MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de...

80
MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATOS DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Sujeto al cumplimiento de condiciones de carácter social, medioambiental y/o relativas a otras políticas públicas (Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 23 de febrero de 2016, DOE Nº 43, de 3 de marzo de 2016). ÍNDICE CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO......................................................................................3 CLÁUSULA 2. RÉGIMEN JURÍDICO..............................................................................................3 CLÁUSULA 3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.........................................................................4 CLÁUSULA 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN..............................................................5 CLÁUSULA 5. PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.................................................14 CLAUSULA 6. PLAZO DE EJECUCIÓN.......................................................................................15 CLÁUSULA 7. MESA DE CONTRATACIÓN................................................................................15 CLÁUSULA 8. SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN...........18 CLÁUSULA 9. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN...................................................................20 CLÁUSULA 10. GARANTÍAS........................................................................................................21 CLÁUSULA 11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO................................................................25 CLÁUSULA 12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.............................................................26 CLÁUSULA 13. APORTACIÓN DE EQUIPO Y MAQUINARIA.................................................27 CLÁUSULA 14. SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS.....................................................................28 CLÁUSULA 15. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJO..........29 CLÁUSULA 16. RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.............30 CLÁUSULA 17. CONDICIONES DE EJECUCIÓN.......................................................................33 CLÁUSULA 18. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.....................................................36 CLÁUSULA 19. RESPONSABILIDAD..........................................................................................38 CLÁUSULA 20. ACTUACIONES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS....38 CLÁUSULA 21. PLAZO DE GARANTÍA......................................................................................39 1

Transcript of MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de...

Page 1: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARACONTRATOS DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS

DE ADJUDICACIÓN

Sujeto al cumplimiento de condiciones de carácter social, medioambiental y/o relativas a otraspolíticas públicas (Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 23 de febrero de 2016,DOE Nº 43, de 3 de marzo de 2016).

ÍNDICE

CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO......................................................................................3

CLÁUSULA 2. RÉGIMEN JURÍDICO..............................................................................................3

CLÁUSULA 3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.........................................................................4

CLÁUSULA 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN..............................................................5

CLÁUSULA 5. PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.................................................14

CLAUSULA 6. PLAZO DE EJECUCIÓN.......................................................................................15

CLÁUSULA 7. MESA DE CONTRATACIÓN................................................................................15

CLÁUSULA 8. SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN...........18

CLÁUSULA 9. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN...................................................................20

CLÁUSULA 10. GARANTÍAS........................................................................................................21

CLÁUSULA 11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO................................................................25

CLÁUSULA 12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.............................................................26

CLÁUSULA 13. APORTACIÓN DE EQUIPO Y MAQUINARIA.................................................27

CLÁUSULA 14. SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS.....................................................................28

CLÁUSULA 15. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJO..........29

CLÁUSULA 16. RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.............30

CLÁUSULA 17. CONDICIONES DE EJECUCIÓN.......................................................................33

CLÁUSULA 18. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.....................................................36

CLÁUSULA 19. RESPONSABILIDAD..........................................................................................38

CLÁUSULA 20. ACTUACIONES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS....38

CLÁUSULA 21. PLAZO DE GARANTÍA......................................................................................39

1

Page 2: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

CLÁUSULA 22. REVISIÓN DE PRECIOS.....................................................................................40

CLÁUSULA 23. FORMA DE PAGO...............................................................................................40

CLÁUSULA 24. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO...................................................................42

CLÁUSULA 25. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO........................................................................44

CLÁUSULA 26. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN......................................................................44

CLÁUSULA 27. RESOLUCIÓN......................................................................................................47

CLÁUSULA 28. PENALIDADES....................................................................................................48

CLÁUSULA 29. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN YRECURSOS.......................................................................................................................................48

ANEXO I. CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS

ANEXO II. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

ANEXO III. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LASCONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS

ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOSEN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEEXTREMADURA

ANEXO V. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS

ANEXO VI. DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓNTEMPORAL DE EMPRESAS

ANEXO VII. DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA AL DEUC

2

Page 3: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARACONTRATOS DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS

DE ADJUDICACIÓN

CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO

1.1.- El objeto del contrato será el designado en el apartado 1 del cuadro resumen de característicasque, como Anexo I, forma parte del presente pliego, así como en el proyecto redactado y en elpliego de prescripciones técnicas.

Dentro de los límites legalmente establecidos, la división del objeto de los contratos en lotes concriterios funcionales, geográficos o económicos, será la regla general en la contratación públicaautonómica, salvo que razones técnicas u operativas debidamente justificadas no lo haganaconsejable, debiendo incorporarse en este caso dicha justificación al expediente.

Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos,salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a loestipulado en el apartado 1 del Anexo I.

El órgano de contratación precisará en el anuncio de licitación el número de lotes a los que se puedeconcurrir y/o que pueden adjudicarse a un sólo licitador, incluso en el caso de que se puedan presen-tar ofertas para varios o todos los lotes, siempre que en el anuncio de licitación se indique el númeromáximo de lotes por licitador, para lo que se estará, salvo que se establezca un criterio distinto en elAnexo I al presente Pliego, al orden de adjudicación de los lotes por razón de su importe, de mayora menor.

1.2.- La obra se ejecutará según el proyecto redactado, cuyo conjunto de documentos integrantestendrá carácter contractual, así como en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particula-res, por lo que deberán ser firmados por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.

CLÁUSULA 2. RÉGIMEN JURÍDICO

Este contrato es de naturaleza administrativa y se regirá por las cláusulas contenidas en el presentePliego, así como en el proyecto redactado y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que, de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 117 del TRLCSP, se ha elaborado teniendo en cuenta criteriosde accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la RealDecreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Para todo lo no previsto en él se aplicarán los preceptos contenidos en el Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos delSector Público (en adelante TRLCSP) en lo que no se oponga a la Directiva 2014/24/UE en cuanto re-sulte de aplicación directa, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcial-mente la LCSP (en adelante RPLCSP); el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que seaprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública (en adelanteRGLCAP), y por el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras delEstado, aprobado por Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, en todo lo que no se oponga a lo dis-puesto en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Supletoriamente se aplicarán las restantesnormas de Derecho Administrativo y en su defecto, las normas de derecho privado.

3

Page 4: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

CLÁUSULA 3. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

3.1.- Estarán facultadas para contratar con la Administración las personas físicas o jurídicas,españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en lascircunstancias del artículo 56, ni en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en elartículo 60 del TRLCSP, con los efectos establecidos en el artículo 61 bis del TRLCSP.

En particular, no podrán contratar con la Administración ni participar en la licitación las personasfísicas o jurídicas que hubieran sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materiasocial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Texto Refundido de la Ley sobreInfracciones y Sanciones en el Orden Social, concretamente por el incumplimiento del artículo 42.1.del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social por tratarsede una empresa con 50 o más trabajadores y no componer su plantilla al menos con un 2 % depersonas con discapacidad.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en sucaso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto delcontrato, pudiendo el órgano de contratación exigir a los licitadores que especifiquen, en la oferta oen la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsablede ejecutar la prestación.

En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestacionesestén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos oreglas fundacionales, les sean propios.

3.2.- Todos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas desolvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano decontratación en el apartado 5 del cuadro resumen, de conformidad con lo establecido en losartículos 62 al 71 y 74 al 79 bis del TRLCSP y su normativa de desarrollo, requisito que serásustituido por la correspondiente clasificación en los casos en que, de acuerdo con la legislaciónvigente, sea exigible. Asimismo, los licitadores podrán acreditar la solvencia exigidaindistintamente con la aportación de la clasificación para la celebración de contratos del mismo tipoque aquellos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión dela misma.

En el supuesto de exigirse clasificación el apartado 5 del cuadro resumen indicará expresamente quelos requisitos de solvencia sólo resultarán aplicables a aquellas empresas no españolas de la UniónEuropea a las que no les sea exigible la clasificación, a fin de posibilitar que acrediten su solvencia.

3.3.- De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente alefecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se hayaefectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquensus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y queasuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultaradjudicatario.

Así mismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante la Administración y nombrarun representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la Administraciónpara ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extincióndel mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobrosy pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios serácoincidente con la del contrato hasta su extinción.

4

Page 5: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

3.4.- No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración delas especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dichaparticipación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiadocon el resto de las empresas licitadoras.

3.5.- Si durante la tramitación de estos procedimientos y antes de la adjudicación se produjese laextinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o porla transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedadabsorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio,siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite lasolvencia en las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares para poderparticipar en el procedimiento de adjudicación.

CLÁUSULA 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 138.2 y 157 del TRLCSP, el procedimiento deadjudicación será el Procedimiento abierto.

4.1.- Se habrá de presentar en el plazo fijado en el anuncio de licitación las correspondientesproposiciones de licitación en sobres cerrados y firmados por el licitador o su representante,poniendo en cada uno de ellos los siguientes datos identificativos:

• Consejería, nº de expediente de contratación, objeto del contrato y nombre y NIF dellicitador. En caso de UTE deberá indicarse el nombre y NIF de las empresas que la integren.

• Denominación, según el caso de :

➢ “SOBRE 1: Documentación Administrativa.”

➢ “SOBRE 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.”

➢ “SOBRE 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática.”

Los sobres, también en su exterior, deberán ir firmados por el licitador o por la persona que lorepresente con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, dirección y númerosde teléfono y fax y correo electrónico.

4.2.- En el interior de cada uno de los sobres referidos con anterioridad se hará constar en hojaindependiente su contenido, enunciado numéricamente (índice), pudiendo el órgano de contratacióncomprobar la certeza de las manifestaciones realizadas y de la documentación aportada por loslicitadores, tanto antes como después de adjudicado el contrato, quedando obligados los licitadoresy el adjudicatario a aclarar cualquier extremo a instancia del órgano de contratación.

Cuando no sean ciertos los datos aportados por el licitador en su oferta implicará su inadmisión, ellosin perjuicio de la posibilidad de iniciar el correspondiente procedimiento de prohibición decontratar conforme al artículo 60 y 61 del TRLCSP. La inadmisión de la oferta se realizará inclusosi se conociese la inexactitud después de la adjudicación del contrato. Si fuera después de laformalización se considerará causa de resolución conforme al artículo 223.h) del TRLCSP,implicando la incautación de la garantía definitiva y posibles responsabilidades.

5

Page 6: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

En los mismos se incluirán los siguientes documentos:

SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (en los supuestos de licitación por lotes deberáincluirse un sobre 1, por cada lote al que se licite).

A.-Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad:

1.- Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI del empresario individual o documentoequivalente si no tuviera nacionalidad española.

2.- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante laescritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten lasnormas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro públicoque corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

B.-Documentos que acrediten, en su caso, la representación:

Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI o documento equivalente si no tuvieranacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante paraobligar a la empresa por la que licita.

C.-Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresarios, en su caso.

Cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad ysolvencia debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresariosque la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirseformalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios (artículo 59 del TRLCSP y 24 delRGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de lasEmpresas componentes de la Unión, según el modelo establecido en el Anexo VI del presentepliego.

D.-Solvencia y clasificación.

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisi-to indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obrasde las Administraciones Públicas.

La clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismotipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesiónde la misma, de acuerdo con lo que se indique en el cuadro resumen de características, en su apartado5.

En el apartado 1 del cuadro resumen deberá especificarse el código o códigos del Vocabulario“Común de los Contratos Públicos” (CPV) correspondientes al objeto del contrato, los cualesdeterminarán el/los grupo/s o subgrupo/s de clasificación, en que se considera incluido el contrato.Ello es a los efectos de que los empresarios puedan acreditar su solvencia indistintamente mediante:

1.- La clasificación, en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, ycategoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al código CPVdel contrato y a lo establecido en el apartado 5 del Anexo I.

El documento acreditativo de la clasificación, en su caso, se presentará acompañado de unadeclaración responsable del licitador en la que manifieste su vigencia y de que se mantienen

6

Page 7: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento; siempre referida al periodo depresentación de proposiciones.

2.- Acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apar-tado 5 del cuadro resumen.

Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida paraacreditar los mismos se indicarán en el apartado 5 del cuadro resumen de entre los establecidos en losartículos 75 y 76 del TRLCSP, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de laLey de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, en laredacción dada al mismo por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, eligiendo sólo aquellos quese consideren oportunos por su relación y proporcionalidad con el objeto.

Con carácter general, y salvo que en el apartado 5 del cuadro de resumen de características seestablezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de la obligaciónde acreditar la solvencia económica y financiera, y la solvencia técnica y profesional, para loscontratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros.

Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrábasarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica delos vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, disponeefectivamente de esos medios, mediante la exhibición del correspondiente documento de compromisode disposición.

En caso de resultar adjudicatario el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que haaportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otrosmedios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de laAdministración.

El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el cuadro de características queacompaña a este Pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia secomprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materialessuficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 64.2 del TRLCSP), según el modeloestablecido en el Anexo V. Estos compromisos se integrarán en el contrato, debiendo el órgano decontratación, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo223. f) del TRLCSP, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 212.1 delTRLCSP, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario.

En los supuestos en los que los licitadores concurran bajo la forma de Unión Temporal de Empresaso promesa de constitución de la misma, de resultar adjudicatarios, la solvencia acreditada por cadauno de sus miembros se acumulará a la de los restantes, a efectos de valorar si reúnen los requisitosmínimos exigidos en el correspondiente apartado del cuadro resumen.

Si concurrieran varios licitadores en unión temporal la clasificación de esta será la resultante de suacumulación, de conformidad con el artículo 67.5 del TRLCSP y en el articulo 52 del RGLCAP. Entodo caso, todas las empresas deben estar clasificadas como contratista de obras, sin perjuicio de loprevisto para empresas comunitarias conforme al articulo 59.4 TRLCSP.

E.-Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y gestión medioambiental.

Si así se prevé en el cuadro de características, motivadamente, al amparo de lo previsto en losartículos 80 y 81 del TRLCSP, en los contratos sujetos a regulación armonizada, el licitador deberá

7

Page 8: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

aportar los certificados indicados en el apartado 5 del cuadro resumen, que operarán como criteriode solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación.

F.-Declaración responsable, conforme al modelo recogido en el Anexo III, de no estar incurso enninguna de las prohibiciones para contratar que se recogen en el artículo 60 del TRLCSP, ni en lascircunstancias del artículo 56 del mismo texto legal, efectuada durante el plazo de presentación deesta documentación.

Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de lasobligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sinperjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de laadjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, en el plazo y forma reguladosen la cláusula 8 del presente Pliego.

Además de lo anterior, deberán incluirse dentro de las citadas declaraciones a las que se refiere elpárrafo anterior, expresa mención de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidady/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto delos cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

G.-Los licitadores deberán indicar una dirección de correo electrónico en que efectuar, en su caso,las comunicaciones necesarias. En caso de no poder facilitarla, deberán aportar un número de fax alos mismos efectos.

H.-Documento acreditativo de la garantía provisional, constituida por alguno de los mediosestablecidos en la cláusula 10 del presente Pliego, cuando la misma se haya exigido motivadamenteen el cuadro resumen de características.

En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse poruna o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida,y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.

I.-Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, ladeclaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquierorden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, conrenuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

J.-Si el licitador se halla inscrito en el Registro Oficial de Licitadores de la ComunidadAutónoma de Extremadura podrá sustituir la documentación relativa a la acreditación decircunstancias de las que hace fe dicho registro por un certificado vigente de la inscripción en elmismo. Esta certificación irá acompañada de una declaración expresa y responsable de vigenciaefectuada dentro del plazo de presentación de proposiciones, conforme al Anexo IV de este pliego,según lo establecido en el Decreto 16/2016, de 1 de marzo, por el que se regula la organización yfuncionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, así como del RegistroOficial de Licitadores y del Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Lamisma consideración y efectos tendrá la inscripción en el Registro Oficial de licitadores y EmpresasClasificadas del Estado, acreditada mediante certificación del órgano encargado del mismoacompañado de una declaración de vigencia de los datos emitida dentro del plazo de presentaciónde proposiciones.

Las Mesas y órganos de contratación podrán comprobar de oficio la vigencia y los datos de lainscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

8

Page 9: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

K.-Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial alque pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en lostérminos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. La no pertenencia a ningún grupode empresas deberá hacerse constar igualmente mediante declaración responsable. Esta declaración,que se puede aportar conforme al Anexo III de este pliego, se tendrá en cuenta a los efectosestablecidos en el artículo 145.4 del TRLCSP (cálculo de ofertas que presentan valores anormales odesproporcionados).

L.-Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente paracontratar con las Administraciones Públicas.

La documentación a incluir en el Sobre 1 a la que se refiere la Cláusula 4.2, en las letras A, B, D, F,G e I, en virtud de lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, se sustituirá por una declaraciónresponsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente paracontratar con la Administración, declaración que podrá realizarse según el modelo del Anexo III delpresente pliego, o por el Documento Europeo Único de Contratación (en adelante DEUC) regulado porel Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016, por el que seestablece el formulario normalizado del documento europeo único de contratación, en el caso decontratos sujetos a regulación armonizada, en cuyo caso deberá presentarse también la declaracióncomplementaria del Anexo VII. Ambas declaraciones (el Deuc cuando proceda) podrán tambiénemplearse para reemplazar los requisitos de las letras N y Ñ. Por lo que respecta al apartado 9 delAnexo I referido a la garantía provisional, en caso de requerirse, no podrá ser sustituida y deberáacreditarse en documento aparte.

En caso de ser propuesto como adjudicatario se deberá acreditar ante el órgano de contratación laposesión y validez de los documentos exigidos en las letras A, B y D de la Cláusula 4.2, a los que ladeclaración responsable sustituye, siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presenta-ción de proposiciones. Con respecto a los requisitos exigidos en la letra F, habrá de acreditarse lacircunstancia de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguri-dad Social en la forma establecida en la cláusula 8.1, no así la de no estar incurso en prohibiciónpara contratar, respecto de la cual será suficiente con la declaración contenida en el Anexo III. Ladeclaración del Anexo III será igualmente suficiente en relación con la acreditación de lo estableci-do en las letras G (dirección de correo electrónico) e I (declaración por empresa extranjera de sometimiento a lajurisdicción española). El mismo efecto tendrá en el caso de que se emplee para los requisitos de las le-tras N (salvo de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, que habrá depresentarse una copia auténtica de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretasmedidas a tal efecto aplicadas) y Ñ.

M.-En el caso de que el licitador quiera hacer manifestación expresa en contrario de que laAdministración recabe de oficio los certificados acreditativos del requisito de hallarse alcorriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así comola ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberáincluir dicha manifestación en el SOBRE 1, según lo dispuesto en la cláusula 8 de este Pliego.

N.-Acreditación del cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas condiscapacidad y de su inclusión social.

En aquellos supuestos en que sea obligatorio que los licitadores deban cumplir con lo dispuesto enel Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, relativo ala obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las

9

Page 10: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

medidas alternativas correspondientes, deberán aportar una declaración responsable de laempresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el númeroparticular de trabajadores con discapacidad en la misma (pudiéndose utilizar para ello la declaraciónestablecida como anexo III en este pliego), o en el caso de haberse optado por el cumplimiento de lasmedidas alternativas legalmente previstas, una copia auténtica de la declaración de excepcionalidady una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.

De no estar obligada, se realizará manifestación en tal sentido pudiéndose utilizar para ello ladeclaración establecida como Anexo III a este pliego.

Ñ.-Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Las personas licitadoras que tengan más de doscientos cincuenta personas trabajadoras deberánacreditar la elaboración y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en el artículo 45 de la LeyOrgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

En dicho Plan se fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas aadoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento yevaluación de los objetivos fijados.

A tal efecto, las personas licitadoras deberán aportar una declaración responsable de la empresa enque se indique, en su caso, la tenencia de dicho Plan o la circunstancia de no estar obligada a ello,pudiéndose utilizar para ello la declaración establecida como Anexo III a este pliego.

O.-Preferencia en la adjudicación de empresas, en caso de empate, que tengan en su plantillapersonas con discapacidad, empresas de inserción y empresas socialmente responsables.

Si la aplicación de los criterios de adjudicación da lugar a un empate en la puntuación obtenida porvarias empresas, el contrato se adjudicará a la empresa que tenga en su plantilla más de un 2 % detrabajadores con discapacidad, teniendo preferencia en la adjudicación del contrato el licitador quedisponga del mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en su plantilla. Si el empate semantuviera, se adjudicará a la que tuviera la condición de empresa de inserción, tal como sondefinidas por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas deinserción. De persistir empate, se adjudicará a la que tuviera la condición de empresa socialmenteresponsable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 15/2010, de 9 dediciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura. Finalmente, la adjudicación sehará a favor de la empresa que se designe en virtud de sorteo celebrado por la Mesa en acto público.

Para la aplicación de las preferencias, dichas empresas o entidades y sus proposiciones habrán decumplir las condiciones requeridas en dicha legislación para la aplicación de las mismas, entre ellas,que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de loscriterios que sirvan de base para la adjudicación.

En el caso de que un licitador pretenda que le sea de aplicación las preferencias contempladas en elapartado anterior, deberá cumplimentar el correspondiente apartado del Anexo III, indicando cuál esla que le sería aplicable, ello sin perjuicio de la obligación de acreditar cuantos extremos le seanrequeridos, en su caso, por la Administración en el momento de formular la propuesta deadjudicación.

P.-Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.

Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es elcaso, mediante la declaración que figura como Anexo III de este pliego, qué documentos

10

Page 11: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser consideradosconfidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o decualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. En caso de discrepancia entre loindicado en el propio documento y lo manifestado por el licitador en el Anexo III, prevalecerá loque se declare en este último.

Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados decarácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comercialeslegítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas enlas prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección dedatos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documentoo dato posee dicho carácter.

La confidencialidad debe declararse por el licitador en el momento de presentar su oferta, sin quepueda abarcar la totalidad de la misma.

Q.-Especialidades en la documentación que han de presentar los empresarios extranjeros. Losempresarios extranjeros deberán presentar la documentación señalada anteriormente teniendo encuenta las especialidades y la documentación específica que a continuación se detalla.

EMPRESAS NO ESPAÑOLAS DEESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN

EUROPEA O SIGNATARIOS DELACUERDO SOBRE EL ESPACIO

ECONÓMICO EUROPEO

RESTANTES EMPRESASEXTRANJERAS

DOCUMENTOSQUE

ACREDITEN LACAPACIDAD DE

OBRAR

Se acreditará mediante la inscripción en losRegistros procedentes de acuerdo con la legis-lación del Estado donde están establecidos, omediante la presentación de una declaración ju-rada o de certificados en los términos que seestablezcan reglamentariamente, de acuerdocon las disposiciones comunitarias de aplica-ción, de conformidad con lo indicado en elAnexo I del RGLCAP, en función de los dife-rentes tipos de contratos.

Se acreditará mediante informe expedido por laMisión Diplomática Permanente u OficinaConsular de España del lugar del domicilio dela empresa, en el que se haga constar, previaacreditación por la empresa, que figuran inscri-tas en el Registro local profesional, comercial oanálogo o, en su defecto que actúan con habi-tualidad en el tráfico local en el ámbito de lasactividades a las que se extiende el objeto delcontrato. Deberá acompañarse además informede reciprocidad a que se refiere el artículo 55del TRLCSP, salvo que se trate de contratos su-jetos a regulación armonizadas, en cuyo casose sustituirá por un informe de la Misión Di-plomática Permanente o de la Secretaría Gene-ral de Comercio Exterior del Ministerio deEconomía sobre la condición de Estado signa-tario del Acuerdo sobre Contratación Públicade la Organización Mundial de Comercio.

SOLVENCIAECONÓMICA,

FINANCIERA YTÉCNICA

Deberán acreditar su solvencia económica, fi-nanciera y técnica o profesional en la mismaforma que se exige a los empresarios españo-les, o bien podrán presentar certificados de cla-sificación o similares expedidos por sus Esta-dos (letra D.-).

Deberán acreditar su solvencia, económica, fi-nanciera y técnica o profesional en la mismaforma que se exige a los empresarios españoles(letra D.-).

11

Page 12: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

SOMETIMIENTOJURISDICCIÓN

ESPAÑOLA

En los casos en los que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a lajurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden. Para todas las inciden-cias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, ensu caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (artículo 146.1.e) del TRLCSP).

TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUC-CIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (artículo 23 del RGLCAP).

SOBRE 2: DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUYACUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR (en los supuestos de licitación por lotesdeberá incluirse un sobre 2, por cada lote al que se licite).

Cuando se haya optado por utilizar más de un criterio de adjudicación, y uno o más dependan de unjuicio de valor, en este SOBRE 2 se incluirá la documentación necesaria para la valoración de loscriterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, relacionándose la misma en un índiceque la preceda. Éstos serán determinados en el apartado 7.1.2 del cuadro resumen de características,así como la documentación que se considera necesario aportar para su cuantificación.

SOBRE 3: OF ERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOSCUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA (en los supuestos de licitación por lotes deberá incluirseun sobre 3, por cada lote al que se licite).

Se incluirá en el SOBRE 3 la propuesta económica según el modelo correspondiente de los fijadosen el Anexo II, sin tachaduras ni enmiendas, y deberá ir debidamente firmada por el licitador opersona que lo represente. Si fuera el licitador una unión de empresarios la oferta debe ser firmadapor los representantes de las mismas.

En caso de discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en número, se tomará como válida lacantidad expresada en letra.

Además, se incluirá la documentación que haya de servir para la valoración del resto de criterioscuantificables de forma automática, especificados en el apartado 7.1.1 del cuadro resumen.

El Órgano de Contratación deberá señalar la fórmula elegida para la valoración de la ofertaeconómica de entre las establecidas en el cuadro resumen.

4.3.- Los sobres se presentarán dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación, deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 159 del TRLCSP.

Los sobres habrán de ser entregados en las dependencias u oficinas expresadas en el anuncio oenviados por correo dentro del plazo de admisión señalado en aquél, respetándose siempre elsecreto de la oferta.

Las que se presenten en mano habrán de ser entregadas en el Registro del órgano de contrataciónseñalado en el anuncio de licitación, lo que deberá señalarse expresamente en el anuncio de lalicitación. En este supuesto, la oficina receptora dará recibo de cada proposición entregada,haciendo constar: el nombre del licitador, el número del expediente, la denominación del objeto delcontrato, el número e identificación de los sobres que se presentan, y el día y hora de lapresentación.

12

Page 13: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha y hora deimposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de laoferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correoelectrónico, si así se ha admitido y se ha hecho constar en el cuadro de características que seacompaña al presente Pliego. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existeconstancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de lascomunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto seprocederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.

Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órganode contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en elanuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberserecibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada salvo que la retirada seajustificada. Terminado el plazo de recepción, los jefes de las oficinas receptoras expediráncertificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, laque juntamente con aquélla remitirán al Secretario de la Mesa de contratación.

Si se hubiese anunciado la remisión por correo con los requisitos indicados anteriormente, tanpronto como sea recibida y, en todo caso, transcurrido el plazo de diez días naturales, los jefes delas oficinas receptoras expedirán certificación de la documentación recibida para remitirla,igualmente al Secretario de la Mesa de contratación o, en su caso, al órgano de contratación.

Las certificaciones que expidan los jefes de las oficinas receptoras deberán hacer constarnecesariamente y de forma separada, sin perjuicio de otras especificaciones que además les puedaindicar el órgano de contratación, las siguientes circunstancias:

RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN RECIBIDA DENTRO DEL PLAZO Y HORA:

• Número de expediente, nombre del licitador/es, la denominación del objeto del contrato, nú-mero e identificación de los sobres que se presentan, día y hora de la presentación.

• INCIDENCIAS: Se hará constar, en su caso, las incidencias en la presentación de los sobres,tales como que los mismos no se han presentado debidamente cerrados o que se encuentrandeteriorados, manchados o con tachaduras así como cualquier otra circunstancia que se creaconveniente hacer constar.

RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN RECIBIDA FUERA DE PLAZO Y HORA:

• Número de expediente, nombre del licitador/es, la denominación del objeto del contrato,número e identificación de los sobres que se presentan, día y hora de la presentación.

• INCIDENCIAS: Se hará constar, en su caso, las incidencias en la presentación de los sobrestales como que los mismos no se han presentado debidamente cerrados o que se encuentrandeteriorados, manchados o con tachaduras así como cualquier otra circunstancia que se creaconveniente hacer constar.

4.4.- La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de latotalidad de las cláusulas del pliego de prescripciones técnicas, del presente pliego de cláusulasadministrativas particulares y del cuadro resumen de características anexo, sin reserva ni salvedadalguna.

13

Page 14: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

4.5.- La adjudicación se realizará en los términos establecidos en el presente pliego y en lo previstoen los artículos 157 a 161 del TRLCSP.

Los criterios de adjudicación de las ofertas y su ponderación se establecerán en cada contratoequilibrando adecuadamente los criterios de adjudicación matemática y los de apreciación técnica,con el objetivo de seleccionar la oferta que resulte económicamente más ventajosa en términos decalidad-precio en conjunto para el órgano de contratación, introduciendo, siempre que lascaracterísticas técnicas del contrato lo permitan, criterios que valoren las cuestiones sociales ymedioambientales a aplicar durante la ejecución del contrato, la calidad y la incorporación deaspectos de innovación empresarial en las prestaciones objeto del contrato.

Así mismo siempre que sea acorde a la naturaleza del contrato, se incorporarán criterios deadjudicación que puedan incidir de manera directa sobre la calidad y la mayor vida útil de la obra,producto o servicio contratado, como, entre otros, la ampliación del plazo de garantía y lascoberturas durante ese plazo, la realización de controles de calidad externos y la concertación depólizas de seguros.

4.6.- Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen en el cuadroresumen de características, señalados en orden decreciente, y con la ponderación que en el mismose recoge, de conformidad con el artículo 150.4 del TRLCSP.

En dicho apartado se indicará igualmente qué criterios se valorarán de forma automática y cuálesnecesitan para su valoración de un juicio de valor.

4.7.- La oferta económica se ajustará a lo dispuesto en este pliego y su Anexo II. Así mismo, elórgano de contratación podrá tomar en consideración las variantes o mejoras por otras solucionestécnicas que ofrezcan los licitadores cuando las mismas respondan a requisitos y modalidades de supresentación señalados en el cuadro resumen de características que acompaña a este pliego, salvoque no se autorice y así se haga constar en el citado cuadro resumen de características y en elcorrespondiente anuncio.

En aquellos contratos en los que se prevea como criterio de valoración la posibilidad de que loslicitadores ofrezcan mejoras, se valorará la inclusión de aquellas que alarguen la vida útil de lasobras o productos que haya de recibir el órgano de contratación y/o reduzcan los trabajos deconservación y mantenimiento, o permitan ofrecer otras funcionalidades de las prestaciones arealizar, como, entre otras, la mayor calidad o eficiencia energética de alguno de sus elementoscuando sea técnicamente posible y materialmente aconsejable; equipamiento adicional y realizaciónde tareas de conservación adicionales sin coste.

En los contratos en los que se considere técnicamente que puede resultar conveniente la admisiónde variantes, se podrá prever la presentación y valorarán aquellas que vayan orientadas a lograr lamayor calidad, funcionalidad y durabilidad de las prestaciones objeto del contrato, a un coste másajustado, así como la incorporación de innovaciones tecnológicas, funcionales y/o sociales quemejoren la eficiencia y sostenibilidad de las prestaciones a contratar.

CLÁUSULA 5. PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO

5.1.- El presupuesto base de licitación del contrato será el que figura en el apartado 3 del cuadroresumen de características anexo a este Pliego; distribuido en las anualidades previstas en el mismo.Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentoscontractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de

14

Page 15: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. El presupuesto final será el deadjudicación al licitador que, sin exceder del primero, sea seleccionado, desglosándose comopartida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El presupuesto de los lotes en que, en su caso, se divida el objeto del contrato se especificaigualmente en el mencionado apartado 3.

El sistema de determinación del precio es el señalado en el cuadro de características, teniendo encuenta los artículos 87 y 233 del TRLCSP, así como de los artículos 120 y 154 RGLCAP.

Si el sistema de retribución está configurado a tanto alzado con precio cerrado, el precio ofertadopor el adjudicatario se mantendrá invariable, conforme al régimen de modificación de las obrasestablecido en la cláusula 24 del presente pliego.

5.2.- Según el apartado 3 del cuadro de características, existe crédito presupuestario retenidosuficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.

5.3.- Cuando el contrato esté cofinanciado con fondos europeos deberá recogerse en el cuadroresumen, en el anuncio, en la adjudicación, en el contrato y demás publicaciones por cualquiermedio la identificación del fondo que lo cofinancia y su aportación, así como, en su caso, elprograma, eje, medida y demás características, así como el lema y logotipo establecidos por laUnión Europea.

5.4.- El contrato deberá someterse a las Disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actosfijados en virtud del mismo y será coherente con las actividades, políticas y prioridadescomunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover elcrecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombresy mujeres; y todo ello de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos Comunitarios por losque se establecen disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo SocialEuropeo y al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al FondoEuropeo de Pesca.

CLÁUSULA 6. PLAZO DE EJECUCIÓN

6.1.- El plazo de ejecución del contrato será el fijado en el apartado 16 del cuadro resumen de carac-terísticas, y los plazos parciales serán los que se fijen en la aprobación del programa de trabajo.

6.2.- El plazo de ejecución comenzará a computarse a partir del día siguiente a la fecha en que serealice la comprobación del replanteo de las obras.

6.3.-.La petición de prórroga del plazo de ejecución por parte del contratista se ajustará a lo estable-cido en el artículo 100 del Reglamento general de la LCAP.

6.4.- La prórroga en los supuestos de imposición de penalidades se concederá de acuerdo con el ar-tículo 98 del Reglamento de la LCAP.

CLÁUSULA 7. MESA DE CONTRATACIÓN

7.1-. El órgano de contratación, para la adjudicación de los contratos estará asistido de una Mesa deContratación en los términos que prevé el artículo 320 del TRLCSP y los artículos 21 a 24 del Real

15

Page 16: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Decreto 817/2009, de 8 de mayo por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 deoctubre, de Contratos del Sector Público.

La Mesa de contratación, además de calificar la documentación administrativa sobre la admisión oexclusión de los licitadores, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.

7.2.- Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesaademás podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considereprecisos y se relacionen con el objeto del contrato. Si el órgano de contratación no adjudica elcontrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar sudecisión.

7.3.- Según el artículo 21 del RD 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente laLey 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, serán miembros de la Mesa deContratación los designados como titulares, o en su caso, suplentes, por el órgano de contrataciónen el cuadro de características que acompaña a este pliego, cuya publicación en la Plataforma deContratación del Sector Público servirá a los efectos previstos en el artículo 21.4 de RPLCSP. Entodo caso estará constituida por un Presidente, un Secretario y un mínimo de cuatro de vocales,entre los que necesariamente deberán figurar un funcionario de entre quienes tengan atribuido legalo reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor. Ladesignación de los miembros de la Mesa podrá hacerse con carácter permanente o de maneraespecífica para la adjudicación de cada contrato.

7.4.- A los efectos de la calificación de la documentación presentada, constituida previamente laMesa de Contratación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan ladocumentación del SOBRE 1, y el Secretario certificará la relación de documentos que figure encada uno de ellos.

La Mesa de Contratación constatará la existencia y calificará el contenido de la declaraciónresponsable a que se refiere el artículo 146.4 del TRLCSP, así como el contenido de los documentosno sustituidos por aquella, o el DEUC y la declaración complementaria al mismo, en el caso deexpedientes sujetos a regulación armonizada.

Si la Mesa, observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, locomunicará verbalmente a los licitadores que se personen en la fecha, hora y lugar indicados en elanuncio de licitación, dejándose constancia en el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, lascircunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de la Plataforma de Contratación delSector Público, concediéndose un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a supublicación en la mencionada plataforma de contratación, para que los licitadores los corrijan osubsanen ante la propia Mesa de contratación.

Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a lasituación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación delicitaciones.

De todo lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el acta que necesariamentedeberá extenderse.

En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, la Mesa de Contratación podrárequerir, en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, a los licitadores para queaporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para seradjudicatario del contrato.

16

Page 17: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

En este último caso, si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentaciónpresentada, lo comunicará individualmente a los licitadores a los que se hubiera requerido,dejándose constancia en el expediente, concediéndose igualmente el plazo de subsanación con losrequisitos y efectos señalados en los párrafos anteriores.

7.5.- Una vez calificada la documentación del sobre 1, y solventado, de haber existido, el trámite desubsanación de errores o aclaraciones y, en su caso, una vez se haya procedido a determinar lasempresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en el artículo 11, de acuerdo con elartículo 82, ambos del Reglamento General de la LCAP, se procederá al acto público de apertura delas proposiciones admitidas, en el lugar, fecha y hora señalados en el anuncio de licitación. Esteacto público será el de apertura del SOBRE 2 y se celebrará en el lugar, fecha y hora establecidos enel anuncio de licitación y siempre en los siete días siguientes a la apertura del SOBRE 1, conarreglo al siguiente proceso:

7.5.1.- Comenzará el acto dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndoseseguidamente al recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con losdatos que figuran en los certificados extendidos por los jefes de las oficinas receptoras delas mismas. Acto seguido se dará cuenta al público del número de proposiciones recibidasy nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobarque los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa y en idénticascondiciones en que fueron entregados.

En caso de que surjan discrepancias se procederá conforme establece el artículo 83.3 delReglamento General de la LCAP.

7.5.2.- El Presidente manifestará el resultado de la calificación de la documentaciónpresentada, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa ocausas de inadmisión de estas últimas, y comunicará el resultado de la calificación en lostérminos previstos en el artículo 82 del Reglamento General de la LCAP.

Las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación delcontrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.

Se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan opidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a lasaclaraciones y contestaciones pertinentes pero sin que en este momento pueda aquéllahacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo deadmisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que serefiere el artículo 81.2 del Reglamento de la LCAP.

A continuación se abrirá el SOBRE 2 a los efectos de su valoración posterior por la Mesade contratación, la cual podrá pedir cuantos informes necesite para poder calificar dichadocumentación.

Al término de la sesión de la Mesa, se invitará a los licitadores asistentes a que expongancuantas observaciones o reservas estimen oportunas.

7.5.3.- De no existir en el procedimiento criterios cuya valoración requiera de un juicio devalor, o una vez calificados éstos, la Mesa se reunirá en acto público, en el plazo máximode un mes desde la presentación de las ofertas, para comunicar a los licitadores cuál es lapuntuación obtenida para estos criterios y para proceder a abrir el SOBRE 3correspondiente a cada licitador. El proceso será el siguiente:

17

Page 18: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

• En primer lugar, el Presidente de la Mesa dará lectura de las puntuaciones obtenidas por cada licitador en aquellos criterios de adjudicación cuya calificación dependa de un juicio de valor.

• A continuación, se invitará a los licitadores presentes a comprobar que los sobres que contienen la documentación para la valoración automática del resto de criterios, se encuentran en el mismo estado en que fueron entregados.Acto seguido se abrirán las propuestas y se dará a conocer el contenido de lasproposiciones (ofertas económicas y, en su caso, acreditación de los criteriocuantificables de forma automática).

• Si hubiera empresas que hayan incurrido en presunta baja anormal o desproporcionada, se pedirá a las mismas que justifiquen por escrito sus ofertas en el plazo de 5 días hábiles.

• Culminado el proceso de valoración, la Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación que se han señalado en el cuadro resumen de características, de conformidad con el artículo 150 del TRLCSP. Se valorarán todas las propuestas admitidas así como las variantes o mejoras si esta posibilidad no estuviera excluida en el cuadro de características.

7.5.4.- De todo lo actuado en los apartados anteriores se dejará constancia en el acta quenecesariamente deberá extenderse en cada una de las sesiones por el Secretario con el VºBºdel Presidente.

CLÁUSULA 8. SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN

8.1.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamentemás ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel enque hubiera recibido el requerimiento, presente los documentos acreditativos de la efectivadisposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución delcontrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP.

De haberse exigido clasificación o, en el caso de optar el licitador por acreditar la solvencia a travésde la clasificación deberá aportar el licitador, además, declaración responsable en la que manifiesteque las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.

Asimismo deberá constituir la garantía que, en su caso, sea procedente de acuerdo con lo dispuestoen la cláusula 10.2 del presente Pliego, y acreditar el requisito de hallarse al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social y Tributarias, exigido por el artículo 151.2del TRLCSP, en la siguiente forma:

8.1.1. - Obligaciones Tributarias.

Las circunstancias expresadas en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP seacreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente (en lacual se hará constar el carácter positivo o negativo de la misma), excepto la circunstancia referida enel artículo 13.1 a), cuya acreditación se efectuará mediante la presentación del alta y, en su

18

Page 19: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o declaraciónresponsable de estar exento del pago del mismo.

Además será necesario, a efecto de que quede constancia de la no existencia de deudas denaturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de Extremadura, CertificaciónAdministrativa expedida por el órgano competente de la misma.

8.1.2.- Obligaciones de Seguridad Social.

Las circunstancias expresadas en el artículo 14 del Reglamento general de LCAP, seacreditarán mediante certificación expedida por el órgano competente, en la cual deberáhacerse constar el carácter positivo o negativo de la misma.

No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones odocumentos a que se refieren los citados artículos 13 y 14 del Reglamento general deLCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.

La autorización expresa manifestada con la presentación del Anexo III, que deberá incluirse en elSOBRE 1, conllevará la autorización al centro gestor para recabar los correspondientes certificados alos que se alude en los puntos 8.1.1 y 8.1.2 anteriores.

Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos otelemáticos.

8.2.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá queel licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación allicitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

8.3.- El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar ante el órganode contratación, además de los documentos exigidos en el apartado 8.1, la posesión y validez de losdocumentos exigidos en las letras A, B y D de la Cláusula 4.2, así como en la letra N cuando sehaya optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, habrá depresentar una copia auténtica de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitadorcon las concretas medidas a tal efecto aplicadas; puesto que para la acreditación de la circunstanciade no estar incurso en prohibición de contratar recogida en la letra F, la indicación de correoelectrónico exigida en la letra G, la declaración de sometimiento por empresa extranjera a lajurisdicción española en la letra I, la letra N (salvo en el caso indicado anteriormente) y los requisitosexigidos para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en la letra Ñ, será suficiente conla declaración contenida en el Anexo III, no siendo necesaria presentación de otra documentación alefecto.

Para ello, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la ofertaeconómicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde elsiguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente los documentos.

Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentaciónpresentada, lo comunicará al licitador concediéndole un plazo de tres días hábiles a contar desde elsiguiente al requerimiento a efectos de subsanar o completar la documentación aportada.

Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a lasituación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación delicitaciones.

19

Page 20: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Si no se atendiera el requerimiento o de la aportación de documentos se dedujera que la empresarequerida no cumple los requisitos de solvencia y capacidad, se procederá a recabar la mismadocumentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

De todo lo actuado en los párrafos anteriores se dejará constancia en el expediente.

CLÁUSULA 9. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN

9.1.- Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por la Mesa, deberámotivar su decisión.

9.2.- En el caso de que la aplicación de los criterios de adjudicación dé lugar a un empate en lapuntuación obtenida por varias empresas, y alguna de ellas haya incluido en el sobre 1 la declaraciónjurada a la que se refiere la letra O de la cláusula 4.2, el órgano de contratación, tras lascomprobaciones que en su caso estime oportunas, determinará la adjudicación a favor de la empresaque cuente con la preferencia en ella prevista.

9.3.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato en el plazo de dos meses a contar desdela apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando sea necesarioseguir el trámite de audiencia por presuntas ofertas anormales o desproporcionadas a que se refiereel artículo 152.3 del TRLCSP si la forma de adjudicación fuere el procedimiento abierto, deconformidad con el artículo 161.3 del TRLCSP.

De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo establecido en el cuadro resumen decaracterísticas, los empresarios admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se lesdevuelva o cancele la garantía que, en su caso, hubieren prestado.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que seaadmisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

No obstante lo anterior, el órgano de contratación, de oficio o a propuesta de la Mesa decontratación, podrá, en cualquier momento antes de la adjudicación, y por razones motivadas deinterés público, renunciar a la celebración del contrato.

Asimismo, en caso de que los actos de preparación del contrato o en el procedimiento deadjudicación se haya producido alguna infracción no subsanable de una norma jurídica, el órganode contratación deberá declarar el desistimiento del procedimiento de adjudicación.

Si la renuncia o el desistimiento se producen antes de que se haya realizado la selección de la ofertamás ventajosa a que se refiere el artículo 151 TRLCSP esta Administración indemnizará a loslicitadores cuyas proposiciones fuesen admisibles. En cambio si se produce después de la selecciónde la oferta más ventajosa solo se indemnizara a éste. La indemnización solamente cubrirá losgastos absolutamente necesarios para presentar la oferta, cuya existencia y cuantía deberán probar, yla indemnización no superará en ningún caso la cantidad del uno por mil del presupuesto base delicitación por cada uno.

9.4.- La adjudicación deberá ser motivada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4 delTRLCSP, y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en laPlataforma de Contratación del Sector Público.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitadorexcluido o candidato descartado, interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP recurso

20

Page 21: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

suficientemente fundado contra la decisión de la adjudicación, conteniendo todos los extremosexpresados en el citado artículo 151.4 del TRLCSP.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepciónpor el destinatario. En particular podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que loslicitadores o candidatos hubieran designado al presentar sus proposiciones. El plazo para considerarrechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será de cincodías.

Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida enel artículo 153 del TRLCSP.

En todo caso, en la notificación y en la Plataforma de Contratación del Sector Público se indicará elplazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.

9.5.- El órgano de contratación, cuando existan varios criterios de adjudicación, de conformidad conel artículo 152.2 del TRLCSP, podrá expresar en el cuadro resumen los parámetros objetivos, o loslímites, en el caso del precio, que permiten apreciar, que la proposición no puede ser cumplidacomo consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales.

Para apreciar las ofertas desproporcionadas o anormales, se requerirá información a todos loslicitadores que hayan presentado dichas ofertas, concretando los aspectos que deberán ser aclaradoso justificados, por plazo de 5 días hábiles, así como los informes técnicos necesarios según seestablece en el artículo 152.3 del TRLCSP. Las ofertas anormalmente bajas sólo podrán serexcluidas si, solicitada la correspondiente justificación al licitador, éste obviara presentarla o si lajustificación presentada fuera calificada como insuficiente por la Mesa de manera motivada.

Cuando una oferta sea calificada como anormal o desproporcionada, se requerirá en la preceptivaaudiencia que se dé al contratista, que entre las consideraciones oportunas para motivar su oferta,justifique expresamente que los productos o servicios que oferta han sido elaborados respetando lasdisposiciones sociolaborales vigentes en la UE o en los convenios internacionales suscritos por éstacuando se trate de productos procedentes de terceros países, así como, en la ejecución del contrato,el cumplimiento en relación con todos los trabajadores que van a intervenir en dicha ejecuciónmaterial, propios o aportados por subcontratas, de la normativa española en materia laboral, deseguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, incluida, en su caso, la derivada del conveniocolectivo aplicable.

Se tendrá especial consideración a la hora de valorar la justificación de la baja aportada por laempresa a la acreditación de la circunstancia de haber tenido en cuenta los costes derivados de laaplicación de dicha normativa.

CLÁUSULA 10. GARANTÍAS

10.1.- PROVISIONAL.

En el cuadro resumen de características podrá exigirse motivadamente a los licitadores laconstitución de una garantía que responda del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicacióndel contrato. Esta garantía no podrá ser superior a un 3% del presupuesto del contrato, excluido elImpuesto sobre el Valor Añadido, y podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el

21

Page 22: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

artículo 96 del TRLCSP. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía responderá tambiéndel cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 151.2 del TRLCSP.

Cuando el licitador opte a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantíaprovisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en elapartado 9 del Anexo I.

La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadoresinmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida allicitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que se proceda a laconstitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente suproposición antes de la adjudicación.

El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional constituida en metálico o valoresa la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantíaprovisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.

La constitución de depósitos podrá efectuarse por los siguientes medios:

• En efectivo: mediante ingreso del efectivo en la cuenta restringida de fianzas provisionalesindicada en el cuadro resumen de características. El ingreso también podrá efectuarsemediante transferencia bancaria, en cuyo caso no podrá constituirse el depósito, hasta que sehaya asentado en la cuenta corriente, o mediante cheque bancario o talón convenientementeconformado.

En este supuesto el justificante de ingreso o transferencia se presentará ante el Habilitado delórgano de contratación, para que éste emita el resguardo de constitución de la garantíaprovisional, el cual deberá ser entregado al órgano de contratación.

• En valores de deuda pública, con sujeción a las condiciones establecidas en el artículo 55del Reglamento general de la LCAP y constituidos según los modelos del Anexo III y IV delreferido Reglamento.

En este supuesto se entregarán los certificados de inmovilización de valores anotados, yasean Títulos de la Deuda Pública u otros, debidamente bastanteados por la Abogacía generalde la Junta de Extremadura, al Habilitado del órgano de contratación, para que éste emita elresguardo de constitución de garantía provisional al órgano de contratación.

• Mediante aval, prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas deCrédito, establecimientos financieros de crédito y Sociedades de Garantía Recíprocaautorizados para operar en España, siempre que sean prestados en la forma y condicionesestablecidas en el artículo 56 del Reglamento general de la LCAP y ajustado al modelooficial que figura como Anexo V del citado Reglamento.

En este supuesto se entregará el aval debidamente bastanteado por la Abogacía General de laJunta de Extremadura, al Habilitado del órgano de contratación para que éste emita elcorrespondiente resguardo de garantía provisional, el cual deberá ser entregado al órgano decontratación.

• Por contrato de seguro de caución con entidad aseguradora autorizada para operar en elramo de caución, siempre que tanto la garantía constituida de esta forma como la entidadaseguradora cumplan los requisitos expresados en el artículo 57 del Reglamento general de

22

Page 23: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

la LCAP y ajustado al modelo oficial que figura como Anexo VI del mencionadoReglamento.

En este supuesto se entregará la garantía, que deberá constituirse en forma de certificadoindividual de seguro, con la misma extensión y garantías que las resultantes de la póliza,debidamente bastanteada por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, al Habilitadodel órgano de contratación, para que éste emita el resguardo de constitución de garantíaprovisional, el cual deberá ser entregado al órgano de contratación.

En cuanto a la recepción y devolución de afianzamientos provisionales tiene la consideración desucursal de la Caja de General de Depósitos el Habilitado del órgano de contratación, deconformidad con el Decreto 125/1997, de 21 de octubre, por el que se constituye sucursales de laCaja de Depósito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden que lo desarrolla, de 13de abril de 1998.

10.2.- DEFINITIVA.

El licitador que resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de Contratación deberá acreditaren el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que hubiese recibido elrequerimiento, la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidadescontenidas en el artículo 100 del TRLCSP, por el importe expresado en el cuadro de características,en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales,debiendo el contratista acreditar su constitución mediante la entrega al órgano de contratación delresguardo expedido por aquellos.

En supuestos de garantía global se estará a lo dispuesto en el artículo 98 del TRLCSP, debiendodepositarse asimismo en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadurao en sus sucursales.

La constitución de depósitos podrá efectuarse por los siguientes medios:

• En efectivo, mediante ingreso del efectivo en las cuentas corrientes, de la Caja General deDepósitos o de sus sucursales, indicadas en el Anexo I.

El ingreso también podrá efectuarse mediante transferencia bancaria, en cuyo caso no podráconstituirse el depósito, hasta que se haya asentado en la cuenta corriente, o mediantecheque bancario o talón convenientemente conformado.

En los supuestos de este apartado, el justificante de ingreso o transferencia se presentaráante la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o ante sussucursales para que emitan el resguardo de constitución de garantía definitiva, sin perjuiciode lo dispuesto para el caso de transferencia.

• En valores de deuda pública, con sujeción a las condiciones establecidas en el artículo 55del Reglamento General de la LCAP y constituidos según los modelos del Anexo III y IVdel citado Reglamento.

En los supuestos de este apartado, se entregarán los certificados de inmovilización devalores anotados, ya sean Títulos de la Deuda Pública u otros, debidamente bastanteados porla Abogacía General de la Junta de Extremadura, a la Caja General de Depósitos de laComunidad Autónoma de Extremadura o ante sus sucursales para que emitan el resguardode constitución de garantía definitiva.

23

Page 24: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

• Mediante aval, prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas deCrédito, establecimientos financieros de crédito y Sociedades de Garantía Recíprocaautorizados para operar en España, siempre que sean prestados en la forma y condicionesestablecidas en el artículo 56 del Reglamento General de la LCAP y constituido según elmodelo del Anexo V del citado Reglamento.

En los supuestos de este apartado, se entregará el aval debidamente bastanteado por laAbogacía General de la Junta de Extremadura, a la Caja General de Depósitos de laComunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales para que emitan el resguardo deconstitución de garantía definitiva.

• Por contrato de seguro de caución con entidad aseguradora autorizada para operar en elramo de caución, siempre que tanto la garantía constituida de esta forma como la entidadaseguradora cumplan los requisitos expresados en el artículo 57 del Reglamento general dela LCAP y constituidos según los modelos del Anexo VI del mencionado Reglamento.

En los supuestos de este apartado, se entregará la garantía, que deberá constituirse en formade certificado individual de seguro, con la misma extensión y garantías que las resultantesde la póliza, debidamente bastanteado por la Abogacía General de la Junta de Extremadura,a la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales paraque ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva.

En cuanto a los afianzamientos definitivos tienen la consideración de sucursales de la Cajade Depósitos, los Servicios Fiscales Territoriales de Cáceres y Badajoz, de conformidad conel Decreto 125/1997, de 21 de octubre, por el que se constituye sucursales de la Caja deDepósito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden que lo desarrolla, de 13 deabril de 1998.

• Mediante retención en el precio. La garantía de cualquier contrato de los indicados en elartículo 96.2 del TRLCSP, en aquellos casos en que si así se establezca expresamente en elapartado 10 del cuadro resumen que como Anexo I se adjunta a este pliego, podráconstituirse mediante retención del precio del mismo por el importe indicado en el primerpago que haya de realizar al adjudicatario, si éste así lo solicita por escrito en plazo de diezdías hábiles desde que recibe la notificación de ser propuesto como adjudicatario.

La garantía definitiva se devolverá o cancelará cuando, liquidado el contrato sin que resultenresponsabilidades del contratista, haya vencido el plazo de garantía o cuando se declare laresolución del contrato sin culpa del contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo102 del TRLCSP.

10.3.- GARANTÍAS ESPECIALES.

De establecerse en el cuadro resumen de características anexo a este Pliego, las garantías especialeso complementarias tanto en la ejecución como en la adjudicación se ajustarán a lo dispuesto para lasgarantías definitivas o provisionales; en los términos que prevé el artículo 95.2 del TRLCSP. A losefectos prevenidos en el citado artículo 95.2, tienen la consideración de casos especiales losestablecidos en el artículo 59 del Reglamento General de la LCAP y, en todo caso, se podrá exigiresta garantía a todas aquellas ofertas que hubiesen sido calificadas como anormalmente bajas oincursas en temeridad de acuerdo con lo previsto en la cláusula anterior, lo que se deberá concretaren el apartado 11 correspondiente del cuadro resumen.

24

Page 25: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigi-bles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el pla-zo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.

10.5.- FORMALIZACIÓN DE LAS VARIACIONES DE LAS GARANTÍAS: Todas las variaciones queexperimenten las garantías serán formalizadas en documento administrativo, que se incorporará alexpediente, y que se ajustarán a los modelos establecidos en los Anexos III, IV, V y VI delReglamento General de la LCAP, para cada tipo de garantías.

CLÁUSULA 11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

11.1.- El contrato se entenderá perfeccionado con su formalización. Los contratos subvencionadosque, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del TRLCSP, deban considerarse sujetos aregulación armonizada, se perfeccionarán de conformidad con la legislación por la que se rijan. Laspartes deberán notificar su formalización al órgano que otorgó la subvención.

11.2.- Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme alartículo 40.1 del TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince díashábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.

El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo nosuperior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento,una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recursoque lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederácuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.

En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quincedías hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores ycandidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.

11.3.- El documento administrativo de formalización deberá contener, al menos, las menciones ydatos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP, así como los requisitos para su modificación envirtud de las causas establecidas en el mismo cuerpo legal y en el cuadro resumen de característicasque forma parte de este Pliego. Deberá reflejarse expresamente en el contrato la relación decaracterísticas de la prestación que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios deadjudicación y que hubieran sido determinantes de la misma en favor del contratista.

11.4.- El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a sucosta los gastos derivados de su otorgamiento. En ningún caso se podrán incluir en el documento enque se formalice el contrato, cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

11.5.- Cuando por causas imputables al adjudicatario o a la Administración, no se hubieseformalizado el contrato dentro del plazo indicado, se estará a lo dispuesto en el artículo 156.4 delTRLCSP.

11.6.- En supuestos de unión temporal de empresas se deberá aportar la escritura pública deconstitución de la unión antes de la formalización del contrato.

11.7.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casosprevistos en el artículo 113 del TRLCSP, para los procedimientos de emergencia.

25

Page 26: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

11.8.- La formalización del contrato se publicará en el plazo de 30 días, en la Plataforma deContratación del Sector Público, y además cuando la cuantía del contrato sea igual o superior a100.000 euros en el Diario Oficial de Extremadura. Si el contrato estuviera sujeto a regulaciónarmonizada, la publicidad de la formalización deberá publicarse en el mismo plazo y adecuarse a loestablecido en el artículo 154 del TRLCSP.

11.9.- Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar (copia modelo 50) en elServicio gestor del Órgano de contratación el reembolso del importe de los anuncios oficialesexigidos por el procedimiento de adjudicación conforme a lo señalado en el apartado 26.2 delcuadro resumen de características que como Anexo I se acompaña a este pliego.

CLÁUSULA 12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

12.1.- Será obligación principal del contratista la ejecución del contrato a su riesgo y ventura, conestricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este pliego, en el proyecto que sirve de base alcontrato y conforme a las instrucciones que en la interpretación técnica diera al contratista el direc-tor facultativo de las obras y, en su caso, el responsable del contrato, en el cumplimiento de sus res-pectivas atribuciones, dentro del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados porla Administración.

12.2.- Salvo lo establecido para casos específicos en la TRLCSP o en el pliego, cuantas incidenciassurjan entre el órgano de contratación y el contratista en la ejecución de un contrato por diferenciasen la interpretación de lo convenido o por la necesidad de modificar las condiciones contractuales,se tramitarán mediante expediente contradictorio, debiendo comprender las actuaciones referidas enel artículo 97 del Reglamento general de la LCAP.

12.3.- Vendrá también obligado el licitador que resulte adjudicatario a responder de los daños y per-juicios que se ocasionen durante el término de quince años a contar desde la recepción de la obra,por vicios ocultos en la construcción debidos al incumplimiento por su parte del contrato.

12.4.- Además de los inherentes a la ejecución del contrato el contratista estará obligado a satisfacerlos gastos derivados de:

El importe de los gastos de publicidad del contrato en los anuncios de licitaciónpublicados en los diarios o boletines oficiales, como en su caso, en otros medios dedifusión. En el cuadro resumen de características se indicará su importe máximo.

Formalización y escrituración pública del contrato.

Toda clase de tributos, que resulten de aplicación según la legislación vigente.

Indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales de locales o inmue-bles que sean necesarios para la realización de los trabajos.

Gastos derivados de derechos e indemnizaciones relativas a concesiones o queconlleven la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, o información deorganismos oficiales o particulares, así como los originados por licencias munici-pales de obras, instalaciones y construcciones, enganches a redes y servicios, aco-metidas provisionales y definitivas y en general todos los proyectos necesariospara el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones suministros y

26

Page 27: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

acometidas a todos los servicios, aún cuando hayan de ser titulados a nombre delórgano de contratación o de la persona o entidad que ésta designe.

Indemnizaciones por daños a terceros como consecuencia de las operaciones querequiera la ejecución de la obra.

Gastos por demolición y reconstrucción de obras defectuosas y mal ejecutadas.

Y cualquier otro gasto o indemnizaciones que tenga su causa en la ejecución delcontrato.

Señalizaciones, transporte, vigilancia, almacenamiento y demás prestaciones inhe-rentes.

Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra, pruebas, prospecciones, traba-jo de campo, etc., necesarios.

12.5.- Así mismo, el contratista vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes enmateria laboral, de seguridad social, y de seguridad e higiene en el trabajo e igualdad, así como lasrelativas a las obligaciones en la contratación de empleo rural, juvenil. etc., previstas en la legisla-ción vigente.

12.6.- En el supuesto de haber considerado como criterios de adjudicación, mejoras sobredeterminados aspectos definidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas éstos habrán de serincluidos como obligaciones contractuales esenciales de ejecución del contrato, debiendo prever unrégimen específico de penalidades y de resolución para los casos de incumplimiento. Así mismo,deberá considerarse un régimen específico de penalidades para los supuestos de condicionesespeciales de ejecución previstas en el artículo 118 del TRLCSP.

12.7.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tengaacceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter enlos pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber semantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que lospliegos o el contrato establezcan otro mayor.

12.8.- El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estasdisposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicaráresponsabilidad alguna para esta Administración.

12.9.- El contratista también estará obligado a cumplir con los trámites y actuaciones precisos parael cumplimiento de la disciplina y visados de los Colegios Profesionales, en el supuesto que fuerennecesarios para la ejecución del contrato.

CLÁUSULA 13. APORTACIÓN DE EQUIPO Y MAQUINARIA

13.1.- El contratista queda obligado a aportar, para la realización de las obras objeto del contrato, elequipo de maquinaria y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquellas enlos plazos parciales y total convenidos en el contrato.

Cada elemento de los que constituyen el equipo será reconocido por la Dirección, que registrarátodas las incidencias de alta y baja de puesta en servicios en el inventario del equipo.

27

Page 28: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

El equipo quedará adscrito a la obra en tanto se hallen en ejecución las unidades en que ha deutilizarse, no pudiendo retirarse sin consentimiento expreso del Director de Obra y debiendo serreemplazados los elementos averiados o inutilizados siempre que su reparación exija plazos queantes estime han de alterar el programa de trabajo.

En el caso de que para la adjudicación del contrato hubiese sido condición necesaria la aportaciónpor el contratista de equipo y medios auxiliares concretos y detallados, el Director de Obra exigiráaquella aportación en los mismos trámites y detalle que se fijaron en tal ocasión.

Cuando parte del equipo disponible se emplee en la ejecución de otros estudios o servicios, elcontratista debe dar cuenta de ellos a la Administración en la propuesta del programa definitivo delos trabajos.

El equipo aportado por el contratista quedará de libre disposición del mismo a la conclusión de lostrabajos, salvo estipulación contraria.

El contratista no podrá efectuar reclamación alguna fundada en la insuficiencia de la dotación delequipo que la Administración hubiera podido prever para la ejecución de la obra, aún cuando ésteestuviese detallado en alguno de los documentos del proyecto.

Los abonos a cuenta por instalaciones y equipos y, en su caso, por materiales acopiados se realiza-rán de acuerdo con las reglas contenidas, respectivamente, en el artículo 232.2 del TRLCSP y en elartículo 157 del Reglamento general de la LCAP y en los términos establecidos en la cláusula 23.4.del presente Pliego.

13.2.- Los especialistas que intervengan en la elaboración del trabajo, bien a petición expresa de laAdministración, bien a propuesta del contratista, así como los técnicos del contratista encargados dela supervisión del trabajo, deberá estar en posesión del correspondiente título que les capacita parapoder firmar el trabajo realizado. La designación de estos especialistas y superiores deberá serconocida previamente por la Administración, a cuyo efecto el Contratista deberá formular en cadacaso la correspondiente propuesta acompañando los datos profesionales y las referencias quepermitan juzgar su preparación y experiencia.

La participación de personal de nacionalidad extranjera se acomodará a la legislación vigente en lamateria.

En cualquier momento, la Administración podrá exigir del contratista la presentación de losdocumentos contractuales que haya otorgado con cada uno de sus técnicos, cualquiera que sea lanacionalidad de éstos.

CLÁUSULA 14. SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS

14.1.- El contratista vendrá obligado a instalar, a su costa, las señales precisas para indicar el accesoa la obra, la circulación en zonas que ocupan los trabajos, y los puntos de posibles peligros debido ala marcha de aquellos, tanto en dicha zona como en su lindes e inmediaciones así como cumplir lasórdenes, instrucciones o indicaciones que reciba por escrito de la dirección de la obra o del órganode contratación.

14.2.- El cartel o valla de obra, a instalar a costa del contratista, deberá guardar el modelo estableci-do por la normativa autonómica, y comunitaria aplicable en los supuestos de cofinanciación, y ha deestar instalada anteriormente al inicio de las obras. Si se instalara cartel o valla de la empresa, éstano podrá superar las medidas de la valla oficial, debiéndose situar en lugar subordinado al anterior.

28

Page 29: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

14.3.- Una vez finalizada la obra, de exigirse por la normativa autonómica o comunitaria, deberásustituirse el cartel o la valla por la placa explicativa correspondiente.

CLÁUSULA 15. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJO

15.1.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO.

Dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes desde la fechade su formalización, salvo casos excepcionales y justificados, el servicio de la Administraciónencargado de las obras procederá en presencia del contratista o de su representante debidamenteautorizado, a efectuar la comprobación del replanteo, extendiéndose acta del resultado que seráfirmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebróel contrato, otro se entregará al contratista y un tercero a la Dirección.

En todo caso la comprobación del replanteo se efectuará en la forma y con los efectos prevenidos enel artículo 229 y demás disposiciones concordantes del TRLCSP, en los artículos 139 a 141 del Re-glamento general de la LCAP y por las Cláusulas del Pliego de Cláusulas Administrativas Generalesvigente que sean de aplicación.

15.2.- PROGRAMA DE TRABAJO.

En el plazo máximo de 30 días, contados desde la formalización del contrato, el contratistapresentará un programa de trabajo, salvo que expresamente se le haya eximido y en todo caso,siempre que la total ejecución de la obra esté prevista en más de una anualidad.

El programa de trabajo respetará todas las fechas, plazos y condiciones de entrega fijadas en losdocumentos que vayan a tener carácter contractual.

El Director de la obra podrá suspender la emisión de certificaciones o no dar curso a las mismas o,en su caso, a abonos a cuenta hasta que el contratista no haya presentado en debida forma elprograma de trabajo, sin derecho a intereses de demora por el retraso en el pago de estascertificaciones.

El programa de trabajo habrá de tener el siguiente contenido mínimo, expresado en diagramas deactividades / tiempos:

• Ordenación en partes o clases de obras de las unidades que integran el proyecto, con ex-presión de sus mediciones.

• Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo ymateriales, con expresión de sus rendimientos medios.

• Estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones prepa-ratorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o unidades deobras.

• Valoración mensual y acumulada de las obras programadas sobre la base de las obras uoperaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra a preciosunitarios.

• Diagramas de diversas actividades o trabajos.

La Administración resolverá sobre la aprobación del programa de trabajo dentro de los quince díassiguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el

29

Page 30: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas delcontrato. De ser necesario introducir modificaciones se oirá previamente al contratista adjudicatario.

La aceptación del programa de trabajo no eximirá al contratista del cumplimiento de cualquiera desus obligaciones contractuales.

CLÁUSULA 16. RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DIRECCIÓN DE LAS OBRAS

16.1.- RESPONSABLE DEL CONTRATO.

Todo contrato regido por este pliego contará con un responsable del contrato encargado de la com-probación, coordinación, vigilancia de la correcta realización del objeto del contrato, correspondién-dole adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correctarealización de la prestación pactada, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Direc-ción Facultativa de las obras.

El nombramiento del Responsable del contrato será comunicado por escrito al contratista en el pla-zo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idénti-co plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. El Responsable del Contrato podrá ser unapersona física o jurídica, pudiendo atribuirse esta condición a la unidad gestora del contrato.

Al Responsable y sus colaboradores, acompañados por el representante del contratista, se les debepermitir realizar todas las actuaciones que resulten precisas para verificar la correcta ejecución delcontrato, siempre en presencia y con el conocimiento del director de obra.

Son funciones específicas del Responsable del contrato, sin perjuicio de la información que a talesefectos tenga que facilitar el Director facultativo:

• Tramitar cuantas incidencias se den en la relación contractual.

• Informar la cesión y subcontratación.

• Proponer al órgano de contratación las penalizaciones a imponer al contratista encaso de incumplimientos del contrato imputables al mismo.

• Verificar el cumplimiento por parte del adjudicatario de las condiciones especialesde ejecución establecidas en el apartado 24 del Anexo I.

Tanto el Responsable del Contrato como la Dirección Facultativa de las obras tendrán acceso al Li-bro de Subcontratación, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 32/2006, de 18 de octu-bre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

El contratista aportará cuanta documentación y precisiones le sean requeridas por el Responsabledel Contrato durante la ejecución del contrato. Cuando el contratista, o personas de él dependientes,incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Res-ponsable del Contrato podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer elbuen orden en la ejecución de lo pactado.

16.2.- DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS.

30

Page 31: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

El facultativo director de obra es la persona con titulación adecuada y suficiente, directamente res-ponsable de la dirección, comprobación y vigilancia de la correcta realización de la obra contratada,asumiendo la representación de la Administración ante el contratista.

En su caso, el director de la obra podrá contar para el desempeño de sus funciones, con colaborado-res a sus órdenes, integrando todos ellos la "Dirección de Obra".

Las variaciones que en dichas designaciones se realicen durante la ejecución del contrato serán co-municadas por escrito al contratista.

La Dirección Facultativa será responsable de que éstas se lleven a cabo con estricta sujeción al pro-yecto aprobado y que las mismas se realicen dentro de los plazos establecidos.

La Dirección Facultativa no podrá introducir en el proyecto, a lo largo de su ejecución, alteracionesen las unidades de obra, sin autorización previa del órgano de contratación. Así mismo, en caso dediscordancias entre los documentos del proyecto, tampoco podrá adoptar decisión alguna que puedaimplicar la introducción de modificaciones sobre el proyecto aprobado.

La realización por el contratista de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa dela Administración contratante, aún cuando éstas se realizasen bajo las instrucciones de la DirecciónFacultativa, no generará obligación alguna para la Administración, quedando además el contratistaobligado a rehacer las obras afectadas sin derecho a abono alguno, todo ello sin perjuicio de las res-ponsabilidades que la Administración pudiera exigir a ambos por incumplimiento de sus respectivoscontratos.

La Dirección Facultativa de la obra hará constar en el Libro de Órdenes e Incidencias las instruccio-nes que, periódicamente y para el mejor desarrollo de aquéllas formule al contratista.

La dirección de las obras tendrá acceso al Libro de Subcontratación, conforme a lo dispuesto en elartículo 8.1 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de laConstrucción.

El contratista estará obligado a prestar su colaboración al Director, para el normal cumplimiento delas obligaciones a éste encomendadas.

El director de la obra, en orden a su misión de dirección, control, comprobación y vigilancia de lacorrecta realización de las obras, asumirá en relación con el contratista cuantas funciones sean nece-sarias, y específicamente las siguientes:

• La inmediata interpretación del pliego y demás documentos contractuales.

• Exigir la existencia y utilización de los medios materiales y humanos necesarios alobjeto del contrato.

• Proponer las medidas necesarias para asegurar la correcta realización de la presta-ción en los términos contratados.

• Exigir al contratista, directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumpli-miento de las condiciones contractuales.

• Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado, omodificaciones debidamente aprobadas, y el cumplimento del programa de trabajo.

31

Page 32: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

• Definir aquellas condiciones técnicas que los pliegos de prescripciones correspon-dientes dejan a su decisión.

• Resolver cuantas cuestiones técnicas surjan en cuanto a la interpretación de planos,condiciones de materiales y de ejecución de unidades de obra, siempre que no semodifiquen las condiciones del contrato.

• Estudiar las incidencias o problemas planteados en las obras que impidan el normalcumplimiento del contrato o aconsejen su modificación, tramitando, en su caso, laspropuestas correspondientes.

• Asumir personalmente y bajo su responsabilidad, en casos de urgencia o gravedad,la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso, para locual el contratista deberá poner a su disposición el personal y material de obra ne-cesarios.

• Acreditar al contratista las obras realizadas, conforme a lo dispuesto en los docu-mentos del contrato, así como expedir las certificaciones de obra correspondientes.

• Solicitar la recepción de las obras previa petición del contratista antes de la finali-zación del contrato, así como emitir la certificación final.

• Supervisar la ejecución material y formal del contrato, a cuyos efectos deberá emi-tir un informe de seguimiento con periodicidad trimestral en el primer año de eje-cución del contrato y semestral en los siguientes hasta la finalización del mismo,donde se dejará expresa constancia de la correcta ejecución del objeto del contrato,y en particular del cumplimiento en la ejecución de la prestación de las característi -cas de la misma que se hubieran tenido en cuenta para definir los criterios de adju-dicación que hubieran sido determinantes de la adjudicación en favor del contratis-ta, así como de las condiciones especiales de ejecución que se hubieran establecidoen el pliego.

• Todas aquellas funciones que le vengan impuestas por la legislación vigente.

A estos efectos, durante la ejecución del contrato, la dirección facultativa podrá inspeccionar lasobras durante su construcción y el inmueble una vez construido cuantas veces considere necesario ysolicitar la información que estime oportuna para el correcto control del trabajo. Con dicha finalidadel Responsable del Contrato y sus colaboradores, así como el director de obra, tendrán libre accesoa los lugares donde se realice el contrato. El contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a laAdministración asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta esti-me necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.

Las instrucciones que dé al contratista el director de obra, de las que dejará constancia por escrito,serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar directamente a la seguridad de las perso-nas, sin perjuicio de las facultades del coordinador o coordinadora de seguridad y salud en su caso,o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en fun-ción del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás supuestos, en caso de mostrar su dis-conformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar el órgano de contratación, sin per-juicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder. Dichas instrucciones podrán ser verba-les pero deberá dejarse siempre constancia por escrito de las mismas.

El director de obra, en las labores propias de su función, llevará el control y seguimiento de la eje-cución del contrato, dejando constancia escrita de las instrucciones, órdenes y demás incidencias

32

Page 33: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

surgidas en la ejecución en la Carpeta de Ejecución. Todo documento obrante en este libro registroserá suscrito con la firma del Responsable del Contrato, director de obra y por el contratista o su re-presentante en prueba de conocimiento, quien tendrá derecho a una copia.

CLÁUSULA 17. CONDICIONES DE EJECUCIÓN

17.1.- La ejecución del contrato habrá de ajustarse a las estipulaciones que se establecen en elPliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras y por lo regulado en elpresente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas,documentos que gozan de la condición de contractuales, así como con lo establecido en el proyectoque sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en la interpretación técnica de éstedieran al contratista el Director facultativo de las obras, y en su caso el responsable del contrato, enlos ámbitos de sus respectivas competencias.

17.2.- Cuando así se disponga en el apartado 24 del cuadro resumen, el órgano de contrataciónpodrá establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato de acuerdo conlo establecido en el artículo 118 TRLCSP, las cuales se describirán en el apartado 24 y cuyoincumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan.

En todo caso, siempre que las circunstancias del contrato lo permitan, se incorporarán condicionesespeciales de ejecución que se refieran a consideraciones de tipo social, medioambiental o relativasa otras políticas públicas, debiendo indicarse en tal caso dicha circunstancia en el anuncio delicitación.

En particular, el adjudicatario deberá tener en cuenta que el contrato se halla sujeto al cumplimientopor parte del mismo y respecto de las personas trabajadoras vinculadas a la ejecución del contrato,de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor en materia laboral, de seguridad social ysobre seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el conveniocolectivo aplicable.

Si el órgano de contratación ejerce esta opción, haciéndolo constar en el apartado 24 del Anexo I, seestablecen las siguientes condiciones especiales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de lasconsecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidadesreferidas en la cláusula 28 del presente pliego:

• La empresa contratista remitirá al órgano de contratación, antes del inicio de laejecución del contrato, relación detallada de trabajadores asignados a la misma.

Asimismo, durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria deberácomunicar cualquier variación que, respecto del personal asignado a la ejecución delcontrato, pudiera producirse.

• También deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, las veces que searequerido para ello, justificación del cumplimiento respecto de los mismos de lasobligaciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral,deSeguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.

La persona responsable del contrato podrá recabar de la empresa adjudicataria ladocumentación que estime pertinente para ejercer sus facultades de control yevaluación del cumplimiento de dichas obligaciones.

33

Page 34: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Asimismo, en caso de subcontratación, la empresa o entidad adjudicataria deberáacreditar ante el órgano de contratación el cumplimiento por parte de la empresa oentidadsubcontratista de las obligaciones a que se refiere el párrafo anterior.

El órgano de contratación podrá comprobar, además, el estricto cumplimiento de lospagos que la persona contratista ha de hacer a todas las personas subcontratistas osuministradoras que participen en el contrato. Si el órgano de contratación ejerce estaopción, haciéndolo constar en el apartado 24 del Anexo I, se establecen las siguientescondiciones especiales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de lasconsecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de laspenalidades referidas en la cláusula 28 del presente pliego.

• La empresa contratista remitirá al órgano de contratación, cuando éste lo solicite,relación detallada de aquellas personas subcontratistas o suministradoras queparticipen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellascondiciones desubcontratación o suministro de cada uno de ellas que guarden unarelación directa con el plazo de pago.

• Asimismo, deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, justificante decumplimiento de los pagos a aquéllas, dentro de los plazos de pago legalmenteestablecidos en el artículo 228 del TRLCSP y en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en lasoperaciones comerciales en lo que le sea de aplicación.

El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución previstas en los pliegos de cláusulasadministrativas particulares podrá suponer la resolución del contrato conforme a lo dispuesto en elartículo 223.f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando a laobligación contractual se le atribuya el carácter esencial.

En el resto de los casos, podrá suponer la imposición de la penalidad prevista en el artículo 212.1 dela citada norma, cuya cuantía podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato, en función de lagravedad del incumplimiento, que se concretarán en el apartado 17.1 del Anexo I del presentepliego.

Cuando el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución sea definido como infraccióngrave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a laimposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios, constituirá causa deprohibición de contratar según lo establecido en el artículo 60.2.c) del TRLCSP, debiendonotificarse en este caso la prohibición de contratar al Registro Oficial de Licitadores deExtremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 16/2016, de 1 demarzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva deContratación Administrativa, así como del Registro Oficial de Licitadores y del Registro deContratos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

17.3.- El órgano de contratación resolverá dentro de su competencia sobre las cuestiones derivadasde la ejecución del contrato.

Esta autoridad podrá ejercer dicha potestad administrativa a través de la unidad administrativa uórgano al que esté adscrito el Director de Obra.

17.4.- La ejecución del contrato se realiza a riesgo y ventura del contratista adjudicatario (artículo215 del TRLCSP). En supuestos de fuerza mayor, no obstante tendrá derecho a ser indemnizado por laAdministración, si bien en el Expediente deberá acreditar que había tomado las medidas

34

Page 35: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

precautorias razonables; siendo éstas determinantes además para la cuantificación de laindemnización. A los efectos de este pliego se determinan causa de fuerza mayor las señaladas en elartículo 231.2 del TRLCSP y el procedimiento a seguir será el establecido en el artículo 146 delReglamento general de la LCAP.

17.5.- Serán de cuenta del contratista las indemnizaciones que hubiere de satisfacer a terceros pordaños o perjuicios causados en la ejecución del contrato, salvo que los mismos sean directaconsecuencia de órdenes expresas de la Administración y el contratista no haya formulado reparos.(artículo 214 del TRLCSP).

17.6.- Una vez iniciada la ejecución de las obras cuantas incidencias puedan surgir entre laAdministración contratante y el contratista serán tramitadas y resueltas por la misma a la mayorbrevedad posible, adoptando las medidas que estime convenientes para no alterar el ritmo de lasobras.

Sin perjuicio de que el órgano de contratación preste su apoyo al contratista, corresponde al mismola obtención de las oportunas autorizaciones, permisos y licencias, tanto oficiales como particularesque requieran la ejecución del contrato, salvo aquellas que sean competencia del órgano decontratación y se precisen por el contratista para la ejecución del contrato.

Así mismo serán de cuenta del contratista la obtención de los derechos derivados de la propiedadindustrial, comercial e intelectual que requiera la ejecución por utilización de patentes, modelos defábrica, etc., corriendo de su cuenta el abono por tales derechos, y respondiendo frente a los titularesde dichos derechos por su utilización ilegítima.

17.7.- La propiedad de los trabajos, informes y servicios objeto del contrato en cualquiera de susfases serán de la Administración contratante, pudiendo en todo momento solicitar la entrega de laparte realizada del objeto del contrato cuando ésta sea compatible con el desarrollo de la ejecuciónfinal del mismo.

El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todoslos datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos.

17.8.- El contratista no podrá utilizar para sí ni facilitar a un tercero dato alguno del objeto delcontrato, ni publicar total o parcialmente el contenido del mismo. El incumplimiento de estaobligación será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en la queincurra el contratista.

17.9.- El contratista facilitará a la Administración, sin ningún coste adicional, cuantos serviciosprofesionales se estimen necesarios y sean inherentes a la normal ejecución del contrato y su controlpor la Administración tales como asistencia a reuniones, informes de ejecución, exposición públicade dicha ejecución, etc.

17.10.- El contratista adjudicatario responderá de su personal dependiente por actos, errores uomisiones que comprometan o perturben la buena marcha de la ejecución del contrato. Ensupuestos extremos debidamente motivados, la Administración podrá requerir al contratista laadopción de medidas concretas que coadyuven al restablecimiento del buen orden de ejecución delo pactado.

17.11.- El contratista está obligado a designar domicilio a efectos de notificaciones, debiendo asímismo facilitar la dirección de correo electrónico de la empresa, a fin de agilizar la comunicación yrelación con la Administración contratante. Así mismo, facilitará los números de teléfonos, fax de

35

Page 36: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

contacto y dirección de correo electrónico, si lo hubiere, de su personal dependiente responsable dela ejecución del contrato.

17.12.- El contratista, designará un responsable de la ejecución del contrato, así como de lascomunicaciones y actuaciones que deba hacer y recibir de la Administración.

El responsable del contratista será una persona física que representará a aquel frente a laAdministración.

17.13.- La Administración contratante, de una manera continuada y directa podrá ejercer la inspec-ción y vigilancia de la ejecución del contrato. El contratista facilitará la visita, examen y demáscomprobaciones que en estas labores de inspección realice la Administración.

CLÁUSULA 18. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

18.1.- El órgano de contratación correspondiente como promotor de las obras, así como los demássujetos intervinientes en las mismas (contratistas, subcontratistas, trabajadores autónomos…), deberán cum-plir los requisitos y obligaciones exigidos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo contenidosen la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y sus normas de desa-rrollo, en especial el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones Mínimas deSeguridad y Salud en las Obras de Construcción.

18.2.- El contratista deberá comunicar a la autoridad laboral, antes del comienzo de los trabajos, laapertura del centro de trabajo en los términos establecidos en el artículo 19 del Real Decreto1627/1997, de 24 de octubre, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras deConstrucción.

18.3.- La designación de los coordinadores en materia de Seguridad y Salud corresponderá al ór-gano de contratación, no pudiendo recaer la designación en personas vinculadas con la/s empresa/sencargada/s de la ejecución de las obras.

Los coordinadores de Seguridad y Salud deberán tener, preferentemente, la formación que se espe-cifica en el Anexo I del Acuerdo por el que se establecen los Criterios para la Aplicación del RealDecreto 1627/1997, firmado por la Junta de Extremadura y los agentes sociales el 27 de abril de2000.

18.4.- El órgano de contratación facilitará al coordinador designado durante la ejecución de la obra,el Libro de Incidencias de conformidad con el modelo que se establece en el Anexo II del Acuerdode 27 de abril de 2000.

18.5.- La empresa adjudicataria, antes del inicio de la obra, deberá presentar al órgano de contrata-ción, mediante acreditación documental, la organización preventiva (Servicio de Prevención) que tengaimplantada en su empresa y, en su caso, por la/s empresa/s con las que haya subcontratado o sub-contrate la ejecución de las obras, de conformidad con el artículo 30 y siguientes de la Ley 31/1995,de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y concordantes del R.D. 39/1997, de 17 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

18.6.- Antes del inicio de la actividad contratada, el contratista deberá acreditar el cumplimiento delas siguientes obligaciones:

• La formación e información en materia preventiva a los trabajadores que vayan aemplear en la ejecución del contrato.

36

Page 37: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores recibanuna información adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo quese refiere a su seguridad y su salud en la ejecución del contrato.

La información deberá ser continua. Por ello, se actualizará en función del procesode ejecución del contrato.

• Justificante de la entrega a los trabajadores de los equipos de protección individual,informándoles de las condiciones de uso y de la obligatoriedad de su empleo.Todos los equipos de protección individual deberán reunir los requisitos legalmenteestablecidos y deberán acompañarse de un folleto informativo escrito en castellano,en el que se recojan las instrucciones de utilización, niveles de protección ofrecidospor el equipo y mantenimiento.

• La aptitud de los trabajadores en materia de vigilancia de la salud (artículo 22 de la

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) para las actividadescontratadas.

• La conformidad de los equipos de trabajo que vayan a utilizarse en las obrascontratadas a la normativa de aplicación. Cualquier máquina, aparato, instrumentoo instalación utilizado en el trabajo (artículo 2 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de juliopor el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por lostrabajadores de los equipos de trabajo). Deberán cumplir las condiciones técnicas y deutilización que se determinan en el Anexo IV del RD 1627/1997, de 24 de octubre,por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obrasde construcción, así como en su reglamentación específica.

• La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondientea la actividad contratada, en los casos de contratación de obras sin proyecto,incluyendo específicamente los riesgos que pudieran ocasionarse tanto atrabajadores de la Junta de Extremadura como a terceros, así como las medidaspreventivas para evitarlos. Cualquier modificación de las condiciones de trabajodebe llevar a un nuevo proceso, total o parcial, de evaluación y planificación(artículo 16.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales). Deestos documentos se entregará copia al centro donde se desarrollen las obrascontratadas, con carácter previo al inicio de los mismos.

La acreditación de los anteriores términos podrá realizarse mediante la cumplimentación de ladeclaración responsable que figura como Anexo III de este pliego.

18.7.- El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de lasdisposiciones de seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicaráresponsabilidad alguna para esta Administración.

18.8.- Cuando la naturaleza del objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores sujetos aun especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico obiológico, el adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud.

En dicho plan se recogerán, entre otros, los siguientes aspectos:

➢ Control de accidentes o enfermedades profesionales.

37

Page 38: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

➢ Determinación de la persona encargada de la vigilancia y seguimiento del Plan deSeguridad y Salud.

En todo caso, en el estudio de seguridad y salud se contemplarán también las previsiones y lasinformaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, losprevisibles trabajos posteriores.

CLÁUSULA 19. RESPONSABILIDAD

19.1.- En los términos expresados en el 230.3 del TRLCSP, el contratista durante el desarrollo de lasobras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, será responsable de los defectos que en la cons-trucción puedan advertirse.

Durante el plazo de garantía el contratista cuidará en todo momento de la conservación y policíade las obras con arreglo a lo previsto en el Pliego de cláusulas administrativas generales, el Pliegode prescripciones técnicas y a las instrucciones que reciba de la dirección de las obras.

Si la obra se arruina con posterioridad al plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, de-bido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjui-cios durante el término de quince años desde la recepción.

Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio quedará totalmente ex-tinguida la responsabilidad del contratista.

19.2.- La responsabilidad por trabajos defectuosos o mal ejecutados a que hace referencia elapartado anterior no decae por el hecho que estos defectos hayan sido conocidos por representantesde la Administración.

La recepción del objeto del contrato no exonera al contratista o a los funcionarios con facultades dedirección de los defectos e improvisaciones en que haya podido incurrir.

19.3.- De admitirse por la Dirección del contrato, vicios o defectos en el trabajo, o parte del trabajorealizado podrá recusar motivadamente los que no estima satisfactorios. El contratista en el plazo dediez días podrá alegar lo que estime oportuno al respecto.

CLÁUSULA 20. ACTUACIONES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

20.1.- AVISO DE TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

El contratista, con una antelación de cuarenta y cinco días hábiles, comunicará por escrito a la di-rección de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que sepueda realizar su recepción, debiendo seguirse los trámites relacionados en el artículo 163 del Re-glamento general de la LCAP, salvo en aquellos casos en los que la duración del contrato no permitacumplir con los plazos de los trámites indicados en el citado artículo 163, siéndoles de aplicaciónlos señalados en el apartado 16 del cuadro de características que se acompaña como anexo I a estePliego.

Si llegado el fin del plazo de ejecución del contrato señalado en el apartado 16 del cuadro resumende características adjuntado a este pliego como Anexo I el contratista no hubiera realizado la comu-nicación indicada en el párrafo anterior para proceder a la recepción de las obras, incurrirá automá-

38

Page 39: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ticamente en mora, pudiendo entonces el órgano de contratación acordar la resolución del contrato oimponer las penalidades que se indican en la cláusula 28 de este pliego.

Cuando los retrasos no fueran imputables al contratista y éste ofreciere cumplir sus compromisos sise le concediera prórroga, la Administración autonómica le concederá un plazo que será, por lo me-nos, igual al tiempo perdido a no ser que el contratista pidiese otro menor.

20.2.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS.

Dentro del plazo que se determine en la apartado 16 del cuadro de resumen características queacompaña al pliego o en su defecto, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o rea-lización de la totalidad del objeto del contrato, se constatará por la Administración la terminación dela totalidad de las obras mediante un acto formal y positivo de recepción o conformidad, extendién-dose a tal efecto un Acta, donde se dejará expresa constancia de la correcta ejecución del objeto delcontrato, y en particular del cumplimiento en la ejecución de la prestación de las características dela misma que se hubieran tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación que hubieransido determinantes de la adjudicación en favor del contratista, así como de las condiciones especia-les de ejecución que se hubieran establecido en el pliego, que suscribirá el Director facultativo de laobra, el contratista, un representante del órgano de contratación debidamente autorizado, que podráser el responsable del contrato si se hubiere designado, y un representante de la Intervención en elcaso de que haya asistido, cuyos efectos serán los que establece el artículo 235 del TRLCSP.

Asimismo, en el caso de haberse previsto en el citado apartado del cuadro resumen de característi-cas y en el contrato, podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles deser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público.

La ocupación o puesta en servicio de las obras sin recepción formal prevista en el artículo 235.6 delTRLCSP requerirá los requisitos y producirá los efectos establecidos en el artículo 168 del Regla-mento general de la LCAP.

20.3.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.

Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberáaprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de laliquidación del contrato.

Se procederá a la devolución o cancelación de la garantía y a la liquidación, en su caso, de las obli -gaciones pendientes, aplicándose al pago de éstas últimas lo dispuesto en el artículo 216 del TRL-CSP, dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, en el supuesto deque el director facultativo de las obras emita informe favorable del estado de las mismas, de confor-midad con el artículo 235.3 del TRLCSP.

Transcurrido el plazo de garantía, siempre que fuera favorable el informe del director de las obras o,en su caso, una vez reparado lo construido se procederá, previa propuesta, a la aprobación de la li-quidación y a abonar, si procede, el saldo resultante siguiendo el procedimiento establecido en el ar-tículo 169 del Reglamento general de la LCAP.

CLÁUSULA 21. PLAZO DE GARANTÍA

21.1.- El plazo de garantía que no podrá ser inferior a un año, salvo casos especiales en los que seatenderá a la naturaleza y complejidad de la obra, será el que se establezca en el cuadro de caracte-

39

Page 40: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

rísticas que se acompaña al presente pliego en su apartado 23. De no establecerse en el cuadro decaracterísticas plazo alguno, éste será de un año.

El cómputo del plazo de garantía comenzará a partir de la fecha de la firma del Acta en que se ten-gan por recibida la obra o cuando se dé el supuesto contemplado en el artículo 235.6 del TRLCSP,desde el momento en el que se acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en serviciopara el uso público.

21.2.- Se procederá a la ampliación del plazo de la garantía, en los términos establecidos en el artí-culo 235.3 del TRLCSP, en el caso de que el informe relativo al estado de las obras, que debe emitirel facultativo de las mismas, fuera no favorable y los defectos se debiesen a deficiencias en la ejecu-ción de la obra y no al uso de lo construido.

21.3.- Durante este plazo de garantía, el contratista estará obligado a la conservación de las obras,de acuerdo con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones que reci-ba de la dirección de las obras; respondiendo de los daños o deterioros que puedan producirse du-rante el referido plazo. Si descuidase la conservación y diere lugar a que peligre la obra se ejecutarápor la Administración autonómica y a costa del contratista los trabajos necesarios para evitar eldaño.

21.4.- Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultasen respon-sabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el período de garan-tía en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.

21.5.- Cuando las empresas licitadoras reúnan los requisitos de pequeña o mediana empresa, defini-da según lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interioren aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado y no estén controladas directa o indirectamentepor otra empresa que no cumpla tales requisitos, el plazo de devolución se reducirá a seis meses, deconformidad con lo establecido en el artículo 102.5 del Texto Refundido de la Ley de Contratos delSector Público.

21.6.- En supuestos de recepción parcial se podrá autorizar la cancelación parcial correspondientede la garantía definitiva, previa solicitud del contratista.

CLÁUSULA 22. REVISIÓN DE PRECIOS

El procedimiento, la tramitación de los expedientes y la práctica de la revisión de precios, se ajusta-rá a lo establecido en los artículos 89 y siguientes del TRLCSP, tras la redacción dada a los mismospor la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, y en los artículos104, 105 y 106 del Reglamento general de la LCAP y demás disposiciones que resulten aplicables.

CLÁUSULA 23. FORMA DE PAGO

23.1.- De entre las formas de pago previstas en el apartado 2 del artículo 216 del TRLCSP, el pagose hará en la forma que se establezca en el apartado 20 del cuadro de características, a la vista de lacertificación o documentación acreditativa de la correcta ejecución, del contrato, y contra facturadel contratista.

40

Page 41: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

23.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, deimpulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Públicoestán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del Punto General deEntrada de Facturas Electrónicas, las entidades indicadas a continuación:

• Sociedades anónimas.

• Sociedades de responsabilidad limitada.

• Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidadespañola.

• Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorioespañol en los términos que establece la normativa tributaria.

• Uniones temporales de empresas.

• Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondode Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización deactivos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulizaciónhipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

Se excluye de la presentación obligatoria en FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicasa las facturas emitidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de susentidades, entes y organismos vinculados o dependientes, por importe de hasta 5.000 euros, según lodispuesto por la Disposición Adicional quinta de la Orden de 14 de julio de 2014 que establece losaspectos particulares de la Administración Autonómica en el funcionamiento del registro contable defacturas y la tramitación de facturas de proveedores de bienes y servicios.

En la factura deberá constar la identificación del órgano de contratación (órgano gestor), de la unidadtramitadora (órgano de destino) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad)con indicación de los correspondientes códigos, de acuerdo con el “Directorio Común de Unidadesy Oficinas DIR3”, así como la dirección postal, conforme se recoge en el apartado 2 del cuadroresumen.

23.3.- De haberse establecido en el cuadro de características el pago parcial mediante abonos acuenta, a los efectos del pago, la Administración a través del Director de obra, previa medición delas obras ejecutadas y sobre la base de la correspondiente relación valorada, expedirá mensualmen-te, en los diez primeros días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones de obra que com-prendan la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo, cuyos abonos tendrán el concepto depagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final ysin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden.

Las certificaciones de obra se ajustarán al modelo contenido del Anexo XI del Reglamento generalde la LCAP.

23.4.- El contratista tendrá derecho también a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las ope-raciones preparatorias realizadas como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquina-ria pesada adscritos a la obra, en las condiciones que se señalen en el apartado 20 del cuadro resu-men de características de este pliego y conforme al régimen y los límites que con carácter general sedeterminan en el artículo 232.2 de la TRLCSP, los artículos 155 y 156 del Reglamento general de laLCAP, debiendo asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía.

41

Page 42: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

23.5.- La Administración procederá a los abonos que correspondan en los plazos previstos en el artí-culo 216, 235 y la Disposición Transitoria Sexta del TRLCSP. Sin perjuicio de lo indicado, la Admi-nistración deberá aprobar las certificaciones de obra ordinarias dentro de los treinta días siguientes asu expedición, las cuales deberán emitirse dentro del plazo señalado en el punto 23.3 de esta cláusu-la.

En caso de demora en el abono de dichos pagos por parte de la Administración se estará a lo dis-puesto en el artículo 217 del TRLCSP.

La cesión del derecho de cobro que el contratista tenga frente a la Administración, se efectuará enlos términos establecidos en el artículo 218 del TRLCSP, sin perjuicio de las posibles incidenciasque pudieran sucederse en Tesorería y que, en su caso, deberán indicarse en la toma de razón que aestos efectos debe realizarse.

CLÁUSULA 24. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

24.1.- El presente contrato administrativo solo podrá ser modificado por razones de interés públicoen los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, y de acuerdo con el procedimientoregulado en el 211 del TRLCSP. En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano decontratación serán obligatorias para los contratistas.

24.2.- En el supuesto de prever la posibilidad de modificaciones conforme al artículo 106 delTRLCSP, las mismas son las detalladas en el apartado 18 del Anexo I con los requerimientos fijadosen dicho artículo, indicándose de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podráhacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresaindicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda afectar, deconformidad con lo establecido en dicho artículo.

24.3.- Sin perjuicio de la previsión indicada en el punto anterior, el órgano de contratación podráintroducir modificaciones no previstas cuando concurra alguna de las causas indicadas en el artículo107 del TRLCSP.

Únicamente se podrá modificar el proyecto de obras con el objeto de introducir en él las variacionesestrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria para satisfacerla necesidad publica que motiva el contrato.

En el contrato, una vez modificado, se guardará la misma relación entre el precio y el valor de laprestación contratada.

La modificación del contrato no podrá realizarse si para la ejecución de la prestación modificadafuere precisa una habilitación profesional diferente de la exigida para el contrato inicial, aún cuandoel adjudicatario de este contrato posea dicha habilitación. Tampoco podrá realizarse la modificacióndel contrato, por alterarse de forma sustancial las condiciones de solvencia; considerándose comotal cuando se exigió clasificación y de licitarse el contrato modificado se exigiera una diferente; o sino se exigió clasificación y esta fuera necesaria para el contrato modificado.

Tampoco podrá ser modificado el contrato cuando el importe de la modificación implique unaumento o una disminución igual o superior al 10 por ciento del precio de adjudicación del contrato;en el caso de modificaciones sucesivas, el conjunto de ellas no podrá superar dicho limite.

Cuando el importe del modificado sea cero o no supere el porcentaje anteriormente indicado,tampoco podrá modificarse el contrato si el número de nuevas unidades supera el 30 % del número

42

Page 43: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

total de unidades de obras existentes en el proyecto original, o el importe total de las nuevasunidades de obras introducidas en el proyecto superen el 20 % del importe total del proyectooriginal, o el importe acumulado de las reducciones o supresiones de unidades de obras superen el30 % del importe total del proyecto original. En el caso de modificaciones sucesivas, el conjunto deellas tendrán estos limites.

En todo caso, tampoco podrá modificarse el contrato objeto de este pliego cuando pueda presumirseque, de haber sido conocida previamente la modificación, hubiesen concurrido al procedimiento deadjudicación otros interesados, o que los licitadores que tomaron parte en él presentando ofertassustancialmente diferentes a las formuladas.

24.4.- Tramitación de la modificación. El procedimiento de las posibles modificaciones, implique ono un incremento del coste de la ejecución del contrato, se iniciará por escrito del Directorfacultativo de la obra, dirigido al órgano de contratación, solicitando su autorización para tramitar lamodificación. En dicho escrito se expondrán y justificarán la concurrencia de alguna o algunas delas circunstancias previstas en el pliego o en el apartado 1 del articulo 107 del TRLCSP quedeterminan que el contrato deba ser modificado para la más adecuada satisfacción de lasnecesidades de la Administración que dieron lugar a la celebración del mismo. Concedida en sucaso la autorización por el órgano de contratación, el expediente, que se tramitará con carácter deurgencia, incluirá entre otras, las siguientes actuaciones:

• Resolución de inicio de expediente de modificación del contrato por el órgano decontratación, incluyendo la redacción de la modificación del proyecto.

• Audiencia a la persona contratista por un plazo mínimo de 3 días hábiles.

• Informe de la Asesoría Jurídica en un plazo de 10 días.

• Propuesta de resolución de modificación por el órgano de contratación.

• Fiscalización previa de la Intervención.

• Resolución motivada del órgano de contratación de aprobación del expediente, asícomo de los gastos complementarios precisos.

• Notificación a la persona contratista.

En el caso de que la tramitación del expediente de modificación exija la suspensión de las obras seaplicará lo dispuesto en el articulo 220 y 234 ambos del TRLCSP.

24.5.- Las modificaciones de este contrato se formalizarán en la forma prevista en el articulo 156del TRLCSP y en la cláusula 11 de este pliego.

El órgano de contratación publicará un anuncio al respecto, por los mismos medios por los quehubiera publicitado la contratación inicial.

24.6.- El aumento de unidades de obra realmente ejecutadas sobre las previstas en las medicionesdel proyecto no se considerarán modificaciones de éste y no exigirá la tramitación delcorrespondiente expediente, siempre que ese aumento no represente un incremento del gastosuperior al 10 por cien del precio primitivo del contrato.

43

Page 44: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

CLÁUSULA 25. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

25.1.- La suspensión del contrato será acordada por la Administración en los términos previstos enel artículo 220 del TRLCSP.

25.2.- Si la suspensión temporal sólo afecta a una o varias partes o clases del objeto del contrato, seutilizará la denominación “suspensión temporal parcial” en el texto del acta de suspensión y entoda la documentación que haga referencia a la misma; si afecta a la totalidad del objeto contratado,se utilizará la denominación “suspensión temporal total” en los mismos documentos.

En ningún caso se utilizará la denominación “suspensión temporal” sin concretar o calificar el al-cance de la misma.

25.3.- Siempre que la Administración acuerde una suspensión temporal, parcial o total, o una sus-pensión definitiva, se deberá levantar la correspondiente acta de suspensión, que deberá ir firmadapor el responsable del contrato, por el Director y el contratista y en la que se hará constar el acuerdodel órgano de contratación de la Administración que originó la suspensión, definiéndose concreta-mente la parte o partes o la totalidad de la obra afectada por aquélla y cuantas circunstancias ayudena un mejor conocimiento de la situación en que se encuentra la obra contratada en el momento de lasuspensión. La suspensión definitiva de las obras sólo podrá tener lugar por motivo grave y median-te acuerdo del órgano de contratación, a propuesta del funcionario competente de la Administración.

En los casos de suspensión definitiva, o por plazo superior a ocho meses de las obras iniciadas,acordada por la Administración e imputable a ésta, se procederá de acuerdo con lo establecido en elartículo 171 del Reglamento general de la LCAP.

Al acta se debe acompañar, como anexo y en relación con la parte o partes suspendidas, la medicióntanto de la obra ejecutada en dicha o dichas partes como de los materiales acopiados a pie de obrautilizables exclusivamente en las mismas.

La Dirección de Obra remitirá un ejemplar del acta de suspensión y su anexo al órgano de la Admi-nistración que celebró el contrato.

25.4.- Si la Administración, por acordar una suspensión temporal que exceda del período de tiempoque para estos efectos fijan las disposiciones vigentes, tuviere que abonar daños y perjuicios al con-tratista, su determinación atenderá, entre otros factores, a la perturbación que la suspensión hubieraproducido en el ritmo de ejecución previsto en el programa de trabajos, con la consiguiente repercu-sión en la utilización de maquinaria y de personal, y a la relación que represente el importe de laspartes de obra a que alcanza la suspensión con el presupuesto total de la obra contratada.

Sin perjuicio de lo anterior, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectiva-mente sufridos por éste a consecuencia directa de la suspensión.

CLÁUSULA 26. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

26.1.- CESIÓN DEL CONTRATO.

La cesión del contrato requerirá la previa y expresa autorización de la Administración contratanteprevio informe del Responsable del Contrato.

En todo caso habrá de quedar constancia en el expediente de la autorización expresa de la cesión, yla concurrencia de los requisitos habilitantes previstos en el artículo 226 del TRLCSP. No se

44

Page 45: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

autorizará la cesión del contrato cuando las cualidades técnicas o personales del contratista hubieransido determinantes de la adjudicación, y de la cesión resulte una restricción efectiva de lacompetencia en el mercado, o cuando suponga una alteración sustancial de las características delcontratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato y estas circunstancias hubieransido expresamente previstas en el cuadro resumen de características.

El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que correspondieran alcedente.

En ningún caso se autorizará la cesión del contrato en favor del contratista incurso en suspensión declasificación o personas inhabilitadas para contratar.

26.2.- SUBCONTRATACIÓN.

26.2.1.- El adjudicatario podrá subcontratar con terceros la realización parcial del contrato,salvo que esta posibilidad haya sido excluida en el cuadro de características anexo a estepliego o que, aún no habiéndose excluido expresamente, por la naturaleza y condicionesdel mismo, se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.

Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no excederán delporcentaje que se fije en el apartado 19 del cuadro resumen de características que se acom-paña al Pliego. De no fijarse el referido porcentaje, el contratista podrá subcontratar hastaun porcentaje que no exceda del 60 por 100 del importe de la adjudicación IVA excluido.

26.2.2.- Con carácter general la celebración de los subcontratos estará sometida al cumpli-miento de los requisitos establecidos en el artículo 227 del TRLCSP y, en su caso, a lospreceptos de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sec-tor de la Construcción, conforme a lo señalado en su disposición adicional segunda.

26.2.3.- Con carácter específico la subcontratación quedará sujeta a las siguientescuestiones:

a) En los casos en los que se hubiera tomado en consideración para la adjudicación del contrato la subcontratación del mismo, el empresario que resulte adjudicatario estará obligado a respetar los términos de su oferta en este sentido, de tal manera que no podrá subcontratar por exceso del porcentaje incluido en su proposición.

b) En todo caso, con carácter previo a la celebración de subcontratos, el adjudicatario comunicará al órgano de contratación correspondiente, por escrito y en cualquiera delas formas previstas en la normativa reguladora del Procedimiento Administrativo Común, la subcontratación a celebrar, con indicación de los siguientes datos o cir-cunstancias:

• Identificación de los sujetos intervinientes en el subcontrato, con indicación dela capacidad técnica y profesional del subcontratista.

• Indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.

• Se hará constar expresamente que en la celebración del subcontrato y, en sucaso, de contratos de suministros derivados del contrato de obras adjudicadose cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 228 del TRLCSP.

• Así mismo, se hará constar que los sujetos con los que se concierte la subcon-tratación no son personas inhabilitadas para contratar, de acuerdo con el orde-

45

Page 46: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

namiento jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60del TRLCSP.

• Declaración firmada referente a los compromisos de plazo de abono y cesionesde crédito a los que alude la cláusula 26.2.4.

26.2.4.- El adjudicatario está obligado a realizar los abonos que correspondan a los subcon-tratistas y suministradores, en los plazos y condiciones previstos en el artículo 228 delTRLCSP, esta obligación tiene carácter de condición especial de ejecución.

Los subcontratistas están obligados al pago de los salarios, cotizaciones y retenciones a susempleados adscritos a la ejecución del contrato.

Los subcontratistas podrán instar al contratista la cesión de los derechos de cobro que tu-vieren frente a la Administración, pendientes de pago en el momento de la cesión.

26.2.5.- El órgano de contratación, si así se determina en el 24 del cuadro resumen, podrácomprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista adjudicatario del con-trato haya de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mis-mos, de conformidad con dispuesto en la cláusula 17 del presente pliego.

Estas obligaciones, que habrán de concretarse en el apartado 24 del cuadro resumen quecomo Anexo I se acompaña al presente pliego, se consideran condiciones especiales de eje-cución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamientojurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en elapartado 17 del cuadro resumen.

En cualquier momento, la Administración podrá exigir del adjudicatario la presentación detodo tipo de documentos relacionados con la subcontratación celebrada y, en su caso, lajustificación de los extremos relacionados en los apartados anteriores.

26.2.6.- Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal, noteniendo por tanto derechos frente a la Administración ni tampoco obligaciones quecumplir con ésta, siendo el contratista principal el que asumirá la total responsabilidad dela ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a lo establecido eneste pliego y demás documentos contractuales.

26.2.7.- Serán nulos de pleno derecho los acuerdos o pactos a que puedan llegar elcontratista principal adjudicatario y el subcontratista que vulnere lo establecido en esteapartado, incluso si tales pactos o acuerdos fueren comunicados a la Administración.

26.2.8.- El órgano de contratación podrá imponer al contratista, advirtiéndolo en el anuncioo en el cuadro resumen, como condición especial de ejecución del contrato, lasubcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de laprestación que no excedan en su conjunto del 50 por ciento del presupuesto del contrato,cuando gocen de una sustantividad propia dentro del conjunto que las haga susceptibles deejecución separada, por tener que ser realizadas por empresas que cuenten con unadeterminada habilitación profesional o poder atribuirse su realización a empresas con unaclasificación adecuada para realizarla.

26.2.9.- Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontrataciónestablecidas en el presente Pliego y en el artículo 227.2 del TRLCSP, se impondrá lapenalidad regulada en el artículo 227.3 del TRLCSP, con sujeción a lo siguiente:

46

Page 47: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

• Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto depago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, con-forme el artículo 212.8 del TRLCSP.

• Como regla general, su cuantía será de un 5% del importe del subcontrato,salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incum-plimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente.

La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.

CLÁUSULA 27. RESOLUCIÓN

27.1.- Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 213, 223 y 237 del TRL-CSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 239 del referido TRLCSP.

Así mismo serán causas de resolución las determinadas especialmente en el presente Pliego, ademásde las que puedan determinarse en el cuadro de características que se acompaña. En estos casos, deresolverse el contrato, el contratista queda obligado a guardar sigilo respecto a los datos oantecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, delos que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el órgano de contratación estimeaconsejable eximirle expresamente de tal obligación.

La aplicación de las causas de resolución se efectuará cumpliendo los requisitos establecidos en elartículo 109 del Reglamento General de la LCAP.

27.2.- Cuando las obras hayan de ser continuadas por otro empresario o por la propia Administra-ción, con carácter de urgencia, por motivos de seguridad o para evitar la ruina de lo construido, elórgano de contratación, una vez que haya notificado al contratista la liquidación de las ejecutadas,podrá acordar su continuación, sin perjuicio de que el contratista puedas impugnar la valoraciónefectuada ante el propio órgano, resolviendo el mismo lo que proceda en el plazo de 15 días, deconformidad con el artículo 239.5 del TRLCSP.

27.3.- Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incautadala garantía y deberá, además, indemnizar a la Administración contratante los daños y perjuicios oca-sionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada, de conformidad con lo previsto enel. artículo 225.3 del TRLCSP La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar elcontratista se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 113 del Reglamento general de la LCAP.

27.4.- En el caso de resolución del contrato por causas imputables al contratista, la fijación y valora-ción de los daños y perjuicios causados se verificará por el director y resolverá la Administración,previa audiencia del contratista. Para la determinación de los daños y perjuicios a indemnizar, entreotros factores, se atenderá al retraso que implique para la inversión proyectada y los mayores gas-tos para la Administración.

27.5.- El acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso sobre la procedencia o no de lapérdida, devolución o cancelación de la garantía que, en su caso, hubiese sido constituida, segúnimpone el artículo 225.4. del TRLCSP.

27.6.- En supuestos de uniones temporales de empresas, cuando alguna se encuentre comprendidaen el supuesto del artículo 223 a) y b) del TRLCSP, la Administración estará facultada para exigir el

47

Page 48: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituían la unióntemporal o acordar la resolución del contrato.

CLÁUSULA 28. PENALIDADES

28.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdocon los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.

28.2.- El adjudicatario está obligado a cumplir el plazo de ejecución señalado en los documentoscontractuales. Si llegado el término de cualquiera de los plazos previstos o del final, el contratistahubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración, sin necesidad deintimidación previa, podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposiciónde las penalidades establecidas en el artículo 212 del TRLCSP o, en su caso, las expresadas en elcuadro de características en atención a las especiales características del contrato, todo ello sinperjuicio de las indemnizaciones que procedan por los daños o perjuicios ocasionados por lademora.

28.3.- Además de lo anterior, el órgano de contratación podrá establecer en el cuadro resumen decaracterísticas penalidades conforme a lo señalado en el artículo 212.1 del TRLCSP.

28.4.- Para la efectividad de las penalidades e indemnizaciones por daños y perjuicios se estará lodispuesto en el artículo 99 del Reglamento General de la LCAP.

CLÁUSULA 29. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN YRECURSOS

29.1.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.

El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolverlas dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordarsu resolución, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP ydemás normativa de aplicación.

El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual, así como la ofertadel licitador que resulte adjudicatario. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquieradel resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego.

El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros docu-mentos contractuales que forman parte y de las instrucciones o de la normativa que resulten de apli-cación en la ejecución de la cosa pactada, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.

Los acuerdos que dicte el órgano de contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpreta-ción, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos. Los mismos pondrán fin a la víaadministrativa y contra ellos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazode un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior deJusticia de Extremadura en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación o pu-blicación; todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente respecto a los contratossujetos a regulación armonizada.

48

Page 49: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

En los procedimientos iniciados a solicitud de un interesado para los que no se establezca específica-mente otra cosa y que tengan por objeto o se refieran a la reclamación de cantidades, el ejercicio deprerrogativas administrativas o a cualquier otra cuestión relativa de la ejecución, consumación o extin-ción de un contrato administrativo, una vez transcurrido el plazo previsto para su resolución sin haber-se notificado ésta, el interesado podrá considerar desestimada su solicitud por silencio administrativo,sin perjuicio de la subsistencia de la obligación de resolver.

29.2.- JURISDICCIÓN COMPETENTE Y RECURSOS.

Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del con-tencioso-administrativo, siempre que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada confor-me al artículo 40.1 a) del TRLCSP, cuyo valor estimado sea igual o superior al establecido en el ar-tículo 14.1 del citado Texto refundido, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos con-tractuales que establezcan las condiciones que deban regir la licitación, los actos de trámite adopta-dos en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobrela adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensióno perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los acuerdos de adjudicación adoptados porel órgano de contratación, así como cualesquiera otros que pudieran considerarse incluidos en elámbito de aplicación de la Directiva 89/665/CEE.

Dicho recurso, de carácter potestativo, deberá interponerse en el registro del órgano de contratacióno ante la Comisión Jurídica de Extremadura, de conformidad con el Decreto 3/2016, de 12 de enero,por el que se modifica el Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura y el Decreto261/2015, de 7 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacien-da y Administración Pública (publicado en el D.O.E de 19 de enero de 2016), según lo que dispone el artí-culo 41 del TRLCSP.

La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP.

Contra la resolución del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativoconforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 y en el artículo 11, letra f) desu apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa.

La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificandoel acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contrata-ción en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso.

Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superiorde Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su noti-ficación.

Contra los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que sedicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP, podrá interponerse potestativamen-te recurso de reposición en el plazo de un mes, o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Con-tencioso Administrativa, en el plazo de dos meses.

49

Page 50: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

DILIGENCIA: Certifico que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares conNúmero de Expediente Gestor _______ y objeto: ___________________ se ajusta al que comomodelo ha sido informado por la Intervención General con fecha de ________ y por la AbogacíaGeneral de la Junta de Extremadura con fecha de ________ y aprobado por el órgano decontratación con fecha __________.

Asimismo se certifica que los criterios de solvencia y adjudicación incluidos en este pliego seajustan a los modelos o tipos informados con fecha _________ por la Abogacía General de la Juntade Extremadura y con fecha ________ por la Intervención General.

(en el caso de que se incluyan criterios no ajustados a tales modelos o tipos debera certificarse igualmenteque han sido informados específicamente por los citados órganos)

Lugar y fecha

El/La Jefe de Servicio _____________

Fdo. ___________________

50

Page 51: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO I

MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARACONTRATOS DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS

DE ADJUDICACIÓN

Cuadro resumen de características del Contrato

ÍNDICE

1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO

2.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS

3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y CRÉDITO EN QUE SE AMPARA

4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA

5.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓNDEL CONTRATO

7.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

8.- MESA DE CONTRATACIÓN

9.- GARANTÍA PROVISIONAL

10.- GARANTÍA DEFINITIVA

11.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA

12.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

13.- PROGRAMA DE TRABAJO

14.- OTROS DOCUMENTOS

15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN

16.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN

17.- PENALIDADES Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN

18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO

19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

20.- RÉGIMEN DE PAGOS

21.- REVISIÓN DE PRECIOS

Page 52: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

22.- POSIBILIDAD DE CELEBRAR CONTRATOS COMPLEMENTARIOS DEL ARTÍCULO 171b) DEL TRLCSP

23.- PLAZO DE GARANTÍA

24.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN

25.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO

26.- OTRAS ESPECIFICACIONES

27.- RÉGIMEN DE RECURSOS

28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO

Page 53: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

TÍTULO: CONTRATO DE OBRAS __________________________________________________

Sujeto al cumplimiento de condiciones de carácter social, medioambiental y/o relativas a otraspolíticas públicas (Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 23 de febrero de 2016,DOE Nº 43, de 3 de marzo de 2016).

Nº EXPEDIENTE:

1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO

1.1.- Incluido en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por elque se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el objeto delcontrato viene constituido por:______________________________

1.2.- CÓDIGO CPV:

1.3.- División en lotes: SI NO

(en caso afirmativo)

LOTE nº DENOMINACIÓN ACTIVIDAD (Anexo IIDirectiva 2014/24 UE)

CÓDIGO CPV

- Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar (en su caso):

- Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario (en su caso):

- Criterio de preferencia en caso de adjudicación a un solo licitador de un número de lotessuperior al máximo indicado (en su caso):

2.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS

2.1.- Información sobre el Órgano Administrativo:

- Identificación: _________________________________________________

- Ejercicio de la competencia para contratar (indicar si existe delegación o desconcentración y, en su caso, cuál es el órgano que en función de tal actúa en nombre del órgano de contratación):____________________________________________________

- Dirección Postal: _______________________________________________

- NIF DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: _________________________

- Dirección Registro General del órgano de contratación: _________________

Page 54: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Fax: _____________________________

- E-mail: ___________________________

- Dirección de Internet: De conformidad con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP la forma de acceso a la Plataforma de Contratación del Sector Público podrá realizarse a través de la página Web: __________________________________

Conforme a la disposición adicional decimoctava del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 denoviembre, los medios de comunicación admisibles, el diseño de los elementos instrumentales y laimplantación de los trámites procedimentales, se han realizado teniendo en cuenta criterios deaccesibilidad universal y de diseño para todos, tal y como son definidos estos términos en RealDecreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

2.2.- Información sobre el Órgano Administrativo derivada de la Orden de 14 de julio de2014, por la que se establecen los aspectos particulares de la administración autonómica en elfuncionamiento del registro contable de facturas y la tramitación de facturas de proveedores debienes y servicios y se modifican las órdenes de 5 de enero de 2000 por las que se aprueban losdocumentos contables, la instrucción de contabilidad y la instrucción de operatoria contable a seguiren la ejecución del gasto.

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

DENOMINACIÓN:

CÓDIGO DIR3:

DIRECCIÓN POSTAL:

UNIDAD TRAMITADORA

DENOMINACIÓN:

CÓDIGO DIR3:

DIRECCIÓN POSTAL:

OFICINA CONTABLE

DENOMINACIÓN:

CÓDIGO DIR3:

DIRECCIÓN POSTAL:

3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y CRÉDITO EN QUE SE AMPARA

- Presupuesto licitación IVA excluido:

Page 55: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Tipo IVA aplicable:

- Importe IVA:

- Presupuesto licitación IVA incluido:_____________________euros

- Valor estimado del contrato (artículo 88 del TRLCSP):_____________ euros

- Anualidades:

Año 201__: _____________ euros

Año 201__: _____________ euros

- Cofinanciación: Comunidad de Extremadura: % Otros Entes: %

- Aportación de la Comunidad Autónoma de Extremadura: _______________ euros

Anualidad Importe

_____________________ _______________________________euros

_____________________ _______________________________euros

Anualidad corriente: Aplicación Proyecto Importe

_________ _______ _______

_________ _______ _______

Entes cofinanciadores Importe

__________________ ______

- (en caso de división en lotes) Presupuesto base de licitación de los lotes:

Lote número:________Base imponible:________IVA:________Importe total:__________

Valor estimado del lote:______________________________________________________

- Sistema de determinación del presupuesto:____________________________________________

(señalar el que proceda de acuerdo con el artículo 87 y 233 del TRLCSP, así como los artículos 120 y 154 delRGLCAP)

4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI NO

5.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

(especificar por lotes en su caso)

5.1- Clasificación del contratista: Exigible: SI NO

Page 56: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Grupo/s: Subgrupo/s: Categoría/s: Categoría/s R.D. 1098/2001:

5.2. Solvencia: En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podráacreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, yCategoría/s indicados anteriormente, o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitosespecíficos de solvencia:

• Acreditación de la solvencia económica y financiera:

- Artículo 75 del TRLCSP, apartado/s:

• Acreditación de la solvencia técnica o profesional:

- Artículo 76 del TRLCSP, apartado/s:

5.3. Exigencia de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnicao profesional en los contratos con un valor estimado igual o inferior a 80.000 euros (artículo 11.5del RGLCAP) : SI NO

5.4. Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos delcumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 80 y 81 delTRLCSP): SI NO

Tipo:_________________________________________________

6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LAREALIZACIÓN DEL CONTRATO

- Procede: SI NO

Tipo:_________________________________________________

7.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

- Tramitación anticipada: SI NO

- Tramitación: (ordinaria / urgente)

- Procedimiento: abierto

7.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

7.1.1 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA:

Los criterios de adjudicación automáticos incluido el precio deben superar el 60% del total de lapuntuación si se emplea la fórmula A para la valoración del precio de la oferta económica.

En caso de emplear las fórmulas B o C para la valoración del precio de la oferta económica serápreciso motivar en el expediente la elección de la fórmula aplicada así como garantiza el respeto auna ponderación equilibrada de los distintos criterios de valoración de las ofertas; será preciso, encualquier caso, que la valoración de los criterios automáticos, incluido el precio, representen unmínimo de un 60% del total de la puntuación.

Page 57: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

1.Evaluación de la oferta económica:

Fórmula A

Fórmula B (marcar la que proceda y eliminar la no aplicada del CRC)

Fórmula C

Fórmula A: Mínimo 50 puntos

Donde:

= Puntos obtenidos.

= Puntación del criterio económico, mínimo 50 puntos.

= Baja de la oferta más barata. Medida en % con relación al presupuesto de licitación.

= Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto delicitación.

Procedimiento:

a) Se calcularán los porcentajes de baja de cada una de las ofertas ( ).

b) La oferta más barata ( ) obtendrá el máximo de puntos asignado al criterioeconómico ( ).

c) En el caso de que todas las ofertas fueran al tipo de licitación, la puntación de todas ellasserá igual a la puntuación máxima del criterio económico ( ).

d) La puntuación de cada una de las ofertas se calculará aplicando la fórmula indicadaanteriormente.

Fórmula B: Mínimo 50 puntos

La puntuación obtenida por cada licitador (Pi) se obtendrá de la siguiente forma:

Page 58: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Donde:

Baja de cada uno de los licitadores. Medida en % con relación al presupuesto de licitación.

Baja media de todas las ofertas. Medida en % con relación al presupuesto de

licitación.

Puntos obtenidos por el licitador.

Puntos que se otorgan a la , 37 puntos.

= Puntuación del criterio económico, mínimo 50 puntos.

= Baja de la oferta más barata. Medida en % con relación al presupuesto de licitación.

Procedimiento:

a) Se calculará el porcentaje de baja media ( ) de todas las ofertas.

b) Se calcularán los porcentajes de baja de cada una de las ofertas ( ).

c) La oferta más barata ( ) obtendrá el máximo de puntos asignado al criterioeconómico ( ).

d) La media de las ofertas ( ) obtendrá 37 puntos ( ).

e) En el caso de que todas las ofertas fueran al tipo de licitación, la puntación de todasellas será igual a la puntuación máxima del criterio económico ( ).

f) La puntuación de cada una de las ofertas se calculará aplicando las fórmulas indicadasanteriormente, distinguiendo las ofertas ( ) por debajo de la baja media ( ), de

aquellas otras que la superen o igualen.

Fórmula C: Mínimo 52 puntos

Para determinar la puntuación económica de una oferta (PE) se procederá del siguiente modo:

En función de la proposición económica, las ofertas se puntuarán entre 0 y 52 puntos de acuerdo con los criterios que a continuación se indican:

PE= 50 + 2 * e ie B B B*0,80para *2,0

)*8,0(

e

ei

B

BB

PE= 46 +4 * e ie B*0,80 B B*0,55para *25,0

)*55,0(

e

ei

B

BB

Page 59: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

PE= 46 * e i B*0,55 B 0 para *55,0

e

i

B

B

Siendo:

PE = Puntuación económica, mínimo 52 puntos.

Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (I.V.A. excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (I.V.A. excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de licitación (I.V.A. excluido).

Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas, no teniendo en cuenta las ofertas que se declaren anormales o desproporcionadas que quedan excluidas de la clasificación de acuerdo con el artículo 151 del TRLCSP.

(en el supuesto de incrementar el número de puntos asignados a la valoración de la oferta económica, deberánreajustarse los cálculos respetando la proporción de la fórmula)

2. Otros criterios de adjudicación de valoración automática:

-

-

7.1.2 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR:

-

-

7.1.3 ADMISIÓN DE MEJORAS: SI NO

7.2- DESPROPORCIONALIDAD O ANORMALIDAD

Si una oferta económica, resulta incursa en presunción de anormalidad por su bajo importe, la Mesade contratación recabará información necesaria para que el órgano de contratación pueda estar endisposición de determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con laprestación y por ello debe ser rechazada o si, por el contrario, la citada oferta no resultaanormalmente baja y, por ello, debe ser tomada en consideración para adjudicar el contrato. Paraello, la Mesa de contratación solicitará al licitador que justifique la valoración de la oferta y preciselas condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita elprocedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condicionesexcepcionales favorables de que disponga para ejecutar la prestación o la posible obtención de unaayuda de Estado. El licitador deberá justificar expresamente que los productos o servicios que ofertahan sido elaborados respetando las disposiciones sociolaborales vigentes en la UE o en losconvenios internacionales suscritos por ésta cuando se trate de productos procedentes de tercerospaíses, así como, en la ejecución del contrato, el cumplimiento en relación con todos lostrabajadores que van a intervenir en dicha ejecución material, propios o aportados por subcontratas,de la normativa española en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en eltrabajo, incluida, en su caso, la derivada del convenio colectivo aplicable. El licitador dispondrá de

Page 60: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

un plazo máximo de 5 días hábiles, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentarsus justificaciones, por escrito.

Si transcurrido este plazo la Mesa de contratación no hubiera recibido dichas justificaciones, lopondrá en conocimiento del órgano de contratación y se considerará que la proposición no podrá sercumplida, por lo que la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento. Si, porel contrario, se reciben en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de contratación remitirá alórgano de contratación la documentación correspondiente para que éste pueda decidir la aceptacióno no de la oferta.

Se considerarán desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientessupuestos:

7.2.1 Aplicable a la fórmula A y B:

1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto de base de licitación en másde 25 unidades porcentuales.

2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a laotra oferta.

3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a lamedia aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dichamedia la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales adicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidadesporcentuales.

4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidadesporcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existenofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá alcálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. Entodo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobrelas tres ofertas de menor cuantía.

En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo de empresas, en la forma enque se define al grupo de empresas el artículo 42 del Código de Comercio, presentasen distintasproposiciones se tomará, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas anormales o con valoresdesproporcionados, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados delprocedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas a lasrestantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.

7.2.2 Aplicable a la fórmula C:

Se considerarán presuntamente anormales o desproporcionadas las ofertas en las que la baja delpresupuesto de ejecución ofertado (I.V.A. excluido) supere la baja media en más del umbral detemeridad (UT) establecido en el 5%, de la siguiente manera:

a) Para un número n de ofertas económicas admitidas menor de cinco (5):

Siendo:

BOj = Baja de la oferta.

OEj = PEOj = Oferta económica o presupuesto de ejecución ofertado (IVA excluido).

Page 61: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

UT = Umbral de temeridad establecido.

BM = Baja media de los presupuestos de ejecución ofertados, calculada de la siguiente manera, donde n es el número total de ofertas económicas admitidas de acuerdo con los requisitos de admisión del presente pliego.

b) Para un número n de ofertas económicas admitidas mayor o igual que cinco (5):

Si BOj>=BR+UT la oferta OEj es presuntamente anormal o desproporcionada.

Siendo:

BOj = Baja de la oferta.

OEj = PEOj = Oferta económica o presupuesto de ejecución ofertado (IVA excluido).

UT = Umbral de temeridad establecido.

BR = Baja de referencia de los presupuestos de ejecución ofertados, calculada de la siguiente manera:

o Se obtendrá para el número n de ofertas admitidas de acuerdo con los requisitos deadmisión del presente pliego:

Siendo:

BOj = Bajas de las ofertas económicas de los licitadores admitidos.

BM = Baja media de los presupuestos de ejecución ofertados:

n = Número total de ofertas económicas admitidas.

o De entre las mencionadas n ofertas, se seleccionarán aquellas n´ ofertas cuyas bajascumplan la condición:

o Se calculará el valor de la baja de referencia (BR) teniendo en cuenta exclusivamentelas n´ ofertas seleccionadas:

Siendo:

Page 62: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

BOj = Bajas de las ofertas económicas de los licitadores admitidos y seleccionados por cumplir la condición

n´ = Número total de ofertas económicas admitidas y seleccionadas por cumplir la condición

Si, conforme a los criterios anteriores, alguna oferta presentara valores anormales odesproporcionados, se estará a lo dispuesto en los apartados tercero y cuarto del artículo 152 delTRLCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato.

En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo de empresas, en la forma enque se define al grupo de empresas el artículo 42 del Código de Comercio, presentasen distintasproposiciones se tomará, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas anormales o con valoresdesproporcionados, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados delprocedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales o desproporcionadas a lasrestantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.

7.3.- ADMISIÓN DE VARIANTES: SI NO

(en caso afirmativo)

- Requisitos mínimos:

- Modalidades de presentación:

8.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación está compuesta por:

- Presidente.

- Secretario.

- Cuatro vocales (mínimo) entre ellos:

Un interventor de la Intervención General de la Junta de Extremadura.

Un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente elasesoramiento jurídico del órgano de contratación.

- Suplencias:

9.- GARANTÍA PROVISIONAL

- Procede: SI NO

- En su caso, justificación de la procedencia:

- Importe: _______ euros

- (en caso de división en lotes) Garantía provisional de los lotes:

Lote número Garantía provisional

Page 63: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Para constituir la garantía en efectivo, se indican los siguientes números de cuenta:

_______________________

10.- GARANTÍA DEFINITIVA

- Procede: SI NO

- Importe: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, I.V.A. excluido.

- En su caso, justificación de la improcedencia:

- Constitución mediante retención en el precio.

Se admite: SI NO

Forma y condiciones de la retención:

- (en caso de división en lotes) Garantía definitiva de los lotes:

Lote número Garantía definitiva

- Para constituir la garantía en efectivo, se indican los siguientes números de cuenta:

Caja General de Depósitos:

IBERCAJA, código IBAN ES28 2085.4511.97.0330776992

Sucursales de la Caja de Depósito:

Badajoz: Banco Caixa Geral IBAN ES 67 0130.8865.15.0121669479

Cáceres: Banco Caixa Geral IBAN ES 64 0130.8876.19.0121521056

11.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA (artículo 95.2 del TRLCSP)

- Procede: SI NO

- Porcentaje:

12.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

12.1.- Compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para laejecución del contrato:

En caso afirmativo señalar si:

- Obligación esencial a efectos del artículo 223 f) TRLCSP: SI NO

- Penalidades en caso de incumplimiento: SI NO

12.2.- Otros:_____________________________

Page 64: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

13.- PROGRAMA DE TRABAJO

- Obligación de presentar un programa de trabajo: SI NO

- Plazo de presentación:

14.- OTROS DOCUMENTOS

- A incluir en el SOBRE 1

Deben incluirse los documentos a los que hace referencia la cláusula 4.2 del pliego alseñalar los documentos a incluir en el Sobre 1. La documentación a incluir en el Sobre1, a la que se refiere la cláusula 4.2, en las letras A, B, D, F, G, I, K, N, Ñ, O y P deberásustituirse por la Declaración responsable del cumplimiento de las condicionesestablecidas legalmente para contratar con las Administraciones Públicas, según elmodelo del Anexo III, o el DEUC en el caso de expedientes sujetos a regulaciónarmonizada, en cuyo caso deberá presentarse también la declaración complementaria delAnexo VII.

Otra documentación a incluir en el Sobre 1: ___________________

- A incluir en el SOBRE 2

IMPORTANTE: En este sobre no se admitirá ningún dato que ponga de manifiestoinformación relevante sobre los criterios de adjudicación de valoración automática del Sobre3. De concurrir dicha circunstancia, la Mesa de contratación podrá determinar la exclusióndel licitador correspondiente.

Los documentos no excluyentes que puede presentar el licitador para ser valoradosconforme a los criterios recogidos en el punto 7.1.2 de este cuadro resumen decaracterísticas.

- A incluir en el SOBRE 3

Los documentos no excluyentes que puede presentar el licitador para ser valoradosconforme a los criterios recogidos en el punto 7.1.1 de este cuadro resumen decaracterísticas.

15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN

- Plazo de presentación de proposiciones:

- Plazo de adjudicación: Dos meses para efectuar la adjudicación a contar desde la apertura de lasproposiciones de conformidad con el artículo 161.2 del TRLCSP.

16.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN

- Plazo de ejecución total:

- Plazos de ejecución parciales:

- Plazo de recepción total:

Page 65: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Plazos de recepción parciales: SI NO

Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de:

17.- PENALIDADES Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN

17.1.- PENALIDADES:

- Por incumplimiento de plazos (artículo 212.4 del TRLCSP):

- Por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato (artículo 212.1 del TRLCSP):

- Por incumplimiento de compromiso de adscripción de medios (artículo 64.2 del TRLCSP):

- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 118.1 delTRLCSP):

- Por incumplimiento de las características de la oferta, vinculadas a los criterios deadjudicación (artículo 150.6 del TRLCSP):

17.2.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN:

18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO

En caso afirmativo:

- Condiciones en que podrán efectuarse:

- Alcance de las modificaciones:

- Porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar:

- Procedimiento para la modificación: el establecido en la cláusula 24 del presente Pliego.

19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

19.1.- CESIÓN

Procede: SI NO

19.2.- SUBCONTRATACIÓN

Procede: SI NO

Porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar:

Porcentaje que el contratista tendrá la obligación de subcontratar:

20.- RÉGIMEN DE PAGOS

- Forma de pago: _____________________________________________________

Page 66: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

El contratista deberá presentar la factura en el correspondiente registro administrativo,debiendo constar en la misma la identificación del órgano de contratación (órgano gestor), dela unidad tramitadora (órgano de destino) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida lafunción de contabilidad) con indicación de los correspondientes códigos, de acuerdo con el“Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3”, así como la dirección postal, conformese recoge en el apartado 2 de este cuadro resumen de características.

- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias (artículo 201 del RGLCAP):

Proceden: SI ٱ NO ٱ

(en caso afirmativo)

- Operaciones preparatorias susceptibles de abonos a cuenta:

- Exigencia de programas: SI ٱ NO ٱ

- Criterios y forma de valoración: ______________________

- Importe de la garantía: _____________________________

- Plan de amortización de los abonos a cuenta: ___________

21.- REVISIÓN DE PRECIOS

- Procede SI , en virtud de la Resolución de fecha ________

- Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 89 del TRLCSP.

- Índice oficial / Fórmula:

- Método o sistema para la aplicación del índice de revisión:

22.- POSIBILIDAD DE CELEBRAR CONTRATOS COMPLEMENTARIOS DEL ARTÍCULO171 b) DEL TRLCSP

(tener en cuenta el valor estimado del contrato)

23.- PLAZO DE GARANTÍA

24.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN

24.1.- Condiciones especiales de ejecución derivadas de la Resolución de 25 de febrero de 2016,de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, , DOE Nº 43, de 3 de marzo de 2016:

24.2.- La ejecución del contrato se sujetará, además, a las siguientes condiciones:

24.3.- El incumplimiento de estas condiciones tiene consideración de:

- Causa de resolución del contrato de acuerdo con los artículos 118.2 y 223 f) del TRLCSP.

- Infracción de acuerdo con los artículos 118 y 60.2 e) del TRLCSP.

Page 67: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Graduación: _________

25.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO (el incumplimiento de las mismas será causa de resolución del contrato conforme al TRLCSP):

- Compromiso de adscripción de medios (artículo 64.2 del TRLCSP):

Obligación esencial: SI ٱ NO ٱ

- Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 118.1 del TRLCSP):

Obligación esencial: SI ٱ NO ٱ

- Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 150.6 del TRLCSP):

Obligación esencial: SI ٱ NO ٱ

26.- OTRAS ESPECIFICACIONES

26. 1.- El adjudicatario, deberá cumplir, en caso de cofinanciarse la prestación con cargo al FondoEuropeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo o al Fondo de Cohesión y FondoEuropeo Agrícola de Desarrollo Rural, con las medidas de publicidad que exige la normativaeuropea Reglamento (CEE) nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 sobreactividades de información y publicidad y el Reglamento (CE) nº 1974/2006 de la Comisión, de 15de diciembre de 2006 o normativa que los sustituya.

26.2.- De conformidad con el artículo 75 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre será decuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios de licitaciónen el Boletín Oficial del Estado o en los respectivos diarios o boletines oficiales en los supuestos aque se refiere el artículo 142 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, almismo tiempo en el supuesto de que hubiera que hacerla en otros medios de difusión el importemáximo que soportará el adjudicatario será __________________

Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha deimposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de laoferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correoelectrónico.

A estos efectos el número de fax al que podrán enviar la documentación es ___________________

26.3.- Los datos personales facilitados por los licitadores serán tratados de conformidad con la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y Real Decreto1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

El otorgamiento voluntario de los datos personales necesarios para participar en el presenteprocedimiento implica el consentimiento del afectado para que (la Consejería, Organismo, Entidad, etc)________________________ los trate automáticamente con el fin de llevar a cabo la tramitaciónpropia de la contratación administrativa.

Los datos facilitados por el licitador que resulte adjudicatario podrán ser cedidos a la IntervenciónGeneral de la Junta de Extremadura y al Tribunal de Cuentas en su caso, sin perjuicio de que sepuedan ceder a otros órganos en virtud del control a que está sujeta la contratación administrativa,

Page 68: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

de conformidad con la legislación vigente y algunos de esos datos formarán parte del anuncio deadjudicación.

Asimismo se pone en conocimiento de los interesados la posibilidad de ejercitar los derechos deacceso, rectificación, cancelación y oposición en la siguiente dirección:

La documentación relativa al expediente puede ser descargada desde la Plataforma de Contratacióndel Sector Público.

26.4.- La persona candidata o licitadora podrá obtener en _________ la información relativa a lasdisposiciones vigentes en materia de ___________ aplicables a la ejecución del contrato además delas cláusulas adicionales en su caso previstas en los pliegos del contrato.

27.- RÉGIMEN DE RECURSOS (elimínese lo que no proceda)

27.1 Contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación: El presente pliego yel de prescripciones técnicas podrán ser recurridos potestativamente mediante el recurso especialdel artículo 40 del TRLCSP en el supuesto de contratos sujetos a regulación armonizada, cuyovalor estimado sea igual o superior al establecido en el articulo 14.1 del citado Texto refundido.

El recurso deberá interponerse en el registro del órgano de contratación o ante la Comisión Jurídicade Extremadura, de conformidad con el Decreto 3/2016, de 12 de enero, por el que se modifica elDecreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización yFuncionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura y el Decreto 261/2015, de 7 deagosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y AdministraciónPública (publicado en el D.O.E de 19 de enero de 2016), según lo que dispone el artículo 41 del TRLCSP .

La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP.

La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificandoel acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano decontratación en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso.

Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior deJusticia de Extremadura en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de sunotificación.

27.2. Contratos no susceptibles de recurso especial en materia de contratación: LasResoluciones y actos dictados por el órgano de contratación, incluyendo la aprobación delcontenido de este pliego no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratosno comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP, pondrán fin a la vía administrativa. Contra losmismos podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado apartir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante laJurisdicción Contencioso Administrativa.

28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO

Aspectos Contemplados: SI NO

- Inserción Laboral □ □

- Igualdad de Mujeres y Hombres □ □

Page 69: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

- Seguridad y Salud en el Trabajo □ □

- Mejora de las Condiciones Laborales □ □

- Criterios Éticos y de Comercio Justo en materia de

compra pública de alimentos o de protección del medio ambiente □ □

Apartados en los que se han Incluido: SI NO

- Objeto del Contrato □ □

- Especificaciones Técnicas □ □

- Criterios de Adjudicación □ □

- Condiciones Especiales de Ejecución □ □

Lugar y fecha

El/La Jefe/a del Servicio de

Fdo.

Page 70: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO II

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª. _______________________ con residencia en __________________ ( ________ ) calle_______________________ nº_____, DNI/NIE. nº __________ actuando en nombre propio (o enrepresentación de la empresa ____________________ con NIF nº ___________ y domicilio social en____________ ), y correspondiendo al anuncio publicado en el Diario/Boletín ___________________del día ____________________ e informado de las condiciones de contratación_________________ (objeto del contrato) con nº de expediente _______________, me comprometo allevar a cabo su ejecución por la cantidad de ___________________ (en cifras y letras), excluido elImpuesto sobre el Valor Añadido.

Esta cantidad se incrementará con _____ % en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, queasciende a un importe total de ____________________ €.

(en caso de licitación por lotes, debe cumplimentarse un modelo por cada lote al que se licite)

Lote número Base imponible IVA Importe total de la oferta

Todo ello de acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares cuyocontenido conozco y acepto sin reservas, y en particular enterado de las obligaciones sobreprotección del medio ambiente, protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención deriesgos laborales contenidas en la normativa vigente, en materia laboral, de seguridad social, deintegración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, sin que laoferta realizada pueda justificar una causa económica, organizativa, técnica o de producción paramodificar las citadas obligaciones, comprometiéndose a acreditar el cumplimiento de la referidaobligación ante el órgano de contratación, cuando sea requerido para ello, en cualquier momentodurante la vigencia del contrato.

En _______________, a __ de __________ de ___________ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)

Page 71: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO III

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONESESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LAS ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

(a incorporar en el sobre 1 sustituyendo la documentación de capacidad y solvencia)

D./Dª. __________________________________________ , con DNI/NIE nº ____________, ennombre propio o en representación de la empresa _______________________________________,con NIF nº ___________, con poder bastante para ello y a efectos de acreditar el cumplimiento delos requisitos exigidos por la vigente legislación de contratos administrativos

D E C L A R A

Primero: Que el que suscribe, y/o la empresa a la que representa, tienen personalidad jurídica yplena capacidad de obrar para suscribir el presente contrato.

Que el ámbito de actividad, fines y objeto de la persona jurídica que concurre a este procedimientoy que constan en sus estatutos o reglas fundacionales comprende las prestaciones del presentecontrato.

Segundo: En caso de ser empresario no español de Estado miembro de la Unión Europea, signatariodel acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, la empresa a la que represento está inscrita en losregistros o dispone de las certificaciones contenidas en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas.

En caso de ser empresario extranjero no comprendido en el párrafo anterior, la empresa a la querepresento dispone a fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones del informe ydemás requisitos a que se refiere la letra Q de la Cláusula 4.2 del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares del presente contrato.

Tercero: Que dispone de los requisitos exigidos en el apartado 5 del cuadro resumen:

Solvencia económica y financiera: (marcar)

Solvencia técnica o profesional: (marcar)

O, en su caso, de la Clasificación especificada en el apartado 5 del cuadro resumen:

GRUPO: ____ SUBGRUPO: __y __ CATEGORÍA: ____

GRUPO: ____ SUBGRUPO: __y __ CATEGORÍA: ____

Cuarto: Que el que suscribe, la empresa a que representa, y sus administradores y/o representantes,no se hallan comprendido/as, en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad, oprohibición para contratar, previstas en los artículos 56 y 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

Page 72: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Público.

En particular, ni la empresa ni sus administradores y/o representantes han sido sancionados concarácter firme por infracción grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, concretamentepor el incumplimiento del artículo 42.1. del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas condiscapacidad y de su inclusión social.

Quinto: Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la HaciendaEstatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con la Seguridad Social.

SI □ Autorizo a la Administración a recabar de oficio los certificados acreditativos delcumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y de laComunidad Autónoma de Extremadura y con la Seguridad Social.

NO □

Sexto: Que ni la persona física, o en su caso, los administradores y/o representantes de la empresase hallan incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad y/o conflicto de interesesprevistos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos delGobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ni en ninguna de lascircunstancias previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Séptimo: Que respecto al cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas condiscapacidad (indicar a, b ó c):

a) Que la empresa a la que represento cumple con las obligaciones impuestas por el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social de tener empleados trabajadores discapacitados en un porcentaje igual o superior al dos por ciento de la plantilla de la empresa. Siendo la plantilla de la empresa de ____ trabajadores y el de trabajadores con discapacidad de ____ .

b) Que la empresa ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas en lo referente a loseñalado en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el RD 364/2005, de 8 de abril.

c) Que la empresa a la que represento no está obligada por lo establecido en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por tener empleados a menos de 50 trabajadores en plantilla.

Y en relación con la igualdad efectiva de mujeres y hombres:

Que la empresa a la que represento tiene más de doscientos cincuenta personas trabajadoras:

SI ٱ NO ٱ

En caso afirmativo, declara que dispone del Plan de Igualdad previsto en el artículo 45 de la LeyOrgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Page 73: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Octavo: Que en materia de seguridad y salud laboral:

La empresa cumple, en materia de prevención, con la normativa vigente.

Los trabajadores de la empresa han recibido formación e información en materia de prevención deriesgos laborales para el desarrollo de las actividades contratadas.

Los trabajadores de la empresa han recibido los equipos de protección individual necesarios y quehan sido informados de las condiciones de uso y de la obligatoriedad de su empleo.

Los trabajadores de la empresa son aptos en materia de vigilancia de la salud (artículo 22 de la Ley31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) para las actividades contratadas.

La conformidad de los equipos de trabajo que vayan a utilizarse en las obras contratadas a lanormativa de aplicación.

Aportará la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a laactividad contratada, incluyendo específicamente los riesgos que pudieran ocasionarse tanto atrabajadores de la Junta de Extremadura como a terceros, así como las medidas preventivas paraevitarlos y entrega con carácter previo al inicio de los mismos, copia al centro donde se desarrollenlas obras contratadas.

Actualizará toda la información anterior cuando se produzcan cambios en las actividadescontratadas u otros cambios que sean relevantes a efectos preventivos.

En el caso de subcontrata de obras exigirá a las empresas subcontratistas la acreditación de losanteriores términos para su entrega a la Junta de Extremadura.

Noveno: Que el correo electrónico a efectos de comunicaciones es elsiguiente:__________________________________________

Décimo: En el caso de ser empresa extranjera, la empresa a la que represento se somete a lajurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidenciasque de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero extranjero que lepudiera corresponder.

Undécimo: Que la empresa a la que representa: (indicar a ó b)

a) No pertenece a ningún grupo de empresas.

b) Pertenece al grupo de empresas denominado: ___________ compuesto por las siguientes empresas (indicar todas las empresas del grupo).

En este último caso deberá indicar:

No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de lossupuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.

Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de lossupuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas).

Duodécimo: Que de los documentos y datos presentados se consideran de carácter confidencial losque a continuación se relacionan:

-

-

Page 74: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

Por los siguientes motivos:

-

-

(en el caso de no indicarse nada en este apartado se considerará que ningún documento presentado se considera decarácter confidencial por el licitador)

Decimotercero: Que la empresa cumple los requisitos legales exigidos para que le sea aplicable la preferencia en la adjudicación, en caso de empate: SI NO

(en caso afirmativo, indicar cual de las tres opciones cumple)

empresa con más de un 2 % de trabajadores con discapacidad.

- Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %

empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.

empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15/2010, de 9 de diciembre.

(en el caso de no indicarse nada en este apartado se considerará que no concurren en la empresa los requisitos legalesexigidos para que le sea aplicable la preferencia en la adjudicación)

Decimocuarto: Que la empresa a la que represento es una PYME: SI ٱ NO ٱ

(La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por empresas que ocupan amenos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance generalanual no excede de 43 millones de euros)

En _______________, a __ de __________ de _____ _____ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)

Page 75: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO IV

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN ELREGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

(declaración de presentación obligatoria junto con la certificación de inscripción registral)

D./Dª_______________________________con DNI/NIE nº________________en nombre propio oen representación de la empresa__________________________ con NIF nº ________ , inscrita enel Registro de Licitadores con el número________________________en calidadde__________________________, al objeto de participar en la contratacióndenominada__________________________________convocada por ___________________ deacuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Decreto 16/2016, de 1 de marzo, por el que seregula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, asícomo del Registro Oficial de Licitadores y del Registro de Contratos de la Comunidad Autónomade Extremadura, declara bajo su personal responsabilidad:

A- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la ComunidadAutónoma de Extremadura no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que secorresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración.

B- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a:

1.

2.

3.

4.

han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presentedeclaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha_________________conforme a lo establecido en el artículo 23.5 del Decreto 16/2016, de 1 demarzo, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de lacertificación del Registro.

En _______________, a __ de __________ de _________ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)

Page 76: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO V

COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS

Todos los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su casoclasificación, deberán acreditar el compromiso de adscripción de los siguientes medios, a efectos dela admisión en el procedimiento de adjudicación del contrato.

D./Dª. ___________________________________________________________ , con DNI/NIE nº_________________ en nombre propio o en representación de la empresa _____________________con NIF nº _________ , adquiere los siguientes compromisos de adscripción de medios para laejecución del contrato:

1.- Compromiso de adscripción de medios personales:

.

.

.

2.- Compromiso de adscripción de medios materiales:

.

.

.

Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato quese firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo derealización de esta obra. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimientopodrá ser causa de Resolución del contrato (artículo 223 f) del TRLCSP) y/o Imposición de penalidades según ANEXO I (artículo212.1 del TRLCSP).

En _______________, a __ de __________ de ___________ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)

Page 77: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO VI

DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL DEEMPRESAS

D./Dª. ____________________, mayor de edad y con DNI/NIE nº __________, en nombre propio oen representación de la empresa ____________________, con domicilio social en______________________, y NIF nº__________________ en calidad de___________________,bajo su personal responsabilidad.

D./Dª. ____________________, mayor de edad y con DNI/NIE nº __________, en nombre propio oen representación de la empresa ____________________, con domicilio social en______________________, y NIF nº__________________ en calidad de___________________,bajo su personal responsabilidad.

Se comprometen a constituir una unión temporal de empresarias y/o empresarios, de conformidadcon lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos departicipar en la licitación para la contratación del expediente (indicar expediente).

En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la citadaunión. La participación en la unión temporal, de cada miembro es la que sigue:

___________________ XX%.

___________________ XX%.

Como persona representante de la citada unión se nombra a __________________________

En _______________, a __ de __________ de ___________ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)

(FIRMA DE CADA MIEMBRO DE LA UTE)

Page 78: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

ANEXO VII

DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA AL DEUC

(declaración a cumplimentar por los licitadores sólo en el caso de presentar el DEUC)

D./Dª. __________________________________________ , con DNI/NIE nº ____________, ennombre propio o en representación de la empresa _______________________________________con NIF nº ___________, con poder bastante para ello y a efectos de acreditar el cumplimiento delos requisitos exigidos por la vigente legislación de contratos administrativos

D E C L A R A

Primero: Que ni la persona física, o en su caso, los administradores y/o representantes de laempresa se hallan incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad y/o conflicto deintereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargospúblicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ni enninguna de las circunstancias previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico.

Segundo: Que respecto al cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas condiscapacidad (indicar a, b ó c):

a) Que la empresa a la que represento cumple con las obligaciones impuestas por el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social de tener empleados trabajadores discapacitados en un porcentaje igual o superior al dos por ciento de la plantilla de la empresa. Siendo la plantilla de la empresa de ____ trabajadores y el de trabajadores con discapacidad de ____ .

b) Que la empresa ha optado por el cumplimiento de las medidas alternativas en lo referente a loseñalado en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el RD 364/2005, de 8 de abril.

c) Que la empresa a la que represento no está obligada por lo establecido en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por tener empleados a menos de 50 trabajadores en plantilla.

Y en relación con la igualdad efectiva de mujeres y hombres:

Que la empresa a la que represento tiene más de doscientos cincuenta personas trabajadoras:

SI ٱ NO ٱ

En caso afirmativo, declara que dispone del Plan de Igualdad previsto en el artículo 45 de la LeyOrgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tercero: Que en materia de seguridad y salud laboral:

Page 79: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

La empresa cumple, en materia de prevención, con la normativa vigente.

Los trabajadores de la empresa han recibido formación e información en materia de prevención deriesgos laborales para el desarrollo de las actividades contratadas.

Los trabajadores de la empresa han recibido los equipos de protección individual necesarios y quehan sido informados de las condiciones de uso y de la obligatoriedad de su empleo.

Los trabajadores de la empresa son aptos en materia de vigilancia de la salud (artículo 22 de la Ley31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) para las actividades contratadas.

La conformidad de los equipos de trabajo que vayan a utilizarse en las obras contratadas a lanormativa de aplicación.

Aportará la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a laactividad contratada, incluyendo específicamente los riesgos que pudieran ocasionarse tanto atrabajadores de la Junta de Extremadura como a terceros, así como las medidas preventivas paraevitarlos y entrega con carácter previo al inicio de los mismos, copia al centro donde se desarrollenlas obras contratadas.

Actualizará toda la información anterior cuando se produzcan cambios en las actividadescontratadas u otros cambios que sean relevantes a efectos preventivos.

En el caso de subcontrata de obras exigirá a las empresas subcontratistas la acreditación de losanteriores términos para su entrega a la Junta de Extremadura.

Cuarto: En el caso de ser empresa extranjera, la empresa a la que represento se somete a lajurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidenciasque de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero extranjero que lepudiera corresponder.

Quinto: Que la empresa a la que representa: (indicar a ó b)

a) No pertenece a ningún grupo de empresas.

b) Pertenece al grupo de empresas denominado: ___________ compuesto por las siguientes empresas (indicar todas las empresas del grupo).

En este último caso deberá indicar:

No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de lossupuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.

Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de lossupuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas).

Sexto: Que de los documentos y datos presentados se consideran de carácter confidencial los que acontinuación se relacionan:

-

-

-

Por los siguientes motivos:

-

Page 80: MODELO DE PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS …€¦ · de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Real Decreto Legislativo

-

-

(en el caso de no indicarse nada en este apartado se considerará que ningún documento presentado se considera decarácter confidencial por el licitador)

En _______________, a __ de __________ de ___________ (emitida dentro del plazo de presentación deofertas)(firma del declarante)