Moisés Guzmán - Independencia Nueva España y dilema de constitución política

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ESPACIO,TIEMPO y FORMA República y monarquía en la fundación de las naciones contemporáneas. América Latina, España y Portugal. Ángeles Lario (ed.) HistoriaContemporánea REVISTA DE LA FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA UNED ISSN: 1130-0124 MADRID 2010 Serie V 22

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  • ESPACIO, TIEMPO y FORMA

    Repblica y monarqua en la fundacin de las nacionescontemporneas. Amrica Latina, Espaa y Portugal.

    ngeles Lario (ed.)

    HistoriaContempornea

    REVISTA DE LA FACULTAD DE GEOGRAFA E HISTORIA

    UNED ISSN: 1130-0124 MADRID 2010

    Serie V22

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  • Espacio, Tiempo y Forma, Serie V, Historia Contempornea, t. 22, 2010, pgs. 79-105

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    Monarqua, Repblica o Imperio?La independencia de la Nueva Espaay el dilema de la constitucin poltica

    de la Nacin, 1810-1821MOISS GUZMN PREZ1

    Instituto de Investigaciones HistricasUniversidad Michoacana de San Nicols de Hidalgo

    Monarchy, Republic or Empire? The Independenceof the New Spain and the dilemma of the political constitution

    of the Nation, 1810-1821

    1 Un avance de este trabajo lo publiqu con el ttulo : El imaginario imperial de la insurgencia me-xicana, en Guerra e imaginarios polticos en la poca de las independencias, Moiss GUZMN PREZ(coordinador), Morelia, Instituto de Investigaciones Histricas-Universidad Michoacana de San Nicols deHidalgo, (Coleccin Bicentenario de la Independencia 2), 2007, pp. 169-192.

    RESUMEN

    Durante muchos aos los historiadorespensaron que la pugna por instaurar unamonarqua o una repblica en Mxicodurante las primeras seis dcadas del

    siglo XIX, se inici en 1822 con el Imperiode Agustn de Iturbide. Este artculo tiene

    por objetivo demostrar que desde larevolucin de independencia de 1810 losdistintos grupos en conflicto se plantearon

    modelos diferentes de organizacinpoltica para tratar de constituir

    polticamente a la nacin, ante la quiebrade la monarqua hispnica.

    PALABRAS CLAVE:Independencia, Nueva Espaa,

    Monarqua, Repblica, MonarquaConstitucional, Imperio.

    ABSTRACT

    For a long time historians have thoughtthat the struggle to establish a monarchyor a republic in Mxico during the first 6decades of the XIX century, began in1822, when the empire of Agustn deIturbide appeared. The objective of thisarticle is to demonstrate that since theRevolution of 1810, the groups in conflictsproposed different kinds of politicalorganizational models to try to build thenation from a political perspective, after decollapse of the Hispanic monarchy.

    KEYWORDS:Independence, New Spain, Monarchy,Republic, Constitutional Monarchy,Empire.

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  • Los intentos hechos por insurgentes y realistas por tratar de reconstituir pol-ticamente a la nacin, transitaron por varias vas. La monrquica, que tuvo suspartidarios durante toda la lucha armada, concentrndose fundamentalmente enlos funcionarios y empleados al servicio del gobierno espaol; la republicana, re-tomada por la dirigencia insurgente y cuyos jefes se ilusionaban con los logros al-canzados por sus vecinos norteamericanos; la monrquica constitucional, desa-rrollada por los diputados de Espaa y Amrica reunidos en Cdiz y respaldadaen Nueva Espaa por los grupos de la clase media con ansias autonomistas; yla imperial, que tambin fue considerada como una opcin en el bando insurgen-te, de hecho con ellos naci, pero no vio su cristalizacin sino hasta 1821 conAgustn de Iturbide.

    Conforme transcurrieron los aos, la idea de establecer una monarqua ab-soluta fue en decadencia hasta ser rechazada plenamente. En cambio, la rep-blica, la monarqua constitucional y el imperio, constituyeron una opcin viable degobierno; esta ltima, incluso para el propio movimiento insurgente al que la his-toriografa etiquet siempre de tendencias liberales y republicanas. Esto quiz nosexplique por qu en Mxico primero hubo un Imperio con un sistema de monar-qua moderada, y luego se adopt otro que fue republicano, representativo yconfederado.

    Para los bandos en pugna no haba duda sobre la existencia de una nacin:mientras los primeros hablaban de la gran nacin espaola de ambos conti-nentes, los segundos se referan sobre todo a la nacin americana, fincandofuertes lazos de pertenencia con el suelo donde haban nacido. En realidad, el granproblema que se presentaba para los distintos actores sociales del momento, erael de su constitucin poltica. Bajo qu modelo poltico deba estar organizado elgobierno? Por largos aos la historiografa sobre el siglo XIX mexicano ha subra-yado la pugna poltica e ideolgica que vivi nuestro pas por tratar de establecerun proyecto monrquico republicano que diera estabilidad a la joven nacin. Casisiempre, su punto de partida para tratar de explicarlo es 1821 con la declaracin deindependencia y el posterior establecimiento del Imperio de Iturbide, primero, y dela Repblica federal, despus.

    Tanto para los realistas como para los insurgentes era fundamental definir elmodelo y la estructura poltica que deba adoptarse y precisar el espacio territorialque comprendera la nueva nacin soberana. Por ello, es importante destacar,como expone Rodrguez Lapuente, que estructurar una organizacin poltica nue-va o totalmente distinta a la tradicional no era cosa fcil en el caso de los insur-gentes, porque no exista en el acervo doctrinal propio ningn antecedente al quepudiera apelarse. Es entonces cuando se incorporan doctrinas de Europa y los Es-tados Unidos, sin que esto quiera decir que se hiciera una copia mecnica y servil2.

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    2 Manuel RODRGUEZ LAPUENTE, Comentario, en Repaso de la independencia, compilacin y pre-sentacin de Carlos HERREJN PEREDO, Mxico, Gobierno del Estado de Michoacn, Colegio de

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    Me propongo en este estudio demostrar que, en el proceso mismo de la luchaarmada, se postularon, discutieron y ensayaron, diversos modelos de organizacinpoltica para remplazar el rgimen imperante en la Nueva Espaa; que la monar-qua absoluta cada vez fue en decadencia hasta ser rechazada completamente yque tanto la monarqua constitucional, como la repblica y el imperio, significaronen su momento una opcin viable, incluso para el movimiento insurgente al que lahistoriografa oficial etiquet siempre con tendencias liberales y republicanas.

    EL PRIMER MODELO: LA MONARQUA ABSOLUTALo primero que debemos sealar es que, a pesar de que la revolucin de 1810

    rompa de tajo con el gobierno monrquico, este modelo de organizacin polticapermaneci fuertemente arraigado en un importante sector de la sociedad no-vohispana. La monarqua era una forma de gobierno en el que el poder supremo co-rresponda con carcter vitalicio a un prncipe, designado generalmente segn ordenhereditario y a veces por eleccin. En el caso de la monarqua espaola, sta co-menz a fundar su existencia a partir de 1493, un ao despus del descubrimientode las Indias por Cristbal Coln, cuando el Papa Alejandro VI expidi la bula in-tercaetera que conceda a los reyes de Castilla y Aragn la posesin de las tierrasdel Nuevo Mundo. Para los juristas y cronistas que celebraban la creacin del Im-perio espaol esa bula constitua su principal fundamento legal y espiritual3.

    Empero, si bien es cierto que los fundamentos de esta monarqua habansido preparados con bastante prudencia por Fernando el Catlico, no fue hasta elreinado de Carlos V cuando Espaa asumi la Monarqua de Europa a travs dela conquista de Italia, las derrotas infligidas a Francia y a los turcos, el descubri-miento de las Indias y la adquisicin de Portugal. Posteriormente, esta monarquafue perfeccionada por el celo, por la religin y la justicia de Felipe II. Bajo su rei-nado se construy El Escorial, obra cumbre de la arquitectura europea; gozaba delos derechos universales de patronato eclesistico lo cual le autorizaba a nombrarobispos y cannigos en todas las posesiones americanas, y adems, gobernabasus diversos reinos a travs de una doble jerarqua, la eclesistica y la secular, conministros y magistrados imgenes de sus prncipes, pero tambin con los miem-bros de la nobleza quienes posean grandes extensiones de tierra o bien gozabande un seoro jurisdiccional4.

    Michoacn, 1985, p. 169. Esto viene a cuento porque desde hace tiempo se viene repitiendo que el fe-deralismo mexicano fue una copia servil del modelo adoptado en Estados Unidos, cuando en realidadslo se tom el modelo, el cual se consolid a travs de un largo y penoso desarrollo propio. Cfr. ManuelGONZLEZ OROPEZA, El Federalismo, Mxico, Universidad Nacional Autnoma de Mxico, 1995, p. 21, 28-29 y ss.

    3 David A. BRADING, La monarqua catlica, en Inventando la nacin. Iberoamrica. Siglo XIX, An-tonio Annino y Franois-Xavier Guerra, coordinadores, Mxico, Fondo de Cultura Econmica, 2003, pp.18-19.

    4 Ibd., pp. 22-26.

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  • Con el ascenso al trono de Espaa de la dinasta Borbn la tesis de la misinprovidencial de Espaa en el mundo fue desechada por los ministros de Carlos IIIy se adopt un espritu ms secularizado y utilitario. El clero fue atacado en susfueros y privilegios. Adems, personas como Campomanes pensaban que la ni-ca manera de que Espaa volviese a ejercer su dominio en el Nuevo Mundo eramediante la conquista y la posesin. El caso es que, al afectar el rgimen de pro-piedad de la nobleza y los fueros eclesisticos, estaba demoliendo los cimientosque por ms de dos siglos haban sostenido a la monarqua espaola. Es por esoque cuando los novohispanos hablan en sus escritos de la monarqua, estn pen-sando en ese ideal tradicional transmitido por decenas de aos, en donde el rey re-presenta la cabeza del cuerpo poltico y al cual todos estn unidos por lazos deobediencia, amor, respeto y vasallaje.

    En una apologa sobre el virrey Miguel Jos de Azanza escrita por Carlos Marade Bustamante dej explcita su idea de la monarqua, la cual compartan muchosde los hombres de su generacin. Dice al principio de su representacin:

    Cuando se trata de los intereses de vuestra Majestad Catlica, del Estado y desu Monarqua, todo hombre ha nacido soldado. Cuando algn mal amenaza anuestra cabeza, cada miembro del cuerpo tiene un derecho incontestable a pro-curar su sanidad, pues de su conservacin depende no menos que la de nuestroindividuo.

    Luego dice respecto a la monarqua:

    Esta es un bello cuerpo de que cada uno somos miembros; todos tenemos enl obligaciones qu desempear. Sus leyes son un rico tesoro que se nos han dadoa todos en depsito, y de que debemos responder; si las perpetramos faltamos anuestros deberes...5.

    Juan Lpez Cancelada, director de la Gaceta del Gobierno de Mxico y del Co-rreo Semanario, deca en este ltimo peridico que el gobierno monrquico re-presentaba el mejor de los regmenes:

    sistema inestimable por sus muchas bondades y que esperamos gozar conms sosiego y perfeccin que otras naciones, bajo la suavidad de un gobierno mo-nrquico, como ms conforme a nuestras inclinaciones, y por su naturaleza libre delos vicios populares del gobierno republicano, donde es verdad que el hombre nacey se alimenta del amor de la patria; pero vive sujeto a mil contrastes, originados delas imprescindibles facciones caractersticas de esta clase de gobiernos. [...] Assuspiramos todos los buenos espaoles de aquel y este nuevo mundo por nuestrogobierno monrquico sujeto, como es debido, a las leyes sancionadas por nuestrosEstados Generales, que sern un escudo que defienda el derecho y libertad decada honrado ciudadano en su clase correspondiente6.

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    5 Archivo General de Indias (AGI), Estado, 40, nm. 48. Representacin de Carlos Mara de Busta-mante dirigida al rey Carlos IV, Mxico, 22 de abril de 1800, f. 1.

    6 Biblioteca Nacional de Francia (BNF), Correo Semanario Poltico y Mercantil de Mxico, t. 3, nm.3, mircoles 16 de enero de 1811, p. 23.

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    Sin embargo, conforme fue avanzando la revolucin en Nueva Espaa, y losdiputados en Cdiz debatan sobre el futuro de la nacin espaola, la idea de res-tablecer en el trono a un monarca absoluto fue perdiendo terreno. En febrero de1812, cuando Morelos permaneca sitiado en el pueblo de Cuautla por las fuerzasde Flix Mara Calleja, hizo circular un escrito dirigido a los criollos en el que lesanunciaba:

    Ya no hay Espaa, porque el francs est apoderado de ella. Ya no hay Fer-nando VII porque o l se quiso ir a su Casa de Borbn a Francia y entonces no es-tamos obligados a reconocerlo por rey, o lo llevaron a fuerza, y entonces ya noexiste. Y aunque estuviera, a un reino conquistado le es lcito reconquistarse y a unreino obediente le es lcito no obedecer a su rey, cuando es gravoso en sus leyes,que se hacen insoportables...7.

    Por su parte el vocal de la Suprema Junta, el guanajuatense Jos Mara Lice-aga, en una carta reservada para el presidente Lpez Rayn escrita a mediados denoviembre de 1812 probablemente desde la laguna de Yuriria, le deca que

    los primeros traidores a la Nacin fueron Carlos IV y Fernando Sptimo, queteniendo hacia nosotros la misma consideracin que a una manada de ovejas, nosentregaron a Napolen, y sancionaron nuestra esclavitud con la abdicacin de laCorona8.

    En este reclamo se observan varios asuntos relacionados con la constitucinpoltica y las leyes fundamentales de la monarqua: la ruptura del pacto entre elmonarca y sus vasallos por la traicin de Fernando VII, la necesidad de contar conel consentimiento de los vasallos en caso de cambio dinstico, como efectivamenteya haba sucedido con la entronizacin de Jos Bonaparte, y la inalienabilidad delos dominios de la Corona que, segn los jefes rebeldes, ya estaba en manos deNapolen. Pero la imagen del rey no slo estaba deteriorada entre los altos man-dos de la insurgencia; tambin entre la gente de mediana o escasa instruccin pri-vaban los mismos sentimientos, tal como lo podemos ver en el carteo que sostu-vieron por el ao de 1813 Vicente Fernndez, al parecer apoyador del realismo, yManuel Correa, de filiacin insurgente. Sus testimonios son valiosos porque nosdejan apreciar sus ideas y pensamientos en torno a la imagen del monarca y a lapropia revolucin. Deca Fernndez a Correa:

    Fernando VII es nuestro rey puesto por Dios, quien castiga a Espaa por suspecados, uno de los cuales fue la alianza que tuvo con Francia. Si Espaa sostie-

    7 Archivo General de la Nacin (AGN), Operaciones de Guerra, t. 198, fs. 135-136. Proclama de Mo-relos dirigida a los criollos, Cuautla, 23 de febrero de 1812.

    8 Liceaga a Rayn, sin lugar, 16 de noviembre de 1812, en Juan E. HERNNDEZ Y DVALOS, Coleccinde Documentos para la Historia de la Guerra de Independencia de Mxico de 1808 a 1821, edicin fac-similar de la de 1877-1882, Mxico, Instituto Nacional de Estudios Histricos de la Revolucin Mexicana,Comisin Nacional para las celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Ani-versario de la Revolucin Mexicana, 1985, t. IV, nm. 145, p. 652.

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  • ne una guerra cruel contra Napolen y ha mandado tropas a este reino, cunto mspodr hacer contra cuatro descarriados; hgase vuestra merced tambin cargo denuestros triunfos en este reino, y pida vuestra merced indulto.

    Correa contest con stas palabras:

    El gobierno espaol no puede tener justicia en esta causa, porque es injusto eilegtimo, y hace 2 aos se baa en nuestra sangre. No somos cuatro perversoscomo vuestra merced dice, somos toda la nacin, que resiste a la tirana. El poderde Espaa es risible y despreciable y no podr evadirse del poder de Francia9.

    Villoro seala que el despotismo era una palabra que estaba ligada a todaslas instituciones polticas del reino mientras que el dspota haca alusin es-pecfica al rey absoluto. El monarca ya no tiene frente a l a los espaoles celososde las leyes fundamentales de la nacin, sino a un conjunto de ciudadanos quedefendan sus libertades individuales. Ms adelante expone que el llamado a lavoluntad general en lugar de los cuerpos constituidos implica el desconoci-miento de las instituciones tradicionales y la pretensin de constituir a la nacinnuevamente10. En su proclama del 21 de junio de 1814 dada en Zacatln, decaLpez Rayn:

    Fernando ser el primer ciudadano, vivir sujeto a una constitucin liberal y ca-recer de la funesta autoridad de daar a los dems hombres. No ms gobernar-nos por virreyes, oidores ni ministros precarios, agentes de la tirana; gobernmo-nos por nosotros mismos al abrigo de un cdigo justo que afiance nuestra felicidadcontra las pasiones de los mandarines europeos11.

    El gobierno virreinal esperaba que con el regreso al trono de Fernando VII enmayo de 1814 las cosas cambiaran. Estaban convencidos de que los rebeldes de-pondran las armas y olvidaran los males pasados, pero sucedi todo lo contrario.La imagen del rey estaba bastante deteriorada y mientras algunos cabecillas in-surgentes dudaban de los beneficios de su retorno, otros llegaron a burlarse de l.Fue as como de la fidelidad al rey deseado, se pas al insulto, a la vejacin de supersona y, por consiguiente, de la institucin monrquica que representaba. Cuan-do el comandante realista Pedro Celestino Negrete comunic al padre Jos Anto-nio Torres el regreso de Fernando VII pidindole rendir las armas, el cura insur-gente contest que la vuelta del rey slo traera la ruina de Espaa por lasdificultades que haba con las Cortes por el asunto de la soberana12. Otros encambio, aseguraban

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    9 Correa a Fernndez, sin lugar ni fecha, en Prontuario de los insurgentes, introduccin y notas deVirginia GUEDEA, Mxico, Centro de Estudios sobre la Universidad, Instituto Mora, 1995, pp. 158-159.

    10 Luis VILLORO, El Proceso Ideolgico de la Revolucin de Independencia, Mxico, Secretara deEducacin Pblica, (Coleccin Cien de Mxico), 1986, p. 117.

    11 Proclama de Rayn, Zacatln, 21 de junio de 1814, en ProntuarioOp. Cit., pp. 259-260.12 AGI, Audiencia de Mxico, leg. 2571, ff. 150-153. Carta de Negrete al padre Torres, Estancia de

    Gallero, 9 de julio de 1814. Contestacin del segundo, Pnjamo, julio 13 de 1814.

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    que el pobre Fernando, para redimir su exterminio e inmensas vejaciones, hatenido que pasar por cuantas leyes se le han impuesto, de manera que saluda aNapolen segn el Ave; ecce servus tus fiat mihi scundum verbum tuum13.

    Fue tal el descrdito en que cay la imagen del monarca, que hasta el propioAbad y Queipo coment en una carta al ministro Miguel de Lardizbal y Uribe, queera solamente una figura retrica muy hermosa que no podra cortar la rivalidadque exista entre hermanos14. An entre algunos jefes insurgentes que aparente-mente no contaban con suficiente instruccin, el rgimen monrquico pareca ale-jarse de su ideal de gobierno. El comandante Ramn Rayn escribi al realista Ci-riaco de Llano en estos trminos en octubre de 1814:

    Las Cortes sern lo que quiera el rey que sean, siempre que l se reserve lafacultad de convocarlas. Esta verdad es un axioma en la ciencia de los gobiernos;y los ms sabios escritores de Espaa la han ilustrado con razones tan convin-centes y demostrativas que ha llegado al alcance de todos. [...] La nacin, pues, notiene que esperar nada de Espaa, mucho menos organizada por el plan monr-quico tratado por Fernando. Si usted quiere convencerse de esta verdad, consultela opinin pblica desprendida de pasiones, y deponiendo por un instante el ciegoespritu de partido15.

    La misma actitud se aprecia en los escritos de los diputados del CongresoMexicano. En su manifiesto a todas las Naciones expedido el 28 de junio de1815 desde el ingenio azucarero de Puruarn, en Michoacn, asentaron en uno desus prrafos en son de burla:

    ya para fascinarnos, celebran con fiestas extraordinarias la restitucin de Fer-nando VII, como si pudiramos prometernos grandes cosas de este joven imbcil,de este rey perseguido y degradado en quien han podido poco las lecciones del in-fortunio, puesto que no ha sabido deponer las ideas despticas heredadas desus progenitores16.

    El documento fue impreso por el doctor Jos Manuel de Herrera en nueva Or-lens y l mismo se encarg de hacerlo circular en el pas del Norte, en Sudam-rica y aun en Europa, donde lo recibi el padre Servando Teresa de Mier.

    Otro capitn insurgente, Mariano Carmona, comunic al gobierno de Jaujilla enabril de 1817 que los realistas le haban pedido la rendicin del Fuerte de San Mi-guel de la Frontera a nombre de su imbcil monarca17. Aunque la idea de un go-

    13 Relacin de Ignacio Urbizu, sin lugar ni fecha, en ProntuarioOp. Cit., nm. 70, p. 332.14 AGI, Audiencia de Mxico, leg. 2572, ff. 371-372. Manuel Abad Queipo a Miguel de Lardizbal y

    Uribe, Valladolid, 1 de octubre de 1814.15 Biblioteca Nacional de Mxico. Fondo Lafragua (207) (BNM. LAF), Cartas de los Sres. D. Ramn

    Rayn y D. Ciriaco del Llano, Mxico, Imprenta Americana de D. Jos Mara Betancourt, 1821, 6 pp.16 Manifiesto de Puruarn (1815), en Richard MORRIS, Josefina ZORAIDA VZQUEZ y Elas TRA-

    BULSE, Las revoluciones de independencia en Mxico y en los Estados Unidos, un ensayo comparativo,Mxico, Secretara de Educacin Pblica, (Coleccin Sep Setentas nm. 247), 1976, t. II, pp. 63-64.

    17 Gaceta del Gobierno Provisional Mexicano de las Provincias del Poniente, t. I, nm. 3, jueves 10de abril de 1817, p. 9, en Genaro GARCA, Documentos Histricos Mexicanos, edicin facsimilar de la de

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  • bierno monrquico prevalecer en Mxico despus de lograda la independencia, elhecho es que cada vez surgieron ms opositores a un rgimen donde no se res-petaban sus derechos ms elementales y en el que su vida y destinos dependande la voluntad de un solo hombre. Es por ello que, desde el inicio de la guerra civil,otras formas de organizacin estatal atrajeron el inters de los principales jefes in-surgentes, asesorados por personas versadas en los asuntos de gobierno.

    EL SEGUNDO MODELO: LA REPBLICAEl vocablo repblica no era nuevo en la cultura occidental. En una primera

    acepcin remita a la res publica, es decir al cuerpo poltico, sin importar culfuera su forma de gobierno; en un sentido ms moderno, repblica designaba unaforma de gobierno no monrquico como las de la Antigedad clsica en donde lavirtud cvica y el bien comn constituan las normas a seguir, o como la de Vene-cia, la de Holanda y la Inglaterra de la primera revolucin inglesa. En un tercer sen-tido, exclusivo del castellano, la palabra repblica serva para designar a los pue-blos, es decir a las repblicas de naturales y tambin a las ciudades18. Slobasta echar un vistazo a algunos legajos de cualquier archivo del perodo virreinalpara darnos cuenta de esto ltimo. Y es que, como bien lo seal Rafael Rojas enuna de sus obras, el republicanismo se asocia con gobiernos templados, el mon-taje de una simbologa patritica y la construccin de un modelo cvico que aspiraa una comunidad de ciudadanos virtuosos, capaces de sacrificar intereses parti-culares en la realizacin del bien pblico19.

    En la primera de esas percepciones podemos inscribir al doctor Jos MiguelGuridi y Alcocer, un letrado oaxaqueo que tendr una destacada participacin enlas Cortes espaolas en 1813, y quien en 1799 escribi lo siguiente:

    La Repblica es un conjunto de hombres que forman un cuerpo poltico paraayudarse mutuamente a pasar la vida con descanso. Son pues los individuos losmiembros de cuya unin resulta el todo de la Repblica. El fin y necesidad de estaunin son sus propios destinos y tareas; porque si no hubiera la distincin de di-versas profesiones y a cada uno no contara sino consigo solo, cmo podra cul-tivar la tierra para proporcionarse sustento, fabricar su morada, beneficiar tejer lastelas para cubrir sus carnes, formarse sus vestidos y calzados...?20.

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    1910, Mxico, Instituto Nacional de Estudios Histricos de la Revolucin Mexicana, Comisin Nacionalpara las celebraciones del 175 Aniversario de la Independencia Nacional y 75 Aniversario de la Revo-lucin Mexicana, 1985, t. IV.

    18 Franois-Xavier GUERRA, La identidad republicana en la poca de la independencia, en Museo,memoria y nacin. Misin de los museos nacionales para los ciudadanos del futuro, Colombia, InstitutoColombiano de Antropologa e Historia, Instituto de Estudios Polticos y Relaciones Internacionales de laUniversidad Nacional de Colombia, 2001, pp. 255-256.

    19 Rafael ROJAS, La Escritura de la Independencia. El surgimiento de la opinin pblica en Mxico,Mxico, Taurus, Centro de Investigacin y Docencia Econmicas, 2003, pp. 197-198.

    20 Centro de Estudios de Historia de Mxico-Carso (En adelante: CEHM-Carso). Fondo I-2. Manus-critos de Luis Gutirrez Caedo, 1792-1823, Exp. 108. Discurso sobre los daos del juego, su autor elDr. Dn. Jos Miguel Guridi y Alcocer, ao de 1799, f. 4v.

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    Despus de la Independencia de los Estados Unidos de Amrica en 1776, elconcepto de repblica sufri una transformacin muy profunda y desde entoncesse le comenz a asociar con el gobierno representativo, en donde los derechos in-dividuales quedaban siempre resguardados, pero sobre todo lleg a convertirse enla principal bandera contra el despotismo. Contrario a los gobiernos monrquicosrepresentados por Inglaterra, Espaa y la misma Francia, el sistema republicano delos Estados Unidos apareca en el horizonte de la Amrica como la gida polticadel momento. No slo era el modelo de gobierno lo que engendraba pasin, sino elideal que esa nacin representaba al declararse defensora de las libertades indi-viduales, de los derechos del pueblo y en donde slo gobernaba el imperio de laley. Es por eso que la oposicin a este modelo de gobierno no se hizo esperar, so-bre todo en Nueva Espaa, dada la cercana territorial con el vecino pas. El virreyJos de Iturrigaray observ que las lites locales ejercan una enorme influencia enlas distintas provincias del virreinato y que haba francas posibilidades de imitar elmodelo norteamericano. En un oficio dirigido a la Junta de Sevilla en septiembre de1808, en plena crisis de la monarqua, el virrey advirti:

    ya ha comenzado a experimentarse una divisin de partidos en que por di-versos medios se proclama sorda pero peligrosamente la independencia y el go-bierno republicano, tomando por ejemplo el vecino de los Angloamericanos, y pormotivo el no existir nuestro soberano en su trono21.

    A pesar de que ya se tenan este tipo de antecedentes, lo cierto es que el idealrepublicano comenz a aparecer entre los insurgentes no hasta en como sostieneMara Teresa Garca Godoy en su excelente estudio sobre Las Cortes de Cdiz yAmrica, sino desde los primeros dos o tres meses de la insurreccin con el prin-cipal caudillo de la insurgencia, el cura Miguel Hidalgo y Costilla. Desde antes de1810 el prroco de la congregacin de Dolores tuvo conocimiento de distintos tex-tos polticos norteamericanos que se discutan en las aulas de los colegios de ladicesis o que le hacan llegar algunos de sus allegados de manera clandestina,como por ejemplo las declaraciones de derechos de algunas de las trece coloniasy varios artculos de la Constitucin de los Estados Unidos; adems, en varias desus tertulias literarias emiti opiniones favorables al sistema republicano cuestio-nando el monrquico, como la que tuvo lugar en el pueblo de Taximaroa (hoy Hi-dalgo, Michoacn) frente a un par de frailes mercedarios. Ya iniciada la revolucin,propuso crear un congreso con representantes de las principales ciudades, villas ylugares del reino que dictaran leyes suaves y acomodadas a las circunstancias decada pueblo; algunos de sus allegados llegaron a considerarlo el Nuevo Was-hington con quien los americanos trataran de conseguir la independencia de laNueva Espaa, y en Guadalajara public una proclama insurgente en la que llamla atencin sobre los distintos gobiernos que haban funcionado bajo el sistema de

    21 Iturrigaray a la Junta de Sevilla, Mxico, 3 de septiembre de 1808, en GARCA, DocumentosOp.Cit., vol. II, p. 92. Las cursivas son mas.

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  • repblica y la manera en que todos haban vivido bajo un principio fundamental: elde la libertad. Finalmente, luego de que fue capturado en Acatita de Bajn, Co-ahuila el 21 de marzo de 1811 y trasladado a Chihuahua para ser interrogado porlas autoridades eclesisticas y civiles, el fiscal que se hizo cargo de su proceso,ngel Abella, sac como conclusin que Hidalgo era muy afecto a la constitucinfederativa de los Estados Unidos porque segn le haba dicho a Ignacio Allende,permitira a los americanos vivir en la libertad de hombres22.

    Ahora bien, no debemos pensar que la idea del gobierno republicano se ma-nifest con claridad desde un inicio. Exista a veces cierta ambigedad cuando sehablaba al respecto, y hasta contradiccin en el lenguaje empleado por la dirigen-cia insurgente y el grupo de letrados criollos que les apoyaban. Se poda hablar delgobierno de la Repblica y al mismo tiempo decir que los insurgentes se habanarmado para defender el Trono y el Santuario, como lo lleg a manifestar CarlosMara de Bustamante a las autoridades eclesisticas de Oaxaca entre los mesesde junio y octubre de 181323.

    En otras ocasiones, la mentalidad de los jefes evolucion rpidamente y lle-garon a inclinarse abiertamente por el modelo republicano. El militar guanajuaten-se Jos Mara Liceaga, quien se desempeaba como vocal de la Junta de Zit-cuaro nos puede servir de ejemplo. Si en julio de 1812 deca que todas sus miraseran que los habitantes de este suelo se llamen indistintamente ciudadanosamericanos, vasallos de Fernando VII, interesados en conservarle estos dominiosy promover la felicidad pblica24; en agosto del ao siguiente se declar enemigodel gobierno monrquico al que calific de desptico y de cualquier intento dequerer amonarcarse, como segn su compaero Jos Sixto Bedusco, el presi-dente Ignacio Lpez Rayn intentaba hacer. En su proclama deca:

    El cielo me confunda si alguna vez me han envanecido y enfatuado lisonjerascriminales esperanzas de entronizarme! [...] Liceaga slo intenta sostener el go-bierno de Congreso que la nacin en masa eligi y proclam para evitar el despo-tismo del gobierno monrquico o de un solo magistrado, [...] El sistema de Liceagaes reclamar y defender, con pecho invicto, este derecho y todos los fueros im-prescriptibles de la nacin que sta ha confirmado a su celo (y) patriotismo; ysiempre opondr al engao la verdad; la ingenua integridad al maquiavelismo y fal-sa poltica; y la buena armona del gobierno republicano al fungimiento y orgullo delmonrquico25.

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    22 Para un desarrollo ms amplio de este tema vase: Moiss GUZMN PREZ, Miguel Hidalgo y el Go-bierno Insurgente en Valladolid, Morelia, Instituto de Investigaciones Histricas-Secretara de DifusinCultural-Universidad Michoacana de San Nicols de Hidalgo, 2003, especialmente el captulo III.

    23 AGI, Audiencia de Mxico, leg. 1492. Carta de Bustamante al den Jos Ibez Corvera agrade-cindole irnicamente no haber suscrito el proyecto de Constitucin, Oaxaca, 16 de junio de 1813. Car-ta de Bustamante al den y cabildo de Oaxaca, Oaxaca, 13 de octubre de 1813.

    24 Liceaga a Francisco Xavier Cesate, Valle de Santiago, 22 de julio de 1812, en HERNNDEZ Y D-VALOS, ColeccinOp.Cit., vol. IV, nm. 85, p. 278.

    25 Proclama de Liceaga dirigida a los habitantes de Salvatierra, Salvatierra, agosto de 1813, en Ibd.,vol. IV, nm. 186, pp. 706-707. El subrayado es nuestro.

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    Ms all de la referencia a Nicols Maquiavelo y a lo que este autor y suobra representaban para el insurgente, lo que nos interesa destacar es la compa-racin que hizo Liceaga del gobierno republicano al que consideraba acorde con laaplicacin y el respeto a las leyes que garantizaban el bienestar de las personas,respecto al de tipo monrquico que, por estar en manos de un solo hombre, era desuyo hipcrita y soberbio.

    La influencia de los Estados Unidos como modelo poltico a imitar es a todasluces manifiesta. Luis Villoro escribi a este respecto: Es tanta la fe en los her-manos del Norte, que el Correo Americano del Sur llega a afirmar que hasta su do-minacin sera bienvenida con tal de librarse del despotismo (nm. 9)26. Esta in-clinacin hacia el sistema republicano se fue alimentando poco a poco conformeavanz la revolucin y, sin quererlo, los propios militares realistas contribuyeron asu difusin. Resultaban de mucha ayuda los recortes de peridico y los artculosque hacan referencia a los textos constitucionales de los Estados Unidos, comoaquel que hicieron circular los editores del peridico antes mencionado que se pu-blicaba en la ciudad de Oaxaca en abril de 1813, en el que transcribieron lasnotables palabras del artculo I de su Constitucin referente a la creencia reli-giosa, mismas que fueron sacadas del tomo seis del Dictionnaire historique pourune socit de genes de lettres, escrito al parecer por el publicista Thomas Paine27.

    Es tambin, desde noviembre de 1811 cuando encontramos por primera vezentre los insurgentes del Sur la palabra confed(e)rados, pero empleada con unmarcado sentido peyorativo. Era de esta manera como los comisionados VctorBravo, Francisco Hernndez y Manuel Barbosa designaban a cabecillas y soldadossubalternos que actuaban de forma anrquica y sin sujecin alguna en sus terri-torios, como ocurri con el general Toms Ortiz y el mariscal de campo Antonio Eli-zalde, nativos de Sultepec y Huetamo, respectivamente28. Por lo general estaidea era la que privaba en la mentalidad de los hombres en estos aos y no sersino hasta mediados de marzo de 1813 cuando la palabra federacin y confede-racin, va a ser vista con mejores ojos por parte de los letrados criollos.

    Como antecedente de esta palabra en Espaa, sabemos que en Cdiz, en lasesin del 12 de enero de 1812 cuando se discuta el tema de la representacin,Jos Mara Queipo de Llano y Ruiz de Saravia, mejor conocido como el conde deToreno, argument que si sta se haca con base en la poblacin, entonces seestara adoptando un sistema federado como el de los Estados Unidos, lo cual eraincompatible con una monarqua. Su preocupacin era mayor con las provinciasde Ultramar porque fcilmente podran imitar al ms independiente de los canto-

    26 VILLORO, El procesoOp. Cit., p. 167, cita 60.27 Correo Americano del Sur, nm. 9, Oaxaca, 22 de abril de 1813, p. 71, en GARCA, Documen-

    tosOp. Cit., vol. IV.28 AGN, Operaciones de Guerra, vol. 917, exp. 121, fs. 205-211. Respuesta dada a la Suprema Jun-

    ta sobre las providencias que dict por la queja puesta por el coronel D. Vicente Lubiano contra El Cuer-po de la Comisin, Tlalchapa, 1 de noviembre de 1811.

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  • nes suizos y acabar por constituir estados separados29. Otro diputado, Agustn Ar-gelles, sostuvo en esa misma sesin que si se creaban diputaciones provincialesen Amrica seguramente se seguira una mayor divisin de provincias y quemultiplicndose la accin de estos pequeos gobiernos en razn del nmero dehabitantes, no les quedara ms remedio que inclinarse por la federacin30. A pe-sar de las oposiciones, muchos de los diputados americanos transitaban por esava. Y aunque es cierto que la Constitucin de Cdiz de 1812 no menciona paranada la federacin, de hecho el ttulo VI sancionaba la autonoma de los gobier-nos locales y provinciales; permita que stos fueran electos libremente y conce-da a cada pueblo y provincia autoridad para resolver problemas polticos, eco-nmicos y sociales31.

    Garca Godoy apunta que la voz federacin comenz a circular en el espaoldecimonnico con el valor de sistema poltico que permite gran autonoma a laspartes de una nacin y goz de gran uso en aquellas regiones hispanoamerica-nas que se apresuraron a imitar el ejemplo poltico del vecino del Norte, como Ve-nezuela y Argentina32. Por nuestra parte agregaramos que, adems de lo ocurridoen la Nueva Granada donde existi una notable experiencia republicana con la cre-acin de los estados de Cundinamarca, Cartagena, Tunja, Socorro y Pamplonaconsignados en el Acta de la Federacin del 27 de noviembre de 1811; en el vi-rreinato de la Nueva Espaa tambin se dej ver esa influencia, sobre todo en elmbito de las ideas y de los proyectos, mismos que trataron de ser asimilados y di-fundidos por los abogados criollos que apoyaban el movimiento. En un aviso al p-blico que dieron los editores del Correo Americano del Sur decan al respecto:

    Es an ms digna de aplauso la nueva de que las Provincias Unidas, paraeterno monumento de nuestra confederacin, han enviado en nuestro auxilio vein-te mil hombres armados y aguerridos, cuya llegada ha espantado tanto al enemi-go...33.

    Por su parte, el licenciado Lpez Rayn en su proclama de mediados de juliode 1814 expedida desde el pueblo de Zacatln, Puebla, se entusiasmaba con lallegada del supuesto ministro plenipotenciario Embert a la barra de Nautla, en Ve-racruz. Sin mucho recato reconoca el sistema poltico de los norteamericanoscomo una

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    29 Nette Lee BENSON, La diputacin provincial y el federalismo mexicano, Mxico, LI LegislaturaCmara de Diputados, (Serie : Estudios Parlamentarios 1), 1980, p. 16.

    30 dem.31 MORRIS, et al, Las revoluciones, vol. III, pp. 52-54.32 Mara Teresa GARCA GODOY, Las Cortes de Cdiz y Amrica. El primer vocabulario liberal espaol

    y mejicano (1810-1814), Espaa, Diputacin de Sevilla, (Serie Nuestra Amrica nm. 4), 1998, p. 255.33 Correo Americano del Sur, nm. 4, Oaxaca, jueves, 18 de marzo de 1813, p. 25, en GARCA, Do-

    cumentosOp. Cit., vol. IV. Las cursivas son mas. El autor del artculo fue el licenciado Bustamante,quien despus de consumada la independencia se inclinar por el establecimiento de una repblica cen-tral, ya que segn l, la federacin hundira a la patria en el desorden. Cf. Ernesto LPEZ BETANCOURT, Elantifederalismo de Carlos Mara de Bustamante, Mxico, Universidad Nacional Autnoma de Mxico,1997, pp. 71-91.

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    ...confederacin con unas Provincias que son la envidia de las dems Nacio-nes. Y con sobrada energa denunciaba: acabad de conoced la insidiosa con-ducta de estos monstruos que nos han tiranizado cuando publican con algaraza larestitucin de Fernando Sptimo a su trono para alarmarnos por medio de este en-gao contra los designios liberales del Supremo Gobierno de Estados Unidos34.

    El desencanto por la monarqua entre los principales jefes era evidente. Ni si-quiera la figura del rey que tanto respetaron por decenas de aos pudo hacer quepensaran en apoyar de nuevo este rgimen de gobierno. Ante sus ojos, ahora co-braban importancia los principios liberales promovidos por el gobierno de los Es-tados Unidos y el ms importante de ellos, sin duda, era el de la libertad.

    Otra manera de referirse al gobierno republicano por parte de los insurgentesera cuando hablaban de la forma democrtica de gobierno. La palabra democra-cia, que en el Cdiz de las Cortes representaba un tema tab y se le relacionabacon la anarqua y el desgobierno35, se entenda de manera ms o menos se-mejante en la Nueva Espaa. En enero de 1811 el publicista espaol Juan LpezCancelada descalific abiertamente al sistema de gobierno democrtico; lo consi-deraba perjudicial al pas por ser contrario a las costumbres de los habitantes delreino de la Nueva Espaa, y porque, segn l,

    Si el gobierno es democrtico, resultan los vicios anexos a todo gobierno po-pular, en quien influye regularmente la voluntad soberana de los representantes delpueblo, que goza al fin de una libertad mal entendida36.

    Ah resida el problema. Los partidarios de la monarqua estaban en contra detodo aquello que tuviera que ver con el gobierno popular, y entindase populary no del pueblo porque, en aquel tiempo, mientras al primero se le identificaba conel populacho o la plebe, al segundo lo asociaban con los hombres de bien, queeran los verdaderos amantes de la religin, del rey y de la patria, representados porlos cuerpos constituidos. Tambin cuestionaban el rgimen representativo porquede ese modo los diputados se arrogaban en nombre de la nacin un atributo queantes slo perteneca al rey: el poder soberano. Y por ltimo, criticaban a los re-presentantes del pueblo ahora s en sentido popular, porque dejaban deser fieles y obedientes a las leyes y mandatos del monarca y decidan actuar conamplios mrgenes de libertad en los asuntos polticos.

    Curiosamente, el vocablo gobierno democrtico comenz a ser empleadopor Morelos desde abril de 1811 para hacer alusin al pie de gobierno que habacreado en la Provincia de Tecpan (actual estado de Guerrero), diferencindolo delgobierno aristocrtico asociado con los ricos comerciantes y nobles peninsulares

    34 AGI, Indiferente General, leg. 110, fs. 574-574v. Proclama de Rayn, Zacatln, 18 de julio de 1814.La cursiva es ma.

    35 GARCA GODOY, Las Cortes de CdizOp. Cit., p. 254.36 Correo Semanario Poltico y Mercantil de Mxico, t. 3, nm. 3, Mxico, mircoles 16 de enero de

    1811, p. 23.

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  • que tenan infestado el reino37. Despus, durante las elecciones insurgentes cele-bradas en las provincias de Tecpan y Oaxaca, al Sur de Mxico, la idea de esta-blecer un gobierno democrtico se mantuvo vigente y se hizo extensiva entre todoslos representantes que conformaron el Congreso de Chilpancingo. As se observaen el manifiesto que lanz Liceaga a nombre del Congreso el 1 de junio de 1814desde el palacio nacional de Huetamo, en la tierra caliente de Michoacn:

    ...la comisin encargada de presentar el proyecto de nuestra Constitucin in-terina, se da prisa para poner sus trabajos en estado de ser examinados y en bre-ves das veris, oh pueblos de Amrica! la carta sagrada de la libertad que el Con-greso pondr en vuestras manos, [...] La divisin de los tres poderes se sancionaren aquel augusto cdigo; el influjo exclusivo de uno solo en todos o algunos de losramos de la administracin pblica, se proscribir como principio de la tirana; lascorporaciones en que han de residir las diferentes potestades o atribuciones de lasoberana, se erigirn sobre los slidos cimientos de la dependencia y sobre vigi-lancias recprocas; la perpetuidad de los empleos y los privilegios sobre esta ma-teria interesante, se mirarn como detractoras de la forma democrtica del go-bierno. Todos los elementos de la libertad han entrado en la composicin delreglamento provisional, y este carcter os deja ilesa la imprescriptible libertad dedictar en tiempos ms felices la Constitucin permanente con que queris ser re-gidos38.

    Luego de la promulgacin del Decreto Constitucional para la libertad de laAmrica Mejicana sancionado el 22 de octubre en el pueblo de Apatzingn, Mi-choacn, no quedaba ninguna duda de que el nuevo Estado creado por los insur-gentes era de carcter republicano y de ello dieron cuenta tanto las autoridadesrealistas, como los propios partidarios de la independencia. La va republicana semanifestaba a travs de sus discursos, sus proyectos y otros textos impresos, perosobre todo en sus instituciones polticas. Cuando Calleja supo de dicho Decreto yley varios de los papeles impresos por los patriotas insurrectos, public un bandoque hizo circular por todo el reino expresndose as de dicha Carta:

    los rebeldes, destruyendo enteramente nuestro justo y racional gobierno, y es-tableciendo solemnemente la independencia de estos dominios y su separacin dela madre patria, se han forjado una especie de sistema republicano, brbaramenteconfuso y desptico en sustancia, respecto de los hombres que se han arrogado elderecho de mandar en estos pases, haciendo una ridcula algaraba, y un com-puesto de retazos de la Constitucin anglo-americana, y de la que formaron las lla-madas Cortes Extraordinarias de Espaa39.

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    37 Decreto de Morelos, Ciudad de Nuestra Seora de Guadalupe, 18 de abril de 1811, en Ernesto LE-MOINE VILLICAA, Morelos. Su vida revolucionaria a travs de sus escritos y de otros testimonios de la po-ca, Mxico, Universidad Nacional Autnoma de Mxico, 1965, doc. 10, p. 173.

    38 Ibd, doc. 167, pp. 473-474. El mismo manifiesto fue hecho circular 14 das despus por Herreradesde Tiripeto. HERNNDEZ Y DVALOS, ColeccinOp. Cit., vol. V, nm. 154, pp. 543-544. Las cursivasson mas.

    39 Bando del virrey Calleja condenando la Constitucin de Apatzingn, Mxico, 24 de mayo de1815, en Ernesto LEMOINE VILLICAA, Zitcuaro, Chilpancingo y Apatzingn: tres grandes momentos dela insurgencia mexicana, en Boletn del Archivo General de la Nacin, segunda serie, t. IV, nm. 3, M-xico, Secretara de Gobernacin, 1963, nm. 95, p. 625. Las cursivas son mas.

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    Calleja no se equivoc en su apreciacin. El Supremo Gobierno Mexicano sellamaba asimismo gobierno republicano que velaba por la buena causa de losciudadanos40. Para muchos insurgentes, entre ellos Vicente Guerrero, el sistemade gobierno adoptado con la promulgacin del Decreto era de tipo republicano ymuy conveniente a las circunstancias del pas porque le permitira a muchos de sushombres de raza negra, india y mestiza, vivir en un rgimen donde la esclavitudno existiera y la libertad estuviese garantizara. Por eso se quej ante las autoridadesde la Junta Subalterna de Taretan por la disolucin del Supremo Congreso decre-tada por el militar insurgente Manuel de Mier y Tern en Tehuacn, Puebla, en di-ciembre de 1815, ya que con ello se disolva este modo de gobierno republicanoque con aplauso general se haba adoptado. Por tal motivo, el teniente coronelsiempre mantuvo la idea de que pudieran instalarse las corporaciones que antesnos regan41, refirindose al Supremo Gobierno, al Supremo Congreso y al Su-premo Tribunal de Justicia creados por la Constitucin. Varios aos despus otrojefe suriano, el entonces coronel Juan lvarez, hizo publicar otra proclama dirigidaa sus compatriotas del pueblo de Atoyac, (hoy Atoyac de lvarez, Guerrero), enla que hablaba de la benignidad del Gobierno Republicano, tratando con ello deatraer nuevamente para su causa a antiguos patriotas insurgentes que haban so-licitado el indulto al gobierno del virrey Juan Ruiz de Apodaca42.

    Si bien el inters por mantener viva la idea de que exista un gobierno republi-cano perdur prcticamente hasta el final de la lucha, fue desde principios de fe-brero de 1815 cuando al gobierno revolucionario se le acu por primera vez elnombre de Repblica Mexicana y al representante del Ejecutivo el de Presi-dente de los Estados Unidos de Mxico43. Esto fue obra de Jos lvarez de To-ledo, un exiliado cubano que viva en Nueva Orlens y que haba ofrecido sus ser-vicios al gobierno insurgente como agente diplomtico ante el Congreso deWashington. Guadalupe Jimnez Codinach seala que fue l quien, adaptndoseposiblemente a la nomenclatura poltica norteamericana, utiliz por vez primera lasdenominaciones Repblica Mexicana y Estados Unidos de Mxico, las cualesterminaran por arraigar en la conciencia y en el lxico poltico de los mexicanos44.

    El trmino empleado por lvarez de Toledo en realidad no era nuevo, pues yahaba ejemplos de su uso en otras parte del reino. La Junta Gubernativa de SanAntonio de Bjar de 1813, por ejemplo, aunque no pretenda crear un gobierno

    40 Circular del Supremo Gobierno, Uruapan, 31 de agosto de 1815, en Ibd., nm. 99, pp. 640-641.41 Guerrero a la Junta Subalterna, cuartel general en Jonatln, 21 de abril de 1816, en Ibd., nm.

    102, p. 645. Las cursivas son mas.42 AGN, Operaciones de Guerra, vol. 83, f. 295. Juan lvarez a sus compatriotas de Atoyac y ha-

    cienda de San Jernimo, cerro de Ayuca, 6 de septiembre de 1820. Apud. Ernesto LEMOINE VILLICAA,Morelos y la revolucin de 1810, Mxico, Gobierno del Estado de Michoacn, 1984, p. 311.

    43 Diversas cartas de Jos lvarez de Toledo al gobierno insurgente, Nueva Orlens, 10-15 de fe-brero de 1815, en LEMOINE VILLICAA, Morelos. Su vida...Op. Cit., docs. 184-186, pp. 519-527.

    44 Guadalupe JIMNEZ CODINACH y Mara Teresa FRANCO GONZLEZ SALAS, Pliegos de la diplomacia in-surgente. Documento Somex, introduccin, notas y apndice de, Mxico, Senado de la Repblica,1987, p. 364, nota 119.

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  • para toda la Nueva Espaa, reconoca que Texas era un estado que formabaparte de la Repblica Mexicana, y por ello trat de crear un rgano de gobiernoalterno45. La diferencia radica en el instituto u organismo que adoptaba los nuevostrminos polticos: la primera era una junta militar con un radio de influencia muy lo-cal o regional, mientras que el Supremo Congreso Nacional Americano buscabaconstituirse en un gobierno reconocido por toda la nacin.

    Posteriormente, el nombre de Repblica Mexicana y la forma de gobiernoque le era inherente, sera popularizado ampliamente por fray Servando Teresa deMier en varios de sus escritos. Por ejemplo, en una proclama que dio a conocer enmayo de 1817 en Soto la Marina, Veracruz, el padre dominico arguy:

    Despus de haber odo hablar as al sumo pontfice al supremo pastor y padrecomn de los fieles, qu cristiano puede ni debe atreverse a blasfemar de nuestraRepblica Mexicana como contraria a la religin catlica? Cul es la disparidad en-tre nuestra repblica y la Cisalpina a quien habla el Papa? Todo el mundo sabe quela repblica Cisalpina, cuya capital era Miln, se compona de los estados que tenanen Italia el emperador de Austria, otros prncipes y el Papa mismo, como seor tem-poral, los cuales estados por una insurreccin a ejemplo de la francesa y al abrigode sus ejrcitos, se acaban de constituir en repblica independiente. Y con todo estonuestro santsimo padre Po 7, lejos de excomulgar a los insurgentes, de excitarlosa volver bajo el yugo de sus prncipes y de animar a los realistas, que sin duda ha-bran de empuar las armas contra los republicanos, los exhorta a todos a mante-nerse bajo el gobierno republicano y a obedecer como Jesucristo a sus autoridades,sin formar partidos en contra, ni escuchar a las pasiones y al inters privado46.

    La fe republicana de este extraordinario escritor y polemista novohispano semantuvo vigente an despus de consumada la independencia y fue decisiva en laadopcin del sistema federal en Mxico. Porque, hay que decirlo, fue el padre Mierquien en 1821 defendi la Constitucin republicana elaborada por los diputados deChilpancingo, diciendo que a ningn particular le es dado variar el pacto social de-cretado por un Congreso Constituyente47. Ansiaba con fervor que toda la Amri-ca del Sur adoptara un sistema general republicano para alcanzar con rapidez laprosperidad que haban logrado los Estados Unidos, pero sobre todo porque elgobierno republicano es el nico en que el inters particular siempre activo es elmismo inters general del gobierno del Estado48.

    Otro mrito tiene el padre Mier: fue de los primeros en proponer al SoberanoCongreso Constituyente que en lo relativo a las bases del proyecto de constitucin,

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    45 Virginia GUEDEA, El proceso de independencia y las juntas de gobierno en Nueva Espaa, enRevolucin, independencia y las nuevas naciones de Amrica, Jaime E. RODRGUEZ O., (Coord.), Madrid,Fundacin MAPFRE TAVERA, 2005, p. 226.

    46 AGI, Estado, 42, nm. 29. Proclama de Servando Teresa de Mier, Soto la Marina, 25 de mayo de1817 y 5 de la independencia mexicana, f. 4v.

    47 Fray Servando Teresa de Mier. Nuevo discurso sobre la libertad de la patria formado con las no-ticias ms recientes hasta el mes de julio de 1821, Filadelfia, en MORRIS, et al., Las revolucionesOp.Cit., vol. III, p. 45.

    48 Ibd., p. 47.

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    el sistema de Repblica que se adoptara fuese tambin federada y, rechazando elmodelo central, explicaba qu tipo de federacin quera:

    Yo siempre he estado por la federacin, pero una federacin razonable y mo-derada, una federacin conveniente a nuestra poca ilustracin y a las circunstan-cias de una guerra inminente, que debe hallarnos muy unidos. Yo siempre heopinado por un medio entre la confederacin laxa de los Estados Unidos, cuyos de-fectos han patentizado muchos escritores, que all mismo tienen muchos antago-nistas, pues el pueblo est dividido entre federalistas y demcratas; un medio, digo,entre la federacin laxa de los Estados Unidos y la concentracin peligrosa de Co-lombia y del Per: un medio en que dejando a las provincias las facultades muyprecisas para proveer a las necesidades de su interior, y promover su prosperidad,no se destruya a la unidad, ahora ms que nunca indispensable, para hacernosrespetables y temibles a la Santa Alianza49.

    A pesar de su fuerza, el modelo republicano federal no se estableci en Mxi-co al consumarse la independencia. Existan otras opciones igualmente posibles.Ante esa realidad, los partidarios de esta forma de gobierno tuvieron que hacerfrente a dos contingencias: primero, negociar mayores espacios de representacinbajo el Imperio de Agustn I, amparados en la autonoma e independencia que lesofrecan las Diputaciones Provinciales; y segundo, ya instalados en el Congreso,procurar la cada del emperador para establecer frmulas y mecanismos que, sinlesionar los derechos e intereses de las provincias, convirtieran a Mxico en unarepblica50.

    EL TERCER MODELO: LA MONARQUA CONSTITUCIONALEl otro modelo de organizacin poltica que comenz a disearse a partir de

    1810 en que se reunieron las Cortes revolucionarias en Cdiz, fue el de la monar-qua constitucional. Desde un inicio, los diputados liberales se mostraron partidariosde una monarqua que ya no representara al gobierno desptico, sino que estu-viera sometida a la voluntad general y reglamentada por una constitucin. Es poreso que el nuevo rgimen fue denominado monarqua constitucional o monarquamoderada. La promulgacin de la Constitucin Poltica de la Monarqua Espaolael 19 de marzo de 1812, constitua un amplio programa modernizador que se re-flejaba en todos los rdenes: polticamente, plante el principio de la soberana na-cional, la divisin de poderes y la participacin de los ciudadanos por medio del su-fragio. En lo social, abola los seoros, dejaba el rubro de la educacin en manosdel Estado y luchaba contra el analfabetismo. En el plano administrativo, influy de-

    49 Ibd., pp. 72, 75.50 Cf. Hira de GORTARI RABIELA, El federalismo en la construccin de los estados, en Mxico in the

    age of democratic revolutions, 1750-1850, Unites States of America, Lynne Rienner Publishers, Inc.,1994, pp. 210-222. Alfredo VILA, Para la libertad. Los republicanos en tiempos del Imperio 1821-1823,Mxico, Universidad Nacional Autnoma de Mxico, (Serie Historia Moderna y Contempornea / 14),2004.

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  • cididamente en la ordenacin del territorio tanto en Espaa como en Amrica. Enel aspecto econmico, estableci un nuevo sistema de contribucin universal y fo-ment la creacin de un mercado nacional. En lo que toca a los derechos, de-cret la abolicin de la tortura, la dignificacin del trato a los presos y la inviolabili-dad del domicilio, adems de implementar una serie de reformas al poder judicial.Finalmente, en lo religioso, abola el Tribunal del Santo Oficio51.

    Desde luego que existan cambios radicales, pues una monarqua constitu-cional era diferente a aquella donde el poder era ejercido por una sola persona demanera desptica. El tema de la soberana nacional fue sin duda el punto medularque sostena el sistema poltico de Cdiz. Y no era para menos, ante el temor dealgunos diputados porque se llegase a variar la forma de gobierno, o de algunosotros eclesisticos que seguan sosteniendo que la potestad de Dios haba sidotransmitida a los Prncipes y a los Santos Padres, es decir a Reyes y Papas, se im-puso finalmente el proyecto de los liberales, mismo que qued plasmado en el ar-tculo 3 de aquel cdigo fundamental que deca: La soberana reside esencial-mente en la Nacin, y por lo mismo pertenece a sta exclusivamente el derecho deestablecer sus leyes fundamentales52. Ahora bien, la divisin de poderes que mar-caba aquel cdigo constitucional no significaba que haba equilibrio o igualdad en-tre los mismos como suponen algunos autores53. Desde que la Regencia jurobediencia a las Cortes Extraordinarias, qued de manifiesto la supremaca del Le-gislativo sobre el Ejecutivo. ste ltimo estuvo caracterizado por la provisionalidadde sus miembros en contraste con la permanencia de los que conformaban el cuer-po Legislativo.

    Como era de esperarse, en Nueva Espaa la monarqua constitucional fue elmodelo de organizacin poltica al que se sujetaron las autoridades del momento.Tenemos conocimiento de una larga lista de autoridades civiles y eclesisticas, fun-cionarios del gobierno y otros empleados de menor categora, que recibieron unejemplar impreso de la Constitucin Poltica de la Monarqua Espaola y la apli-cacin casi inmediata de todas sus disposiciones y providencias54.

    No es aventurado sealar que esta opcin poltica debi atraer la atencin devarios grupos inconformes vinculados con los jefes insurgentes, porque vean enella el fin del poder absoluto, un arma contra la tirana y una posibilidad para par-ticipar de manera directa en la toma de decisiones en sus respectivas provincias.

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    51 Antonio FERNNDEZ GARCA, La Constitucin de Cdiz (1812) y Discurso preliminar a la Constitucin,edicin, introduccin y notas de..., Madrid, Editorial Castalia, (Coleccin Clsicos Castalia 269), 2002,p. 63.

    52 Ibd., p. 89.53 Alfredo VILA, Pensamiento republicano hasta 1823, en El republicanismo en Hispanoamrica.

    Ensayos de historia intelectual y poltica, Jos Antonio Aguilar y Rafael Rojas, coordinadores, Mxico,Centro de Investigacin y Docencia Econmicas, Fondo de Cultura Econmica, 2002, pp. 327-328.

    54 Cfr. AGI, Audiencia de Mxico, leg. 1678. Documentos justificantes de las autoridades, jefes y cor-poraciones y dems que en este reino de la N. E. han jurado la Constitucin Poltica de la Monarqua Es-paola, sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias el ao de 1812, los cuales se remiten a S.M. por el ministerio de la gobernacin de Ultramar.

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    Entre los insurgentes, en cambio, el modelo poltico fue rechazado, no as algunosartculos plasmados en la Constitucin que despus fueron retomados. Tantopara los diputados reunidos en la Pennsula como para muchos criollos americanosy jefes insurgentes, la elaboracin de una Constitucin era una va que ampliabasus expectativas, aunque en distinta direccin: mientras para lo primeros era la ni-ca forma de mantener la unidad nacional, para los segundos vena a ser el ins-trumento fundamental contra el despotismo y el cimiento de un nuevo estado so-berano.

    Lpez Rayn fue de los pocos jefes insurgentes que emiti algunas opinionesfavorables a este cdigo. A pesar de que nada comprende sobre el derecho so-cial deca el abogado, contrapesa los tres poderes, obstruye las intrigas y re-duce a justos lmites la sublime autoridad de que tanto abusan los hombres55.Como apunta vila, la monarqua constitucional no era suficiente para los repu-blicanos, quienes pretendan que el poder legislativo deba ser superior y, de he-cho, fuente y origen de los otros dos, tal como haba establecido la Constitucin deApatzingn56.

    El retorno de Fernando VII a Espaa y la reimplantacin del gobierno absolu-tista acabaron con los anhelos de muchos grupos con tendencias separatistas y losinsurgentes tambin mostraron su desnimo. Decenas de pasquines y hojas vo-lantes circularon por las calles de la ciudad de Mxico o eran pegados en las es-quinas y en los sitios ms concurridos. En el interior de la propia catedral de M-xico, se encontraron en el suelo varios papeles que desaprobaban el regreso deFernando VII y pedan la unin de criollos y peninsulares para luchar contra la ti-rana del monarca. En uno de ellos se lea:

    Resucita la tirana de los ReyesFernando la sostiene contra losque le han dado el cetroUnmonos Europeos y Criollosy seremos felices.Los criollos estn prontos lamitad faltaConstitucin, esto es, ser libreo morir57.

    55 Proclama de Ignacio Rayn, Cuartel general en Purandiro, agosto de 1813, en LEMOINE VILLICAA,Morelos. Su vidaOp. Cit., doc. 106, p. 353. Proclama de Rayn a los americanos, sin lugar, agosto de1813, en ProntuarioOp. Cit., nm. 5, p. 307. Cuando Rayn habla de derecho social est pensandocuando menos en dos cosas: en el empleo, como un instrumento de ascenso social que poda ayudar alos ciudadanos americanos a elevar su situacin; y en la desaparicin de la estructura gremial, porque,al abolir los exmenes de artesanos, se poda calificar en forma individual el desempeo de cada uno deellos.

    56 VILA, Pensamiento republicano, 2002, pp. 327-328.57 AGI, Indiferente General, leg. 110, f. 562v. Papel que con otros iguales se encontr en la catedral

    de Mxico el da 17 de agosto en que se celebraban las primeras noticias venidas de la Pennsula sobreel advenimiento al trono de nuestro soberano.

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  • Otro deca:Juraste la constitucin? SEs Santa? SPues por qu has de obedeceral tirano Fernando que la des-truye, y hacerte esclavo, siahora no se renen gachupinesy Criollos sern todos siervosde la tirana antigua delos Reyes58.

    Cuando el monarca volvi a jurar la Constitucin de Cdiz en 1820, los viejosliberales brincaron de contento, pues el rgimen constitucional tena muchos se-guidores. En el caf del coliseo en la ciudad de Mxico la gente se reuna para co-mentar sobre las novedades y los sucesos de Espaa. El sargento mayor de rea-listas de la villa de nuestra seora de Guadalupe, Juan Jos Espejo, deca queJuan Garduo, un militar de urbanos ya retirado del servicio, pregonaba

    que Mxico estaba revuelto porque los liberales haban de acabar dentro debreve con los serviles; que l estaba pronto, pues era muy constitucional, y que sedeca que le haban de quitar la cabeza al virrey y al arzobispo...59.

    Asimismo, en el caf del lobo blanco hubo un convite para celebrar el re-greso de la Nueva Espaa a la vida constitucional. En la Gaceta de los PasesImaginarios, un peridico manuscrito que circulaba de mano en mano entre la gen-te, se informaba que hasta la persona ms sencilla brind por la Nacin, las Cor-tes, el Rey Constitucional y por la ruina del servilismo. Otro de los concurrentes enaquel sitio se puso a declamar la siguiente dcima:

    Viva la Nacin que sabiaform la Constitucin,y muera el servil de rabiaporque ve su destruccin.Viva la Constitucinporque da bienes eternos,corta abusos sempiternos,y logr con bizarra,lanzar a la tiranaen los profundos infiernos60.

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    58 dem.59 AGI, Audiencia de Mxico, leg. 1678. Superior Gobierno. 1820. Testimonio de las diligencias prac-

    ticadas en averiguacin de lo que dentro se expresa.. Declaracin de Juan Jos Espejo, Mxico, 1 deagosto de 1820.

    60 CEHM-Carso. Fondo I-2. Manuscritos de Luis Gutirrez Caedo, 1792-1823, exp.156. Gaceta delos pases imaginarios, ao de 1820, Mxico, en la Oficina de don Alejandro Valds, ff. 5-5v. [Manus-crito].

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  • Monarqua, Repblica o Imperio? La independencia de la Nueva Espaa

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    En febrero de 1821, las circunstancias polticas del momento llevaron a Agus-tn de Iturbide, jefe del Ejrcito Trigarante, a proclamar el 24 de febrero de 1821 suconocido Plan de Iguala y seis meses despus firmar en la villa de Crdoba, losTratados que daran fin a la existencia poltica de la Nueva Espaa. Con ello secreaba una monarqua moderada con representacin nacional y libertad de im-prenta, porque se consideraba tan benfica o ms que otra, segn los pueblos61.Timothy E. Anna, apoyndose en varios autores, apunta que la monarqua consti-tucional en Mxico era la alternativa ms prctica por varias razones: por su largatradicin de autoridad en relacin a los movimientos republicanos que an noeran fuertes; por el enorme reconocimiento de los sectores rurales a una tradicinprotectora y patriarcal del gobierno monrquico y porque era ms acorde con lascostumbres y tradiciones de los mexicanos62. Javier Ocampo concluye que entretodas las formas de gobierno que se mencionan en 1821, la ms aceptada y res-paldada en el da de la consumacin de la independencia fue la oficial, que pro-puso una monarqua constitucional moderada. Se pensaba que este sistemapermita el paso de un gobierno colonial a otro independiente, porque moderadaconstitucionalmente, es la que ms conviene dir Iturbide63. As, la monarquaconstitucional fue la primera forma oficial de gobierno que tuvo el pas hasta 1823en que el Imperio fue derrocado para tomas despus los senderos de la repblica.

    EL CUARTO MODELO: EL IMPERIO

    Muy unida a la monarqua apareci la idea imperial. La palabra Imperio evocaante todo una idea de dominio, de espacio territorial determinado, controlado porun poder central. De acuerdo con el vocabulario moderno, imperio se le llama al r-gimen donde la autoridad poltica es detentada por un emperador que reina sobreun territorio64. Pero en el lxico antiguo, especialmente de los siglos XV y XVI loshombres de entonces lo definan como una Monarqua que ha extendido su podery dominio sobre otros territorios y que se considera heredera del antiguo imperioromano defensor del catolicismo. La estructura imperial presupone una idea de lacentralizacin absoluta del poder, una profunda y arraigada catolicidad, adems deun dficit de historia poltica y diplomtica, puesto que se pensaba que todo lo queno est dentro de los mrgenes del imperio no pertenece a la civilizacin.

    Desde el siglo XVI la ciudad de Mxico goz de ese ttulo. Por una orden delrey Carlos V de fecha 24 de julio de 1548, fue designada: La Muy Noble, Insigne y

    61 CEHM-Carso. Fondo XI-3. Miscelnea histrica, 1807-1890, exp. 8. Carta de Pedro Celestino Ne-grete a Iturbide en el que expresa su pensamiento poltico y lo que se debe hacer para el bien de los ha-bitantes de la Nueva Espaa, Lagos, 19 de diciembre del 1821.

    62 Timothy E. ANNA, El Imperio de Iturbide, Mxico, Consejo Nacional para la Cultura y las Artes,Alianza Editorial, (Coleccin Los Noventa nm. 70), 1991, pp. 29-34.

    63 Javier OCAMPO, Las ideas de un da. El pueblo mexicano ante la consumacin de su indepen-dencia, Mxico, El Colegio de Mxico, 1969, pp.192-193.

    64 Dictionnaire Hachette, Francia, Hachette, 2000, p. 533.

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  • Muy Leal e Imperial Ciudad de Mxico con honores de grande de Espaa y privi-legios semejantes a los del Ayuntamiento de Burgos, antigua capital de Castilla. Enla correspondencia oficial, a una ciudad de esta categora se le nombraba ilustr-simo seor. Por lo mismo, desde su fundacin, se le otorg a la ciudad una divi-sa herldica, cuyos smbolos conmemoraban fases notables de la localidad, un in-cidente de la conquista o la unin de la ciudad con la corona de Castilla65. Suimportancia como cabeza y metrpoli de Nueva Espaa tambin se reflejaba en lacomposicin del cuerpo poltico: constaba de un corregidor, dos alcaldes ordinarios,doce regidores propietarios perpetuos, seis temporales, procurador del comn ysndico personero, secretario, tesorero, cuatro maceros o reyes de armas y otrosvarios dependientes66. Eran ellos los que, en sus representaciones al monarca, tra-taban de hacer valer este privilegio al momento de ocupar los cargos en el ayun-tamiento, como ocurri en 177167.

    Este fue el otro modelo planteado por los mismos insurgentes, cuando menosa partir de noviembre de 1811. Importa remarcar esto porque en la historiografamexicana generalmente se ha tenido la idea de que el Imperio como forma de or-ganizacin poltica en nuestro pas fue obra exclusiva de Agustn de Iturbide. Escierto que ste fue el primer nombre oficial que tuvo Mxico y que Iturbide fue suprimer emperador, pero el imaginario imperial comenz a perfilarse unos aosatrs de boca de un puado de jefes rebeldes que queran hacerse independientesde Espaa. Los insurgentes hablaban del Imperio para referirse a un amplio es-pacio territorial que deba ser gobernado por un poder central; empero, frente a unmundo cambiante, que se abra de capa al establecimiento de sistemas de go-bierno de tipo republicano en el Continente, como estaba ocurriendo en los Esta-dos Unidos, Venezuela, Nueva Granada y las Provincias Unidas del Ro de la Pla-ta, les pareca ms cercano y familiar tratar de erigir un gobierno imperial. Portradicin, por historia y por los trastornos mismos de los tiempos que estaban vi-viendo, crean que era lo que ms les convena.

    A pesar de que en esos primeros aos de la lucha armada permanecan vivosy actuantes los referentes polticos de los imperios napolenico y luso-brasileo,encabezados por Napolen Bonaparte y D. Joao VI en Francia y Brasil respecti-vamente, es muy poco probable que los insurgentes se hubiesen fijado en ellospara tratar de imitar esos modelos68. En realidad no tenan por qu hacerlo, pues-

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    65 Guadalupe NAVA OTEO, Cabildos de la Nueva Espaa, Mxico, Secretara de Educacin Pblica,(Coleccin Sep Setentas nm. 78), 1973, p. 32.

    66 Jos Mariano BERISTAIN DE SOUZA, Biblioteca Hispano Americana Septentrional. O catlogo y no-ticias de los literatos que nacidos o educados, o florecidos en la Amrica Septentrional, han dado a luzalgn escrito, o lo han dejado preparado para la prensa, 1521-1850, la escriba el doctor..., Mxico, Edi-ciones Fuente Cultural, 1947, t. I, vol. III, p. 215.

    67 Representacin que hizo la ciudad de Mxico al rey Calos III, Mxico, mayo de 1771, en HER-NNDEZ Y DVALOS, ColeccinOp. Cit., t. I, nm. 195, pp. 427-455.

    68 En cuestin de unos cuantos aos Napolen Bonaparte lleg a conquistar gran parte de los terri-torios de Europa, norte de frica y el cercano Oriente. Mientras que el rey D. Joao VI desde el ao de1807 abandon Portugal para instalar su corte en Amrica, en la prspera ciudad de Ro de Janeiro. La

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    to que el reino de la Nueva Espaa donde ellos habitaban, haba pertenecido a unomuy vasto y poderoso.

    Sin embargo, lo verdaderamente significativo era que al hablar de Imperio Me-xicano no pensaban en la Espaa de Carlos V o de Felipe II, sino en reivindicar laexistencia de un supuesto imperio ms imaginario que real, que haba sidodestruido con la conquista y que era necesario restaurar: el Imperio de Moctezu-ma69. Explica Florescano que los argumentos que aludan a la existencia de dichanacin antes de la conquista, se inscriba en el registro de lo mtico, pues los az-tecas o mexicas nunca constituyeron una nacin en el sentido moderno de esa pa-labra, ni la organizacin poltica que edificaron comprenda al conjunto de los gru-pos tnicos presentes en el momento de la conquista70. Los nombres queemplearon para designar a la nueva nacin, como Imperio Mejicano, Anhuac,Amrica Mexicana, Mxico y nuevamente Imperio Mejicano, permite observar la in-tencin que tenan los insurgentes de afirmar la identidad del nuevo Estado sobresmbolos locales.

    El primer testimonio de que disponemos lo encontramos en el proyecto de re-formas fiscales que escribi Bernardo de Miramn en noviembre de 1811 por ordende la Suprema Junta, mismo que remiti al teniente general Jos Mara Liceagacomo representante que era de aquel gobierno. En l precisaba de manera puntuallos ramos de rentas establecidos en este Imperio Mexicano que deban ser re-formados o suprimidos para el mejor alivio de la Nacin y, en la correspondenciaque sostena con aquel militar, se diriga a l llamndole vocal de la Suprema Jun-ta del Imperio. Por otro lado, la renta de la plvora la consideraba importantsimapara el trabajo en las minas y para la defensa del Imperio; sugera que la teso-rera general experimentara una reforma general tanto por la variacin de lostiempos como por la mutacin del Gobierno; se hablaba tambin de hacer un nue-vo plan que considerase la recta administracin de justicia, polica y guerra, la de-fensa y conservacin del Imperio, la obediencia y respeto a las autoridades que losostienen y gobiernan, con lo que los americanos sern felices para siempre; fi-nalmente, sealaba que el juzgado penal de indios era el padrastro de todo el Im-perio y por eso haba que suprimirlo71.

    situacin se agrav en 1815 cuando, incluso despus de la derrota de las tropas francesas en Europa, D.Joao decidi quedarse en Brasil, transferir su corte haca Amrica y ordenar la construccin de un im-perio. Basado en el principio de la legitimidad dinstica y con el apoyo del Congreso de Viena, el mo-narca portugus tena la facultad de elegir en dnde debera estar la sede de su gobierno y, como sesabe, ste eligi Amrica. Marcia Regina BERBEL, Nacin portuguesa, Reino de Brasil y autonomaprovincial, en Revolucin, independencia y las nuevas naciones de Amrica, Jaime E. RODRGUEZ O.,coordinador, Madrid, Fundacin MAPFRE TAVERA, 2005, pp. 401-403.

    69 Manifiesto que hacen al pueblo mexicano los representantes de las provincias de la Amrica sep-tentrional, Chilpancingo, 6 de noviembre de 1813, en HERNNDEZ Y DVALOS, ColeccinOp. Cit., t. V,nm. 92, p. 215.

    70 Enrique FLORESCANO, Etnia, estado y nacin. Ensayo sobre las identidades colectivas en Mxico,Mxico, Nuevo Siglo Aguilar, 1999, p. 331.

    71 AGN, Historia, vol. 116, fs. 177-187. Las instrucciones estn publicadas en Moiss GUZMN PREZ,Jos Mara Liceaga. Militar y poltico insurgente 1782-1818, prlogo de Chiston I. Archer, Morelia, Insti-

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  • Como se observa, el ttulo de Imperio Mexicano con el que se trataba de darnombre a la nueva nacin no fue obra de Iturbide, sino de los propios partidarios dela insurgencia que, bajo el amparo de la Suprema Junta, lo venan utilizandocuando menos desde finales de 1811 queriendo con ello darle un tono de formali-dad a sus acciones de gobierno.

    Un segundo testimonio lo hallamos hasta mediados del ao de 1813, justo enlos momentos de crisis de la Suprema Junta cuando Lpez Rayn y los otros vo-cales estaban distanciados. En un intento desesperado por sostener la existen-cia de aquel organismo, elabor cartas plenipotenciarias dirigidas a las nicasdos naciones del Continente que haban logrado su independencia: EstadosUnidos y Hait.

    En las cartas diplomticas entregadas a Francisco Antonio Peredo para que laspresentara al presidente James Madison, le peda el reconocimiento por parte desu gobierno as como ayuda militar y econmica para poder continuar la guerra; enuna parte del documento le expres: me lisonjeo con los colegas de este mi Con-greso Imperial. La carta que le envi al emperador de Hait, Henri Cristophe, eramucho ms explicita: espero que el poder soberano de vuestra majestad ilustr-sima, coadyuve a las justas miras de la independencia [de] este mi Congreso Im-perial conmigo de presidente72.

    Aunque la Junta y el Congreso tenan una estructura organizativa diferente, noolvidemos que Lpez Rayn haba venido utilizando ambos conceptos de maneraindistinta desde que qued al mando del ejrcito insurgente en Saltillo en marzo de1811. Si por un lado hablaba de que los americanos se haban constituido en unCongreso para referir la existencia de un sistema representativo, protector de laslibertades individuales y alejado de toda tirana, por el otro hacan alusin al Im-perio para parecer ante las potencias del orbe como representante de una nacincon personalidad propia, capaz de tratar en igualdad de circunstancias asuntos deinters mutuo y figurar as en el cuadro de las naciones soberanas.

    Aos ms tarde, el 14 de septiembre de 1813, cuando Jos Mara Morelosdaba lectura al documento con el que se inauguraban las sesiones del Congresoen la nueva ciudad de Chilpancingo, expres con toda claridad: vamos a res-tablecer el Imperio Mexicano, mejorando el gobierno; vamos a ser el espectculode las naciones cultas que nos observan; vamos, en fin, a ser libres e indepen-dientes73. Es probable que esta declaracin de Morelos sea la respuesta quedio a los indgenas de Tlaxcala, quienes en 1812 le dirigieron una representacin

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    tuto de Investigaciones Histricas-Universidad Michoacana de San Nicols de Hidalgo, (Coleccin ElHombre y su Tiempo 4), 2001, pp. 139-148.

    72 Comunicacin de Rayn al presidente del Congreso de los Estados Unidos y Comunicacin alemperador de Hait, en HERNNDEZ Y DVALOS, ColeccinOp. Cit., t. VI, nms. 1245, 1246; pp. 1038,1039.

    73 Discurso pronunciado por Morelos en la apertura del Congreso. Chilpancingo, 14 de septiembre de1813, en LEMOINE VILLICAA, Morelos. Su vida...Op. Cit., doc. 109, p. 369.

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    en la que pretendan de manera franca y abierta restituir sus antiguas monar-quas74.

    La idea de que exista una nacin indgena desde antes de la conquista dejde mencionarse en los documentos oficiales de la insurgencia, pero renaci nue-vamente a los pocos das de la consumacin de la independencia hacindose deldominio pblico, gracias a la difusin que de ella hicieron los periodistas. En 1821un articulista afirm:

    Despus de trescientos aos de llorar el continente rico de la Amrica Sep-tentrional la destruccin del Imperio de Moctezuma, un genio [...] consigue que elguila Mexicana vuele libre desde el Anhuac hasta las provincias ms remotas delSeptentrin, anunciando a los pueblos que est restablecido el Imperio ms rico delglobo75.

    Florescano afirma que la creencia en el mito de la nacin indgena permitiimaginar una sociedad virgen de lo europeo y aspirar a la realizacin del proyectohistrico que haba sido truncado por la conquista espaola, uno de cuyos ele-mentos centrales estaba ligado a la posibilidad de restaurar un imperio mexicano.Por todas partes se escucharon voces que pedan restaurar el antiguo imperiomexicano, tanto en los crculos letrados como en los medios populares76.

    El otro elemento que forz a los criollos a pensar en la invencin de un Imperio,fue, como ya sealbamos, producto del temor. Los hombres de la revolucin, tan-to insurgentes como trigarantes, vieron con preocupacin el hecho de que, al ha-cerse independientes, pudieran caer en las garras de las potencias extranjerascomo Francia o Inglaterra. Con la palabra Imperio se trataba de revestir a la nue-va nacin de un estatuto que pudiera imponer respeto y hasta cierta paridad de si-tuacin con algunas naciones de Europa. Abad y Queipo con sus escritos de1810 haba llamado fuertemente la atencin sobre la situacin a que se expondrael pas si llegase a triunfar el movimiento del cura de Dolores. Segn l, luego de ladestruccin de la Nueva Espaa, quedar un desierto para el primer invasorque se presente en nuestras costas. Tales eran los inevitables efectos de laanarqua77. En otro edicto instructivo dado a conocer una semana despus volvi ainsistir en que la Nueva Espaa, por causa de la revolucin, necesariamente debeser destruida y devastada y quedar expuesta a ser presa de la primera potenciamartima que se presente en sus playas78.

    74 Ignacio RAYN hijo, Ignacio OYARZBAL y otros, Ignacio RAYN, La independencia segn Ignacio Ra-yn, introduccin, seleccin y complemento biogrfico de Carlos HERREJN PEREDO, Mxico, Secretarade Educacin Pblica, (Coleccin Cien de Mxico), 1985, p. 248. Cf. Carta de Manuel de la Trinidad Fer-nndez, sin lugar ni fecha, en ProntuarioOp. Cit., nm. 72, p. 78.

    75 Citado en Luis GONZLEZ, Once ensayos de tema insurgente, Mxico, El Colegio de Michoacn,Gobierno del Estado de Michoacn, 1985, p. 66.

    76 FLORESCANO, Etnia, pp. 334-335.77 AGI, Estado, 41, nm. 46. Edicto de excomunin contra Miguel Hidalgo decretado por Manuel

    Abad Queipo, Valladolid, 24 de septiembre de 1810.78 Edicto instructivo de Manuel Abad Queipo, Valladolid, 30 de septiembre de 1810, en HERNNDEZ Y

    DVALOS, ColeccinOp. Cit., t. III, nm. 58, p. 914.

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  • El mismo Lpez Rayn lo expuso al Congreso en noviembre de 1813 cuandojuzg inconveniente hacer la declaracin oficial de independencia. En l exista unprofundo temor de llegar a verse convertidos en presa fcil de pases como Fran-cia o Inglaterra. Lo que es un hecho es que los comentarios crticos de gentescomo Abad y Queipo y Gonzlez del Campillo advirtieron oportunamente a los in-surgentes del peligro que poda correr una nacin que se declarase independien-te. Lpez Rayn argumentaba:

    Hallndose apenas en equilibrio nuestras fuerzas con las del partido opuesto,hostigados adems los habitantes de este suelo con los horrores de una guerraprolongada, ser remoto que en cualquiera auxilio de Ultramar sucumba la Naciny sea juzgada como infiel, rebelde y sediciosa? Y hasta qu exceso la deprimirnentonces sus tiranos? Qu pueblo dejara de ser condenado a la ms triste de-solacin? No as con la conducta circunspecta que se ha observado hasta ahora.Cierta inviolabilidad caracteriza an estos dominios, que no sera respetada de-clarndose independiente. [..] Quin garantir la neutralidad de las potenciasextraas, principalmente de la Inglaterra, acreedora de la moribunda Espaa deuna inmensa suma de millones, de que slo puede reintegrarse con la posesin delcodiciado Reino de Mxico? Ser creble o seguro que nos ofrezca su alian-za?79.

    Como vemos, la propuesta de establecer un Imperio Mexicano, nombreque tuvo la nueva nacin recin independizada, no fue producto de una casualidado de una ocurrencia poltica de Agustn de Iturbide. Tena una larga historia que senutri de la tradicin, pero la idea fue alentada por el espejismo de un grupo de je-fes revolucionarios que pensaban que slo de esa manera podran tratar y ser tra-tados en igualdad de condiciones por otras naciones soberanas. Por eso fue unode los modelos ideales de gobierno que aparecieron desde los inicios de la luchaarmada, mismo que retomar aos despus el jefe del Ejrcito Trigarante en suPlan de Iguala para proclamar la Independencia.

    De estos distintos modelos de organizacin que empezaron a dibujarse enestos aos, slo dos plantearon establecer lmites territoriales como correspon-da a sus atribuciones de entidades soberanas: la repblica, delineada por el Es-tado insurgente, y la monarqua constitucional proyectada por las Cortes deCdiz y sancionada en su Constitucin. Mientras que la dirigencia insurgenteconcibi la Amrica Septentrional como un territorio compuesto de varias pro-vincias, al que a partir de 1815 se le dara el ttulo de Repblica Mexicana, lasCortes trataron de mantener la idea de un territorio unitario con un sentido muchoms amplio que aquel que haban diseado los rebeldes. Por otro lado, la Cons-titucin de Cdiz transform las formas de representacin y acceso al poder atravs de un avanzado sistema electoral, y cre dos nuevas instituciones quetendran un impacto de larga duracin en el Mxico independiente: la diputacinprovincial y el ayuntamiento constitucional. La primera permiti a los grupos de

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    79 RAYN, La independenciaOp. Cit., p. 249.

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  • Monarqua, Repblica o Imperio? La independencia de la Nueva Espaa

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    poder en las provincias tener un mayor margen de representacin en los asuntosdel gobierno, y la segunda, ms que fungir como un mero rgano de adminis-tracin, fortaleci ampliamente los poderes locales en los pueblos, villas y ciu-dades del virreinato.

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