MODIFICACIONES DE UN PIP DURANTE LA FASE DE INVERSIÓN

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Setiembre de 2009C18

C Sistemas Administrativos

––––––––––––––––(*) Artículo elaborado por el Equipo de redacción de

Gestión Pública y Desarrollo.

Modificaciones de un PIP durante la Fase de InversiónGestión Pública y Desarrollo (*)

Sistema Nacional de Inversión Pública

Resumen ejecutivo

La casi reciente Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva Nº 001-2009-EF/68.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2009-EF/68.01 ha sido modificada en diferentes aspectos por las Resoluciones Directorales Nos. 003-2009-EF/68.01 y 004-2009-EF/68.01, pu-blicadas el 21 de marzo de 2009 y 15 de abril de 2009, respectivamente. Cabe indicar que una de las novedades de dicha Directiva fue la de estable-cer los procesos en caso un Proyecto de Inversión Pública (PIP), durante la Fase de Inversión, sea objeto de modificaciones sustanciales o no sustan-ciales, las mismas que pueden afectar o no la viabilidad del PIP; antes de esta regulación el proceso era ambiguo y no se encontraba determinado por ninguna Directiva del SNIP. De esta manera, a los operadores de este Sistema Nacional les queda claro los procedimientos a realizar en caso se incurra en el supuesto anteriormente descrito; sin embargo, desde Gestión Pública y Desarrollo queremos acotar que no debería generarse modifi-caciones sustanciales en la Fase de Inversión, toda vez que se supone que se han realizado todos los estudios pertinentes en la Fase de Preinversión.

El Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sec-

tor Público (DGPM), ente rector de este Sistema Nacional, ha establecido parámetros, normas y metodologías para el desarrollo de “una cultu-ra de Proyectos”, a través del seguimiento de lo que se conoce como el CICLO DE PROYECTO. A través de las diferentes ediciones de nuestra revista Gestión Pública y Desarrollo se han abor-dado temas referentes principalmente a la Fase de la Preinversión, por ello, siguiendo la línea de la promoción de una cultura de proyectos, cree-mos que es necesario abordar la Fase de Inver-sión. La presente Bitácora Informativa explicará los cambios que pueden presentarse en dicha Fase y cuál es su tratamiento normativo.

FASE DE INVERSIÓNUn Proyecto de Inversión Pública (PIP) in-

gresa a la Fase de Inversión, luego de ser decla-rado viable. La Fase de Inversión comprende dos etapas: la elaboración de los Estudios Definitivos o Expedientes Técnicos (u otro documento equi-valente) y la ejecución en sí de la intervención. La Fase de Inversión se da por culminada cuan-do el PIP ha sido totalmente ejecutado y liqui-dado, luego de lo cual la Unidad Ejecutora (UE) debe elaborar el Informe de Cierre y transferirlo, de corresponder, a la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) institucional.

Sin embargo, también se puede dar por concluida la Fase de Inversión de un PIP si ya no corresponde su ejecución, conforme lo señala el numeral 26.5 del artículo 26º de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pú-blica, Directiva N° 001-2009-EF/68.01, que revi-saremos líneas abajo.

Una vez que la OPI institucional recibe el Informe de Cierre, lo registra en el Banco de Pro-yectos (BP) en el Formato SNIP-14. La OPI puede emitir recomendaciones a la Unidad Formulado-ra (UF) o a la UE, según corresponda, para que se tengan en cuenta en la formulación o ejecución de proyectos similares. Es preciso señalar que el

registro del Informe de Cierre del PIP por parte de la OPI institucional no implica su aceptación o su conformidad respecto al contenido del mismo.

2.1 La Elaboración de los Estudios Definitivos:a. Resulta importante señalar que la ela-

boración de los estudios definitivos o expedientes técnicos detallados debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabili-dad y observar el cronograma de ejecu-ción del estudio de preinversión con el que se declaró la viabilidad.

b. Los términos de referencia para la ela-boración del Estudio Definitivo o Expe-diente Técnico detallado deben incluir como Anexo, el estudio de preinversión mediante el cual se declaró la viabilidad del PIP y, cuando corresponda, el Infor-me Técnico de verificación de viabilidad.

c. Luego de culminado el Estudio Defini-tivo o Expediente Técnico detallado, la Unidad Ejecutora remite a la OPI Institu-cional, el Formato SNIP-15 debidamen-te llenado y suscrito, en el que informa que existe consistencia entre el Estudio Definitivo o Expediente Técnico detalla-do y el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad, consignan-do, además, las fórmulas de reajuste de precios cuando correspondan, y la mo-dalidad de ejecución del PIP.

d. Cuando la OPI reciba el Formato SNIP-15 y como requisito previo a la aprobación del Estudio Definitivo o Expediente Técnico detallado por el órgano que resulte com-petente, registra en el Banco de Proyectos, en el plazo máximo de 3 días hábiles, la información siguiente: el monto de inver-sión; plazo de ejecución; la modalidad de ejecución del PIP y las fórmulas de reajus-te de precios en los casos que sea aplica-ble. Resulta importante resalcar que, la UE es exclusivamente responsable por la información que consigne en el Formato

Promoviendo una Cultura de Proyectos

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CSistemas Administrativos

Cuadro Nº 2

Cuadro Nº 1

Elaboración del Expediente Técnico (Hasta antes de iniciar la ejecución)

El Monto de Inversión se incrementa hasta en 10% respecto del valor esta-blecido en el estudio de Preinversión por el que se otorgó la viabilidad por: -Actualización de Precios; ó Modifica-ciones No Sustanciales

Ejecución del PIP

El Monto de Inversión se incrementa o disminuye por la actualización de precios por aplicación de las fórmulas polinómicas de reajuste de precios o dismi-nuye como resultado del proceso de selección; en este último caso se aplican los límites establecidos en la normatividad de contrataciones y adquisiciones o la que resulte aplicable ó ; a causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversión se incrementa hasta en 10% respecto del valor establecido en el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad

ACCIÓN

I) No es necesario verificar la viabilidad del PIP, siempre que siga siendo rentable socialmente, en consecuencia la UE puede iniciar o continuar con la ejecución del PIP según sea el caso.

II) Debe realizarse la verificación de viabilidad del PIP.

III) No procede la Verificación de Viabilidad del PIP.

a. A causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversión se incrementa en más del 10% y menos del 30% respecto del valor establecido en el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad; ó si el proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad, ó si se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes, aunque el monto de inversión no varíe.

a. A causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversión se incrementa en más del 30% respecto del valor establecido en el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad;

b. El PIP es objeto de modificaciones sustanciales.

FASE DE INVERSIÓN

MO

DIF

ICAC

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NTE

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OPI registra en Ficha del PIP (BP) las variaciones en el monto de inversión en plazo máximo de 03 días hábi-les. Se debe comunicar esto al órgano Resolutivo.

OPI debe registrar el sustento de las variaciones presentadas.

Los registros señalados en el presente numeral tienen carácter de declaración jurada, siendo el Responsable de OPI, o quien haga sus veces, el responsable por la información que se registra.

SNIP-15, el mismo que tiene carácter de declaración jurada, y el registro a que se refiere, no implica aceptación o conformi-dad al contenido del mismo.

e. En los expedientes técnicos detallados de los PIP que no sean ejecutados me-diante contratación pública, deberán establecerse las fórmulas de reajuste de precios, por lo que las variaciones que se efectúen a los precios originales del expediente técnico serán ajustadas multiplicándolas por el respectivo co-eficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas po-linómicas, los Índices Unificados de Pre-cios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística – INEI. Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a las disposiciones de la normatividad de la materia. En los PIP que se ejecu-

ten mediante contratación pública, se aplican las disposiciones de la normati-vidad de contrataciones del Estado.

2.2 Modificaciones de un PIP durante la Fase de Inversión:

Durante la Fase de Inversión, un PIP puede ser objeto de modificaciones sustanciales y no sustanciales que pueden afectar o no su viabilidad. A. Modificaciones No Sustanciales:

• Elaumentoenlasmetasasociadasalacapacidad de producción del servicio;

• Elaumentoenlosmetrados.• Elcambioenlatecnologíadepro-

ducción• Elaumentooreemplazodecom-

ponentes del PIP• Elcambiodelaalternativadesolu-

ción por otra prevista en el estudio de preinversión mediante el que

se otorgó la viabilidad• El cambio de la localización geo-

gráfica dentro del ámbito de in-fluencia del PIP

• Elcambiodelamodalidaddeejecu-ción del PIP y el plazo de ejecución.

B. Modificaciones sustanciales:• Elcambiode laalternativadeso-

lución por otra no prevista en el estudio de preinversión mediante el que se otorgó la viabilidad

• Elcambiodelámbitodeinfluenciadel PIP

• ElcambioenelobjetivodelPIP. El ámbito de influencia es la zona geográfica

afectada por el problema central sobre el cual interviene un proyecto de inversión pública.

A continuación se presenta un cuadro que re-sume el tipo de Modificaciones y las acciones que se deben seguir cuando una de éstas se presenta:

CASOS PRáCTICOSA continuación presentamos casos con-

cretos de proyectos registrados en el Banco de Proyectos del SNIP; que detallan las acciones I, II y III señaladas en el cuadro precedente.

3.1 Acción N° I En el caso de la acción I, se presenta el caso

del Proyecto de Inversión Pública Menor, con Código SNIP N° 120611, “AMPLIACION DE LAS REDES DE ALCANTARILLADO EN LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA SAN ANTONIO, DISTRITO DE CASTILLA - PIURA – PIURA”, Declarado Via-ble el 15 de Junio del 2009, con un monto de inversión que ascendía a S/. 24,807.00.

Cuando se presentan PIP que caen dentro de la categoría de la acción I, este es el procedimiento a seguir:

Fuente: Artículo 26º de la Directiva N° 001-2009-EF/68.01.

Elaboración: Propia.

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Sistema Nacional de Inversión Pública

INFORME DE CONSISTENCIA DEL ESTUDIO O EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO DEL PIP VIABLE(Formato SNIP 15)

Fecha registro : 19/06/2009

120611-AMPLIACION DE LAS REDES DE ALCANTARILLADO EN LA ASOCIACION DE PROPIETARIOSDE VIVIENDA SAN ANTONIO, DISTRITO DE CASTILLA - PIURA - PIURA

Monto Viable : 24,807.00Monto de Inversión : 22,573.84Modalidad de ejecución : Administración Indirecta - Por ContrataPlazo de ejecución : 15 (Días)La(s) fórmula(s) polinómicas(s) : K=0.051x(Ar/Ao)+0.064x(Cr/Co)+0.235x(Ir/Io)+0.083x(Mr/ (cuando corresponda) Mo)+0.051x(Mr/ Mo)+0.316x(Mr/Mo)+0.20x(Tr/To)Nombre del responsable de la : ING. JUAN BERNARDO RIVERA VARGASaprobación del Estudio Definitivoo Expediente Técnico Comentarios : LA OPI NO SE RESPONSABILIZA POR LA INFORMACIÓN BRINDADA

POR LA UE, PARA LA AUTOMATIZACIÓN DEL PRESENTE FORMATO

Fuente: Ficha de Registro – Banco de Proyectos.

Cuadro Nº 3

3.2 Acción II En el caso de la acción II, se sigue el si-

guiente procedimiento:a. La UE deberá presentar al órgano que

declaró la viabilidad del PIP, la informa-ción que sustente las modificaciones propuestas, adjuntando la opinión de la UF, cuando sea necesaria. La OPI o la DGPM señalarán la información o estu-dio adicional, si fuera necesario, para rea-lizar la verificación de la viabilidad del PIP.

b. La OPI o la DGPM, según correspon-da, realizan una nueva evaluación del PIP considerando en el flujo de costos, aquellos que ya se hubie-ren ejecutado y emiten un Infor-me de Verificación de Viabilidad.

c. El Informe de Verificación de Viabili-dad está constituido por el Formato SNIP 16 y la información sustentatoria de las modificaciones, debiendo ser remitido al Órgano Resolutivo del Sec-tor, Gobierno Regional o Local al cual está adscrita la UE, recomendando las medidas correspondientes.

d. En el caso de las verificaciones de viabi-lidad realizadas por las OPI, deberá re-mitirse una copia del Formato SNIP 16 a la DGPM, en el plazo máximo de 05 días hábiles de emitido dicho documento.

e. La DGPM tiene un plazo máximo de 05 días hábiles para registrar en el Banco de Proyectos, las conclusiones y re-comendaciones del Formato SNIP 16 emitido por la OPI, salvo que la DGPM emita recomendaciones en el marco de lo dispuesto por el literal j) numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento.

f. Corresponde al Órgano Resolutivo del Sector al cual está adscrita la UE, tomar la decisión pertinente sobre la base de las recomendaciones presentadas por las OPI o la DGPM.

Cuadro Nº 4

Informe Técnico : Nº 055-2009-IN-0307 Con Documento : Oficio Nº 1524-2009-IN-0307 De Fecha : 17/06/2009 Resumen : Según lo indicado por OPI, el mayor costo de inversión (26,7%) obedece

a modificaciones no sustanciales producto de incremento de metrados y aumento de precios unitarios, lo cual no desnaturaliza los atributos por los cuales se otorgó la viabilidad.

Monto de Verificación : S/. 2,098,789.00

Monto de la Verificación e indicadores

Monto de la InversiónTotal reformulada

(Nuevos Soles)

Costo Beneficio(A Precio Social)

Costos / Efectividad

A Precio de Mercado

A Precio Social

Valor Actual Neto(Nuevos Soles)

Tasa Interna Retorno (%)

Precio social(Nuevos Soles)

Indicador (Nuevos soles por...)

El Proyecto con Código SNIP N° 55363, “ME-JORAMIENTO DEL SERVICIO DE PREVEN-CION POLICIAL DE LA DIVISION DE UNI-DAD DE EMERGENCIA DE LA RPNP TAC-NA - REGION TACNA”, fue declarado Viable el 17 de Setiembre del 2008 y su monto de inversión ascendía a S/.1,656,020.00, sin em-bargo, al entrar en la fase de inversión pro-dujeron cambios que lo alteraron, los cuales se registraron en el Banco de Proyectos, en el numeral 12 DATOS POSTERIORES A LA DECLARACIÓN DE VIABILIDAD, los que se presentan a continuación:

3.3 Acción IIIa. La UE deberá informar a la OPI o a

la DGPM, según corresponda, de las modificaciones señaladas en el numeral 26.1 de la Directiva Gene-ral y siempre que el PIP esté siendo ejecutado mediante administración directa o similar, deberá elaborar el Informe de Cierre a que se refiere el numeral 22.3 del artículo 22 respecto del PIP que se encontraba en la Fase de Inversión.

b. La UE remite el Informe de Cierre a su OPI institucional, la que procede a registrarlo en el Banco de Proyectos, en la Ficha de Registro del Informe de Cierre (Formato SNIP-14). Este registro por parte de la OPI no implica la acep-tación o conformidad respecto al con-tenido del mismo.

c. La OPI o la DGPM, según sea el caso, deberán informar al Órgano de Con-trol Interno respectivo, a fin que se analice las causas que sustentan las modificaciones o las posibles deficien-cias de los estudios de preinversión con los que se otorgó la viabilidad.

d. Si el PIP está siendo ejecutado me-diante administración indirecta, co-rresponde al Órgano Resolutivo de-cidir respecto de su continuación o no. En el presente caso, si el Órgano Resolutivo dispone que se continúe ejecutando el PIP, la OPI registra las modificaciones en la Ficha de Regis-tro del PIP en el Banco de Proyectos, los cuales quedarán registrados como “Cambios del PIP en la Fase de Inver-sión según Acción III”.

Alternativa 1

2,098,789

240,243

8,25

BENEFICIARIO

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CSistemas Administrativos

Cuadro Nº 5

Sistema Nacional de Inversión Pública REGISTROS EN LA FASE DE INVERSIÓN

Fecha registro : 15/06/2009

Identificación del PIPPIP

Monto Viable Monto Modificado Etapa

Fórmula Comentario

Tipo de Ejecución

¿El Proyecto Pierde alguna condición ne-cesaria para sus soste-nibilidad?¿Se suprimen metas asociadas a la capaci-dad de producción del servicio o componen-tes, aunque el monto de inversión no varíe?

2434 - REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA TINGO MARIA -AGUAYTIA- PUCALLPA

370,062,000.00870,141,051.34

Ejecución

--No se ha registrado formula polinomica--

Administración Indirecta - Por Contrata

No

No

Tipo de Modificaciones

Modificaciones no Sustanciales

Detalle de Modificaciones no SustancialesN° Tipo Modificación Monto1 Metrados 500,079,051 Total 500,079,051

Fórmula Polinómica

Ejecución

Condiciones del PIP

II. DATOS SOBRE EL PERIODO DE EJECUCION DEL PROYECTO

1. Fecha de Inicio del Expediente Técnico2. Fecha de Culminación del Expediente Técnico3. Fecha de Inicio de Ejecución del Proyecto4. Fecha de Culminación del Proyecto5. Modalidad de Ejecución

23/04/200923/04/200923/04/200923/04/2009

Administración Directa

Cuadro Nº 6

INFORME DE CIERRE – FORMATO SNIP -14

I. DATOS GENERALES

1. Código SNIP2. Nombre del PIP

3. Fecha de declaración de viabilidad4. Monto de Inversión declarado viable5. Monto de Inversión Ejecutado6. Unidad Ejecutora prevista

7. Plazo de ejecución previsto en la Declaración de Viabilidad

42248INSTALACION RED PRIMARIA ANEXO LAS PALMERAS CASERIO QUEMAZON, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE04/04/2007197,000 nuevos soles.12,000 nuevos soles. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE1 Mes(es)

III. PRINCIPALES METAS FISICAS

IV. EJECUCION FINANCIERA

¿Se logró el objetivo del Proyecto? Sí

Nombre U.M. Cant. Viable Cant. Ejec. Sustento

Nombre Costo Viable Costo Ejecutado Sustento

REDPRIMARIA

REDPRIMARIA

197,000 0

GLB 100 120,000

– La Municipalidad Provincial de Lam-bayeque en el año 2 0 0 7 , te n í a u n a partida aprobada de S/ . 12,000.00 ( d o c e m i l c o n 00/100 nuevos so-les). Monto que se destino, en acuer-do con la pobla-ción a la compra de suministros de materiales (postes), por el monto total de la partida.

– Cabe señalar que por medio de Ges-tiones de los mis-mos pobladores lograron obtener el financiamiento en su tota l idad p o r p a r t e d e l Municipio de Mo-rrope. Motivo por el cual se solicita el Sierre de este Proyecto.

Registrar la información de ejecución financiera del proyecto compa-rando los datos originales con los cuales se declaró la viabilidad y los datos reales al final de la ejecución.Justifique las variaciones según el cuadro siguiente.

Señale las principales limitaciones o problemas encontrados durante laejecución del proyecto:

1 Deficiencias en el diseño del proyecto (preinversión)

2 Expediente Técnico deficiente

3 Deficiencias en el área administrativa X

4 Desinterés de los beneficiarios

5 Deficiencia en la asignación de los recursos presupuestales X

6 Falta de personal capacitado en la Unidad Ejecutora

7 Deficiente calidad de los equipos/insumos

8 Problemas climatológicos y/o físico-geográficos

9 Deficiente desempeño de contratistas/consultores

10 Limitaciones en el marco legal

11 Deficiencias en los arreglos institucionales X

12 Modalidad de ejecución apropiada

V. PRINCIPALES PROBLEMAS O LIMITACIONES EN LA EJECUCIÓN

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VI. LECCIONES APRENDIDAS

VII. SOSTENIBILIDAD

VIII. INFORMACION

Asimismo, se deberá señalar brevemente y de manera objetiva y crítica, las lecciones aprendidas del proceso seguido en la ejecución del proyecto.Las lecciones tienen relación con preguntas como

Fuente de Financiamiento para la operación y mantenimiento:

La entidad encargada es la Unidad Ejecutora:

Entidad encargada de la Operación y Mantenimiento

Indicar las referencias donde se puede obtener información detallada que sustente el informe, así como el responsable de su elaboración:

FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL

Municipalidad Distrital de Mo-rrope

1 ¿La modalidad de ejecución fue la adecuada? X

2 ¿El diseño fue adecuado? X

3 ¿El número excesivo de componentes dificultó la ejecución? X

4 ¿Las metas fueron realistas? X

5 ¿La estrategia de ejecución fue exitosa? X

6 ¿Los beneficiarios asumieron compromisos reales? X

(1) En los casos que la UE no sea responsable de la operación y manteni-miento se deberá indicar la fecha de transferencia a la entidad encargada de la operación y mantenimiento, así como de los documentos que sustenten dicha transferencia

Describir los arreglos institucionales llevados a cabo para asegurar la ope-ración y mantenimiento del proyecto:

¿Existe algún tipo de factor que ponga en riesgo la sostenibilidad del proyecto? No

Nombre de la Unidad Ejecutora:

Responsable de la Unidad Eje-cutora:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE

INGº ROMAN ARTURO GIL REAÑO

_____________________________Firma y Sello del Responsable

Responsable de la elaboración del informe: Arq. Jorge Martin Sialer Serrano

Teléfono/Fax: 976-992084

Correo Electrónico: [email protected]

FECHA DEL INFORME DE CIERRE: 23/04/2009

Bitácora Informativa• LISTA DE NORMAS qUE REGULAN EL SNIP(1) n LEY qUE CREA EL SNIP

• LeyNº27293– Modificatorias • DecretoLegislativoN°1091• DecretoLegislativoN°1005• LeyNº28802• LeyNº28522

n REGLAMENTO DEL SNIP• DecretoSupremoN°102-2007-EF

– Modificatoria • DecretoSupremoN°038-2009-EF

n DIRECTIVA GENERAL DEL SNIP• ResoluciónDirectoralN°002-2009-EF/68.01,

Aprueba Directiva General del SNIP – Modificatorias • Resolución Directoral N° 003-2009-

EF/68.01 • Resolución Directoral N° 004-2009-

EF/68.01 n INCORPORACIÓN DE GOBIERNOS LOCALES

AL SNIP • Resolución Directoral N° 005-2007-EF/68.01 • ResoluciónDirectoralN°005-2005-EF/68.01• ResoluciónDirectoralN°007-2003-EF/68.01

(Segunda y Décimo Quinta Disposición Complementaria)

n DELEGACIÓN DE FACULTADES • DelegacióndelasfacultadesdelMEF

• ResoluciónMinisterialN°133-2009-EF/10

• ResoluciónMinisterialN°314-2007-EF/15– Modificatoria

• ResoluciónMinisterialN° 647-2007-EF/15

• Delegación de las facultades del SectorUniversidades • ResoluciónNº1070-2007-ANR• ResoluciónNº800-2007-ANR• ResoluciónNº642-2007-ANR• ResoluciónNº413-2007-ANR• ResoluciónNº261-2007-ANR

• DelegacióndelasfacultadesdelSectorFONAFE • Acuerdo de Directorio N° 006-2009/

002-FONAFE • DelegacióndelasfacultadesdelMiniste-

rio de la Mujer y Desarrollo Social • ResoluciónMinisterialN°323-2009-MI-

MDES n COOPERACION TÉCNICA NO REEMBOLSABLE

• Directivaparaeltratamientodelosproyec-tos enmarcados en el Sistema Nacional de In-versión Pública que involucran Cooperación Técnica Internacional (Resolución Directoral Ejecutiva Nº 126-2004-APCI-DE).– Modificatoria • Resolución Directoral Ejecutiva N°

006-2005-APCI-DEn SISTEMA OPERATIVO DE SEGUIMIENTO Y

MONITOREO • Disponen laaplicacióndel sistemaope-

rativo de seguimiento y monitoreo del

Sistema Nacional de Inversión Pública • Resolución Ministerial N° 583-2005-

EF/15– Modificatoria • Resolución Ministerial N° 693-2006-

EF-15• ApruebanInstructivodelSistemaOpera-

tivo de Seguimiento y Monitoreo del Sis-tema Nacional de Inversión Pública • Resolución Directoral N° 001-2006-

EF/68.01– Modificatoria • Resolución Directoral N° 003-2006-

EF/68.01n REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS

DE INVERSIÓN PÚBLICA - REPIP • Decreto Legislativo que promueve los

servicios especializados en elaboración de Estudios de Preinversión y Evaluación deProyectosdeInversiónPública,yquemodifica la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública • DecretoLegislativo1091

• Directiva que establece los requisitos yprocedimientos para la acreditación en el REPIP • Resolución Directoral N° 005-2009-

EF/68.01.

–––––––––––––––––––––––––(1) Información obtenida de la página web: http://www.mef.gob.pe/DGPM/normatividad.php.