Metodologia gran mision vivienda sector universitario

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GRAN MISIÓN VIVIENDA

PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES

DEL SECTOR UNIVERSITARIOS

LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS

Cumpliendo con el Plan de la Patria, legado de nuestro Comandante

Supremo Hugo Chávez, y como parte de la Gran Misión Vivienda

Venezuela, el Presidente Nicolás Maduro Moros promueve la Gran

Misión Vivienda Venezuela Obrera como iniciativa para activar la

inclusión del pueblo trabajador que requiere vivienda.

Por tal motivo, la I Convención Colectiva Única de los Trabajadores y

Trabajadoras del Sector Universitario, garantiza a todas las

trabajadoras y trabajadores universitarios, con al menos un 1 año de

antigüedad en la institución de adscripción y que aún no posean

vivienda principal, tengan la oportunidad de acceder a ella mediante

el fortalecimiento de la organización colectiva, la identificación y

puesta a disposición de su potencial disponible, y el trabajo conjunto

con las instituciones del Gobierno Revolucionario. También, tendrán

las mismas oportunidades los trabajadores y trabajadoras que ya

posean vivienda principal y que necesiten remodelarla, repararla o

ampliarla, dándoles acceso al programa de la GMVV.

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Los aspectos a considerar son:

La organización de los colectivos de trabajadores y trabajadoras.

Identificación de potencialidades de cada colectivo.

Identificación de las necesidades de cada colectivo.

Identificación de esquema de gestión a aplicar con base en las

potencialidades y las necesidades del colectivo.

1. ORGANIZACIÓN DE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES

UNIVERSITARIOS

1.1 Los trabajadores y trabajadoras que requieran adquirir,

remodelar, ampliar o reparar su vivienda principal, deberán

estar adscritos a una institución de Educación Universitaria,

tener al menos un año de antigüedad, ser cotizantes al Fondo

de Ahorro Obligatorio para Vivienda (FAOV), y la institución

estar solvente con ese Fondo.

1.2 La organización inicial del grupo de trabajadores y

trabajadoras será conducida por el Comité Promotor de

Vivienda, que se encargará única y exclusivamente de llevar a

cabo la asamblea de trabajadores o trabajadoras que no

posean vivienda principal, y estará integrado por hasta seis

(06) voceros y voceras que formen parte de las

Organizaciones Sindicales Signatarias y Adherentes de la I

Convención Colectiva Única del Sector Universitario y las

Asociaciones de Profesores que cumplan con los requisitos

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establecidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley

Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, que

hagan vida activa en las Instituciones de Educación

Universitaria; y el representante del Ministerio del poder

Popular para la Educación Universitaria (MPPEU). Los

miembros de este Comité Promotor, pueden formar parte del

Comité de Vivienda de cada IEU, siempre y cuando cumplan

con las cualidades exigidas para ello.

1.3 La Dirección de Personal y/o Talento Humano de cada

Institución de Educación Universitaria (IEU), tendrá como

responsabilidad facilitar todo lo requerido por el Equipo

Promotor y el Comité de Vivienda Institucional.

1.4 Una vez realizada la Asamblea de Trabajadores y

Trabajadoras, para la conformación del Comité de Vivienda

en cada Institución de Educación Universitaria, estos Comité

Promotores cesarán en sus funciones.

1.5 Conformados los Comité de Vivienda en cada Institución de

Educación Universitaria, estos se encargarán de recabar en el

censo físico y posteriormente en un archivo digital, los datos

socio-económicos de cada trabajadora o trabajador

universitario, tales como: nombre completo de la jefa o jefe de

familia, cédula de identidad, número telefónico de contacto,

lugar y condición de habitación, además los datos de los

miembros del grupo familiar, identificando nombre completo,

cédula de identidad, fecha de nacimiento e ingresos de cada

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uno de los integrantes del núcleo familiar, entre otros (anexo

planilla de datos socio-económicos).

1.6 Este archivo, validado por el Comité de Vivienda Institucional,

será consignado ante la Comisión Nacional de Vivienda, para

que conjuntamente con el MPPEU y el MPPVH se verifiquen

los datos en el Registro Nacional de Vivienda de la GMVV,

realizado en el año 2011, y 0800MIHOGAR. De esta manera,

garantizar que ninguno de los solicitantes haya recibido apoyo

en materia habitacional, ni posea vivienda propia.

1.7 Con la información sistematizada, las familias de trabajadores

(as) provenientes de diferentes instituciones universitarias, se

organizarán en grupos de hasta 200 familias para

conformarse en Asambleas de Viviendo Venezolanos. Cada

asamblea tendrá un código de identificación y se vinculará

con un terreno o proyecto habitacional específico.

1.8 En aquellas instituciones universitarias donde la población de

trabajadoras y trabajadores que requieran vivienda principal

sea menor a 200, podrán agruparse con otras Instituciones de

Educación Universitaria adyacentes a esta o proyectos que se

estén desarrollando en el marco de la GMVV.

2 IDENTIFICACIÓN DE POTENCIALIDADES DE CADA

COLECTIVO.

2.1.1 Los colectivos de trabajadores organizados en Comité de

Vivienda Institucional, en conjunto con sus instituciones de

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adscripción, y en concordancia con la Comisión Nacional

de Vivienda del Sector Universitario más el apoyo del

Órgano Estadal de Vivienda, evaluarán sus

potencialidades en las siguientes áreas:

2.1.2 Terrenos aptos para construir, bien sean de la institución

universitaria, donaciones, adquiridos por los trabajadores,

o propuestos para adquirir.

2.1.3 Proyecto urbano y de edificaciones. Si tuvieren terreno,

evaluar la posibilidad de elaborar el proyecto urbano y de

edificaciones, siguiendo los lineamientos de la Gran Misión

Vivienda Venezuela, establecidos en la Resolución N° 89

del 23/07/13, publicada en Gaceta Oficial N° 40.215 del

26/07/13, bien sea con financiamiento de los trabajadores

u otra fuente.

2.1.4 Financiamiento. El Comité de Vivienda Institucional, en

conjunto evaluarán las capacidades financieras de cada

familia, tanto para aportar como para desarrollar las

construcciones; tomando en cuenta sus disponibilidades en

el Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda, en caja de

ahorro si la tuvieran, los aportes directos que cada

trabajador tenga a bien realizar en acuerdo con el

empleador y/o las deudas institucionales con los

trabajadores que pudieran saldarse con aportes al

proyecto; y de esta manera definir las posibilidades reales

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de asumir los créditos a largo plazo para adquirir su

vivienda.

2.1.5 Materiales, equipos y maquinarias disponibles. En los

casos en los que los comité o las instituciones

universitarias tengan posibilidad de poner a disposición

algún rubro específico, sin afectar en absoluto la

operatividad de las instituciones, podrán hacerlo para

aportar al proyecto.

2.1.6 Aporte de experiencia de los integrantes de cada

asamblea de Comité de Vivienda de cada Institución

Universitaria Viviendo Venezolanos en materia de

planificación, proyección y ejecución de obras.

Aquellos integrantes con formación, capacidades y

disponibilidad que puedan participar en las diversas

actividades, serán de mucho provecho para llevar a cabo

los proyectos y para fortalecer la organización popular,

independientemente que posea vivienda principal.

3 IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE CADA COLECTIVO.

3.1 Terrenos. Si el Comité de Vivienda de las IEU no pudieran

aportar terrenos aptos para construir, desde la GMVV se

podrán asociar los trabajadores a terrenos, proyectos u obras

en ejecución.

3.2 Proyecto Urbano y de Edificaciones. Si tuvieren terreno

disponible y apto, pero no proyecto o recursos suficientes

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para elaborarlo, desde la GMVV se podrá apoyar para realizar

estudios y proyectos urbanos, además se proveerá de

proyectos de edificaciones disponibles para ser aplicados en

esos terrenos.

3.3 Financiamiento. Una vez definido el proyecto y determinada

la capacidad financiera del colectivo, se evaluará la

posibilidad de financiar la construcción del proyecto mediante

un crédito a corto plazo con recursos de la banca pública o

privada, de no ser posible, desde el Órgano Superior de

Vivienda (OSV) se solicitará al Presidente de la República los

recursos faltantes, en cuyo caso el OSV asignará 30% de las

viviendas a construir con base en el Registro Nacional de

Vivienda. Durante la construcción de la obra, se determinará

la capacidad de pago de cada familia para tramitar sus

créditos, a largo plazo, para la adquisición de su vivienda.

3.4 Materiales, equipos y maquinarias necesarios. En los

casos en que los trabajadores o su empleador no tengan

posibilidad de poner a disposición algunos de estos rubros, se

proveerán desde CONSTRUPATRIA y se cancelarán a

precios justos.

3.5 Disponibilidad de Trabajadores. Si el colectivo no dispone

de trabajadores que puedan integrarse al desarrollo del

proyecto, desde el Órgano Superior de Vivienda, mediante los

diferentes entes ejecutores, dispondrán de los profesionales,

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técnicos y obreros necesarios, quienes serán remunerados de

manera justa.

4. ESQUEMA DE GESTIÓN A APLICAR.

4.1. Los terrenos seleccionados. Estos deberán contar con

factibilidad de todos los servicios y serán evaluados por los

equipos técnicos de la Vicepresidencia para el Desarrollo

Territorial y el Instituto Nacional de Tierras Urbanas, con el

apoyo del Órgano Estadal de Vivienda correspondiente. Los

estudios topográficos y de suelos serán realizados por estas

instituciones y su costo de ejecución será imputado al costo

total de la obra.

4.2. Proyecto urbano. Será elaborado por instancias

seleccionadas por el Órgano Superior de Vivienda, sus

características serán acordes con los lineamientos de la

GMVV. El costo será imputado al costo total de la obra.

4.3. Proyecto de edificaciones. Podrá ser aportado por la GMVV

al colectivo, basado en los prototipos constructivos que a

través de los distintos ejecutores se tienen disponibles. Caso

contrario, será elaborado por instancias seleccionadas por el

Órgano Superior de Vivienda y sus características serán

acordes con los lineamientos de la GMVV. El costo será

imputado al costo total de la obra.

4.4. Financiamiento. El costo de la obra se determinará con base

en el proyecto y debe estar dentro de los montos fijados por

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el Órgano Superior de Vivienda. De forma conjunta con los

trabajadores, se diseñarán formas de financiamiento, a través

de fondos propios como: cajas de ahorro, prestaciones

sociales, ahorros, financiamiento público o de la banca

privada, o aportes del sector público, estableciendo

claramente plazo e intereses de los créditos a corto plazo

para la construcción.

4.5. Ejecución de obra. El Órgano Superior de Vivienda

seleccionará el ejecutor responsable de la obra, bien sea de

carácter nacional, estadal o municipal, que contratará la

construcción con gerencias técnicas y brigadas de

construcción o con empresas constructoras, que con base en

el proyecto presentarán presupuesto y cronograma de

ejecución para darlo a conocer al colectivo universitario. Una

vez iniciada la obra, el seguimiento y supervisión será igual al

resto de las obras de la GMVV.

4.6. Asignación de viviendas. Una vez conformada la Asamblea

de Comité de Vivienda Institucional, elaborado el proyecto e

iniciada la construcción, se hará la selección del orden de

asignación, de acuerdo a criterios de necesidad, mediante

acuerdos en asamblea, con participación del Órgano Estadal

de Vivienda, para que cada familia sepa en qué etapa del

proyecto será atendido y qué vivienda específica le

corresponde, en qué precio le será vendida y cuáles serán las

condiciones de pago.

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4.7. Entrega de las viviendas. Una vez concluidas las viviendas,

aprobado el crédito a largo plazo y protocolizado el

documento de compra-venta, se hará entrega de las

viviendas a las familias beneficiadas.

4.8. Aquellos trabajadores y trabajadoras que no quieran

optar por una vivienda a través del proyecto, podrán

solicitar los aportes necesarios a través del FAOV o cualquier

otro mecanismo que disponga la Comisión Nacional de

Vivienda.

4.9. Aquellos aspectos que no estén contemplados en este

instrumento o causen dudas, serán dirimidos en la

Comisión Nacional de Vivienda del Sector Universitario.