias a la continuación del proceso solicitadas en el año 2016, se han producido 2.986 (10% del total de las denuncias formuladas). Un 10% de las víctimas españolas y un 13% de las extranjeras han solicitado la renuncia.

En el siguiente gráfico se puede apreciar el descenso de renuncias con respecto a 2015, así como la progresión que ha tenido en los últimos años. Hasta 2014 en este apartado se incluían las renuncias a la continuación del proceso. A partir de 2015 se incluyen solamente las renuncias en las que la víctima se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo (art. 416 LECrim).

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MEMORIA 2016 126

Porcentaje de las renuncias en las que la víctima se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo (art. 416

L.E.Crim).Juzgados de Violencia sobre la Mujer

10,45%12,24%

9,95%13,30%11,96%12,25%

0,00%

5,00%

10,00%

15,00%

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Se han pedido 8.447 órdenes de protección de las cuales se han adoptado el 37%, lo

que supone 3.165 órdenes de protección adoptadas en 2016.

ORDENES DE PROTECCIÓN JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. 2016

INCOADAS ADOPTADAS DENEGADAS INADMITIDASA instancia de las victimas 4.303 2.895 1.331 77 A instancia de otras personas 4 3 1 0 A instancia del Ministerio Fiscal 250 227 23 0 De oficio 50 40 10 0 A instancia de la Administración 0 0 0 0 TOTAL 4.607 3.165 1.365 77

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución de las órdenes de protección en los últimos años. Las medidas solicitadas continúan aumentando en el último año.

Medidas de proteccion solicitadas y acordadasJuzgados de Violencia sobre la Mujer

3.000

5.000

7.000

9.000

2.011 2.012 2.013 2.014 2.015 2.016

Ordenes solicitadas Ordenes adoptadas

Sentencias en Juicios de Faltas y Delitos LevesJuzgados de Violencia sobre la Mujer

0500

10001500200025003000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Sentencias dictadas Sentencias condenatorias

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MEMORIA 2016 127

Durante el año 2016, se han dictado 1.985 sentencias penales, en Juicios de Faltas y Procesos por Delitos Leves, de las cuales el 50% son condenatorias. En los últimos dos años las sentencias condenatorias han bajado un 21%.

Con estos datos podemos concluir que hay más denuncias, al tiempo que se ha producido un descenso en el porcentaje de mujeres que renuncian a continuar con el proceso. El descenso en el número de sentencias condenatorias supone un 18% respecto del año 2015.

En un estudio detallado por provincias, destacan Málaga y Sevilla, que es donde más denuncias se han formulado durante el año 2016, además de ser donde se producen más renuncias en las que la víctima se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo (art. 416 LECrim). Del mismo modo, junto a Cádiz, también son las que cuentan con mayor número de órdenes de protección adoptadas. El mayor número de sentencias condenatorias se da en la provincia de Granada.

Denuncias recibidas en Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Año 2016

0 1.000 2.000 3.000 4.000 5.000 6.000 7.000 8.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER 2016

0

500

1.000

1.500

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA Renuncias Órdenes de protección adoptadas Sentencias condenatorias

ALMERÍA En la provincia de Almería se han recibido 2.675 denuncias, de las cuales el 6% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 356 ordenes de protección que supone el 79% de las incoadas y se han dictado 55 sentencias penales condenatorias (el 57% del total de las sentencias).

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MEMORIA 2016 128

ALMERÍA Total de denuncias 2.675 Victimas 2.504 Españolas 1.347 Extranjeras 1.157 Renuncias 170 de españolas 81 de extranjeras 89 Ordenes protección incoadas 451 adoptadas 356 denegadas 95 Inadmitidas 0 Sentencias dictadas 97 condenatorias 55 absolutorias 42

CÁDIZ CÁDIZ Total de denuncias 3.915 Victimas 3.815 Españolas 3.176 Extranjeras 639 Renuncias 275 de españolas 231 de extranjeras 44 Ordenes protección incoadas 786 adoptadas 647 denegadas 139 Inadmitidas 0 Sentencias dictadas 318 condenatorias 185 absolutorias 133

Con los datos del año 2016, tal y como se muestra en el gráfico anterior, son los Juzgados de Almería y Cádiz, capital, los únicos que superan ligeramente el módulo referencial. Por contra, algunas demarcaciones están muy por debajo del porcentaje razonable de carga de trabajo para un Juzgado exclusivo, lo que exigiría adoptar medidas tendentes a la transformación de algunos Juzgados de Menores en órganos de otra clase (así se pidió expresametne el pasado año para Córdoba, a efectos de transformar un Juzgado de menores en Juzgado de lo Penal) o bien optimizarlos de alguna forma mediante refuerzos en otros Juzgados.

En este último sentido, hay que tomar en consideración el Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, con fecha 23 de marzo de 2017, que solicita al Presidente del TSJA que proceda a la adscripción obligatoria, prevista en el art. 216.bis.2 LOPJ, respecto de los titulares de los Juzgados de Menores de Cádiz, con sede en Algeciras y Jerez de la Frontera, así como de los titulares de idénticos órganos judiciales de Ceuta, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Melilla y Sevilla.

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MEMORIA 2016 129

CÓRDOBA En La provincia de Córdoba se han recibido 1.511 denuncias, de las cuales el 8% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 239 órdenes de protección que supone el 66% de las incoadas y se han dictado 52 sentencias penales condenatorias (el 42% del total de las sentencias).

CÓRDOBA Total de denuncias 1.511 Victimas 1.511 Españolas 1.397 Extranjeras 114 Renuncias 119 de españolas 106 de extranjeras 13 Ordenes protección incoadas 363 adoptadas 239 denegadas 124 Inadmitidas 0 Sentencias dictadas 124 condenatorias 52 absolutorias 72

GRANADA En La provincia de Granada se han recibido 3.883 denuncias, de las cuales el 4% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 351 órdenes de protección que supone el 98% de las incoadas y se han dictado 316 sentencias condenatorias (el 74% del total de las sentencias).

GRANADA Total de denuncias 3.883 Victimas 3.827 Españolas 3.414 Extranjeras 413 Renuncias 153 de españolas 104 de extranjeras 49 Ordenes protección incoadas 358 adoptadas 351 denegadas 7 Inadmitidas 0 Sentencias dictadas 426 condenatorias 316 absolutorias 110

HUELVA En la provincia de Huelva se han recibido 1.932 denuncias, de las cuales el 10% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 294 órdenes de protección que supone el 76% de las incoadas y se han dictado 49 sentencias condenatorias (el 34% del total de las sentencias).

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MEMORIA 2016 130

HUELVA Total de denuncias 1.932 Victimas 1.904 Españolas 1.626 Extranjeras 278 Renuncias 187 de españolas 162 de extranjeras 25 Ordenes protección incoadas 388 adoptadas 294 denegadas 79 Inadmitidas 15 Sentencias dictadas 146 condenatorias 49 absolutorias 97

JAÉN En La provincia de Jaén se han recibido 1.698 denuncias, de las cuales el 10% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 282 órdenes de protección que supone el 76% de las incoadas y se han dictado 40 sentencias condenatorias (el 47% del total de las sentencias).

JAÉN Total de denuncias 1.698 Victimas 1.687 Españolas 1.433 Extranjeras 254 Renuncias 156 de españolas 126 de extranjeras 30 Ordenes protección incoadas 372 adoptadas 282 denegadas 84 Inadmitidas 6 Sentencias dictadas 84 condenatorias 40 absolutorias 44

MÁLAGA En La provincia de Málaga se han recibido 7.133 denuncias, de las cuales el 16% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 562 órdenes de protección que supone el 66% de las incoadas y se han dictado 128 sentencias condenatorias (el 35% del total de las sentencias).

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MEMORIA 2016 131

MÁLAGA Total de denuncias 7.133 Victimas 6.545 Españolas 4.629 Extranjeras 1.916 Renuncias 1.115 de españolas 733 de extranjeras 382 Ordenes protección incoadas 850 adoptadas 562 denegadas 259 Inadmitidas 29 Sentencias dictadas 366 condenatorias 128 absolutorias 238

SEVILLA En la provincia de Sevilla se han recibido 7.250 denuncias, de las cuales el 11% ha

renunciado a continuar el proceso. Se han adoptado 434 órdenes de protección que supone el 42% de las incoadas y se han dictado 158 sentencias condenatorias (el 37% del total de las sentencias).

SEVILLA Total de denuncias 7.250 Victimas 6.582 Españolas 5.522 Extranjeras 1.060 Renuncias 811 de españolas 689 de extranjeras 122 Ordenes protección incoadas 1.039 adoptadas 434 denegadas 578 Inadmitidas 27 Sentencias dictadas 424 condenatorias 158 absolutorias 266

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MEMORIA 2016 132

I.6.2 DESPIDOS Como se puede apreciar en el gráfico siguiente, los despidos en los Juzgados de lo

Social muestran un descenso en el número de asuntos ingresados (un 8% menos que en 2015) y resueltos (un 12% menos que el año anterior). La pendencia (línea verde) ha bajado un 6% en el último año.

JUZGADOS DE LOS SOCIAL. EVOLUCIÓN DE LOS DESPIDOS.

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

30.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

INGRESADOS RESUELTOS PENDIENTES AL FINAL

En las siguientes gráficas se puede ver que las provincias con mayor número de

ingresos en despidos continúan siendo Sevilla (4.441 despidos ingresados) y Málaga (3.146 despidos ingresados). La provincia con menor número de despidos ingresados es Jaén.

DESPIDOS INGRESADOS EN LOS JUZGADOS DE LO SOCIAL

0 1.000 2.000 3.000 4.000 5.000 6.000 7.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

La mayor pendencia a finales de 2016 la tienen las provincias de Sevilla, Málaga,

Almería y Cádiz. En Córdoba y Granada ha aumentado la pendencia de despidos con relación al año 2015 y merece atención especial en este capítulo la provincia de Almería donde, pese a haber bajado la pendencia considerablemente respecto a 2015, continúa como la tercera provincia con más pendencia en Andalucía.

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MEMORIA 2016 133

PENDENCIA DE DESPIDOS EN LOS JUZGADOS DE LO SOCIAL

0 1.000 2.000 3.000 4.000 5.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

Los datos anteriores, mientras no se produzca la creación de nuevas plazas

judiciales en este orden jurisdiccional, ponen de manifiesto la necesidad de mantener medidas de refuerzo en los Juzgados de lo Social para reducir la pendencia existente al respecto, que genera importantes consecuencias negativas, tanto a los justiciables como a las arcas públicas.

I.6.3 CONCURSOS En los Juzgados de lo Mercantil se puede apreciar un incremento general de

concursos de acreedores (línea azul) hasta 2013, que ha descendido progresivamente en los tres últimos años. La pendencia (línea verde) se ha estabilizado ya que el número de asuntos que se resuelven, concluidos o desestimados (línea rosa), es similar a los asuntos ingresados.

JUZGADOS DE LO MERCANTILEvolución Concursos Acreedores

0

1000

2000

3000

4000

5000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Concurso ingresados Concursos Resueltos Pendientes al f inal

En el siguiente gráfico se puede observar que Sevilla, Málaga, Cádiz y Granada, son

las provincias donde hay un mayor número de ingresos. En todas las provincias se observa la gran cantidad de concursos pendientes al final del ejercicio, debido en parte a la pendencia acumulada de años anteriores. Las provincias con mayor pendencia son Málaga, Sevilla, Cádiz y Granada por este orden.

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MEMORIA 2016 134

JUZGADOS DE LO MERCANTIL. 2016CONCURSOS DE ACREEDORES POR PROVINCIAS

0 200 400 600 800

1000 1200

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

CONCURSOS INGRESADOS CONCURSOS RESUELTOS CONCURSOS PENDIENTES

En el siguiente gráfico podemos ver un estudio más detallado de la pendencia en los

últimos cinco años. En el último año, ha descendido la pendencia de concursos en Almería, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla.

MOVIMIENTO DE LA PENDENCIA EN CONCURSOS DE ACREEDORES POR PROVINCIAS

0 200 400 600 800

1000 1200

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

Aún así, los datos revelan una situación preocupante en muchos Juzgados de lo Mercantil, que exige mantener medidas para su normalización a corto plazo. Prácticamente todos los Juzgados de lo Mercantil de Andalucía cuentan con medidas de refuerzo (algunos desde hace varios años) que deben continuar a la espera de la necesaria creación de nuevas plazas judiciales en este orden jurisdiccional.

I.6.4 EJECUCIONES La ejecución de las sentencias y resoluciones firmes forma parte del contenido del

derecho a la tutela efectiva que recoge el art. 24 CE. Pese a ello, la situación que presentan los Juzgados y Tribunales en esta materia continua siendo preocupante, ante la elevada pendencia que presentan, si bien podemos hablar de una buena labor realizada durante este año 2016, en que el número de ejecuciones resueltas supera ampliamente el número de registradas en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción, órganos judiciales en los que se acumula el grueso de las ejecuciones. En los demás Juzgados - Mercantil, Violencia contra la Mujer y Familia- la pendencia de las ejecuciones, desgraciadamente ha seguido aumentando.

En el orden jurisdiccional penal se han resuelto más procedimientos de ejecución que los ingresados en todos los órganos judiciales, siendo de destacar el índice resolutivo

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MEMORIA 2016 135

que se aprecia en los Juzgados de lo Penal y en las Audiencias Provinciales. Con todo, el nivel de pendencia de las ejecutorias penales continua siendo elevado.

REGISTRADAS RESUELTASPENDIENTES

AL FINAL

JURISDICCIÓN CIVIL 100.941 135.562 362.822

Jdos. 1ª Instancia 48.673 75.429 175.735

Jdos. de lo Mercantil 1.487 1.414 4.696

Jdos. Violencia contra la mujer 1.352 1.225 2.277

Jdos. Familia 5.132 4.870 11.285

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 44.297 52.624 168.829

Jdos. de Menores 0 0 0

A.P. Secciones Civiles 0 0 0

A.P. Secciones Mixtas 0 0 0

T.S.J Sala Civil y Penal 0 0 0

JURISDICCIÓN PENAL 74.087 108.921 74.172

Jdos. Instrucción 13.952 14.753 7.049

Jdos. 1ª Instª. e Instr. 7.993 8.255 8.124

Jdos. Violencia contra la mujer 916 941 501

Jdos. de Menores 4.131 4.442 4.241

Jdos. Vigilancia Penitenciaria 0 0 0

Jdos. de lo Penal 45.426 76.466 51.448

Jdos. de lo Penal de Ejecutorias 0 0 0

A.P. Secciones Penales 1.386 3.240 2.256

A.P. Secciones Mixtas 283 823 552

T.S.J. Sala Civil y Penal 0 1 1

JURISDICCIÓN CONT.ADMVO 2.287 2.972 3.199

Jdos Cont.-Admvo. 1.816 2.482 2.293

T.S.J. Sala Cont.-Admvo. 471 490 906

JURISDICCIÓN SOCIAL 13.488 15.192 9.268

Jdos. de lo Social 13.474 15.172 9.242

T.S.J. Sala Social 14 20 26

TOTAL JURISDICCIONES 190.803 262.647 449.461 El total de asuntos de ejecución ingresados durante 2016, sumadas todas las

jurisdicciones, ha sido de 190.803. De ellos, el 53% lo han sido en el orden civil, el 39% en el penal, el 1% en el contencioso-administrativo y el 7% en el social. Se han resuelto 262.647 asuntos.

Los asuntos pendientes de ejecución al final de 2016 asciende a 449.461. Las ejecuciones civiles pendientes representan el 80% del total. Las ejecuciones penales suponen el 17%. Las jurisdicciones social y contencioso-administrativa tienen, respectivamente, una pendencia que representa el 2% y el 1% del total.

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MEMORIA 2016 136

EJECUCIONES PENALES El número de ejecutorias penales ingresadas durante el año 2016 ha experimentado

un descenso del 4% respecto del año anterior. Las ejecutorias resueltas han disminuido respecto al año anterior (se han resuelto 5% de ejecutorias menos que en 2015), si bien la pendencia ha disminuido un 4% con relación al año anterior debido al menor volumen de registro. En el gráfico podemos ver que las ejecutorias ingresadas (línea azul) están por debajo de las resueltas (línea rosa), si bien la pendencia (línea verde) continúa bajando.

EVOLUCION DE EJECUTORIAS PENALES

020.00040.00060.00080.000

100.000120.000140.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ejecutorias registradas Ejecutorias resueltas Ejecutorias pendientes

Pese al descenso en cifras absolutas, la pendencia sigue siendo excesivamente

elevada, lo que conduce a repetir, una vez más, que la puesta en marcha de Servicios Comunes de Ejecución de forma generalizada en los partidos judiciales que cuentan con Juzgados de lo Penal es, casi con toda probabilidad, la medida que puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de ejecuciones penales.

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS PENALES 2016 REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 5.832 8.502 4.941 CÁDIZ 14.475 23.423 16.025 CÓRDOBA 5.403 7.063 3.550 GRANADA 7.711 10.293 5.773 HUELVA 4.197 6.703 5.503 JAÉN 4.621 6.186 4.056 MÁLAGA 15.557 23.654 16.256 SEVILLA 16.291 23.097 18.068

TOTAL 74.087 108.921 74.172 Por provincias, puede observarse que la pendencia de ejecutorias penales ha

disminuido en Almería, Córdoba, Granada, Huelva, Málaga y Sevilla y ha subido en Cádiz y Jaén.

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MEMORIA 2016 137

Variación de la pendencia. Jurisdicción Penal

0 5.000

10.000 15.000 20.000 25.000 30.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

EJECUCIONES CIVILES Durante 2016 el número de ejecutorias de nuevo ingreso en los órganos judiciales

andaluces ha disminuido un 13% respecto del año 2015 y se ha resuelto un 12% menos que el año anterior. La pendencia sigue siendo alta (362.822 ejecutorias pendientes a finales de 2016) y genera un grave quebranto del contenido del artículo 24 CE en su vertiente del derecho a la ejecución de lo juzgado. Asimismo, el número de órganos judiciales de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción es, prácticamente, el mismo que en el año 2009, como también lo es el número de funcionarios que en ellos prestan servicio. Los medios de toda índole no han sido mejorados. La puesta en marcha de Servicios Comunes de Ejecución de forma generalizada es, casi con toda probabilidad, al igual que en la ejecución penal, la medida que puede resultar más efectiva de cara a reducir esa elevada pendencia de ejecuciones.

MOVIMIENTO GENERAL EJECUTORIAS CIVILES 2016 REGISTRADAS RESUELTAS

PENDIENTES AL FINAL

ALMERÍA 9.454 12.759 45.935 CÁDIZ 15.844 18.775 54.960 CÓRDOBA 8.195 10.974 27.640 GRANADA 11.159 17.141 38.149 HUELVA 7.104 9.441 23.653 JAÉN 6.476 11.044 19.284 MÁLAGA 19.789 26.563 71.256 SEVILLA 22.920 28.865 81.945

TOTAL 100.941 135.562 362.822 La pendencia de asuntos civiles en ejecución (línea verde del gráfico) se mantiene

similar al año 2015. En 2016, por cuarto vez en los últimos años, las ejecutorias resueltas han superado a las ingresadas, aunque hay que anticipar la dificultad de mantener en el tiempo ese loable esfuerzo resolutivo, dada la infradotación de medios personales y materiales existente en los órganos de la jurisdicción civil con relación a la carga de trabajo total que soportan.

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MEMORIA 2016 138

EVOLUCIÓN DE EJECUTORIAS

0 100.000 200.000

300.000 400.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ejecutorias registradas Ejecutorias resueltas Ejecutorias pendientes

La pendencia ha subido en Cádiz, Huelva y Jaén y ha bajado en el resto de las

provincias andaluzas.

Variación de la pendencia.

0 20.000 40.000 60.000 80.000

100.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

I.6.5 SERVICIOS COMUNES. EMBARGOS Y LANZAMIENTOS En Andalucía hay 52 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos. La actividad

realizada se puede resumir en la siguiente tabla, donde podemos observar un total de 736.874 solicitudes registradas en el año 2016 y 323.837 actos de comunicación derivados de las solicitudes. Dentro de las diligencias en comisión encontramos un total de 9.151 embargos registrados, de los cuales se han practicado 4.528, y 14.802 lanzamientos de los que se han podido llevar a cabo 8.179.

Del total de diligencias unipersonales realizadas el 74% ha sido fuera de la sede del servicio y el tiempo medio de realización de los actos de comunicación desde que se reciben hasta su devolución al órgano que originó la solicitud es de 12,97 días. En cuanto a las diligencias en comisión, el tiempo medio de realización de los embargos está en torno a los 20,94 días y los lanzamientos en 31,11 días, siempre contando desde que se recibe en el Servicio Común hasta su devolución al órgano ordenante.

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MEMORIA 2016 139

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES

SOLICITUDES 35.534 736.874 521.260 217.802 33.346 ACTOS COMUNICACIÓN 16.923 323.837 249.263 73.770 17.689 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 3.575 27.962 15.106 12.508 3.901 EMBARGOS 636 9.151 4.528 4.629 619 LANZAMIENTOS 2.310 14.802 8.179 6.435 2.487 OTRAS 629 4.009 2.399 1.444 795

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución en los últimos años de los

lanzamientos. El número de lanzamientos registrados en 2016 en el Servicio Común es ligeramente inferior al año anterior.

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS RECIBIDOS EN EL SERVICIO

COMÚN.ANDALUCÍA

0 5.000

10.000 15.000 20.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

En cuanto a los embargos registrados, el máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó

los 51.149. A partir de este año, se ha producido un descenso alcanzando los 9.151 en el último año, siendo ésta la cota menor de los últimos años.

EVOLUCIÓN DE EMBARGOS RECIBIDOS EN EL SERVICIO

COMÚN.ANDALUCÍA

0

10.00020.000

30.00040.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

En los siguientes gráficos se puede observar la media por Servicio Común. Así, Sevilla es donde más embargos se reciben, muy alejada del resto de provincias.

El número de embargos ha disminuido respecto al año anterior en todas las provincias de Andalucía, excepto Huelva donde se mantiene en niveles similares.

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MEMORIA 2016 140

EMBARGOS RECIBIDOS. AÑO 2016

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

ALMERIA CADIZ CORDOBA GRANADA HUELVA JAEN MALAGA SEVILLA

Almería, Cádiz, Granada y Málaga son las que cuentan con un número mayor de lanzamientos recibidos en el Servicio Común.

LANZAMIENTOS RECIBIDOS.

Ñ

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

ALMERIÍ CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

ALMERÍA En la provincia de Almería hay 6 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

en Berja, Huercal-Overa, Vera, Roquetas, El Ejido y Almería capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 480 embargos y 2.214 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 5.002 54.215 33.197 18.996 7.024 ACTOS DE COMUNICACIÓN 934 13.639 10.470 1.049 3.054

DILIGENCIAS EN COMISIÓN 733 3.683 1.812 1.432 1.172 EMBARGOS 62 480 245 200 97 LANZAMIENTOS 440 2.214 1.035 985 634 OTRAS 231 989 532 247 441

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MEMORIA 2016 141

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución en los últimos años de los lanzamientos recibidos. Los lanzamientos registrados en 2016 se sitúan en cifras similares al año anterior. Se han llevado a cabo el 47% de los lanzamientos registrados.

Los embargos registrados en Almería, tienen su cota máxima en 2009, cuando alcanzó los 6.707. A partir de este año, se ha producido un descenso alcanzando los 480 en el último año, siendo ésta la cota menor de los últimos años (35% menos que en 2015). De éstos, se han practicado el 51%.

ALMERÍA

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0 1000 2000 3000 4000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

CÁDIZ En la provincia de Cádiz hay 9 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

contando con el de Ceuta, Chiclana de la Frontera, Arcos de la Frontera, Algeciras, Sanlúcar de Barrameda, Jerez de la Frontera, San Fernando, El Puerto de Santa María y Cádiz capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 319 embargos y 1.785 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES

SOLICITUDES 5.330 122.640 87.581 35.744 4.645 ACTOS DE COMUNICACIÓN 2.250 53.669 39.149 14.487 2.283 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 332 2.341 1.332 999 342 EMBARGOS 24 319 153 127 63 LANZAMIENTOS 291 1.785 1.033 778 265 OTRAS 17 237 146 94 14

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución de los lanzamientos recibidos en los

últimos años. El descenso de los lanzamientos registrados en 2016 en el Servicio común es de un 29% con respecto al año anterior. Se ha llevado a cabo el 58% de los lanzamientos. Se puede observar el descenso de los embargos recibidos en el Servicio Común, en el último año, que ascienden a 319 (un 24% menos que en 2015). El máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 2.710 embargos registrados.

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MEMORIA 2016 142

CÁDIZEVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0

500

1000

1500

2000

2500

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

CÓRDOBA En la provincia de Córdoba hay 6 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

en Pozoblanco, Posadas, Peñarroya-Pueblonuevo, Lucena, Motilla y Córdoba capital. Quedan pendientes de constituirse en los partidos judiciales de Montoro y Cabra.

La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 805 embargos y 813 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 2.590 43.968 35.709 9.431 1.418 ACTOS DE COMUNICACIÓN 604 7.456 6.427 1.125 470 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 239 1.869 1.352 565 191 EMBARGOS 57 805 625 204 33 LANZAMIENTOS 163 813 562 271 143 OTRAS 19 251 165 90 15

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución, que ha sufrido en los últimos años,

los lanzamientos recibidos. Los lanzamientos registrados en 2016, en el Servicio común es similar al año anterior. Se han practicado el 69% de los lanzamientos registrados.

Respecto a los embargos, el máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 9.602 embargos registrados. A partir de este año, se ha producido un descenso alcanzando los 805 en el último año (un 39% menos que en 2015).

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MEMORIA 2016 143

CÓRDOBA

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0

1000

2000

3000

4000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

GRANADA En la provincia de Granada hay 5 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

en Motril, Baza, Guadix, Santa Fe y Granada capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 491 embargos y 2.482 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 2.539 59.952 43.575 16.828 2.088 ACTOS DE COMUNICACIÓN 33 1.883 1.697 191 28 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 537 3.844 2.258 1.645 478 EMBARGOS 51 491 247 189 106 LANZAMIENTOS 318 2.482 1.493 1.060 247 OTRAS 168 871 518 396 125

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución que han sufrido en los últimos años los lanzamientos recibidos. Los lanzamientos registrados en 2016 han disminuido un 8% con respecto al año anterior. Se han llevado a cabo el 60% de estos lanzamientos.

GRANADA

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0

1000

2000

3000

4000

5000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

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MEMORIA 2016 144

Se puede observar, también, el descenso de los embargos recibidos en el Servicio

Común, en 2016. El máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 9.602 embargos registrados. A partir de este año, se ha producido un descenso, hasta los 491 en el último año (12% menos que el año anterior).

HUELVA En la provincia de Huelva hay 4 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

en Palma del Condado, Ayamonte, Moguer y Huelva capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 317 embargos y 1.139 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 1.356 32.058 21.065 11.566 783 ACTOS DE COMUNICACIÓN 308 2.765 1.804 1.141 128 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 166 1.524 953 598 139 EMBARGOS 34 317 194 137 20 LANZAMIENTOS 91 1.139 726 412 92 OTRAS 41 68 33 49 27

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución, que ha sufrido en los últimos años,

los lanzamientos recibidos. El aumento de los lanzamientos registrados en 2016, en el Servicio común es de un 14% con respecto al año anterior. Se han practicado positivamente el 64% de los lanzamientos registrados.

En cuanto a los embargos, como se puede ver, el máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 3.261 embargos registrados. A partir de este año, se ha producido un descenso alcanzando los 317 en el último año (similar a 2015).

HUELVA

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0200400600800

10001200

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

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MEMORIA 2016 145

JAÉN En la provincia de Jaén hay 5 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos, en

La Carolina, Andujar, Linares, Úbeda y Jaén capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla, donde podemos observar un total de 136 embargos y 703 lanzamientos.

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 1.069 46.564 36.188 10.155 1.290 ACTOS DE COMUNICACIÓN 72 3.397 2.223 1.154 92 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 97 1.112 623 453 111 EMBARGOS 16 136 83 43 15 LANZAMIENTOS 48 703 382 304 54 OTRAS 33 273 158 106 42

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución, que ha sufrido en los últimos años,

los lanzamientos recibidos. Los lanzamientos registrados en 2016, en el Servicio común son un 16% menos que el año anterior. Se ha finalizado el 54% de los lanzamientos registrados.

Se puede observar el descenso pronunciado de los embargos recibidos en el Servicio Común. El máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 2.038 embargos registrados. A partir de este año, se ha producido un descenso pronunciado, alcanzando los 136 en el último año (un 28% menos que en 2015).

JAÉN

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0

200

400

600

800

1000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

MÁLAGA En la provincia de Málaga hay 9 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos,

en Antequera, Vélez-Málaga, Ronda, Fuengirola, Marbella, Estepona, Coín, Torremolinos y Málaga capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 1.526 embargos y 4.420 lanzamientos.

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MEMORIA 2016 146

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 13.981 238.735 182.590 57.192 12.934 ACTOS DE COMUNICACIÓN 11.119 225.676 176.079 50.575 10.141 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 1.135 6.683 3.573 3.029 1.216 EMBARGOS 214 1.526 794 757 189 LANZAMIENTOS 844 4.420 2.354 1.973 937 OTRAS 77 737 425 299 90

En el siguiente gráfico se puede ver la evolución, que ha sufrido en los últimos años,

los lanzamientos recibidos. Los lanzamientos registrados en 2016, en el Servicio común es similar al año anterior, con un ligero aumento del 2%. Se han llevado a cabo el 53% de los lanzamientos registrados en 2015.

En cuanto a los embargos, como se puede ver, el máximo se sitúa en 2009, cuando alcanzó los 9.739 embargos registrados. A partir de este año, se produce un descenso alcanzando los 1.526 en 2016 (16% menos en que año anterior).

MÁLAGAEVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

0100020003000400050006000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

SEVILLA En la provincia de Sevilla hay 8 Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos, en

Carmona, Lora del Río, Morón de la Frontera, Utrera, Alcalá de Guadaira, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Sevilla capital. La actividad realizada se puede resumir en la siguiente tabla. En la que podemos observar un total de 5.077 embargos y 1.246 lanzamientos.

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MEMORIA 2016 147

Pendientes de practicar al

inicio Registradas

Practicadas con cumplimiento

positivo

Incompletas o con

cumplimiento negativo

Pendientes al final

DILIGENCIAS UNIPERSONALES SOLICITUDES 3.667 138.742 81.355 57.890 3.164 ACTOS DE COMUNICACIÓN 1.603 15.352 11.414 4.048 1.493 DILIGENCIAS EN COMISIÓN 336 6.906 3.203 3.787 252 EMBARGOS 178 5.077 2.187 2.972 96 LANZAMIENTOS 115 1.246 594 652 115 OTRAS 43 583 422 163 41

En el siguiente gráfico se puede observar la evolución que han sufrido los

lanzamientos recibidos. Se puede observar la línea ligeramente ascendente en los últimos seis años. El número de lanzamientos registrados ha aumentado un 4% en el último año. Se han practicado el 48% de los lanzamientos registrados.

La evolución de los embargos en Sevilla ha fluctuado a lo largo de los años, siendo su valor máximo en 2011. En el año 2016 el número de embargos recibidos asciende a 5.077, un 19% menos que en 2015, aunque es la cifra mayor de todas las provincias de Andalucía.

SEVILLA

EVOLUCIÓN DE LANZAMIENTOS Y EMBARGOS

02000400060008000

100001200014000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Lanzamientos Embargos

I.6.6 SUSPENSIONES Las suspensiones de los juicios y vistas constituyen, sin duda, una grave disfunción

comentada cada año, ya que a la problemática existente con relación al nivel de pendencia, la suspensión del juicio o vista señalada conlleva que el hueco que estaba previsto para ese día no pueda cubrirse con la inclusión de otro juicio o señalamiento, con el consiguiente perjuicio para la buena marcha del Juzgado, además del retraso que acumula el señalamiento de la vista suspendida.

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MEMORIA 2016 148

SEÑALAMIENTOS SUSPENDIDOS O NO CELEBRADOS. JUZGADOS DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

2011 2012 2013 2014 2015 2016 JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT. ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL

La situación que presentan los Juzgados se muestra en la gráfica anterior, donde se

aprecia un incremento del porcentaje de suspensiones en el último año. En la siguiente tabla podemos ver con más detalle que el porcentaje de suspensiones es de un 29%, aproximadamente, oscilando entre el 21% de la jurisdicción penal y el 53% de la jurisdicción social.

TOTAL ANDALUCÍA. SUSPENSIONES EN 2016

Celebrados

Suspendidos o no

celebrados Total

señalamientos % suspensiones

Jurisdicción Civil 103.762 36.243 140.005 26% Jurisdicción Penal 91.805 23.951 115.756 21% Jurisdicción Cont. Adtvo. 21.226 10.093 31.319 32% Jurisdicción Social 29.115 32.305 61.420 53%

TOTAL JURISDICCIONES 245.908 102.592 348.500 29%

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MEMORIA 2016 149

Por provincias podemos apreciar en el último año una disminución en Almería en el número de suspensiones penales. El porcentaje de suspensiones en dicha provincia es de un 31%. En esta provincia se sitúa el menor porcentaje de suspensiones penales, junto a Granada.

ALMERÍA . AÑO 2016

Celebrados Suspendidos o no celebrados Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 9.509 3.559 13.068 27% Jdos. 1ª Instancia 3.871 1.159 5.030 23% Jdos. de lo Mercantil 566 102 668 15% Jdos. Violencia contramujer 199 33 232 14% Jdos. Familia 700 311 1.011 31% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4.172 1.954 6.126 32% Jdos. de Menores 0 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 1 0 1 0% JURISDICCIÓN PENAL 7.419 1.438 8.857 16% Jdos. Instrucción 1.415 229 1.644 14% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2.146 515 2.661 19% Jdos. Violencia contra mujer 107 3 110 3% Jdos. de Menores 309 16 325 5% Jdos. de lo Penal 3.250 650 3.900 17% A.P. Secciones Penales 192 25 217 12% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 1.504 1.609 3.113 52% Jdos Cont.-Admvo. 1.504 1.609 3.113 52% JURISDICCIOÓN SOCIAL 2.520 2.904 5.424 54% Jdos. de lo Social 2.520 2.904 5.424 54% TOTAL JURISDICCIONES 20.952 9.510 30.462 31%

Almería% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT.ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 150

En Cádiz, el porcentaje de suspensiones ha aumentado con respecto al año anterior, excepto en la jurisdicción civil. Hay que destacar el alto grado de suspensiones en la jurisdicción social, un 57%. El porcentaje de suspensiones en esta provincia es de un 30%.

CÁDIZ . AÑO 2016

Celebrados Suspendidos o no celebrados Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 14.725 4.658 19.383 24% Jdos. 1ª Instancia 4.444 2.531 6.975 36% Jdos. de lo Mercantil 1.361 106 1.467 7% Jdos. Violencia contra lamujer 412 138 550 25% Jdos. Familia 778 199 977 20% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 7.605 1.652 9.257 18% Jdos. de Menores 0 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 125 32 157 20% JURISDICCIÓN PENAL 17.148 4.897 22.045 22% Jdos. Instrucción 3.617 937 4.554 21% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 5.174 1.191 6.365 19% Jdos. Violencia contra la mujer 384 54 438 12% Jdos. de Menores 1.047 169 1.216 14% Jdos. de lo Penal 6.395 2.437 8.832 28% A.P. Secciones Penales 531 109 640 17% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 2.595 1.923 4.518 43% Jdos Cont.-Admvo. 2.595 1.923 4.518 43% JURISDICCIÓN SOCIAL 2.595 4.545 8.030 57% Jdos. de lo Social 2.595 4.545 8.030 57% TOTAL JURISDICCIONES 37.953 16.023 53.976 30%

Cádiz% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT.ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL

suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 151

En Córdoba se ha producido un incremento en el porcentaje de suspensiones frente a señalamientos en todas las jurisdicciones, excepto en la contencioso administrativa. El grado de suspensiones en la provincia de Córdoba es de un 29%.

CÓRDOBA . AÑO 2016

Celebrados Suspendidos o no celebrados Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 9.312 3.535 12.847 28% Jdos. 1ª Instancia 3.075 1.331 4.406 30% Jdos. de lo Mercantil 1.356 353 1.709 21% Jdos. Violencia contra lamujer 189 52 241 22% Jdos. Familia 1.425 431 1.856 23% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 3.209 1.368 4.577 30% Jdos. de Menores 0 0 #¡DIV/0! A.P. Secciones Civiles 58 0 58 0% JURISDICCIÓN PENAL 6.886 1.625 8.511 19% Jdos. Instrucción 2.323 828 3.151 26% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1.688 350 2.038 17% Jdos. Violencia contra la mujer 127 7 134 5% Jdos. de Menores 292 60 352 17% Jdos. de lo Penal 2.312 370 2.682 14% A.P. Secciones Penales 144 10 154 6% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 1.985 729 2.714 27% Jdos Cont.-Admvo. 1.985 729 2.714 27% JURISDICCIÓN SOCIAL 1.927 2.312 4.239 55% Jdos. de lo Social 1.927 2.312 4.239 55% TOTAL JURISDICCIONES 20.110 8.201 28.311 29%

Córdoba% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT.ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 152

En Granada, el porcentaje de suspensiones ha subido en todas las jurisdicciones. El porcentaje de suspensiones en la jurisdicción social y contenciosa administrativa es el menor de Andalucía. También posee el menor porcentaje de suspensiones en la penal, junto a la provincia de Almería. El grado de suspensiones en esta provincia se encuentra en un 27%.

GRANADA . AÑO 2016

Celebrados Suspendidos o no celebrados Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 10.712 4.526 15.238 30% Jdos. 1ª Instancia 4.231 1.942 6.173 31% Jdos. de lo Mercantil 715 189 904 21% Jdos. Violencia contra la mujer 304 148 452 33% Jdos. Familia 1.776 796 2.572 31% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 3.678 1.448 5.126 28% Jdos. de Menores 0 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 7 2 9 22% Sala TSJA Civil y Penal 1 1 2 50% JURISDICCIÓN PENAL 8.954 1.703 10.657 16% Jdos. Instrucción 2.610 428 3.038 14% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1.740 442 2.182 20% Jdos. Violencia contra la mujer 441 17 458 4% Jdos. de Menores 540 90 630 14% Jdos. de lo Penal 3.434 683 4.117 17% A.P. Secciones Penales 157 38 195 19% Sala TSJA Civil y Penal 32 5 37 14% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 2.661 459 3.120 15% Jdos Cont.-Admvo. 2.598 459 3.057 15% Sala TSJA Cont.-Admvo 63 0 63 0% JURISDICCIÓN SOCIAL 4.112 3.221 7.333 44% Jdos. De lo Social 4.099 3.197 7.296 44% Sala TSJA Social 13 24 37 65% TOTAL JURISDICCIONES 26.439 9.909 36.348 27%

Granada

% Suspensiones

0%

10%

20%

30%

40%

50%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓNCONT.ADMVO

JURISDICCIÓN SOCIAL

Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 153

En Huelva, el porcentaje de suspensiones ha crecido en las jurisdicciones contencioso administrativa y social, y ha bajado en la civil y penal. Las suspensiones en Huelva se sitúan en un 27%.

HUELVA. AÑO 2016

CelebradosSuspendidos

o no celebrados

Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 6.414 2.100 8.514 25% Jdos. 1ª Instancia 2.644 840 3.484 24% Jdos. de lo Mercantil 93 40 133 30% Jdos. Violencia contra la mujer 146 41 187 22% Jdos. Familia 924 356 1.280 28% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2.590 822 3.412 24% Jdos. de Menores 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 17 1 18 6% JURISDICCIÓN PENAL 5.691 1.169 6.860 17% Jdos. Instrucción 1.831 196 2.027 10% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1.726 341 2.067 16% Jdos. Violencia contra la mujer 222 12 234 5% Jdos. de Menores 131 33 164 20% Jdos. de lo Penal 1.645 542 2.187 25% A.P. Secciones Penales 136 45 181 25% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 1.631 322 1.953 16% Jdos Cont.-Admvo. 1.631 322 1.953 16% JURISDICCIÓN SOCIAL 2.183 2.326 4.509 52% Jdos. de lo Social 2.183 2.326 4.509 52% TOTAL JURISDICCIONES 15.919 5.917 21.836 27%

Huelva% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓNCONT.ADMVO

JURISDICCIÓN SOCIAL

Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 154

En Jaén el porcentaje de suspensiones ha aumentado en todas las jurisdicciones, sin embargo la media global de suspensiones es de un 25%, la menor de Andalucía.

JAÉN. AÑO 2016

Celebrados Suspendidos Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 8.420 2.332 10.752 22% Jdos. 1ª Instancia 1.930 621 2.551 24% Jdos. de lo Mercantil 1.449 71 1.520 5% Jdos. Violencia contra la mujer 283 55 338 16% Jdos. Familia 611 165 776 21% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4.142 1.417 5.559 25% Jdos. de Menores 0 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 5 3 8 38% JURISDICCIÓN PENAL 5.642 1.138 6.780 17% Jdos. Instrucción 789 140 929 15% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 1.938 372 2.310 16% Jdos. Violencia contra la mujer 128 21 149 14% Jdos. de Menores 233 42 275 15% Jdos. de lo Penal 2.417 558 2.975 19% A.P. Secciones Penales 137 5 142 4% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 1.693 478 2.171 22% Jdos Cont.-Admvo. 1.693 478 2.171 22% JURISDICCIÓN SOCIAL 2.010 1.874 3.884 48% Jdos. de lo Social 2.010 1.874 3.884 48% TOTAL JURISDICCIONES

Jaén

% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓNCONT.ADMVO

JURISDICCIÓN SOCIAL

Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 155

En Málaga, todas las jurisdicciones han sufrido un incremento de suspensiones ascendiendo hasta el 31%.

MÁLAGA. AÑO 2016

Celebrados Suspendidos Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 21.365 9.291 30.656 30% Jdos. 1ª Instancia 12.349 6.571 18.920 35% Jdos. de lo Mercantil 1.478 296 1.774 17% Jdos. Violencia contra la mujer 578 129 707 18% Jdos. Familia 1.814 392 2.206 18% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 5.038 1.894 6.932 27% Jdos. de Menores 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 108 9 117 8% JURISDICCIÓN PENAL 19.014 5.475 24.489 22% Jdos. Instrucción 7.217 1.453 8.670 17% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 2.875 699 3.574 20% Jdos. Violencia contra la mujer 391 51 442 12% Jdos. de Menores 790 164 954 17% Jdos. de lo Penal 7.072 2.969 10.041 30% A.P. Secciones Penales 669 139 808 17% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 4.470 1.147 5.617 20% Jdos Cont.-Admvo. 4.469 1.146 5.615 20% Sala TSJA Cont.-Admvo 1 1 2 50% JURISDICCIÓN SOCIAL 6.553 7.598 14.151 54% Jdos. de lo Social 6.547 7.596 14.143 54% Sala TSJA Social 6 2 8 25% TOTAL JURISDICCIONES 51.402 23.511 74.913 31%

Málaga% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT.ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL

Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 156

En Sevilla, por último, la jurisdicción civil y social han incrementado el porcentaje de suspensiones en el último año. No obstante el porcentaje de suspensiones civiles es el menor de Andalucía. La media global de suspensiones en esta provincia asciende a un 30%.

SEVILLA. AÑO 2016

Celebrados Suspendidos Total señalamientos % suspensiones

JURISDICCIÓN CIVIL 23.305 6.242 29.547 21% Jdos. 1ª Instancia 9.145 2.555 11.700 22% Jdos. de lo Mercantil 1.373 172 1.545 11% Jdos. Violencia contra la mujer 618 102 720 14% Jdos. Familia 5.073 480 5.553 9% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 7.042 2.901 9.943 29% Jdos. de Menores 0 0 0 0% A.P. Secciones Civiles 54 32 86 37% JURISDICCIÓN PENAL 21.051 6.506 27.557 24% Jdos. Instrucción 7.010 2.184 9.194 24% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 4.411 1.038 5.449 19% Jdos. Violencia contra la mujer 518 62 580 11% Jdos. de Menores 674 79 753 10% Jdos. de lo Penal 8.035 3.081 11.116 28% A.P. Secciones Penales 403 62 465 13% JURISDICCIÓN CONT. ADMVO 4.687 3.426 8.113 42% Jdos Cont.-Admvo. 4.408 3.407 7.815 44% Sala TSJA Cont.-Admvo 279 19 298 6% JURISDICCIÓN SOCIAL 6.325 7.525 13.850 54% Jdos. de lo Social 6.305 7.502 13.807 54% Sala TSJA Social 20 23 43 53% TOTAL JURISDICCIONES 55.368 23.699 79.067 30%

Sevilla% Suspensiones

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

JURISDICCIÓN CIVIL JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CONT.ADMVO JURISDICCIÓN SOCIAL Suspensiones 2012 Suspensiones 2013 Suspensiones 2014 Suspensiones 2015 Suspensiones 2016

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MEMORIA 2016 157

I.6.7 SENTENCIAS PENALES DE CONFORMIDAD La conformidad posibilita abreviar los trámites procesales y permite al Juez dictar

inmediatamente la sentencia, haciendo innecesaria la vista; por tanto, acelera y asegura el resultado del proceso, evitando la celebración del juicio.

En el siguiente gráfico se puede apreciar un incremento sostenido del número de sentencias previa conformidad en los últimos años en los Juzgados Penales, cuyo porcentaje en 2016 es de un 45%. Pues bien, con tal estadística, las posibilidades que ofrece la institución de la conformidad deben ser mejor aprovechadas, tal y como hemos señalado de forma reiterada en todas las Memorias anuales, a cuyas reflexiones nos remitimos ahora.

JUZGADOS DE LO PENAL.

SENTENCIAS PREVIA CONFORMIDAD.

51%

33%

54%

39%

51%

44%

37%40%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60%

ALMERIÍ CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2103 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

JUZGADOS DE LO PENAL. SENTENCIAS AÑO 2016

SENTENCIAS PREVIA

CONFORMIDADRESTANTES SENTENCIAS

TOTAL SENTENCIAS

PENALES

% PREVIA CONFORMIDAD

RESPECTO TOTAL SENTENCIAS

PENALES ALMERÍA 1.280 1.947 3.227 40% CÁDIZ 3.228 3.127 6.355 51% COÓDOBA 792 1.575 2.367 33% GRANADA 1.834 1.587 3.421 54% HUELVA 621 1.047 1.668 37% JAÉN 1.058 1.333 2.391 44% MÁLAGA 2.725 4.238 6.963 39% SEVILLA 4.089 3.972 8.061 51% TOTAL ANDALUCÍA 15.627 18.826 34.453 45%

En los Juzgados de Menores tenemos un porcentaje alto de sentencias previa

conformidad, por encima del 67% en todas las provincias.

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MEMORIA 2016 158

JUZGADOS DE MENORESSENTENCIAS PREVIA

CONFORMIDAD

79%

67% 69%72%

85%86%

73%

85%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90%

100%

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2103 AÑO 2014 AÑO 2015 AÑO 2016

JUZGADOS DE MENORES. SENTENCIAS AÑO 2016

SENTENCIAS PREVIA

CONFORMIDADRESTANTES SENTENCIAS

TOTAL SENTENCIAS

PENALES

% PREVIA CONFORMIDAD

RESPECTO TOTAL SENTENCIAS

PENALES ALMERÍA 262 47 309 85% CÁDIZ 756 206 962 79% CÓRDOBA 207 78 285 73% GRANADA 454 74 528 86% HUELVA 111 20 131 85% JAÉN 167 65 232 72% MÁLAGA 528 262 790 67% SEVILLA 460 210 670 69%

TOTAL ANDALUCÍA 2.945 962 3.907 75% I.6.8 SENTENCIAS CONFIRMATORIAS EN SEGUNDA INSTANCIA A) RECURSOS DE APELACION En la jurisdicción penal el 79% de las sentencias dictadas por las Audiencias

provinciales son confirmatorias y el 21% revocatorias.

Audiencia Provincial. Sentencias en recursos de apelación penales

Sentencias

confirmatorias Sentencias revocatorias

Sentencias anulatorias

Total sentencias de recursos de apelación

Penal 8.389 2.132 81 10.602

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MEMORIA 2016 159

Evolución de sentencias en recursos penales en la

Audiencia Provincial

0 2.000 4.000 6.000 8.000

10.000 12.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Sentencias confirmatorias Sentencias revocatorias

En la jurisdicción civil el 64% de las sentencias dictadas por las Audiencias

Provinciales son desestimatorias y el 36% estimatorias.

Audiencia Provincial. Sentencias en recursos de apelación civiles

Sentencias estimatorias

Sentencias desestimatorias

Sentencias anulatorias

Total sentencias de recursos de apelación

Civil 2.318 4.233 25 6.576

Evolución de sentencias en recursos civiles en la

Audiencia Provincial

0 1.000 2.000 3.000 4.000 5.000 6.000 7.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Sentencias estimatorias Sentencias desestimatorias

Un estudio de los últimos años presenta un descenso en el número de sentencias

sobre recursos de apelación, aunque en el último año se ha incrementado ligeramente. Este descenso es más pronunciado en el caso de las sentencias desestimatorias.

En la Sala Contencioso Administrativo del TSJA, el 82% de las sentencias dictadas en recursos de apelación son desestimatorias.

Sala de lo Contencioso Administrativo. Sentencias en recursos de apelación

Sentencias desestimatorias

Sentencias estimatorias

Sentencias anulatorias

Total sentencias de recursos de apelación

5.286 1.137 0 6.423

Un estudio de los seis últimos años muestra estabilidad en las sentencias

estimatorias y un incremento a partir de 2014 en las sentencias desestimatorias, situándonos en niveles próximos a 2011.

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MEMORIA 2016 160

Evolución de sentencias en recursos en la Sala de lo

Contencioso Administrativo

0 1.000 2.000 3.000 4.000 5.000 6.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Sentencias estimatorias Sentencias desestimatorias

B) RECURSOS DE SUPLICACIÓN La Sala de lo Social del TSJA conoce de los recursos de suplicación que se

interponen contra resoluciones dictadas por los Juzgados de lo Social de su circunscripción, así como de las resoluciones que afecten al derecho laboral de los Jueces de lo Mercantil. Durante 2016 en dicha Sala de lo Social han ingresado un total de 9.375 recursos de suplicación provenientes de los Juzgados de lo Social y 6 provenientes de los Juzgados Mercantiles.

Sala de lo Social Pendientes

al inicio Ingresados Resueltos Pendientes al

final Recursos de suplicación de los Juzgados de lo Social

4.199 9.375 8.580 5.001

Recursos de suplicación de los Juzgados de lo Mercantil

33 6 37 2

Total 4.232 9.381 8.617 5.003 En las siguientes gráficas se puede ver la evolución de estos recursos en los últimos

seis años.

Evolución de los Recursos de suplicación provenientes de los Juzgados de lo Social en la Sala de lo Social

0

3.000

6.000

9.000

12.000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ingresados Rsueltos Pendientes al final

En cuanto a los recursos resueltos en la Sala de lo Social podemos ver en la

siguiente gráfica que el número de sentencias desestimatorias es mayor al número de sentencias estimatorias. En concreto, durante 2016, el 76% de las sentencias dictadas en

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MEMORIA 2016 161

recursos por la Sala de lo Social son desestimatorias y el 23% estimatorias; un 1% son anulatorias.

Evolución de sentencias en recursos en la Sala de lo Social

0 1000 2000 3000 4000 5000 6000 7000 8000

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Sentencias Estimatorias Sentencias desestimatorias

Los recursos de suplicación de los Juzgados de lo Social han aumentado en el último

año, tanto en recursos ingresados como resueltos, si bien hay una gran bolsa de recursos pendientes de resolver.

Evolución de los Recursos de suplicación provenientes de los Juzgados de lo Mercantil en la Sala de lo Social

0 10 20 30 40 50

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ingresados Resueltos Pendientes al final

Los recursos de suplicación de los Juzgados de lo Mercantil han bajado considerablemente, hecho que ha ocasionado que el número de recursos pendientes también disminuya. I.6.9 SOBRESEIMIENTOS EN LA JURISDICCIÓN PENAL

En Andalucía el 73% de los autos penales son de sobreseimiento (en 2015 el 75%, en 2014 el 73%, en 2013 el 70%, en 2012 el 67% y en 2011 el 66%). En la siguiente tabla se puede ver más en detalle. Junto a ello, en 2016 se ha materializado la reforma legislativa que extrae del ámbito judicial los procedimientos que conllevan automáticamente el sobreseimiento provisional directo por atestados policiales sin autor conocido, sin ninguna diligencia judicial, lo que ha dado lugar a una importante reducción del volumen estadístico de ingreso de asuntos, como se ha comentado en otro apartado, medida que busca, en esencia, eliminar una cifra muy significativa de trabajo improductivo e innecesario en la jurisdicción penal, con la recíproca mejor utilización de nuestros recursos. El mantenimiento, pese a ello, de un porcentaje de resoluciones de sobreseimiento tan invariablemente elevado induce a reflexionar bien sobre una extendida utilización inadecuada del proceso

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MEMORIA 2016 162

penal, bien sobre una generalizada insuficiencia de la investigación para esclarecer los ilícitos penales denunciados y exigir responsabilidad a sus autores.

AÑO 2016. ANDALUCÍA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 185.582 75.175 260.757 71% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 138.794 45.113 183.907 75% Jdos. de Menores 1.149 1.531 2.680 43% TOTAL 325.525 121.819 447.344 73%

JURISDICCIÓN Andalucía. Año

73%

27%

SOBRESEIMIENTOS RESTANTES AUTOS

Por provincias podemos observar, a continuación, que el número de sobreseimientos

es ampliamente mayor que el de los restantes autos. Oscila entre un 62% en Granada y un 79% en Cádiz.

JURISDICCIÓN PENALDistribución por provinciasAndalucía. Año 2016

0 20.000 40.000 60.000 80.000

100.000 120.000 140.000

ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA

Sobreseimiento Restantes

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MEMORIA 2016 163

AÑO 2016. ALMERÍA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 9.217 3.029 12.246 75% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 12.343 3.672 16.015 77% Jdos. de Menores 97 300 397 24% TOTAL 21.657 7.001 28.658 76%

AÑO 2016. CÁDIZ SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 14.527 2.849 17.376 84% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 26.372 7.755 34.127 77% Jdos. de Menores 314 396 710 44% TOTAL 41.213 11.000 52.213 79%

AÑO 2016. CÓRDOBA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 12.512 6.909 19.421 64% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 11.464 4.280 15.744 73% Jdos. de Menores 56 205 261 21% TOTAL 24.032 11.394 35.426 68%

AÑO 2016. GRANADA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 29.444 20.845 50.289 59% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 11.464 4.475 15.939 72% Jdos. de Menores 123 99 222 55% TOTAL 41.031 25.419 66.450 62%

AÑO 2016. HUELVA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 8.473 3.091 11.564 73% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 10.864 3.343 14.207 76% Jdos. de Menores 147 122 269 55% TOTAL 19.484 6.556 26.040 75%

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MEMORIA 2016 164

AÑO 2016. JAÉN SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 8.235 4.194 12.429 66% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 13308 4022 17.330 63% Jdos. de Menores 135 25 160 84% TOTAL 21.678 8.241 29.919 72%

AÑO 2016. MÁLAGA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 68.356 14.387 82.743 83% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 24.219 8.643 32.862 74% Jdos. de Menores 188 134 322 58% TOTAL 92.763 23.164 115.927 80%

AÑO 2016. SEVILLA SOBRESEIMIENTOS RESTANTES

AUTOS TOTAL AUTOS

% SOBRESEIMIENTOS

JURISDICCIÓN PENAL

Jdos. Instrucción 34.818 19.871 54.689 64% Jdos. 1ª Instª. e Instr. 28.760 8.923 37.683 76% Jdos. de Menores 89 250 339 26% TOTAL 63.667 29.044 92.711 69%

I.6.10 MEDIDAS DE SEGUIMIENTO En este apartado se relacionan aquellos órganos judiciales que han sido objeto de

control por parte de la Sala de Gobierno del TSJA para supervisar la evolución de su actividad y, en concreto, la de aquellos aspectos en los que se apreció la existencia de alguna disfunción o irregularidad.

Durante el año 2016, se han abierto nuevos seguimientos y se han mantenido algunos ya iniciados en ejercicios anteriores. El hecho de que un expediente de seguimiento continúe abierto o se abra uno nuevo referente al mismo órgano judicial, no significa siempre la inexistencia de una mejoría en el funcionamiento: es posible que se estime necesario para verificar si la evolución favorable no es meramente coyuntural.

En numerosas ocasiones el seguimiento constituye una previsión de futuro, pues se adopta como medida cuya principal finalidad es evitar que aparezcan problemas venideros de mayor gravedad. No obstante, también es evidente que en otras ocasiones supone una solución para las deficiencias ya manifiestas y enquistadas.

En total han sido 43 los órganos judiciales sometidos a seguimiento durante el año 2016: cinco, en la provincia de Almería; nueve, en la provincia de Cádiz; uno, en la provincia de Córdoba; cuatro, en la provincia de Granada; dos, en la provincia de Huelva; dos, en la provincia de Jaén; nueve, en la provincia de Málaga; y once, en la provincia de Sevilla.

A continuación se detallan por provincias cuáles han sido los órganos judiciales sometidos a seguimiento, el objeto del mismo y cuál es el estado actual de cada expediente.

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MEMORIA 2016 165

1. ALMERÍA • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Huercal-Overa. Seguimiento Nº 10/15

sobre procedimientos civiles en ejecución. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Purchena: Seguimiento Nº 11/13 sobre

procedimientos civiles en ejecución. Continúa en trámite. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº

36/14 sobre escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 5 de Roquetas de Mar. Seguimiento Nº 2/16 sobre asuntos civiles anteriores a 2012, y de los procesos contenciosos registrados pero no incoados. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Vera. Seguimiento Nº 24/14 sobre procedimientos civiles en trámite. Continúa en trámite.

2. CÁDIZ • Juzgado de Instrucción Nº 3 de Algeciras. Seguimiento Nº 29/14 sobre

procedimientos abreviados. Archivado. • Juzgado de lo Penal Nº 2 de Algeciras. Seguimiento Nº 7/15 sobre procedimientos

de ejecutorias. Archivado. • Juzgado de lo Social Nº 1 de Algeciras. Seguimiento Nº 5/16 sobre asuntos

pendientes de señalar juicio. Continúa en trámite. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Barbate. Seguimiento Nº 17/14 sobre

la evolución de todos los procedimientos con presos preventivos. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Barbate. Seguimiento Nº 8/16 sobre la

evolución de todos los procedimientos penales. Continúa en trámite. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de La Línea de la Concepción.

Seguimiento Nº 31/14 sobre exhortos. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de La Línea de la Concepción.

Seguimiento Nº 45/12 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y diligencias previas. Archivado.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de San Roque. Seguimiento Nº 18/14 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Roque. Seguimiento Nº 8/14 sobre procedimientos civiles en ejecución, escritos de ejecución pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil y diligencias previas. Archivado.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de San Roque. Seguimiento Nº 15/15 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución y escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa abierto.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Ubrique. Seguimiento Nº 3/16 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil tanto en trámite como en ejecución. Archivado.

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MEMORIA 2016 166

3. CÓRDOBA • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Montoro. Seguimiento Nº 43/12 sobre

escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil, demandas pendientes de admitir a trámite y procedimientos civiles en ejecución. Continúa en trámite.

4. GRANADA • Sala de lo Contencioso Administrativo en Granada, del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía, Ceuta y Melilla. Seguimiento Nº 21/14 sobre ponencias y resoluciones turnadas a Magistrado. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia Nº 4 de Granada. Seguimiento Nº 9/16 sobre sentencias pendientes de dictar. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Baza. Seguimiento Nº 10/16 sobre escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Guadix. Seguimiento Nº 5/14 sobre 12 juicios ordinarios, 7 juicios verbales y 7 asuntos en materia de familia pendientes a la fecha de la Visita de Inspección incoados antes del 2010. Archivado.

5. HUELVA • Juzgado de lo Penal Nº 4 de Huelva. Seguimiento Nº 23/14 sobre ejecutorias.

Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Ayamonte. Seguimiento Nº 37/12

sobre procedimientos civiles en ejecución. Archivado. 6. JAÉN • Juzgado de lo Penal Nº 3 de Jaén. Seguimiento Nº 9/13 sobre procedimientos

abreviados pendientes de celebrar juicio. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Martos. Seguimiento Nº 12/15 sobre

procedimientos civiles en ejecución. Continúa en trámite. 7. MÁLAGA • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Estepona. Seguimiento Nº 1/15 sobre

escritos pendientes de proveer. Continúa en trámite. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Estepona. Seguimiento Nº 4/16 sobre

asuntos que se encuentran pendientes de incoar. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Estepona. Seguimiento Nº 12/16 sobre

procedimientos civiles en trámite y en ejecución. Continúa en trámite. • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Estepona. Seguimiento Nº 33/14 sobre

escritos pendientes de proveer y demandas pendientes de incoar. Archivado. • Juzgado de 1ª Instancia Nº 3 de Fuengirola. Seguimiento Nº 16/15 hasta la

terminación definitiva de los procedimientos en trámite de la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, así como de los procedimientos de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil cuyo proveido es del año 2013. Continúa en trámite.

• Juzgado de Instrucción Nº 2 de Marbella. Seguimiento Nº 9/15 sobre diligencias previas y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

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MEMORIA 2016 167

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Torrox. Seguimiento Nº 8/15 sobre procedimientos civiles en ejecución y dictado de las sentencias o de las resoluciones de fondo correspondientes a los procedimientos pendientes de este trámite. Continúa en trámite.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Velez-Málaga. Seguimiento Nº 11/15 sobre diligencias previas. Archivado.

• Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Melilla. Seguimiento Nº 28/14 sobre diligencias previas y procedimientos abreviados. Archivado.

8. SEVILLA

Juzgado de lo Penal Nº 5 de Sevilla. Seguimiento Nº 6/16 sobre señalamientos pendientes. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Alcalá de Guadaira. Seguimiento Nº 14/15 sobre demandas pendientes de admitir a trámite y escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Alcalá de Guadaira. Seguimiento Nº 2/14 sobre diligencias previas y procedimientos civiles en ejecución. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Coria del Río. Seguimiento Nº 4/14 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra. Seguimiento Nº 13/15 sobre los escritos pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra. Seguimiento Nº 11/16 sobre procedimientos civiles en ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 5 de Dos Hermanas. Seguimiento Nº 6/13 sobre procedimientos civiles en ejecución. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Lora del Río. Seguimiento Nº 34/14 sobre diligencias previas, procedimientos abreviados y juicios de faltas. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Lora del Río. Seguimiento Nº 1/16 sobre ejecuciones civiles iniciadas antes de 2008, y de las diligencias previas pendientes de incoación. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 de Lora del Río. Seguimiento Nº 7/16 sobre diligencias previas y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lora del Río. Seguimiento Nº 17/13 sobre las demandas pendientes de admitir a trámite, procedimientos civiles en trámite, diligencias previas y procedimientos abreviados. Archivado.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lora del Río. Seguimiento Nº 32/14 sobre procedimientos civiles en trámite anteriores a la Ley 1/2000, los monitorios y las ejecuciones y escritos civiles pendientes de proveer en el orden jurisdiccional civil. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Lora del Río. Seguimiento Nº 3/15 sobre las demandas pendientes de incoar, diligencias previas y procedimientos abreviados. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Lora del Río. Seguimiento Nº 8/13 sobre procedimientos civiles en trámite y en ejecución, demandas pendientes de incoar, diligencias previas y juicios de faltas. Continúa en trámite.

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MEMORIA 2016 168

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Sanlúcar la Mayor. Seguimiento Nº 1/14, archivado respecto a las demandas pendientes de incoar y a los escritos pendientes de proveer y que continúa en trámite respecto de los procedimientos civiles en trámite y en ejecución.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Utrera. Seguimiento Nº 9/14 sobre los procedimientos civiles en trámite y en ejecución y procedimientos penales en trámite y en ejecución. Continúa en trámite.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 de Utrera. Seguimiento Nº 13/16 sobre las demandas pendientes de incoación. Continúa en trámite.

Como RESUMEN FINAL cabe reseñar que el número de seguimientos

tramitados durante el año 2016 ha sido un total de 51 que, separados por años, se distribuirían de la siguiente manera: año 2012, 3 seguimientos; año 2013, 5 seguimientos; año 2014, 17 seguimientos; año 2015, 13 seguimientos; y año 2016, 13 seguimientos.

De esos 51 seguimientos se han archivado 24, continuando en trámite 27.

I.6.11 MEDIDAS DE APOYO JUDICIAL Durante el año 2016, en el ámbito territorial de este TSJA se han arbitrado un total de

sesenta y ocho medidas de apoyo judicial. De ellas, ocho lo han sido mediante comisión de servicio con relevación de funciones; cinco, a través de comisión de servicio sin relevación de funciones; y, el resto, cincuenta y cinco, mediante adscripción de Jueces de Adscripción Territorial.

La efectividad de estas medidas de refuerzo ha sido dispar, fundamentalmente por el hecho de no haber estado acompañadas, en general, por medidas correlativas de refuerzo de funcionarios, que hubiera posibilitado la tramitación de un número mayor de asuntos y celebración de vistas. En algunos casos, no obstante, se ha conseguido rebajar la pendencia de manera significativa, como se ha puesto de manifiesto en apartados anteriores de esta Memoria.

Por otra parte, cabe reseñar que se han llevado a cabo treinta y una adscripciones de JAT para cubrir vacantes o ausencias de titulares, así como que con esa misma finalidad se han implementado cinco comisiones de servicios con relevación de funciones.

La relación de las comisiones de servicio y de las adscripciones de los JAT se expone a continuación.

A) COMISIONES DE SERVICIO

De un total de dieciocho comisiones de servicio, trece lo han sido como medida de apoyo judicial y cinco para cubrir ausencias de titulares. A su vez, de las trece comisiones arbitradas como medida de apoyo judicial, ocho lo han sido con relevación de funciones. Seguidamente se detallan todas ellas, agrupadas por provincias.

CÁDIZ Comisión de servicio con relevación de funciones para suplir la ausencia de

Magistrada de la Sección 3ª (penal) de la Audiencia Provincial (por servir comisión de servicio con relevación de funciones en la Audiencia Nacional)

CÓRDOBA Dos comisiones de servicio con relevación de funciones para reforzar las secciones

penales de la Audiencia Provincial.

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MEMORIA 2016 169

Comisión de servicio con relevación de funciones para suplir la ausencia del titular del Juzgado de lo Penal núm. 1 (por servir comisión de servicio con relevación de funciones en las secciones penales de la Audiencia Provincial de Córdoba)

Comisión de servicio con relevación de funciones para suplir la ausencia del titular del Juzgado de lo Penal núm. 2 (por servir comisión de servicio con relevación de funciones en el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Sevilla)

Comisión de servicio con relevación de funciones para suplir la ausencia del titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 (por servir comisión de servicio con relevación de funciones en el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo)

GRANADA Dos comisiones de servicio sin relevación de funciones para reforzar la sala de lo

Contencioso Administrativo del TSJA Comisión de servicio con relevación de funciones para el Gabinete de Apoyo a la

Presidencia del TSJA. Comisión de servicio sin relevación de funciones para reforzar el Juzgado de lo

Social nº 1, servido por el Decano. HUELVA

Comisión de servicio sin relevación de funciones para reforzar el Juzgado de de Primera Instancia núm. 7, con competencia en materia de familia

JAÉN Comisión de servicio sin relevación de funciones para reforzar el Juzgado de de

Primera Instancia núm. 6, con competencia en materia de familia MÁLAGA

Cuatro comisiones de servicio con relevación de funciones para reforzar las secciones civiles de la Audiencia Provincial.

SEVILLA Comisión de servicio con relevación de funciones para reforzar el Juzgado de

Instrucción nº 6. Comisión de servicio con relevación de funciones para suplir la ausencia del titular

del Juzgado de lo Penal núm. 2 (por servir comisión de servicio con relevación de funciones en el Juzgado de Instrucción nº 6).

B) ADSCRIPCIONES DE LOS JUECES DE ADSCRIPCIÓN TERRITORIAL.

Durante el año 2016, los 57 Jueces de Adscripción Territorial con destino en este TSJA han sido adscritos fundamentalmente como refuerzo de otros órganos judiciales, aunque también han llevado a cabo funciones de sustitución por vacantes o ausencias de los titulares. En la relación que sigue, figuran las adscripciones realizadas por provincias y con distinción de las que lo han sido como refuerzo o en sustitución de Titular y en ella se incluyen las adscripciones de los Jueces de apoyo al Juez de Adscripción Territorial que se han efectuado, tanto de los que ostentaban esa condición al inicio del año 2016 -treinta y nueve- y que, sucesivamente, fueron cesando al obtener destino, como de los siete Jueces de apoyo al Juez de Adscripción Territorial que fueron destinados a este TSJA a lo largo de 2016.

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MEMORIA 2016 170

ALMERÍA - Como refuerzo:

Juzgado de lo Mercantil Juzgado de Primera Instancia Núm. 6 Juzgados de Primera Instancia Juzgados de lo Social Juzgados de lo Contencioso Administrativo Juzgados de lo Penal de Almería(hasta 17/03/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Vera Audiencia Provincial de Almería, Sección tercera (hasta 01/09/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Roquetas de Mar(hasta 17/03/2016)

- En sustitución del titular: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de El Ejido (desde 27/06/2016) Juzgado Contencioso Administrativo núm 2 de Almería (hasta 17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm.2 de Huércal-Overa (desde

01/02/2016 hasta 01/09/2016) CÁDIZ

- Como refuerzo: Juzgados Penales de Jerez de la Frontera Juzgado de lo Mercantil de Cádiz Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Jerez de la Frontera Juzgados de lo Social de Jerez de la Frontera (hasta 17/03/2016) Juzgado de lo Contencioso Administrativo num. 1 de Algeciras (hasta 01/09/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Chiclana de la Frontera números 3 y

4 (hasta 01/09/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Chiclana de la Frontera números 1 y

2 (hasta 17/03/2016 y desde 30/12/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Barbate (desde 09/03/2016

hasta 01/09/2016) - En sustitución del titular:

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de San Fernando (desde 15/11/2016)

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Barbate (hasta 09/03/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de San Roque (hasta 17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Chiclana de la Frontera (hasta

01/09/2016) Juzgado de Instrucción num. 3 de Algeciras (hasta 01/09/2016)

CEUTA

- En sustitución del titular: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 (hasta 01/05/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 (desde 02/05/2016)

CÓRDOBA

- Como refuerzo: Juzgados de lo Social

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MEMORIA 2016 171

Juzgado de lo Mercantil Juzgado de Primera Instancia num. 3 (hasta 17/03/2016)

- En sustitución del titular: Juzgado Penal num. 1 (hasta 17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia num. 3

GRANADA

- Como refuerzo: Juzgado de lo Mercantil Juzgados de lo Social Juzgados Contencioso Administrativo Juzgados de Primera Instancia num. 3 y 10 (hasta 15/09/2016) Audiencia Provincial, Sección segunda (desde15/09/2016) Juzgados de Primera Instancia (hasta17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia num. 4 (09-30/11/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción núm. de Santa Fe (hasta17/03/2016 y

desde 28/07/2016 hasta 04/11/2016) Juzgado de lo Penal núm. 6 (desde 04/04/2016 hasta 01/09/2016)

- En sustitución del titular: Juzgados de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Santa Fe (desde 04/11/2016) Audiencia Provincial, Sección primera. Juzgado de Instrucción núm. 1 (desde 01/03/2016 hasta 04/04/2016)

HUELVA

- Como refuerzo: Juzgados de lo Social (hasta 01/09/2016) Juzgado de lo Mercantil Juzgados de lo Penal (desde 15/03/2016 hasta 01/09/2016)

- En sustitución del titular: Juzgado de lo Mercantil (desde 22/12/2016) Juzgado Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Ayamonte (hasta 01/09/2016) Juzgado de lo Penal núm. 4 (hasta 22/12/2016)

JAÉN

- Como refuerzo: Juzgados de lo Social (hasta 01/09/2016) Juzgado de lo Penal núm. 4 (desde08/04/16) Juzgados de lo Contencioso Administrativo (hasta 05/09/2016) Juzgado de Primera Instancia núm. 4 –Mercantil- Juzgado de Primera Instancia núm. 6 –Familia- (hasta 23/05/2016) Audiencia Provincial de Jaén, sección civil (desde 3/05/2016)

MÁLAGA

- Como refuerzo: Juzgados de lo Social Juzgados de lo Contencioso Administrativo

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MEMORIA 2016 172

Juzgados de Familia Juzgados de lo Mercantil Juzgados de lo Penal (hasta 17/03/2016) Juzgados de Primera Instancia de Fuengirola (hasta 17/03/2016) Juzgados de Primera Instancia de Torremolinos (hasta 17/03/2016) Juzgados de lo Penal núm. 12, 13 y 14 de Málaga (desde 19/09/2016) Juzgado de Instrucción núm. 1 de Marbella (hasta 27/06/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Estepona Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 3 y 5 de Estepona (hasta 17/03/2016) Juzgado de Primera instancia e Instrucción núm. 5 de Estepona (desde 28/07/2016)

- En sustitución del titular: Juzgado de lo Penal núm. 12 de Málaga (hasta 19/09/2016) Juzgado de lo Penal núm. 14 de Málaga (desde 27/06/2016) Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Málaga Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Málaga (hasta 24/10/2016) Juzgado de Primera Instancia núm. 13 de Málaga. Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Torremolinos Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Marbella (desde 28/07/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 3 de Estepona (hasta 01/09/2016)

MELILLA

- En sustitución del titular: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2

SEVILLA

- Como refuerzo: Juzgados de lo Mercantil. Juzgados de lo Social. Juzgados de lo Penal. Juzgados de Familia. Juzgados de Primera Instancia. Juzgado de Instrucción núm. 6 de Sevilla (desde 01/02/2016) Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm. 1 de Utrera (hasta 17/03/2016 y desde

28/07/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 y 4 Sanlúcar La Mayor (desde

03/05/2016) Juzgados de Primera Instancia e Instrucción núm. 3 y 4 de Sanlúcar La Mayor (hasta

17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 y 3 de Utrera (hasta 17/03/2016)

- En sustitución del titular: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción num. 2 de Ecija (desde 28/07/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 3 de Sanlucar la Mayor (de

09/05/2016 a 01/09/2016). Juzgado Primera Instancia e Instrucción núm. 3 de Carmona (hasta 17/03/2016) Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Lora del Río (hasta

17/03/2016).

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MEMORIA 2016 173

II. ANÁLISIS JUDICIAL

II.1 2010-2016: MÁS DE UN LUSTRO ESPERANDO La Memoria anual de actividades y funcionamiento de este Tribunal Superior de Justicia

del año 2016 refleja los datos estadísticos de los diferentes órganos judiciales radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, y contiene la actividad de índole gubernativa desplegada por el Tribunal, exponiendo, en definitiva, la situación de la justicia en este ámbito territorial. Por otra parte, conforme a las normas que regulan este documento (artículos 152.1.9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 143.3º del Estatuto de Autonomía de Andalucía), la Memoria anual ha de indicar las medidas que se consideren necesarias para la corrección de las deficiencias advertidas.

Así se ha venido haciendo año tras año con la intención de ofrecer a los responsables de la gestión y organización de la Administración de Justicia las claves para una actuación eficaz sobre las carencias y necesidades acuciantes de nuestra Justicia. Se ha venido significando cuáles son esas deficiencias que lastran el buen funcionamiento del sistema judicial y cuáles deben ser, a nuestro juicio, las medidas que pueden adoptarse para corregirlas. Sin embargo, transcurrido más de un lustro, el camino recorrido es decepcionantemente corto, pese a reiterar año tras año que el actual sistema es insostenible y poco operativo, por lo que se imponen soluciones rápidas y consensuadas que conformen un nuevo modelo y traigan la imprescindible racionalización de los instrumentos personales y materiales que sirven a la función jurisdiccional, junto a reformas que culminen con la modernización de la justicia y de las leyes procesales.

Puede afirmarse, sin duda alguna, que el escenario, en líneas generales, sigue siendo el mismo. En este contexto, nuestra responsabilidad nos obliga a seguir poniendo de manifiesto aquello que consideramos necesario para mejorar y hacer eficaz el desempeño de nuestra función judicial y cumplir la misión de tutelar de forma efectiva los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. Por esa razón, aún sumidos en la desesperanza que provoca el olvido de la complicada situación en que nos encontramos por parte de quiénes tienen la responsabilidad y la capacidad legal y económica de arbitrar las soluciones que permitan superar esa realidad, debemos continuar reiterando los enormes déficits que tiene nuestra Justicia y cuáles son las actuaciones que debieran arbitrarse para corregirlos. Y, al respecto, entendemos que en el momento actual ese ejercicio de responsabilidad debe materializarse recordando todo aquello que se dijo en Memorias anteriores, ya que, desgraciadamente, mantiene plena su vigencia y muestra sin ambages el escaso camino recorrido.

Así, en la Memoria-2010 se exponía que "el atasco que sufren los Juzgados, pese al más que notable esfuerzo de los jueces y tribunales, es un mal casi endémico, que parece tener difícil solución, pero que, en modo alguno, debe hacernos perder la ilusión y el compromiso por cambiar tal escenario. Nuestra maquinaria judicial padece unos déficits históricos que lastran su incorporación a la modernidad, lo que exige un alto nivel de compromiso y marca un denominador común muy claro: dar un salto cualitativo importante, llegar a más, asegurando que el avance no sea excesivamente lento, ni falte coordinación o voluntad sostenida. Este reto demanda un trabajo permanente para mejorar los tiempos de respuesta y mantener la calidad y rigor en las resoluciones". Seguidamente, conscientes y solidarios con la situación de crisis actual, pedíamos asumir el reto de mejorar la cualificación y rendimiento de los actuales recursos humanos y materiales (modernizar y racionalizar). El diagnóstico es claro en cuanto a los objetivos futuros: a) transformación tecnológica, b) transformación organizativa (funcional y trabajo colegiado), c)

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dimensionar/racionalizar el volumen de entrada de asuntos (hacia una justicia sostenible) y d) modificación de la planta judicial".

La primera reflexión de la Memoria-2011 era que “seguimos donde nos encontrábamos al inicio de la anterior Memoria, esto es, con la dificultad, por no decir imposibilidad, de aproximarnos a la meta del “rendimiento óptimo de la justicia”.....La falta de aumento de plazas judiciales, las medidas de refuerzo inadecuadas o insuficientes y, en fin, la demora en reformas en la organización del sistema de trabajo, son, sin duda, factores que inciden en este resultado o percepción negativa, pese al general esfuerzo y laboriosidad.… Y la segunda reflexión exteriorizaba "la insostenibilidad del actual sistema organizativo, cuya reforma -indiscutible e indiscutida- está perfectamente diagnosticada en distintos apartados en cuanto a los objetivos futuros, muy lejos de alcanzarse.… Hay que seguir reivindicando la modernización y transformación radical de la justicia frente a la insostenibilidad del actual sistema, que exige soluciones rápidas y consensuadas para garantizar la tutela judicial efectiva en una triple dirección:a) transformación tecnológica, b) transformación organizativa/funcional, c) dimensionar/racionalizar el volumen de entrada de asuntos”.

Con distintas palabras, pero igual significado, la Memoria-2012 reflejaba que “la justicia, como valor máximo de nuestra sociedad, se encuentra seriamente deteriorada; al mismo tiempo, el modelo de administrar justicia no es nada satisfactorio, es insostenible y no permite rentabilizar los recursos de los que dispone. Se habla, con razón, del colapso del proyecto de modernización de la justicia, que tuvo como hito clave el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia el 28 de mayo de 2001, sustituido en el tiempo por dinámicas ciegas y una tendencia, simplemente, de añadir y parchear. Urge recuperar el discurso sobre la razón pública que infundió dicho Pacto de Estado y permita afirmar, sin ambages, que la justicia en España tiene solución, para lo cual es imprescindible saber a ciencia cierta cuál es nuestro modelo futuro de justicia.

A continuación, esa misma Memoria recordaba por su transcendencia, entre otras, las siguientes reformas pendientes: 1ª. Estructura organizativa. Reiteramos, un año más, las actuales distorsiones de la organización que debe servir de soporte, instrumento y apoyo al ejercicio de la función jurisdiccional. Seguimos con serias dudas sobre la calidad de la acción política al respecto. Reiteramos la obligación de redistribuir y reducir efectivos en órganos colegiados. 2ª. Un problema importante viene constituido por la defectuosa organización y distribución de la planta judicial. Debemos caminar hacia una mayor concentración jurisdiccional, junto a un decidido compromiso para que los órganos judiciales sean preferentemente especializados y cuenten, en condiciones de igualdad, con similares servicios complementarios. 4ª. Reforma de la jurisdicción penal. Sigue siendo nuestra gran asignatura pendiente. Llevamos varios años desde esta Sala de Gobierno insistiendo en la necesidad de introducir cambios procesales inmediatos en el orden jurisdiccional penal, ámbito especialmente sensible".

La Memoria-2013 apuntaba, de nuevo, que "los problemas y disfunciones se repiten, de forma que no podemos reflejar avances significativos en materia de administración de justicia. En este sentido, las demandas exteriorizadas en las Memorias anteriores del TSJA mantienen plena vigencia y actualidad, por lo que las líneas de actuación sugeridas como imprescindibles e inaplazables afloran un año más con idéntica urgencia y necesidad. Así, pues, vuelve a ser necesario reproducir mensajes ya conocidos: contamos con una precisa radiografía de las deficiencias y disfunciones, de los compromisos escasamente desarrollados con la Administración de Justicia, circunstancias que la hacen diferente -y mucho menos eficaz- a otras esferas de la propia Administración del Estado respecto de las que sí ha existido voluntad política de mejora".

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En el análisis correspondiente al año 2014 se seguía idéntica dinámica y la Memoria constataba que la expresión del estado de la Justicia en nuestra Comunidad Autónoma se “justifica, incluso se agota en sí mismo, al reproducir mensajes harto conocidos e idénticos problemas de años anteriores, ya que las disfunciones en materia de administración de justicia se repiten miméticamente y no hay avances significativos. La justicia, eterna asignatura pendiente de ser tratada como cuestión de Estado, sigue con una problemática histórica conocida: exceso de litigiosidad, deficiencias organizativas, de gestión de personal, tecnológicas, dispersión de sedes, arcaica legislación.

Y, a continuación, se hacía una referencia, no exhaustiva, de algunas cuestiones pendientes: 1º Seguimos un año más con idéntica estructura organizativa. 2º No hemos conseguido implantar en Andalucía la Nueva Oficina Judicial. 3º La carencia de avances en la implantación de un nuevo modelo organizativo de Oficina Judicial agrava la actual situación, máxime cuando sigue paralizada la modificación de plantillas y reordenación de efectivos personales. 4º Sigue sin mejorar la gestión de las medidas de apoyo judicial y refuerzo en órganos judiciales sobrecargados o mal dimensionados. 5º No hemos conseguido una mínima capacidad de gestión, cuando menos para ejercer funciones de planificación y ejecución de las medidas de refuerzo en órganos jurisdiccionales. 6º Sigue sin racionalizarse el ámbito de la justicia penal, lastrado en su funcionamiento y con una exasperante lentitud en múltiples asuntos, atribuible en parte a la vigente legislación procesal. Padecemos un proceso penal desestructurado, que avanza a un ritmo desesperadamente lento, incompatible con las exigencias de celeridad y eficacia. 9º Pocos cambios en las infraestructuras judiciales, de forma que, por quinto año consecutivo, reflejamos una situación muy parecida en el ámbito de este TSJA, caracterizada por las excesivas deficiencias y serias carencias que encontramos en el mapa de los edificios judiciales andaluces, producto del natural deterioro de edificios e instalaciones por el transcurso del tiempo, en unos casos, y del incompleto desarrollo del Plan de Infraestructuras elaborado por la correspondiente Consejería de la Junta de Andalucía...”

Y, en fin, la última Memoria-2015 recogía un discurso ya conocido y reiterado, afirmando "la similitud entre las medidas reclamadas año tras año, pues llevamos cinco años reivindicando propuestas similares, lo que implica cierto punto de desesperanza. Pero es necesario insistir, actualizar y explicitar la partitura, sin caer en el desánimo. El diagnóstico se mantiene en términos parecidos y la reforma de la organización judicial sigue siendo una condición necesaria para alcanzar la justicia moderna, eficiente y de calidad a la que todos aspiramos. El modelo actual, de estructura atomizada, dispersa, estanca y carente de capacidad adaptativa, resulta disfuncional e inadecuado, por lo que es imprescindible priorizar los aspectos estructurales sobre los que realizar actuaciones, en aras a lograr una organización judicial que haga efectivo el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos". Y se enumeraban y desarrollaban cinco grandes líneas de actuación, pues significan potencialidades tendentes a la mejor organización y gestión de nuestro sistema judicial: “1ª Implantar un modelo organizativo cuyo engranaje de funcionamiento sea la digitalización. 2ª Profundizar en el principio de colegiación en el funcionamiento de los órganos judiciales, en aras a la optimización y mejor gestión de los recursos. 3ª Impulsar la especialización jurisdiccional y comarcalización de ciertos Juzgados. 4ª Transformación y/o optimización de Juzgados y jurisdicciones. 5ª ser una realidad palpable el plan de choque con jueces y funcionarios de refuerzo en algunos partidos y jurisdicciones”.

Llegada la Memoria-2016, resulta fácil apreciar que las consideraciones y propuestas que se han venido haciendo estos últimos años pueden hoy mantenerse sin dificultad ninguna. El resumen de todo el avance experimentado es anecdótico: nos encontramos en

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un primer estadio, importante aunque incipiente, de transformación tecnológica, seguimos con la misma estructura organizativa y funcional, tanto en lo que respecta a los Jueces y Magistrados, como a los Cuerpos de funcionarios de la Administración de Justicia, la planta judicial permanece prácticamente invariable y, en fin, en materia de oficina judicial, tenemos dos proyectos piloto inacabados (El Ejido y Vélez-Málaga) y el inicio de un tercero (la oficina fiscal en Sevilla y Dos Hermanas).

Así, pues, durante 2016 apenas se han producido cambios con relación a la situación que describe el compendio de memorias anuales elaboradas a partir del año 2010. Únicamente podemos hablar de avances y cambios cualitativos en el proceso de digitalización, mediante el asentamiento del sistema de presentación telemática de escritos y realización de los actos de comunicación, si bien quedan importantes deficiencias a corregir, y se ha iniciado el proceso de implantación del expediente y la firma digital, al que también queda un importante trayecto por recorrer.

En el resto de apartados, ningún avance significativo se ha materializado en el sistema organizativo de la Oficina Judicial, donde todo apunta a una voluntad de implantación más testimonial que efectiva. Sigue sin abordarse la necesaria reordenación de efectivos, algo a lo que parece resistirse la Administración autonómica competente, lastrando así cualquier posibilidad de eficiencia en la organización y funcionamiento de las oficinas judiciales, soporte del ejercicio de la función judicial y, con ello, toda perspectiva de mejora en la calidad del servicio que prestamos. Tampoco las reformas procesales han supuesto el impulso de modernización que se pretendía, sin duda, cercenadas en su eficacia por una absoluta falta de reformas en el ámbito organizativo de la estructura judicial, cuya colegiación se intuye desde hace tiempo como única salida posible ante la situación en que nos hallamos.

No obstante lo hasta ahora dicho, es menester cumplir con la obligación de detallar en cada Memoria anual la situación concreta y las medidas necesarias para mejorar el sistema judicial. Para ello, vamos a seguir el esquema de los tres ejes que cada anualidad hemos venido considerando como fundamentales: transformación tecnológica, modificación de la estructura organizativa de nuestros Juzgados y Tribunales, y reformas legislativas precisas para modernizar nuestros procesos.

Somos conscientes, y lo reiteramos cada año, que los desafíos a los que se enfrenta la justicia son muchos y son complejos, pero demorarlos agrava el problema y dificulta las soluciones, ya que los años de retroceso triplican los años de recuperación. Reorganizar la justicia, dotarla de más recursos, un mapa judicial y una organización al servicio de una justicia eficaz y ágil, no de intereses localistas, una oficina judicial al servicio de la Justicia, no al intereses corporativistas, mejorar y cambiar la instrucción penal, potenciar medidas disuasorias del exceso de litigiosidad, etc. Son cambios tan necesarios que, mientras no se hagan, será muy difícil materializar plenamente esa aspiración constitucional de una justicia ágil y eficaz, de una tutela judicial efectiva.

1. Transformación tecnológica No podemos permanecer ajenos al proceso de cambio tecnológico, que debe ser el eje

vertebrador de todo el proceso de modernización. Y tampoco puede ocultarse que el año 2016 ha supuesto el inicio de una transformación tecnológica largamente demandada. La puesta en marcha del proceso de digitalización judicial no ha estado exenta de dificultades ni su desarrollo se vislumbra pacífico en ese sentido, si bien puede afirmarse que es un proceso sin retorno. Lo demuestran los datos facilitados por la propia Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía de más de 14 millones de notificaciones telemáticas realizadas, así como más de 2,1 millones de escritos y demandas que entraron de manera telemática en

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los órganos judiciales andaluces, referentes a la presentación de escritos y documentos y realización de actos de comunicación durante el año 2016 con abogados, procuradores, graduados sociales y servicios jurídicos de todas las Administraciones públicas.

Sin embargo, está claro que todavía nos encontramos en el principio de la transformación tecnológica y las dificultades, disfunciones, y problemas técnicos pueden surgir en cualquier momento (un ejemplo lo tenemos en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, donde se reproducen con demasiada asiduidad problemas relacionados con el acceso al directorio activo, que afecta al sistema de gestión procesal e impide el trabajo en todos los órganos judiciales y fiscalías).

Queda pendiente la extensión de la obligatoriedad en el uso de los medios electrónicos para la presentación de escritos y documentos y realización de actos de comunicación a Administraciones, Organismos públicos, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hospitales y a personas, físicas o jurídicas, que no estando representadas o asistidas por profesional de la justicia, estén obligadas a intervenir a través de medios electrónicos con la Administración de Justicia. Ya se ha iniciado este proceso a comienzos de este año 2017 y sería fundamental culminarlo con prontitud, sumando al mismo al Ministerio Fiscal, único protagonista judicial respecto del que aún no ha comenzado este proceso de transformación tecnológica, para quién transitoriamente, hasta el 1 de enero de 2018, está establecido un plazo singular en relación con los actos de comunicación, de diez días naturales desde la fecha de recepción de la comunicación, transcurrido el cual se entenderá realizada la comunicación y comenzarán a producirse los efectos procesales de la misma, incluido el inicio del computo del plazo procesal correspondiente (DT 4ª.1 Ley 42/2015).

Por otra parte, a finales del 2016 entró en funcionamiento la sede judicial electrónica de Andalucía, que permite la creación de un espacio en el que la Administración de Justicia, la ciudadanía y los profesionales, se pueden relacionar en el marco de la actividad judicial con las garantías procesales necesarias. Además de información al ciudadano y los profesionales, establece la puesta a disposición en las oficinas judiciales de un registro electrónico de apoderamientos apud acta otorgados electrónicamente para quién ostente la condición de interesado en un procedimiento judicial a favor de representante, para actuar en su nombre ante la Administración de Justicia. El ciudadano, con su DNI electrónico o certificado judicial, tiene la posibilidad de consultar telemáticamente el estado de tramitación de los procedimientos judiciales permitiendo a los mismos conocer la fase en que se encuentra el expediente en un órgano Judicial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo, 2016 ha sido el año de la puesta en marcha del expediente judicial electrónico. La Consejería de Justicia ha incorporado la funcionalidad de la firma electrónica al sistema Adriano y ha proporcionado un visor de expedientes para que se pudiera visualizar el expediente judicial electrónico. Según la información facilitada por la propia Consejería, desde principios de 2016 se llevan realizadas más de 9 millones de firmas digitales en los órganos judiciales, si bien sólo el 15% lo han sido por Jueces y Magistrados. A su vez, para facilitar el trabajo con el incipiente expediente judicial electrónico, se ha dotado durante 2016 a las 437 salas de vista de un portátil conectado a las pantallas de videoconferencia para hacer posible la consulta o exhibición de documentos durante la vista oral.

Ahora bien, queda mucho por hacer con relación al expediente judicial electrónico para lograr una plena operatividad del mismo y facilitar la función jurisdiccional, aspecto clave de este proceso de cambio. Somos conscientes que la Consejería de Justicia continua trabajando en ese sentido, corrigiendo las disfunciones que se plantean y desarrollando nuevas potencialidades. Así, anuncia para un futuro más o menos inmediato una evolución

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de las herramientas implantadas y una nueva versión (v2.9.5) de Adriano con mejoras relacionadas con gestión de negociados, perfeccionamiento de las consultas con fines de mejorar la explotación estadística, así como introducción de un nuevo sistema de gestión de alarmas en la ejecutoria penal y de control de plazos de instrucción. Otro reto cuya superación se anuncia para este mismo año es la disponibilidad de acceder al expediente judicial electrónico desde fuera de la oficina judicial. Al respecto, la Dirección General de Infraestructuras y Sistemas va a proceder a la ejecución de un Plan de Movilidad del puesto de trabajo, con el objetivo de estar completado durante el primer semestre del presente año.

Es evidente que este proceso de modernización tecnológica no se va a detener y los jueces y magistrados no podemos permanecer ajenos, pero, al mismo tiempo, no debe olvidarse que la oficina judicial y los medios técnicos e informáticos, tienen una finalidad instrumental en relación con el ejercicio de la función jurisdiccional, de forma que la implantación de nuevas tecnologías sólo tiene sentido si contribuye a mejorar o, al menos, no obstaculiza, el ejercicio de la labor judicial, lo que, por el momento, no se ha logrado, tal y como exteriorizan múltiples quejas que se reciben en la Sala de Gobierno del TSJA, que nos ilustran acerca de la necesidad de que "el expediente digital sea efectivamente tal y no un simple expediente documental escaneado".

Es elocuente, en este sentido, lo exteriorizado en el Seminario sobre “el Proceso judicial digitalizado”, celebrado en el ámbito del Plan anual de Formación del Consejo General del Poder Judicial, al referir que vienen surgiendo “problemas y situaciones diversas (entre otras, la lentitud de los sistemas, la imposibilidad o dificultad para trabajar desde el domicilio, las daciones de cuenta insuficientes, la deficiente asistencia técnica, la falta de información y de formación a los jueces) que ponen de manifiesto que desde las Administraciones competentes no siempre se tiene en consideración la relevancia de la función jurisdiccional y el carácter instrumental de la oficina” y, por derivación, del expediente judicial electrónico. Coincidimos con numerosos jueces y magistrados en considerar necesaria una adecuada inversión en medios materiales para la correcta implantación del expediente judicial electrónico pero, sobre todo, en que resulta imprescindible que desde el Consejo General del Poder Judicial se defina el entorno de trabajo del juez. Entendemos que debe ser “el Consejo y no el Ministerio de Justicia o las Comunidades Autónomas, el que debe determinar cuáles son los medios materiales de los que debe disponer el juez tanto en su despacho profesional como para el trabajo remoto y qué características deben reunir los programas y aplicaciones informáticas que van a ser usados por los jueces. Sin olvidar la perspectiva de la salud y los nuevos riesgos laborales”.

Nos encontramos, por tanto, en uno de los capítulos, el tecnológico, en el que se vislumbra una apuesta seria y decidida por parte de la Administración competente por una modernización real, aunque, a pesar del avance en esta materia durante 2016, todavía estamos en los albores de esa transformación tecnológica. Eso sí, hay que reconocerlo, con buenas perspectivas de evolución futura que confiemos no se frustren.

2. Modificación de la estructura organizativa de nuestros Juzgados y Tribunales El 23 de enero de 2014 fue publicado el Decreto por el que se regula la organización y

estructura de las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía, respondiendo, según puede leerse en el Portal Adriano, a “una necesidad legal y de gestión acometer” su implantación. En dicho Decreto se estructura la Nueva Oficina Judicial en tres niveles, dado el número de partidos judiciales existentes y la diversidad de los mismos, posibilitando así que el modelo organizativo pueda atender a sus dimensiones, número de órganos y otras características esenciales. Desde entonces, entre estos tres niveles -que responden a partidos judiciales sedes de Salas del TSJA (nivel I), partidos judiciales con jurisdicciones separadas (nivel II) y

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partidos judiciales sin jurisdicciones separadas (nivel III)-, sólo en el nivel III se ha puesto en marcha un proyecto de implantación de esta nueva Oficina judicial, aunque reducido a dos partidos judiciales: Vélez-Málaga y El Ejido. No podemos hablar de un balance aceptable, cuando son indudables las ventajas que este nuevo modelo organizativo comporta tanto para la ciudadanía como para el propio personal al servicio de la Administración de Justicia y, sin embargo, no se avanza en el proceso de implantación, salvo que en 2018 se materialice en el partido judicial de Córdoba, en el contexto del nuevo edificio judicial, según iniciativa que nos acaba de transmitir la Consejería, presentando un proyecto de orden de implantación y aprobación de RPT de NOJ en Córdoba, a efectos de comenzar el proceso de elaboración normativa y negociación sindical.

Más negativa es aún la situación, si tenemos en cuenta que esa falta de generalización del nuevo modelo organizativo no está siendo suplida por medida alguna de reordenación de los efectivos personales de que ahora se disponen, con la consecuencia de mantener un año tras otro una rígida estructura de trabajo y gestión del personal que impide funcionar, como ya hemos dicho en tantas ocasiones, con criterios de “agilidad, eficacia, eficiencia, racionalización y responsabilidad por la gestión” (art. 435.3 LOPJ). La Memoria-2013 incidía en la necesidad de la modificación de plantillas y reordenación de efectivos personales, ya que son demasiado evidentes las dificultades originadas por una rígida estructura de trabajo y gestión del personal, de forma que la Sala de Gobierno volvía a repetir las distorsiones ampliamente conocidas: órganos con exceso de funcionarios y otros con una plantilla muy escasa, que se mantiene invariable en número durante los últimos veinte años, sin atender las necesidades reales del trabajo y de la población; ausencia de movilidad funcionarial en el entorno laboral más inmediato; cambios constantes en la plantilla y retrasos en la cobertura de vacantes; alto número de interinos y falta de especialización; defectuosa gestión de las medidas de refuerzo en órganos con escasa plantilla o sobrecargados de trabajo, etc.

A) Bien que hemos reflexionado, año tras año, sobre la rigidez organizativa de las Audiencias Provinciales, que no permite margen de maniobra y resalta la necesidad de una mayor flexibilidad, de manera que se pueden adoptar medidas de apoyo y gestión más eficaces. Pese a ello, sigue en el olvido la primera propuesta al respecto, recogida en la Memoria-2010, relativa a iniciar un nuevo modelo organizativo con carácter inmediato en las Audiencias Provinciales, donde produciría menos distorsiones a la vista de su funcionamiento colegiado y reducida tramitación procedimental, singularmente en la segunda instancia civil o penal. A nuestro juicio, la opción de mayor calado, efectiva y valiente, además conectada con la filosofía propia de la NOJ, que esta Sala de Gobierno lleva reclamando desde hace más de cinco años, sería constituir una oficina común única, dentro de cada orden jurisdiccional (civil y penal), para las Secciones de las Audiencias Provinciales, en la que se integrarían el número oportuno de funcionarios y Letrados de la Administración de justicia. Y, de forma transitoria e inmediata, conscientes de las peculiaridades y problemática del orden jurisdiccional penal y de la incidencia de la fase de ejecución, hemos pedido lo más urgente y razonable: que la Consejería de Justicia procediera a una reducción y redistribución de efectivos personales en el ámbito de las Secciones civiles de las Audiencias Provinciales, con objeto de reasignar funcionarios y reforzar las Secciones penales, con lo que procederíamos con criterios de eficacia y eficiencia para una mejor prestación del servicio.

Pese a lo expuesto, ninguna de estas dos opciones, solicitadas y reiteradas expresamente a la Consejería de Justicia, ni cualquier otra, han sido adoptadas, impidiendo ganar en eficacia y eficiencia con los actuales recursos humanos, así como dotar de mayor agilidad al trabajo en las Secciones penales, que podrían dotarse de alguna Sección bis

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funcional, integrada por Magistrados de cualquiera de las demás Secciones, lo que daría mayor operatividad y tendría especial relevancia en las Audiencias Provinciales (singularmente, Cádiz, Granada, Málaga y Sevilla). En esta Memoria se reitera nuevamente a la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, responsable de poner en funcionamiento estas potencialidades organizativas.

B) En igual sentido, es posible observar que, desde el año 2010, ha sido escasa la receptividad de la Consejería respecto de la petición expresa de este TSJA en orden a potenciar y generalizar en todos los órganos judiciales de Andalucía Servicios Comunes Procesales (SCP) de registro, reparto, comunicaciones y, especialmente, de ejecutorias. Llama la atención, por ejemplo, que La Línea de la Concepción (Cádiz) siga careciendo de Servicio Común, hasta el punto que sólo cuenta con un funcionario para toda esta labor, con las disfunciones que se producen, singularmente en momentos de ausencias justificadas, bajas laborales o mayor sobrecarga de trabajo. Y tampoco se han iniciado ni generalizado los Servicios Comunes Procesales de Ejecutorias, básicos en determinadas ciudades ante el deterioro y aumento alarmante de las ejecuciones pendientes, medida organizativa reclamada desde la Memoria 2010 y sobre la que insistía la Memoria 2015: "debe abordarse la implantación de Servicios Comunes de Ejecutorias, básicos en determinadas ciudades ante el aumento alarmante de las ejecuciones pendientes. Puede empezarse por ciudades más pequeñas (por ejemplo, Jaén). Desde el año 2010 la Sala de Gobierno del TSJA lo lleva demandando para Andalucía. Debe avanzarse en Servicios Comunes Generales que integren los actuales Servicios de Decanato con los de Notificaciones y Embargos (Almería, Jaén y Huelva, por ejemplo)".

C) Toda esta problemática deja en entredicho la eficacia y calidad del sistema de justicia, aspecto objeto de reflexión desde la Memoria-2012, que reiteraba la defectuosa gestión de recursos personales y ejemplificaba una dinámica carente de cohesión institucionalizada y estable, que pone de manifiesto la afectación negativa en el desenvolvimiento cotidiano de la actividad directamente dirigida a la prestación del servicio público que nos ocupa, de forma que seguimos dependiendo en el día a día del voluntarismo personal, esto es, de la actitud y aptitud de los que desempeñan sus funciones en el ámbito de la Administración de Justicia.

Aparece, pues, como imprescindible que la Consejería de Justicia realice, sin más dilaciones, una reordenación de efectivos y nueva Relación de Puestos de Trabajo, adecuada a la situación actual de los órganos judiciales de nuestra Comunidad Autónoma. El TSJA lleva insistiendo durante los últimos años en esta asignatura pendiente de la Administración responsable: la urgente e imprescindible reordenación de efectivos y mejor optimización de los recursos personales ya que contamos con plantillas sobredimensionadas y, por el contrario, muy escasas en otros lugares de trabajo, lo que repercute en la productividad y en el resultado final. La redistribución de efectivos es básica para que los Juzgados o Tribunales con mayor carga de trabajo incrementen sus plantillas o sean reforzados temporalmente.

D) En la Memoria-2011 se propuso profundizar en la comarcalización de ciertos Juzgados, con la consiguiente y beneficiosa especialización jurisdiccional. Precisamente la Memoria-2015, en el contexto obligado de transformación y/o optimización de Juzgados y jurisdicciones, comentaba la reforma del artículo 87 bis.2 LOPJ para que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer "extiendan su jurisdicción a dos o más partidos dentro de la misma provincia". Y se hicieron propuestas concretas por cada provincia andaluza, previo informe exhaustivo de todos los Presidentes de Audiencias Provinciales, que no han tenido recorrido alguno hasta el momento.

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E) Y, en fin, terminamos esta crónica de proyectos inacabados y asignaturas pendientes, recordando que un nuevo sistema de justicia más ágil y eficaz exige no dilatar más tiempo una organización de trabajo colegiado y compartido, que permita la mejor gestión y aprovechamiento de los actuales recursos, así como una mayor uniformidad procesal y de respuesta jurídica. Como se ha reiterado hasta la saciedad, y se insiste especialmente desde la Memoria-2014, el legislador debe acometer sin más demora una reforma de la estructura organizativa judicial hacia una colegiación de los órganos jurisdiccionales unipersonales y organización funcional similar a la de las Salas y Audiencias, al tiempo que una flexibilización aún mayor en los órganos de la segunda instancia, singularmente las Audiencias Provinciales. En esta línea, basta con añadir un nuevo artículo 98 bis en la Ley Orgánica del Poder Judicial, del siguiente tenor literal: "La adscripción de los jueces y magistrados a los diversos Juzgados de un mismo partido judicial tendrá carácter funcional cuando no estuvieren separados por órdenes jurisdiccionales o por especialidad. Si lo estuvieren, la adscripción será funcional exclusivamente dentro de los del mismo orden o especialidad. Los magistrados de cada orden jurisdiccional o especialidad se distribuirán los asuntos en Junta de Jueces, presidida por el Decano, conforme a normas de reparto predeterminadas y públicas, que se aprobarán por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. Asimismo, los jueces y magistrados de cada orden jurisdiccional o especialidad podrán reunirse en Junta, bajo por el Decano, para unificar criterios y prácticas, especialización de materias, y para tratar asuntos comunes o sobre los que estimaren conveniente elevar exposición a la Sala de Gobierno correspondiente o al Consejo General del Poder Judicial, por conducto del Presidente del Tribunal Superior de Justicia".

Esta puntual modificación legislativa, en tanto llega una reforma legislativa que materialice un cambio más global y profundo en la organización judicial, permitiría optimizar nuestros recursos personales, pero también el consiguiente cambio de mentalidades, abriendo perspectivas de cambios futuros. La concentración, la colegiación, es un signo de modernidad al introducir la cultura de la organización en el seno del funcionamiento de los órganos judiciales. La apuesta por este modelo organizativo supondrá evidentes ventajas: da mejor respuesta a la correcta distribución de cargas de trabajo al hacerse en un marco organizativo homogéneo, permite compartir recursos e información, al tiempo que reducir costes, duplicidades y tiempo, evita muchas de las distorsiones que hoy tenemos (cuestiones de reparto o de competencia, duplicidad de registro en idéntico procedimiento, concursos dentro del mismo partido e idéntica jurisdicción, etc.); introduce mayor flexibilidad interna para atender situaciones coyunturales de bolsas de asuntos; asimismo, potencia la especialización, la previsibilidad de respuestas y, consiguientemente, la seguridad jurídica. Con este sistema, conceptualmente, la decisión judicial supera la percepción de esquemas de aislamiento, obligando a compartir y debatir criterios de aplicación e interpretación de las leyes. Y, en fin, esta organización colegiada permite ofrecer una imagen unitaria frente a las demás instituciones.

En tanto llega esa definición del modelo organizativo, existe otra propuesta, sumamente beneficiosa a nuestro juicio, a saber concentrar/agrupar partidos judiciales limítrofes, superando la actual atomización de las demarcaciones judiciales, pero sin eliminar ninguno de los actuales partidos; al contrario, seguir aprovechando los actuales recursos personales y las infraestructuras judiciales, pero con mayor eficiencia y eficacia. Esta propuesta, como es lógico, exigiría una puntual modificación legislativa, profundizando en una línea ya marcada por la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 8/2012, cuando recoge los planes

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de sustitución que incluyen varios partidos judiciales, asumiendo el Decano del partido judicial con más habitantes las labores propias que le encomienda la Ley. En el ámbito del TSJA se ha trabajado en esa línea, dentro de las posibilidades legales apuntadas, y se han agrupado, a efectos de sustitución, los partidos judiciales de Vélez-Rubio y Purchena, en Almería; Arcos de la Frontera y Ubrique, en Cádiz; Priego de Córdoba y Baena, Aguilar de la Frontera y Puente Genil, en Córdoba; Huéscar y Baza, en Granada; Úbeda y Baeza, en Jaén; Antequera y Archidona, en Málaga.

Cabe recordar, al respecto, que los 17 Presidentes de TSJ alcanzaron por unanimidad el pasado año dos conclusiones con idéntico mensaje, a saber: "replantearse la actual distribución territorial de órganos judiciales, para ajustarla a una realidad en la que la proximidad física de los Juzgados a los ciudadanos ya no sea el criterios fundamental de planificación" y "necesidad de reformar la estructura organizativa judicial hacia una colegiación de los órganos jurisdiccionales unipersonales con el fin de mejorar la distribución del trabajo y compartir recursos e información, reduciendo así los costes". Y, en igual sentido y orientación, las propuestas de las últimas Jornadas nacionales de Jueces Decanos: 1.d) "mapa judicial. Concentración territorial. Las dificultades derivadas de la distancia entre sedes judiciales hoy son muy diferentes de las existentes hace 200 años y ello requiere redistribuir el mapa judicial y concentrar sedes. En suma, el concepto de “proximidad judicial” tiene ya poco que ver con la distancia física...", y 1.e) "Organización de los tribunales. Colegiación organizativa. Como medida complementaria de la anterior, es necesario cambiar el sistema de organización interno de los órganos judiciales superando el concepto de Juzgado-isla separado y numerado y tender a la nueva organización que suponen los Tribunales Colegiados, ya existentes en otros países..."

Pese a ello, no sabemos cuánto tiempo tendremos que esperar para importantes reformas organizativas de nuestra justicia, en aras a la necesaria concentración territorial y la colegiación de órganos judiciales, en línea con la pendiente en el orden jurisdiccional penal, aspecto que nos introduce en el epígrafe siguiente.

3. Reformas legislativas La situación política que ha caracterizado el pasado año, con un Gobierno interino

durante su mayor parte, ha condicionado sobremanera la actividad legislativa, que se ha reducido al mínimo. Así, durante 2016, se han aprobado dos Leyes Orgánicas: Ley Orgánica 1/2016, de 31 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y Ley Orgánica 2/2016, de 31 de octubre, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para el supuesto de convocatoria automática de elecciones en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución. Y no se ha aprobado ninguna ley ordinaria. Por otra parte, se han convalidado siete Reales Decretos-Ley, todos ellos referidos a materias económico-tributarias y sociales, y se ha aprobado un único Real Decreto Legislativo, el 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

Afortunadamente, esa parálisis no ha afectado a los Tribunales en su labor fundamental de interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico y, en ese sentido, durante el año 2016 destacan sobremanera, a nuestro juicio, dos cuestiones: el impacto de la reforma del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Ley 41/2015, de 5 de octubre), y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 que declara que el artículo 6.1 de la Directiva de cláusulas abusivas se opone a la limitación en el tiempo de los efectos restitutorios vinculados a esa declaración de abusividad, conforme había concluido nuestro Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de mayo de 2013.

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A falta de reformas legales, vamos a hacer una referencia a la incidencia que estos dos temas han producido, y pueden seguir produciendo, en el funcionamiento de nuestros juzgados y tribunales.

3.A) Ley de Enjuiciamiento Criminal. Instrucciones complejas. Ya en la Memoria-2010 se comentaba la necesidad inmediata de introducir reformas

procesales en el orden jurisdiccional penal, ámbito especialmente sensible y con dilaciones palpables, articulando medidas efectivas y prontas para agilizar los procedimientos y evitar dilaciones indebidas, singularmente conectadas con el trámite de los recursos y de los procedimientos, aspecto en el que incidió de nuevo la Memoria-2012, en la que se decía: "...debe unificarse el trámite procesal en los distintos procedimientos y recursos. Es harto conocida la facilidad para alargar los asuntos penales y producir dilaciones a través de una constante y reiterada batería de recursos de reforma y/o apelación, así como peticiones ante cualquier decisión judicial. De forma urgente es básico concentrar la resolución de los recursos de apelación, bien al resolver la resolución definitiva o las cuestiones previas al inicio del juicio oral, propuesta coincidente con la misma filosofía que ya introdujo la Ley de Enjuiciamiento Civil. En esta misma línea, debe ser idéntica la regulación de los artículos 217 y 766 LECriminal, de forma que el recurso de apelación pueda interponerse únicamente en los casos determinados en la ley y se unifique la regulación de los recursos contra los autos del Juez de Instrucción y del Juez de lo Penal, suprimiendo la dualidad ahora existente".

También es particularmente expresiva la Memoria-2014 al hablar del ámbito de la justicia penal, "lastrado en su funcionamiento y con una exasperante lentitud en múltiples asuntos, atribuible en parte a la vigente legislación procesal. Padecemos un proceso penal desestructurado, que avanza a un ritmo desesperadamente lento, incompatible con las exigencias de celeridad y eficacia, lo que ocasiona a la postre una gran insatisfacción entre los ciudadanos, entre los propios afectados por el proceso, incluso entre los propios jueces que se ven muchas veces atrapados en un laberinto del que les resulta difícil salir".

Esta situación, a falta de capacidad para elaborar y consensuar un nuevo Código Procesal Penal que, definitivamente, instaure un modelo de proceso penal moderno, acorde con las exigencias y necesidades del tiempo que vivimos, superando el ya caduco proceso del siglo XIX que todavía nos rige, se ha pretendido paliar mediante las reformas legales que vieron su luz en el año 2015, a saber: la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, y la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales. Con ese objetivo de agilización se introdujeron cambios de gran relevancia, como la flexibilización de las reglas de conexidad procesal para evitar la acumulación de procedimientos que han conducido a la creación de macroprocesos cuasi ingobernables, la no remisión al Juzgado de Instrucción de los atestados en los que no se haya determinado el autor del hecho o la regulación del llamado procedimiento monitorio penal, por el que se establece un cauce de resolución anticipada de las causas penales para delitos de menor entidad.

Es esta segunda Ley la que introduce una medida novedosa y controvertida, con idéntica finalidad agilizadora, la fijación de plazos máximos en la fase de instrucción mediante una nueva redacción del artículo 324, determinando que las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de diligencias previas, plazo que se ampliará a dieciocho meses -prorrogables- cuando el instructor, a instancia del Ministerio Fiscal, declare la instrucción

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compleja. Así, la investigación de un asunto se considerará compleja cuando recaiga sobre grupos u organizaciones criminales, tenga por objeto numerosos hechos punibles, involucre a gran cantidad de investigados o víctimas, exija la realización de pericias que impliquen el examen de abundante documentación o complejos análisis, implique la realización de actuaciones en el extranjero, precise de la revisión de la gestión de personas jurídico-privadas o públicas o se trate de un delito de terrorismo.

Una disposición transitoria de la mencionada Ley 41/2015 dispuso que se aplicaría a los procedimientos penales incoados después de su entrada en vigor, el 6 de diciembre de 2015, y que esa fecha se consideraría como el día inicial para el cómputo de los plazos máximos de instrucción en los que ya estuvieran en tramitación, con la consecuencia de que ha sido durante el año 2016, fundamentalmente durante su primer semestre (el plazo de seis meses para declarar la complejidad de los asuntos en trámite finalizaba el 6 de junio de 2016), donde se ha podido calibrar el alcance de esta controvertida reforma, cuyo objeto según la propia Ley 41/2015 es evitar dilaciones innecesarias, sin merma alguna de los derechos de las partes.

Esta regulación de la duración de la instrucción es novedosa porque, aunque la LECrim ya establecía un límite temporal para esta fase, en la práctica no se cumplía en absoluto, dada su brevedad -un mes- y, además, su incumplimiento no acarreaba ninguna consecuencia procesal. Y ha sido controvertida, porque en determinados sectores ha sido interpretada como una forma de limitar la capacidad de los jueces para investigar causas penales, especialmente cuando estas revisten un alto grado de complejidad, así como porque esta limitación temporal no ha venido acompañada de una dotación de mayores recursos a los órganos de justicia penal en aras a lograr esa mayor celeridad exigida en la tramitación de las instrucciones penales.

Pese a ello, es posible que este nuevo sistema pueda tener también efectos beneficiosos y corregir la situación actual en la que la instrucción de las causas se alarga en demasía muchas veces, al forzar un control del tiempo y, consecuentemente, que el disponible sea realmente aprovechado para la práctica de las diligencias de investigación pertinentes, pero al mismo tiempo se controla que ese tiempo dedicado a la instrucción sea el estrictamente necesario.

Respecto a la incidencia que ha tenido la declaración de complejidad de las causas penales a efectos de poder contar con un plazo más largo para su instrucción, podemos decir que no ha sido especialmente significativa o cualitativa, ya que, al finalizar el año 2016, el número de asuntos complejos en trámite suponía un 13,5 % sobre el total de asuntos en trámite en los Juzgados de Instrucción y de Primera Instancia e Instrucción de Andalucía, mientras que en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer ascendía al 9,5%. Ello permite concluir que la mayor parte de las causas penales se han instruido en el plazo de seis meses durante este año 2016. Así, en los Juzgados de Instrucción y de Primera Instancia e Instrucción andaluces se declararon complejos un 3,5 % del total de causas que podían serlo y en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, 5,1%.

No obstante esta estadística, el problema persiste en ese tanto por ciento y afecta, sin duda, a bastantes causas de singular complejidad y trascendencia pública, que, mucho nos tememos, pueden seguir dilatándose excesivamente en el tiempo y prorrogada su instrucción, ante las dificultades de agilizar los informes policiales y/o periciales, ante las vacantes y cambios de personal, la falta de refuerzos, etc., sin contar la propia disfuncionalidad del proceso ante la multiplicidad de recursos e incidencias. Son todavía muchas las causas pendientes en el ámbito territorial del TSJA en las que inciden muchas de estas disfunciones: Operación Poniente, Caso Bahía Competitiva, Caso Fraude

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Ayuntamiento San Fernando, Caso Rocket, Caso Marchelo, Caso audioguías Alhambra, Caso Serrallo, Operación Nazarí, Caso Astapa, Caso Acinipo, Caso Manilva, Caso Ático Ignacio González, Causa Tribugest, Causa contratación abogados, Causa Salander, Operación Tosca, Caso EREs, Caso cursos de formación, Caso Avales Agencia Idea, Caso facturas falsas UGT, Caso Invercaria, Caso Jeremy, Caso desfalco de Almensilla, Casos Lebrija, etc.

En otro orden de consideraciones, la aplicación de este sistema de plazos para la instrucción ha suscitado algunas dificultades interpretativas, al tiempo que evidenciado la importancia de la motivación cuando se aplica el artículo 324 LECriminal, para evitar tanto una petición aséptica acerca de la complejidad de la causa, sin mayor extensión, detenimiento ni justificación, como una resolución estereotipada y sin fundamento, con simple cita, reproducción literal, y aplicación mecánica de dicho precepto. Todo ello es incompatible con la necesaria, aunque mínima, motivación judicial, tema sensible que afecta a derechos y garantías procesales, por lo que es obligado reflexionar y ponderar razonablemente en cada procedimiento si es procedente o no la prórroga del plazo de instrucción. Es importante sensibilizarse contra este tipo de actuaciones en el ámbito del proceso y evitar demoras injustificadas en la fase instructora, conforme al sentido finalista del nuevo artículo 342 LECriminal, de forma que el procedimiento continúe con arreglo a derecho, sin perjuicio de la validez de aquellas diligencias que se reciban tras la expiración del plazo ordinario desde que se incoaron las diligencias previas.

Aparte de ello, cabe mencionar dos cuestiones interpretativas: a) Iniciativa en orden a declarar la complejidad de la causa. El texto del artículo 324

atribuye sólo al Fiscal la posibilidad de instar la declaración de complejidad, lo que, en principio, denota que se encuentra obligado a tomar la iniciativa al respecto. No obstante, no faltan opiniones discrepantes. Parece claro que, aunque la ley no lo prevea, no habría ningún obstáculo a que el Juez instructor, por propia iniciativa, diera traslado de la causa al Ministerio Fiscal para que se pronunciara sobre la posibilidad de declarar compleja la causa. Sin embargo, hay quien sostiene que ese traslado es una obligada iniciativa del Juez Instructor y que, mientras ésta no se realice, el Ministerio Fiscal no tendrá que realizar petición alguna, posición que no parece mantener la Fiscalía General del Estado cuando en su Circular 5/2015 señala que “el hecho de que no se le dé traslado de las actuaciones no puede esgrimirse como excusa para justificar la inactividad del Fiscal, una remitido el correspondiente parte de incoación, o una vez conozca por cualquier medio la existencia del procedimiento”. Para la FGE esta proactividad del Fiscal es sólo relativamente novedosa y se recuerda la Instrucción 2/2008, sobre las funciones del Fiscal en la fase de Instrucción, en la que se prescribía que “una vez incoado en un Juzgado de Instrucción un procedimiento penal, cualquiera que sea, los Sres. Fiscales tienen la obligación de hacer un seguimiento del mismo, de promover las diligencias y medidas cautelares procedentes...”

En apoyo de esta conclusión puede citarse el propio Preámbulo de la Ley 41/2015 cuando establece que el papel que se adjudica al Ministerio Fiscal en esta reforma deriva de su cualidad de “garante de la legalidad ex artículo 124 de la Constitución”, así como que el artículo 306 LECrim, no modificado precisamente ahora, expresa “los jueces de instrucción formarán los sumarios de los delitos públicos bajo la inspección directa del Fiscal del Tribunal competente…”.

Por otra parte, no parece que haya obstáculo a que la declaración de complejidad sea adoptada ab initio por parte del Juez. Creo que hay que entender que debe ser declarada por el propio Juez Instructor, tal como puede desprenderse de la Exposición de Motivos de la propia Ley 41/2015 cuando afirma que “…se distinguen los asuntos sencillos de los

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complejos, correspondiendo su calificación inicial al órgano instructor…”. Es posible, por tanto, que una causa puede ser declarada compleja y comenzar la instrucción con un plazo máximo de duración de dieciocho meses, prorrogable (ahora sí, a petición del Fiscal) por otros dieciocho meses más.

b) Efectos del transcurso de los plazos. Señala el artículo 324.6 que “transcurrido el plazo máximo o sus prórrogas, el instructor dictará auto de conclusión del sumario o, en el procedimiento abreviado, la resolución que proceda conforme al artículo 779. Si el instructor no hubiere dictado alguna de las resoluciones mencionadas en este apartado, el Ministerio Fiscal instará al juez que acuerde la decisión que fuera oportuna. En este caso, el juez de instrucción deberá resolver sobre la solicitud en el plazo de quince días”.

Por tanto, el efecto fundamental del fin del plazo o sus prórrogas o, en su caso, el plazo máximo acordado, es que se cierra la posibilidad de realizar mayor actividad de investigación y que, con el material obtenido, ha de tomarse una decisión en orden a la continuación del proceso en sus fases posteriores o al archivo del mismo si concurren los supuestos de los artículos 637 o 641 LECrim para el sobreseimiento provisional o libre, respectivamente.

Deja claro el punto 8 del artículo 324 que “en ningún caso el mero transcurso de los plazos máximos fijados en este artículo dará lugar al archivo de las actuaciones si no concurren las circunstancias previstas en los artículos 637 o 641”, aunque, naturalmente, será el material obtenido hasta ese momento el que habrá que valorar al efecto de decidir si procede o no el sobreseimiento.

No obstante, existen opiniones en la doctrina que sostienen que el plazo del artículo 324 es un plazo de los llamados impropios, cuyo transcurso no es determinante de caducidad del mismo y señala que las diligencias de instrucción practicadas después de su vencimiento no serían nulas y, a lo sumo, podrían ser determinantes de la aplicación, en su momento, de la atenuante de dilaciones indebidas el artículo 21 del Código Penal.

3.B) Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016.

La STS de 9 de mayo de 2013 declaró que las cláusulas suelo litigiosas eran abusivas y, en consecuencia, nulas, por no superar el control de transparencia. Al mismo tiempo, limitó los efectos temporales de la declaración del carácter abusivo de las cláusulas. La nulidad no afectaría ni a las situaciones ya cerradas por resolución judicial con fuerza de cosa juzgada, ni a los pagos efectuados con anterioridad a la fecha de la publicación de la sentencia. Una de las críticas que se hicieron a esta sentencia se refería a la posible incompatibilidad de dicha limitación temporal con el artículo 6.1 de la Directiva europea de cláusulas abusivas, que obliga a los Estados miembros a garantizar que las cláusulas abusivas no vincularán al consumidor, y asimismo que el contrato seguirá siendo obligatorio en los mismos términos si puede subsistir sin las cláusulas abusivas.

Precisamente esa posible incompatibilidad motivó el planteamiento de varias cuestiones prejudiciales, cuya decisión determinó el pronunciamiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que comentamos y que, en síntesis, establece que se opone a la Directiva de cláusulas abusivas una jurisprudencia nacional que limita temporalmente los efectos restitutorios derivados de la declaración del carácter abusivo de una cláusula. Todas las cantidades pagadas como consecuencia de la aplicación de esa cláusula deben ser reembolsadas, no sólo aquellas abonadas después de dictarse la sentencia que declaró dicho carácter abusivo.

La situación que ha generado este pronunciamiento jurisprudencial, que abre la posibilidad de un innumerables reclamaciones a las entidades de crédito por parte de los

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consumidores, con el riesgo cierto de colapso de los órganos judiciales del orden civil, determinó al Gobierno al dictado del Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que pretende facilitar las reclamaciones extrajudiciales de las cantidades indebidamente abonadas por este tipo de cláusulas dada la enorme cantidad de deudores afectados. Las entidades de crédito deberán implantar en el plazo máximo de un mes un sistema de reclamación extrajudicial, pudiendo el consumidor voluntariamente optar por dicha vía, con lo que se pretende evitar una avalancha de procedimientos judiciales por cláusulas suelo que pudieran colapsar los Juzgados, como ya se ha dicho.

No obstante, el problema de un aumento desmesurado de litigios persiste ante la posibilidad que las entidades bancarias pongan trabas a las devoluciones, y ello operaría en detrimento de los afectados, dado su coste y duración, y de la propia Administración de Justicia habida cuenta de que podría ocasionar un colapso no deseado por reclamaciones individuales en los Juzgados de Primera Instancia que ya de por sí soportan una elevada carga de trabajo. Precisamente, esta previsión determinó que el pasado 9 de febrero de 2017, la Comisión Permanente del CGPJ aprobase una propuesta de plan de urgencia para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias, entendiendo “que aunque el Real Decreto-ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo solucionará por vía extrajudicial parte de los conflictos que se planteen, puede producirse un importante incremento de demandas derivados de la sentencia del TJUE, que se unirían a las que ya se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia sobre condiciones generales de la contratación y protección de consumidores y usuarios. Un reparto masivo de este tipo de litigios a todos los órganos judiciales de la primera instancia civil podría llegar a comprometer la capacidad de éstos para dar salida al resto de los asuntos de otra naturaleza, por lo que el CGPJ cree necesaria la adopción de medidas con carácter urgente y anticipándose a la previsible entrada masiva de demandas, de forma que en el momento del registro y reparto de las mismas ya estén establecidos los cauces para su atribución a unos órganos judiciales concretos”.

La solución que contempla el Consejo General del Poder Judicial consiste en la especialización de un Juzgado de Primera Instancia en cada provincia, con competencia extendida a todo el territorio de la misma, que de manera exclusiva y no excluyente conozca de la materia relativa a las acciones individuales previstas en la legislación de condiciones generales de la contratación y la protección de consumidores y usuarios, al amparo del artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La propuesta deberá venir acompañada de medidas de refuerzo, adscribiendo al Juzgado especializado uno o varios Jueces, junto al nombramiento de Letrados de la Administración de Justicia y funcionarios por parte de las Administraciones competentes, así como la asignación de medios materiales.

La puesta en marcha del Plan ha sido fijada para el próximo 1 de junio, de modo que los Juzgados especializados puedan asumir las demandas que se produzcan una vez concluidos los cuatro meses que suman los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 1/2017 para que las entidades de crédito adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a sus previsiones y para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo o se tenga por concluido el procedimiento extrajudicial.

Esta propuesta, compleja y arriesgada por la necesidad de implicación de varias Administraciones, ha sido objeto de matización mediante la Declaración institucional que realizó el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 23 de febrero de 2017, en la que declara que “ante la necesidad de contar con los medios personales y

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materiales para poner en marcha el plan de urgencia que dé respuesta a la previsible entrada masiva de asuntos conocidos como cláusulas suelo, muestra su preocupación por la escasez actual de los mismos, y manifiesta que no lo pondrá en funcionamiento si no cuenta con medios suficientes. A tal fin insta a las Administraciones Públicas con competencia en la materia a que habiliten los recursos, incluso extraordinarios, para hacer viable este plan de refuerzo.

Asimismo insta al Ministerio de Justicia para que proceda a crear las plazas judiciales de JATs precisas para asumir este plan, además de las restantes que integren el plan anual de creación de plazas.

En fin, previa la autorización del Ministerio de Justicia, sugiere a la Comisión de Selección que convoque inmediatamente y, en todo caso, antes del próximo día uno de abril, las oposiciones para ingreso en la carrera judicial que contemple, por una parte, las plazas necesarias para atender las necesidades ordinarias y, además, las que resulten de la creación de plazas de JATs, antes mencionada”.

Un apunte final: el plan deberá poner especial foco en Andalucía, donde se vienen presentando más de la mitad de reclamaciones anuales que se hacen por este tema al supervisor financiero en todo el país. Es más, en el historial de reclamaciones presentadas por Comunidades autónomas, Andalucía acumula más de la mitad de las reclamaciones por cláusula suelo (54,5 %). 

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II.2 NECESIDADES JUDICIALES II.2.1 NUEVAS PLAZAS DE JUECES Y MAGISTRADOS La planta judicial en el ámbito de este Tribunal Superior de Justicia está compuesta

por 956 plazas judiciales, cifra que se mantiene en número muy similar desde hace seis años, y que se desglosa del siguiente modo:

· 71 Magistrados en las distintas Salas del TSJA · 163 Magistrados en las ocho Audiencias Provinciales · 128 Magistrados Juzgados de Primera Instancia (incluidos los de Familia) · 8 Magistrados de lo Mercantil exclusivos · 94 Magistrados de Juzgados de Instrucción · 203 Titulares de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción · 18 Magistrados de Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos · 71 Magistrados de Juzgados de lo Penal · 52 Magistrados de Juzgados de lo Contencioso Administrativo · 56 Magistrados de Juzgados de lo Social · 12 Magistrados de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria · 18 Magistrados de Juzgados de Menores · 2 Decanos liberados . 2 Magistrados exclusivos de Registro Civil, . 57 Jueces de adscripción territorial (JAT) Como es sabido, por razones presupuestarias, en los años 2011, 2012 y 2013 no

hubo creación de nuevas unidades o plazas judiciales. En el año 2014 el Real Decreto 918/2014, de 31 de octubre, creó en Andalucía 20 plazas de Magistrado en órganos colegiados y 46 de Jueces de Adscripción Territorial, más un Juez de Adscripción Territorial para Ceuta y otro para Melilla. En las dos siguientes anualidades, 2015 y 2016, no ha habido tampoco creación de plazas, ya que la única previsión durante 2015, bastante consensuada, se frustró con el período electoral y la interinidad del Gobierno, dando al traste con la realidad, cuando menos, de 13 nuevos Juzgados unipersonales en Andalucía. En 2017 sólo existe, por el momento, la previsión de seis nuevas plazas para la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, creadas por Real Decreto 229/2017, de 10 de marzo, para hacer efectiva la segunda instancia penal.

La situación que describimos permite afirmar que la planta judicial queda lejos de lo razonable para la litigiosidad existente en este TSJA. No se han colmado las especiales necesidades de este complejo territorio y continua siendo ineludible e inaplazable la ampliación de la planta, sin que, al redactar estas líneas, tengamos conocimiento de posibles y concretas nuevas plazas judiciales para esta anualidad. Todo ello, sin olvidar cuantas otras medidas competan a los diferentes poderes públicos en orden a la mejora y modernización del sistema judicial, pues la solución "más jueces" no determinaría por sí sola la resolución de nuestros problemas, ya que seguiría consolidando y multiplicando las deficiencias de un modelo desfasado.

Bajo tales premisas, esta Sala de Gobierno considera procedente realizar una propuesta comprensiva de las necesidades y previsiones anuales de planta judicial, valorando especialmente la situación de las Audiencias Provinciales y de muchos Juzgados de Primera Instancia, cuya carga de entrada de asuntos presenta una clara tendencia al alza, sin olvidar alguna jurisdicción especializada y muchos Juzgados de los denominados

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mixtos. A continuación, pues, se refleja la necesidad de crear 15 plazas judiciales enórganos colegiados (Audiencias Provinciales), así como 52 plazas judiciales para órganosunipersonales. Tal propuesta de esta Sala de Gobierno, incompleta o de mínimos, pretendeser realista con relación a las posibilidades económicas existentes. Una aproximación plenaa las necesidades y realidad estructural de los órganos judiciales andaluces implicaría laplasmación de un número mayor de nuevas plazas judiciales, máxime teniendo en cuentanuestro alto nivel de litigiosidad y que la ratio de jueces por habitante en Andalucía está pordebajo de la media nacional.

ORGANOS COLEGIADOS

Almería Audiencia Provincial 1 plaza Magistrado orden civilCádiz Audiencia Provincial (Sección 7ª- Algeciras) 1 plaza Magistrado orden civil/penalGranada Audiencia Provincial 1 plaza Magistrado orden penal

Córdoba Audiencia Provincial 2 plazas Magistrado orden penal 1 plaza Magistrado orden civil

Huelva Audiencia Provincial 1 plaza Magistrado orden civilJaén Audiencia Provincial 2 plazas Magistrado orden civil

Málaga Audiencia Provincial 1 plaza Magistrado orden civil 2 plazas Magistrado orden penal

Sevilla Audiencia Provincial 1 plaza Magistrado orden civil 2 plazas Magistrado orden penal

Total plazas judiciales nuevas para Tribunales cole giados 15

ORGANOS UNIPERSONALES

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIAJuzgados en la

actualidadPlazas judiciales a

crearAlmería 7 1Algeciras 4 1Jerez de la Frontera 5 1Córdoba 8 1Granada 15 1Huelva 6 1Jaén 6 1Málaga 16 2Sevilla 22 2Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de Pri mera Instancia 11

JUZGADOS DE FAMILIA

Juzgadosexclusivos en la

actualidadPlazas judiciales a

crearAlmería 1 1Córdoba 1 1Huelva 1 1Jaén 0 EspecializarMálaga 3 1Sevilla 5 1Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de Fam ilia 5

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JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

Juzgados en laactualidad

Plazas judiciales acrear

El Ejido 5 1Roquetas de Mar 5 1Vera 3 1Chiclana de la Frontera 5 1Santa Fe 3 1Ayamonte 5 1Estepona 5 2Sanlúcar La Mayor (Sevilla) 4 1Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) 4 1San Fernando (Cádiz) 3 1Lora del Río 3 1La Palma del Condado 3 1Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de Pri mera Instancia e Instrucción 13

JUZGADOS DE LO MERCANTILJuzgados en la

actualidadPlazas judiciales a

crearAlmería 1 1Cádiz 1 1Córdoba 1 1Granada 1 1Huelva 0 EspecializarJaén 0 EspecializarMálaga 2 1Sevilla 2 1Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de lo Mercantil 6

JUZGADOS DE LO PENALJuzgados en la

actualidadPlazas judiciales a

crearAlmería 5 1Córdoba 5 1Granada 6 1Jaén 4 1Málaga 14 1Sevilla 15 1Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de lo Penal 6

JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Juzgados en laactualidad

Plazas judiciales acrear

Almería 3 1Jaén 3 1Jerez de la Frontera 1 1Málaga 7 1

Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de lo Contencioso-Administrativo 4

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JUZGADOS DE LO SOCIALJuzgados en la

actualidadPlazas judiciales a

crearAlgeciras 1 1Almería 4 1Córdoba 4 1Huelva 3 1Granada 7 1Sevilla 11 2Total plazas judiciales nuevas para Juzgados de lo Social 7

TOTAL PLAZAS JUDICIALES NUEVAS PARA JUZGADOS UNIPERSONALES 52

II.2.2 INFRAESTRUCTURAS JUDICIALESEn materia de infraestructuras judiciales nos hallamos en una situación similar a la

descrita a propósito del estado de la Justicia. La reiterada descripción de las necesidadesexistentes, algunas acuciantes, han tenido escasa respuesta por paerte de la Administraciónque ostenta todas las competencias en este ámbito, la Junta de Andalucía, a través de suConsejería de Justicia e Interior. Lo que decimos se comprende fácilmente recordandoalgunos pasajes de Memorias anteriores, relativos a este mismo apartado, una vez que laMemoria-2010 fuera sumamente descriptiva al respecto.

Así, en el año 2012, se resaltaba que “por tercer año consecutivo, se recoge lasituación de las infraestructuras judiciales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ceutay Melilla, con una literatura que podemos adjetivar de casi idéntica. Esta Sala de Gobiernono es ajena a la situación que viven las Administraciones públicas. Parece que pedir-destino perenne del poder judicial- en estos momentos de crisis económica tan agudapueda estar alejado de la realidad. Pero desde esta Memoria se insiste exclusivamente enlas deficiencias y carencias más apremiantes y llamativas, que afectan a edificios judicialesdispersos e inadecuados, o situaciones que perturban gravemente el trabajo a losprofesionales y justiciables.

Salvo excepciones puntuales, la situación sigue exactamente igual o peor que en laMemoria del año 2010, cuando se hizo el primer recorrido por la situación de lasinfraestructuras judiciales en el ámbito del TSJA. Evidentemente no hay novedades enedificios de nueva planta o proyectos pendientes de poner en marcha, pero tampoco seterminan de solucionar las carencias que sufren el día a día muchos órganos judiciales, queson comunes y van referidas a las más elementales actuaciones de mantenimiento de losedificios y dotación de servicios básicos para cualquier centro de trabajo que se considereacreedor de ese calificativo...”

En el año 2014 se decía que “pocos cambios se han producido y por quinto añoconsecutivo se refleja una situación muy parecida en materia de infraestructuras judicialesen el ámbito de este TSJA... Córdoba es la única excepción a esta regla, ya que hemosconocido hace unos meses el inicio de las obras para la deseada Ciudad de la Justicia.

Debemos, por tanto, seguir recordando la existencia de edificios judiciales dispersos,inadecuados, incluso infrautilizados en muchas ciudades, al tiempo que reclamar una firmeapuesta y consecución, en tiempos razonables, de edificios judiciales concentrados en lasmismas, en definitiva, la dotación y adecuación de las infraestructuras judiciales en elámbito territorial de este Tribunal Superior. Hemos de pedir un mayor esfuerzo en esesentido a la Administración competente, pues no parece aceptable que el 77% del

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programado para infraestructuras judiciales no se haya ejecutado tras quince años de ejercicio de competencias en Administración de Justicia.

En consecuencia, hay que recordar nuevamente las necesidades más apremiantes y llamativas que, como se ha dicho, afectan a edificios judiciales dispersos e inadecuados, con costosos alquileres. En ese sentido, no se entienden, entre otros ejemplos igual de paradigmáticos, los casos de Granada y Algeciras, que exigirían un esfuerzo especial de las instituciones competentes durante el próximo año”. Y la Memoria-2015 resaltaba: “Tan sólo las ciudades de San Fernando (Cádiz), La Línea de la Concepción (Cádiz) y Córdoba permiten alumbrar, a corto y medio plazo, sedes más dignas y unificadas. Las restantes sedes judiciales siguen en idénticos emplazamientos físicos y con repetidos problemas, que hemos exteriorizado en otras Memorias... Por ser ilustrativo, "casi lo mismo que todos los años".

A propósito del 2016, escasa literatura añadida cabe, pocos cambios se han producido, y es necesario reclamar de nuevo la adecuación de las infraestructuras judiciales en el ámbito territorial de este Tribunal Superior, pidiendo un mayor esfuerzo en ese sentido a la Consejería. Sólo en las ciudades de San Fernando (Cádiz) y La Línea de la Concepción (Cádiz) se ha producido durante 2016 una dotación de sedes más dignas y unificadas, lo que también se puede materializar en Córdoba a final de 2017 en un magnífico edificio judicial, fruto de un sistema de financiación público-privado, que llega a su final tras dos años y medio de obras.

Como novedad en 2016 cabe reseñar Granada, donde se ha reformado una planta del edificio de Caleta para reubicar la jurisdicción mercantil, pero queda pendiente la reforma integral de otras plantas sin uso del mismo edificio, con un plazo de materializacion de dos años, que debieron culminarse mucho antes para permitir todo el ámbito complementario de infraestructuras y reordenación intregral de las sedes.

Y, en fin, al redactar estas líneas, sólo se vislumbra la reforma interior del viejo edificio del Prado de San Sebastián en Sevilla de cara al traslado de los Juzgados de Violencia a esta sede y la reubicación de los servicios del Decanato, junto a la finalización de obras de conservación y mejora (calderas, sustitución de ascensores, pintura, iluminación, sustitución de las carpinterías exteriores, etc.).

Las restantes sedes judiciales siguen con repetidos problemas y en idénticos emplazamientos físicos. Hemos de recordar, otra vez más, la existencia de edificios judiciales dispersos, inadecuados, incluso infrautilizados en muchas ciudades, lo que exige una firme apuesta y consecución, en tiempos razonables, de edificios judiciales concentrados. Hay que, insistir, pues, en la falta de funcionalidad y obsolescencia de muchas sedes judiciales, lo que trae a colación otro asunto importante, como es la dignidad de la institución y la función desempeñada. Aunque sigamos en un período económico complicado, la tardanza en contar con sedes adecuadas y funcionales perjudica el servicio público de la justicia y genera en muchos casos una percepción negativa de la justicia por parte de los usuarios. Unificar en solo edificio todos los servicios y adaptarlo a las necesidades actuales mejoraría drásticamente el funcionamiento y la eficiencia y, sin duda, mejoraría la imagen de la justicia.

Dicho lo cual, debemos dar expresamente por reproducido lo expuesto en este mismo apartado de la Memoria-2015 y anteriores, que sigue teniendo, como decímos, vigencia y actualidad en su mayor parte, recordando que las actuaciones desarrolladas hasta el momento en infraestructuras judiciales no han conseguido dar cumplimiento a uno de los objetivos fundamentales del Programa de Infraestructuras Judiciales de Andalucía, cual es el de favorecer el régimen de titularidad pública de las sedes judiciales, en

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detrimento del régimen de arrendamiento, de forma que el porcentaje de inmuebles en arrendamiento se mantiene constante, con un valor muy elevado en alquileres que, incluso se incrementa y que se reduciría notablemente con edificios de nueva planta o proyectos similares (las referencias que tenemos es que en 2016 se ha incrementado el gasto en alquileres judiciales ante el parón en inversiones).

Seguimos pendientes de proyectos serios para edificios de nueva planta, concentración de sedes y mejor utilización de las actuales, y actuaciones similares de envergadura, en ciudades muy significativas (por ejemplo, Algeciras, Ayamonte, Cádiz, Ceuta, Estepona, Fuengirola, Granada, Huelva, Jaén, Marbella, Marchena, Sevilla, Torremolinos, entre otros). Durante seis años hemos abordado ejemplos paradigmáticos que exigían un esfuerzo especial de la Consejería, cuando, por el contrario, nos encontramos con que han caducado cesiones de suelo para edificios judiciales en ciudades como Cádiz y Jaén, por transcurso de más de 15 años, y ahora empezamos a pensar en nuevos emplazamientos y posible viabilidad. En Jaén, el titular periodístico es elocuente y sincero: "historia de un fracaso tras veinte años de promesas y falsas esperanzas". En Cádiz, la información periodística es también sumamente ilustrativa: "sedes de juzgado de guardia", y "volver a marear la perdiz".

Todo lo expuesto, la consabida dispersión, no debe hacernos olvidar las deficiencias en muchos órganos judiciales (ausencia de medidas de seguridad, falta de accesibilidad y barreras arquitectónicas, déficits de archivo para los expedientes, problemas de refrigeración y calefacción, energía eléctrica o redes informáticas, mobiliario deteriorado etc.), de las que se da traslado puntual a las respectivas Delegaciones Provinciales.

En definitiva, se impone emplazar a cualquier interesado a recordar y releer lo reiterado año tras año en materia de infraestructuras judiciales, que se mantiene vigente, como también la conclusión a la que hemos llegado estos últimos seis años (2010-2016): el estado general de los edificios judiciales en el ámbito territorial del TSJA debe calificarse de deficiente.

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III. ACTIVIDAD GUBERNATIVA E INSTITUCIONAL

III.1 SALA DE GOBIERNOA la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,

corresponde el gobierno interno de los Juzgados y Tribunales de su ámbito territorial, sinperjuicio de las competencias atribuidas al Consejo General del Poder Judicial en todo elterritorio nacional.

La Sala de Gobierno se integra en la actualidad por treinta y dos miembros, de losque diecisiete son natos y quince electivos, y por el Secretario de Gobierno. Durante estaanualidad, los miembros de la Sala de Gobierno han sido, además del Presidente delTribunal, D. Lorenzo del Río Fernández, los siguientes:

Miembros natos: D. Antonio Moreno Andrade, Presidente de la Sala de loContencioso–Administrativo, en Sevilla; Doña Begoña Rodríguez Álvarez, Presidenta de laSala de lo Social, en Sevilla; D. Francisco Javier Vela Torres, Presidente de la Sala de loSocial, en Málaga; D. Manuel López Agulló, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en Málaga; D. José Manuel González Viñas, Presidente de la Sala de loSocial, en Granada; Doña María Luisa Martín Morales, Presidenta de la Sala de loContencioso-Administrativo, en Granada; D. Manuel Damián Álvarez García, Presidente dela Audiencia Provincial de Sevilla; D. Antonio Alcalá Navarro, Presidente de la AudienciaProvincial de Málaga; Doña Elena Arias Salgado Robsy, Presidenta de la AudienciaProvincial de Jaén; D. José Luis López Fuentes, Presidente de la Audiencia Provincial deGranada; D. Manuel Estrella Ruiz, Presidente de la Audiencia Provincial de Cádiz; DoñaMaría Lourdes Molina Romero, Presidenta de la Audiencia Provincial de Almería; D. AntonioGermán Pontón Práxedes, Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva; D. Francisco dePaula Sánchez Zamorano, Presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba; D. FranciscoJosé Guerrero Suárez, Magistrado-Juez Decano de los Juzgados de Sevilla; D. José MaríaPáez Martínez Virel, Magistrado-Juez Decano de los Juzgados de Málaga.

Miembros electivos: D. Luis Miguel Columna Herrera, Magistrado-Juez del Juzgadode lo Penal número 1 de Almería, y Decano; D. Esteban Brito López, Magistrado-Juez delJuzgado de Instrucción nº 2 de Huelva; Doña Maria Fernanda García Pérez, Magistrada dela Audiencia Provincial de Jaén; Doña María José Rivas Velasco, Magistrada-Juez delJuzgado de Primera Instancia nº 14 de Granada; D. Juan José Parra Calderón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Jerez de la Frontera (Cádiz); Doña María LuisaZamora Segovia, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Sevilla; DoñaFrancisca Martínez Molina, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Jaén; D.Álvaro Marcos Martín Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Sevilla; D.Rafael Rodero Frías, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 deGranada; Doña Blanca Medialdea Chamorro, Magistrada-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia nº 4 de Málaga; D. Miguel Ángel Pareja Vallejo, Magistrado-Juez del Juzgado de loPenal nº 3 de Córdoba, y Decano; D. Joaquín Yust Escobar, Magistrado-Juez del Juzgadode lo Penal nº 11 de Sevilla; Doña Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez del Juzgado de loMercantil nº 2 de Málaga; D. Ignacio Vilaplana Luquero, JAT del TSJA, adscrito al Juzgadode Instrucción nº 6 de Sevilla; Doña María Teresa Cuberos Escobar, titular del Juzgado de1ª Instancia e Instrucción nº 3 de La Línea de la Concepción (Cádiz).

En orden a su funcionamiento, como es habitual, la Sala de Gobierno funciona enPleno y en Comisión. El Pleno se reúne, al menos, una vez cada tres meses, para, en su

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caso, ratificar decisiones y acuerdos adoptados en Comisión, al tiempo que se encarga de la consideración y decisión de asuntos de especial trascendencia que no hayan requerido urgencia temporal. En Comisión se reúne, como regla general, cada una o dos semanas, permitiendo una rápida respuesta a los problemas y cuestiones que diariamente se suscitan en el devenir funcional de los Juzgados y Tribunales, asuntos que, obviamente, son puestos en conocimiento de los integrantes del Pleno.

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia ha celebrado cuatro sesiones plenarias a lo largo del año 2016 y se ha reunido en Comisión Permanente en veintidós ocasiones.

Durante esta anualidad los miembros de la Comisión, además del Presidente del TSJA, D. Lorenzo del Río Fernández, han sido los Iltmos. Sres. D. Antonio Moreno Andrade, D. José Manuel González Viñas, D. Antonio Germán Pontón Práxedes, D. José Mª Paez Martínez Virel, D. Francisco José Guerrero Suárez, D. Luis Miguel Columna Herrera, y D. Miguel Ángel Pareja Vallejo.

INFORME ESTADISTICO COMISIÓN de la Sala de Gobierno: Número de asuntos 1.- Actas de Juntas de Jueces, Normas de Reparto, Normas de Sustitución, Composición de Salas y Secciones 328 2.- Llamamientos Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos 428 3.- Jueces de Paz 376 4.- Quejas, Diligencias Informativas, Informaciones Previas y Informaciones Sumarias, Alardes, Expedientes de Corrección Disciplinaria

227

5.- Autorizaciones de actuación para dictar sentencia, Alardes, Control presos preventivos, Recursos de alzada, Medidas de Refuerzo, Seguimientos

1.293

6.- Asuntos varios, Procuradores de los Tribunales, Jubilaciones por incapacidad, Cruces de San Raimundo 483

PLENO de Sala de Gobierno: Número de asuntos 1.- Magistrados y Jueces 2 2.- Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos 0 3.- Jueces de Paz 0 4.- Área Disciplinaria 5 5.- Medidas de apoyo y Seguimiento 43 6.- Varios 4

SESIONES ASUNTOS COMISIÓN 22 3.135 PLENO 4 54 JURAS Y/O POSESIONES 27 0 TOTAL 53 3.189

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ASUNTOS REGISTRADOS DURANTE 2016 en la SECRETARÍA DE GOBIERNO y comparativa respecto del año 2015.

RELACIÓN DE ASUNTOS AÑO 2015 AÑO 2016 DIFERENCIA

Registro de Entrada 25.675 23.155 -2.520 Registro de Salida 14.301 25.570 11,269 Diligencias Informativas 2 2 0 Informaciones Previas 22 10 -12 Informaciones Sumarias 2 0 -2 Quejas 280 285 5 Exp. Corrección Disciplinaria 6 4 -2 Alardes 191 104 -87 Juntas de Jueces 222 174 -48 Incidentes de Recusación 3 5 2 Aut. Para dictar sentencia 813 814 1 Control de Presos Preventivos 17 10 -7 Recursos de Alzada 35 33 -2 Visitas de Inspección 57 43 -14 Comisiones Rogatorias 50 2 -48 C.R. Activas 49 0 -49 C.R. Pasivas 1 2 1 Apostillas 5.697 4.473 -1.224 Legalizaciones 1.628 1,458 -170 Repartos Salas de lo Social 26 34 8 Juntas de Secretarios 1 24 23 Circulares 63 57 14 Medidas de refuerzo, Comis. Y Prórrog 194 148 -46 Medidas de refuerzo secretarios 5 25 20 Seguimientos 16 13 -3 Llamam. J. Sust. y Mag. Supl. 431 429 -2 Cruces S. Raimundo Mag. 7 3 -4 Comisiones Servicio Secret. 33 38 5 Asuntos Varios 822 481 -341

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III.2 ACTIVIDAD INSTITUCIONAL NUEVAS PRESIDENTAS DE SALAS DEL TSJA EN SEVILLA Y GRANADA

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) eligió el 28 de enero a la magistrada Begoña Rodríguez Álvarez como nueva presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, después de que este cargo quedase vacante tras la jubilación de su anterior titular, Antonio Reinoso.

Begoña Rodríguez tomó posesión de su cargo y juró como miembro nato de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un acto solemne presidido por el Presidente del Tribunal Superior, Lorenzo del Río, en el que estuvo apadrinada por Santiago Romero Bustillo, magistrado jubilado que fue presidente de la Sala Social del TSJA hasta el año 2006.

Begoña Rodríguez se convirtió así en la primera mujer que preside una Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desde la creación de estos órganos jurisdiccionales en 1989.

Al acto institucional acudieron miembros de la Sala de Gobierno, Presidentes de Sala del TSJA, el Presidente de la Audiencia provincial de Granada, la fiscal Jefe de Sevilla así como magistrados y letrados de la Administración de Justicia. El presidente del TSJA destacó, durante el acto, el compromiso y la ilusión de la nueva presidenta de la Sala Social, a la que animó a trabajar desde su nueva responsabilidad con el fin de dar el mejor servicio a los ciudadanos y responder al justiciable pese a todas las dificultades.

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La magistrada ingresó en la carrera judicial en 1980, habiendo ejercido en los juzgados de distrito de Guetxo (Vizcaya), Viladecans (Barcelona) y Arévalo (Ávila). Ejerció, asimismo, en diversos juzgados de Santa Coloma de Farners (Girona), Sevilla y Hospitalet de Llobregat (Barcelona). Desde mayo del año 2000 es magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en su sede de Sevilla.

Por su parte, la magistrada María Luisa Martín Morales tomó posesión como nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Granada el pasado 8 de noviembre, prometió también su cargo como miembro nato de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

María Luisa Martín se convirtió así en la primera mujer que preside una Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desde la creación de estos órganos jurisdiccionales en 1989. Fue elegida para el cargo por el Consejo General del Poder Judicial el 29 de septiembre.

La nueva presidenta tomó posesión en un acto presidido por Lorenzo del Río, presidente del TSJA, y al que acudieron miembros de la Sala de Gobierno, el vocal del Consejo General del Poder Judicial, Gerardo Martínez Tristán, Presidentes de Sala del TSJA, y magistrados de distintas provincias.

Marías Luisa Martín, que fue apadrinada por Rafael Toledano, ex presidente de la Sala Contenciosa y actualmente magistrado del Tribunal Supremo, y por el presidente en funciones de la Sala, José Antonio Santandreu, expresó en su discurso su motivación para, desde la presidencia, poder participar “de forma activa en la modernización de la Sala de lo Contencioso-Administrativa” después de 16 años trabajando en ella.

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En este sentido, destacó los retos a los que se enfrenta la Sala, como el recurso de casación autonómico que convertirá al TSJA en la cúspide de la organización judicial de la Comunidad Autónoma. Junto a ello, ha apostado porque haya actuaciones plenarias en la Sala de lo Contencioso con el fin de que se pueda “garantizar el principio de seguridad jurídica”.

La nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ andaluz, en su sede de Granada, nació en junio de 1970 e ingresó en la carrera judicial en junio de 2001, tras haber superado las pruebas de especialización de lo contencioso administrativo. Desde esa fecha forma parte de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Granada. APERTURA DEL AÑO JUDICIAL

El 15 de septiembre tuvo lugar la recepción con motivo de la apertura del año judicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Como en otras ediciones, el acto se celebró en el patio de la Real Chancillería de Granada y al mismo asistieron los miembros del Pleno de la Sala de Gobierno del alto tribunal, vocales del Consejo General del Poder Judicial, responsables políticos e institucionales así como representantes de todos los sectores judiciales, políticos, sociales y económicos de la Comunidad Autónoma.

El acto estuvo presidido por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Lorenzo del Río Fernández, quien analizó en su discurso la

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MEMORIA 2016 201

situación actual de la Administración de Justicia en Andalucía así como sus necesidades y prioridades. REUNIÓN DE LA SALA DE GOBIERNO EN EL MONASTERIO DE LA RÁBIDA (HUELVA)

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía celebró el 29 de noviembre su sesión ordinaria en el Monasterio de La Rábida (Huelva) para unirse, de esta manera, a la celebración del 525 aniversario del Encuentro entre Dos Mundos.

La Sala de Gobierno atendió así la petición elevada por el Presidente de la Audiencia de Huelva acerca de la celebración del 525 aniversario del Encuentro entre Dos Mundos y del conjunto de acciones que buscan profundizar en el carácter iberoamericano de Huelva, en cuyo contexto el Comité Organizador del 525 aniversario transmitía su interés en que la Sala de Gobierno celebrara una sesión de trabajo en el Monasterio de La Rábida.

Por este motivo, se acordó celebrar la reunión ordinaria del 29 de noviembre en Huelva, en el Monasterio de La Rábida, “con el fin de unirse a la celebración del 525 aniversario del Encuentro entre Dos Mundos, efeméride que celebrará Huelva y toda su provincia en la anualidad 2016-2017. La Sala de Gobierno considera que este acontecimiento cambió la concepción del mundo que hasta entonces se tenía y supone una fecha que refuerza el acercamiento y la cooperación entre la Comunidad Iberoamericana de Países”.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con la celebración de esta sesión de la Sala de Gobierno, quiso "contribuir a ese necesario acercamiento de los países iberoamericanos, especialmente estrecho en el plano judicial”. No en vano, el Poder Judicial

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español forma parte de la Cumbre Judicial Iberoamericana, organización que vertebra la cooperación entre los poderes judiciales de los 23 países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones. Como señala el acuerdo, “la Sala de Gobierno se une, de esta manera, a los valores que representa esta efeméride, como la concordia, la cooperación y el encuentro entre los pueblos”. ENCUENTROS CON MAGISTRADOS

Continuando con la filosofía iniciada desde que tomó posesión de su cargo, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha mantenido durante 2016 numerosos encuentros con jueces y magistrados del territorio. Esos encuentros se enmarcan en el objetivo de conocer, de primera mano, las sugerencias, inquietudes, necesidades y proyectos que plantean los jueces y magistrados.

Durante 2016 ha mantenido distintas reuniones con presidentes de las Audiencias Provinciales, jueces decanos de Andalucía, jueces de lo Social, Penal, Instrucción, Violencia sobre la Mujer, Contencioso-Administrativo y Vigilancia Penitenciaria de distintas provincias de Andalucía.

Junto con la vocal del Consejo General del Poder Judicial, Pilar Sepúlveda, visitó los Juzgados de Ceuta y de Algeciras y acompañó al vocal Juan Martínez Moya en su visita a los Juzgados de Melilla.

También acudió al homenaje al ex presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Andrés Márquez, celebrado en el rectorado de la Universidad de Málaga y a la despedida de Rafael Toledano, presidente de la Sala Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Granada que ascendió a Magistrado de Tribunal Supremo.

En Madrid asistió a la toma de posesión de Sebastián Moralo Gallego como magistrado de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. Además, estuvo presente en la entrega de despachos de la LXVI promoción de jueces en Barcelona. Y también, cómo no, presidió las numerosas tomas posesión y ascenso a magistrados celebradas en la Real Chancillería de Granada. Entre ellas, la jura de los 7 nuevos jueces pertenecientes a la 66 promoción de la Escuela Judicial.

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Asistió al acto solemne de imposición de la Cruz de San Raimundo de Peñafort al magistrado de la Audiencia de Córdoba, Félix Degayón, acto que estuvo presidido por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes. Presidió también otros actos solemnes de imposición de la Cruz de honor de San Raimundo de Peñafort al magistrado de la Audiencia de Málaga, Manuel Caballero Bonald; al magistrado de la Audiencia de Sevilla, Joaquín Maroto, que la recibió el mismo día que el magistrado de la Audiencia de Málaga, José Godino; a Diego Medina, Secretario de Gobierno del TSJA; al magistrado José María Contreras, magistrado de la Audiencia de Almería, y a las magistradas de la Audiencia de Jaén, María Esperanza Pérez y María Jesús Jurado.

Especialmente emocionantes fueron los actos de imposición de la Cruz de San Raimundo de Peñafort a título póstumo al magistrado Manuel Mazuelos, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía celebrado en Granada, y al magistrado José Ignacio Barangua, del Juzgado de lo Penal número 3, acto que tuvo lugar en Jerez de la Frontera.

ENCUENTROS CON EL PRESIDENTE DEL CGPJ

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, visitó Andalucía en distintas ocasiones durante el año 2016. Viajó hasta Sevilla en marzo; a Córdoba en abril; a Ceuta en Mayo; a Melilla en junio; a Cádiz en julio y a Málaga en octubre. En todas esas ocasiones, Carlos Lemes mantuvo encuentros con magistrados y jueces de los territorios con el fin de conocer, de primera mano, la situación, las necesidades y los problemas de cada territorio.

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PRESENTACIÓN DE LA MEMORIA

También como cada año, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, a través de su Presidente, presentó la Memoria Anual del Tribunal de 2015. En dicho documento se valoraba y analizaba la marcha de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y en las ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Como ya es norma, la memoria se entregó a la instituciones nacionales y autonómicas así como a los medios de comunicación en formato digital y se publicó en su integridad en la página web del Consejo General del Poder Judicial, en la página del TSJA, Ceuta y Melilla.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla también presentó la memoria ante el Parlamento de Andalucía, y expuso ante los parlamentarios que forman la Comisión de Justicia e Interior los análisis y valoraciones de la situación de la Administración de Justicia en Andalucía recogidos en dicho documento. RELACIONES CON OTROS PROFESIONALES

Durante 2016 han sido numerosos los encuentros en los que las relaciones entre el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el resto de profesionales de la administración de Justicia se han ido estrechando. Como consecuencia de la implantación del papel 0, el presidente del Tribunal ha mantenido reuniones con todos los operadores jurídicos de Andalucía conocer los problemas surgidos a raíz de la generalización de los sistemas telemáticos. En este sentido, desde la presidencia del Tribunal se convocaron reuniones con responsables del CGPJ, Ministerio, consejería de Justicia, jueces, letrados de la Administración de Justicia, abogados, procuradores y graduados sociales para conocer las incidencias que se estaban produciendo en el proceso de generalización de presentación telemática de escritos y se hizo hincapié, en todo momento, en la necesidad de mantener y mejorar los cauces de comunicación entre las distintas administraciones y los colegios profesionales.

Las tradicionales buenas relaciones entre los profesionales de la Justicia se consolidaron a lo largo de este año con distintos encuentros con los decanos de los

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Colegios de Abogados y Procuradores de Andalucía, participando en distintos actos colegiales, como los actos con motivo del 175 aniversario del Colegio de Abogados de Almería, o los actos de hermanamiento del Colegio de Abogados de Melilla y Granada, la clausura del Congreso de Letrados Jóvenes de la administración de Justicia, entre otros.

También durante este año, el TSJA y el Colegio de Arquitectos Técnicos firmaron un protocolo de colaboración para la formación y perfeccionamiento de los peritos forenses, una formación que se llevará a cabo hasta octubre de 2017 en las ocho provincias andaluzas. Asuntos como las nociones de pruebas pericial, derechos y obligaciones de los peritos, designación de parte o judicial, abstención y recusación de

perito, son algunos de los temas objeto de los cursos de formación. En la sede de la Real Chancillería se celebraron, además, como en años anteriores,

las juras de los nuevos letrados de la Administración de Justicia; de los Procuradores, y de los Graduados Sociales.

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III. 3 GABINETE DE COMUNICACIÓN

El objetivo general en materia de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla es la transparencia en la actuación judicial, mediante el establecimiento de canales de comunicación estables y adecuados para transmitir a los ciudadanos las decisiones y resoluciones de la actividad jurisdiccional. Por este motivo, la apuesta del Gabinete de Comunicación, siempre con el impulso de la Presidencia, no ha sido sólo la transmisión de la información jurisdiccional, sino también el modo en que se proyecta la imagen pública del TSJA y de todos los órganos judiciales de la Comunidad Autónoma, Ceuta y Melilla.

Como ya se señaló en memorias anteriores, el Gabinete de Comunicación es un servicio del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para todos los Jueces y Magistrados del territorio. Se debe convertir en el cauce natural de enlace entre los Jueces y Magistrados con la sociedad a través de los medios de comunicación. Y no sólo con la transmisión de información o resoluciones. También pueden considerar oportuno la elaboración de notas de prensa, aclaraciones ante informaciones aparecidas en los medios, preparación de posibles comparecencias ante los medios de comunicación o planificación de juicios que puedan tener mayor interés mediático, entre otros.

Durante este año 2016, el Gabinete de Comunicación se dividió y una de las plazas pasó a estar físicamente en Sevilla, con el fin de dar cobertura a las cuatro provincias de Andalucía occidental y aportar mayor cercanía a la relación del Gabinete tanto con los jueces y magistrados como con los periodistas.

Como en años anteriores, durante 2016 los periodistas de todas las provincias de Andalucía han acudido y contado con el Gabinete como fuente oficial tanto para contrastar datos de procesos que se encuentran en instrucción, estadísticos o, simplemente cuestiones procesales, como para recabar sentencias o autos judiciales de los distintos órganos judiciales de Andalucía.

En este sentido, desde el Gabinete de Comunicación se ha atendido especialmente a las Audiencias Provinciales en las que se han celebrado juicios con interés mediático. Tal y como señala el Protocolo de Comunicación, “corresponderá a los Gabinetes de Comunicación la organización y control del acceso de los medios audiovisuales a las salas de vistas”. En esos casos, el Gabinete se ha desplazado hasta los lugares en los que se celebran para organizar y controlar el acceso de los medios audiovisuales.

El proceso seguido en todos ellos fue, en primer lugar, la comunicación con el presidente del tribunal o del titular del Juzgado para acordar la mejor manera de organización y control, con desplazamiento a la ciudad si fuera necesario. En segundo lugar, el Gabinete de Comunicación realizó las acreditaciones a todos los medios de comunicación que querían asistir, sin la cual era imposible entrar en la sala de vistas. Y por último, atender diariamente el desarrollo del juicio.

Si 2015 se caracterizó por la celebración de nuevos macrojuicios, especialmente en Málaga y referidos a la corrupción, 2016 ha sido el año en el que los grandes casos en instrucción han finalizado y se encuentran en la fase intermedia antes de su enjuiciamiento, sobre todo, en Sevilla. Es precisamente en la fase de instrucción cuando es más complejo conseguir el equilibrio entre ofrecer datos objetivos que no afecten a la investigación y las peticiones de los medios de comunicación que requieren más información de la que en muchas ocasiones se les puede facilitar.

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Junto a ello, la presencia del Presidente del TSJA en los medios de comunicación es inevitable en función del cargo que ocupa. Así, han sido muchos los momentos de relación con los medios de comunicación de toda Andalucía durante 2016. Ha participado en el programa denominado “Informar en Justicia”, en Almería y Sevilla, puesto en marcha en virtud del convenio de colaboración suscrito entre el Colegio de Periodistas, el Consejo Audiovisual de Andalucía y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con el fin de profundizar en la formación jurídica de los periodistas y crear un marco de debate en el que se contrapongan los distintos puntos de vista de los dos colectivos.

Además ha concedido entrevistas a distintos medios de comunicación, como Canal Sur, La Razón, o RNE y ha mantenido encuentros con los periodistas al acudir a los distintos actos públicos a los que asiste o en el ya tradicional desayuno navideño con la prensa en Granada.

Pero las funciones del Gabinete de Comunicación no se circunscriben solamente a los aspectos jurisdiccionales. Al formar parte del Gabinete de la Presidencia participa activamente en las actividades organizadas por el Tribunal Superior de Justicia, así como en los informes y proyectos que se llevan a cabo. Como en años anteriores, se ha participado en la elaboración de la memoria anual de actividades y funcionamiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, especialmente en la presentación y elaboración de la misma desde el punto de vista material en la realización y diseño del soporte digital en el que se presenta.

Además, el Gabinete de Comunicación coordina las visitas que se realizan a la Real Chancillería. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla quiere estar abierto a la ciudad de Granada y a todos los colectivos de toda Andalucía que quieran visitar la Real Chancillería. Ya sea por motivos históricos –conocer el edificio de la Real Chancillería, uno de los monumentos más imponentes de Granada-, o por acercarse al funcionamiento real de la Justicia, asistiendo a juicios, han sido numerosos los grupos que han visitado durante 2016 la Real Chancillería. Así, acudieron alumnos de las Facultades de Derecho, Arquitectura, Óptica e Historia para realizar un proyecto común sobre la Real Chancillería desde todas sus perspectivas; alumnos del aula permanente de Formación Abierta de la Universidad de Granada; alumnos de distintos colegios e institutos de Andalucía; asociaciones culturales como “La Granada que queremos” o “Secretos de Granada”, Asociaciones de mayores de la Universidad de Granada o alumnos de Ciencias Políticas de la Texas University para conocer el funcionamiento de la Justicia española. También se atendió a magistrados que llegaron desde otros países como Chile o Perú para conocer el funcionamiento de la Justicia española.

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III.4 SERVICIO BIBLIOTECA JUDICIAL La Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, cuyo

principal objetivo es el apoyo a la labor jurisprudencial y la difusión de información jurídica a los distintos Órganos Judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, quiere dar a conocer algunos de los datos de su gestión y funcionamiento durante el año 2016.

En las siguientes tablas se muestran los datos de los usuarios de la Biblioteca. DATOS DE USUARIOS

Usuarios totales Jueces y Magistrados Letrados Admón.Justicia Total Andalucía 543 440 103

En la siguiente tabla, exponemos los datos ordenados por Órgano Judicial. DATOS POR ÓRGANOS JUDICIALES

ÓRGANOS JUDICIALES 3.1)Usuarios

Tribunal Superior de Justicia Andalucía 48 Audiencias Provinciales 80 Juzgados Contencioso-Administrativo 29 Juzgados de lo Penal 41 Juzgados de lo Social 42 Juzgados de 1a Instancia 107 Juzgados de Instrucción 62 Juzgados 1a Instancia e Instrucción 98 Juzgados de lo Mercantil 11 Juzgados de Violencia Mujer 12 Juzgados de Menores 8 Juzgados Vigilancia Penitenciaria 5 Otros Órganos 35 TOTAL ANDALUCÍA 578

En las siguientes tablas exponemos las entradas totales de la Biblioteca en 2.016 por

tipo de usuario y modo de acceso: DATOS DE ENTRADA DE JUECES Y MAGISTRADOS

Entradas Teléfono Presencial Total Total Andalucía 215 63 49 327

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MEMORIA 2016 209

DATOS DE ENTRADA DE LETRADOS ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Entradas Teléfono Presencial Total Total Andalucía 98 25 15 138

DATOS DE ENTRADA OTROS USUARIOS

Entradas Teléfono Presencial Total

RED CENDOJ 25 15 0 40 OTROS 30 25 32 87 TOTAL OTROS USUARIOS

55 40 32 127

TOTAL DATOS DE ENTRADA

Entradas Teléfono Presencial Total JUECES Y MAGISTRADOS 215 63 49 327 LETRADOS ADMÓN. JUSTICIA

98 25 15 138

OTROS USUARIOS 55 40 32 127 TOTAL ENTRADAS 368 128 96 592

En el capítulo de entradas, durante el año 2.016 se registraron 592 usos totales en la Biblioteca del TSJ de Andalucía.

En las siguientes tablas exponemos las salidas totales de la Biblioteca en 2.016 por tipo de usuario y por modo de envío:

DATOS DE SALIDA DE JUECES Y MAGISTRADOS

SALIDAS JUECES Y MAGISTRADOS

Salida @ Préstamo Sala / Papel Total

Total Andalucía 853 66 78 997

DATOS DE SALIDA DE LETRADOS ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

SALIDAS JUECES Y MAGISTRADOS

Salida @ Préstamo Sala / Papel Total

Total Andalucía 225 21 35 281

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DATOS DE SALIDA DE OTROS USUARIOS

SALIDAS OTROS USUARIOS Salida @ Préstamo Sala / Papel Total RED CENDOJ 40 15 28 83 OTROS USUARIOS 79 6 25 110 TOTAL 119 21 53 193

TOTAL DATOS DE SALIDA

SALIDAS Salida @ Préstamo Sala / Papel Total JUECES Y MAGISTRADOS 853 66 78 997 LETRADOS ADMÓN. JUSTICIA

225 21 35 281

OTROS USUARIOS 119 21 53 193 TOTAL SALIDAS 1197 108 166 1471

La Biblioteca del TSJA, tuvo en 2.016 unos movimientos totales de salida de 1.471

documentos. De esa documentación, Jueces y Magistrados circularon un total de 997 documentos, los Letrados de la Administración de Justicia 281 y otros usuarios 193 documentos.

DATOS DE CONSULTAS Y BÚSQUEDAS A continuación mostramos una tabla con las consultas de información jurídica que

han realizado nuestros usuarios durante 2.016 y que no están incluidas en los apartados anteriores, por ser un servicio de atención personalizado, que no ha tenido una elaboración previa y que se adapta a lo que cada usuario nos pide.

JUECES Y MAGISTRADOS 285

LETRADOS ADMÓN. JUSTICIA 76

OTROS USUARIOS 51

TOTAL BÚSQUEDAS 412

Durante 2.016 se han recibido y contestado 412 consultas solicitando información y

documentación sobre temas específicos del interés de nuestros usuarios. En cuanto al tiempo transcurrido entre la recepción de las consultas, la búsqueda de

documentación y su envío, el 40% de las consultas se contestan el mismo día, el 35% al día siguiente y el 25% en días posteriores, dependiendo de la complejidad de la búsqueda y del número de peticiones recibidas.

En lo referente a los medios de petición utilizados para acceder al servicio de consultas y al envío de documentación, sigue siendo el correo electrónico el sistema más

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MEMORIA 2016 211

utilizado en esta biblioteca, tanto para realizar las peticiones, como para enviar las respuestas a nuestros usuarios.

Son los artículos doctrinales el tipo de documentación más solicitado, seguidos por la jurisprudencia, la combinación de artículos y jurisprudencia sobre un mismo tema, las referencias bibliográficas de monografías y artículos de revistas, la legislación y finalmente circulares, acuerdos, informes etc. de distintos órganos e instituciones.

En cuanto a la materia de las consultas realizadas, destacan las del orden civil y penal con más del 50% de las peticiones, seguidas de administrativo, social y procesal.

BOLETÍN INFORMATIVO DIGITAL Durante el año 2.016, la Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,

Ceuta y Melilla, ha elaborado y publicado en el Portal Adriano, 48 Boletines Informativos Digitales con periodicidad semanal, con lo más destacado de la legislación, jurisprudencia, nombramientos y concursos, etc... aparecidos en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Diario Oficial de la Unión Europea, además de los sumarios de las revistas recibidas en la Biblioteca, los enlaces a otras publicaciones, etc... )

Para responder a las peticiones de artículos sobre estos boletines, se han vaciado un total de 1344 artículos.