Modelo de Contrato de Anticresis
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TESTIMONIO
ESCRITURA PÚBLICA NUMERO CIENTO NUEVE (109): CONTRATO DE
ANTICRESIS. En la ciudad de Managua, a las diez de la mañana del dieciséis
agosto del año dos mil diez. Ante Mí: NORMA SARAHI MENESES ESCOBAR,
Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, debidamente autorizado
por la excelentísima Corte Suprema de Justicia para Cartular durante un
quinquenio que finalizara el quince de febrero del año Dos mil trece, comparecen:
NATHALY ESTHER MORALEZ ARAUZ, licenciada en administración de
empresas, e identificada con cedula de identidad de la República de Nicaragua
con número cero, cero, tres, guión, uno, uno, uno, dos, siete, tres, guión, cero,
cero, cero, nueve, H (003-111273-0009H); y EMMA DEL CARMEN RODRIGUEZ
SOLIS, ingeniera civil, identificada con cédula de identidad numero uno, dos, tres,
guión, uno, tres, uno, dos, siete, seis, guión, cero, cero, dos, tres J (123-131276-
0023 J) ambas mayores de edad, casadas y de este domicilio,. Doy fe de conocer
personalmente a las comparecientes; y que a mi juicio, tienen plena y capacidad
legal para obligarse y contratar y en especial para la suscripción del presente acto,
en el que comparecen en su propio nombre e interés. Habla la señora Nathaly
Morales y dice PRIMERO: (DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE Y RELACIÓN DEL
DOMINIO): Que es dueña en dominio y posesión de un lote de terreno, situado en el barrio la
fuente sector dos de la ciudad de Managua, identificándose con el número
cuatrocientos noventa (490), con un área de treinta metros de frente por cuarenta
de fondo (30 mts x 40 mts), comprendido dentro de los siguientes linderos
particulares: Norte: Propiedad de José Manuel Castillo Pacheco, Sur: Calle
Pública, Este: Propiedad de Erick Javier Membreño Gutiérrez, Oeste: Propiedad
de Javier Enrique Martínez Navarro. Dominio que demuestra con el Testimonio de
la Escritura Publica Numero cincuenta (50) otorgada en la ciudad de Managua a
la una de la tarde del veinte de julio del año dos mil seis ante los oficios Notariales
del Notario Marcelo Camilo Sandoval Gómez. Propiedad debidamente inscrita bajo
el numero cuarenta y siete mil sesenta y seis (40, 766), Asiento segundo (2º),
Folio trescientos sesenta (360), Tomo cuatrocientos veinticuatro (424). Columna
de Inscripción Sección de Derechos Reales del Libro de Propiedades del Registro
Público de la Propiedad del Departamento de Managua. Documento que doy fe de
haber tenido a mí vista. Continúa expresando la primer compareciente Nathaly Mórales y
dice: SEGUNDA: (ANTICRESIS): Que la propiedad antes descrita y deslindada en la
cláusula primera la entrega en anticresis, para que con los frutos de dicha hacienda,
la otra compareciente se pague el principal de cuarenta y cinco mil córdobas netos
(C$ 45, 000) mas interese del dos por ciento (2%) mensual, debiendo la señora
anticresista Emma Rodríguez restituirle la hacienda a la dueña en el estado
general que la recibe, una vez que se haya pagado íntegramente su crédito.
Continua hablando Nathaly Morales y dice TERCERA: (DERECHOS DE LA
ANTICRESISTA): La Señora anticresista gozara de todos los derechos y
privilegios que la ley le otorga, quedando sujeto a las obligaciones que ella misma
establece, al igual de darle las cuentas al acreedor sobre los frutos producidos y
responder de los frutos y rendimientos que se perdieron por su culpa. En este
estado hablan en conjunto las comparecientes NATHALY ESTHER MORALES
ARAUZ y EMMA DEL CARMEN RODRIGUEZ SOLIS y dicen: CUARTA:
ACEPTACION: Que en los términos estipulados y relacionados en esta escritura
ACEPTAN lo expresado en las clausulas que anteceden.- Así se expresaron los
comparecientes, bien instruidos por mí la Notario acerca del valor objeto y
trascendencias legales de esta escritura, y de las cláusulas generales que
envuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explicitas y de las que en
concreto a este acto hacen.- Leída que fue íntegramente la presente escritura a
los otorgantes, quienes la encuentran conforme, aprueban, ratifican y firman junto
conmigo la notario, sin hacerle modificación alguna. Doy fe de todo lo
relacionado.- (f) Ilegible. Nathaly Morales Arauz. (f) Ilegible. Emma Rodríguez Solís.- (f) Ilegible.
Notario. * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * ********************************************
PASO ANTE MÍ: Del reverso del folio numero ciento veinte al reverso del folio
número ciento veinticuatro de mi PROTOCOLO NUMERO SEIS que llevo durante
el presente año.- A solicitud de la señora NATHALY ESTHER MORALEZ ARAUZ,
libro este primer testimonio en una hoja útil de papel sellado de ley, el cual firmo,
sello y rubrico en la ciudad de Managua, a las once de la mañana del dieciséis
agosto del año dos mil diez.-
Norma Sarahí Meneses Escobar