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Memoria resumen ayuntamiento de ampuero

memoria resumenndice Introduccin Marco general del PGOU Alcance y contenido de la planificacin Rgimen de usos, protecciones y ordenanzas Desarrollo previsible del Plan Diagnstico territorial y del medio ambiente Efectos ambientales previsibles por la ejecucin del PGOU Efectos previsibles sobre elementos estratgicos del territorio, la planificacin sectorial, territorial y las normas aplicables Planos Anexos

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Memoria resumenNDICE

ayuntamiento de ampuero

ndice

RGIMEN DE USOS, PROTECCIONES Y ORDENANZAS ........................................................................ 33Rgimen de usos del suelo rstico............................................................................................... 34 Ordenacin del suelo urbano...................................................................................................... 36

DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN .............................................................................................. 37 DIAGNSTICO TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE .......................................................................... 39Anlisis de la evolucin poblacional y de la vivienda .................................................................. 41 Condicionantes fsicos: ................................................................................................................ 43 Condicionantes ecolgicos: ........................................................................................................ 52 Condiciones perceptuales:.......................................................................................................... 60 Patrimonio cultural: ...................................................................................................................... 63

EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES POR LA EJECUCIN DEL PGOU ..................................................... 67Identificacin de impactos .......................................................................................................... 69 Matriz de impactos ...................................................................................................................... 71

EFECTOS PREVISIBLES SOBRE LOS ELEMENTOS ESTRATGICOS DEL TERRITORIO, LA PLANIFICACIN SECTORIAL,TERRITORIAL Y LAS NORMAS APLICABLES......................................................................................... 73

Espacios Protegidos: .................................................................................................................... 74 Plan de Ordenacin del Litoral: ................................................................................................... 75 Montes de Utilidad Pblica: ......................................................................................................... 79 Dominio Pblico Hidrulico:......................................................................................................... 80 Dominio Pblico Martimo Terrestre: ......................................................................................... 81 Proteccin de infraestructuras lineales: carreteras ..................................................................... 83 Proteccin de infraestructuras lineales: ferrocarril....................................................................... 85 Proteccin de infraestructuras lineales: redes elctricas ............................................................ 86

memoria resumen ................................................................................................. 1NDICE ................................................................................................................................... 3

INTRODUCCIN ....................................................................................................................... 5Legislacin de referencia .............................................................................................................. 6 Objeto de la Memoria-Resumen del Informe de Sostenibilidad Ambiental ................................. 7 Antecedentes ................................................................................................................................. 8

PLANOS ............................................................................................................................... 87 ANEXO1. MARCO LEGISLATIVO AL QUE SE SOMETE EL INFORME ......................................................... 89 ANEXO 2. PLAN DE PARTICIPACIN CIUDADANA ............................................................................ 93MARCO GENERAL ......................................................................................................................... 93 OBJETIVOS DEL PLAN DE PARTICIPACIN CIUDADANA EN EL PGOU............................................... 93 INSTRUMENTOS ............................................................................................................................. 93 PLAN DE PARTICIPACIN CIUDADANA DEL PGOU DE AMPUERO. .................................................. 94 Herramientas e Instrumentos ....................................................................................................... 98 Encuesta ...................................................................................................................................... 99EL EQUIPO REDACTOR ............................................................................................................ 109

MARCO GENERAL DEL PGOU ................................................................................................... 11Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del nuevo Plan .......................................... 12

ALCANCE Y CONTENIDO DE LA PLANIFICACIN.............................................................................. 17Ordenacin del medio rural. ....................................................................................................... 18 El medio transformado ................................................................................................................ 20 mbitos de reordenacin y de expansin de Ampuero ............................................................. 22 Cuantificacin de la eventual variacin de las clasificaciones del suelo ................................... 31

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Memoria resumenINTRODUCCIN

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Introduccin

La presente Memoria-Resumen del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) del Plan General de Ordenacin Urbana (PGOU) de Ampuero se redacta para dar cumplimiento a la normativa vigente, siendo intencin del Ayuntamiento de dicho municipio integrar la proteccin de sus principales valores ambientales y contemplar los criterios de sostenibilidad en el desarrollo del Plan. Mediante este documento se da inicio al procedimiento de Evaluacin Ambiental de Planes y Programas establecido en las legislaciones estatal y autonmica de aplicacin. La presente Memoria-Resumen tiene un carcter preliminar, dado que su finalidad es la de servir de soporte a la solicitud al rgano Ambiental, la Direccin General de Ordenacin del Territorio u Evaluacin Ambiental Urbanstica del Gobierno de Cantabria, en relacin con un pronunciamiento acerca de la amplitud, nivel de detalle y grado de especificacin del Informe de Sostenibilidad Ambiental, previa consulta a las administraciones pblicas y privadas que se considere conveniente y que respondan a travs del proceso legalmente establecido al efecto. El Informe de Sostenibilidad Ambiental incorporar el diagnstico ambiental que se presenta en este documento, ampliando todos los puntos de acuerdo con el resultado del trmite de Consultas y con lo que determine el Documento de Referencia. El proceso de evaluacin ambiental que se desarrolla se basa en la Gua para el Promotor de Planes Generales de Ordenacin Urbana elaborada por el rgano Ambiental. El presente documento no supone, por tanto, una propuesta de ordenacin concreta, cerrada o de carcter definitivo, a pesar de que incluye planos de ordenacin que se exigen en la citada gua. Contiene la documentacin mnima para dar inicio al trmite ambiental de un proyecto en redaccin cuyo trabajo de campo an se est desarrollando y cuyo desarrollo definir todos los aspectos que son exigibles a este tipo de proyectos.

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Memoria resumenINTRODUCCIN

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Legislacin de referencia

Legislacin de referenciaUrbanismoLas normas que inciden ms significativamente en la ordenacin urbanstica que se pretende a travs del Plan General de Ordenacin Urbana de Ampuero y en el ISA, a nivel estatal y autonmico, son las siguientes : Normativa estatal: Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que en el 2007 alter el marco del derecho urbanstico estatal vigente desde 1998.1

Evaluacin AmbientalLa normativa de Evaluacin Ambiental aplicable al Plan General de Ordenacin Urbana es la siguiente: Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluacin de los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente. Transpone al ordenamiento espaol la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluacin de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Adems, el Gobierno de Cantabria ha desarrollado la normativa bsica estatal mediante la siguiente norma: Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.

Los Reglamentos de Planeamiento, Gestin y Disciplina Urbanstica de 1978, en lo que no contradigan la vigente legislacin autonmica. De acuerdo con el artculo 3 de la Ley 9/2006, sern objeto de evaluacin ambiental los planes y programas, as como sus modificaciones, que cumplan con los siguientes requisitos:

Normativa autonmica: Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenacin Territorial y Rgimen Urbanstico del Suelo de Cantabria. Modificada por Leyes de Cantabria: 9/2001, 10/2002, 2/2003, 2/2004, 7/2004, 6/2005, 19/2006, 7/2007, as como por la Ley de Cantabria 2/2009, de 3 de julio. Ley de Cantabria 2/2004, por la que se aprueba el Plan de Ordenacin del Litoral, as como sus planeamientos de desarrollo (PESC, etc.) Decreto de Cantabria 57/2006, de 25 de mayo, por el que se aprueban las Normas Urbansticas Regionales2. Por otro lado, tal y como se recoge en el apartado 4 del artculo 30 de la Ley de Cantabria 2/2001, el planeamiento que desarrolle la legislacin urbanstica ha de tener en consideracin la Legislacin Sectorial estatal y autonmica que resulte aplicable, en especial, la referente al rgimen de las aguas, a las costas, a los puertos, a las carreteras, a los espacios naturales y al patrimonio histrico y cultural. Dicha normativa, as como cualquier otra de mbito supramunicipal que pueda afectar al Plan, ser tenida en cuenta en la elaboracin del Plan General y se aplicar de acuerdo con las directrices de los organismos competentes en la materia. 2 3 1 Que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, entendiendo como tales aqullos que cumplan una de las siguientes condiciones: a) Los que establezcan el marco para la futura autorizacin de proyectos legalmente sometidos a evaluacin de impacto ambiental en las siguientes materias: agricultura, ganadera, silvicultura, acuicultura, pesca, energa, minera, industria, transporte, gestin de residuos, gestin de recursos hdricos, ocupacin del dominio pblico martimo terrestre, telecomunicaciones, turismo, ordenacin del territorio urbano y rural, o del uso del suelo. b) Los que requieran una evaluacin conforme a la normativa reguladora de la Red Ecolgica Europea Natura 2000, regulada en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservacin de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres. Que se elaboren o aprueben por una Administracin pblica. Que su elaboracin y aprobacin venga exigida por una disposicin legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno de una Comunidad Autnoma.

Los Planes Generales cumplen las tres condiciones, ya que: 1 2 3 Establecen el marco para la futura autorizacin de proyectos relacionados con la ordenacin del territorio urbano y rural sometidos a Evaluacin de Impacto Ambiental3. Son aprobados por dos administraciones pblicas: el Ayuntamiento y la CROTU. Su elaboracin viene exigida por la normativa urbanstica (Apdo. 3 de la Disposicin Transitoria Primera de la Ley 2/2001)

La Ley de Cantabria 17/2006 despeja cualquier atisbo de duda al incluir explcitamente los Planes Generales de Ordenacin Urbana en su Anexo B1, concretamente en el Grupo 2 a. Por lo tanto, tal y como establece su artculo 25.1, estos instrumentos deben someterse al procedimiento de evaluacin ambiental de planes y programas.

En el anexo 1 del presente documento se extiende el marco normativo al que se ajusta el presente proyecto, incluyndose un listado de normativa ms extenso que suele incorporarse en los manuales de Evaluacin Ambiental.2

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Estas Normas ya disponen de un documento de Revisin que ha sido aprobado provisionalmente por la CROTU, por lo que es previsible que sean reemplazadas por otras posteriores.

Entre otros, proyectos de urbanizaciones, incluidos en el Anexo II Grupo 7 b del Real Decreto Legislativo 1302/1986. En el caso de Ampuero, dado que estos proyectos podran afectar al LIC Ro Asn o al de LIC de las Marismas de Santoa, Victoria y Joyel, incluidos en la Red Natura 2000, y que se consideran tambin incluidos en el Anexo I Grupo 9 c3 de dicha norma, estaran sujetos a Evaluacin de Impacto Ambiental, an sin necesidad de someterlo a la consideracin del rgano ambiental.

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Memoria resumenINTRODUCCIN

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Objeto de la Memoria Resumen del informe de Sostenibilidad Ambiental

Objeto de la Memoria-Resumen del Informe de Sostenibilidad AmbientalDe acuerdo con el artculo 25.3a de la Ley de Cantabria 17/2006, el procedimiento de Evaluacin Ambiental de Planes y Programas se inicia con la solicitud al rgano Ambiental por parte del promotor de un pronunciamiento acerca de la amplitud, nivel de detalle y grado de especificacin del Informe de Sostenibilidad Ambiental. Aunque la normativa no establece el contenido de dicha solicitud, siguiendo las indicaciones que al respecto se establecen en el documento de Gua para el Promotor de Planes Generales de Ordenacin Urbana del Gobierno de Cantabria, se ha elaborado este documento, denominado Memoria-Resumen por analoga con el procedimiento de Evaluacin de Impacto Ambiental, en el que se plasman las principales caractersticas del proyecto de PGOU, as como sus principales antecedentes y condicionantes ambientales. Mediante este documento, el rgano Ambiental consultar a las Administraciones pblicas afectadas y privadas que estime conveniente. Una vez realizadas estas consultas, y en el plazo de tres meses desde la entrega de la Memoria Resumen, el rgano Ambiental remitir al Promotor un Documento de Referencia en el que se determinar la amplitud, nivel de detalle y grado de especificacin del Informe de Sostenibilidad Ambiental previo, que se tramitar junto con el documento de Avance o de Presupuestos Iniciales y Orientaciones Bsicas. A continuacin se muestra un esquema del procedimiento de redaccin del documento urbanstico y del correspondiente documento ambiental, al que hay que sumar la tramitacin, propia de los municipios litorales afectados por la Ley de Cantabria 2/2004, del Informe de Impacto Territorial, de acuerdo con lo establecido en el artculo 13 de la citada Ley.

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Memoria resumenINTRODUCCIN

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Antecedentes

AntecedentesLas Normas Subsidiarias vigentes en Ampuero fueron aprobadas definitivamente por la Comisin Regional de Urbanismo con fecha 5 de diciembre de 1995 y publicadas en el boletn oficial de Cantabria de fecha 27 de febrero de 1996. Suceden a un planeamiento anterior, de 1990, muy similar al vigente y de muy corta vida y plantearon el desarrollo urbanstico del ncleo de Ampuero, ncleo que, junto con los barrios de Marrn y Tabernilla, fue considerado un continuo urbano que se extiende hasta los barios de Bernales y El Camino. El resto de asentamientos del municipio disponan de un tratamiento de ncleo rural acorde con sus caractersticas y la legislacin vigente en el momento, mientras que el medio rural obtuvo una consideracin de suelo protegido con tres categoras diferenciadas en funcin de su naturaleza. La revisin y adaptacin aprobada en 1995 se llev a cabo con los criterios que marcaron las siguientes lneas directrices: Adaptacin al cambio en la legislacin en materia urbanstica, as como a las leyes de carreteras, costas y cauces y otras. La definicin concreta de la zona de afeccin de la variante de la carretera Burgos-Santoa, de la que se haba concretado el trazado definitivo y fijado el enlace de entrada a Ampuero, ajustando la delimitacin de las zonas de servidumbre y proteccin y lnea lmite de edificacin a las estipuladas por la Ley de Carreteras. Corregir los defectos de funcionamiento y las dificultades de gestin de algunas unidades de actuacin, bien por la capacidad de la iniciativa privada para desarrollarlas, bien por los problemas del propio sistema de compensacin. Esto sugera la redaccin de unas nuevas Normas que modificaran las cuatro Unidades de Actuacin incluidas en el suelo urbano de Ampuero, quedando definido su desarrollo por el planeamiento y sin necesidad de desarrollo de complejas figuras de planeamiento. Determinando el viario en el planeamiento y reduciendo la entidad de las Unidades de Ejecucin, se opt por una actuacin directa o por el sistema de cooperacin, que permitiera al propio Ayuntamiento tomar la iniciativa. Preparar un planeamiento actualizado y gil en vistas de una reactivacin de la actividad inmobiliaria. Revisin del articulado de las ordenanzas, limando imperfecciones y reestructurndolas de manera ms clara y manejable. Estudio pormenorizado del casco antiguo de Ampuero definiendo el diseo de cada edificacin. Adaptacin a los lmites de las propiedades de las divisiones de zonas, as como el trazado viario.

Desarrolladas En desarrollo, casi acabado Sin desarrollar

UE-2 UE-8 UE-1

UE-3

UE-5

UE-6

UE-7.1

UE-4

UE-7.2

UE-9

Esquema orientativo de la ordenacin del planeamiento vigente En sus aos de vigencia, el desarrollo de las Normas Subsidiarias de 1996 puede resumirse en la produccin de algo menos de 1300 nuevas viviendas y la implantacin de una gran industria que da trabajo a unos cuatrocientos empleados directos. Han tenido lugar pequeas adaptaciones de los equipamientos comunitarios y adecuaciones de los servicios a las mayores necesidades, as como la redaccin de un planeamiento de desarrollo del entorno de La Aparecida. Se trata de un planteamiento muy desarrollista que tiene su reflejo en las actuales promociones destinadas a la segunda vivienda e incluso primera de gente que trabaja en el entorno prximo. Mucho mayor ha sido el desarrollo de suelos urbanos de actuacin directa que ha provocado (75% del total de las viviendas): desarrollos de vivienda colectiva en los ncleos ms compactos

De esta forma se confeccion una normativa centrada en el desarrollo residencial del municipio y que ha permitido la construccin de unas mil trescientas viviendas, fundamentalmente en el entorno de Ampuero. En cuanto a la simplicidad de trmites para el desarrollo, puede considerarse conseguido el objetivo de las Normas, pues el balance del desarrollo de las unidades de actuacin (llamadas de ejecucin), todas en tipologa de vivienda colectiva, es el siguiente:

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Memoria resumenINTRODUCCIN

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Antecedentes

multitud de pequeas urbanizaciones de unifamiliares, con viales privados en fondo de saco, que cubren la demanda de la segunda residencia.

lo que fue concebido como ncleo rural, no reuniendo las condiciones de urbano, pasa a ser suelo urbano sin disponer de los servicios y la estructura necesaria para el desarrollo pretendido. El catlogo de edificaciones protegidas (referido como conjunto de fichas de edificios de inters) contiene nicamente 31 inmuebles, no existiendo una regulacin de los yacimientos, ingenios hidrulicos, obras civiles, etc. Como es propio de los documentos de la poca, y en particular de las Normas Subsidiarias del planeamiento, no existe un estudio econmico financiero de las actuaciones ni una programacin del desarrollo, que se ha producido en la corriente de un ciclo de bonanza econmica como ha sido de los pasados quince aos. La vigente normativa carece de las medidas que favorezcan el acceso a la vivienda, pues no disponen de un mnimo de vivienda protegida. Pese a ello, se han construido viviendas de proteccin de publica. En definitiva, pese a que la inexistencia de graves conflictos urbansticos en el municipio puede hacer pensar en la solvencia del actual documento normativo, no es menos cierto que la hipottica retramitacin del documento, con el actual marco normativo, no culminara con su aprobacin, tanto por la insuficiente motivacin del desarrollo planteado, como por lo generoso del mismo, en especial al contemplarse como suelos urbanos consolidados prados que en su da disponan de una situacin bsica de suelo rural que, a buen seguro, y en el mejor de los casos, hoy tendrn que ser agrupados en sectores de suelo urbano no consolidado, con sus correspondientes cesiones de sistema local y su gestin sistemtica. Las actuales normas subsidiarias han sido objeto de proyectos de Modificacin Puntual en seis ocasiones, aunque siempre con la intencin de alterar dos aspectos: los relativos al suelo productivo de Marrn (Modif_2, de julio de 1997, consistente en la ampliacin del suelo urbano industrial de Marrn, Modif_3, de julio de 1998, alterando la posicin del Campo de futbol a U-6 para posibilitar la ampliacin del suelo industrial, Modif_4, de enero de 2001, consistente en la alteracin de parmetros. los relativos al Monte de La Maza, en los lmites con Rasines y Liendo, con la intencin de modificar la categora del SR para la implantacin de un Campo de Golf y un rea Temtico Ambiental: Modif_5 y 6 que no han tenido xito, pues nunca fueron aprobadas.

La cesin de la antigua nacional a favor del Ayuntamiento provoca un desarrollo urbano apoyado principalmente en esta arteria. Desde El Camino hasta el ncleo de Ampuero se establece un suelo urbano de viviendas unifamiliares (zona de La Mies) y de pequeos bloques de vivienda colectiva en las parcelas que colindan con dicho vial. El desarrollo se produce de forma lineal, en contraposicin al modelo centro-radial del casco de Ampuero. Marrn se destina a vivienda colectiva y suelos productivos, extendindose as la tipologa de las viviendas vinculadas a la fbrica y ejecutadas a finales de los aos setenta. La regulacin de los usos edificatorios se establece en base a cinco ordenanzas residenciales (U1 a U5) y una productiva (U6). Las tres primeras (U1 a U3) regulan la vivienda colectiva, desde cuatro plantas en el casco, hasta las tres de la periferia inmediata. Las ordenanzas de vivienda unifamiliar se distribuyen los suelos ms alejados del casco. Existe adems una ordenanza especfica para los Ncleos Rurales (alterada por la Ley de Cantabria 2/2001) que se asigna 17 delimitaciones de los barrios tradicionales no vinculados a la capital. El modelo residencial intensivo de las vigentes normas es muy acorde con la posicin del municipio en la comarca (cabecera) y ha propiciado una importante mejora del trmino municipal, aunque se ha centrado en un uso excesivamente residencial, con muy escasa variedad de usos, lo que a largo plazo genera desequilibrios, sobre todo cuando hay un exceso de la segunda vivienda. En este sentido, es muy probable que el no superado horizonte de crecimiento del vigente planeamiento no est respaldado por la necesaria garanta de suministro de recursos de agua y electricidad y de la correspondiente capacidad de depuracin del vertido, aspectos que debern ser acreditados en la revisin. En general, no se percibe una planificacin integral del espacio pblico, para el que no se plantearon polticas de conjunto que ayudaran a resolver los problemas de movilidad, la planificacin de infraestructuras, los centros de uso comunitario y otras demandas globales. Puede decirse que el espacio pblico de Ampuero se ha creado por la agregacin independiente y sucesiva de pequeos espacios de vial cedidos por las urbanizaciones privadas desarrolladas. Esto ha precisado de un gran esfuerzo inversor del Ayuntamiento: peatonalizaciones, urbanizaciones de entornos, etc. y de otras instituciones pblicas. Por otro lado, se echa de menos en la normativa una regulacin de usos del suelo rstico ms adecuada al territorio, as como la planificacin de las inversiones pblicas necesarias para paliar las demandas que genera la explotacin de los recursos. Finalmente, es especialmente significativa desaparicin del concepto de Ncleo Rural que se produce con la entrada en vigor de la Ley de Cantabria 2/2001, por la que estos pasan a ser considerados suelo urbano, con el rgimen de los pequeos municipios, los ncleos del municipio de Ampuero que no disponen de las mnimas exigencias para ser considerados como tales, es decir, por un ajuste de legalidad ciego y sistemtico

Por ltimo, dentro de los breves antecedentes que enmarcan el proceso de revisin del actual planeamiento urbanstico de Ampuero, cabe apuntar que el Ayuntamiento de Ampuero ya intent, a principios de esta dcada, la redaccin de un PGOU adaptado a la legislacin autonmica. De esta iniciativa existe un borrador de documento de aprobacin inicial, de 2003, que ha sido tomado de referencia en el presente proyecto y que se ha considerado como una alternativa ms de la ordenacin que se promueve.

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Memoria resumenMARCO GENERAL DEL PGOU

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Marco general del PGOU

De acuerdo con el artculo 43.1 de la Ley 2/2001, de Ordenacin del Territorio, Urbanismo y Suelo de Cantabria, el Plan General de Ordenacin Urbana es el instrumento de ordenacin integral del territorio correspondiente a uno o varios trminos municipales completos que tiene como objetivos cumplir en su mbito los fines a que se refiere el artculo 3 de esta Ley4 y, ms concretamente, contribuir a resolver las necesidades de suelo residencial, dotacional e industrial del municipio regulando, delimitando u orientando, segn los casos, las zonas de crecimiento, la utilizacin del suelo rstico y los procesos de renovacin y rehabilitacin urbana. En el caso que nos ocupa el proyecto que se evala se cie exclusivamente al termino municipal de Ampuero. El PGOU, por lo tanto, puede entenderse como un plan municipal de ordenacin del territorio del municipio de Ampuero, en el que no slo se regular el rgimen urbanstico del suelo, sino que se planificar la totalidad de usos y aprovechamientos, tanto rsticos como urbanos, que se desarrollarn en el conjunto del trmino municipal. Como pieza esencial y central del urbanismo, el PGOU define el marco fsico elegido para el desarrollo de la convivencia, evaluando de antemano las transformaciones que se van a producir y preconfigurando el diseo espacial futuro de las actividades residenciales, industriales, productivas, de servicios y de toda ndole que incidan en el territorio. Est compuesto por una serie de instrumentos de carcter normativo que concretan los usos y destinos de las distintas fincas que se agrupan en unidades tales que permiten una distribucin de espacios, edificacin y actividades ptima para el territorio en el que se ubican.

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Artculo 3. Contenido, finalidades y principios generales.

1. A efectos de lo dispuesto en el artculo anterior la Ley regula el contenido y clases del planeamiento territorial y urbanstico, la clasificacin y rgimen del suelo, la ejecucin del planeamiento, la urbanizacin, la edificacin y uso de los terrenos, la disciplina urbanstica, los distintos instrumentos de intervencin en el mercado del suelo y la organizacin administrativa que sirve de soporte a estas polticas. La regulacin que contiene la presente Ley tiene como finalidad contribuir a la eficacia de los derechos constitucionales a un medio ambiente adecuado, a la utilizacin racional de los recursos, a la mejora de la calidad de vida, a la conservacin del patrimonio cultural y a una vivienda digna, de manera que la utilizacin del suelo propicie el inters general, impida la especulacin y garantice la participacin de la comunidad en parte de las plusvalas generadas por la actividad urbanstica. 2. La ordenacin urbanstica del suelo no conferir por s sola a los propietarios derecho a ser indemnizados, por constituir dicha ordenacin parte de la definicin del contenido normal de la propiedad. Los afectados tendrn, no obstante, derecho a la distribucin equitativa de beneficios y cargas derivados del proceso urbanizador en los trminos previstos en la presente Ley. Todo ello sin perjuicio de los supuestos indemnizatorios por la reduccin o ablacin de derechos, la alteracin anticipada del planeamiento, la imposicin de vinculaciones singulares que excedan de los deberes legales de conservacin y de otros supuestos previstos en la legislacin estatal.

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Memoria resumenMARCO GENERAL DEL PGOU

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Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del Plan

Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del nuevo PlanEl apartado 3 de la Disposicin Transitoria Primera de la Ley 2/2001 establece la necesidad de adaptar los Planes Generales de Ordenacin Urbana y las Normas Subsidiarias en vigor a lo dispuesto en dicha Ley en el plazo de cuatro aos y, en todo caso, con ocasin de la primera modificacin que se tramite despus de dicho plazo. Este es de por si un motivo suficiente para la redaccin de un Plan General en Ampuero que, al menos, persiga la adaptacin del existente al marco legal vigente. Los objetivos del planeamiento se establecen tras la valoracin del anlisis ambiental y urbanstico realizado, enuncindose como las lneas maestras que se desarrollan a travs de las determinaciones establecidas en los documentos que finalmente constituyan el Plan General. Deben estar encaminados regular las condiciones de proteccin del medio y de sus elementos, as como a satisfacer las expectativas de desarrollo que se plantean en el municipio, definiendo las condiciones de los procesos de transformacin necesarios en los asentamientos y de proteccin del medio rural. De una manera esquemtica y global pueden sealarse los siguientes OBJETIVOS y CRITERIOS de la propuesta de ordenacin que se pretende, que deben entenderse dentro del carcter preliminar del documento que constituye esta Memoria:

Cabe mencionar que, a modo de planeamiento de desarrollo del POL, se encuentra aprobado provisionalmente el Plan Especial de la Red de Sendas y Caminos del Litoral (PESC). Las Normas Urbansticas Regionales (NUR), que actualmente estn en revisin (pendientes de su aprobacin definitiva), establecen su ttulo primero los criterios y orientaciones aplicables en la elaboracin de los planes generales de ordenacin urbana, desarrollando de forma especfica las necesidades de proteccin del medio ambiente, del entorno cultural y del paisaje. En el ltimo captulo de dicho ttulo establecen unas categoras del suelo rstico. Estas determinaciones, como establece el artculo 4, disponen de un carcter orientador para la elaboracin de los planes generales y as sern tenidas en cuenta. El Plan Regional de Ordenacin del Territorio (PROT) suele definirse como elemento rector mximo de la ordenacin del territorio en la Comunidad Autnoma, identificando las pautas generales del desarrollo socioeconmico de la Comunidad Autnoma y fijando las directrices para la ordenacin del territorio, estableciendo a su vez las prioridades de la accin econmica gubernamental y definiendo as, el modelo territorial deseable a proporcionar a las dems Administraciones Pblicas para el ejercicio de sus respectivas competencias. Pese a su relevancia, el Gobierno Regional an no lo ha desarrollado. Finalmente en el anexo a este documento se recoge un extracto de las Normativas Sectoriales a las que se adaptarn las propuestas del Plan General y cuyo cumplimiento ser contrastado en los preceptivos informes sectoriales que se soliciten incidirn significativamente en la propuesta.

1. Adecuar el planeamiento existente al marco legislativo vigente.En especial al que establece la Ley de Cantabria 2/2001 con sus modificaciones, de las que tienen especial importancia la de la Ley de Cantabria 7/2007 y la 2/2009. La primera consecuencia de la adaptacin a la legalidad es la revisin de la vigente clasificacin del suelo. Tanto el suelo urbano como el rstico de especial proteccin atienden a un carcter reglado, dndose situaciones en el planeamiento actual en las que no es posible el mantenimiento de las clasificaciones de las anteriores Normas Subsidiarias. En la Ley de Cantabria 2/2009 se introduce la Disposicin Adicional Quinta, por la que se regulan las posibilidades de cambio de uso de los inmuebles del suelo rstico a travs de los catlogos y la posibilidad de construir en el suelo rstico a travs de los planes especiales. En Ampuero, esta nueva posibilidad resulta de un gran inters en desarrollo de los ncleos rurales que ya reconoce el vigente planeamiento y que no pueden considerarse urbanos al no reunir las condiciones exigibles. La adaptacin del planeamiento municipal al Plan de Ordenacin del Litoral (POL) supone asumir las limitaciones que, siendo de directa aplicacin, se establecen para las reas de proteccin (PR junto al Asn y PE en la Sierra de brea, AIP en Pico Candiano), as como la adecuacin a unas directrices de ordenacin que se imponen en las reas de ordenacin, que en Ampuero son MT, OEF y NL. En cualquier caso, el POL exige el clculo de la capacidad de acogida y la tramitacin de un Informe de Impacto Territorial.

2. Sostenibilidad como principio rector de la propuesta.Se plantear con el Plan un modelo territorial de calidad, resultante del equilibrio entre el desarrollo econmico, el respeto a los valores ambientales, histricos y culturales y la mejora de las condiciones de calidad de vida actuales. En coherencia con las polticas regionales, nacionales e internacionales en materia de desarrollo sostenible y ordenacin territorial, se plantean los siguientes principios rectores: Consumo responsable del recurso suelo, limitando el horizonte de crecimiento a las necesidades reales y buscando un modelo de ciudad compacta all donde sea compatible con las condiciones tipolgicas y la vocacin del territorio.LA PROPUESTA CONCENTRAR EL DESARROLLO URBANSTICO EN EL NCLEO DE AMPUERO, MANTENIENDO EL CARCTER TRADICIONAL DE LOS BARRIOS DEL MUNICIPIO. LA TRANSFORMACIN URBANSTICA SE CENTRAR EN AMPUERO, MARRN, TABERNILLA, ROCILLO Y EL CAMINO, CONSOLIDADO LOS DESARROLLOS QUE HAN TENIDO LUGAR AL AMPARO DEL PLANEAMEINTO ANTERIOR.

Promocin de espacios multifuncionales que reduzcan la dependencia de los habitantes del municipio respecto de los centros de actividad, comercio y servicios ubicados en el exterior,

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Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del Plan

mejorando as su calidad de vida al mismo tiempo que se reducen en tiempo y en distancia los movimientos basculantes de transporte.SE FOMENTAR LA IMPLANTACIN DE UN MODELO QUE HUYA DEL DESARROLLO EXCLUSIVAMENTE RESIDENCIAL ORIENTADO A LA SEGUNDA VIVIENDA, FOMENTANDO LA POSIBILIDAD DE AMPLIACIN DE LOS ACTUALES SUELOS PRODUCTIVOS Y DE LA VIVIENDA DE PROTECCIN PBLICA.

vulnerabilidad de las diferentes unidades identificadas, valorando el grado de exposicin visual desde las vas de comunicacin, los ncleos urbanos y los puntos de observacin panormicos. La regulacin de usos del medio natural asumir el resultado de este estudio.LITORAL: PARQUE NATURAL DE LAS MARISMAS DE SANTOA, VICTORIA Y JOYEL LOS ROS Y BOSQUES DE RIBERA, CON ESPECIAL ATENCIN LOS ESPACIOS PROTEGIDOS DE LA RED NATURA 2000 LIC RO ASN, LIC DE LAS MARISMAS) LA SIERRA DE BREA, QUE UNE EL CORDAL DESDE LA APARECIDA HASTA EL PICO CANDIANO

Mejora de los itinerarios peatonales y ciclistas mediante la ampliacin de los viales y la creacin de una red mallada de espacios libres.EL ESPACIO PBLICO SER EL ESQUELETO FUNDAMENTAL DEL DESARROLLO, DEFINIDO COMO ESTRUCTURANTE DEL DESARROLLO Y A PARTIR DEL CUAL SE OBTENDR EL ESPACIO PRIVADO. EN EL DISEO DEL VIARIO SERN TENIDAS EN CUENTA LAS NECESIDADES DE LOS MEDIOS NO MOTORIZADOS. SE CONFECCIONAR UN CATLOGO DE ITINERARIOS DE INTERS CON AQUELLOS SENDEROS QUE PERMITAN DISFRUTAR DE LOS ELEMENTOS MS SOBRESALIENTES DEL PAISAJE DE AMPUERO, Y ENTRE ELLOS SE INCLUYEN LOS PROPUESTOS POR EL PROPIO AYUNTAMIENTO Y LOS RECONOCIDOS POR LA DIRECCIN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, COMO SENDEROS PR, Y OTRAS CONTEMPLADAS EN EL PESC. PARA TODOS ESTOS CAMINOS SE ESTABLECER UNA RESERVA DE SUELO QUE PERMITA REALIZAR LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA SU ACONDICIONAMIENTO, MEJORA Y MANTENIMIENTO.

Se respetarn las competencias del Estado en lo que al Dominio Pblico Martimo Terrestre se refiere. Se respetan los cauces pblicos y las riberas, preservando el Dominio Pblico Hidrulico y evitando la implantacin de usos que alteren el sistema fluvial. Se prestar especial atencin de aquellas zonas vulnerables en cuanto a la contaminacin de acuferos y las zonas inundables acreditadas.LAS CINCO CUENCAS PRINCIPALES SON: LA DEL ASN, ARROYO VALLINO-BERNALES, LA DEL TOBERAS (CON AFLUENTES: SOLAMAZA, PIJARN), LA DEL ARROYO DE LA CUEVA DE LA CUEVA Y LA DE RIO GRANDE

Se impedir otro uso distinto al estrictamente agropecuario en aquellas zonas donde tradicionalmente se ha venido desarrollando esta actividad, por tratarse de terrenos de constatado valor agrolgico y alta rentabilidad, siendo necesaria su preservacin de otros usos incompatibles.ESTAN EN ESTA SITUACIN LOS PRADOS DE VEGA DE LA RIBERA DEL ASN Y DEL VALLINO, AS COMO LAS MIESES VINCULADAS A CIERTOS ASENTAMIENTOS Y LOS PRADOS DE MONTE

Creacin de nuevas infraestructuras y mejora de las existentes, procurando una mxima eficiencia en las redes de abastecimiento de agua y de la red de evacuacin.EL ABASTECIMIENTO SER COORDINADO CON LAS POLTICAS DEL PLAN ASN Y LA RED DE EVACUACIN SE ORIENTAR A LA DEPURACIN DE LAS AGUAS A TRAVS DEL SANEAMIENTO DE GENERAL DE LAS MARISMAS DE SANTOA.

Se definir expresamente la superficie de monte donde se permita la plantacin de especies de crecimiento rpido. Se pretender la proteccin de los usos maderables en aquellas zonas de monte consolidadas ya por esta actividad, favoreciendo la concentracin de estas explotaciones en espacios determinados y permitiendo la conservacin del monte restante, potenciando siempre la recuperacin de las especies autctonas. Todo ello se plantear de acuerdo con la regulacin especfica del Dominio Pblico Forestal.EXISTEN EN AMPUERO CUATRO MONTES DEL CATLOGO (53, 54, 55 Y 56) QUE TIENEN DISTINTAS PLANTACIONES Y A LOS QUE CORRESPONDERN DISTINTAS PROTECCIONES. EL DESLINDE DE LOS MISMOS ABARCA NO OBSTANTE PRADOS DE MONTE E INCLUSO SUELOS URBANOS, POR LOS QUE EL RGANO COMPETENTE SER CLAVE EN EL TARTAMIENTO QUE SE DE A ESTOS ESPACIOS.

Mantenimiento de niveles ptimos de confort ambiental, estableciendo medidas que limiten la contaminacin en sus distintas vertientes (atmosfrica, acstica, lumnica...).LOS USOS SERN REGULADOS DESDE LA NORMATIVA QUE SE PROPONGA, MINIMIZANDO LOS IMPACTOS DE LAS EMISIONES QUE SE GENEREN. SE DETERMINAR LA ZONIFICACIN ACSTICA QUE ASEGURE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIN EN FUNCIN DE LOS DIFERENTES USOS Y CONSIDERANDO LOS DISTINTOS EMISORES (VARIANTE, USOS PRODUCTIVOS, ETC.).

3. Proteger y poner en valor el patrimonio natural.El aprovechamiento vinculado a los usos del medio rural se har compatible con la proteccin de los elementos ambientales, establecindose las categoras encaminadas a la preservacin del litoral, de los cauces naturales, los recursos agrcolas y forestales, as como los entornos de inters paisajstico, histrico, cultural, arqueolgico, cientfico o ambiental, limitndose los usos y actividades que son incompatibles con la proteccin pretendida o presenten riesgos. En particular, se aplicarn los siguientes principios: Se protegern las zonas de mayor valor ecolgico y paisajstico. El estudio del paisaje que se incorporar en el Documento Ambiental (ISA) analizar con detalle los valores paisajsticos y la

Se definir un Suelo Rstico de Proteccin Ordinaria en los terrenos colindantes con los ncleos actuales y con los terrenos susceptibles de ser desarrollados mediante PLANES ESPECIALES all donde no existan valores de inters especial, creando una zona intermedia entre las reas ms sensibles y las sometidas a transformacin. En estas zonas quedan comprendidos los asentamientos no urbanos considerados desde la perspectiva y exigencias del desarrollo sostenible.

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Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del Plan

4. Preservar el patrimonio cultural del municipio.Los distintos elementos que integran este patrimonio no slo son uno de los principales valores con los que cuenta el municipio, sino tambin un importante foco de atraccin turstica. La proteccin de estos elementos se plantear en distintos niveles: Se mantendr la proteccin del Casco Histrico de Ampuero, regulando las intervenciones posibles desde la ptica de la integracin en la trama heredada mediante la asignacin de alineaciones y volmenes concretos a los solares vacantes. Se revisar el Catalogo de Elementos Protegidos de las Normas Subsidiarias, estableciendo las diferentes categoras de proteccin y criterios de intervencin en funcin de valor especfico de los elementos inventariados. Se realizar un Inventario Arqueolgico del que se pueda obtener una Carta Arqueolgica Municipal en la que se contemplen los yacimientos conocidos y presuntos, reglamentndose las actuaciones necesarias para su preservacin. Se sealarn expresamente los elementos reconocidos en cualquiera de las figuras de la Ley 11/1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria. Se consolidan, por tanto, los Entornos de Proteccin de: Bienes de Inters Cultural: Iglesia de Santa Marina en Udalla. Declarada como monumento histrico-artstico de carcter nacional (R.D. 3308/1983, de 2 de noviembre). Bien de inters Cultural desde 1984. Santuario de la Bien Aparecida. Declarado como conjunto histrico-artstico (R.D. 2655/1983, de 4 de agosto). Bien de inters Cultural desde 1983. Iglesia parroquial de Santa Mara, en Ampuero, declarada Bien de Inters Local en el ao 2002. Torre-palacio de Espina Velasco. Bien de Inters Cultural desde 1994.

12 de la Ley de Cantabria 2/2004, se evaluar la capacidad de acogida del territorio municipal, propiciando un desarrollo de los lmites de la misma. Se asumirn las obras necesarias para integrar las polticas hidrulicas del rgano competente en materia de abastecimiento y depuracin. La red de Abastecimiento de agua del municipio est fuertemente vinculada al Plan Asn, que tiene una captacin y ETAP en el propio municipio. Desde esta instalacin se alimentan los depsitos de Ampuero y de los dems municipios abastecidos por este Plan. El Plan Asn, que en aos anteriores llego a no ser suficiente para abastecer la demanda estival de la comarca, ahora se apoya en la Autova del Agua, lo que ofrece unas garantas de abastecimiento mayores para los prximos aos en cualquier poca. Se realizar un estudio del estado de las infraestructuras actual, realizando un diagnstico con las operaciones a realizar para poder mantener la red interna y asegurar el servicio a los habitantes actuales y futuros. El sistema de depuracin actual est en fase de ejecucin, lo que evitar los actuales vertidos sin depurar a los cursos fluviales. Actualmente est redactado el proyecto para la construccin del Colector General Asn, que permitir conectar el sistema de saneamiento municipal con el Saneamiento Integral de las Marismas de Santoa. Este colector tiene ramales en Marrn y en Ampuero, con sistemas de bombeo que conectan con Limpias. La red interna se adecuar a esta situacin, estableciendo una red separativa que vierta al colector. En cuanto a las necesidades de suministro de energa se pedirn informes de la situacin actual y de la capacidad total actual, debindose prever el suelo de servicios tcnicos para las instalaciones si fuera preciso. Se tendr muy presente el trfico peatonal y ciclista, tanto por el interior de los ncleos como las conexiones entre ellos, favorecindose las condiciones de acceso a sistemas de transporte pblico, existiendo en la actualidad lnea regular de autobuses y de ferrocarriles, que se consolidarn como los sistemas de movilidad sostenible que une Ampuero con el resto de la regin. En los nuevos desarrollos urbansticos se establecer una ordenacin que permita formalizar un nmero elevado de estacionamientos pblicos. Esta medida permitir un uso adecuado del suelo, sin dar tanta prioridad a los vehculos sobre los peatones, como ocurriera con los desarrollos ordenados en las unidades de ejecucin, en las que, aunque se logr la cesin de una gran cantidad viario, ste se dedic casi en exclusiva al trfico motorizado, sin crearse una red peatonal clara. Este mejor uso del espacio, de una forma ms ordenada, permitir destinar ms suelo a espacios libres y a

Bienes Inventariados Ferrera preindustrial del ro Vallino. Molino-Ferrera de Entrambosros.

El diseo de la ordenacin y la normativa perseguirn el respeto a las tipologas tradicionales, promoviendo su conservacin y rehabilitacin, as como la integracin de los nuevos desarrollos en los ncleos existentes.

5. Mejorar las dotaciones e infraestructuras.Se adecuar el desarrollo urbanstico a las infraestructuras viarias completando una red interna de viales que permitan la circulacin ordenada y segura dentro de la villa de Ampuero. De acuerdo con los artculos 11 y

equipamientos, que se establecern de forma local en las reas de crecimiento, intentando estas dotaciones paliar los dficits de las reas ya desarrolladas. Adems se establecern espacios libres y equipamientos generales, que sean de utilidad para toda la comunidad y que aporten una sea de identidad al municipio y a sus ncleos.

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De manera ms concreta se intentarn solucionar los problemas histricos viarios como pueden ser: los accesos al suelo productiva y zona deportiva de Marrn, la ampliacin de calles apoyadas en viales agrarios o calles cedidas en tiempos distintos por los desarrollos ms recientes, as como los que no se han modificado y que ahora constituyen un problema para los residentes, que se encuentran con accesos deficientes y con una falta de aparcamientos pblicos que les obliga a estacionar de forma anrquica, invadiendo plazas con vocacin peatonal. la ampliacin de las carreteras que unen ncleos cercanos y que aun manteniendo la categora de carreteras se han convertido o el desarrollo futuro las convertir en calles principales de acceso y distribucin. Para acreditar las soluciones que plantea el PGOU se est elaborando un estudio detallado del trfico, lo que permitir una reordenacin de la circulacin motorizada en el interior de Ampuero, siendo una base clave para el diseo de los futuros viales que se definan en los desarrollos que se proyecten. Se calcularn los estndares de equipamientos y espacios libres en el municipio de Ampuero, plantendose los sistemas que sean precisos para alcanzar los mnimos legales. Se pretender, adems de la cesin de espacios locales, cedidos y urbanizados a cargo de los promotores de los desarrollos urbansticos, logrando un aumento de estos estndares que son un claro indicador de la calidad de vida de los vecinos de un municipio. En el Suelo Urbano Consolidado y en el Suelo Rstico se propondrn Actuaciones Aisladas que complementen los desarrollos propuestos y sean de vital inters para la colectividad..

Se revisar la delimitacin del Suelo Urbano teniendo en cuenta el carcter reglado que a tal clasificacin confiere la Ley en funcin de las condiciones de transformacin (servicios disponibles) y de ubicacin (integracin en malla).

En preservacin de la tradicin histrica y definitoria de los asentamientos de la comarca, se evitar la proliferacin de desarrollos de viviendas unifamiliares y bifamiliares en los ncleos rurales de menor entidad, pues, lejos de integrarse en la trama urbana, suponen una carga inasumible para las infraestructuras, dotaciones y servicios de los pueblos, considerndose este modelo insostenible e inmotivado a la vista del nuevo ciclo econmico que atraviesa la economa.

Las operaciones que supongan un crecimiento importante de la edificabilidad se realizarn siempre mediante diseos ordenados y racionales que mejoren la calidad del entramado urbano mediante la creacin de nuevos espacios pblicos y la mejora de los existentes. En particular, el viario principal ser de uso pblico y estar integrado en la trama existente, se crearn nuevos equipamientos y espacios libres y se mejorarn las redes de servicios.

Se incidir en el carcter multifuncional de los pueblos, potenciando el desarrollo de actividades complementarias a la residencial (hostelera, comercio, restauracin...).

7. El diseo urbano.Se mejorar la calidad urbana en base a un diseo eficiente del espacio pblico concebido como eje vertebrador de los asentamientos, que posibilite reas de centralidad que concentren al mximo los equipamientos, adaptado a las necesidades de movilidad sostenible, que se configure como un verdadero espacio de convivencia.EL PGOU ABORDAR EL DISEO DE LOS NUEVOS ESPACIOS DE CRECIMIENTO, ESTRUCTURANDO LOS NUEVOS USOS EN TORNO A UNA RED VIARIA PBLICA DE MORFOLOGA MALLADA Y CONCENTRANDO LOS EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS LIBRES EN REAS DE CENTRALIDAD. LAS NUEVAS DOTACIONES ESTN DISEADAS Y DIMENSIONADAS DE ACUERDO CON SU FUNCIONALIDAD, SUPERANDO LOS REQUISITOS LEGALES EN LOS MBITOS DE CRECIMIENTO Y PREVIENDO ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS EN LAS ZONAS CONSOLIDADAS. SE PONDRN AL DIA LAS DIRECTRICES DEL PLAN DE MOVILIDAD DE AMPUERO REDACTADO A CARGO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SOSTENIBLES POR LA UC Y SE ADECUAR AL ESTUDIO ESPECFICO QUE SE EST ELABORANDO CON CARGO AL PGOU.

6. Delimitar y ordenar adecuadamente los ncleos.Se fomentar la consolidacin urbana de los ncleos de poblacin, planteando una ordenacin adecuada de los ncleos basada en el respeto de las morfologas y tipologas existentes en la zona. La expansin del ncleo de Ampuero se plantear mediante tipologas edificatorias que creen ciudad. Se incentivar la edificacin de los solares dentro de los propios cascos urbanos y se favorecer el crecimiento urbano sobre las reas dotadas de servicios, de manera que su desarrollo se apoye en los de los diferentes asentamientos. Con este fin, se diversificarn las ordenanzas aplicables al Suelo Urbano Consolidado, de manera que el aprovechamiento de las parcelas vacantes sea similar al de los terrenos edificados de su entorno. La ordenacin del Suelo Urbano se basar en los siguientes principios que pueden ser asimilables a las fases que conducen a su delimitacin:

Se favorecer la recuperacin y rehabilitacin del medio ya transformado, plantendose un desarrollo de dentro a afuera. De esta manera, la posible expansin urbana se vincula a la ya existente. Dicho de otro modo: ha de plantearse la creacin de pueblo y no de urbanizaciones.EL DISEO DE LOS NUEVOS DESARROLLOS SE APOYAR EN LA ESTRUCTURA GENERAL Y ORGNICA DEL TERRITORIO Y LA COMPLEMENTAR. SE PRETENDER UNA GRADUACIN EN LAS INTENSIDADES EDIFICATORIAS, UBICANDO LAS TIPOLOGAS MS CONCENTRADAS EN LAS REAS DE CENTRALIDAD.

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Justificacin de la necesidad de revisin y objetivos del Plan

SE FAVORECER LA MEZCLA DE USOS URBANOS COMPATIBLES Y ACCESIBLES, HUYENDO DEL MODELO RESIDENCIAL HOMOGNEO. LOS USOS RESIDENCIALES SE COMPLEMENTARN CON OTROS PRODUCTIVOS, COMERCIALES O DOTACIONALES, CREANDO UN ESPACIO URBANO MULTIFUNCIONAL QUE SE CONTRAPONGA AL USO MASIVO DE LA SEGUNDA VIVIENDA.

10. Sostenibilidad econmicaLa vigente legislacin estatal establece las bases econmicas y medioambientales del rgimen jurdico, valoracin y responsabilidad patrimonial de las Administraciones Pblicas en materia de suelo y fija los principios para el desarrollo territorial y urbano sostenible desde el punto de vista medioambiental y desde lo econmico, el empleo y la cohesin social, procurando que se garantice una dotacin suficiente de infraestructuras y servicios que cumplan una funcin social en el caso del nuevo suelo transformable. El art. 15.4 de la Ley 8/2007 relativo a la evaluacin y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano, establece que La documentacin de los instrumentos de ordenacin de las actuaciones de urbanizacin debe incluir un informe o memoria de sostenibilidad econmica, en la que se ponderar en particular el impacto de la actuacin en las Haciendas Pblicas afectadas por la implantacin y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestacin de los servicios resultantes, as como la suficiencia y la adecuacin del suelo destinado a usos productivos. De esta forma, en el PGOU de Ampuero se describirn las caractersticas bsicas de los aspectos dimensionales del desarrollo, haciendo especial consideracin de la implementacin de las infraestructuras y servicios asociados. Se desarrollara un anlisis de los presupuestos municipales, para finalmente determinar el impacto de la actuacin urbanstica sobre el presupuesto municipal.

De acuerdo con lo que establece la legislacin del estado, se favorecer el modelo de ciudad compacta, eficiente y cohesionada socialmente, frente a la ciudad difusa, que supone un consumo excesivo del recurso suelo y tiende a fragmentar a la poblacin en el territorio.

8. Mejorar las condiciones de acceso a la vivienda.La propuesta del Plan en materia de vivienda protegida pasa por su concentracin en las zonas ms dinmicas del municipio y por su construccin en tipologas colectivas que permitan compatibilizar el objetivo social perseguido con su viabilidad tcnica y econmica. En el ncleo de Ampuero y su entorno (Marrn, Tabernilla y El Camino), donde se centra la actividad residencial ms intensiva se plantear la materializacin de las viviendas de proteccin pblica que exige la Ley, de tal forma que, al menos, el 30% de los m2c destinados a vivienda sern de vivienda pblica. La carga de este tipo de viviendas se modular en funcin de la intensidad edificatoria: la ordenanza de mayor rentabilidad se destinar mayoritariamente a este tipo de vivienda, mientras que en los mbitos a los que se asigne un menor aprovechamiento medio se destinar a un menor porcentaje de la edificabilidad residencial a viviendas sometidas a algn tipo de proteccin.

11. Participacin PblicaLa propuesta del PGOU ser sensible al desarrollo previsible del proceso de participacin pblica del mismo, que se ha iniciado mediante el Plan de Participacin Publica que se describe y detalla en un anexo del presente documento. Ser completado con sucesivas fases del citado Plan y con las consultas que al efecto establece la legislacin urbanstica y ambiental de aplicacin.

9. Incentivar el dinamismo socioeconmico y la creacin de empleo.Lejos de atender nicamente a la rentabilidad a corto plazo derivada de las actuaciones de promocin y construccin de viviendas de segunda residencia, el Plan General perseguir la creacin de actividades econmicas que se mantengan en el tiempo, proporcionando oportunidades de empleo y contribuyendo al asentamiento de la poblacin. Para ello, se aprovecharn las potencialidades de las distintas zonas del municipio: Se mejorar y ampliar el Suelo Industrial de Marrn para favorecer la implantacin de nuevas actividades productivas, en unas condiciones compatibles con la proximidad a una zona habitada y a los suelos inundables. Se potencia el carcter turstico del municipio por medio de nuevas actuaciones dotacionales y la mejora de las existentes. Los nuevos desarrollos residenciales, especialmente en las zonas ms pobladas de Ampuero, complementan su uso principal con la implantacin de actividades terciarias.

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Alcance y contenido de la planificacin

El Plan general de Ordenacin Urbana es el nico instrumento de ordenacin que clasifica el suelo, estableciendo de esta manera el rgimen jurdico de la propiedad. Teniendo en cuenta la autonoma municipal en materia urbanstica, proclamada por la Constitucin Espaola de 1978 en los artculos 137 y 140 y ratificada por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Rgimen Local, y habida cuenta de que son los Ayuntamientos quienes aprueban los planes inicial y provisionalmente, est claro que son ellos los que ms tienen que decir con referencia a los pueblos que desean. Es precisamente gracias al margen de discrecionalidad que la Ley permite, como el planeador ajusta la clasificacin del suelo conformando el modelo deseado por el Ayuntamiento, a quien corresponde la confeccin del Plan General de Ordenacin Urbana. La organizacin de competencias en el municipio de Ampuero est repartida entre los grupos que forman gobierno de acuerdo con las resoluciones y acuerdos que han sido publicadas en el BOC de 13 de agosto de 2007. En dicho anuncio se establece que las competencias de urbanismo, medio ambiente, obras e infraestructuras son de los concejales del Partido Regionalista de Cantabria, sin perjuicio de las competencias que la legislacin atribuya al Pleno. La planificacin de Ampuero desarrolla los criterios y objetivos ya descritos en el apartado anterior. El alcance y el contenido de la planificacin, sin haberse cerrado an el documento de Avance (Presupuestos Iniciales y Orientaciones Bsicas), no estn definidos con entera precisin, por lo que se desarrolla en este apartado tiene un carcter meramente preliminar, basado en las propuestas de ordenacin que se han ido elaborando y que tienen su reflejo en los planos que se acompaan en este documento. Con carcter general la planificacin establecer unas categoras de suelo rstico compatibles con los valores que encierran los suelos a proteger, agrupados en reas homogneas, y en los que se establecer un rgimen de usos compatible con la capacidad del medio. Por otro lado, el medio transformado ser tratado acorde con la capacidad de desarrollo de la que disponga el municipio, dando satisfaccin a los criterios y objetivos enunciados.

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Ordenacin del medio rural

Los Ncleos Rurales N.R., que se corresponde con la los asentamientos tradicionales ajenos al ncleo

Ordenacin del medio rural.La Ley de Cantabria 2/2001 fue fiel a las clases de suelo recogidas en la legislacin estatal que era de aplicacin cuando se redact (artculo 7 de la Ley 6/1998), si bien, sustituy la denominacin del suelo No Urbanizable por la de Rstico, con la intencin de reflejar con rotundidad el rechazo deliberado de una concepcin residual o simplemente negativa de dicho suelo rstico. Dentro del suelo rstico la Ley autonmica distingue entre la categora de Especial Proteccin (artculo 108.1) y la de Proteccin Ordinaria (artculo 109.1). En cuanto al Suelo Rstico de Especial Proteccin cabe resear que existe un supuesto en el que la clasificacin es reglada y viene impuesta al planificador por los Planes y Normas derivados de la Ordenacin Territorial y de la Legislacin Sectorial (108.1 a)) y un segundo caso en el que el propio planificador ha de apreciar la concurrencia de valores que hagan merecer a los terrenos la categora de especial proteccin (108.1 b)). Para el Suelo Rstico de Proteccin Ordinaria la Ley de Cantabria 2/2001 recoge cuatro supuestos en virtud de los cuales el Plan puede, motivadamente, otorgar esta clasificacin a los terrenos en los que se de alguna de dichas circunstancias. Precisamente la Ley autonmica contempla en su artculo 109.1 tres supuestos: a), b) y c) que dotan a la Entidad Local de una gran autonoma. Esta categora de suelo rstico dispone de un carcter discrecional y motivada en el Plan General. Dicho todo lo anterior, el proceso seguido en el avance de la clasificacin del suelo rstico de Ampuero, puede concretarse en las pautas siguientes: 1. Estudio de la realidad objetiva presente en el municipio, primordialmente en materia de valores de especial inters para la conservacin y usos preexistentes. 2. Anlisis de los condicionantes derivados de las normativas de la poltica territorial del Gobierno de Cantabria y de las Leyes Sectoriales, autonmicas y estatales. 3. Estudio del modelo de desarrollo pretendido por el equipo de gobierno municipal para el desarrollo (transformacin y ampliacin) de los pueblos del municipio y adaptacin a las imposiciones que se derivan de los puntos anteriores, analizando la idoneidad de las expectativas de desarrollo, valorando la capacidad de acogida del medio y los impactos que producen. El actual planeamiento municipal de Ampuero dispone de un amplio suelo rstico de proteccin ordinaria, cuyas categoras van a verse afectadas de la siguiente forma:

de Ampuero y su entorno, y que pasaron a considerarse urbanos por la sistemtica aplicacin de un rgimen transitorio de la Ley de Cantabria 2/2001, se encuentran en dos situaciones distintas: a) Los suelos que se consideran integrantes del Suelo Rstico (van a verse desclasificados): Vear, Coterillo, Santisteban, Alisas, El Perujo b) Los que pasan a considerarse integrantes dentro del Suelo Urbano (mantienen la clasificacin): Bulco, Udalla, Barcena de Udalla, Hoz, Hoz de Marron (reducindose considerablemente su delimitacin), Rocillo, Pieragullano, La Barcena, Cerviago, Ahedo, Rascn y Las Entradas. El Suelo de La Aparecida ser regulado por lo que establece el Plan Especial en tanto en cuanto este sea compatible con las necesidades de proteccin del medio rural y con la Ley del Cantabria 2/2001. Se mantiene masivamente en Suelo Rstico. El denominado Suelo Rstico Genrico (NU-1), aplicado a los suelos entre el trazado de la variante de la nacional (hoy N-629) y el suelo urbano de Ampuero, Bernales y El Camino, que carece de un sentido homogneo y no va a ser mantenido como tal categora concreta. El denominado Suelo Rstico de Inters Agrario (NU-2) es definido de forma residual en el vigente planeamiento y va a verse afectado por el nuevo Plan significativamente. Como resultado de la evaluacin ambiental que se est desarrollando, se han detectado en esta categora suelos de inters agrcola diverso, suelos de inters forestal, suelos de inters paisajstico, suelos vinculados a cauces pblicos, etc. En definitiva, este suelo va a verse subdivido en nuevas categoras de proteccin, acordes con los valores de las reas homogneas en que se subdividan las unidades territoriales que encierra. El denominado Suelo Rstico de Alta Proteccin (NU-3) comprende zonas a preservar por integrar los dominios pblicos (desde el martimo terrestre, hasta el hidrulico, pasando por el de carreteras del estado y el forestal). Integra, adems de los suelos vinculados a la ribera del Asn, los correspondientes a la Sierra de Brea, los montes autctonos del municipio y el trazado de la variante. Carece de la ms mnima homogeneidad, por lo que el alcance de la nueva ordenacin sobre este tipo de suelo va a ser significativo, plateando nuevas categoras de proteccin acordes con el medio a preservar.

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Ordenacin del medio rural

Como puede apreciarse la nueva planificacin va alterar toda la planificacin del actual medio rural (suelo rstico) en todos los sentidos (reclasificando y desclasificando los suelos que sea necesario). El desglose superficial de las categoras de suelos de las NNSS vigentes es el siguiente (superficies aproximadas): Sup. Ha Suelo Urbano Ncleo Rural SNU Genrico SNU Proteccin Agrcola SNU Alta Proteccin Total: 96.5 53,2 17,8 2122,8 943,7 3234

Las construcciones ya existentes, y sobre todo las de los pequeos ncleos tradicionales dispersos en el medio rural de Ampuero que dejan de ser Ncleos Rurales, deben ser tenidas en especial consideracin en el Plan, pues, aunque el suelo rstico cumpla una funcin positiva que requiere un mnimo de proteccin en funcin de su aptitud para sus fines agrcolas, forestales, ganaderos, cinegticos y, en suma, todos aquellos que permitan una utilizacin racional de los recursos naturales, en ocasiones, fue dicha utilizacin racional lo que ocasion la construccin de las hoy existentes viviendas residenciales, a las que la reglamentacin urbanstica no debe oponerse siempre que, con su utilizacin o cambio de uso no se desnaturalice dicho suelo y se preserven del proceso de desarrollo tpicamente urbano. La regularizacin de este tipo de construcciones supone el reconocimiento de las justas exigencias del contenido positivo del derecho de propiedad sobre el suelo rstico, tal y como se desprende de la modificacin de Ley de Cantabria 2/2001. Por todo ello, se integrar en el PGOU el CATALOGO DE CONSTRUCCIONES EN SUELO RSTICO, que est redactando el Ayuntamiento de Ampuero. El alcance de la planificacin en el suelo rural contemplar la delimitacin de un Suelo Rstico de Proteccin Ordinaria en los terrenos colindantes con los ncleos actuales y con los terrenos susceptibles de ser desarrollados mediante PLANES ESPECIALES all donde no existan valores de inters especial, creando una zona intermedia entre las reas ms sensibles y las sometidas a transformacin. En estas zonas quedan comprendidas las formas de ocupacin del territorio los asentamientos no urbanos considerados desde la perspectiva y exigencias del desarrollo sostenible. Las categoras del suelo rstico que se estn valorando en los trabajos preliminares desarrollados hasta la fecha son diez, nueve dentro del suelo rstico de especial proteccin y una dentro del suelo rstico de proteccin ordinaria. El desarrollo concreto de las mismas se muestra en detalle en los planos que se acompaan al final del documento y se sintetizan en el croquis que se presenta a continuacin: Por ltimo, cabe mencionar que se est planteando la posibilidad de asumir dentro de la propuesta la modificacin puntual iniciada, y que nunca lleg a buen trmino, por la que se oretenda el desarrollo de un campo de golf en el monte de La Maza, en la colindancia con los municipios de Guriezo y Liendo. sin que haya concluido el anlisis ambiental de la propuesta, esta iniciativa, en esta fase del proyecto, es una alternativa.

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El medio transformado

El medio transformadoA raz de los cambios surgidos en el ordenamiento jurdico del urbanismo, la ordenacin del territorio y la evaluacin ambiental desde la aprobacin de las vigentes NNSS de Ampuero hasta hoy las posibilidades de mantener las formas de ocupacin del territorio basadas en un desarrollo independiente de la parcelas clasificadas como suelo urbano consolidado es escasa. El resultado de esta practica en el municipio de Ampuero ha sido en muchas ocasiones el de la formacin de espacios pblicos y privados de muy escaso valor que no aportan nada ni a la colectividad ni a los copropietarios. El Plan General debe delimitar de una manera precisa el actual Suelo Urbano, siempre teniendo en cuenta el carcter reglado que a tal clasificacin confiere la Ley en funcin de las condiciones de transformacin y de ubicacin de los terrenos (servicios disponibles y consolidacin). Para ello, se estn estudiando las infraestructuras exigidas a dicho suelo en el artculo 95 de la Ley de Cantabria 2/2001 y evaluando consolidacin de los ncleos. Como no puede ser de otra forma, deben cumplirse los condicionantes de la Ley, en los trminos que se establecen reglamentariamente y de acuerdo con las caractersticas de los ncleos del municipio. Como ya se ha explicado antes, van producirse cambios de clasificacin del suelo, de manera que parte del hoy clasificado como suelo urbano no podr mantener dicha clasificacin. El modelo de desarrollo se centra de forma casi exclusiva en Ampuero y los ncleos colindantes: Tabernilla, Marrn, La Pedregosa y El Camino. Los nuevos desarrollos dispondrn de una ordenacin pormenorizada que permitir la ejecucin directa de los mismos. Los aprovechamientos del suelo urbano sern muy similares a los existentes, aunque se fijar la densidad mxima de viviendas en los desarrollos de los mbitos y se definirn tipologas edificatorias acordes con las necesidades del espacio pblico que del que se pretende dotar al municipio. Los mbitos, definidos en este documento como un pre-avance de los que finalmente formarn parte del documento de Presupuestos iniciales y Orientaciones Bsicas, se han definido como de de reordenacin o de expansin, en funcin del su relacin con el modelo de desarrollo del pueblo de Ampuero y alrededores. Tendrn que gestionar conjuntamente los terrenos incluidos en los sectores definidos, as como afrontar los deberes de cesin y urbanizacin que la Ley exige. Su definicin partir de las necesidades de desarrollo del suelo pblico (viarios, espacios libres y equipamientos) dentro del marco de los criterios definidos. Ampuero dispone de un casco histrico que limita con los cauces del Asn y del Vallino. Pese a que estos ejes disponen de un enorme valor ambiental, la relacin del actual asentamiento con ellos es mejorable, configurndose como piezas esenciales en la ordenacin que se pretende con el Plan General. A lo largo de la evolucin del pueblo, junto a las riberas se han ido configurando los espacios pblicos del municipio, como puede apreciarse en el croquis que se adjunta a continuacin. La propuesta del PGOU pretende apoyarse en los corredores del Asn y del Vallino, de forma que el pueblo deje de dar la espalada a estos espacios fluviales, cuyas riberas pueden llegar a articular el espacio pblico pasable del pueblo ya desarrollado de Ampuero. Tradicionalmente estos ros eran el lmite del pueblo, pero ahora son, por fuerza del asentamiento ya creado, elementos que permiten poner en comunicacin peatonal los focos de atraccin del ncleo. Este es el primer gran reto del PGOU en relacin con el asentamiento existente: invertir el carcter de borde de los espacios fluviales y confirmarlos como canalizadores de los flujos peatonales entre los espacios pblicos y equipamientos del ncleo. En este cometido juegan un papel primordial las actuaciones aisladas en suelo urbano, que tienen el objeto de crear corredores peatonales entre las riberas y el casco histrico. El eje del Vallino une la Torre de Espina con la plaza de toros, punto donde se une con el eje del Asn, que es el que une los espacios de ocio que se configuran a ambos mrgenes del Asn: desde las piscinas de La Presa hasta el centro deportivo y rea de Marrn que acaba de ser ambientalmente recuperado. Para el resto de los mbitos definidos los criterios de actuacin en MORFOLOGA URBANA son los que promueven un desarrollo equilibrado en el que se encuentran amigablemente lo econmico, lo ecolgico, lo

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cultural y lo social: debe partir de una planificacin territorial integrada, partiendo del criterio de que la diversidad del territorio es su activo: Mejorar lo existente con las renovaciones y expansiones. Comunidades compactas, caminables y de uso diverso De escala peatonal Evitar que las nuevas reas urbanas dependan de los medios mecnicos de transporte CLAVE EXPA1 EXPA2 EXPA3 EXPA4 EXPM1 EXPM2 EXPT1 SECTOR SUP TOTAL LA MIES 2 29.642,41 ASN/UE9 20.779,08 LA PALOMA 12.682,01 PEDREGOSA P 12.802,33 CANAL 30.251,54 LA ESTACION 40.924,03 TABERNILLA 12.065,72 totales: 159.147,12

SECTORES DE EXPANSIN SUP PRIV 14.285,89 10.154,79 7.784,38 8.570,52 14.545,99 23.504,78 7.891,76 86.738,11 % s/total 48,2 48,9 61,4 66,9 48,1 57,4 65,4 55 ED s/bruta 0,40 0,50 0,50 0,50 0,40 0,40 0,30 0,42 SUP Const 11.856,96 10.389,54 6.341,01 6.401,17 12.100,62 16.369,61 3.619,72 67.078,62 densidad 45,00 50,00 50,00 0,00 45,00 0,00 35,00 30,10 VIV 133,39 103,90 63,41 0,00 136,13 0,00 42,23 479,00

Control de densidades segn localizacin: Centralidad / Accesibilidad Eliminar los condominios cerrados: inducen a una falsa seguridad / no crean calle / no cohesionan ni integran. Asegurar compatibilidad y continuidad de usos: Usos y actividades concentradas en ejes/centralidades Distancias urbanas peatonales e instrumentacin de esos flujos por ejes concretos y preestablecidos.

El total desarrollable en los mbitos propuestos es el siguiente SUP TOTAL 296.999,68 SUP PRIV 190.032,44 %s/total 64% ED s/bruta 0,44 SUP Const 129.405,50 densidad 34,18 VIV 1.015

Bajo estos criterios se han definido los mbitos que se presentan en los planos de ordenacin de la propuesta. En la propuesta del presente documento se han definido unos mbitos de desarrollo o crecimiento de los ncleos preexistentes. No debe entenderse esta delimitacin como definitiva, ya que en el transcurso de elaboracin del Plan podrn ajustarse las definiciones realizadas y delimitarse nuevos sectores, todo ello en funcin del resultado de la exposicin pblica del proyecto y de las Consultas Previas del documento ambiental tramitado. Los aprovechamientos de estos suelos seguirn la pauta de los del suelo urbano no consolidado, adecundose en cualquier caso a las caractersticas del medio en el que se dispongan.

El desarrollo del suelo productivo, a parte de los que eventualmente sean posibles con fines agrcolas, ganaderos y de los admisibles en el suelo rstico, se centra en tres espacios: uno que puede concebirse como la ampliacin del actual suelo de Marrn; otro que supone una nueva alternativa, de menos entidad, pero que es ms fcil de desarrollarse, al no depender de la creacin de un acceso sobre el Asn y sobre el ferrocarril. El nuevo puente sobre el Asn recoge la iniciativa de Carreteras Autonmicas, que est estudiando resolver el acceso al

SECTORES DE REORDENACIN CLAVE REORA1 REORA2 REORA3 REORA4 REORA5 REORA6 REORA7 REORA8 REORA9 REORM1 REORC1 SECTOR IGLESIA P. TOROS FERRERIATORRE ROCILLO LA PINTA LOS TILOS LA MIES NACIONAL PEDREGOSA MARRN EL CAMINO totales: SUP TOTAL 13.713,30 8.329,83 15.964,87 16.952,90 7.943,19 9.709,80 21.701,41 10.095,41 17.403,18 6.483,40 9.555,27 137.852,56 SUP PRIV 4.794,35 4.948,91 15.964,87 9.546,72 4.070,10 9.709,80 21.701,41 8.202,89 12.420,60 4.030,60 7.904,08 103.294,33 % s/total 35,0 59,4 100,0 56,3 51,2 100,0 100,0 81,3 71,4 62,2 82,7 75 ED s/bruta 0,50 0,50 0,50 0,50 0,50 0,50 0,35 0,50 0,40 0,40 0,40 0,45 SUP Const 6.856,65 4.164,92 7.982,44 8.476,45 3.971,60 4.854,90 7.595,49 5.047,71 6.961,27 2.593,36 3.822,11 62.326,88 densidad 50,00 50,00 50,00 20,00 40,00 50,00 30,00 40,00 40,00 35,00 35,00 38,88 VIV 68,57 41,65 79,82 33,91 31,77 48,55 65,10 40,38 69,61 22,69 33,44 536,00

suelo productivo actual salvando el paso por el casco. un ltimo desarrollo productivo junto al instituto, entre Ampuero y Rocillo.

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mbitos de reordenacin y de expansin de AmpueroDentro de la ordenacin del municipio de Ampuero se han establecido inicialmente unos mbitos que, bajo la denominacin de de reordenacin y de expansin, segn el caso, en su mayor parte se encuentran incluidos en la delimitacin de Suelo Urbano (consolidado) que contemplan las Normas Subsidiarias vigentes. Sin embargo, a pesar de seguir manteniendo este carcter de suelo urbano, al representar reas ms o menos extensas no desarrolladas o poco desarrolladas, se han reagrupado formando sectores en los que se dispone una ordenacin sustancialmente distinta a la entonces existente o en la que son necesarios procesos de urbanizacin de cierta entidad. A continuacin se describen los mbitos definidos en la propuesta de ordenacin que se avanza con la presente Memoria Resuman, quedando su mbito espacial y desarrollo definido en los planos de ordenacin que acompaan a este documento.

REORA2. Plaza de TorosEste mbito se localiza junto a la plaza de toros de La Nogalera. Con su desarrollo se completa la manzana en la que se encuentra, logrando mejorar los accesos al equipamiento de la plaza de toros y al parque. Se consigue ampliar el equipamiento con un aparcamiento pblico en superficie que posibilita el desahogo de la presin que los vehculos ejercen hoy sobre los alrededores de la plaza, donde llegan a invadir la zona peatonal. Este nuevo aparcamiento dar servicio a las actividades eventuales que se realizan en la plaza y a los residentes actuales y futuros del mbito. Adems tendr un carcter de aparcamiento disuasorio de cara a la entrada de vehculos al casco antiguo de Ampuero, ya que se encuentra bien conectado peatonalmente con el casco y con los equipamientos situados a las afueras, como son la iglesia y el centro de salud Siendo, este ltimo de carcter comarcal y que tiene una atraccin de usuarios motorizados elevada que hoy emplean los aparcamientos internos del casco y alrededores, ya que son los ms prximos. Con este desarrollo se lograr mejorar la estructura viaria zonal, permitiendo una reestructuracin de las

REORA1. IglesiaEl mbito est situado en el cruce entre la antigua carretera nacional N-629, hoy calle Martn Ruiz Arenado, y la carretera autonmica CA-510, llamada avenida de Los Tilos. Constituye un sector compacto, situado en una zona cntrica, lmite entre el casco antiguo de Ampuero y las primeras reas de expansin. Est situado junto a la Iglesia de Santa Mara y al colegio de Ampuero, adems de estar a la orilla del ro Vallino. Presenta en su interior una edificacin singular, con su huerta-jardn, ya catalogada por las Normas actuales y sus predecesoras. Esta edificacin se mantendr con el desarrollo, siendo propuesta como nuevo equipamiento que refuerce la margen derecha del ro vallino. El jardn ser incluido en el espacio libre propuesto, que permitir la transicin entre las nuevas edificaciones y los equipamientos, logrndose un lugar de esparcimiento a la vez que se consigue iniciar un corredor de movilidad no motorizada que conecta el espacio semipeatonal del casco antiguo con los nuevos desarrollos limtrofes. En las calles Martn Ruiz Arenado y la avenida de Los Tilos no se realizarn modificaciones viarias. En la calle San Juan y su transversal, ambas perimetrales al sector, se ampliar la seccin para dar cabida a nuevas plazas de estacionamiento en la va pblica y nuevas aceras. Se reserva la zona norte del sector, que limita con la calle San Juan, para el desarrollo de las edificaciones de uso residencial. Estas edificaciones sern de una altura acorde con las edificaciones existentes. Se estudiar el posible uso de las plantas bajas como locales comerciales, dado que la densidad entre las edificaciones existentes y las propuestas puede ser suficiente para fomentar los usos de esta ndole. Los accesos motorizados a las edificaciones se realizarn por la calle San Juan, mientras que los accesos no motorizados se podrn realizar por cualquiera de sus frentes, ya sea desde viario o desde los espacios libres pblicos.

circulaciones que van a permitir la ampliacin de los espacios libres pblicos. Estos espacios libres, constituidos por los parques de La Nogalera y el de Los Cados, se vern continuados con el espacio libre propuesto, dando continuidad al paseo natural existente en la ribera del Asn, aguas arriba del puente, a travs del ro Vallino y del propio Asn. Las edificaciones del mbito sern en altura y se ubicarn en la zona Este, en alineacin con las existentes y en coherencia con estas. No se prev inicialmente establecer usos comerciales, debido a la menor densidad de poblacin en esta zona. Para lograr el desarrollo de este mbito es preciso realizar dos actuaciones aisladas en suelo urbano. Una de ellas es la adaptacin del espacio existente entre el edificio en forma de U y la plaza de toros. Se adapta con ello el nuevo viario propuesto, que quedara engarzado con el existente, ampliando ste para poder limitar el uso de la calle La Nogalera al uso de residentes y, principalmente, al uso no motorizado. La otra actuacin aislada en suelo urbano necesaria para el desarrollo del sector es la continuacin del mismo viario propuesto hasta la calle Martn Ruiz Arenado, con lo que se logra la circulacin de vehculos alrededor de esta manzana, permitiendo el acceso a residentes y usuarios.

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REORA3. Ferrera-TorreLa denominacin de este mbito hace referencia a la inclusin en l de las parcelas en las que se encuentran la ferrera de La Riera y la casa solariega vinculada a la Torre de Espina-Velasco. Tanto la ferrera como la Torre son elementos representativos del patrimonio cultural de Ampuero, que se pretende poner en valor con el desarrollo de este sector. Se trata por tanto de un sector formado por tres piezas, las dos citadas y la situada al final de la calle de La Mies, frente al cruce de sta con la calle de El Muradn. En las dos primeras se propone la constitucin de los espacios libres y equipamientos, mientras que en la tercera se materializar el aprovechamiento residencial que lo viabiliza. La ferrera se encuentra junto al ro Vallino Est ubicada en una parcela en la que, adems de la ferrera, se localizan varias edificaciones destinadas a pequeos talleres, la mayora en desuso o estado ruinoso. Est atravesada por un vial en estado muy deteriorado. Toda esta parcela ser acondicionada como espacio libre de uso pblico y permitir la puesta en valor de la ferrera. Este espacio libre da continuidad al colindante situado en la ribera del Vallino, aguas arriba, con lo que se logra conectar con el casco antiguo la zona de las ferreras, molinos y la Torre de Espina-Velasco, constituyendo el llamado eje del Vallino, en el que se encuentran otros equipamientos, como son el telecentro, en el edificio de La Sindical, el colegio, la iglesia y la plaza de toros, adems de otros propuestos en los distintos desarrollos de los mbitos ubicados junto al ro Vallino. Junto a la Torre de los Espina-Velasco se ampliar el equipamiento actual, constituido por la propia Torre, logrando un conjunto cultural dotado de los accesos y estacionamientos precisos. El uso lucrativo del sector ser el residencial, con acceso rodado desde la calle de La Mies, no siendo necesarios nuevos viales, pero s la ampliacin de esta calle y su adecuacin a la seccin propuesta, en la que existirn los dos carriles de circulacin, banda de aparcamientos pblicos y aceras peatonales.

REORA4. RocilloEst situado el mbito a ambos lados de la antigua carretera nacional, en sentido al barrio de Rocillo, junto al instituto de secundaria y formacin profesional de Ampuero. Con el desarrollo del mimo se consolidarn los espacios intersticiales, logrando una continuidad en los espacios libres del propio mbito y de la ordenacin general del municipio, consiguiendo dotar a este barrio de unas zonas comunes hoy inexistentes. Se reservarn como espacio libre las zonas cercanas al arroyo Rocillo, logrando un corredor no motorizado que conectar con las dos reas establecidas como parque a cada lado de la carretera y con los equipamientos existente y propuesto. El equipamiento propuesto ser en continuacin del existente, consolidando el carcter pblico de este espacio. Junto al equipamiento propuesto se propone el desarrollo de un espacio productivo de carcter local y comarcal, que presenta una buena conexin con la va rpida a travs de la antigua carretera nacional hacia el sur, lo que consolidar esta zona en la que ya se existen varios establecimientos de este tipo (talleres y gasolinera). En las reas ms cercanas al ncleo de Ampuero se propone el uso residencial con edificacin en altura y unas densidades similares a las existentes. Los accesos a las edificaciones se realizarn a travs de la antigua carretera nacional, mejorndose el estado y la seccin de la calle paralela a la carretera que une la zona de la gasolinera con el espacio donde se encuentra el edificio residencial denominado La Inmaculada.

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REORA5. La PintaEl mbito se sita en la calle Jos Antonio, al sur del cruce con el nico acceso actual a Tabernilla. Est formado por una finca ocupada por una edificacin de vivienda unifamiliar aislada, rodeada por fincas en las que se localizan edificios en alturas, con una densidad importante. El desarrollo de este mbito permitir dar continuidad a la nueva va de comunicacin del barrio de Tabernilla, logrando una nueva malla alejada de los viales de concentracin parcelara que con el tiempo se han ido asfaltando y que son los accesos que sustentan parte del desarrollo seguido por Ampuero en las ltimas dcadas. En concreto se plantea, adems de la continuidad de la citada va de comunicacin Ampuero-Tabernilla, un vial que conecte esta nueva calle con la calle Jos Antonio, logrando un viario pblico perimetral a la zona destinada a la edificacin residencial. Esta edificacin residencial se acomodar a la existente en esta calle, persiguiendo la continuidad, aunque en este caso ser preceptiva la manzana cerrada, en detrimento de la manzana abierta, que, adems de ser poco operativa, no supone una innecesaria distincin entre lo pblico y lo privado, que no aporta nada al desarrollo de Ampuero. Paralelamente a los dos viales que interseccionan en la antigua carretera nacional, discurren dos espacios peatonales que conectan con los espacios libres y equipamientos que se proponen, estando el equipamiento situado ms al norte y el espacio libre en continuacin con el propuesto para el mbito contiguo, denominado La Paloma, y que crea un rea estancial junto al arroyo Rocillo, que ser continuado, permitiendo la comunicacin peatonal transversal llegando a unirse con el actual parque de La Presa y sus equipamientos.

REORA6. Los Tilosmbito situado entre la Avenida de Los Tilos y la calle de La Mies, en una manzana que presenta cuatro viviendas unifamiliares y varias huertas. Al igual que ocurra con el mbito de La Pinta, esta zona est rodeada por edificaciones de vivienda colectiva en altura, por lo que carece de sentido regular este mbito como consolidado, existiendo la opcin de prever las condiciones en las que puede desarrollarse en consonancia con el entorno. No se ha establecido an una ordenacin de los espacios pblicos y privados, aunque la tipologa edificatoria s que ser semejante a la existente en la avenida. Se procurar ubicar los espacios libres y equipamientos junto a la avenida, en continuacin con el equipamiento existente en el denominado edificio de La Sindical. Con esto se consigue establecer una serie de equipamientos junto al ro Vallino, desde la Torre de los EspinaVelasco hasta la Plaza de Toros, apoyado por los vinculados a las ferreras y molinos situados en la otra margen del ro, recuperando este tramo urbano del Vallino como lugar de uso pblico de gran inters para el municipio. A su vez, est conectado con el eje de carcter ms ldico y de un estado natural (menos transformado) que representan el eje del Asn. No puede olvidarse que al norte de la manzana que conforma el sector discurre un pequeo camino peatonal que comunica el barrio de Las Nieves y la calle de La Mies y que contina hacia el barrio de La Brcena. La propuesta mantendr este eje con el carcter peatonal y ampliar su seccin, al tratarse de un importante itinerario no motorizado que discurre paralelo a