PAU Hôpital F. Mitterrand vers PAU Gare de Pau par PAU Bosquet
MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PAU-3...Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito...
Transcript of MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PAU-3...Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito...
MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PAU-3 “PERALES DEL RÍO”: ÁMBITO “ED2”, DEL
TÉRMINO MUNICIPAL DE GETAFE (MADRID)
Documento Inicial Estratégico
Julio de 2018
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico
MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PAU 3 “PERALES DEL RÍO”: ÁMBITO “ED2”, DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE GETAFE (MADRID)
Equipo redactor:
Pablo Álvarez Guillen Ingeniero Agrónomo Luis Miguel Martín Enjuto Biólogo Reyes de Juan Grau Geógrafa Andrés López-Cotarelo García de Diego Ingeniero de Montes Luis Martín Hernández
Ingeniero de Telecomunicaciones Julio. 2018
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico
INDICE
1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN ...................................................................... 1
2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN ............................................................. 5
3. ALCANCE DE LA MODIFICACIÓN Y DE SUS ALTERNATIVAS ............................ 6
3.1. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN ......................................... 6
3.2. FORMULACIÓN DE ALTERNATIVAS .............................................................. 7
4. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN ........................................... 10
5. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES ............................................................. 11
6. INCIDENCIAS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y
TERRITORIALES CONCURRENTES .................................................................... 29
6.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA ....................................................... 30
6.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE ................................................................ 32
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 1
1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
El ámbito de estudio se localiza en el término municipal de Getafe, el cual se sitúa al sur de
Madrid, limitando al norte con el término de Madrid, al este con Rivas Vaciamadrid, al sureste
con San Martín de Valdeiglesias, al sur con Pinto, al suroeste con Fuenlabrada y, finalmente
al oeste con Leganés.
Localización del término municipal de Getafe y el ámbito ED2. Fuente IDE Comunidad de Madrid. Escala.
1:100.000.
El ámbito ED2 forma parte del sector PAU 3 “Perales del Río” situado al norte del municipio
de Getafe. Se trata de un suelo urbanizable sectorizado incorporado, según el Plan General
de Ordenación Urbana del municipio de Getafe vigente (2003).
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 2
Localización del ámbito ED2. Fuente IDE Comunidad de Madrid. Escala. 1:25.000.
Localización del ámbito ED2
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 3
El PAU 3 se encuentra ya urbanizado en su mayoría, tratándose de un sector bastante
consolidado. Sin embargo, el desarrollo del ámbito ED2 se ha visto afectado entre otros por
las expropiaciones para las ampliaciones de las infraestructuras del AVE y de la carretera M-
50 y por el desvío de la carretera M-301 y por la ejecución de un nuevo viario general de
acceso a Getafe.
Fotografía aérea del ámbito ED2. Fuente IDE Comunidad de Madrid. Escala. 1:10.000.
Ante esta situación se habrá de modificar el planeamiento, ya que en la actualidad sería
imposible materializar la ordenación vigente. Las expropiaciones afectan además a los
sistemas generales de viario, que habrán de ser redefinidos para asegurar las conexiones del
ámbito. Se habrán de modificar por tanto determinaciones estructurantes del planeamiento y
la figura a utilizar debe ser la de planeamiento general.
La evaluación de planes y programas en la Comunidad de Madrid, que ya se contemplaba en
la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental, se ha visto modificada por la
Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas en la que se remite a la aplicación de la normativa básica estatal, en tanto que
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 4
se apruebe una nueva legislación autonómica en la materia, es decir, a la aplicación de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Dentro de este contexto normativo, en relación al planeamiento urbanístico, la Ley 4/2014
contempla las siguientes particularidades:
La evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento previstos en el artículo 34 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se realizará de acuerdo con
las siguientes reglas:
…los instrumentos de planeamiento a los que sea de aplicación el artículo 6, apartado 1 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se someterán a evaluación
ambiental estratégica ordinaria.
…En el caso de los instrumentos de planeamiento urbanístico sometidos a evaluación
ambiental estratégica ordinaria que cuenten con avance, el documento inicial estratégico
formará parte de su contenido sustantivo. El avance tendrá la consideración de borrador del
plan, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental (Consultas a las Administraciones públicas afectadas).
La citada Ley 21/2013 establece que el documento inicial estratégico que contendrá, al
menos, la siguiente información (Artículo 18.1):
• Objetivos de la planificación.
• Alcance y contenido del Plan General propuesto y de sus alternativas razonables,
técnica y ambientalmente viables.
• Desarrollo previsible de la planificación programada.
• Efectos ambientales potenciales, tomando en consideración el cambio climático.
• Incidencias previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
Dentro de este contexto, el Documento Inicial Estratégico que acompaña al Documento
Urbanístico tiene como finalidad servir de soporte para dar a conocer a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas, tanto su potencialidad para la integración de
las consideraciones medioambientales, con el objeto de promover el desarrollo sostenible,
como sus posibles repercusiones ambientales y la oportunidad de incorporar criterios de
sostenibilidad.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 5
2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN
La Modificación Puntual del PAU 3 “Perales del Río”: Ámbito “ED2”, del término municipal de
Getafe (Madrid), en adelante, indistintamente, la Modificación Puntual o la Modificación, tiene
como objetivo fundamental redefinir los sistemas generales de viario, para asegurar las
conexiones al ámbito, y modificar por tanto determinaciones estructurantes del planeamiento.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 6
3. ALCANCE DE LA MODIFICACIÓN Y DE SUS ALTERNATIVAS
3.1. ALCANCE Y CONTENIDO DE LA MODIFICACIÓN
Los terrenos objeto de la Modificación son clasificados por la revisión del Plan General de
Getafe de 2004 como SUELO URBANIZABLE INCORPORADO.
El régimen de esta clase de suelo está regulado en la sección 4 del Capítulo 2 del Título IV,
artículos 70 al 73, de las Normas Urbanísticas del Plan General, según las cuales “el régimen
urbanístico del Suelo Urbanizable Incorporado será el derivado de las determinaciones
contenidas en los correspondientes Planes aprobados con anterioridad a la Revisión del Plan
General”.
De manera general se procede a una reordenación de la zona afectada por las nuevas
infraestructuras, manteniendo las determinaciones estructurantes del planeamiento vigente,
el Plan General, el PAU 3, y el Plan Parcial que lo desarrolla pormenorizadamente.
La Modificación propuesta respeta en lo posible las determinaciones estructurantes
establecidas por el planeamiento previo:
• Delimitación del ámbito. La modificación propuesta no afecta a la delimitación del
PAU original, en cuyo límite se inscribe si bien afecta sólo a una superficie de
234.733m² de los 1.150.000m² del sector completo.
• Aprovechamiento y Edificabilidad del sector. La modificación no aumenta el
aprovechamiento ni la edificabilidad del sector.
• Redes generales y supramunicipales. La aparición de nuevas infraestructuras
ferroviarias y de carreteras modifica el sistema de redes generales y supramunicipales
del ámbito, que ve aumentada su superficie. No se disminuye la red general de
espacios libres.
En consecuencia, se modifica la ordenación pormenorizada en la zona afectada por las
nuevas infraestructuras. En este sentido, la Modificación afecta tanto a los usos lucrativos
como a las redes locales de equipamiento y zonas verdes, pero se mantiene el número de
viviendas del planeamiento vigente.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 7
3.2. FORMULACIÓN DE ALTERNATIVAS
Se han analizado diversas alternativas de planeamiento. De manera general, todas ellas
recogen las afecciones de las infraestructuras de las dos líneas del AVE y de la M-50,
reordenando la zona restante, pero manteniendo el aprovechamiento y los usos establecidos
por el planeamiento vigente:
Alternativa 1: crearía una nueva ordenanza residencial libre colectiva Zona C “bloque en
altura” que permitiese recurrir a una tipología edificatoria de cierta altura, la cual se situaría en
el entorno de las 10 plantas.
Alternativa 2: asigna a las parcelas residenciales la ordenanza zona B “residencial colectiva”
del resto del PAU, que supone un bloque abierto en 4 plantas (baja + 3 o 13m), ya que se
considera una tipología edificatoria más lógica en una zona periférica del municipio y acorde
al de las edificaciones cercanas.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 8
Alternativa 3: recoge la ordenación prevista en la alternativa 2 pero introduciendo una franja
de protección acústica al Sur del ámbito. La proximidad de la carretera M-50 genera unos
índices de ruido de cierta significación que se resuelven mediante un caballón de tierras de
30m de ancho por 5 m de altura.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 9
Las principales analogía y diferencias existentes entre las tres alternativas planteadas se
recogen en la siguiente tabla:
ALTERNATIVA 1 ALTERNATIVA 2 ALTERNATIVA 3
Se mantiene el número de viviendas y la edificabilidad total del ámbito.
Se mantiene el número de viviendas y la edificabilidad total del ámbito.
Se mantiene el número de viviendas y la edificabilidad total del ámbito.
Se cumplen ampliamente los Estándares de cesión de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid.
Se cumplen ampliamente los Estándares de cesión de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid.
Se cumplen ampliamente los Estándares de cesión de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid.
No se disminuyen las zonas verdes ni los equipamientos. Se mantienen los 48.738m² de cesiones locales dentro de la parcela ED2. La zona Sur del ámbito se reserva para dos grandes parcelas de equipamiento local de 18.083m² de suelo y zona verde local de 15.068m² de suelo.
No se disminuyen las zonas verdes ni los equipamientos. La cesión para equipamiento local alcanza los 18.041m², superando las necesidades estrictas de nuestro ámbito de actuación. La cesión para zonas verdes locales alcanza los 15.726m² y la cesión para viario local los 9.378m².
No se disminuyen las zonas verdes ni los equipamientos. La cesión para equipamiento local alcanza los 18.041m², superando las necesidades estrictas de nuestro ámbito de actuación. La cesión para zonas verdes locales alcanza los 11.182m² y la cesión para viario local los 8.573m².
Se mantiene la actual sección de la vía-parque al Norte del ámbito y se plantea en la zona de la antigua ED2 un único viario central en fondo de saco que dará acceso a las nuevas parcelas de equipamiento y residenciales.
Desaparece la calificación como Vía Parque delimitando las parcelas concretas calificadas como zona verde y viario y se plantea en la zona de la antigua ED2 un viario en forma de U que dará dos accesos a la zona desde la Vía Parque.
Desaparece la calificación como Vía Parque delimitando las parcelas concretas calificadas como zona verde y viario y se plantea en la zona de la antigua ED2 un viario en forma de U que dará dos accesos a la zona desde la Vía Parque.
Se crea una nueva ordenanza residencial libre colectiva Zona C “bloque en altura”. Al verse muy disminuida la superficie de las parcelas residenciales, por causa de las expropiaciones, será necesario crear una nueva ordenanza que permita recurrir a una tipología edificatoria de mayor altura, de en torno a 10 plantas.
La ordenanza existente “Zona B: Residencial colectiva”, de aplicación en el resto del sector incluye solamente los usos residenciales protegidos. Se crea un nuevo grado de la ordenanza Zona B grado 3 “residencial colectiva libre”, que mantiene las determinaciones del grado 1, la altura máxima de 4 plantas (B+3 ó 13 m) pero para el uso vivienda libre.
La ordenanza existente “Zona B: Residencial colectiva”, de aplicación en el resto del sector incluye solamente los usos residenciales protegidos. Se crea un nuevo grado de la ordenanza Zona B grado 3 “residencial colectiva libre”, que mantiene las determinaciones del grado 1, la altura máxima de 4 plantas (B+3 ó 13 m)) pero para el uso vivienda libre.
La parcela DPI mantiene inalteradas todas sus condiciones urbanísticas originales.
La parcela DPI se divide en dos. Una parte mantiene su calificación como dotacional privado y el resto se califica como equipamiento público.
La parcela DPI se divide en dos. Una parte mantiene su calificación como dotacional privado y el resto se califica como equipamiento público.
Se califican los suelos afectados por las infraestructuras del AVE y de la M50 como Red Supramunicipal de Protección Ferroviaria y Red Supramunicipal de Protección Carreteras respectivamente.
Se califican los suelos afectados por las infraestructuras del AVE y de la M50 como Red Supramunicipal de Protección Ferroviaria y Red Supramunicipal de Protección Carreteras respectivamente.
Se califican los suelos afectados por las infraestructuras del AVE y de la M50 como Red Supramunicipal de Protección Ferroviaria y Red Supramunicipal de Protección Carreteras respectivamente.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 10
4. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN
La Modificación Puntual se desarrollará en una única etapa por lo que su horizonte temporal
previsiblemente abarcaría el periodo de tiempo orientativo comprendido entre los años 2019
y 2021.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 11
5. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES
Como ya se ha señalado, en la fase de planificación en la que nos encontramos,
correspondiente a la fase de Avance, que tiene la consideración de borrador del plan, se han
definido los objetivos de la planificación y se proponen las principales directrices o medidas
que se deben poner en práctica para su consecución.
Se debe subrayar que el propio proceso de evaluación ambiental que ahora comienza lleva
aparejado una cierta dosis de incertidumbre en relación con el resultado final, en la medida
de que uno de sus principales objetivos es la formalización de un marco operativo de
participación pública que permita establecer consultas cuyos resultados han de ser valorados
en fases posteriores de este procedimiento, pudiendo modificar los posibles escenarios de
futuro.
En consecuencia, teniendo en cuenta tanto la naturaleza de esta planificación como el estado
inicial de la programación en el que nos encontramos, se ha optado por centrar el análisis de
los impactos dentro de un marco de previsibilidad conceptual, en el que se evalúe la potencial
afección de la Modificación tanto en relación al contenido de sus objetivos y de sus propuestas
como sobre cada una de las variables ambientales sobre las que esta podría interactuar.
✓ Calidad del aire y cambio climático
La incidencia de la Modificación sobre la contaminación atmosférica está relacionada con el
aumento de la circulación de vehículos a motor, ya que la implantación de usos habitacionales
en el ámbito espacial del “ED2” sería un elemento de atracción de tráfico en los viales del
propio ámbito y en las carreteras anexas que permiten el acceso al mismo. Además, la
implantación de edificaciones también puede generar un incremento de emisiones por fuentes
fijas como consecuencia de sistema de calefacción de los nuevos usos.
Es decir, como consecuencia del incremento de tráfico y de las emisiones de las fuentes fijas
en el ámbito se prevé un aumento de las emisiones de gases contaminantes, si bien, cabe
señalar que dado que el número total nuevas viviendas de limita a 480 nuevos hogares, se
considera que la afección a la calidad del aire por el incremento de contaminantes
atmosféricos (PM10, SO2, NO2, O3 y CO) y al cambio climático debido al aumento de las
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 12
emisiones de gases de efecto invernadero, es de signo negativo, de magnitud media,
permanente, no acumulativo, no sinérgico, de extensión media, de ponderación alta, no
reversible y con la posibilidad de aplicar medidas correctoras intensivas, por lo que la
valoración global de la afección resulta COMPATIBLE.
✓ Contaminación acústica
La fuente principal de caracterización de la situación actual del ruido ambiental en la zona de
estudio es el tráfico rodado: antigua carretera M-301, Autopista M-50 y líneas ferroviarias de
largo recorrido.
La antigua Carretera M-301, a su paso por el barrio de Perales del Río, ha visto cambiada su
funcionalidad, convirtiéndose en una vía urbana, al ser desviado el tráfico de paso que
circulaba por este enclave procedente o con destino a la zona de San Martín de la Vega por
la nueva variante, de cinco kilómetros de longitud, que además comunica las autopistas M-45
y M-50.
Para el análisis de la autopista de circunvalación de Madrid M-50, a su paso por la zona, se
partió del Mapa Estratégico de Ruido del Ministerio de Fomento.
Mapa Estratégico de Ruido de la Red de Carreteras del Estado. Ministerio de Fomento.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 13
Como se puede apreciar en la imagen, referida al periodo noche por ser el más restrictivo,
una parte del ámbito “ED2” previsiblemente podría estar afectado por niveles acústicos que
superan los niveles, objetivo aplicables a áreas urbanizadas existentes, con predominio de
suelo de uso residencial, fijados en 55 dB(A), en el Anexo II del Real Decreto 1367/2007, de
19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, del Ruido.
A este respecto también cabe señalar que la Declaración de Impacto Ambiental sobre el
estudio informativo de la M-50, tramo NII-NIV, de 9 de marzo de 2000, entre otra
consideraciones y determinaciones ya establece que “...el anteproyecto y el proyecto de
construcción… deberá cumplir de forma específica las siguientes condiciones:
2.Adecuación ambiental del trazado
d) Con objeto de disminuir la afección sobre el núcleo urbano de Perales y sobre el
planeamiento urbanístico, el falso túnel previsto para el paso de la M-301 se prolongará
en dirección sur, al menos, hasta el límite del suelo clasificado como urbanizable (punto
kilométrico 5,950).
6. Prevención acústica y atmosférica
c) El falso túnel de Perales del Río estará cubierto en sus laterales y techo por paredes
fonoabsorventes, en toda la longitud necesaria para evitar la elevación de los niveles sonoros
en las bocas. Asimismo el diseño de los sistemas de ventilación será tal que minimice la
afección acústica en la fase de funcionamiento.
e) En toda la variante M-301 y en los ramales del enlace de ésta con la M-50, de acuerdo con
lo exigido en la condición 2, así como en la boca sur del falso túnel, se construirá una
pantalla acústica opaca y absorvente, o un caballón de tierras, o una combinación de
ambos elementos, contínuos, que se extiendan por ambos márgenes de la autopista. El
criterio para definir la altura de esta protección será el cumplimiento de los objetivos de calidad
expresados en esta condición, tanto en el suelo urbano como en el urbanizable, y para un año
horizonte que sea, al menos, veinte años más del previsto para su puesta en funcionamiento”.
En este sentido, como se aprecia en la imagen, se debe tener en cuenta que el falso túnel de
la M-50 fue prolongado en dirección sur y también que se instaló una barrera acústica
consistente en un caballón de tierra construido de forma paralela a la misma:
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 14
Detalle de barrera acústica formada por un caballón de tierra paralelo a la M-50.
Abundando en la previsible incidencia acústica de la M-50, asimismo se debe resaltar que la
escala a la que se ha elaborado el citado Mapa Estratégico no permite utilizar una topografía
con el detalle suficiente para representar fielmente ni la morfología del terreno del ámbito de
actuación ni el caballón de tierras construido de forma paralela a dicha infraestructura, por lo
que se han de llevar a cabo los trabajos de restitución planimétrica que permitan verificar que
la Modificación se puede considerar viable desde el punto de vista acústico.
Asimismo, habrá que tener presente que dos líneas de trenes de larga distancia atraviesan el
ámbito de estudio, una con origen o destino en la Estación de Atocha y otra que comunica
diferentes capitales andaluzas con Barcelona, con un total de 110 circulaciones al día.
Por otra parte, el futuro tráfico rodado al que darían lugar las 480 viviendas de la Modificación
no se considera de suficiente entidad como para alterar de manera significativa los valores
objetivo de los niveles acústicos. En consecuencia, teniendo en cuenta tanto el nivel acústico
de ruido de fondo existente como la escasa intensidad del tráfico debido a los nuevos
desarrollos programados, previsiblemente los niveles acústicos en el ámbito de estudio, con
respecto a los existentes antes de la Modificación, no se verían significativamente alterados.
De este modo, la afección se considera de signo negativo, de magnitud media, permanente,
no acumulativo, no sinérgico, de extensión baja, no reversible y con la posibilidad de aplicar
medidas correctoras intensivas, es decir, la valoración total de la afección es MODERADA.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 15
✓ Contaminación electromagnética
En la actualidad el ámbito de estudio se
encuentra afectado por la existencia de líneas
eléctricas que han ser modificadas para
alcanzar la compatibilidad con los usos
residenciales programados.
Por ello, la valoración de este indicador se
considera negativo, de magnitud baja,
permanente, no acumulativo, no sinérgico, de extensión baja, no reversible y con posibilidad
de medidas correctoras. La valoración total es COMPATIBLE.
✓ Calidad del suelo
Para analizar la calidad de los suelos en relación con la viabilidad de la implantación de los
usos residenciales que se proponen resulta imprescindible considerar los usos pasados
llevados a cabo en el ámbito.
Estado año 1956 Estado año 1975
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 16
Estado año 1991 Estado año 2001
Estado año 2010 Estado año 2017
Como se puede observar en las fotografías aéreas consultadas, en un principio, existía
únicamente una hacienda, el Caserío de Perales, y los aprovechamientos mayoritarios de la
zona eran los cultivos agrícolas de secano.
En los primeros años de la década de los noventa del siglo pasado, se constata que ya se ha
producido un crecimiento residencial entorno al Caserío, comienzan las obras de urbanización
en la parte noroeste y también se observa el inicio de las obras de la línea de ferrocarril. Este
periodo es muy febril en cuanto a la construcción de infraestructuras porque al final del mismo
ya se puede ver otra nueva línea de ferrocarril y una autovía, la conocida como M-50, y
también en lo que se refiere al incremento de las superficies residenciales.
Desde esas fechas hasta la actualidad únicamente cabe señalar como hito importante la
duplicación de la línea ferroviaria que discurre por la parte más occidental.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 17
En lo que se refiere específicamente a las parcelas objeto de la Modificación estas han tenido
siempre usos agrarios o simplemente el abandono de su cultivo a partir del cambio de siglo.
Por otra parte, el desarrollo de la Modificación que se propone no supondrá la ocupación de
suelos con interés para la Comunidad de Madrid, pues estos son de la asociación denominada
como fluvisoles en todo el ámbito con excepción de la parcela situada más al oeste que son
regosoles, asociaciones de suelos ampliamente representadas en toda la Comunidad. Por
otro lado, considerando su valor agrológico tampoco presenta una categoría de interés por la
administración autonómica puesto que todo el ámbito de estudio se incluye dentro de la clase
agrológica considerada como tierras con limitaciones severas que reducen la gama de cultivos
posibles y/o requieren especiales técnicas de manejo (3) y con subclase agrológica s (los
suelos tienen algunas características adversas en la zona de desarrollo radical) y c (con
condiciones climáticas desfavorables). En el caso de la parcela más occidental del ámbito se
ubica sobre clase agrológica 9 o zonas urbanas.
Por todo ello la valoración de este indicador se considera negativo, de magnitud baja,
permanente, no acumulativo, no sinérgico, de extensión baja, no reversible y sin posibilidad
de medida correctoras. La valoración total es COMPATIBLE.
✓ Hidrología y la calidad de las aguas
La zona de estudio pertenece a la cuenca de escorrentía del río Manzanares, pero en sus
terrenos no se localiza ningún tipo de cauce natural. Po lo cual, el planeamiento propuesto no
presenta ninguna afección al DPH de ninguno de los cauces existentes en el marco territorial
de la zona de estudio ni tampoco presenta ningún tipo de usos consuntivos.
El desarrollo de la red de saneamiento de aguas residuales del ámbito cumplirá las
determinaciones del PGOU, disposiciones municipales y las normas técnicas que respecto al
saneamiento tenga el organismo gestor de la red. Las actuaciones necesarias en la red de
saneamiento deberán ser aprobadas por los servicios técnicos del Canal de Isabel II Gestión.
En la actualidad no existen redes de aguas pluviales en el ámbito de actuación donde se
proyectan nuevos viales, únicamente en la antigua carretera M-301, existe un drenaje
mediante cunetas que vierten a terreno natural de las parcelas adyacentes.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 18
La existencia del falso túnel de la M-50, líneas del AVE Madrid – Sevilla y bypass Madrid –
Barcelona establecen los cruces de servicios. Desde el punto de vista de las aguas pluviales,
se tendrá en cuenta esta circunstancia de tal manera que, por un lado, se mantengan las
actuales cuencas y, por otro, se conduzcan las aguas pluviales sin necesidad de realizar
cruces de colectores de saneamiento sobre estas vías.
Por lo tanto, se contempla la existencia de tres cuencas que vienen marcadas por estas
carreteras.
• La Cuenca 1 se sitúa al este del ámbito, engloba las aguas pluviales que se generan
en la parte oeste de la carretera M-301, así como la urbanización situada al oeste de
la barrera producida por la M-50 donde se sitúa el punto más alto. Para esta cuenca
se precisa un nuevo punto de conexión en el colector existente que discurre en paralelo
al antiguo arroyo de los Frailes, al norte del “Caserío de Perales”, y que conduce las
aguas a la EDAR Sur donde se gestiona el vertido, tras un tratamiento previo, al rio
Manzanares. Esta solución es la que se produce en el resto del PAU-3 “Perales del
Rio”.
• La Cuenca 2 corresponde con la cuenca menor que actualmente recoge la zona
intermedia de la antigua carretera M-301 y que se encuentra en el tramo entre la M-50
y la línea del AVE, vertiendo las aguas a terrenos colindantes, tal y como actualmente
se produce. Únicamente se considera necesario mejorar la recogida de las aguas
mediante cunetas laterales y prolongación del drenaje transversal existente en el punto
bajo a consecuencia de la ampliación de la sección de la vía (aceras, carril bici, etc.).
• La Cuenca 3 se sitúa al este del ámbito de la ED2 y recogería las aguas del tramo
restante de la antigua carretera M-301 para conectar con el colector existente en la
glorieta de la calle Guadarrama.
En lo que a la gestión de las aguas residuales se refiere, cabe señalar que existe un colector
de 800 mm, que como ya se ha señalado discurre en paralelo al río Manzanares por el antiguo
arroyo de los Frailes, que conduce las aguas que se generan en el ámbito del PAU-3 “Perales
del Río” hasta la EDAR Sur, situada al sur del “Caserío de Perales”.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 19
Con todo ello, la afección a la calidad de las aguas como consecuencia de las aguas
recepcionadas por el sistema de saneamiento propuesto será de signo negativo, magnitud
media, permanente, no acumulativo, no sinérgico, de extensión baja, no reversible y con
posibilidad de medidas correctoras no intensivas. La valoración total es COMPATIBLE.
Por otro lado, la variación del índice de permeabilidad prácticamente no varía con respecto al
actual, dado que la superficie objeto de la planificación propuesta es muy reducida con
respecto al total de la cuenca a la que pertenece, por lo que se considera que la afección es
negativa, magnitud baja, permanente, no acumulativo, no sinérgico, de extensión baja, no
reversible y con posibilidad de medidas correctoras no intensivas. La valoración total es
COMPATIBLE.
✓ Vegetación y fauna
La zona de estudio no presenta ningún tipo de vegetación natural destacable con excepción
del predominio de la vegetación herbácea en las etapas de sustitución más degradadas con
algún ejemplar arbóreo disperso, o en las zonas ajardinadas existentes en las fachadas de
las parcelas.
Imagen de la vegetación existente en la parcela situada al este del pasillo de infraestructuras.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 20
Imagen de la vegetación existente en la parcela al oeste del pasillo de infraestructuras.
Con respecto a las comunidades faunísticas existentes en una zona urbana totalmente
afianzada, atravesada por infraestructuras de alta capacidad, estas se encuentran adaptadas
a la actividad humana y con un fuerte carácter ubiquista, en el que las diferentes especies
carecen de cualquier valor desde el punto de vista de la conservación, ya que no existe
ninguna especie singular que presente algún tipo de protección especial.
No obstante, si cabe recordar que en el Caserío de
Perales se encuentra la Iglesia de estilo barroco, de los
‘Santos niños Justo y Pastor’, mandada construir en el
siglo XVIII por el Marqués de Perales, y cuyos muros
resistieron los bombardeos de la Guerra Civil, que
albergó a una de las mayores colonias de cernícalos
primilla de la Comunidad de Madrid (Falco naumanni),
llegando a alcanzar las 90 parejas, si bien en la
actualidad, fundamentalmente debido a la compartimentación del territorio a causa de las
infraestructuras de transporte de alta capacidad introducidas en el entorno, la colonia cuenta
con muchos menos ejemplares, a pesar de los trabajos llevados a cabo por GREFA desde el
año 2002 para su reintroducción.
Por tanto, la afección que se espera sobre la vegetación o la fauna como consecuencia de la
ejecución de la Modificación previsiblemente será de signo negativo, de magnitud baja,
Iglesia de los “Santos Justo y Pastor”.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 21
permanente, no acumulativa, no sinérgica, de extensión baja, no reversible y con posibilidad
de medidas correctoras. La valoración total es COMPATIBLE.
✓ Espacios protegidos
El Parque Regional del Sureste se encuentra
separado del ámbito de la Modificación por la
carretera M-301. Respecto al ámbito espacial de la
planificación planteada, una parte de los terrenos del
Parque colindantes están clasificados como Zona G:
A ordenar por el planeamiento urbanístico, en los que
la normativa urbanística debe contemplar las
necesarias medidas para minimizar el impacto de
estos lugares en su entorno; y otra parte, como
Zonas B: De Reserva Natural, que han sido poco
modificadas o en las que la explotación actual de los recursos naturales ha potenciado la
existencia y desarrollo de formaciones naturales que merecen ser objeto de protección,
mantenimiento, restauración y mejora; la parte más occidental del territorio objeto de estudio
se encuentra más distante del Parque Regional.
Por otro lado, la Directiva Hábitat 92/43/CEE establece la declaración de Lugares de
Importancia Comunitaria (LICs), que después de establecer el instrumento de planificación en
Zonas de Especial Conservación (ZECs), que junto a las Zonas de Especial Protección para
las Aves (ZEPAs) conformará la Red Natura 2000. Así en las proximidades del ámbito de
estudio se localizan los siguientes espacios de la Red Natura:
• La Zona de Especial Conservación (ZEC) del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC)
de Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid, con Plan de Gestión aprobado
por el Decreto 104/2014, que coincide con los terrenos del Parque Regional
anteriormente descrito.
• La Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de Cortados y Cantiles de los
ríos Jarama y Manzanares, con la misma aprobación para su Plan de Gestión que el
anterior ZEC, situada al este del ámbito de estudio sobre terrenos del Parque Regional
y el ZEC anteriormente descritos.
Localización y zonificación del Parque Regional.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 22
Plano de localización de Espacios Naturales Protegidos y de la Red Natura 2000 en la zona de estudio. Base de
la imagen PNOA. Escala 1:5.000.
Por consiguiente, la afección que se espera sobre los espacios protegidos como consecuencia
de la ejecución de la Modificación previsiblemente será de signo negativo, de magnitud baja,
permanente, no acumulativa, no sinérgica, de extensión baja, no reversible y sin posibilidad
de medidas correctoras. La valoración total es COMPATIBLE.
✓ Patrimonio cultural
El límite norte del ámbito espacial de la Modificación y coincidente con el trazado de la
carretera M-301 discurre la Vereda del Camino de San Martin. En el extremo este de la
Modificación también discurre la Vereda de Leganés a Perales del Río.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 23
Vías pecuarias en la zona de estudio. Base de la imagen PNOA. Escala 1:5.000.
Respecto al patrimonio histórico lo único reseñable son los restos de la Iglesia de los ‘Santos
niños Justo y Pastor’, ubicada en el Caserío de Perales.
La afección previsible sobre el patrimonio cultural como consecuencia de la ejecución de la
Modificación previsiblemente será de signo negativo, de magnitud baja, permanente, no
acumulativa, no sinérgica, de extensión baja, no reversible y con posibilidad de medidas
correctoras. La valoración total es COMPATIBLE.
✓ Residuos
El servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos es llevado a cabo por la empresa LYMA
Getafe, que se encarga de realizar las siguientes recogidas: envases de plástico, metálicos y
bricks (contenedor amarillo), papel y cartón (contenedor azul), fracción resto (contenedor
verde) y enseres usados “puerta a puerta”. Además, cuenta con dos Puntos Limpios fijos y un
Punto Limpio móvil, que recorre todos los barrios del municipio en los horarios y puntos
prefijados, en el que los vecinos y vecinas pueden depositar los pequeños objetos en desuso,
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 24
generados en el hogar. El tratamiento de los residuos se lleva a cabo en la Mancomunidad
del Sur.
La actividad habitacional que propone la Modificación no producirá un aumento significativo
de producción de residuos, con relación al volumen de residuos generado por la población
total de Getafe, se entiende que el incremento generado por estos últimos carece de
significación, por lo que se prevé que el sistema de gestión de residuos de que dispone el
municipio es más que suficientemente capaz como para acoger los residuos generados.
En consecuencia, la afección previsible sobre el sistema de gestión de residuos del
Ayuntamiento de Getafe como consecuencia de la ejecución de la Modificación
previsiblemente será de signo negativo, de magnitud baja, permanente, no acumulativa, no
sinérgica, de extensión baja, no reversible y con posibilidad de medidas correctoras. La
valoración total es COMPATIBLE.
✓ Aspectos socioeconómicos
Según los datos publicados por el INE, a 1 de enero de 2016, el número de habitantes en
Getafe era de 176.659, de los cuales 8.760 habitantes eran residentes en el barrio de Perales
del Río. Este último, al igual que el resto del término municipal, desde el año 2000, ha venido
experimentando un crecimiento continuado de su número de habitantes como se aprecia en
el siguiente gráfico:
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 25
Evolución del número de habitantes en Perales del Río. Fuente Foro Ciudad.
En lo que se refiere a la posible incidencia sobre la estructura poblacional, se estima que el
incremento del parque de viviendas que se promueve difícilmente tendría repercusión sobre
la misma. En todo caso, podría darse un cierto rejuvenecimiento de la población debido a que
los nuevos residentes serán de edades más jóvenes que la población residente, aquejada en
buena medida de un cierto envejecimiento.
En cuanto a la influencia sobre el mercado de trabajo, parece poco discutible que el aumento
del número de residentes y la actividad económica llevaría asociado un incremento del
empleo. La cuantificación de este aumento depende de múltiples variables que no son
posibles determinar en este momento. No obstante, el incremento de la demanda de bienes,
consecuencia del aumento de la población residente, suele llevar asociada un buen nivel en
lo que a la generación de empleo se refiere.
En general se puede afirmar que la actividad residencial y comercial en el interior de las
ciudades contribuye de forma notable a la atracción de la actividad social y económica en
torno a sí misma. Las actividades planteadas contribuirían, al estar combinadas con los usos
residenciales y servicios dotacionales, a dar un importante empuje a la “vida” del barrio
Perales del Río, dinamizándolo y favoreciendo su cohesión social y económica. Igualmente
se incrementaría la calidad de vida de los residentes al poderles ofrecer nuevos servicios
comerciales y dotacionales de proximidad que acortan las distancias.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 26
En relación a los efectos positivos derivados de la ejecución e implantación de los nuevos
desarrollos cabe señalar que durante la fase de urbanización y edificación se crearán puestos
de trabajo, asociados al tiempo de ejecución de las obras de los futuros desarrollos. La
demanda de servicios durante la construcción de los desarrollos repercutirá de forma positiva
sobre la economía de las empresas suministradoras, y por consiguiente, sobre la
socioeconomía del área donde se encuentren asentadas.
Por todo ello, la afección previsible sobre el sistema socioeconómico del Ayuntamiento de
Getafe en general, y del Barrio de Perales del Río en particular, como consecuencia previsible
de la ejecución de la Modificación será de signo positivo, de magnitud media, permanente, no
acumulativa, no sinérgica, de extensión baja, no reversible y con posibilidad de medidas
correctoras. La valoración total es MODERADA.
✓ Valoración global
Una vez descritos individualmente los efectos ambientales por cada elemento del medio
considerado podemos determinar el grado de afección que pudiera producirse al medio
ambiente tanto en las acciones que alterarán la calidad del medio como de los recursos a
consumir para llevar a cabo el planeamiento previsto. En este sentido, la siguiente tabla refleja
el global de consumo de recursos:
RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA
AFECCIÓN
ATMOSFERA
Incremento de gases contaminantes
Según legislación vigente COMPATIBLE
Emisiones de gases invernadero per cápita
8,1 t GEI/habitante COMPATIBLE
MEDIO AMBIENTE SONORO
Incremento de niveles sonoros Según legislación vigente COMPATIBLE
Confort sonoro - MODERADO
MEDIO AMBIENTE ELECTRO-MAGNÉTICO
Presencia de líneas eléctricas Según legislación vigente COMPATIBLE
SUELOS Variación en la calidad agrológica de los suelos
- COMPATIBLE
SUELOS Presencia de contaminación Ausencia/presencia según decreto 9/2005
COMPATIBLE
HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
Incremento en los niveles de máxima avenida como consecuencia de la implantación de la Modificación.
Comparativa entre usos previstos por Plan General y la Modificación propuesta.
COMPATIBLE
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 27
RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA
AFECCIÓN
Calidad de las aguas superficiales
Según legislación vigente de cada parámetro considerado
COMPATIBLE
HIDROLOGÍA SUPERFICIAL
Afección de Dominio Público Hidráulico
Ausencia/presencia de afección al DPH
COMPATIBLE
Índice de permeabilidad Más del 70 % de la cuenca impermeabilizada
COMPATIBLE
HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
Calidad de las aguas subterráneas
Según legislación vigente de cada parámetro considerado
COMPATIBLE
VEGETACIÓN Y FAUNA
Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador
- COMPATIBLE
Especies protegidas Presencia/ausencia de especies protegidas
COMPATIBLE
ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
Superficies de áreas naturales protegidas afectadas
% de superficie con espacios naturales afectadas frente a superficie total
NO HAY AFECCIÓN
SOCIOECONOMÍA
Demanda de empleos Nº de trabajos directos indirectos por la urbanización
REDUCIDO
Porcentaje de afección vías pecuarias
0% COMPATIBLE
Densidad municipal de suelo residencial urbano
- MODERADO
Superficie áreas
verdes/habitante. Mínimo 10 m2/habitante REDUCIDO
Volumen de residuos % asumible por los
sistemas de gestión COMPATIBLE
Incremento de tráfico - COMPATIBLE
Afección aeronáutica - COMPATIBLE
Impactos negativos Impactos positivos Sin significación
Del análisis de las variables ambientales llevado a cabo en las páginas precedentes, las
cuales caracterizan el ámbito de la Modificación, se desprende que ninguna de ellas sufriría
afecciones significativas de carácter estratégico, en su función estructurante de la ordenación
urbana, y, en cualquier caso, estas serían compatibles con el cumplimiento de los objetivos
ambientales derivados del marco legislativo vigente y de la planificación concurrente.
De este modo hemos de concluir que la Modificación formulada, en los términos establecidos
en este Documento Inicial Estratégico, no tiene efectos significativos en el medio ambiente.
Finalmente, teniendo en cuenta las consideraciones anteriormente expuestas, a modo de
síntesis de la valoración global, se deben de resaltar las siguientes conclusiones:
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 28
• Se considera que, en conjunto, la Modificación se orienta a la satisfacción de las
necesidades habitacionales mediante la configuración y organización espacial de las
mismas en condiciones de desarrollo sostenible, suponiendo un impulso para la
estructuración local, perfectamente compatible con la protección del medio ambiente
en el entorno y el cumplimiento de los principales objetivos ambientales establecidos
por la legislación sectorial vigente.
• Abundando en lo arriba referido, cabría señalar que la Modificación no tiene efectos
significativos ni sobre la calidad medioambiental de su entorno ni sobre los recursos
naturales y, sin embargo, sí supone una significativa contribución a la satisfacción de
las necesidades sociales dentro de una organización espacial en condiciones de
desarrollo sostenible.
• Finalmente, se podría significar de nuevo que en actuaciones planificadas un ámbito
de reducidas dimensiones, sobre espacios muy antropizados, con suelos
urbanísticamente consolidados, y al mismo tiempo sin programar actuaciones
específicas con repercusiones ambientales relevantes, como la que nos ocupa, no se
producirían afecciones estratégicas significativas en el proceso de la planificación de
la ordenación y gestión territorial del espacio urbano desarrollado en un marco de
sostenibilidad.
No obstante, también conviene recordar que, dadas las características generales de la zona
de actuación, la implantación de nuevas edificaciones pudiera dar lugar a situaciones
puntuales que originen afecciones medioambientales, especialmente sobre la calidad
atmosférica, la concurrencia o la movilidad, el incremento de los volúmenes de agua residual
o alteraciones en el patrimonio histórico del municipio.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 29
6. INCIDENCIAS PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y
TERRITORIALES CONCURRENTES
En este apartado se pretende establecer las bases que definirán el modelo del desarrollo
sostenible. Para esto, es necesario formular el uso eficiente y racional de los recursos
naturales, impidiendo la degradación del capital natural; así como desarrollar políticas activas
de lucha contra el cambio climático.
En este contexto, se plantea la identificación y selección de los objetivos ambientales y los
principios de sostenibilidad emanados de dos ámbitos diferentes:
➢ Documentos normativos: Además de contener determinaciones que afectan a la
regulación de una determinada materia, suelen incluir una exposición de motivos o
un preámbulo en el que se recogen
toda una serie de objetivos de
protección ambiental.
➢ Planificación concurrente: La
planificación propuesta entra en
concurrencia con una paleta de
Planes y Programas, que además,
establecen aspectos que deberán de deberán de considerarse como referencia en
la definición de objetivos y criterios ambientales del proceso de evaluación
ambiental.
En consecuencia, el desarrollo de este esquema metodológico permitirá identificar y definir
los objetivos ambientales y territoriales y los principios de sostenibilidad que constituirán un
marco de referencia para la evaluación ambiental de la Modificación y, a la vez, posibilitarán
la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico.
OBJETIVOS AMBIENTALES
NORMATIVA
PLANIFICACIÓN CONCURRENT
E
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 30
6.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA
Una parte importante de la normativa referida tanto a la ordenación territorial como a los temas
medioambientales, además de incluir las determinaciones propias de la misma, suelen
formular en sus preámbulos o exposición de motivos toda una serie de principios, metas y
objetivos que sería deseable alcanzar.
Existe una amplia legislación comunitaria, estatal o autonómica que por su contenido puede
tener una incidencia relevante en relación a las diferentes variables ambientales que
intervienen en el proceso de esta evaluación ambiental estratégica, no obstante, para facilitar
la lectura de este documento, en este apartado se hace mención únicamente aquella
normativa cuya referencia se ha considerado más significativa por su trascendencia en la
Comunidad de Madrid:
• Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural (estatal)
• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (estatal)
• Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del aire y Protección de la Atmósfera
(estatal)
• Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio
ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) (estatal)
• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido (estatal)
• Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid
• Acuerdo de 18 de octubre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid
• Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
(estatal)
• Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid
• Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral
de Saneamiento
• Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección de Fauna y Flora Silvestres en la
Comunidad de Madrid
• Ley 7/1990, de 28 de junio, de protección de embalses y zonas húmedas de la
Comunidad Autónoma de Madrid
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 31
• Decreto 216/2003, de 16 de octubre, sobre la aplicación del sistema revisado de
Etiqueta Ecológica Comunitaria en la Comunidad de Madrid
• Decreto 25/2003, de 27 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la
aplicación en la Comunidad de Madrid del Reglamento (CE) 761/2001 del Parlamento
Europeo y del Consejo por el que se permite que las organizaciones se adhieran con
carácter voluntario a un Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales
(EMAS)
• Decreto 50/1999, de 8 de abril, por el que se aprueba el Plan Forestal de la Comunidad
de Madrid
• Orden 665/2014, de 3 de abril, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio, por la que se aprueba la Estrategia de calidad del aire y cambio climático de
la Comunidad de Madrid 2013-2020. Plan Azul+
• Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad
de Madrid.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 32
6.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE
La Modificación planteada concurre con un conjunto de instrumentos de planificación territorial
desarrollados por las distintas administraciones públicas en el ámbito de sus competencias.
Por ello, en este apartado se pretende hacer una evaluación de la interacción que se puede
producir entre los objetivos y los probables efectos de las acciones de cada uno de los planes
o estrategias sectoriales con el propio planeamiento estratégico propuesto en toda el área de
la Comunidad de Madrid.
El análisis de la planificación concurrente se ha organizado en tres bloques diferentes en
función del tipo de interacción que se establece. Así, el primer bloque incluye las estrategias
de planificación y ordenación territorial de ámbito general; un segundo bloque recoge aquellos
elementos planificadores cuyo objetivo último es ordenar el territorio adyacente al del
planeamiento urbanístico propuesto; mientras que el tercer bloque, agrupa a aquellos otros
planes de orden superior que pueden condicionar el desarrollo de la Modificación propuesta.
BLOQUE I. CONCURRENCIA CON LAS ESTRATEGIAS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL
DE ÁMBITO GENERAL
A. Sexto programa de acción de la Comunidad Europea
La Unión Europea es competente para actuar en todos los ámbitos de la política de
medio ambiente, como la contaminación del aire y el agua, la gestión de residuos y el
cambio climático (Artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea). Desde 1973 la Comisión viene formulando programas de acción
plurianuales en materia de medio ambiente, integrados en estrategias horizontales,
que fijan el marco de las acciones futuras en todos los ámbitos de la política de medio
ambiente de la Unión.
En este ámbito, destaca el Sexto programa de acción de la Comunidad Europea en
materia de medio ambiente, denominado “Medio ambiente 2010: el futuro está en
nuestras manos” (COM (2001) 31), que establece las prioridades y objetivos de la
política de medio ambiente europea hasta 2010 y con posterioridad a dicha fecha. En
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 33
este programa se prevé la adopción de siete estrategias temáticas que se concentran
en cuatro ámbitos principales, los cuales poseen los siguientes objetivos:
o Estabilizar las concentraciones atmosféricas de gases de efecto invernadero.
o Proteger y restaurar el funcionamiento de los sistemas naturales.
o Conseguir un nivel de calidad ambiental de forma tal que las concentraciones
de contaminantes de origen humano resulten inocuas para la salud.
o Utilización sostenible de los recursos naturales y gestión de residuos.
En este mismo orden de cosas, la Comunicación de la Comisión al Consejo y al
Parlamento Europeo sobre Estrategia temática para el medio ambiente urbano
(2006), promueve el planteamiento integral de la gestión medioambiental a nivel
local, y del transporte en particular.
B. Carta de Leizipig sobre Ciudades Europeas Sostenibles
Por otra parte, la “CARTA DE LEIPZIG sobre Ciudades Europeas Sostenibles”
(2.007) es un documento de los Estados miembros en el que se recomienda:
o Creación y consolidación de espacios públicos de alta calidad
o Modernización de las redes de infraestructuras y mejora de la eficiencia
Energética.
o Innovación proactiva y políticas educativas.
o Búsqueda de estrategias para la mejora del medio ambiente físico.
o Fortalecimiento a nivel local de la economía y la política del mercado laboral
o Educación proactiva y políticas de formación para niños y jóvenes.
o Fomento de un transporte urbano eficiente y asequible.
C. Estrategia Española de Desarrollo Sostenible
Por su parte, la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS) hace suyos los
principios básicos de consenso mundial contemplados en la Declaración de Río de
Naciones Unidas, entre los que destaca el de garantizar la calidad de vida de las
generaciones actuales y futuras, urbanas y rurales o el de comprometerse a un
desarrollo territorial coherente y equilibrado.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 34
Dentro de este mismo contexto, el Sistema
de indicadores y condicionantes para
ciudades grandes y medianas (Agencia de
Ecología Urbana de Barcelona), expone un
conjunto de indicadores, clasificados en los
7 ámbitos, que entiende son de aplicación
tanto para la planificación de nuevos
desarrollos como para analizar el grado de
acomodación que los tejidos consolidados
tienen en relación al modelo de ciudad
compacta y compleja más sostenible.
Tras el análisis comparado de diversos sistemas urbanos, entiende que el modelo
urbano que mejor se ajusta al principio de eficiencia urbana y habitabilidad urbana es
la ciudad compacta en su morfología, compleja en su organización, eficiente
metabólicamente y cohesionada socialmente.
Asimismo, el equipo que elaboró el Libro Blanco de la Sostenibilidad en el
Planeamiento Urbanístico Español (Ministerio de Vivienda, 2.010) identificó una serie
de temas importantes que fueron planteados en forma de decálogo para su debate y
discusión de manera que permitan iniciar un proceso tendente a conseguir un
planeamiento urbanístico más sostenible.
D. Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA)
Más recientemente, en el año 2013, en el ámbito comunitario se adoptó el Séptimo
Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA), hasta el año 2020,
titulado «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta». Partiendo de un
conjunto de iniciativas estratégicas recientes (la Hoja de ruta sobre la gestión
eficiente de los recursos, la Estrategia sobre biodiversidad para 2020 y la Hoja de
ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050), el programa identifica
tres ámbitos temáticos prioritarios:
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 35
o El primero, dirigido a proteger la naturaleza y fortalecer la resiliencia ecológica,
tiene que ver con el “capital natural” -suelo fértil, tierra y mares productivos, agua
dulce de buena calidad y aire limpio- y con la biodiversidad que lo hace posible.
o El segundo, que se refiere a las condiciones que ayudarán a transformar la UE
en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, muestra
una especial atención por la preocupación por transformar los residuos en
recursos, con más prevención, reutilización y reciclaje, y se insiste en abandonar
prácticas perjudiciales y antieconómicas, como los vertederos.
o El tercero, cubre los desafíos para reducir las amenazas para la salud y el
bienestar humanos asociadas a la contaminación, las sustancias químicas y el
impacto del cambio climático.
Entre otros objetivos del VII PMA se incluye el de garantizar que, para 2020, la mayoría
de las ciudades de la UE hayan puesto en práctica políticas de diseño y planificación
urbana sostenible, y que utilicen la financiación disponible en la UE para este
propósito.
También cabe señalar que todas las medidas, actuaciones y metas establecidas en el
VII PMA se propondrán y aplicarán de acuerdo con los principios de una normativa
inteligente y, cuando resulte apropiado, se someterán a una evaluación de impacto
completa.
E. ONU-Habitat
Por último, también cabe recordar que recientemente ONU-Habitat cumple su mandato
a través del Plan Estratégico 2014-2019, donde se destacan siete subprogramas:
o Legislación, suelo y gobernanza urbana,
o Planificación y diseño urbano,
o Economía urbana,
o Servicios urbanos básicos,
o Vivienda y mejora de tugurios,
o Reducción de riesgos y rehabilitación, e
o Investigación y desarrollo de capacidades.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 36
El plan actual ejecuta sus prioridades en las cuatro primeras dependencias temáticas,
dado que considera que “sin estructuras propicias ni directrices fuertes, la planificación
y diseño urbano apropiado siempre supondrán un obstáculo…. Y sin una buena
planificación y diseño, cualquier programa de vivienda y mejoramiento de
asentamiento precario será difícil, si no imposible, de aplicar”.
BLOQUE II. CONCURRENCIA CON LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y
URBANÍSTICA
A. Ordenación territorial
La Comunidad de Madrid fue la segunda autonomía, tras Cataluña, en crear un marco
legal para la planificación de su territorio (Ley 10/1984, de Ordenación del Territorio),
justamente tan solo un año después de constituirse como Comunidad Autónoma
uniprovincial.
Con anterioridad a esta Ley cabe señalar la ya existencia de una planificación
subregional, que se limitaba al ámbito del área metropolitana, encomendada durante
dos décadas a un ente autónomo dependiente de la Administración Central
(COPLACO), pero la instauración del régimen autonómico precipitó su liquidación
institucional a favor de la Comunidad de Madrid.
Dentro del proceso seguido en la ordenación territorial de la región destacaremos por
su trascendencia el Plan Regional de Estrategia Territorial (PRET,1995), en la medida
que establecía una propuesta de modelo territorial donde se privilegiaba la
desconcentración de actividades en beneficio de determinadas centralidades a escala
regional, articuladas a su vez sobre dos grandes operaciones territoriales (Aeropuerto-
Corredor del Henares y Gran Sur Metropolitano), y se fortalecía la voluntad de
concentrar el crecimiento urbano en áreas bien definidas (municipio de Madrid,
Corredor del Henares y Sur Metropolitano).
Posteriormente la tramitación del PRET continuó pero introduciéndose en el
documento cambios sustanciales. Desde la perspectiva territorial el cambio más
relevante fue la sustitución del modelo radioconcéntrico que tradicionalmente había
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 37
vertebrado el conjunto metropolitano madrileño, por otro organizado en malla reticular,
y la división del territorio regional (Sierra, Norte y Oeste, Centro, Sur y Este, Meseta).
Los instrumentos impulsores del cambio de modelo consistieron en cuatro estrategias
con gran impacto territorial: la Gran Base Logística, la Operación Vivienda, la Red
Ferroviaria Regional y el Mallado Verde Jerarquizado.
Sin embargo, en términos prácticos, cabe destacar que todas estas propuestas nunca
pasaron de lo que se denominó “Documento de Bases” o simplemente “Bases” que no
completaron a su desarrollo, es decir, no se sustanciaron en la aprobación legal del
PRET en calidad de plan territorial de la Comunidad de Madrid.
A pesar de lo anteriormente señalado, la planificación propuesta, en la medida que
pretende en crear un marco legal para la planificación de su territorio, presentaría una
confluencia plena con todas las programaciones que tienen un idéntico objetivo
aunque referidas a un ámbito espacial más amplio, el regional.
B. Planes Urbanísticos Limítrofes
La mayor parte del ámbito propuesto no limita con municipio vecino alguno, sin
embargo, la parcela discontinua (DPI) situada al oeste, es colindante con el municipio
de Madrid: No obstante, tanto por el uso programado, dotacional privado y
equipamiento público, como por la escasa entidad superficial de la misma se ha
estimado que es altamente improbable que esta actuación suponga alguna alteración
en los planeamientos urbanísticos del municipio adyacente.
C. Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid
Con el fin de dar cobertura a las necesidades específicas de vivienda de los
ciudadanos de Madrid, la Comunidad de Madrid creó, mediante Ley 6/1997, de 8 de
enero, de Protección Pública a la Vivienda, la “Vivienda con Protección Pública”.
El Reglamento de Vivienda con Protección Pública de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero, supuso un esfuerzo de refundición al
establecer de forma clara y sistemática el régimen jurídico de la vivienda protegida en
la Comunidad de Madrid.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 38
El Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid regula el sistema de
promoción y acceso a la vivienda de protección pública, estableciendo los precios
máximos de venta y arrendamiento como principal ayuda a los beneficiarios de las
mismas. Asimismo, define el concepto de Vivienda con Protección Pública, la tiene
una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados y cumpla las condiciones
de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente; regula el acceso,
que será en propiedad, en arrendamiento o arrendamiento con opción de compra; y
establece el destino, que será el domicilio habitual y permanente de sus ocupantes
legales, sin que en ningún caso puedan dedicarse a segunda residencia o cualquier
otro uso.
Por otra parte, el Plan de Vivienda Joven es un conjunto de medidas de apoyo dirigidas
a los jóvenes con edad inferior a 35 años, a los que destina una iniciativa de la
Comunidad de Madrid, las viviendas con Protección Pública para arrendamiento con
opción de compra para jóvenes.
La Modificación propuesta en la medida en que tiene como objetivo principal dar
cobertura a las necesidades específicas de vivienda de los ciudadanos es sinérgica
con la planificación de carácter regional.
BLOQUE III. CONCURRENCIA CON PLANES DE ORDEN SUPERIOR
A. Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2015-
2021.
La planificación aprobada por el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, tiene como
objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas
de agua, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio y armonización del
desarrollo regional y sectorial. Para la consecución de estos objetivos la planificación
hidrológica se regirá por criterios de sostenibilidad en el uso del agua mediante la
gestión integrada, la prevención del deterioro del estado de las aguas, la protección y
mejora del medio acuático y de sus ecosistemas y la reducción de la contaminación,
además de pretender paliar los efectos de inundaciones y sequias.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 39
Respecto a los objetivos de satisfacción de demandas el Plan Hidrológico recoge la
estimación de las demandas actuales y previsibles en el escenario tendente entre los
años 2021 y 2033, en ese sentido la planificación establece la asignación de recursos
hídricos manteniendo las restricciones ambientales previas, de tal forma que las
demandas se vean atendidas ajustándose a criterios de sostenibilidad. También esta
planificación hidrológica contribuirá a paliar los efectos de las inundaciones y sequías.
En este sentido, el desarrollo de la Modificación propuesta podría entrar en conflicto
con los objetivos de la planificación hidrológica por lo que ésta, además de minimizar
las posibles afecciones a la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, debe de
ajustarse a la asignación de agua destinada al abastecimiento a la Comunidad de
Madrid establecida por el Plan Hidrológico para el Canal de Isabel II, además de
cumplir los condicionantes de calidad de las aguas de saneamiento y pluviales que se
viertan a los cauces públicos del entorno.
B. Plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía de la cuenca
hidrográfica del Tajo.
La sequía es un fenómeno extremo hidrológico que puede definirse como una
disminución coyuntural significativa de los recursos hídricos durante un período
suficientemente prolongado y afectando a áreas extensas. El objetivo primordial del
Plan Especial de Sequías es la detección temprana de estas situaciones de escasez
mediante el establecimiento de un sistema de indicadores que definan de manera
gradual, mediante unos valores umbrales previamente determinados, los escenarios
de prealerta, alerta y emergencia.
Entre los puntos operativos con que cuenta el Plan de sequías que pueden afectar al
desarrollo de la Modificación propuesta se encuentra el de la gestión de la demanda.
El concepto de gestión de la demanda engloba todas aquellas iniciativas que tienen
como objetivo la satisfacción de las necesidades de agua con un menor consumo,
normalmente a través de una mayor eficacia en su utilización. Entre ellas destacan las
restricciones al consumo que pueden implicar:
o Restricciones al riego de parques y jardines públicos y baldeo de calles.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 40
o Prohibición de usos no imprescindibles, como llenado de piscinas, fuentes
ornamentales, lavado de coches, riego de parcelas privadas, etc.
o Restricciones en industrias.
o Cortes parciales del suministro de usuarios domésticos.
A tenor de las posibles medidas de la puesta en marcha del Plan de sequías, estas
podrían entrar en algún tipo de divergencia con la planificación programada por lo que
esta deberá establecer desde el inicio pautas de ahorro y eficiencia en el recurso
hídrico.
C. Planes de ordenación, gestión y regulación de usos de los espacios naturales
protegidos.
Existen en la Comunidad de Madrid numerosos espacios naturales protegidos
gestionados por la Consejería de Medio Ambiente y agrupados en diversas figuras de
protección que ocupan un 13% de la superficie total. La figura legal que ampara a cada
uno de los espacios varía según sus características y los valores que los hicieron
merecedores de especial tratamiento.
En el ámbito de la Modificación propuesta limita en su zona más septentrional con
terrenos declarados como Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de
los ríos Manzanares y Jarama, ZEC de la Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de
Madrid y en la zona más oriental con la ZEPA de los Cortados y Cantiles de los ríos
Jarama y Manzanares.
A este respecto, el desarrollo de la Modificación propuesta podría entrar en conflicto
con los objetivos de conservación por lo que éste deberá observar los principios de
sostenibilidad establecidos en el proceso de evaluación ambiental estratégica.
D. Plan Energético de la Comunidad de Madrid 2004 – 2012.
Este Plan, a través del Centro de Ahorro y Eficiencia Energética de Madrid, órgano de
actuación que orienta las políticas de ahorro, eficiencia y diversificación energética y
de utilización de fuentes renovables de energía en la Comunidad de Madrid, define un
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 41
conjunto de estrategias energéticas que, de manera coordinada y eficaz han de
proporcionar una respuesta adecuada a las necesidades energéticas en el marco de
la sostenibilidad. Su objetivo es el de proponer a las autoridades, entidades, empresas,
consumidores y público en general iniciativas eficaces sobre:
o Conseguir un uso racional de la energía.
o Lograr la máxima utilización razonable de energías renovables.
o Facilitar información útil para el ahorro y eficiencia energética.
Integrado en el Plan Energético, el Plan Integral de Ahorro y Eficiencia Energética,
basado en el aprovechamiento de toda la serie de actuaciones que conduzcan a gastar
menos (ahorro) y gastar mejor (eficiencia) tiene como objetivo reducir progresivamente
la demanda de energía total prevista, y alcanzar para el año 2012 una disminución del
10 % respecto del consumo tendencial, pasando de 13,6 a 12,26 Mtep.
Como se ha comentado al inicio de este apartado, la finalización de esta planificación
ha permitido una valoración del cumplimiento de los objetivos marcados,
contribuyendo a un ahorro del 16% de energía en la Comunidad de Madrid, además
de destinar ayudas a través de los “Planes renove”, para que los ciudadanos pudieran
realizar mejoras energéticas, e impulsar el uso de combustibles fósiles más
competitivos como el gas natural ecoeficiente.
En este sentido, la presente planificación urbanística en la medida en la que contribuirá
a aumentar en consumo energético, podría entrar en conflicto con los objetivos
energéticos establecidos por lo que se deberán incluir propuestas de ahorro mediante
el fomento del empleo de las tecnologías más avanzadas.
E. Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013 –
2020 (Plan Azul +).
El Plan aprobado pretende dar continuidad a las planificaciones antecesoras (Plan de
Saneamiento Atmosférico de la Comunidad de Madrid 1999-2002 y la Estrategia de
Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2006-2012 Plan Azul)
dirigiendo los esfuerzos y recursos hacia aquellos sectores y contaminantes que, a la
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 42
vista de las evaluaciones periódicas de los niveles regionales de emisión e inmisión
de contaminantes, se consideran prioritarios para lograr una mejora de la calidad del
aire y una disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero. Los objetivos
para la mejora de la calidad del aire son los siguientes:
o Proporcionar un marco de referencia para acometer actuaciones coordinadas
a corto, medio y largo plazo entre las diferentes administraciones de la
Comunidad de Madrid.
o Mejorar el conocimiento disponible sobre calidad del aire y adaptación al
cambio climático, estudiando la vulnerabilidad de los sectores y sistemas más
sensibles.
o Reducir la contaminación por sectores, prestando más atención a aquellos que
tienen mayor contribución a las emisiones totales y suponen una mayor
afección sobre la calidad aire ambiente.
o Fomentar la utilización de combustibles limpios y mejores tecnologías,
especialmente en ámbito del transporte, la industria y el sector residencial.
o Promover el ahorro y la eficiencia energética, mediante la adopción de
tecnologías, procesos, hábitos menos intensivos en el uso de la energía final,
así como el empleo de combustibles bajos en carbono en el transporte y en el
sector residencial, comercial e institucional.
o Involucrar al sector empresarial en la problemática de calidad del aire y cambio
climático.
o Mantener medios y herramientas adecuados de evaluación y control de la
calidad del aire ponerlos a disposición de la mejora continua nivel de
información al público en relación calidad el aire en la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, los esfuerzos en materia de mitigación del cambio climático se han
centrado, en esta Estrategia, en la disminución de emisiones de los denominados
sectores difusos, cuya contribución a las emisiones totales de gases de efecto
invernadero en la Comunidad de Madrid es más relevante. Así, se establece un
objetivo de reducción de las emisiones de CO2 en el sector transporte de un 15% y de
un 15% en el sector residencial, comercial e institucional, con respecto a los valores
inventariados en el año 2005.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 43
Para finalizar, la Estrategia desarrolla cuatro programas sectoriales y cuatro
programas horizontales, englobando un total de 58 medidas distribuidas en las
siguientes líneas de actuación:
o Programas sectoriales en materia de transporte, sector industrial, sector
residencial, comercial e institucional y agricultura y medio natural.
o Programas horizontales. que incorporan medidas destinadas a potenciar la
formación, información e investigación, establecer un marco normativo y fiscal
incentivador de los programas sectoriales y ahondar en el conocimiento de la
vulnerabilidad al cambio climático que presenta nuestra región.
En este sentido, la presente planificación urbanística podría entrar en conflicto con los
objetivos y medidas anteriormente descritos por lo que deberá incluir, de manera paralela
a aquellas medidas que se refieran al ahorro energético, otras propuestas que también
incidan en la mejora de la calidad del aire y que contribuyan a la lucha contra el cambio
climático.
F. Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006 – 2016.
La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid, surge en respuesta a la
necesidad de establecer el marco general en el que ha de desarrollarse en los
próximos años la gestión de los residuos que se producen en la región. Los objetivos
prioritarios de esta Estrategia, a considerar en el desarrollo de los planes urbanísticos,
se orientan a conseguir:
o Altas tasas de reducción de la cantidad de residuos que se generan, mediante la
implantación de medidas que permitan minimizar la cantidad de residuos que se
producen y maximizar la reutilización.
o El incremento del reciclado (la valorización material) frente a la valorización
energética y frente a cualquier forma de eliminación de los residuos.
o Elevadas tasas de tratamiento “in situ” de los residuos, especialmente en el caso
de los peligrosos.
o Un marco normativo suficientemente eficaz para asegurar la efectiva
responsabilidad de los productores de residuos.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 44
o La coordinación entre las actuaciones de las diversas Administraciones que se
desenvuelven en cada territorio con incidencia en la generación y tratamiento de
los residuos.
o Extender los conocimientos y experiencias sobre la materia, mediante
mecanismos de desarrollo de la información, el debate y la participación social.
De este modo, la Estrategia pone el acento tanto en la prevención de la generación de
los residuos como en el fomento de la reutilización y el reciclado. También, establece
que es preciso fomentar el aprovechamiento de los recursos contenidos en los
residuos, que de otra forma serían eliminados, ya que esto constituye una fuente de
riqueza, un beneficio económico a la vez que ambiental. Por último, pretende impulsar
la implantación de tecnologías de valorización que permitan reducir el consumo de
materias primas y la disminución de los efectos negativos de las opciones de
tratamiento existentes, fundamentalmente la ocupación del suelo por infraestructuras
de vertido y las emisiones contaminantes.
En lo relativo a suelos contaminados, las actuaciones a desarrollar se basarán en la
aplicación del marco normativo vigente, en particular el derivado del Real Decreto
9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades
potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración
de suelos contaminados. Prevenir y evitar la contaminación del suelo pasa por una
modificación de los procesos productivos mediante la implantación de tecnologías
limpias y buenas prácticas operativas. La siguiente tabla recoge los principios y
objetivos prioritarios del Plan de suelos contaminados a considerar en el desarrollo de
la Modificación.
PRINCIPIOS OBJETIVOS
Prevención Evitar la contaminación del suelo y la transmisión de la contaminación a otros medios.
Proximidad y suficiencia Recuperación de los emplazamientos in situ, evitando los movimientos de suelos contaminados y asegurar la disponibilidad de tecnologías e infraestructuras para su tratamiento.
Quien contamina paga Internalización de los costes de prevención y en su caso recuperación de los suelos en los costes generales de las actividades económicas potencialmente contaminantes del suelo.
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 45
G. Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 (PDR).
El 18 de noviembre de 2015 se aprobó por Decisión de la Comisión Europea el
Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, el cual marcará la nueva estrategia en
materia de desarrollo rural para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, por
lo que las prioridades se enmarcan en el fomento de la innovación y transferencia de
conocimientos, mejorar la viabilidad de las explotaciones agrarias, fomento del circuito
corto con mercados locales, restauración y mejora de ecosistemas relacionados con
el mundo rural, fomentar la eficacia de los recursos y una economía baja en carbono
y fomento del desarrollo económico en zonas rurales.
El Programa de Desarrollo Rural diagnostica, en referencia a los residuos, la dificultad
para los agricultores con pequeñas explotaciones para gestionar los mismos, además
de poner de manifiesto las dificultades para el impulso del aprovechamiento de la
biomasa, la falta de demanda de biomasa. Sin embargo, presenta como oportunidad
la gestión cooperativa de los residuos y la potenciación del sector de la biomasa para
la valorización de residuos destinada a la producción de energía.
En este sentido, los planteamientos de la planificación propuesta no solo no deberían
entrar en conflicto con los señalados en el PDR si no que de alguna manera se
complementarían al enfocarse ambos a mejorar la ordenación territorial.
H. Planificación sobre las condiciones de salud en la Comunidad de Madrid.
El “Mapa de la vulnerabilidad en salud (MVS)” facilita la representación espacial de
zonas donde concurren características compartidas por la población residente que
definen su situación de vulnerabilidad, así como los recursos y activos en salud
existentes.
El MVS es una herramienta efectiva para el diagnóstico de la vulnerabilidad que
permite visualizar y comparar indicadores de salud en diferentes ámbitos territoriales,
por lo cual se ha de contemplar como un instrumento adecuado para intervenir en la
toma de decisiones del proceso de planificación de la intervención comunitaria
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 46
(establecimiento de criterios de protección sanitaria, identificación de zonas
especialmente sensibles, saturación por presencia de actividades preexistentes, etc.)
Asimismo, el análisis de la mortalidad recogido en el “II Atlas de mortalidad y
desigualdades socioeconómicas en la Comunidad de Madrid, 2001-2007”, en cuanto
que supone una aproximación básica al conocimiento del estado de enfermedad de su
población, será igualmente una herramienta a utilizar en el proceso de planificación
que desarrolla esta Modificación.
I. Servidumbres aeronáuticas
En febrero de 2006 se produjo la ampliación de las áreas de servidumbre aeronáuticas
del aeropuerto de Madrid-Barajas afectando al ámbito dela modificación. (3037
ORDEN FOM/424/2006, de 17 de febrero, por la que se modifican las servidumbres
aeronáuticas del Aeropuerto de Madrid/Barajas).
El núcleo urbano de Perales del Río queda comprendido en la nueva delimitación de
áreas de servidumbre de operación de aeronaves en sus maniobras de aproximación
al aeropuerto Madrid-Barajas, establecidas por la citada orden.
Considerada la situación de los umbrales de cada pista y la definición del área y
superficie de subida en el despegue y de aproximación se constata que las
servidumbres volumétricas no afectan a la propuesta urbanística.
Una vez analizada la concurrencia con un conjunto de instrumentos de la planificación
territorial desarrollados por las distintas administraciones públicas en el ámbito de sus
competencias, se presenta un resumen de los objetivos y aspectos comunes y conflictivos:
Modificación Puntual del PAU 3 del POM de Getafe: Ámbito “ED2”
Documento Inicial Estratégico 47
Planificación concurrente Objetivos y aspectos comunes Objetivos y aspectos conflictivos
Sexto programa de acción de la Comunidad Europea
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Carta de Leizipig sobre Ciudades Europeas Sostenibles
Sostenibilidad de los espacios urbanos
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Estrategia española de desarrollo sostenible
Sostenibilidad de los espacios urbanos
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA)
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
ONU-Hábitat Sostenibilidad de los espacios urbanos
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Ordenación territorial Ordenar la distribución espacial del municipio
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Planeamientos Municipales Vigentes en los municipios vecinos
Ordenar la distribución espacial de sus municipios
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Plan de vivienda de la Comunidad de Madrid
Promover la creación de viviendas Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Plan hidrológico de la cuenca del Tajo
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Plan especial de alerta y sequía de la cuenca del Tajo
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Planes de ordenación y regulación de usos de los espacios naturales protegidos.
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Plan Energético de la Comunidad de Madrid
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006 – 2016
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental
Programa de desarrollo rural de la Comunidad de Madrid
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Los objetivos de este programa no entran en conflicto con la planificación
Condiciones de salud en la Comunidad de Madrid
No existen objetivos comunes con los de la planificación
Mantener la calidad de la salud de la población
Servidumbre aeronáutica Ordenar la distribución espacial de la zona de influencia
Mantener el carácter y la calidad del patrimonio ambiental