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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 MIN INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 1 0 9 8 DE 3 1 OCT 2018 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el articulo 16 del numeral 8 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 del 28 de agosto de 2018, y Acta de Posesión del 28 de agosto de 2017 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el dia 11 de octubre de 2018, el oficio con radicado externo EXTMI18-42296, por medio del cual la señora MAGDA LORENA CEBALLOS CASTAÑO, Jueza del JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PEREIRA — RISARALDA; ordena "CUARTO. 4.3 Ordenar al Director de Consulta Previa del Ministerio del Interior que dentro de los quince (15) días posteriores al recibo del oficio respectivo, informe si el predio objeto de este proceso tiene afectaciones por territorios colectivos y/o presencia de comunidades étnicas. En caso afirmativo, indicar cuál o cuáles, en qué consisten y cuál es su alcance". Motivo por el cual, esta Dirección, dando cumplimiento a la orden judicial, se expide certificación de presencia o no de comunidades étnicas, en el "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA", identificado con las siguientes coordenadas: COORDENADAS DEL PREDIO MITO CODRIIEM045 PL3M3 COOVICOLW456304,3 1 ~3 schn un 1~081 1 Lomat 37394 10457511 71265 5'2 tUfl » N 76 617303w 17995 1085803 775255 5'23 u18' N 7V& 17.417W 17386 1085730 773174 5' 1T 5.128° N 76' 6' i6.33r W 3719? 1081691 num 737 3S65 N 76' 6" 6897W isilvi 105i83 775111 E 21 LISO' N >13202 10853132 775127 15003 1095014 77$217 Y 22' 10111 N 76 18004 1085925 773236 73V 13485' N 719 5'110599 W ‘3003 1085358 775144 5' 211,311' X 76 . 617795' W 11085 1085691 275120 78* 6' 21,824" W 125335 )95053 9 El 1,5859 11 76 9 332.9.airw 1635/56 775180 76' V 19,599' W 1085?13 /75188 Y WA.601' ti E 19,59r Ver 110861 I 775715 E 72"5.821 . N 7E E' 18.720' W 1085713 /E 6' 17.969" W Wn 1085704 775119 r 2' 4.269'M ir 6. mar W 380024 193343 /75107 5Z211'11 611453E W Fuente Suministrada par el solicitante; radicado externo EXTMI18-42295 del 11 de octubre de 2018. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Copia del auto Interlocutorio No. 127, de fecha cuatro de (4) de octubre de 2018, y cuadro de coordenadas del área "predio denominado "La Victoria", identificado con folio de matrícula inmobiliaria no. 292-4330 y número catastral 00-03-0006-0004-000, localizado en 'urisdicción del munici io de Pueblo Rico de artamento de Risaralda". Página 1 de 4

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

MIN INTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO 1 0 9 8 DE 3 1 OCT 2018

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el articulo 16 del numeral 8 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1350 del 28 de agosto

de 2018, y Acta de Posesión del 28 de agosto de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el dia 11 de octubre de 2018, el oficio con radicado externo EXTMI18-42296, por medio del cual la señora MAGDA LORENA CEBALLOS CASTAÑO, Jueza del JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE PEREIRA — RISARALDA; ordena "CUARTO. 4.3 Ordenar al Director de Consulta Previa del Ministerio del Interior que dentro de los quince (15) días posteriores al recibo del oficio respectivo, informe si el predio objeto de este proceso tiene afectaciones por territorios colectivos y/o presencia de comunidades étnicas. En caso afirmativo, indicar cuál o cuáles, en qué consisten y cuál es su alcance". Motivo por el cual, esta Dirección, dando cumplimiento a la orden judicial, se expide certificación de presencia o no de comunidades étnicas, en el "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA", identificado con las siguientes coordenadas:

COORDENADAS DEL PREDIO

MITO CODRIIEM045 PL3M3 COOVICOLW456304,31~3

schn un 1~081 1 Lomat 37394 10457511 71265 5'2 tUfl» N 76• 617303w

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Fuente Suministrada par el solicitante; radicado externo EXTMI18-42295 del 11 de octubre de 2018.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Copia del auto Interlocutorio No. 127, de fecha cuatro de (4) de octubre de 2018, y cuadro de coordenadas del área "predio denominado "La Victoria", identificado con folio de matrícula inmobiliaria no. 292-4330 y número catastral 00-03-0006-0004-000, localizado en 'urisdicción del munici io de Pueblo Rico de artamento de Risaralda".

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 0 9 8 31 OCT 2610

DE

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas suministradas por el JUZGADO SEGUNDO DE DESCONGESTIÓN CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCION DE TIERRAS DE PEREIRA — RISARALDA, para el predio denominado "La Victoria", identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 292-4330 y número catastral 00-03-0006-0004-000, localizado en jurisdicción del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda". Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfico de resguardos indígenas constituidos (Agencia Nacional de Tierras — 2018), ji) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos( Agencia Nacional de Tierras - 2018 ), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mm n interior (servido e NAS-01-MAIJNASCEN 02 — 2018), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Pa lenqueras (http://sidacn.mininterior.gov.co/DACN/Consejos/listaConsejosPublic)( http://sidacn. m in i nteriortiov.co/DACN/Organ izaciones/ListaOroanizacionesPublic-2018), y) Base de datos de Consulta Previa (Mm n interior 2018).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 26 de octubre de 2018, en el cual se estableció lo siguiente:

"Concepto técnico 1:

Se digitalizó en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas dril área aportada por el solicitante, en coordenadas planas origen Centro del Datum Magna - Sirgas, para el proyecto "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA NO. 292-4330 Y CON NÚMERO CATASTRAL • No. 00-03-0006-0004-000, LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA".

Pare el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2016 lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción del Municipio de Pueblo Rico, Departamento de Risaralda, por lo tanto, es posible continuar con el trámite, . de la solicitud.

Concepto técnico 2:

Corno resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) de comunidades étnicas con que cuenta la Dirección de Consulta Previa (relacionadas en el cuadro anterior) y del análisis cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el área del proyecto: "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA NO. 292-4330 Y CON NÚMERO CATASTRAL No. 00-03-0006-0004-000, LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA", se evidenció que el proyecto de la referencia se traslapa con el Consejo Comunitario Mayor del Alto San Juan VISOCASAN" con Resolución No. 2725 del 17 de diciembre de 2001 expedida por el Instituto Colombiano para la Reforma Agraria (INCORA).

De acuerdo con lo anterior, se establece que se registra presencia del Consejo Comunitario Mayor del Alto San Juan 154SOCASAN” con Resolución No. 2725 del 17 de diciembre de 2001 expedida por el Instituto Colombiano para la Reforma Agrada (INCORA), en el área del proyecto "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CON FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CON NÚMERO CATASTRAL NO. 00-03-00011-0004-000, LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA".

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencie de Comunidades Indígenas, en el área del "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CO FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA". Identificado con las siguientes coordenadas.

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMM 8-42296 del 11 de octubre de 2018.

SEGUNDO. Que se registra presencia del Consejo Comunitario Mayor del Alto San Juan "ASOCASAN", con resolución No. 2725 del 17 de diciembre de 2001, expedida por el Instituto Colombiano para la Reforma Agraria (INCORA), en el área del predio: "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CO FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA". Identificado con las siguientes coordenadas.

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado exter o EXTMI1842296 del 11 de octubre de 2018.

TERCERO. Que no se registra presencia de Comunidades ROM, en el área del predio: "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CO FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA". Identificado con las siguientes coordenadas.

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Fuente: Sumini trada por el solicitante; radicado externo EXTMI18-42296 del 11 de octubre de 2018.

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 0 9 8• DE-

3 1 OCT 2613

- CUARTO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica especificamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI18-36740, del 7 de septiembre de 2018, para el predio: "PREDIO DENOMINADO "LA VICTORIA", IDENTIFICADO CO FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 292-4330 Y CÓDIGO CATASTRAL No 00-03-0006-0004-000 LOCALIZADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE PUEBLO RICO DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA". Identificado con las siguientes coordenadas.

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Fuente Suministrada par el solicitante; radicadO externo EX1MI18-42298 del 11 de octubre de 2018.

QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual , deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los

diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el articulo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

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Revisión Técnica: Carolina Ortiz. La:el-Área rtIkertlficaciones ~soso JurT lea: Nazly Luengas Rana. Ama de Certificaciones

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