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Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Nacional de Salud Animal EVALUACIÓN DEL SISTEMA SANITARIO DE LA REPUBLICA DE FEDERATIVA DEL BRASIL PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMEN Y EMBRIONES (FIV) BOVINOS, BUFALINOS, OVINOS Y CAPRINOS PARA REPRODUCCIÓN. ELABORADO POR: Dr. Rogelio Marino Ramón Torres- MIDA- Coordinador Salud Animal R#8 MIDA. Dr. Alexis Elpidio Villarreal Cárdenas– MIDA – Dirección Nacional de Salud Animal.

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Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Nacional de Salud Animal

EVALUACIÓN DEL SISTEMA SANITARIO DE LA REPUBLICA DE FEDERATIVA DEL BRASIL PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMEN Y EMBRIONES (FIV) BOVINOS, BUFALINOS, OVINOS Y CAPRINOS PARA REPRODUCCIÓN.

ELABORADO POR:

Dr. Rogelio Marino Ramón Torres- MIDA- Coordinador Salud Animal R#8 MIDA.

Dr. Alexis Elpidio Villarreal Cárdenas– MIDA – Dirección Nacional de Salud Animal.

RESUMEN

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El objetivo primordial de la visita realizada a la Republica de Federativa del Brasil, consistió en la evaluación y verificación de los procedimientos de la colecta, procesamiento de semen y embriones en sistemas de producción de bovinos, caprinos y ovinos, las condiciones sanitarias de los establecimientos y el sistema sanitario del país. Los centros auditados e inspeccionado están debidamente registrados por la autoridad competente y cumplen con las regulaciones sanitarias, técnicas y legales que les permite la comercialización de los productos (semen y embriones) a nivel nacional e internacional.

Durante la auditoría realizada a los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones verificamos el cumplimiento de la normativa dictada por la autoridad competente. De acuerdo al análisis y la verificación de todo lo referente al estatus sanitario de la REPUBLICA DE BRASIL y los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones inspeccionados, concluimos que la importación de material genético de bovinos, ovinos y caprinos para la reproducción a nuestro país no representa riesgos para la salud animal de la población pecuaria de la República de Panamá.

Introducción El informe incluye fundamentalmente elementos que permitirán evaluar las condiciones sanitarias de los establecimientos especializados en la colecta y procesamiento de semen y embriones para el uso biotecnológico en reproducción bovina, caprina y ovina, que garantice el uso futuro de este material genético sin riesgo sanitario a la población bovina, ovina y caprina de Panamá.

Estos centros se encuentran presentes en los estados de Goiás, Minas Gerais y Sao Paolo, dedicadas a la producción de semen y embriones que en su mayoría son obtenidos a través de la Fertilización in Vitro (FIV), material genético para el uso interno y externo, exportando a varios países de centro américa y el mundo. Antecedentes

La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) a través del Código Sanitario para Animales Terrestres, dicta las directrices encaminadas a minimizar los riesgos de introducción de enfermedades asociadas a las especies terrestres, facilitando el intercambio comercial; atendiendo con rigurosidad las normas y reglamentaciones de los controles sanitarios que permiten el nivel de protección requerido. Para el comercio internacional de semen y embriones de bovinos, ovinos y caprinos la OIE también dicta los controles y lineamientos sanitarios, como los mecanismos de bioseguridad aplicables a los centros de producción de material genético y centros de producción.

La República de Panamá, mantiene estrategias permanentes definidas para minimizar el riesgo asociados a este tipo de importaciones:

• Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica

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• Red de laboratorios y diagnósticos veterinarios

• Sistema Nacional de Emergencias en Salud Animal

• Laboratorio de referencia internacional

• Puestos de Control Cuarentenarios (puertos, aeropuertos y fronteras)

En atención a la Ley 23 de 15 de Julio de 1997, y al Decreto Ejecutivo 49 del 16 de abril 2001, Panamá asigna una misión técnica para desarrollar inspección de origen, a fin de verificar las condiciones sanitarias de los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones del Brasil; igualmente evaluar la posibilidad de importar semen y embriones congelados para la reproducción a fin de fortalecer la genética de los proyectos comerciales, con la importación de genética de razas especializadas en la producción carne y leche. Alcance

Para el reconocimiento de los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones, material genético de calidad, se realizó auditoría sanitaria “in situ”. Dicha auditoría comprendió la evaluación de la organización, estructura y operatividad de los servicios veterinarios, la inspección sanitaria a los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones y los sistemas productivos del país exportador, verificando el cumplimiento de las buenas prácticas sanitarias y de manufacturas. Objetivo General

• Evaluar el sistema sanitario, técnico y legal de Brasil para la producción y certificación de semen y embriones (FIV y Clones) para la exportación.

Objetivos Específicos • Evaluar la condición sanitaria y la operatividad de los servicios veterinarios del país. • Verificar el cumplimiento de la legislación brasileña y de Panamá para la exportación semen y embriones (FIV y Clones).

Metodología

Los doctores médicos veterinarios Rogelio Ramón Torres coordinador de salud animal de R#8 Los Santos y Alexis Elpidio Villarreal Cárdenas jefe del Departamento de Trazabilidad, encargados de la auditoria de los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones (FIV y Clones).

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Se revisó el informe del país que publica periódicamente la OIE (situación Zoosanitaria mundial) mediante la consulta a la base de datos interfaz WAHID. Previamente se revisó la información actualizada sobre la legislación del país.

En los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones (FIV y Clones) se procedió a la revisión y verificación de la documentación requeridas por la autoridad competente para la habilitación de los centros y la verificación de los procedimientos aplicados para la colecta y procesamiento y la aplicación de las medidas de Bioseguridad.

PROGRAMA DE VISITA

DATA ESTABLECIMENTOS/ ATIVIDADES TRANSPORTE

Domingo20/11/2016 Chegada ao Brasil - Brasília Panamá -SP -Brasília

Segunda21/11/2016

Reunião MAPA e ida para GoiâniaPernoite em Goiânia

Brasília – Goiânia-GO210km (2h30m) carro

Terça 22/11/2016

HACIENDA SOZINHA Goiânia/GO - Bonfinópolis/GO38KM (30min) carro.

FAZENDA IN VITRO Pernoite em Morrinho /GO

Bonfinópolis /GO - Morrinhos/GO163KM (1h30min) carro.

Quarta 23/11/2016

GENEAL Pernoite em Mogi Mirim

Morrinhos/GO-Uberaba/ MG334KM (3h30Min) carroUberaba/MG - Mogi Mirim/SP365KM (3h40min) carro

Quinta 24/11/2016

IN VITRO Mogi Mirim/ SP - Itapira /SP 26Km (20m) carro

NOVAGEN Pernoite em Mogi Mirim/SP

Itapira/SP - Mogi Mirim/SP 26km (20m)carro

Sexta 25/11/2016

SELEON Mogi Mirim/SP - Itatinga/SP 281KM (2h40m) carro

W2R

Itatinga/SP - Pardinho/SP 28KM (20Min) carro Pardinho/SP - Botucatu/SP30KM (30min)

SÁBADO 26/11/2016

TAIRANA Pernoite em Presidente Prudente

Botucatu/SP - Presidente Prudente/SP369KM (4h) carro

DOMINGO 27/11/2016

Presidente Prudente - São Paulo e Regresso ao Panamá

Presidente Prudente/SP - São Paulo/SP São Paulo/SP - Panamá Voo de madrugada

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Alcance de la Visita

Tiene por objeto verificar el cumplimiento de las normas establecidas por la autoridad competente en esta materia (semen y embriones) en los establecimientos de colecta y procesamiento de semen y embriones; Samvitro Biotecnología (FIV), Geneal Genética Animal (FIV y Clones), In Vitro Brasil LTDA (FIV y Clones), Novagen Genética (Semen y Embriones (FIV)), Seleon Biotecnología Animal (Semen) y Tairana (Semen), para exportar semen y embriones de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos a la república de Panamá; además se visitaron las fincas Sozinha y W2R donadoras de ovocitos.

Actividades a Realizar

1. Reunión de apertura con los médicos veterinarios Rodrigo do Espirito Santos Padovani Fiscal Federal Agropecuario, Jefe de Transito animal Nacional, Coordinador de Transito y Cuarentena Animal y Judi María da Nóbrega Asistente Técnico, todos de la autoridad competente del MAPA de nivel central ubicado en Brasilia.

2. Entrevistas con los Gerentes y personal técnico de cada centro y de los representantes de la autoridad competente en cada región. 3. Revisión y verificación de documentos en cada centro a visitar.

4. Inspección y verificación del sistema de producción Presentación técnica de los controles cuarentenarios y los procedimientos de

colecta y procesamiento de semen y embriones de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos.

Visita a las fincas Sozinha y W2R para verificar las condiciones sanitarias y genéticas de las donadoras de ovocitos.

ELEMENTOS PARA LA EVALUACIÓN SANITARIA

En los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones (FIV) de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos se revisó y verificó la documentación existente relacionada con la aplicación de los programas sanitarios, que incluye detalles generales del centro, buenas prácticas de bioseguridad en los centros, inspección sanitaria y programas de sanidad animal, limpieza y desinfección, control de plagas y animales indeseables, programa de mantenimiento preventivo de equipos e instalaciones, transporte, salud ocupacional, laboratorio de Control SANITARIO y la atención de la presentación de focos de enfermedades de notificación obligatoria y el control oficial. De igual manera se verificó el cumplimiento de los requisitos solicitados por la autoridad competente de Salud Animal de Brasil, necesarios para la producción industrial de semen y embriones y la certificación para la exportación.

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En materia de producción de semen y embriones, Brasil tiene las siguientes legislaciones:

LEI Nº 6.446, DE 05 DE OUTUBRO DE 1977

Dispõe sobre a Inspeção e a Fiscalização obrigatórias do Sêmen destinado à Inseminação Artificial em Animais Domésticos, e dá outras Providências.

Decreto N° 187, de 9 de agosto de 1981 que reglamenta la ley 6.446, de 5 de octubre de 1977, que dicta medidas sobre la inspección e fiscalización obligatoria del semen destinado a la inseminación artificial en animales domésticos.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 2, DE 14 DE JANEIRO DE 2004

O MINISTRO DE ESTADO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 87, Parágrafo único, inciso II, da Constituição, considerando o disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, no Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, e o que consta do Processo nº 21000.008519/2003-67, resolve:

Art. 1º Aprovar as normas que dispõem sobre a fiscalização da produção, do comércio de material genético de animais domésticos e da prestação de serviços na área de reprodução animal, contidas no anexo à presente Instrução Normativa março de 1950

INSTRUÇÃO NORMATIVA SDA Nº 35, DE 17 DE SETEMBRO DE 2007

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA, DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso das atribuições que lhe conferem os arts. 9º e 42, do Anexo I, do Decreto nº 5.351, de 21 de janeiro de 2005, tendo em vista o disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, regulamentada pelo Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, e o que consta do Processo nº 21000.003187/2007-58, resolve:

Art. 1º Aprovar o REGULAMENTO PARA REGISTRO E FISCALIZAÇÃO DE LABORATÓRIO DE SEXAGEM DE SÊMEN ANIMAL, na forma dos Anexos à presente Instrução Normativa.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 48, DE 17 DE JUNHO DE 2003 (*)

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA, DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 15, inciso II, do Decreto nº 4.629, de 21 de março de 2003,

Considerando a necessidade de estabelecer medidas sanitárias para garantir a qualidade do sêmen produzido e comercializado no Brasil, e o que consta do Processo nº 21000.001909/2002-25, resolve:

Art. 1º Somente poderá ser distribuído no Brasil o sêmen bovino ou bubalino coletado em Centros de Coleta e Processamento de Sêmen - CCPS, registrados no Ministério da Agricultura Pecuária e Abastecimento - MAPA, que cumprem os REQUISITOS SANITÁRIOS

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MÍNIMOS PARA A PRODUÇÃO E COMERCIALIZAÇÃO DE SÊMEN BOVINO E BUBALINO NO PAÍS, constantes dos anexos da presente Instrução Normativa.Parágrafo único. Para registro do CCPS, deverão ser observadas as normas vigentes deste Ministério.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 53, DE 27 DE SETEMBRO DE 2006

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 9º combinado com o art. 42, do Anexo I, do Decreto nº 5.351, de 21 de janeiro de 2005, em cumprimento ao disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, regulamentada pelo Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, considerando a necessidade de atualizar as normas estabelecidas nas Portarias nºs 25 e 26, de 5 de setembro 1996, e o que consta do Processo nº 21000.010337/2006-07, resolve:

Art. 1º Aprovar o REGULAMENTO PARA REGISTRO E FISCALIZAÇÃO DE CENTRO DE COLETA E PROCESSAMENTO DE SÊMEN (CCPS) BOVINO, BUBALINO, CAPRINO E OVINO, na forma dos Anexos à presente Instrução Normativa.Parágrafo único. Centro de Coleta e Processamento de Sêmen (CCPS) é o local em que se reúnem animais para a realização da coleta e processamento de sêmen.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 55, DE 27 DE SETEMBRO DE 2006

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA, DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 9º combinado com o art. 42, do Anexo I, do Decreto nº 5.351, de 21 de janeiro de 2005, em cumprimento ao disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, regulamentada pelo Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, considerando a necessidade de atualizar as normas estabelecidas nas Portarias nºs 25 e 26, de 5 de setembro de 1996, e o que consta do Processo nº 21000.010337/2006-07, resolve:

Art. 1º Aprovar o REGULAMENTO PARA REGISTRO E FISCALIZAÇÃO DE CENTRO DE COLETA E PROCESSAMENTO DE EMBRIÕES (CCPE) E DE ESTABELECIMENTO PRESTADOR DE SERVIÇO EM COLETA E PROCESSAMENTO DE EMBRIÕES (EPSE) DE ANIMAIS DOMÉSTICOS, na forma dos Anexos à presente Instrução Normativa.

1º Centro de Coleta e Processamento de Embriões (CCPE) é o estabelecimento industrial onde se reúnem animais para a realização da coleta e processamento de embriões.2º Estabelecimento Prestador de Serviço em Coleta e Processamento de Embriões (EPSE) é aquele que realiza a coleta e processamento de embriões em propriedades de terceiros.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 56, DE 27 DE SETEMBRO DE 2006

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA, DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 9º combinado com o art. 42, do Anexo I, do Decreto nº 5.351, de 21 de janeiro de 2005, em cumprimento

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ao disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, regulamentada pelo Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, conforme o disposto na Instrução Normativa nº 2, de 14 de janeiro de 2004, considerando a necessidade de atualizar as normas estabelecidas na Portaria nº 25, de 5 de setembro de 1996, e na Portaria no 26, de 5 de setembro de 1996, e o que consta do Processo nº 21000.010337/2006-07, resolve:

Art. 1º Aprovar o REGULAMENTO PARA REGISTRO E FISCALIZAÇÃO DE ESTABELECIMENTO COMERCIAL DE MATERIAL DE MULTIPLICAÇÃO ANIMAL NACIONAL E IMPORTADO, na forma dos Anexos à presente Instrução Normativa.Parágrafo único. Estabelecimentos Comerciais de Material de Multiplicação Animal são estabelecimentos que comercializam sêmen, embriões de bovinos, bubalinos, caprinos, ovinos, suínos e eqüídeos.

INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 57, DE 27 DE SETEMBRO DE 2006

O SECRETÁRIO DE DEFESA AGROPECUÁRIA, DO MINISTÉRIO DA AGRICULTURA, PECUÁRIA E ABASTECIMENTO, no uso da atribuição que lhe confere o art. 9º combinado com o art. 42, do Anexo I, do Decreto nº 5.351, de 21 de janeiro de 2005, em cumprimento ao disposto na Lei nº 6.446, de 5 de outubro de 1977, regulamentada pelo Decreto nº 187, de 9 de agosto de 1991, considerando a necessidade de atualizar as normas estabelecidas nas Portarias nºs 25 e 26, de 5 de setembro de 1996, e o que consta do Processo nº 21000.010337/2006-07, resolve:

Art. 1º Aprovar REGULAMENTO PARA REGISTRO E FISCALIZAÇÃO DE CENTRO DE PRODUÇÃO IN VITRO DE EMBRIÕES (CPIVE) DE ANIMAIS DOMÉSTICOS, na forma dos Anexos à presente Instrução Normativa.Parágrafo único. Centro de Produção In Vitro de Embriões (CPIVE) é o local destinado à maturação e fecundação de oócitos obtidos de animais e ao cultivo de embriões.

Principais leis e Decretos que Sustentam a Defesa Sanitária Animal do Brasil

Decreto Nº 24.548, de 3 de julho de 1934

“Aprova o Regulamento do Serviço de Defesa Sanitária Animal”

Decreto nº 27.932, de 28 de INSTRUÇÃO NORMATIVA Nº 2, DE 14 DE JANEIRO DE 2004 “Aprova o regulamento para aplicação das medidas de defesa sanitária animal. ”Decreto Nº 5.741, de 30 de março de 2006“Regulamenta os arts. 27-A, 28-A e 29-A da Lei nº 8.171, de 17 de janeiro de 1991, organiza o Sistema Unificado de Atenção à Sanidade Agropecuária”

LA AUTORIDAD COMPETENTE

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El Ministerio de Agricultura, Pecuaria y Abastecimiento (MAPA) es el responsable por la gestión de las políticas públicas de estímulos agropecuarios, para el fomento de los agro negocios, y por la regulación y normalización de los servicios vinculados al sector.

El MAPA consta de una estructura fija de cinco secretarías, 27 superintendencias estatales con sus respectivas unidades, y una red de seis laboratorios agropecuarios. Existe la vinculación con las empresas públicas (EMPRAPA, CONAB) y sociedades de economía mixta que actúan bajo la injerencia y coordinación con el ministerio.

La Secretaría de Defensa Agropecuaria (SDA), es la responsable de la ejecución de las acciones en los Estados para la prevención, control y erradicación de las enfermedades en los animales.

Dispone de estructuras centrales de dirección y normalización para la ejecución de las acciones de su competencia.

A esta secretaría también le compete la inspección de los productos de origen animal, las fábricas de medicamentos veterinarios y la comercialización de material genético.

En el área de Salud Animal, se ejecutan los siguientes programas:

• Programa Nacional de Salud Apícola (PNSAP)

• Programa de Control de Rabia en Herbívoros

• Programa Nacional de Sanidad Avícola (PNSA)

• Programa de Prevención y Control de Encefalopatía Espongiforme Transmisible (EET)

• Programa Nacional de Salud Porcina

• Programa Nacional de Control y Erradicación de Tuberculosis Animal (PNCEBT)

• Programa Nacional de Sanidad Equina

• Programa Nacional de Erradicación y Prevención de Fiebre Aftosa (PNEFA)

• Programa Nacional de Sanidad de Caprinos y Ovinos (PNSAP)

PROGRAMA NACIONAL DE ERRADICACIÓN Y PREVENCIÓN DE FIEBRE AFTOSA (PNEFA)

Este programa actúa con la implementación progresiva y mantenimiento de prevención de la enfermedad, de acuerdo a directrices de la Organización Mundial de Salud Animal. La ejecución del programa es compartida entre el Gobierno Federal, los servicios veterinarios estatales y el sector privado; le compete al Gobierno Federal elaborar estrategias y la coordinación y supervisión nacional para el combate de las enfermedades.

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El Gobierno estatal representado por las Secretarías de Agricultura y las instituciones vinculadas, son las responsables de catastro de propiedad, la fiscalización de la vacunación, la atención a focos, fiscalización de eventos pecuarios y la inspección de animales, sus productos y subproductos.

El sector privado debe cumplir con los reglamentos establecidos y la comunicación de cualquier sospecha de enfermedades vesiculares.

PROGRAMA NACIONAL DE SANIDAD DE CAPRINOS Y OVINOS (PNSAP)

El objetivo de este programa es fortalecer las cadenas productivas a través de las acciones de vigilancia y defensa sanitaria animal.

Para prevenir, controlar y erradicar las enfermedades que puedan comprometer al rebaño caprino y ovino nacional, este programa promueve las siguientes acciones:

1. Educación Sanitaria

2. Estudios Epidemiológicos de enfermedades

3. Fiscalización y control de tránsito de ovinos y caprinos

4. Catastro, Fiscalización y Certificación Sanitaria de establecimientos

5. Intervención inmediata ante sospecha de ocurrencia de enfermedad de notificación obligatoria

Vigilancia Epidemiológica

Son fuentes de información del sistema de vigilancia epidemiológica las siguientes:

1. Servicio veterinario oficial (Federal, Estatal, Municipal)

2. La comunidad representada por propietarios, veterinarios, transportistas, personal de laboratorio y demás prestadores de servicios agropecuarios.

SERVICIO VETERINARIO OFICIAL DE BRASIL

Veterinarios Administración Publica

Acreditados Total

Salud Animal 3250 6540 9790Salud Publica 2140 2140Laboratorios 326 326Veterinarios Privados- independientes

11525

CAPACIDAD DIAGNÓSTICA

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La República de Brasil, cuenta con una red de seis laboratorios nacionales agropecuarios (LANAGRO) que brinda servicio de diagnóstico de diferentes enfermedades de las especies terrestres y mantienen la articulación con los laboratorios acreditados que realizan actividades de salud animal observando la calidad y uniformidad de los diagnósticos.

Listado de la Red de Laboratorios Oficiales y su Ubicación:

Laboratorios Estado N° de DiagnósticosLANAGRO Paraná 6LANAGRO Rio Grande del Sur 4LANAGRO Minas Gerais 12LANAGRO Pernambuco 16LANAGRO Sao Pablo 14LANAGRO Goiás 10

Situación Sanitaria del Brasil para Enfermedades Animales

Brasil es libre de peste bovina, pleuroneumonía contagiosa bovina, dermatosis nodular contagiosa y fiebre del Vale del Riff de acuerdo con lo establecido en el Código de los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Salud Animal (OIE).

Brasil es reconocido por la Organización Mundial de Salud Animal (OIE) como país de riesgo insignificante para encefalopatía espongiforme bovina (EEB) y mantiene un programa de vigilancia epidemiológica para esta enfermedad, de acuerdo con lo establecido por la OIE;

Brasil posee zonas libres de fiebre aftosa con y sin vacunación con reconocimiento de la Organización Mundial de Salud Animal (OIE).

El 77,2% del Territorio Nacional es reconocido como libre de fiebre aftosa y que incluye 25 estados brasileiros;

El 99% del rebaño doméstico susceptible es criado en zonas libres;

La última ocurrencia de fiebre aftosa en Brasil fue registrada en 2006 y ya se cumplen 10 años si focos de la enfermedad.

El estado de Santa Catarina está reconocido por la OIE como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación desde 2007.

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Cuadro 1. Enfermedades reportadas como presentes en Brasil para Especies Domésticas y Fauna Silvestre (Año – 2016)

Doméstica Silvestres

EnfermedadDeclaración obligatoria

Estatus Declaración obligatoria Estatus

Anaplasmosis bovina

Enfermedad presente Sin información

Anemia infecciosa equina

Enfermedad presente Sin información

Artritis/encefalitis caprina

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Babesiosis bovina Enfermedad presente Sin información

Bronquitis infecciosa aviar

Enfermedad presente Sin información

Brucelosis (Brucella abortus)

Enfermedad presente Sin información

Bursitis infecciosa (enfermedad de Gumboro)

Enfermedad presente Sin información

Campilobacteriosis genital bovina

Enfermedad presente Sin información

Carbunco bacteridiano

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Cisticercosis porcina Enfermedad presente Sin información

Clamidiosis aviar Ausente (desde 1956)

Enfermedad sospechosa pero no confirmada, limitada a una o más zonas

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Diarrea viral bovina Enfermedad presente Sin información

Echinococcus granulosus (Infección por)

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Enfermedad de Aujeszky

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Enfermedad de las manchas blancas

Enfermedad presente Enfermedad presente

Epididimitis ovina (Brucella ovis)

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Fiebre QInfección/infestación limitada a una o más zonas

Sin información

Gripe equina Enfermedad presente

Herpesvirus equino 1 (HVE-1) (Infección por el)

Enfermedad presente Sin información

Infección por Perkinsus marinus

Enfermedad presente Enfermedad presente

Infestación por el escarabajo de las colmenas

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Laringotraqueítis infecciosa aviar

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Leishmaniosis Enfermedad presente Sin información

Lengua azul Enfermedad limitada a una o

Enfermedad presente

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varias zonas

Leucosis bovina enzoótica

Enfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Miasis por Cochliomyia hominivorax

Enfermedad presente Enfermedad presente

Micoplasmosis aviar (M. gallisepticum)

Enfermedad presente Sin información

Micoplasmosis aviar (M.synoviae)

Enfermedad presente Sin información

Mionecrosis infecciosa

Enfermedad presente Enfermedad presente

Muermo Enfermedad presente Sin información

Necrosis hipodérmica y hematopoyética infecciosa

Enfermedad presente Enfermedad presente

ParatuberculosisEnfermedad limitada a una o varias zonas

Sin información

Piroplasmosis equina

Enfermedad presente Sin información

Prurigo lumbar Enfermedad presente Sin información

Pulorosis Enfermedad presente Sin información

Rabia Enfermedad presente Enfermedad presente

Rinotraqueítis infecciosa

Enfermedad presente

Sin información

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bovina/vulvovaginitis pustular infecciosa

Tifosis aviar Enfermedad presente Sin información

Tricomonosis Enfermedad presente Sin información

Triquinelosis Ausente (desde Desconocido)

Infección/infestación limitada a una o más zonas

Tuberculosis bovina Enfermedad presente Sin información

Varroosis de las abejas melíferas

Enfermedad presente

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PROGRAMA DE CONTROL SANITARIO

Todo establecimiento productor, comercial y prestador de servicios que trabajen con material genético (semen y embriones) debe cumplir con los requisitos establecidos por el MAPA.

Las empresas con interés en la exportación deben obtener el registro de establecimiento por los Servicios de Inspección Federal (SIF) del Ministerio de Agricultura, que certifique la aplicación de las medidas técnico sanitarias y legales de las instalaciones en las etapas de procesos de producción, así como la inscripción y registro de los animales donadores (de semen, embriones y ovocitos utilizados para la fertilización in vitro) a través de la verificación periódica de las vacunaciones, exámenes de laboratorio exigidos y el registro documental de las actividades.

Los establecimientos Semevet, Geneal, Novagen, In Vitro, Seleon y Tahiara, las fincas donadoras de ovocitos Sozinha, W2R; están debidamente registrados en el Ministerio de Agricultura, Pecuario y Abastecimiento, para la exportación de semen y embriones bovinos, caprinos y ovinos.

REQUISITOS SANITÁRIOS PARA A PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE SEMEN BOVINO Y BUBALINO EM EL BRASIL

Etapa 01:

PRÉ-CUARENTENA (Propiedades de origen) 1. Para ingresar en los CCPS, los animales deberán estar acompañados del

documento de transito animal (GTA) y presentar pruebas negativas, realizadas dentro de los últimos 60 días, para las enfermedades especificadas abajo:

2. BRUCELOSIS: prueba de Antígeno Acidificado Tamponado (AAT) o prueba de 2- Mercapto etanol (2-ME) o prueba de Fijación de Complemento;

3. TUBERCULOSE: prueba de tuberculización intradérmica (prueba simple con PPD bovina o prueba comparativa con PPD bovina y PPD aviar).

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Etapa 02:

Cuarentena de ingreso en el CCPS

Todos los animales, antes de ingresar en el rebaño residente del CCPS, serán sometidos a cuarentena por un período mínimo de 28 días y, son sometidos a diagnósticos, para las siguientes enfermedades:

BRUCELOSE: prueba de Antígeno Acidificado Tamponado (AAT) o prueba de 2- Mercaptoetanol (2-ME) o prueba de Fijación de Complemento;

TUBERCULOSE: prueba de tuberculización intradérmica (prueba simple con PPD bovina o prueba comparativa con PPD bovina y PPD aviar).

CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL BOVINA: tres pruebas negativas de cultivo de material colectado del prepucio con un intervalo mínimo de siete días;

TRICOMONOSIS: tres pruebas negativas de cultivo de material colectado del prepucio con un intervalo mínimo de siete días;

DIARRÉIA VIRAL BOVINA (BVD): prueba negativa de aislamiento viral e identificación del agente por immunofluorescencia o imunoperoxidase, o prueba para detección de antígeno viral.

Etapa 03:

Monitoreo del rebaño residenteEl rebaño residente en el CCPS deberá ser sometido a pruebas diagnósticas, por lo menos una vez al año, y presentar resultados negativos para las siguientes enfermedades:

BRUCELOSIS: prueba de Antígeno Acidificado Tamponado (AAT) ou prueba de 2- Mercaptoetanol (2-ME) ou prueba de Fijación de Complemento;

TUBERCULOSIS: prueba de tuberculización intradérmica simples ou comparada con PPD bovina e PPD aviar;

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CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL BOVINA: una prueba de cultivo de material colectado de prepucio;

TRICOMONOSIS: una prueba de cultivo de material colectado de prepucio.

En caso de positividad:

Serán aislados y reevaluados por el servicio veterinario oficial del MAPA (Pruebas recomendadas por la OIE y se realiza una investigación epidemiológica);

El semen del animal, que está almacenado en el centro, deberá ser destruido; los animales que mantuvieron contacto con animales positivos también deberán ser reevaluados nuevamente para la enfermedad e cuestión.

REQUISITOS SANITÁRIOS PARA A PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE EMBRIONES BOVINO IN VIVO Y IN VITRO

Los embriones colectados in vivo o fecundado in vitro, ovocitos madurados in vitro o micro manipulados, así como el semen utilizado para la fecundación, proceden de animales sanos, nascidos y criados en el Brasil o en países de status sanitario equivalente o superior.

La unidad/ equipe de Coleta de embriones o de los ovocitos aprobadas, son inspeccionadas por el MAPA, para verificar si disponen de infra-estructura y organización adecuada para cumplir con los procedimientos para la colecta, procesamiento y almacenamiento establecidos por la Sociedad Internacional de Transferencia de Embriones (IETS), con el propósito de reducir el riesgo de contaminación por los agentes causadores de enfermedades.

Los embriones o los ovocitos fueron obtenidos de hembras originarias de propiedades con supervisión del servicio veterinario oficial.

ESTRATEGIAS PERMANENTES POR PARTE DE PANAMÁ PARA MINIMIZAR EL RIESGO ASOCIADO A LA IMPORTACIÓN DE MATERIAL GENÉTICO (SEMEN, EMBRIONES) El Ministerio de Desarrollo Agropecuario a través de la Dirección Nacional de Salud Animal y la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria cuenta con estrategias permanentes que permiten minimizar el riesgo de introducción de patógenos y enfermedades asociadas con la importación de productos como semen, embriones y animales vivos basados en:

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• Medidas Cuarentenarias

• Sistema de Vigilancia Epidemiológica a nivel nacional

• Sistema Nacional de Emergencia en Salud Animal

• Capacidad diagnóstica: Laboratorio de diagnósticos veterinarios

• Laboratorios de referencia internacional

RESULTADOS DE LA AUDITORÍA DE ORIGEN

En la auditoría para la identificación de peligros nos permitió constatar que la República Federativa de Brasil, no ha presentado evidencias de enfermedades consideradas restrictivas al comercio por la OIE.

EVALUACIÓN DE DIFUCION

Proceso de Producción Los requisitos para la producción son:

• Registros, Certificación y Fiscalización del Centro de Producción Genética por la Autoridad Competente.

• El Centro de Producción Genética realiza pruebas de rutina con ELISA, PCR, Parasitología y otras.

• Control de Movilización: Debe cumplir con la exigencia sanitaria de la Autoridad Competente de Salud Animal, donde se emite certificación de los animales.

• Las Cuarentenas aplicadas a los reproductores que han de ingresar al Centro Genético.

• La Autoridad Competente señala la ausencia de agentes patógenos y enfermedades en el proceso de producción como resultados de los controles sanitarios y de bioseguridad.

EVALUACIÓN DE EXPOSICION

• En Panamá, hay registros de poblaciones de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos en todo el territorio nacional.

• Según datos de la Contraloría General de la Nación, en Panamá la población de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos se circunscribe solamente a la crianza, engorda y reproducción y se desarrolla en granjas en distintas regiones del país.

EVALUACION DE LAS CONSECUENCIASLa consecuencias sanitarias y económicas que conlleva la importación de semen y embriones de las especies bovinas, bufalinas, ovinas y caprinas provenientes de la República Federativa de Brasil de los establecimientos mencionados en el

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presente informe no representan riesgos significativos, por la condición sanitaria del país y los controles efectuados por la autoridad sanitarias, así que concluimos que las consecuencias serían insignificantes.

Fundamentados además en:

La naturaleza de los productos a importar (semen y embriones)

El cumplimiento y certificación de los protocolos sanitarios establecidos, entre Panamá y Brasil.

La capacidad diagnostica del Servicio Veterinario de Panamá para las enfermedades que afectan al sector pecuario.

El sistema de control interno de movilización de animales entre zonas sanitarias.

La presencia de médicos veterinarios distribuidos en 10 regionales y 82 agencias del MIDA, quienes dentro de sus responsabilidades la atención a los diferentes focos de enfermedades que se presentan en el territorio nacional.

Contamos con el Programa Nacional de Trazabilidad Pecuaria en fase de implementación, el cual nos llevará a tener un registro de productores, establecimiento y animales identificados individualmente que nos permitirá tener un control de movimiento animal en tiempo real.

ESTIMACIÓN DEL RIESGO Sería insignificante, por los productores a importar, en este caso semen y embriones por su naturaleza. MANEJO DEL RIESGO

En Panamá, se cuenta con capacidad diagnóstica para las enfermedades que afectan al sector pecuario.

Dichas pruebas son procesadas en el Laboratorio de Diagnóstico e Investigación Veterinaria de la Dirección Nacional de Salud Animal, el cual posee un nivel de bioseguridad 2.

Las pruebas realizadas son: Biología Molecular, Serología, Bacteriología, Histopatología, Residuos Tóxicos.

Adicional contamos con un laboratorio para el diagnóstico de enfermedades vesiculares, el posee un nivel de bioseguridad 3.

La Dirección Nacional de Salud Animal (DINASA) mantiene una vigilancia epidemiológica permanente, en todo el territorio nacional.

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El país cuenta con experiencia en el manejo de emergencias pecuarias ya que se han realizado simulacros nacionales para la preparación y actualización del personal del Servicio Veterinario de Panamá.

En caso de ocurrir un brote de alguna enfermedad exótica, la DINASA, cuenta con fundamento legal (Ley 23 de 1997) para activar el Sistema Nacional de Emergencias en Salud Animal (SINESA), el cual a su vez activa al Grupo Ejecutor del Programa de Emergencia en Salud Animal (GEPESA).

La efectividad de la Vigilancia Epidemiológica, reforzado con la implementación del programa de Trazabilidad a nivel de fincas en todo el país se traducen, en fortalezas para el Servicio Veterinario.

Además, las vías de acceso, los medios de comunicación, los controles cuarentenarios de importación y el control interno de movilización de animales, contribuyen a minimizar significativamente el riesgo de la posible introducción, al establecimiento y diseminación de enfermedades exóticas a nuestro país, a través de la importación de semen y embriones para reproducción.

ALGUNAS CONSIDERACIONES: Los Centros de Colecta y Procesamiento de semen y embriones visitados en los estados de Goiás, Minas Gerais y Sao Pablo, cuentan con programa de manejo, bioseguridad, controles sanitarios y una excelente genética.

GENERALIDADES

• Todos los establecimientos están registrados en la Autoridad Sanitaria Competente. • Todos cumplen con las normativas establecidas por la Autoridad Competente y cuentan con inspección continua (muestreos, controles, etc.). • Los alimentos son comprados en empresas certificadas por la Autoridad Sanitaria Competente.

CONCLUCIONES

Como resultado de esta auditoría y de la evaluación de riesgo para enfermedades ligadas a la introducción de semen y embriones de bovinos, bufalinos, ovinos y caprinos para reproducción, como parte del proceso de

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elegibilidad del país y aprobación de los centros de colecta y procesamiento de semen y embriones, se concluye lo siguiente:

Las diferentes medidas sanitarias descritas en el presente documento, para la importación a la República de Panamá de semen y embriones para reproducción proporcionan un nivel adecuado de protección para el patrimonio pecuario de nuestro país.

Por consiguiente, la posibilidad de introducción de enfermedades exóticas y de notificación obligatoria, a través de la importación de estos productos (semen y embriones) para ser usados en reproducción, es insignificante.

Hallazgos (No conformidades y/o observaciones)

Los auditores responsables no encontraron “no conformidades”.

ANEXOS

Listado de documentación entregadas a los inspectores durante la visita

• Normativa legal que rige los CCPS Y E en el Brasil.

• Organigrama General del Servicio Veterinario

• Información de la población bovina, bufalino, Brasil 2015.

• Situación sanitaria para FA Brasil 2014 (último reconocimiento de la OIE).

• Focalización y control de tránsito animal en Brasil.

• Mapa de distribución de establecimientos participantes en el segmento de

genética en Brasil.

• Listado de CCPE de bovinos registrados en el MAPA (26 unid. En 13 UF).

• Listado de CCPE de bovinos in vitro y in vivo registrados en el MAPA (32

unid. En 8 UF).

• Listado de países que cuentan con protocolo sanitario para la importación

de genética de Brasil (2016).

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• Certificado de Registro de Establecimiento otorgado por el Ministerio de

Agricultura, Pecuaria y Abastecimiento.

• Certificado Sanitario para la Exportación de Semen y Embriones bovinos,

bufalinos, caprino y ovinos de la República Federativa de Brasil a la

República de Panamá.

• Expedientes de cada uno de los establecimientos visitados.

Otras Referencias: OIE: www.oie.int Interface WAHID: www.oie.int/wahid

Dr. Rogelio Marino Ramón Torres- MIDA- Coordinador Salud Animal R#8 MIDA Los Santos.

Dr. Alexis Elpidio Villarreal Cárdenas– MIDA – Programa Nacional de Trazabilidad Pecuaria Dirección Nacional de Salud Animal.

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Fotos de ejemplares donadores de semen y embriones

Vaca de La Raza Brahmán

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Semental de la Raza Nelore de 30 meses de edad y un peso superior a los 980 Kg

Vacas Nelore Donadoras de Ovocitos para Fertilización

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Vacas Gyr y Gyrolando

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Es la muestra de una pequeña parte de la genética brasilera que podrían estar utilizando nuestros productores para mejorar los sistema productivo

tanto de carne como leche